17. “Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos (…)
El desarrollo de la diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales (…)
Toda persona debe, así, poder expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua
materna (…) Toda persona debe poder participar en la actividad cultural que elija y ejercer sus propias prácticas
culturales, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.”
Art 5. de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, año 2001:
19. “De ser espacios contenedores de bienes acumulados con propósitos exclusivamente educativos
a
Revista 30.60. “ESPACIOS CULTURALES”
20. “De ser espacios contenedores de bienes acumulados con propósitos exclusivamente educativos
a
Espacios recreativos y de paseo a escala arquitectónica o urbana.”
Revista 30.60. “ESPACIOS CULTURALES”
21. “ Este marco para la expresión de la sociedad plantea espacios que permitan reconocer el término cultura en su sentido
original de
congregador de expresiones.”
Revista 30.60. “ESPACIOS CULTURALES”
22. Espacios culturales espacios de encuentro
Revista 30.60. “ESPACIOS CULTURALES”
26. “Creando Chile en mi Barrio”
consiste en un conjunto de servicios orientados a
ampliar la oferta de bienes culturales y artísticos para grupos en
situación de
pobreza y/o vulnerabilidad social, habitantes de barrios o localidades
vulnerables y
alejadas geográficamente.
El propósito del Programa es incrementar el acceso de comunidades y personas
naturales o jurídicas, a las diferentes expresiones de la cultura y el arte, en barrios
o localidades vulnerables y alejadas geográficamente.
Identificar las demandas de bienes culturales y artísticos, las
expresiones artísticas
locales e hitos barriales en barrios diagnosticados por el “Programa de recuperación
de barrios” del MINVU.
Cada barrio elaborará con la ayuda y capacitación de los animadores
culturales un Plan de Desarrollo Cultural Barrial, que será consensuado
participativamente. Este plan se materializará, a través de un presupuesto definido
previamente para cada barrio.
27. “Tesoros Humanos Vivos (THV)”
El Programa de Reconocimiento THV, dependiente de la Sección de Patrimonio
Cultural del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), es la instancia oficial
que canaliza el reconocimiento que el Estado chileno otorga a
personas y comunidades portadoras de manifestaciones del
Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI)
nacional de alta significación para el país y las comunidades locales, o bien, a
aquellas expresiones en peligro de desaparecer.
Por éste y otros medios, el programa busca establecer las mejores herramienta
para una eficaz puesta en valor de nuestro patrimonio, así como promover su
registro, transmisión y salvaguarda. De este modo, la acción del Programa THV se
proyecta más ampliamente a relevar y fomentar la pluralidad y diversidad cultural
de la comunidad nacional.