2. Modalidades de contratación COMPLETA SEGÚN LA JORNADA A TIEMPO PARCIAL TIPOS DE CONTRATOS TIEMPO INDEFINIDO TEMPORALES O DURACIÓN DETERMINADA SEGÚN LA DURACION Pedro D. Cuesta Alonso
3. Modalidades de Contratación El contrato de trabajo por tiempo indefinido, es decir, no hay fecha de extinción. Podrá convertirse un contrato por tiempo determinado en indefinido cuando: No sea dado de alta el trabajador en la SS. Falta de forma escrita en contratos con obligación. No hay denuncia de las partes al terminar el plazo. Temporales celebrados en fraude de ley El contrato de trabajo de duración determinada De carácter estructural De carácter coyuntural Pedro D. Cuesta Alonso
4. Modalidades de Contratación Los contratos de trabajo de duración determinada deben presentarse en la oficinas de empleo en 10 días hábiles junto con la siguiente documentación: Modelo oficial de contrato y copia básica. Comunicación de la contratación si el contrato no es por escrito. Comunicación de prorrogas. Pedro D. Cuesta Alonso
13. Temporales de carácter estructural Contrato de obra o servicio determinado Objeto: La realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propia de duración incierta. Duración. El tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Extinción. El contrato se extinguirá por la realización de la obra o servicio o por denuncia de las partes (preaviso de 15 días). Forma. Escrita Jornada. A tiempo completo o parcial Indemnización. 8 días de salario por año de servicio a la finalización del mismo o CC Pedro D. Cuesta Alonso
14. Temporales de carácter estructural Contrato eventual por circunstancias de la producción. Objeto. Es un contrato que se concierta cuando lo exigen las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. Duración. La duración máxima de este contrato será de 6 meses, dentro de un período de 12 meses. Este período de referencia se puede ampliar a 18 meses, en cuyo caso el máximo de duración será 12. Prorroga. Una única vez. Forma. Escrita si dura más de cuatro semanas. Extinción. Según el tiempo convenido Jornada. A tiempo completo o parcial Indemnización. 8 días de salario por año trabajado o CC Pedro D. Cuesta Alonso
15. Temporales de carácter estructural Contrato de interinidad Objeto. Son aquellos que se conciertan para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto o durante los procesos de selección. Duración. El tiempo durante el que subsista el derecho de reserva de puesto o el tiempo que dure el proceso de selección (en este caso 3 meses). Sin preaviso. Extinción. Por reincorporación del sustituido o Vencimiento del plazo para la reincorporación o Extinción de la causa que dio lugar a la reserva. Forma. Por escrito. Jornada: con la jornada del trabajador sustituido. Pedro D. Cuesta Alonso
16. Temporales de carácter coyuntural Contrato de sustitución por anticipación de la edad de jubilación Objeto. Contratar a trabajadores desempleados que sustituyan a trabajadores que anticipen en 1 año su jubilación ordinaria. Duración. Mínimo 1 año Jornada. La que tuviera el trabajador sustituido Forma. Por escrito. Tramitación. Se entrega copia al trabajador sustituido para que pueda gestionar su jubilación. Pedro D. Cuesta Alonso
17. Contratación a tiempo parcial Contrato a tiempo parcial Objeto. Tienen por objeto la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada a tiempo completo. Duración. Puede ser por tiempo indefinido o temporal Jornada. Continuada o partida y se prohíben las horas extraordinarias pero se permiten horas complementarias y extraordinarias de FM. Forma. Por escrito indicando número de horas y distribución Indemnización. A partir del 04/03/2001, 8 días por año. Pedro D. Cuesta Alonso
18. Contratación a tiempo parcial Contrato de relevo. Objeto. La prestación de servicios por un trabajador (relevista) como mínimo durante la parte de jornada dejada vacante por otro trabajador (relevado), que se jubila parcialmente (reduce su jornada entre el 25% y el 85%). Jornada. Al menos igual a la reducción del sustituido. Forma. Por escrito en modelo oficial Duración. Se puede concertar por tiempo indefinido o por el tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la jubilación total. Indemnización. 8 días de salario por cada año de servicio. Pedro D. Cuesta Alonso
19. Otras modalidades Contrato de trabajo a domicilio. Objeto. Se realiza el trabajo donde decida el trabajador siempre que cumpla con las normas de seguridad e higiene. Duración. Suele ser indefinido Forma. Por escrito. Obligaciones del empresario. Entregar un documento de control de la actividad laboral. Derechos del trabajador. Igual salario y representación colectiva. Indemnización. 8 días por año de servicio. Pedro D. Cuesta Alonso
20. Otras modalidades Contrato de trabajo en grupo. Objeto. Se celebra entre el empresario y el jefe de un grupo de trabajo. El empresario no tendrá derechos ni deberes considerados de forma individual con cada uno, sino que quien responde ante el empresario es el jefe del grupo. Duración. Puede ser indefinido o determinada Forma. Por escrito o verbal. Pedro D. Cuesta Alonso
21. Contratos formativos Permiten a jóvenes sin formación el acceso a la misma para el desempeño de un puesto de trabajo cualificado o a jóvenes con formación pero sin experiencia. Pedro D. Cuesta Alonso
22. Contratos formativos Contrato en prácticas (I) Objeto. Tiene por objeto la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por los trabajadores con formación universitaria o de FP. Requisitos del trabajador: Disponer de la titulación adecuada. No haber transcurrido más de 4 años desde la terminación de los estudios. Seis en el caso de minusválidos. Obligación de entregar fotocopia compulsada. Requisitos del empresario. Que el trabajador realice una práctica profesional adecuada a sus estudios. Pedro D. Cuesta Alonso
23. Contratos formativos Contrato en prácticas (II) Duración. Un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años o lo que indique el CC dentro de estos límites. Prorrogas. Un máximo de 2 con una duración mínima de 6 meses. Periodo de prueba. 1 mes para GM , 2 meses para GS. Retribución. Fijada por CC pero no inferior a: 60% durante el primer año. 75% durante el segundo Nunca inferior al SMI. Forma. Por escrito. Exclusión: FCT Curso del INEM Pedro D. Cuesta Alonso
24. Contratos formativos Contrato para la formación (I) Objeto. Tienen por objeto la adquisición de la formación teórica y práctica para el desempeño de un oficio. Requisitos para el trabajador. Mayores de 16 y menores de 21. No tener titulación para un contrato en prácticas. No haber desempeñado antes el puesto por un tiempo superior a 12 meses. No haber agotado la duración máxima (2 años). Pedro D. Cuesta Alonso
25. Contratos formativos Contrato para la formación (II) Requisitos para el empresario No superar el máximo de contrataciones que establezca el CC o RD 488/1998. No se computan ni minusválidos Jornada. A tiempo completo. Duración: entre seis meses y dos años. El CC puede establecer una duración diferente pero siempre entre 6 meses y 3 años. Prorrogas. Un máximo de 2 con una duración mínima de 6 meses. Pedro D. Cuesta Alonso
26. Contratos formativos Contrato para la formación (III) Formación. Un 15%, al menos de la jornada será dedicada a formación. Quedará exento que acredite un curso del INEM Retribución: La fijada en el CC, en su defecto NO podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo efectivamente trabajado. Forma: Por escrito Protección social. Las cuotas las fija el Gobierno todos los años. NO generan derecho a prestación por desempleo. Pedro D. Cuesta Alonso
38. Contratos de duración indefinida Pedro D. Cuesta Alonso Contrato de trabajo común u ordinario Contrato de fomento de la contratación indefinida Existen otros contratos de duración indefinida, pero su característica esencial reside en las bonificaciones y ayudas por dirigirse a determinados colectivos con dificultades de inserción laboral
39. Contratos de duración indefinida Contrato de fomento de la contratación indefinida Objeto. Tiene por objeto la contratación de trabajadores con dificultades de inserción. Requisitos de los trabajadores. Colectivos con especiales dificultades de inserción (desempleados de larga duración, mujeres, jóvenes entre 16 y 30, minusválidos, mayores de 45, etc). Requisitos de las empresas. No se podrá hacer uso de esta modalidad de contratación si se han realizado despidos en los 6 meses anteriores. Formalización. Por escrito en modelo oficial Pedro D. Cuesta Alonso
40. Fomento de la duración indefinida Incentivos Según Ley 43/2006 de 29 de diciembre. Se basa en bonificaciones a las cuotas que los empresarios deben abonar a la SS Pedro D. Cuesta Alonso