SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  52
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA


     AÑO MMV                           REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – ESTADO CARABOBO                                                       Nº 482 EXTRAORDINARIO
                                                         MUNICIPIO VALENCIA




              GACETA MUNICIPAL
                                                                    Valencia, 12 de enero de 2005


     Art. Nº 6 de la Ordenanza de Gaceta. Se tendrán como publicados y en vigencia las Ordenanzas y demás
     instrumentos jurídicos municipales que aparezcan en la Gaceta Municipal, salvo disposición legal en
     contrario y en consecuencia, las autoridades públicas y los particulares quedan obligados a su cumplimiento
     y observancia.
     Las Gacetas Municipales se tendrán como documentos públicos a todos los efectos legales.




             ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL
       DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL
                        URDANETA




Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA



                                                                                                                                                        Tabla de Contenido



     EXPOSICIÓN DE MOTIVO .............................................................................................................................................1

     TÍTULO I.............................................................................................................................................................................2

     DISPOSICIONES GENERALES ......................................................................................................................................2

     TÍTULO II ...........................................................................................................................................................................2

     DEL OBJETIVO DEL PLAN ESPECIAL. ......................................................................................................................2

     TÍTULO III..........................................................................................................................................................................3

     DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ....................................................................................................................................3
     CAPÍTULO I .........................................................................................................................................................................3
     DE LAS DEFINICIONES URBANÍSTICAS .......................................................................................................................3
     CAPÍTULO II........................................................................................................................................................................6
     DE LA ZONIFICACIÓN GENERAL...................................................................................................................................6
     CAPÍTULO III ......................................................................................................................................................................8
     DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS RESIDENCIALES .................................8
       SECCIÓN I: ZONA RESIDENCIAL AR-1 ........................................................................................................................8
     CAPÍTULO IV ......................................................................................................................................................................9
     DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS COMERCIALES....................................9
       SECCIÓN I: ZONAS DE COMERCIO PRIMARIO (C-1) ................................................................................................9
       SECCIÓN II: ZONA DE COMERCIO INTERMEDIO (C-2)..........................................................................................11
       SECCIÓN III: ZONA DE COMERCIO INDUSTRIAL (C-I)...........................................................................................13
       SECCIÓN VI: ZONA HOTELERA (H)............................................................................................................................16
     CAPÍTULO V .....................................................................................................................................................................17
     DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS INDUSTRIALES .................................17
       SECCIÓN I: ZONA INDUSTRIA LIVIANA (ZI-L)..........................................................................................................17
     SECCIÓN II: ZONA INDUSTRIA MEDIANA (ZI-M) .....................................................................................................19
     CAPÍTULO VI ....................................................................................................................................................................22
     DE LAS VARIABLES URBANAS PARA LAS ZONAS DE EQUIPAMIENTO URBANO............................................22
       SECCIÓN I: ZONA EDUCACIONAL (E) ......................................................................................................................22
       SECCIÓN II: ZONA RECREACIONAL-DEPORTIVO (RD) ..........................................................................................23
       SECCIÓN III: ZONA SOCIO-CULTURAL (SC).............................................................................................................23
       SECCIÓN IV: ZONA ADMINISTRATIVO-GUBERNAMENTAL (AG)...........................................................................24
       SECCIÓN V: ZONA SEGURIDAD Y DEFENSA (EG-SD)............................................................................................25
       SECCIÓN VI: ZONA CENTRAL TELEFONICA (EG-CT) .............................................................................................25
       SECCIÓN VII: ZONA SUB-ESTACION ELECTRICA (EG-SEE)...................................................................................25
       SECCIÓN VIII: ZONA TERMINAL DE TRANSPORTE AEREO (EG-TTA) ..................................................................26
     CAPÍTULO VII...................................................................................................................................................................26
     DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ÁREAS CON......................................................26
     RESTRICCIONES DE USO ...............................................................................................................................................26
       SECCIÓN I: ZONA CON RESTRICCIÓN DE USO (ZRU-1).........................................................................................26
       SECCIÓN II: ZONA CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-2) ...................................................................................27
       SECCIÓN III: ZONA CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-3)..................................................................................27
     TÍTULO IV........................................................................................................................................................................28

     SISTEMA DE VIALIDAD ...............................................................................................................................................28
     CAPÍTULO I .......................................................................................................................................................................28
     SISTEMA DE CIRCULACIÓN..........................................................................................................................................28

Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

       SECCIÓN I: RED VIAL ..................................................................................................................................................28
       SECCIÓN II: RED PEATONAL......................................................................................................................................30
     CAPÍTULO II ......................................................................................................................................................................31
     DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE VIALIDAD....................................................................31
     TÍTULO V .........................................................................................................................................................................33

     DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS...................................................................................................................33
     CAPÍTULO I .......................................................................................................................................................................33
     ASPECTOS GENERALES.................................................................................................................................................33
     CAPÍTULO II......................................................................................................................................................................34
     ÁREAS NO COMPUTABLES ...........................................................................................................................................34
     CAPÍTULO III ....................................................................................................................................................................36
     TRATAMIENTO DE LA PUBLICIDAD ...........................................................................................................................35
     CAPÍTULO IV ....................................................................................................................................................................36
     DE LOS ESTACIONAMIENTOS ......................................................................................................................................36
     CAPÍTULO V .....................................................................................................................................................................39
     DE LAS ANTENAS............................................................................................................................................................39
     CAPÍTULO VI ....................................................................................................................................................................39
     DISPOSICIONES RELATIVAS AL CONTROL AMBIENTAL.......................................................................................39
     CAPÍTULO VII...................................................................................................................................................................41
     USOS Y EDIFICACIONES NO CONFORMES ................................................................................................................41
       SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES..........................................................................................................................41
       SECCIÓN II: DE LOS USOS NO CONFORMES..........................................................................................................42
       SECCIÓN III: DE LAS EDIFICACIONES NO CONFORMES ......................................................................................42
     CAPÍTULO VIII .................................................................................................................................................................43
     DISPOSICIONES RELATIVAS AL PARCELARIO.........................................................................................................43
       SECCIÓN I: DISPOSICIONES RELATIVAS A CESIONES ...........................................................................................43
       SECCIÓN II: DE LA INTEGRACION DE PARCELAS .................................................................................................43
     CAPÍTULO IX ....................................................................................................................................................................44
     DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES.......................................................................................................................44
     CAPÍTULO X .....................................................................................................................................................................44
     DE LOS CONTROLES Y TRAMITES ADMINISTRATIVOS .........................................................................................44
     CAPÍTULO XI ....................................................................................................................................................................44
     DE LAS FORMALIDADES PARA LAS MODIFICACIONES DEL PLAN DE ESPECIAL. ..........................................44
     TÍTULO VI........................................................................................................................................................................44

     DISPOSICIONES FINALES ...........................................................................................................................................44

     ANEXO A ..........................................................................................................................................................................47

     DIMENSIONES MÍNIMAS PARA LA CONSTRUCCION DE ESTACIONAMIENTOS..............................................47

     CUADRO DE DIMENSIONES VEHÍCULOS ESTANDAR............................................................................................47

     DIMENSIONES MÍNIMAS PARA MANIOBRA EN ESTACIONAMIENTOS .............................................................48




Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA




                                                                      EXPOSICIÓN DE MOTIVO



      El Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta fue elaborado por la Oficina
      Municipal de Planeamiento Urbano, siguiendo las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de
      Ordenación Urbanística en su Título IV, Capítulo IV, artículos 49, 50 y 51. El mismo surge a partir de la
      intención que tiene la Alcaldía de Valencia de ordenar el desarrollo del espacio urbano de éste importante
      sector que por su condición de uso industrial y la importancia que ésta representa dentro del desarrollo
      económico de la ciudad, requiere un tratamiento especial y separado dentro del PLAN DE DESARROLLO
      URBANO LOCAL DE LA CIUDAD DE VALENCIA. Así mismo este Plan establece la reformulación del
      espacio para estimular el desarrollo de la pequeña y mediana industria así como el comercio industrial y
      dotarlo de servicios y mecanismos ambientales para propiciar una mejor calidad de vida para este sector.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 1
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA


                                ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL,
                                                              PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                                                                          TÍTULO I
                                                                 DISPOSICIONES GENERALES
      ARTÍCULO 1.- Se aprueba y adopta el Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta
      para incentivar y mejorar las áreas desarrolladas ubicadas en las siguientes urbanizaciones industriales
      dentro de este sector:
      •     Urb. Industrial Carabobo
      •     Urb. Industrial Municipal Norte,
      •     Urb. Industrial Municipal Sur,
      •     Urb. Industrial La Quizanda
      •     Urb. Industrial y Comercial La Isabelica
      •     Urb. Industrial Punto Sur
      •     Urb. Industrial El Bosque
      •     Urb. Industrial Araguaney
      •     Urb. Industrial El Recreo
      •     Urb. Parque Comercio Industrial Aeropuerto
      •     Urb. Parque Comercio Industrial Pista 69
      •     Urb. Industrial Calicanto
      •     Urb. Tecnogranjas Flor Amarillo.
      ARTÍCULO 2.- En razón del interés por establecer una política de desarrollo y ordenación urbanística, de
      propender al funcionamiento urbano adecuado y favorecer la oferta de soluciones del parque industrial y la
      dotación de los equipamientos urbanos requeridos por éste, se realizarán las acciones correspondientes
      con base a las disposiciones y previsiones de este Plan Especial.
      ARTÍCULO 3.- Se denomina área urbana de la Zona Industrial el área delimitada en el plano anexo que
      acompaña a esta ordenanza, comprendiendo los siguientes límites:
                Norte:              La autopista Caracas Valencia. Expresa 2, que la limita con el municipio San Diego.
                Sur:                Barrios Ezequiel Zamora, Bello Monte - I, Urbanizaciones La Isabelica, Parque
                                    Valencia, y Aeropuerto Internacional Arturo Michelena, Urb. Las Quintas de Flor
                                    Amarillo.
                Este:               Quebrada Quigüa con el Municipio Los Guayos.
                Oeste:              Parte de la autopista Circunvalación Sur, Barrio Bello Monte, Urb. La Isabelica. Urb.
                                    Parque Valencia y Urb. Santa Inés.



                                                                      TÍTULO II
                                                           DEL OBJETIVO DEL PLAN ESPECIAL.
      ARTÍCULO 4.- La reformulación urbanística del sector Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta se
      orientará reforzando el carácter industrial de este sector, la estructura espacial del mismo y relacionándolo
      con otros sectores de la ciudad de Valencia, según los lineamientos que se mencionan a continuación:
                        a) Propiciar la transformación económica del sector ocupado y medianamente ocupado a fin de
                           promover la pequeña y mediana industria, así como el comercio industrial, elevando de esta
                           forma los niveles de empleo del sector e incentivando la dinámica urbana que actualmente
                           no posee.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 2
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                        b) El estudio del reparcelamiento de las parcelas no ocupadas, dotación de servicios y
                           mecanismos ambientales para mejorar la calidad de vida, estimulando el desarrollo de estas
                           parcelas con la industria liviana y el comercio industrial.
                        c) Evitar los impactos negativos generados por el manejo de desechos peligrosos, controlando
                           y erradicando las actividades industriales que utilicen materia prima con alto contenido
                           tóxico.
                        d) Preservar las áreas de protección de la vialidad, quebradas y canales de drenaje, mediante
                           la conservación de la vegetación natural existente y la incorporación de nuevas áreas
                           verdes, que mejoren la imagen urbana y paisajística del sector.
                        e) Mejorar la conectividad de la trama vial existente, y proponer nuevas conexiones, siguiendo
                           la propuesta del Plan de Ordenación Urbanística del Área Metropolitana Valencia-Guacara
                           para favorecer la relación del sector con el resto de la ciudad.


                                                                          TÍTULO III
                                                                 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
                                                                    CAPÍTULO I
                                                        DE LAS DEFINICIONES URBANISTICAS
      ARTÍCULO 5.-A los efectos de facilitar la correcta aplicación del mecanismo de la zonificación en el área
      desarrollada del sector, se definen a continuación los siguientes términos:
      ACERA: Espacio de la calle o vía, ubicada a ambos lados, destinada al tránsito peatonal.
      AFECTACIÓN VIAL: Porción de terreno requerido para la construcción o modificación de una vía.
      ALINEAMIENTO: Es la línea sobre la cual deben levantarse las fachadas de las edificaciones situadas a lo
      largo de una vía.
      ALTURA DE FACHADA: Se refiere a la máxima altura que podrá tener legalmente una edificación. La
      altura máxima podrá ser establecida de dos maneras: una, según el número de pisos, incluyendo la planta
      baja como una de las plantas o pisos de la edificación; otra, en metros, medidos desde el nivel del terreno
      en el punto medio de la longitud de fachada, hasta el nivel superior de la última cubierta de la edificación.
      ALTURA DE PISO: Es la distancia libre comprendida entre el nivel del piso acabado y el techo acabado de
      un ambiente.
      AMPLIACIÓN: Es cualquier obra física que signifique el aumento del área de construcción de una
      edificación.
      ANCHO DE CALZADA: Es la distancia entre los bordes interiores de los brocales de una calle o vía.
      ANUNCIO: Aviso conjunto de palabras o signos impresos con que se anuncia o publicita algo.
      ÁREA DE ESTACIONAMIENTO: Es el área necesaria para estacionar un (1) vehículo y maniobrar para
      ello, sin necesidad de movilizar los demás vehículos allí estacionados.
      ÁREA DE UBICACIÓN: Es la porción de área de una parcela ocupada por la proyección ortogonal de la
      edificación.
      ÁREA LIBRE: Superficie de terreno que resulta de sustraer el área de ubicación de la edificación, al área
      neta de la parcela.
      ÁREA MÁXIMA DE CONSTRUCCIÓN: La relación porcentual entre el área de construcción de una
      edificación y el área de su parcela, entendida aquella como la suma del área total de todas las plantas o
      pisos, incluyendo las secciones horizontales de los muros y voladizos que componen la edificación, pero
      excluyendo los sótanos, cuando sean utilizados exclusivamente para estacionamiento.
      ÁREA MÍNIMA DE PARCELA: La menor área de parcela que puede ser legalmente edificada según la
      reglamentación establecida para la zona.
      ÁREA NETA DE CONSTRUCCIÓN: Superficie resultante de sustraer las áreas “No Computables” al área
      bruta de construcción.
      ÁREA NO COMPUTABLE: Son aquellas áreas que no se cuantifican dentro del área neta de
      construcción, en edificaciones multifamiliares y comerciales.
      ÁREA NO DESARROLLABLE: Superficie del área urbana que por su topografía o destino específico no
      puede ser destinada a ningún uso, tales como:



      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 3
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      a) Franjas de protección de autopistas, carreteras, nacimientos y cursos de agua, líneas de alta tensión,
      gasoductos, así como zonas boscosas, áreas de interés paisajístico, escénico o recreativo.
      b) La superficie de topografía accidentada con pendientes naturales pronunciadas (mayores del 30%),
      que no permitan desarrollos de ninguna naturaleza, sin menoscabar los recursos naturales renovables,
      tales como: colinas, depresiones, cañones, formaciones rocosas, arcillas expansivas, áreas erosionables,
      etc.
      c) Zonas inundables, ciénagas, lagunas y otras.
      ÁREA PARA SERVICIOS DE EQUIPAMIENTO URBANO: Son áreas complementarias a las áreas
      industriales y residenciales, que tienen por objeto dotar a la población de espacios para la realización de
      actividades tales como: educación, salud, recreación, etc.
      ÁREA UBICABLE: El área de terreno resultante de descontar al área de la parcela, los retiros
      establecidos en la zona.
      ÁREA URBANA: Es el área comprendida dentro del límite urbano propuesto en el Plan de Desarrollo
      Urbano Local, para ser desarrollada con usos urbanos.
      BROCAL: Elemento separador entre la acera y la calzada.
      CALZADA: Parte de una calle o vía destinada a la circulación de vehículos.
      DERECHO DE VÍA: Es el espacio necesario para acomodar algunos o todos los elementos de que se
      compone una vía, tales como: islas separadoras, calzadas, hombrillos, brocales, aceras, vía de servicio
      incluyendo los estacionamientos, paradas de transporte colectivo, rampas, muros, franjas laterales de
      protección y retiros laterales para la ampliación o construcción de algunos de los elementos citados,
      cuando así se requiera.
      EDIFICACIÓN: Obra construida con paredes y techo, para albergar las actividades residenciales o no
      residenciales de la población.
      EDIFICACIÓN AISLADA: Una edificación que no está adosada a otra y, por lo tanto mantiene retiros
      laterales y de fondo.
      EDIFICACIÓN CONTINUA: Una edificación adosada en sus dos costados a otras edificaciones contiguas.
      EDIFICACIÓN NO CONFORME: Es aquella edificación que no cumple con las características propias para
      que funcione una actividad especifica.
      EDIFICACIÓN PAREADA: Una edificación que está adosada en uno de sus costados a otra edificación
      contigua.
      ESTACIONAMIENTO PRIVADO: Espacio destinado o habilitado para el estacionamiento de vehículos
      fuera de la vía pública, al servicio exclusivo de determinadas edificaciones e instalaciones.
      ESTACIONAMIENTO PÚBLICO: Espacio de considerable capacidad destinado para estacionar vehículos
      fuera de la vía, requiriendo o no el pago para ello.
      FACHADA: Conjunto de parámetros exteriores que componen cada una de las caras de una edificación.
      FACHADA PRINCIPAL: Conjunto de elementos exteriores que componen la cara de la edificación y que
      se proyecta sobre una vía pública. Una edificación en esquina puede tener más de una fachada principal.
      FRENTE MÍNIMO: La menor longitud que debe tener el lindero frontal de la parcela para que pueda ser
      legalmente edificada según la reglamentación establecida para la zona.
      INDUSTRIA: Es la actividad que requiere de un conjunto de operaciones destinadas a la transformación
      de las materias primas en un producto específico.
      INTERSECCIÓN: Espacio de unión o cruce de dos vías.
      ISLA CENTRAL: Espacio separador de la calzada que divide la circulación de vehículos en sentido
      opuesto.
      LOTE: Área delimitada de terreno sin urbanizar sujeta a desarrollo, de acuerdo a las reglamentaciones de
      la zona en que esté ubicado.
      MANUFACTURA: Establecimiento industrial, dónde se fabrican en gran cantidad un producto industrial,
      con la ayuda de maquinarias
      MANZANA: Porción de tierra limitada y servida en todo su perímetro por calles públicas para peatones y
      vehículos.
      MARQUESINA: Cubierta construida en los retiros para cubrir el acceso a una edificación.
      MEDIANERA: Es la pared lateral, límite entre dos edificaciones o parcelas, en la cual no se permite la
      construcción de accesos o aberturas de ventilación o de iluminación.
      MEZZANINA: Nivel intermedio situado entre la planta baja y el primer piso, con menor superficie y altura
      que la planta baja, con las siguientes características:
      a) Que su uso sea complementario del establecido en la planta baja.


      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 4
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      b) Que su acceso se efectúe desde el establecimiento a la cual está vinculada.
      MODIFICACIÓN: Reforma hecha a una edificación, sin aumentar su área de construcción.
      PARCELA: Porción pequeña de terreno producto de un parcelamiento o proyecto de urbanismo que
      puede ser vendida como unidad inmobiliaria, servida por acera, calle y el mínimo de servicios públicos
      (acueducto y electricidad) requerido para que pueda ser legalmente edificada.
      PERFIL VIAL: Es el corte transversal de una vía que representa el ancho y disposición de los elementos
      que la conforman.
      PLAN ESPECIAL: Son aquellos planes cuyo objetivo fundamental es la ordenación, creación defensa o
      mejoramiento de algún sector particular de la ciudad.
      PORCENTAJE MÁXIMO DE CONSTRUCCIÓN: La relación porcentual entre el área de construcción de la
      edificación y el área de la parcela.
      PORCENTAJE MÁXIMO DE UBICACIÓN: La relación porcentual entre el área de la planta de mayor área
      de una edificación y el área de su parcela o, dicho de otra manera, la porción del área de la parcela
      ocupada por la proyección ortogonal de la planta de mayor área de la edificación.
      REPARACIÓN: Toda obra destinada a enmendar cualquier deterioro sufrido en una edificación.
      RESTAURACIÓN: Es el restablecimiento de las condiciones originales de una edificación.
      RETIRO: Distancia mínima que debe existir entre un lindero de una parcela y la correspondiente fachada
      de la edificación ubicada en ella.
      RETIRO DE FONDO: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto al lindero posterior
      de la parcela donde se encuentra ubicada.
      RETIRO DE FRENTE: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto al lindero frontal
      de la parcela donde se encuentra ubicada.
      RETIRO LATERAL: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto a cada uno de los
      linderos laterales de la parcela donde se encuentra ubicada.
      SEMI-SOTANO: Toda planta de la edificación que esté por debajo de la planta baja y no esta totalmente
      por debajo del nivel del terreno
      SOTANO: Toda planta de la edificación que esté por debajo del nivel del terreno.
      UNIDAD DE VIVIENDA: Una edificación o parte de ella, con acceso independiente, en la cual puede
      habitar un individuo o familia, disponiéndola para su uso exclusivo, de acuerdo con las condiciones de
      habitabilidad que establezca las leyes.
      USO. Actividad o conjunto de actividades que se pueden desarrollar en una parcela o terreno.
      USOS ADICIONALES: Los que complementan a los usos principales en cuanto a satisfacer los
      requerimientos de funcionalidad e imagen urbana deseada.
      USOS INCOMPATIBLES: Son los que por sus características y funciones resultan molestos o
      perjudiciales para los usos vecinales o industriales, corresponden a los usos no indicados como uso
      principal o complementario, previsto en la presente Ordenanza.
      USO LIMITADO: Es aquella actividad que por sus características (ruidos, olores, peligros, etc.,) no puede
      funcionar en cualquier predio de una actividad por resultar molestos o perjudicial para los usos vecinos y
      deberá ser sometido a la consideración de la autoridad municipal competente para su conformidad.
      USOS NO CONFORMES: Se considerará uso no conforme a los terrenos y edificaciones con fines o usos
      diferentes al permitido; y los contemplados con uso incompatible en la presente Ordenanza.
      USOS PERMITIDOS: Son aquellos que puede funcionar en cualquier predio de un área de actividad,
      independientemente del tratamiento a que esté sometida esta área.
      VIA: Espacio destinado para el tránsito de vehículos automotores; también se le denomina carretera.
      VIALIDAD ARTERIAL: Está integrada por aquellas vías que proveen la circulación continua del tránsito
      entre diferentes áreas y a través de la ciudad. Satisfacen las necesidades de transporte de la ciudad y
      facilitan la transferencia del tránsito que va del sistema vial expreso, al sistema colector y viceversa.
      VIALIDAD COLECTORA: Vías empleadas para suministrar movimientos de tránsito continuo dentro de las
      áreas locales de la ciudad y seleccionar entre sí áreas adyacentes; permiten la distribución y recolección
      del tránsito local y lo conectan entre sí.
      VIALIDAD EXPRESA: Esta constituida por aquellas vías que favorecen la movilidad, esta restringido el
      acceso directo a las propiedades colindantes y están condicionadas o controladas las intersecciones con
      vías de menor jerarquía.
      VIALIDAD LOCAL: Son vías destinadas principalmente a facilitar el tránsito local y a dar servicio directo a
      las propiedades colindantes.



      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 5
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 6
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                                                                      CAPÍTULO II
                                                              DE LA ZONIFICACIÓN GENERAL
      ARTÍCULO 6- El área del Plan Especial del sector Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta fue dividida
      en zonas obedeciendo a los criterios de uso y a la dinámica urbana presentes en ese espacio. Las zonas
      de usos definidos son:
      ÁREAS RESIDENCIALES
      Zona Residencial              AR-1
      COMERCIO
      Comercio Local                                     C-1
      Comercio Intermedio                                C-2
      Comercio Industrial                                C-I
      Zona Hotelera                                      H
      INDUSTRIA
      Zona de Industria Liviana                          ZI-L
      Zona de Industria Mediana                          ZI-M
      EQUIPAMIENTOS URBANOS
                        Equipamiento General Existente:
                        ZONA EG-AGE:          Gubernamental-Administrativo
                        ZONA EG-RDE:          Recreacional- Deportivo
                        ZONA EG-SCE:          Socio- Cultural
                        ZONA EG-SDE:          Seguridad y Defensa
                        ZONA EG-SEE:          Subestación Eléctrica
                        ZONA EG-CTE:          Central Telefónica
                        ZONA EG-TTAE:         Terminal de transporte aéreo
                        ZONA EG-EE:           Educacional
                        Equipamiento Intermedio Existente:
                        ZONA EI-EE:           Educacional
                        ZONA EI-RDE:          Recreacional y deportivo
                        ZONA EI-SCE:          Socio- cultural
                                              Equipamiento Intermedio Propuesto:
                                              ZONA EI-RDP           Recreacional y deportivo
                                              ZONA EI-SCP           Socio cultural
      AREAS NO DESARROLLABLES: Las áreas No Desarrollables son aquellas zonas no susceptibles de
      intervención con fines urbanísticos. Las mismas se clasifica en:

                                              ZONA ZRU-1:                              Área de Protección de ríos, quebradas y canales
                                              ZONA ZRU-2                               Área de Protección de Línea de Alta Tensión
                                              ZONA ZRU-3:                              Área de Protección Vía Expresa




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 7
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                                             CAPÍTULO III
                DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS RESIDENCIALES

                                                                          SECCIÓN I
                                                                    ZONA RESIDENCIAL AR-1

      ARTÍCULO 7.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA
      Uso residencial unifamiliar continua en parcelas mínimas de 150 mts2, localizado en La Urbanización Popular
      la Quizanda.
      ARTÍCULO 8.- USOS PERMITIDOS:
      En la zona AR-1 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas
      al uso residencial de la manera siguiente:
            •      Residencial unifamiliar continua                          V.U.C
      ARTÍCULO 9.- USOS ADICIONALES:
      a) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales
         Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad.
      b) Se permite el comercio primario (C-1) como función secundaria del uso residencial en toda la urbanización.
      ARTÍCULO 10.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona AR-1 se regirán por las
      variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:


                                                                            CUADRO ZONA AR-1
                                                 ÁREA MIN           FRENTE            PORCENTAJES                           RETIROS MÁNIMOS                          ALTURA
          USO            DENSIDAD                PARCELA            MÍNIMO             MÁXIMO (%)                                     (mts)                         MÁXIMA

                            Hab/Ha                   m2               (mts)           Ubic.         Cons        Frente           L1       L2         Fondo          (Plantas)

        V.U.C                  200                  150                 6              60            80             *             -           -         3                 2
      *No se exige retiro de frente pero deberá conservar el alineamiento de fachada
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción.
      Parágrafo Segundo: Aquellas parcelas que no cumplan con el frente y área mínima exigida, conservarán el
      uso y las respectivas variables urbanas fundamentales de la zona donde se ubiquen, manteniendo en todo
      momento el alineamiento de fachada.
      Parágrafo Tercero: En la zona AR-1 el retiro de fondo no será exigido, siempre y cuando la edificación
      contemple un patio de ventilación que no podrá ser menor de 15 mts2 en la parcela con área igual o mayor a
      los 200 mts2 y de 25 mts2 en las parcelas con área igual o mayor a los 350 mts2. En el caso de que no se
      mantenga el retiro de fondo, las paredes medianeras no podrán tener ningún tipo de vanos, ventanas o
      aberturas que perturben la privacidad de la parcela vecina. Igualmente, deberán tomarse las precauciones
      para la disposición de las aguas de lluvias de los techos, las cuales deberán drenar dentro del área ocupada
      por cada parcela.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 8
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA


                                                                                  CAPÍTULO IV
                    DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS COMERCIALES

                                                                                     SECCIÓN I
                                                            ZONAS DE COMERCIO PRIMARIO (C-1)

      ARTÍCULO 11.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA:
      Uso Comercio Primario, el cual permite las instalaciones necesarias para la prestación de servicios y ventas
      al detal de artículos de abastecimiento diario en zonas residenciales a distancia peatonal.

      ARTÍCULO 12.- USOS PERMITIDOS:
      En la zona C-1 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas
      única y exclusivamente al uso comercial local, según las siguientes actividades:
      • Oficinas
      • Pequeñas bodegas, casas de abasto y fruterías.
      • Salones de Belleza, Barberías y centros de estética en general.
      • Ventas caseras de refresco y agua mineral.
      • Venta de periódicos y revistas, quincallerías, y jugueterías.
      • Panaderías, pastelerías y heladerías.
      • Farmacias, tiendas naturistas, perfumerías y ventas de cosméticos.
      • Consultorios Médicos
      • Ópticas
      • Oficinas de servicios de telecomunicaciones
      • Pescaderías, carnicerías, charcuterías y frigoríficos.
      • Areperas, Cafés y fuentes de soda.
      • Venta de hielo.
      • Librerías y papelerías, venta de regalos y novedades
      • Floristerías.
      • Viveros.
      • Ferreterías (sin venta de materiales de construcción al por mayor).
      • Tiendas de pinturas.
      • Agencias de loterías
      • Receptoria y distribución de ropa para tintorerías.
      • Lavanderías y tintorerías.
      • Reparación de calzados y otros artículos de cuero, con un máximo de 3 empleados.
      • Reparación de artículos menores de uso personal y doméstico, con un máximo de 3 empleados.
      • Venta de combustible de uso doméstico y artículos de limpieza.
      • Edificaciones docentes, asistenciales, sociales recreacionales y deportivas a nivel primario de acuerdo al
          área mínima exigida en la sección correspondiente al equipamiento.
      • Actividades artesanales menores que no empleen más de cuatro (4) personas tales como: marqueterías,
          talleres de costuras, orfebrerías, que no utilicen equipos que producen ruidos, olores u otras molestias.

      ARTÍCULO 13.- USOS ADICIONALES:
      En la zona C-1, se permiten los siguientes usos adicionales:
      • Templos en general
      • Oficinas postales
      • Servicios de equipamientos urbanos e instalaciones que formen parte de las redes de servicios de
          infraestructura.
      Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales.

      ARTÍCULO 14.- USOS LIMITADOS:


      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                      PÁG. 9
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      Dentro de la zona C-1, los siguientes usos son limitados:
      • Puestos de Bomberos
      • Venta de licores envasados dentro de establecimientos que expende alimentos y bebidas como
         supermercados.
      • Puestos de Policías
      • Talleres mecánicos livianos: frenos, montura y reparación de neumáticos, electroautos, aire
         acondicionado, autotapicerias, autoperiquitos, suministro y reparación de radiadores que no produzcan
         ruido, olores ni otras molestias.
       Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado de la opinión de la correspondiente
      asociación de vecinos si la hubiere ó a la mayoría de vecinos del área circundante y del informe favorable de
      las autoridades municipales competentes.

      ARTÍCULO 15.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona C-1 en forma pura se
      regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:
                                                                              CUADRO ZONA C-1
               USO               ÁREA MIN            FRENTE          PORCENTAJES                     RETIROS            MÁNIMOS             (mts)              ALTURA
                                 PARCELA             MÍNIMO           MÁXIMOS %                                                                                MÁXIMA

                                      2               (mts)           Ubic.          Cons            Frente            L1       L2         Fondo              (Plantas)
                C1                  (m )
                                    200                 12              60            120               *5              -         -            3           PB+MZ+2PT
      * El retiro de frente mínimo será de 5 mts y en las parcelas con frente a vías propuestas por el Plan el retiro de frente será
      según perfil vial correspondiente. En las calles secundarias de la Urb. La Quizanda se deberá conservar el alineamiento de
      fachada predominante de la manzana donde se ubique la edificación.
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%.
      Parágrafo Segundo: Cuando se instale el uso C-1, mezclado con edificaciones residenciales AR-1; se
      localizará en planta baja y mezzanina, no se exigirán retiros laterales para estos niveles y las demás variables
      urbanas fundamentales serán las descritas en la sección correspondiente al uso residencial con el que esté
      mezclado.
      Parágrafo Tercero: En aquellas parcelas localizadas en las zonas AR-1 dónde se permite el comercio
      primario C-1, podrán mantener el uso residencial existente, mezclar los dos usos o desarrollar el uso C-1 en
      forma pura; no se exigirán retiros laterales y las demás variables urbanas fundamentales serán las descritas
      en el cuadro C-1. En el caso de Comercio mezclado con vivienda las variables urbanas serán las descritas en
      la zonificación residencial donde se encuentre el inmueble, no se exigirá retiro lateral en PB.
      Parágrafo Cuarto: El retiro de frente sobre avenidas con proyectos de ampliación o remodelación podrá ser
      en algunos casos de condición variable, y será determinado por la Oficina que tenga a su cargo la
      planificación urbana en cada caso, de acuerdo con la vialidad propuesta que sirva de frente a la parcela (ver
      plano de vialidad y anexo A) y en otros casos responderá a alineamientos de fachada.
      Parágrafo Quinto: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo exigido para desarrollar el
      comercio primario (C1) en forma pura, podrán desarrollarse como uso residencial mezclado con comercio,
      dónde el uso principal será el residencial y las variables urbanas fundamentales serán las descritas en la
      zonificación correspondiente al uso residencial donde se localice; en este caso el uso comercial deberá estar
      limitado a la planta baja.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 10
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA


                                                                            SECCIÓN II
                                                   ZONA DE COMERCIO INTERMEDIO (C-2)

      ARTÍCULO 16.- DESCRIPCIóN DE LA ZONA:
      Uso Comercio Intermedio, el cual permite las instalaciones necesarias para la prestación de servicios,
      distribución y venta de artículos de abastecimiento periódico en zonas residenciales a escala vehicular.

      ARTÍCULO 17.- USOS PERMITIDOS:
      En la zona C-2 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas
      al uso comercial intermedio según las siguientes actividades:
      • Las permitidas para el comercio primario (C-1).
      • Detal de telas, Lencerías, prendas de vestir, calzados y artículos de cuero.
      • Sastrerías
      • Jugueterías.
      • Restaurantes, bares, bar-restaurante.
      • Hoteles de acuerdo a lo establecido en la sección de ésta ordenanza correspondiente al uso hotelero.
      • Pensiones y Residencias Estudiantiles.
      • Licorerías y agencias de festejos
      • Clubes sociales.
      • Cine y teatro.
      • Tapicerías
      • Laboratorios médicos, odontológicos y de análisis general.
      • Edificaciones destinadas a prestar servicio de atención ambulatoria y hospitalaria
      • Clínicas veterinarias.
      • Estaciones de radio y televisión.
      • Comercio al por menor de muebles, accesorios para el hogar, equipos de ventilación, aire acondicionado,
          ventas de motos, detal de gas natural (en bombonas).
      • Servicios de fotografías de documentos y planos.
      • Ventas al por menor no clasificados en otras partes: joyerías, artículos deportivos, cinematografía,
          fotografía, instrumentos de óptica, artículos religiosos, discos, cassettes, artesanías, grabados de placas,
          trofeos y similares.
      • Establecimientos financieros: sociedades y consorcios de inversiones, sociedades fiduciarias, sociedades
          financieras, casas de empeño, bolsa de valores, agencias bancarias, arrendamiento compra y venta de
          patentes y licencias, y otros establecimiento financieros.
      • Agencias de cobranzas.
      • Servicios prestados a empresas: publicidad y anuncios.
      • Venta o/y Alquiler de máquinas y equipos.
      • Academias.
      • Reparación y venta de instrumentos musicales.
      • Reparación y venta de máquinas eléctricas.
      • Reparación y venta de cámaras y equipos fotográficos.
      • Reparación y venta de artículos médicos y quirúrgicos.
      • Reparación y ensamblaje de equipos eléctricos y electrodomésticos.
      • Talleres Micromecánicos
      • Venta de animales domésticos.
      • Talleres mecánicos livianos: frenos, montura y reparación de neumáticos, electroautos, aire
          acondicionado, autotapicerias, autoperiquitos, suministro y reparación de radiadores que no produzcan
          ruido, olores ni otras molestias.
      • Estacionamientos de automóviles
      • Exhibición, Venta o Alquiler de automóviles y camiones con su correspondiente taller de servicio.
      • Venta de repuestos en general.
      • Agencias de viajes.
      • Canchas de Boliche (Bowling)


      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 11
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      •     Edificaciones docentes, asistenciales, sociales recreacionales y deportivas a nivel primario e intermedio.
      •     Servicios personales: gimnasios y saunas, fisioterapia y rehabilitación, masajes, Spas y estética en
            general.
      •     Venta de materiales de construcción al detal y venta al detal de maderas y sus derivados.

      ARTÍCULO 18.- USOS ADICIONALES:
      En la zona C-2, se permiten los siguientes usos complementarios:
      • Iglesias y templos en general
      • Estaciones de Bomberos
      • Estaciones de Policías
      • Servicios de equipamientos urbanos primarios e intermedios e instalaciones que formen parte de las redes
         de servicios de infraestructura.
      Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales.

      ARTÍCULO 19.- USOS LIMITADOS:
      Dentro de la zona C-2, los siguientes usos son limitados:
         Líneas de taxi
         Estaciones de Servicio
         Servicio de auto lavados y actividades conexas.
         Funerarias para lo cual se exigirá estudio de impacto vial y parcela mínima de 1000 m2.
         Venta de comidas con servicio directo a los automóviles
         Servicios recreacionales tales como: Centros de entretenimiento, Videos-juegos, Centros Hípicos,
         Tómbolas, Ferias, Parques de Atracciones y similares.
         Empresas de transporte de mercancías
      Parágrafo Unico: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado de la opinión de la correspondiente
      asociación de vecinos si la hubiere ó a la mayoría de vecinos del área circundante y del informe favorable de
      las autoridades municipales competentes.

      ARTICULO 20.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona C-2 se regirán por las
      variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:

                                                                                  CUADRO C-2
                 USO                 ÁREA MIN            FRENTE         PORCETAJES                                  RETIROS MÍNIMOS                                 ALTURA
                                     PARCELA             MÍNIMO          MÁXIMOS (%)                                        (mts)                                   MÁXIMA

                                          2               (mts)           Ubic.         Cons           Frente              L1       L2         Fondo               (Plantas)
                                        (m )
                 C-2
                              400         15       60       120        *6         -      -      4      PB+Mzz+3PT
      * El retiro de frente mínimo será de 6 mts y en las parcelas con frente a vías propuestas por el Plan el retiro de
      frente será según perfil vial correspondiente.
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%.
      Parágrafo Segundo: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo establecido se consideran
      C-1, en cuanto a uso y variables urbanas fundamentales.
      Parágrafo Tercero: El retiro de frente sobre avenidas con proyectos de ampliación o remodelación podrá ser
      en algunos casos de condición variable, y será determinado por la Oficina que tenga a su cargo la
      planificación urbana en cada caso, de acuerdo con el perfil vial propuesto que sirva de frente a la parcela (ver
      plano de vialidad y anexo B) y en otros casos responderá a alineamiento de fachada.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 12
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                                                                      SECCIÓN III
                                                            ZONA DE COMERCIO INDUSTRIAL (C-I)

      ARTÍCULO 21.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA:
      Se consideran zonas de comercio industriales aquellas instalaciones comerciales y de servicios asociados a
      la industria, cuya actividad no produzca molestias de humos, olores y ruidos que puedan causar perjuicio a la
      comunidad.

      ARTÍCULO 22.- USOS PERMITIDOS:
      En la zona CI está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas al
      comercio y a los servicios industriales, según lo establecido en la lista de actividades enumeradas a
      continuación:
      • Los usos referidos para el C-2
      • Tiendas por departamento, grandes almacenes y bazares, otras tiendas no especificadas.
      • Salas de baile, night club, discotecas o similares.
      • Servicios de comunicaciones: radiofotos, telefotografía, radio-facsimil y otros servicios de
          comunicaciones.
      • Empresas que presten servicio de transporte público urbano.
      • Bienes inmuebles y servicios prestados a la empresa: servicios de protección, sereno, vigilancia y
          transporte de valores, venta alquiler y arrendamiento de maquinarias y equipos.
      • Servicios recreacionales tales como: Centros de entretenimiento, Videos-juegos, Centros hípicos,
          Tómbolas, Ferias, Parques de Atracciones y similares.
      • Servicios de diversión, esparcimiento y servicios culturales: productos de películas cinematográficas,
          distribución y exhibición de películas cinematográficas, otros servicios de esparcimiento y culturales.
      • Servicios sociales y comunales conexos: servicios médicos y otros servicios de sanidad.
      • Imprentas y grabados.
      • Ventas de Comidas con servicio directo a los automóviles
      • Mercados
      • Funerarias
      • Depósito y almacenaje en general y ventas al mayor
      • Talleres de carpintería
      • Talleres mecánicos automotores y de latonería y pintura
      • Fábrica y venta al mayor de muebles, equipos de oficinas, lámparas y artículos domésticos
      • Aserraderos
      • Detal y mayor de pinturas.
      • Detal y mayor de materiales de construcción.
      • Detal y mayor de equipos de ventilación y refrigeración
      • Detal y mayor de artículos de cuero, cartón y plástico
      • Detal y mayor víveres para consumo masivo
      • Actividad de almacenamiento de artículos varios, incluidas las partes automotrices
      • Ventas al por mayor de maquinarias industriales y vehículos
      • Plantas de lavanderías y tintorerías
      • Taller de reparación de equipos electrodomésticos y del hogar
      • Chiveras
      • Embotelladoras
      • Estaciones de Servicio, los cuales deberán ajustarse a las normas exigidas por el Ministerio de Energía y
          Minas y el informe favorable de las autoridades Municipales correspondientes.
      • Instituciones de capacitación profesional técnica y universitaria, con sus respectivas áreas deportivas

      ARTÍCULO 23.- USOS ADICIONALES:
      a)   Oficinas gubernamentales, centros postales, profesionales y comercios: Café, Fuentes de Soda,
           Restaurantes
      b)   Sedes Policiales, Sedes de Bomberos y de Seguridad y Defensa



      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 13
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      c)        Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta
                Ordenanza.
      d)        Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales
                Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad.
      e)        Edificaciones culturales, religiosas y recreacionales pasivas, como función secundaria de la actividad
                industrial.
      Parágrafo Unico: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales
      competentes.

      ARTÍCULO 24.- USOS LIMITADOS:
      Dentro de la zona C-I, los siguientes usos son limitados:
      • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área mínima
        de 2.000 m2 y retiros de 14 mts. Sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts.
      Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades
      municipales competentes.

      ARTÍCULO 25.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona CI se regirán por las
      variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:


                                                                               CUADRO ZONA C-I
                                         ÁREA MIN.            FRENTE             PORCENTAJES                        RETIROS MÍNMOS (mts))                           ALTURA
                 USO
                                         PARCELA                MIN                MÁXIMOS                                                                          MÁXIMA

                                            (m2)               (mts)          Ubic           Const           Frente            L1          L2       Fondo          (Plantas)
                C-I
                                           1.000                  20             60            120               *6              -          4            5              **3
      *  El retiro mínimo será de 6 metros y en la Urb. La Isabelica responderá al alineamiento de fachada.
      ** En las zonas cercanas al Aeropuerto Internacional Arturo Michelena, las alturas varían según al cono de aproximación.
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción y ubicación
      en un 20% y el retiro lateral de las parcelas integrada será nulo, siempre y cuando se respete el área
      ubicable.
      Parágrafo Segundo: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo establecido para la zona
      dónde está ubicada, se consideraran C1 o C2 de acuerdo al área de parcela con las condiciones de desarrollo
      que le correspondan.
      Parágrafo Tercero: Las alturas en la zona CI cercanas al cono de aproximación del Aeropuerto Internacional
      Arturo Michelena tendrán las siguientes restricciones:
      a) Altura Máxima de fachada será de 12, 00 mts sin pasar de tres plantas. Las partes mecánicas necesarias
          para la industria no se tomaran en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida.
      b) Iluminación: Instalación de copas protectoras que eviten el encandilamiento de los pilotos
      c) Techos: No se permitirá la instalación de techos de láminas de zinc, metálicas o cualquier otro material
          que refracte la luz solar.
      d) Comercios: No se permitirá la instalación de actividades comerciales de carnes y/o alimentos que puedan
          estar expuestos al aire libre y que atraigan el vuelo de aves sobre la zona.
      e) Incineradores: Se prohíbe la instalación de Incineradores que expulsen contaminantes a la atmósfera, que
          pudieran afectar la trayectoria operacional de aterrizaje y despegue de las aeronaves en el aeropuerto.
      Parágrafo Cuarto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes CI, deberán respetar los siguientes
      determinantes de diseño:
      a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 15 % de
          la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
                     • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10%



      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 14
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

                             •
                        Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos
                        o servicios de asistencia social.
      b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 10 % de
         la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
                    • Parque, Áreas verdes o Deporte: 7%
                    • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos
                        o servicios de asistencia social.
      c)      Contemplar el perfil vial mínimo establecido para las zonas industriales y de comercio industrial

      ARTÍCULO 26.- REPARCELAMIENTO:
      En las zonas CI localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la subdivisión o
      modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas deberá ser
      autorizado por la Autoridad Urbanística competente previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de
      Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas subdivididas deberán ser registradas en la Oficina de
      Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del Municipio; las parcelas
      resultantes del reparcelamiento deberán cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior.
      Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas
      Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la
      Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea
      revisada y evaluada.
      Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter
      de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables
      urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un inmueble en una
      misma parcela.
      Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima
      exigida, es decir 1000 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá
      indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes
      contiguos al proyecto de urbanismo.

      ARTÍCULO 27.- INTEGRACIÓN:
      En la zona CI se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de
      edificaciones comerciales o industriales, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Sección correspondiente
      a la integración de parcelas de esta ordenanza y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de
      Ordenación Urbanística, las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos
      urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 15
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA



                                                                              SECCIÓN IV
                                                                           ZONA HOTELERA (H)

      ARTÍCULO 28.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA:
      El uso hotelero podrá ser localizado en las zonas CI, así como en las zonas señaladas como equipamiento
      Socio-Cultural, dónde está permitido como uso adicional, siempre y cuando se cumpla con el área mínima de
      parcela, referida en esta sección.

      ARTÍCULO 29.- USOS ADICIONALES:
      En los hoteles además de los usos que permite la categoría de comercio de la zona en que estén ubicados,
      se permiten los siguientes usos complementarios, siempre y cuando tengan accesos para los clientes desde
      el interior de la edificación:
      • Discotecas
      • Restaurante
      • Fuente de Soda
      • Agencia de Festejos
      • Agencias de viajes
      • Casas de cambio
      • Áreas deportivas, gimnasios, spa y similares
      • Alquiler de autos
      • Sala de reuniones y convenciones
      • Tiendas, barbería, peluquería y similares

      ARTÍCULO 30.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      En las zonas donde se permite la construcción del uso hotelero, mientras se elaboran las normas específicas
      para este tipo de proyectos, las disposiciones se regirán de la siguiente manera:


                                                                       CUADRO ZONA HOTELERA
                                  ÁREA MIN.           FRENTE          PORCENTAJES                             RETIROS MÍNIMOS                                  ALTURA
               USO
                                  PARCELA               MIN          MÁXIMOS (%)                                     (mts)                                     MÁXIMA

                                     (m2)              (mts)          Ubic         Const          Frente            L1     L2            Fondo               (Plantas)
            Hotel                    1.00030        40      200         6*         4      4        6       Pb+Mz+4PT
      * El retiro de frente mínimo será de 6 mts y las parcelas con frente a vialidades propuestas será según el perfil vial
        correspondiente.
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%.
      Parágrafo Segundo: Se permite la construcción de una planta adicional por cada mil metros cuadrados
      (1.000 m2) de área adicional, en parcelas mayores de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 m2) y 20 %
      adicional en el área de construcción.
      Parágrafo Tercero: Toda persona natural o jurídica que desee construir, modificar o adaptar una edificación
      para prestar servicio de alojamiento al público, debe solicitar la correspondiente asignación de uso ante la
      oficina municipal que tenga a su cargo la planificación urbana.

      Parágrafo Cuarto: Los proyectos de diseño de las edificaciones hoteleras, deberán ser elaborados en
      conformidad con la normativa vigente elaborada por la Corporación de Turismo de Venezuela (Corpoturismo),
      para la categoría de hotel seleccionada por el proyectista. Por lo que se exigirá la correspondiente constancia
      de aceptación del anteproyecto por parte de Corpoturismo para la tramitación del proyecto ante la autoridad
      municipal competente
      Parágrafo Quinto: En el Plano de Zonificación, la zona hotelera, localizada en las áreas desarrolladas, estará
      indicada con la nomenclatura H


      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 16
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      ARTÍCULO 31.- DENSIDAD:
      El número de habitaciones se calculará basándose en veinticinco (25) metros cuadrados de construcción por
      habitación. Cada habitación deberá estar provista de una sala de baño.

      ARTÍCULO 32.- CÓMPUTO DE ÁREA:
      En los hoteles, todas las superficies construidas se computarán para el cálculo del área de ubicación y del
      área de construcción, excepto las que se indican a continuación: aleros, pavimentos y terrazas exteriores a la
      edificación, marquesinas, muros de cinta, estanques de agua, salas de máquinas, depósitos de basura y gas,
      balcones, estacionamientos cubiertos, cajas de ascensores, las escaleras y los pasillos de circulación,
      servicios de piso y medios de escape y las expresadas en las disposiciones complementarias de esta
      Ordenanza.



                                             CAPÍTULO V
                 DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS INDUSTRIALES
                                                                           SECCIÓN I
                                                                  ZONA INDUSTRIA LIVIANA (ZI-L)

      ARTÍCULO 33.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Se considera Industria Liviana el uso que permite las
      instalaciones industriales y tenga una producción moderada de humos, ruidos y luminosidad, según lo
      establecido en la lista de actividades enumeradas a continuación:
      • Las indicadas para el Comercio Industrial (CI)
      • Fabrica de pinturas.
      • Fábrica de artículos de barro, loza y porcelana
      • Textiles y Telares y similares
      • Fabrica de Nylon
      • Fabrica de mecates y sacos
      • Fabrica de lápices y similares
      • Fabrica de hilados
      • Fabricas de hielo
      • Frigoríficos
      • Fabrica de ropa y calzado
      • Cristalería ( fabricación y corte de vidrios para espejos y para la industria de la construcción)
      • Fabricación de productos plásticos
      • Laboratorios fabricantes de productos químicos farmacéuticos y medicamentos
      • Ensambladora de aparatos de radio, televisión y otros para el hogar
      • Fabricas de helados
      • Fabrica de muebles y accesorios
      • Fabrica de papel y cartón.
      • Imprenta, editorial y similares.
      • Fábrica de equipos científicos, fotográficos y ópticos.
      • Fabrica de artículos domésticos
      • Fabrica de pegamentos de uso industrial
      • Fabrica de tableros y productos eléctricos
      • Fabrica de premezclado de cemento
      • Talleres de fabricación de avisos y vallas de publicidad
      • Talleres de revestimiento de acero, cromo y níquel
      • Talleres metal mecánicos y metalúrgicos
      • Talleres de reparación de maquinarias agrícolas
      • Talleres mecánicos de vehículos pesados y livianos
      • Envasados de combustible y productos químicos




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 17
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA



      ARTÍCULO 34.- USOS ADICIONALES:
      a) Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta
         Ordenanza.
      b) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales
         Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad.
      c) Edificaciones de Educación Técnica, culturales, religiosas, recreacionales pasivas y servicios
         asistenciales, como función secundaria de la actividad industrial.
      d) Oficinas Gubernamentales, Centros Postales y sedes de seguridad y defensa como sedes policiales, de
         bomberos y seguridad en general.
      Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales.

      ARTÍCULO 35.- USOS LIMITADOS:
      Dentro de la zona ZI-L, los siguientes usos son limitados:
         • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área
              mínima de 2.000 m2 y retiros de 14 mts sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts.
       Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades
      municipales competentes, debiendo cumplir con lo expresado en el articulo Eliminación de Elementos
      Contaminantes y el permiso por parte de la dependencia que tenga a su cargo la Dirección de aeropuertos de
      la Autoridad Nacional Competente, por la afectación del cono de aproximación del aeropuerto Arturo
      Michelena.

      ARTÍCULO 36.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona ZI-L se regirán por las
      variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:

                                                                           CUADRO ZONA ZI-L
                                               ÁREA MIN.          FRENTE            PORCETAJES                        RETIROS MÍNIMOS                            ALTURA
                      USO
                                               PARCELA             MIN              MÁXIMOS (%)                              (mts)                               MÁXIMA

                      ZI-L                         (m2)            (mts)          Ubic         Const         Frente         L1 L2            Fondo                (mts)
                                                   1.000              20            60           120            6**          4         4          5                  12*
      *         Las alturas varían según el cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena
      **        El retiro de frente será de acuerdo al perfil vial correspondiente debiéndose respetar 6 mts a partir del
                alineamiento previsto para la vía correspondiente
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción. Los usos adicionales así como las áreas de servicios a las industrias serán computados a los
      efectos de estimar las áreas de ubicación y construcción correspondientes.
      Parágrafo Segundo: Las alturas en la zona ZI-L cercanas al cono de aproximación del Aeropuerto
      Internacional Arturo Michelena tendrán las siguientes restricciones:
      a) Altura Máxima: 12,00 mts.
      b) Iluminación: Instalación de copas protectoras que eviten el encandilamiento de los pilotos
      c) Techos: No se permitirá la instalación de techos de láminas de zinc, metálicas o cualquier otro material
          que refracte la luz solar.
      d) Comercios: No se permitirá la instalación de actividades comerciales de carnes y/o alimentos que puedan
          estar expuestos al aire libre y que atraigan el vuelo de aves sobre la zona.
      e) Incineradores: Se prohíbe la instalación de incineradores que expulsen contaminantes a la atmósfera, que
          pudieran afectar la trayectoria operacional de aterrizaje y despegue de las aeronaves en el aeropuerto.
      Parágrafo Tercero: La altura de fachada será de 12 mts sin pasar de tres (3) plantas. Las partes mecánicas
      necesarias en la industria, no se tomarán en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 18
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      Parágrafo Cuarto: Los edificios industriales con altura mayor a tres (3) plantas deben ser aprobados previo
      informe de la autoridad municipal competente, siempre y cuando se respete el cono de aproximación del
      Aeropuerto.
      Parágrafo Quinto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes ZI-L deberán disponer de un porcentaje de
      la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
      a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 15 % de
          la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
           • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10%
           • Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios
             de asistencia social.
      b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 10 % de
          la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
           • Parque, Áreas verdes o Deporte: 7%
           • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios
             de asistencia social.
      c) Contemplar el perfil vial mínimo establecido para las zonas industriales.

      ARTÍCULO 37.- REPARCELAMIENTO
      En las zonas industriales ZI-L localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la
      subdivisión o modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas
      deberá ser autorizado por la Autoridad Urbanística competente y previo a la solicitud de la Constancia de
      Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas resultantes del reparcelamiento deberán
      cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior. Las parcelas subdivididas deberán ser
      registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del
      Municipio.
      Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas
      Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la
      Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea
      revisada y evaluada.
      Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter
      de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables
      urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un en una misma
      parcela.
      Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima
      exigida, es decir 1000 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá
      indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes
      contiguos al proyecto de urbanismo.

      ARTÍCULO 38.- INTEGRACIÓN:
      En la zona ZI-L se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de
      edificaciones industriales, las cuales se regirán por la Variables Urbanas Fundamentales referidas para la
      zona donde se localicen; y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, las
      parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en ningún caso podrán
      subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.


                                                                      SECCIÓN II
                                                             ZONA INDUSTRIA MEDIANA (ZI-M)

      ARTÍCULO 39.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Se considera Industria Mediana el uso que permite las
      instalaciones industriales que tenga una producción moderada de humos, ruidos y luminosidad, según lo
      establecido en la lista de actividades enumeradas a continuación:
      •    Las indicadas para la Industria Liviana


      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 19
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      •    Industria relacionadas con la construcción: cerámica, concreto y alfarería
      •    Fundiciones, Fábrica de Estructuras Metálicas, Niquelados y cromados
      •    Fábrica de Cigarrillos y Tabacos
      •    Industrias Alimenticias en general
      •    Fábrica de Jabones y productos de tocador
      •    Industria de bebidas alcohólicas y no alcohólicas
      •    Productos de Asfalto
      •    Fábrica de Cauchos
      •    Fábrica de Maquinarias y Equipos para la industria
      •    Fábrica de vehículos automotores y partes automotrices
      •    Fábrica de bicicletas

      ARTÍCULO 40.- USOS ADICIONALES:
      a) Restaurantes, Salas de Conferencias, Salas de Exposiciones.
      b) Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta
         Ordenanza.
      c) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales
         Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad.
      d) Edificaciones de Educación Técnica y universitaria, culturales, religiosas, recreacionales y servicios
         asistenciales.
      e) Oficinas Gubernamentales, Centros Postales y sedes de seguridad y defensa como sedes policiales, de
         bomberos y seguridad en general.
      Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales.

      ARTÍCULO 41.- USOS LIMITADOS:
      Dentro de la zona ZI-M los siguientes usos son limitados:
      • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área mínima
         de 2.000 m2 y retiros de 14 mts. Sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts.
      •   Planta de generación de energía propia.
      Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades
      municipales competentes, debiendo cumplir con lo expresado en el articulo Eliminación de Elementos
      Contaminantes y el permiso por parte de la dependencia que tenga a su cargo los aeropuertos de la Autoridad
      Nacional Competente, por la afectación del cono de aproximación del aeropuerto Arturo Michelena.

      ARTÍCULO 42.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES:
      La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona ZI-M se regirán por las
      variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:

                                                                              CUADRO ZONA ZI-M
                                                   ÁREA MIN.           FRENTE          PORCENTAJES RETIROS                      MÍNIMOS             (mts)           ALTURA
                       USO
                                                   PARCELA              MIN            MÁXIMOS (%)                                                                  MÁXIMA

                                                       (m2)             (mts)          Ubic       Const         Frente          L1       L2        Fondo             (mts)

                     ZI-M                1.200        20        75      120     9*      5     5      5         12**
      *         El retiro de frente será de acuerdo al perfil vial correspondiente debiéndose respetar 9 mts. a partir
                del alineamiento previsto para la vía correspondiente
      **        Las alturas varían según el cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena
      Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de
      construcción en las edificaciones desarrolladas. Los usos adicionales así como las áreas de servicios a las
      industrias serán computados a los efectos de estimar las áreas de ubicación y construcción correspondientes.
      Parágrafo Segundo: Los edificios industriales con altura mayor a tres (3) plantas deben ser aprobados previo
      informe de la autoridad municipal competente, siempre y cuando se respete con el cono de aproximación del
      aeropuerto.



      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 20
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

      Parágrafo Tercero: La altura de fachada será de 12 mts sin pasar de tres (3) plantas. Las partes mecánicas
      necesarias en la industria, no se tomarán en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida.
      Parágrafo Cuarto: Las urbanizaciones industriales La Quizanda y Parque Aeropuerto tendrán un retiro de
      frente de 7 metros y los retiros laterales serán de 3 metros y no se exigirá retiros laterales en la urbanización
      La Quizanda.
      Parágrafo Quinto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes ZI-M, deberán respetar los siguientes
      determinantes de diseño:
      a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 20 % de
         la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
           • Parque, Áreas verdes o Deporte: 15%
           • Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios
             de asistencia social.
      b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 13 % de
         la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera:
           • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10%
           • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios
             de asistencia social.
      c) Contemplar como perfil vial mínimo el perfil N° 17.

      ARTÍCULO 43.- REPARCELAMIENTO
      En las zonas industriales ZI-M localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la
      subdivisión o modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas
      deberá ser autorizado por la Autoridad Urbanística competente y previo a la solicitud de la Constancia de
      Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas subdivididas deberán ser registradas en la
      Oficina de Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del Municipio; las parcelas
      resultantes del reparcelamiento deberán cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior, para la
      zona donde este ubicada.
      Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas
      Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la
      Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea
      revisada y evaluada.
      Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter
      de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables
      urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un inmueble en una
      misma parcela.
      Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima
      exigida, es decir 1.200 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá
      indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes
      contiguos al proyecto de urbanismo.

      ARTÍCULO 44.- INTEGRACIÓN
      En la zona ZI-M se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de
      edificaciones industriales, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Sección correspondiente a las
      integraciones de parcelas de esta Ordenanza y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de
      Ordenación Urbanística, las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos
      urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.




      ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN
                                                                                                                                                                    PÁG. 21
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA
  ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL  DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

Contenu connexe

Tendances

Valencia - Casco Historico
Valencia - Casco HistoricoValencia - Casco Historico
Valencia - Casco Historicotobby_dic
 
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012TAYPP
 
Memoria descriptiva proyecto Agua y Desague
Memoria descriptiva proyecto Agua y DesagueMemoria descriptiva proyecto Agua y Desague
Memoria descriptiva proyecto Agua y DesagueHenry Oré
 
Pip local usos multiples ayash pichiu
Pip local usos multiples ayash pichiuPip local usos multiples ayash pichiu
Pip local usos multiples ayash pichiuAnibal Segura Gamboa
 
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3Marco Soliz
 
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1Marco Soliz
 
2. tomo ii final
2. tomo ii final2. tomo ii final
2. tomo ii finalHcm Scz
 
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginas
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginasOrdenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginas
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginasmartinserrano
 
Tratamiento de veredas
Tratamiento de veredasTratamiento de veredas
Tratamiento de veredasHamnetzuelo
 
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHI
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHIManual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHI
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHIALEXIS SOYER PANDURO GUERRA
 
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de Madrid
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de MadridArquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de Madrid
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de MadridLudmila Souza
 
Informe ingenieria civil
Informe ingenieria civilInforme ingenieria civil
Informe ingenieria civiliruyam45
 
Calculo equipamiento comunitario
Calculo equipamiento comunitarioCalculo equipamiento comunitario
Calculo equipamiento comunitarioRicardo Nina
 
Resumen terminal terrestre
Resumen terminal terrestreResumen terminal terrestre
Resumen terminal terrestreFrankz
 

Tendances (20)

Valencia - Casco Historico
Valencia - Casco HistoricoValencia - Casco Historico
Valencia - Casco Historico
 
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012
PDUL Ordenanza Version Noviembre 2012
 
Manual de mantenimiento de pavimentos invias 1
Manual de mantenimiento de pavimentos invias 1Manual de mantenimiento de pavimentos invias 1
Manual de mantenimiento de pavimentos invias 1
 
Memoria descriptiva proyecto Agua y Desague
Memoria descriptiva proyecto Agua y DesagueMemoria descriptiva proyecto Agua y Desague
Memoria descriptiva proyecto Agua y Desague
 
Pip local usos multiples ayash pichiu
Pip local usos multiples ayash pichiuPip local usos multiples ayash pichiu
Pip local usos multiples ayash pichiu
 
ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN
ORDENANZA  SOBRE PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓNORDENANZA  SOBRE PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN
ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN
 
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 3
 
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1
Nuevo Código de Urbanismo y Obras - Tomo 1
 
2. tomo ii final
2. tomo ii final2. tomo ii final
2. tomo ii final
 
01 Resumen Ejecutivo.docx
01 Resumen Ejecutivo.docx01 Resumen Ejecutivo.docx
01 Resumen Ejecutivo.docx
 
ORDENANZA DE ZONIFICACION (REIMPRESION -1997)
ORDENANZA  DE  ZONIFICACION  (REIMPRESION -1997) ORDENANZA  DE  ZONIFICACION  (REIMPRESION -1997)
ORDENANZA DE ZONIFICACION (REIMPRESION -1997)
 
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginas
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginasOrdenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginas
Ordenanza desarrollo urbano barquisimeto pdul, municipio iribarren,92 paginas
 
DIRECTIVA LIQUIDACIONES MDMI.doc
DIRECTIVA LIQUIDACIONES MDMI.docDIRECTIVA LIQUIDACIONES MDMI.doc
DIRECTIVA LIQUIDACIONES MDMI.doc
 
Tratamiento de veredas
Tratamiento de veredasTratamiento de veredas
Tratamiento de veredas
 
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHI
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHIManual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHI
Manual de Diseño Geometrico de Vias Urbanas-VCHI
 
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de Madrid
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de MadridArquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de Madrid
Arquitectura popular. Arquitectura española. Los mercados de Madrid
 
Informe ingenieria civil
Informe ingenieria civilInforme ingenieria civil
Informe ingenieria civil
 
Calculo equipamiento comunitario
Calculo equipamiento comunitarioCalculo equipamiento comunitario
Calculo equipamiento comunitario
 
Resumen terminal terrestre
Resumen terminal terrestreResumen terminal terrestre
Resumen terminal terrestre
 
PDM Tarija
PDM TarijaPDM Tarija
PDM Tarija
 

Similaire à ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

3. tomo iii final
3. tomo iii  final3. tomo iii  final
3. tomo iii finalHcm Scz
 
3. tomo iii final
3. tomo iii  final3. tomo iii  final
3. tomo iii finalHcm Scz
 
Rof 2009 Redes Educativa
Rof 2009 Redes EducativaRof 2009 Redes Educativa
Rof 2009 Redes Educativatellinos
 
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoLey 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoangels.jimenez
 
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoLey 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoCultura_Montserrat
 
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...Emilio Castillo
 
Reglamento De ProteccióN Ambiental
Reglamento De ProteccióN AmbientalReglamento De ProteccióN Ambiental
Reglamento De ProteccióN Ambientalsergio
 
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leon
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leonBoe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leon
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leonJavier Pérez Villayandre
 
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_mancha
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_manchaBoe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_mancha
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_manchaNatalia Susurrusu
 
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006Convenio sobre el trabajo maritimo 2006
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006Miguel Diaz Medina
 
Estatuto Tributario Bogotá 2009
Estatuto Tributario Bogotá 2009Estatuto Tributario Bogotá 2009
Estatuto Tributario Bogotá 2009Pablo Tauta PCC MBA
 
Estatuto 20 tributario_202009
Estatuto 20 tributario_202009Estatuto 20 tributario_202009
Estatuto 20 tributario_202009lalahoyos1
 
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativo
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativoBoe 044 codigo-de_derecho_administrativo
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativoSerraMallol
 
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012Federación Solidaridad
 
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaBoe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaJosep Molina Merino
 

Similaire à ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA (20)

3. tomo iii final
3. tomo iii  final3. tomo iii  final
3. tomo iii final
 
3. tomo iii final
3. tomo iii  final3. tomo iii  final
3. tomo iii final
 
Rof 2009 Redes Educativa
Rof 2009 Redes EducativaRof 2009 Redes Educativa
Rof 2009 Redes Educativa
 
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoLey 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
 
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valencianoLey 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
Ley 5 2007_patrimonio_cultural_valenciano
 
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...
DISEÑO GEOMÉTRICO DE VÍAS CON APLICACIONES BÁSICAS EN EXCEL Y AUTOCAD (Wilman...
 
Reglamento De ProteccióN Ambiental
Reglamento De ProteccióN AmbientalReglamento De ProteccióN Ambiental
Reglamento De ProteccióN Ambiental
 
Lugares
LugaresLugares
Lugares
 
Lugares
LugaresLugares
Lugares
 
Lugares
LugaresLugares
Lugares
 
Lugares
LugaresLugares
Lugares
 
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leon
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leonBoe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leon
Boe 075 codigo-de_urbanismo_de_castilla_y_leon
 
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_mancha
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_manchaBoe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_mancha
Boe 068 codigo-de_urbanismo_de_castilla-la_mancha
 
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006Convenio sobre el trabajo maritimo 2006
Convenio sobre el trabajo maritimo 2006
 
Estatuto Tributario Bogotá 2009
Estatuto Tributario Bogotá 2009Estatuto Tributario Bogotá 2009
Estatuto Tributario Bogotá 2009
 
Estatuto 20 tributario_202009
Estatuto 20 tributario_202009Estatuto 20 tributario_202009
Estatuto 20 tributario_202009
 
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativo
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativoBoe 044 codigo-de_derecho_administrativo
Boe 044 codigo-de_derecho_administrativo
 
Reglamento
ReglamentoReglamento
Reglamento
 
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012
Reglamento definitivo participacion_ciudadana_2012
 
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaBoe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
 

Plus de Cartones 3D Grafic Art, C.A.

Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...
Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...
Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...Cartones 3D Grafic Art, C.A.
 
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos Turísticos
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos TurísticosFactibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos Turísticos
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos TurísticosCartones 3D Grafic Art, C.A.
 
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996   NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996   NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...Cartones 3D Grafic Art, C.A.
 
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996  NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996  NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...Cartones 3D Grafic Art, C.A.
 
ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN, DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Y LA...
  ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN,  DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE  Y LA...  ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN,  DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE  Y LA...
ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN, DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Y LA...Cartones 3D Grafic Art, C.A.
 
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS   POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS   POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...Cartones 3D Grafic Art, C.A.
 

Plus de Cartones 3D Grafic Art, C.A. (16)

manual de mecanica motos
manual de mecanica motosmanual de mecanica motos
manual de mecanica motos
 
Zonificacionpdulsanjose02julio2013 p01
Zonificacionpdulsanjose02julio2013 p01Zonificacionpdulsanjose02julio2013 p01
Zonificacionpdulsanjose02julio2013 p01
 
Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...
Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...
Normas para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Ed...
 
Proyecto car shop
Proyecto car shopProyecto car shop
Proyecto car shop
 
CORPOELEC - REQUISITOS PARA SERVICIO ELECTRICO
CORPOELEC - REQUISITOS PARA SERVICIO ELECTRICOCORPOELEC - REQUISITOS PARA SERVICIO ELECTRICO
CORPOELEC - REQUISITOS PARA SERVICIO ELECTRICO
 
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos Turísticos
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos TurísticosFactibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos Turísticos
Factibilidades Socio-Técnicas para los Establecimientos Turísticos
 
Pdul sur vialidad-noviembre2010_page1
Pdul sur vialidad-noviembre2010_page1Pdul sur vialidad-noviembre2010_page1
Pdul sur vialidad-noviembre2010_page1
 
Factibilidad de servicio hidrocentro
Factibilidad de servicio hidrocentroFactibilidad de servicio hidrocentro
Factibilidad de servicio hidrocentro
 
Factibilidad servicio electrico
Factibilidad servicio electricoFactibilidad servicio electrico
Factibilidad servicio electrico
 
ANEXO A
ANEXO AANEXO A
ANEXO A
 
Anexo A & B_ Pdul San Jose_vii-13-sept-completo
Anexo A & B_ Pdul San Jose_vii-13-sept-completoAnexo A & B_ Pdul San Jose_vii-13-sept-completo
Anexo A & B_ Pdul San Jose_vii-13-sept-completo
 
Perfiles Pdul Sur Anexo B
Perfiles Pdul Sur Anexo BPerfiles Pdul Sur Anexo B
Perfiles Pdul Sur Anexo B
 
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996   NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996   NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENT...
 
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996  NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996  NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...
DECRETO N° 1.257 FECHA: 13 de marzo de 1996 NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTA...
 
ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN, DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Y LA...
  ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN,  DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE  Y LA...  ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN,  DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE  Y LA...
ORDENANZA SOBRE LA CONSERVACIÓN, DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Y LA...
 
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS   POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS   POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...
REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADM...
 

Dernier

Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Alejandrino Halire Ccahuana
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxKarlaMassielMartinez
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptxolgakaterin
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaDecaunlz
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfNancyLoaa
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularMooPandrea
 
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdfenelcielosiempre
 
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfCLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfJonathanCovena1
 

Dernier (20)

Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
 
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
 
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfCLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
 

ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA

  • 1. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA AÑO MMV REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – ESTADO CARABOBO Nº 482 EXTRAORDINARIO MUNICIPIO VALENCIA GACETA MUNICIPAL Valencia, 12 de enero de 2005 Art. Nº 6 de la Ordenanza de Gaceta. Se tendrán como publicados y en vigencia las Ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales que aparezcan en la Gaceta Municipal, salvo disposición legal en contrario y en consecuencia, las autoridades públicas y los particulares quedan obligados a su cumplimiento y observancia. Las Gacetas Municipales se tendrán como documentos públicos a todos los efectos legales. ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 2. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA Tabla de Contenido EXPOSICIÓN DE MOTIVO .............................................................................................................................................1 TÍTULO I.............................................................................................................................................................................2 DISPOSICIONES GENERALES ......................................................................................................................................2 TÍTULO II ...........................................................................................................................................................................2 DEL OBJETIVO DEL PLAN ESPECIAL. ......................................................................................................................2 TÍTULO III..........................................................................................................................................................................3 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ....................................................................................................................................3 CAPÍTULO I .........................................................................................................................................................................3 DE LAS DEFINICIONES URBANÍSTICAS .......................................................................................................................3 CAPÍTULO II........................................................................................................................................................................6 DE LA ZONIFICACIÓN GENERAL...................................................................................................................................6 CAPÍTULO III ......................................................................................................................................................................8 DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS RESIDENCIALES .................................8 SECCIÓN I: ZONA RESIDENCIAL AR-1 ........................................................................................................................8 CAPÍTULO IV ......................................................................................................................................................................9 DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS COMERCIALES....................................9 SECCIÓN I: ZONAS DE COMERCIO PRIMARIO (C-1) ................................................................................................9 SECCIÓN II: ZONA DE COMERCIO INTERMEDIO (C-2)..........................................................................................11 SECCIÓN III: ZONA DE COMERCIO INDUSTRIAL (C-I)...........................................................................................13 SECCIÓN VI: ZONA HOTELERA (H)............................................................................................................................16 CAPÍTULO V .....................................................................................................................................................................17 DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS INDUSTRIALES .................................17 SECCIÓN I: ZONA INDUSTRIA LIVIANA (ZI-L)..........................................................................................................17 SECCIÓN II: ZONA INDUSTRIA MEDIANA (ZI-M) .....................................................................................................19 CAPÍTULO VI ....................................................................................................................................................................22 DE LAS VARIABLES URBANAS PARA LAS ZONAS DE EQUIPAMIENTO URBANO............................................22 SECCIÓN I: ZONA EDUCACIONAL (E) ......................................................................................................................22 SECCIÓN II: ZONA RECREACIONAL-DEPORTIVO (RD) ..........................................................................................23 SECCIÓN III: ZONA SOCIO-CULTURAL (SC).............................................................................................................23 SECCIÓN IV: ZONA ADMINISTRATIVO-GUBERNAMENTAL (AG)...........................................................................24 SECCIÓN V: ZONA SEGURIDAD Y DEFENSA (EG-SD)............................................................................................25 SECCIÓN VI: ZONA CENTRAL TELEFONICA (EG-CT) .............................................................................................25 SECCIÓN VII: ZONA SUB-ESTACION ELECTRICA (EG-SEE)...................................................................................25 SECCIÓN VIII: ZONA TERMINAL DE TRANSPORTE AEREO (EG-TTA) ..................................................................26 CAPÍTULO VII...................................................................................................................................................................26 DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ÁREAS CON......................................................26 RESTRICCIONES DE USO ...............................................................................................................................................26 SECCIÓN I: ZONA CON RESTRICCIÓN DE USO (ZRU-1).........................................................................................26 SECCIÓN II: ZONA CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-2) ...................................................................................27 SECCIÓN III: ZONA CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-3)..................................................................................27 TÍTULO IV........................................................................................................................................................................28 SISTEMA DE VIALIDAD ...............................................................................................................................................28 CAPÍTULO I .......................................................................................................................................................................28 SISTEMA DE CIRCULACIÓN..........................................................................................................................................28 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 3. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA SECCIÓN I: RED VIAL ..................................................................................................................................................28 SECCIÓN II: RED PEATONAL......................................................................................................................................30 CAPÍTULO II ......................................................................................................................................................................31 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE VIALIDAD....................................................................31 TÍTULO V .........................................................................................................................................................................33 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS...................................................................................................................33 CAPÍTULO I .......................................................................................................................................................................33 ASPECTOS GENERALES.................................................................................................................................................33 CAPÍTULO II......................................................................................................................................................................34 ÁREAS NO COMPUTABLES ...........................................................................................................................................34 CAPÍTULO III ....................................................................................................................................................................36 TRATAMIENTO DE LA PUBLICIDAD ...........................................................................................................................35 CAPÍTULO IV ....................................................................................................................................................................36 DE LOS ESTACIONAMIENTOS ......................................................................................................................................36 CAPÍTULO V .....................................................................................................................................................................39 DE LAS ANTENAS............................................................................................................................................................39 CAPÍTULO VI ....................................................................................................................................................................39 DISPOSICIONES RELATIVAS AL CONTROL AMBIENTAL.......................................................................................39 CAPÍTULO VII...................................................................................................................................................................41 USOS Y EDIFICACIONES NO CONFORMES ................................................................................................................41 SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES..........................................................................................................................41 SECCIÓN II: DE LOS USOS NO CONFORMES..........................................................................................................42 SECCIÓN III: DE LAS EDIFICACIONES NO CONFORMES ......................................................................................42 CAPÍTULO VIII .................................................................................................................................................................43 DISPOSICIONES RELATIVAS AL PARCELARIO.........................................................................................................43 SECCIÓN I: DISPOSICIONES RELATIVAS A CESIONES ...........................................................................................43 SECCIÓN II: DE LA INTEGRACION DE PARCELAS .................................................................................................43 CAPÍTULO IX ....................................................................................................................................................................44 DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES.......................................................................................................................44 CAPÍTULO X .....................................................................................................................................................................44 DE LOS CONTROLES Y TRAMITES ADMINISTRATIVOS .........................................................................................44 CAPÍTULO XI ....................................................................................................................................................................44 DE LAS FORMALIDADES PARA LAS MODIFICACIONES DEL PLAN DE ESPECIAL. ..........................................44 TÍTULO VI........................................................................................................................................................................44 DISPOSICIONES FINALES ...........................................................................................................................................44 ANEXO A ..........................................................................................................................................................................47 DIMENSIONES MÍNIMAS PARA LA CONSTRUCCION DE ESTACIONAMIENTOS..............................................47 CUADRO DE DIMENSIONES VEHÍCULOS ESTANDAR............................................................................................47 DIMENSIONES MÍNIMAS PARA MANIOBRA EN ESTACIONAMIENTOS .............................................................48 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 4. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA EXPOSICIÓN DE MOTIVO El Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta fue elaborado por la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano, siguiendo las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística en su Título IV, Capítulo IV, artículos 49, 50 y 51. El mismo surge a partir de la intención que tiene la Alcaldía de Valencia de ordenar el desarrollo del espacio urbano de éste importante sector que por su condición de uso industrial y la importancia que ésta representa dentro del desarrollo económico de la ciudad, requiere un tratamiento especial y separado dentro del PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE LA CIUDAD DE VALENCIA. Así mismo este Plan establece la reformulación del espacio para estimular el desarrollo de la pequeña y mediana industria así como el comercio industrial y dotarlo de servicios y mecanismos ambientales para propiciar una mejor calidad de vida para este sector. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 1 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 5. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL, PARROQUIA RAFAEL URDANETA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Se aprueba y adopta el Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta para incentivar y mejorar las áreas desarrolladas ubicadas en las siguientes urbanizaciones industriales dentro de este sector: • Urb. Industrial Carabobo • Urb. Industrial Municipal Norte, • Urb. Industrial Municipal Sur, • Urb. Industrial La Quizanda • Urb. Industrial y Comercial La Isabelica • Urb. Industrial Punto Sur • Urb. Industrial El Bosque • Urb. Industrial Araguaney • Urb. Industrial El Recreo • Urb. Parque Comercio Industrial Aeropuerto • Urb. Parque Comercio Industrial Pista 69 • Urb. Industrial Calicanto • Urb. Tecnogranjas Flor Amarillo. ARTÍCULO 2.- En razón del interés por establecer una política de desarrollo y ordenación urbanística, de propender al funcionamiento urbano adecuado y favorecer la oferta de soluciones del parque industrial y la dotación de los equipamientos urbanos requeridos por éste, se realizarán las acciones correspondientes con base a las disposiciones y previsiones de este Plan Especial. ARTÍCULO 3.- Se denomina área urbana de la Zona Industrial el área delimitada en el plano anexo que acompaña a esta ordenanza, comprendiendo los siguientes límites: Norte: La autopista Caracas Valencia. Expresa 2, que la limita con el municipio San Diego. Sur: Barrios Ezequiel Zamora, Bello Monte - I, Urbanizaciones La Isabelica, Parque Valencia, y Aeropuerto Internacional Arturo Michelena, Urb. Las Quintas de Flor Amarillo. Este: Quebrada Quigüa con el Municipio Los Guayos. Oeste: Parte de la autopista Circunvalación Sur, Barrio Bello Monte, Urb. La Isabelica. Urb. Parque Valencia y Urb. Santa Inés. TÍTULO II DEL OBJETIVO DEL PLAN ESPECIAL. ARTÍCULO 4.- La reformulación urbanística del sector Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta se orientará reforzando el carácter industrial de este sector, la estructura espacial del mismo y relacionándolo con otros sectores de la ciudad de Valencia, según los lineamientos que se mencionan a continuación: a) Propiciar la transformación económica del sector ocupado y medianamente ocupado a fin de promover la pequeña y mediana industria, así como el comercio industrial, elevando de esta forma los niveles de empleo del sector e incentivando la dinámica urbana que actualmente no posee. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 2 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 6. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA b) El estudio del reparcelamiento de las parcelas no ocupadas, dotación de servicios y mecanismos ambientales para mejorar la calidad de vida, estimulando el desarrollo de estas parcelas con la industria liviana y el comercio industrial. c) Evitar los impactos negativos generados por el manejo de desechos peligrosos, controlando y erradicando las actividades industriales que utilicen materia prima con alto contenido tóxico. d) Preservar las áreas de protección de la vialidad, quebradas y canales de drenaje, mediante la conservación de la vegetación natural existente y la incorporación de nuevas áreas verdes, que mejoren la imagen urbana y paisajística del sector. e) Mejorar la conectividad de la trama vial existente, y proponer nuevas conexiones, siguiendo la propuesta del Plan de Ordenación Urbanística del Área Metropolitana Valencia-Guacara para favorecer la relación del sector con el resto de la ciudad. TÍTULO III DISPOSICIONES ESPECÍFICAS CAPÍTULO I DE LAS DEFINICIONES URBANISTICAS ARTÍCULO 5.-A los efectos de facilitar la correcta aplicación del mecanismo de la zonificación en el área desarrollada del sector, se definen a continuación los siguientes términos: ACERA: Espacio de la calle o vía, ubicada a ambos lados, destinada al tránsito peatonal. AFECTACIÓN VIAL: Porción de terreno requerido para la construcción o modificación de una vía. ALINEAMIENTO: Es la línea sobre la cual deben levantarse las fachadas de las edificaciones situadas a lo largo de una vía. ALTURA DE FACHADA: Se refiere a la máxima altura que podrá tener legalmente una edificación. La altura máxima podrá ser establecida de dos maneras: una, según el número de pisos, incluyendo la planta baja como una de las plantas o pisos de la edificación; otra, en metros, medidos desde el nivel del terreno en el punto medio de la longitud de fachada, hasta el nivel superior de la última cubierta de la edificación. ALTURA DE PISO: Es la distancia libre comprendida entre el nivel del piso acabado y el techo acabado de un ambiente. AMPLIACIÓN: Es cualquier obra física que signifique el aumento del área de construcción de una edificación. ANCHO DE CALZADA: Es la distancia entre los bordes interiores de los brocales de una calle o vía. ANUNCIO: Aviso conjunto de palabras o signos impresos con que se anuncia o publicita algo. ÁREA DE ESTACIONAMIENTO: Es el área necesaria para estacionar un (1) vehículo y maniobrar para ello, sin necesidad de movilizar los demás vehículos allí estacionados. ÁREA DE UBICACIÓN: Es la porción de área de una parcela ocupada por la proyección ortogonal de la edificación. ÁREA LIBRE: Superficie de terreno que resulta de sustraer el área de ubicación de la edificación, al área neta de la parcela. ÁREA MÁXIMA DE CONSTRUCCIÓN: La relación porcentual entre el área de construcción de una edificación y el área de su parcela, entendida aquella como la suma del área total de todas las plantas o pisos, incluyendo las secciones horizontales de los muros y voladizos que componen la edificación, pero excluyendo los sótanos, cuando sean utilizados exclusivamente para estacionamiento. ÁREA MÍNIMA DE PARCELA: La menor área de parcela que puede ser legalmente edificada según la reglamentación establecida para la zona. ÁREA NETA DE CONSTRUCCIÓN: Superficie resultante de sustraer las áreas “No Computables” al área bruta de construcción. ÁREA NO COMPUTABLE: Son aquellas áreas que no se cuantifican dentro del área neta de construcción, en edificaciones multifamiliares y comerciales. ÁREA NO DESARROLLABLE: Superficie del área urbana que por su topografía o destino específico no puede ser destinada a ningún uso, tales como: ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 3 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 7. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA a) Franjas de protección de autopistas, carreteras, nacimientos y cursos de agua, líneas de alta tensión, gasoductos, así como zonas boscosas, áreas de interés paisajístico, escénico o recreativo. b) La superficie de topografía accidentada con pendientes naturales pronunciadas (mayores del 30%), que no permitan desarrollos de ninguna naturaleza, sin menoscabar los recursos naturales renovables, tales como: colinas, depresiones, cañones, formaciones rocosas, arcillas expansivas, áreas erosionables, etc. c) Zonas inundables, ciénagas, lagunas y otras. ÁREA PARA SERVICIOS DE EQUIPAMIENTO URBANO: Son áreas complementarias a las áreas industriales y residenciales, que tienen por objeto dotar a la población de espacios para la realización de actividades tales como: educación, salud, recreación, etc. ÁREA UBICABLE: El área de terreno resultante de descontar al área de la parcela, los retiros establecidos en la zona. ÁREA URBANA: Es el área comprendida dentro del límite urbano propuesto en el Plan de Desarrollo Urbano Local, para ser desarrollada con usos urbanos. BROCAL: Elemento separador entre la acera y la calzada. CALZADA: Parte de una calle o vía destinada a la circulación de vehículos. DERECHO DE VÍA: Es el espacio necesario para acomodar algunos o todos los elementos de que se compone una vía, tales como: islas separadoras, calzadas, hombrillos, brocales, aceras, vía de servicio incluyendo los estacionamientos, paradas de transporte colectivo, rampas, muros, franjas laterales de protección y retiros laterales para la ampliación o construcción de algunos de los elementos citados, cuando así se requiera. EDIFICACIÓN: Obra construida con paredes y techo, para albergar las actividades residenciales o no residenciales de la población. EDIFICACIÓN AISLADA: Una edificación que no está adosada a otra y, por lo tanto mantiene retiros laterales y de fondo. EDIFICACIÓN CONTINUA: Una edificación adosada en sus dos costados a otras edificaciones contiguas. EDIFICACIÓN NO CONFORME: Es aquella edificación que no cumple con las características propias para que funcione una actividad especifica. EDIFICACIÓN PAREADA: Una edificación que está adosada en uno de sus costados a otra edificación contigua. ESTACIONAMIENTO PRIVADO: Espacio destinado o habilitado para el estacionamiento de vehículos fuera de la vía pública, al servicio exclusivo de determinadas edificaciones e instalaciones. ESTACIONAMIENTO PÚBLICO: Espacio de considerable capacidad destinado para estacionar vehículos fuera de la vía, requiriendo o no el pago para ello. FACHADA: Conjunto de parámetros exteriores que componen cada una de las caras de una edificación. FACHADA PRINCIPAL: Conjunto de elementos exteriores que componen la cara de la edificación y que se proyecta sobre una vía pública. Una edificación en esquina puede tener más de una fachada principal. FRENTE MÍNIMO: La menor longitud que debe tener el lindero frontal de la parcela para que pueda ser legalmente edificada según la reglamentación establecida para la zona. INDUSTRIA: Es la actividad que requiere de un conjunto de operaciones destinadas a la transformación de las materias primas en un producto específico. INTERSECCIÓN: Espacio de unión o cruce de dos vías. ISLA CENTRAL: Espacio separador de la calzada que divide la circulación de vehículos en sentido opuesto. LOTE: Área delimitada de terreno sin urbanizar sujeta a desarrollo, de acuerdo a las reglamentaciones de la zona en que esté ubicado. MANUFACTURA: Establecimiento industrial, dónde se fabrican en gran cantidad un producto industrial, con la ayuda de maquinarias MANZANA: Porción de tierra limitada y servida en todo su perímetro por calles públicas para peatones y vehículos. MARQUESINA: Cubierta construida en los retiros para cubrir el acceso a una edificación. MEDIANERA: Es la pared lateral, límite entre dos edificaciones o parcelas, en la cual no se permite la construcción de accesos o aberturas de ventilación o de iluminación. MEZZANINA: Nivel intermedio situado entre la planta baja y el primer piso, con menor superficie y altura que la planta baja, con las siguientes características: a) Que su uso sea complementario del establecido en la planta baja. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 4 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 8. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA b) Que su acceso se efectúe desde el establecimiento a la cual está vinculada. MODIFICACIÓN: Reforma hecha a una edificación, sin aumentar su área de construcción. PARCELA: Porción pequeña de terreno producto de un parcelamiento o proyecto de urbanismo que puede ser vendida como unidad inmobiliaria, servida por acera, calle y el mínimo de servicios públicos (acueducto y electricidad) requerido para que pueda ser legalmente edificada. PERFIL VIAL: Es el corte transversal de una vía que representa el ancho y disposición de los elementos que la conforman. PLAN ESPECIAL: Son aquellos planes cuyo objetivo fundamental es la ordenación, creación defensa o mejoramiento de algún sector particular de la ciudad. PORCENTAJE MÁXIMO DE CONSTRUCCIÓN: La relación porcentual entre el área de construcción de la edificación y el área de la parcela. PORCENTAJE MÁXIMO DE UBICACIÓN: La relación porcentual entre el área de la planta de mayor área de una edificación y el área de su parcela o, dicho de otra manera, la porción del área de la parcela ocupada por la proyección ortogonal de la planta de mayor área de la edificación. REPARACIÓN: Toda obra destinada a enmendar cualquier deterioro sufrido en una edificación. RESTAURACIÓN: Es el restablecimiento de las condiciones originales de una edificación. RETIRO: Distancia mínima que debe existir entre un lindero de una parcela y la correspondiente fachada de la edificación ubicada en ella. RETIRO DE FONDO: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto al lindero posterior de la parcela donde se encuentra ubicada. RETIRO DE FRENTE: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto al lindero frontal de la parcela donde se encuentra ubicada. RETIRO LATERAL: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto a cada uno de los linderos laterales de la parcela donde se encuentra ubicada. SEMI-SOTANO: Toda planta de la edificación que esté por debajo de la planta baja y no esta totalmente por debajo del nivel del terreno SOTANO: Toda planta de la edificación que esté por debajo del nivel del terreno. UNIDAD DE VIVIENDA: Una edificación o parte de ella, con acceso independiente, en la cual puede habitar un individuo o familia, disponiéndola para su uso exclusivo, de acuerdo con las condiciones de habitabilidad que establezca las leyes. USO. Actividad o conjunto de actividades que se pueden desarrollar en una parcela o terreno. USOS ADICIONALES: Los que complementan a los usos principales en cuanto a satisfacer los requerimientos de funcionalidad e imagen urbana deseada. USOS INCOMPATIBLES: Son los que por sus características y funciones resultan molestos o perjudiciales para los usos vecinales o industriales, corresponden a los usos no indicados como uso principal o complementario, previsto en la presente Ordenanza. USO LIMITADO: Es aquella actividad que por sus características (ruidos, olores, peligros, etc.,) no puede funcionar en cualquier predio de una actividad por resultar molestos o perjudicial para los usos vecinos y deberá ser sometido a la consideración de la autoridad municipal competente para su conformidad. USOS NO CONFORMES: Se considerará uso no conforme a los terrenos y edificaciones con fines o usos diferentes al permitido; y los contemplados con uso incompatible en la presente Ordenanza. USOS PERMITIDOS: Son aquellos que puede funcionar en cualquier predio de un área de actividad, independientemente del tratamiento a que esté sometida esta área. VIA: Espacio destinado para el tránsito de vehículos automotores; también se le denomina carretera. VIALIDAD ARTERIAL: Está integrada por aquellas vías que proveen la circulación continua del tránsito entre diferentes áreas y a través de la ciudad. Satisfacen las necesidades de transporte de la ciudad y facilitan la transferencia del tránsito que va del sistema vial expreso, al sistema colector y viceversa. VIALIDAD COLECTORA: Vías empleadas para suministrar movimientos de tránsito continuo dentro de las áreas locales de la ciudad y seleccionar entre sí áreas adyacentes; permiten la distribución y recolección del tránsito local y lo conectan entre sí. VIALIDAD EXPRESA: Esta constituida por aquellas vías que favorecen la movilidad, esta restringido el acceso directo a las propiedades colindantes y están condicionadas o controladas las intersecciones con vías de menor jerarquía. VIALIDAD LOCAL: Son vías destinadas principalmente a facilitar el tránsito local y a dar servicio directo a las propiedades colindantes. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 5 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 9. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 6 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 10. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA CAPÍTULO II DE LA ZONIFICACIÓN GENERAL ARTÍCULO 6- El área del Plan Especial del sector Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta fue dividida en zonas obedeciendo a los criterios de uso y a la dinámica urbana presentes en ese espacio. Las zonas de usos definidos son: ÁREAS RESIDENCIALES Zona Residencial AR-1 COMERCIO Comercio Local C-1 Comercio Intermedio C-2 Comercio Industrial C-I Zona Hotelera H INDUSTRIA Zona de Industria Liviana ZI-L Zona de Industria Mediana ZI-M EQUIPAMIENTOS URBANOS Equipamiento General Existente: ZONA EG-AGE: Gubernamental-Administrativo ZONA EG-RDE: Recreacional- Deportivo ZONA EG-SCE: Socio- Cultural ZONA EG-SDE: Seguridad y Defensa ZONA EG-SEE: Subestación Eléctrica ZONA EG-CTE: Central Telefónica ZONA EG-TTAE: Terminal de transporte aéreo ZONA EG-EE: Educacional Equipamiento Intermedio Existente: ZONA EI-EE: Educacional ZONA EI-RDE: Recreacional y deportivo ZONA EI-SCE: Socio- cultural Equipamiento Intermedio Propuesto: ZONA EI-RDP Recreacional y deportivo ZONA EI-SCP Socio cultural AREAS NO DESARROLLABLES: Las áreas No Desarrollables son aquellas zonas no susceptibles de intervención con fines urbanísticos. Las mismas se clasifica en: ZONA ZRU-1: Área de Protección de ríos, quebradas y canales ZONA ZRU-2 Área de Protección de Línea de Alta Tensión ZONA ZRU-3: Área de Protección Vía Expresa ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 7 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 11. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA CAPÍTULO III DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS RESIDENCIALES SECCIÓN I ZONA RESIDENCIAL AR-1 ARTÍCULO 7.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA Uso residencial unifamiliar continua en parcelas mínimas de 150 mts2, localizado en La Urbanización Popular la Quizanda. ARTÍCULO 8.- USOS PERMITIDOS: En la zona AR-1 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas al uso residencial de la manera siguiente: • Residencial unifamiliar continua V.U.C ARTÍCULO 9.- USOS ADICIONALES: a) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad. b) Se permite el comercio primario (C-1) como función secundaria del uso residencial en toda la urbanización. ARTÍCULO 10.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona AR-1 se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO ZONA AR-1 ÁREA MIN FRENTE PORCENTAJES RETIROS MÁNIMOS ALTURA USO DENSIDAD PARCELA MÍNIMO MÁXIMO (%) (mts) MÁXIMA Hab/Ha m2 (mts) Ubic. Cons Frente L1 L2 Fondo (Plantas) V.U.C 200 150 6 60 80 * - - 3 2 *No se exige retiro de frente pero deberá conservar el alineamiento de fachada Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Parágrafo Segundo: Aquellas parcelas que no cumplan con el frente y área mínima exigida, conservarán el uso y las respectivas variables urbanas fundamentales de la zona donde se ubiquen, manteniendo en todo momento el alineamiento de fachada. Parágrafo Tercero: En la zona AR-1 el retiro de fondo no será exigido, siempre y cuando la edificación contemple un patio de ventilación que no podrá ser menor de 15 mts2 en la parcela con área igual o mayor a los 200 mts2 y de 25 mts2 en las parcelas con área igual o mayor a los 350 mts2. En el caso de que no se mantenga el retiro de fondo, las paredes medianeras no podrán tener ningún tipo de vanos, ventanas o aberturas que perturben la privacidad de la parcela vecina. Igualmente, deberán tomarse las precauciones para la disposición de las aguas de lluvias de los techos, las cuales deberán drenar dentro del área ocupada por cada parcela. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 8 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 12. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA CAPÍTULO IV DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS COMERCIALES SECCIÓN I ZONAS DE COMERCIO PRIMARIO (C-1) ARTÍCULO 11.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Uso Comercio Primario, el cual permite las instalaciones necesarias para la prestación de servicios y ventas al detal de artículos de abastecimiento diario en zonas residenciales a distancia peatonal. ARTÍCULO 12.- USOS PERMITIDOS: En la zona C-1 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas única y exclusivamente al uso comercial local, según las siguientes actividades: • Oficinas • Pequeñas bodegas, casas de abasto y fruterías. • Salones de Belleza, Barberías y centros de estética en general. • Ventas caseras de refresco y agua mineral. • Venta de periódicos y revistas, quincallerías, y jugueterías. • Panaderías, pastelerías y heladerías. • Farmacias, tiendas naturistas, perfumerías y ventas de cosméticos. • Consultorios Médicos • Ópticas • Oficinas de servicios de telecomunicaciones • Pescaderías, carnicerías, charcuterías y frigoríficos. • Areperas, Cafés y fuentes de soda. • Venta de hielo. • Librerías y papelerías, venta de regalos y novedades • Floristerías. • Viveros. • Ferreterías (sin venta de materiales de construcción al por mayor). • Tiendas de pinturas. • Agencias de loterías • Receptoria y distribución de ropa para tintorerías. • Lavanderías y tintorerías. • Reparación de calzados y otros artículos de cuero, con un máximo de 3 empleados. • Reparación de artículos menores de uso personal y doméstico, con un máximo de 3 empleados. • Venta de combustible de uso doméstico y artículos de limpieza. • Edificaciones docentes, asistenciales, sociales recreacionales y deportivas a nivel primario de acuerdo al área mínima exigida en la sección correspondiente al equipamiento. • Actividades artesanales menores que no empleen más de cuatro (4) personas tales como: marqueterías, talleres de costuras, orfebrerías, que no utilicen equipos que producen ruidos, olores u otras molestias. ARTÍCULO 13.- USOS ADICIONALES: En la zona C-1, se permiten los siguientes usos adicionales: • Templos en general • Oficinas postales • Servicios de equipamientos urbanos e instalaciones que formen parte de las redes de servicios de infraestructura. Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales. ARTÍCULO 14.- USOS LIMITADOS: ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 9 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 13. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA Dentro de la zona C-1, los siguientes usos son limitados: • Puestos de Bomberos • Venta de licores envasados dentro de establecimientos que expende alimentos y bebidas como supermercados. • Puestos de Policías • Talleres mecánicos livianos: frenos, montura y reparación de neumáticos, electroautos, aire acondicionado, autotapicerias, autoperiquitos, suministro y reparación de radiadores que no produzcan ruido, olores ni otras molestias. Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado de la opinión de la correspondiente asociación de vecinos si la hubiere ó a la mayoría de vecinos del área circundante y del informe favorable de las autoridades municipales competentes. ARTÍCULO 15.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona C-1 en forma pura se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO ZONA C-1 USO ÁREA MIN FRENTE PORCENTAJES RETIROS MÁNIMOS (mts) ALTURA PARCELA MÍNIMO MÁXIMOS % MÁXIMA 2 (mts) Ubic. Cons Frente L1 L2 Fondo (Plantas) C1 (m ) 200 12 60 120 *5 - - 3 PB+MZ+2PT * El retiro de frente mínimo será de 5 mts y en las parcelas con frente a vías propuestas por el Plan el retiro de frente será según perfil vial correspondiente. En las calles secundarias de la Urb. La Quizanda se deberá conservar el alineamiento de fachada predominante de la manzana donde se ubique la edificación. Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%. Parágrafo Segundo: Cuando se instale el uso C-1, mezclado con edificaciones residenciales AR-1; se localizará en planta baja y mezzanina, no se exigirán retiros laterales para estos niveles y las demás variables urbanas fundamentales serán las descritas en la sección correspondiente al uso residencial con el que esté mezclado. Parágrafo Tercero: En aquellas parcelas localizadas en las zonas AR-1 dónde se permite el comercio primario C-1, podrán mantener el uso residencial existente, mezclar los dos usos o desarrollar el uso C-1 en forma pura; no se exigirán retiros laterales y las demás variables urbanas fundamentales serán las descritas en el cuadro C-1. En el caso de Comercio mezclado con vivienda las variables urbanas serán las descritas en la zonificación residencial donde se encuentre el inmueble, no se exigirá retiro lateral en PB. Parágrafo Cuarto: El retiro de frente sobre avenidas con proyectos de ampliación o remodelación podrá ser en algunos casos de condición variable, y será determinado por la Oficina que tenga a su cargo la planificación urbana en cada caso, de acuerdo con la vialidad propuesta que sirva de frente a la parcela (ver plano de vialidad y anexo A) y en otros casos responderá a alineamientos de fachada. Parágrafo Quinto: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo exigido para desarrollar el comercio primario (C1) en forma pura, podrán desarrollarse como uso residencial mezclado con comercio, dónde el uso principal será el residencial y las variables urbanas fundamentales serán las descritas en la zonificación correspondiente al uso residencial donde se localice; en este caso el uso comercial deberá estar limitado a la planta baja. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 10 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 14. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA SECCIÓN II ZONA DE COMERCIO INTERMEDIO (C-2) ARTÍCULO 16.- DESCRIPCIóN DE LA ZONA: Uso Comercio Intermedio, el cual permite las instalaciones necesarias para la prestación de servicios, distribución y venta de artículos de abastecimiento periódico en zonas residenciales a escala vehicular. ARTÍCULO 17.- USOS PERMITIDOS: En la zona C-2 está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas al uso comercial intermedio según las siguientes actividades: • Las permitidas para el comercio primario (C-1). • Detal de telas, Lencerías, prendas de vestir, calzados y artículos de cuero. • Sastrerías • Jugueterías. • Restaurantes, bares, bar-restaurante. • Hoteles de acuerdo a lo establecido en la sección de ésta ordenanza correspondiente al uso hotelero. • Pensiones y Residencias Estudiantiles. • Licorerías y agencias de festejos • Clubes sociales. • Cine y teatro. • Tapicerías • Laboratorios médicos, odontológicos y de análisis general. • Edificaciones destinadas a prestar servicio de atención ambulatoria y hospitalaria • Clínicas veterinarias. • Estaciones de radio y televisión. • Comercio al por menor de muebles, accesorios para el hogar, equipos de ventilación, aire acondicionado, ventas de motos, detal de gas natural (en bombonas). • Servicios de fotografías de documentos y planos. • Ventas al por menor no clasificados en otras partes: joyerías, artículos deportivos, cinematografía, fotografía, instrumentos de óptica, artículos religiosos, discos, cassettes, artesanías, grabados de placas, trofeos y similares. • Establecimientos financieros: sociedades y consorcios de inversiones, sociedades fiduciarias, sociedades financieras, casas de empeño, bolsa de valores, agencias bancarias, arrendamiento compra y venta de patentes y licencias, y otros establecimiento financieros. • Agencias de cobranzas. • Servicios prestados a empresas: publicidad y anuncios. • Venta o/y Alquiler de máquinas y equipos. • Academias. • Reparación y venta de instrumentos musicales. • Reparación y venta de máquinas eléctricas. • Reparación y venta de cámaras y equipos fotográficos. • Reparación y venta de artículos médicos y quirúrgicos. • Reparación y ensamblaje de equipos eléctricos y electrodomésticos. • Talleres Micromecánicos • Venta de animales domésticos. • Talleres mecánicos livianos: frenos, montura y reparación de neumáticos, electroautos, aire acondicionado, autotapicerias, autoperiquitos, suministro y reparación de radiadores que no produzcan ruido, olores ni otras molestias. • Estacionamientos de automóviles • Exhibición, Venta o Alquiler de automóviles y camiones con su correspondiente taller de servicio. • Venta de repuestos en general. • Agencias de viajes. • Canchas de Boliche (Bowling) ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 11 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 15. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA • Edificaciones docentes, asistenciales, sociales recreacionales y deportivas a nivel primario e intermedio. • Servicios personales: gimnasios y saunas, fisioterapia y rehabilitación, masajes, Spas y estética en general. • Venta de materiales de construcción al detal y venta al detal de maderas y sus derivados. ARTÍCULO 18.- USOS ADICIONALES: En la zona C-2, se permiten los siguientes usos complementarios: • Iglesias y templos en general • Estaciones de Bomberos • Estaciones de Policías • Servicios de equipamientos urbanos primarios e intermedios e instalaciones que formen parte de las redes de servicios de infraestructura. Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales. ARTÍCULO 19.- USOS LIMITADOS: Dentro de la zona C-2, los siguientes usos son limitados: Líneas de taxi Estaciones de Servicio Servicio de auto lavados y actividades conexas. Funerarias para lo cual se exigirá estudio de impacto vial y parcela mínima de 1000 m2. Venta de comidas con servicio directo a los automóviles Servicios recreacionales tales como: Centros de entretenimiento, Videos-juegos, Centros Hípicos, Tómbolas, Ferias, Parques de Atracciones y similares. Empresas de transporte de mercancías Parágrafo Unico: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado de la opinión de la correspondiente asociación de vecinos si la hubiere ó a la mayoría de vecinos del área circundante y del informe favorable de las autoridades municipales competentes. ARTICULO 20.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona C-2 se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO C-2 USO ÁREA MIN FRENTE PORCETAJES RETIROS MÍNIMOS ALTURA PARCELA MÍNIMO MÁXIMOS (%) (mts) MÁXIMA 2 (mts) Ubic. Cons Frente L1 L2 Fondo (Plantas) (m ) C-2 400 15 60 120 *6 - - 4 PB+Mzz+3PT * El retiro de frente mínimo será de 6 mts y en las parcelas con frente a vías propuestas por el Plan el retiro de frente será según perfil vial correspondiente. Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%. Parágrafo Segundo: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo establecido se consideran C-1, en cuanto a uso y variables urbanas fundamentales. Parágrafo Tercero: El retiro de frente sobre avenidas con proyectos de ampliación o remodelación podrá ser en algunos casos de condición variable, y será determinado por la Oficina que tenga a su cargo la planificación urbana en cada caso, de acuerdo con el perfil vial propuesto que sirva de frente a la parcela (ver plano de vialidad y anexo B) y en otros casos responderá a alineamiento de fachada. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 12 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 16. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA SECCIÓN III ZONA DE COMERCIO INDUSTRIAL (C-I) ARTÍCULO 21.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Se consideran zonas de comercio industriales aquellas instalaciones comerciales y de servicios asociados a la industria, cuya actividad no produzca molestias de humos, olores y ruidos que puedan causar perjuicio a la comunidad. ARTÍCULO 22.- USOS PERMITIDOS: En la zona CI está permitida la construcción, reconstrucción ó modificación de las edificaciones destinadas al comercio y a los servicios industriales, según lo establecido en la lista de actividades enumeradas a continuación: • Los usos referidos para el C-2 • Tiendas por departamento, grandes almacenes y bazares, otras tiendas no especificadas. • Salas de baile, night club, discotecas o similares. • Servicios de comunicaciones: radiofotos, telefotografía, radio-facsimil y otros servicios de comunicaciones. • Empresas que presten servicio de transporte público urbano. • Bienes inmuebles y servicios prestados a la empresa: servicios de protección, sereno, vigilancia y transporte de valores, venta alquiler y arrendamiento de maquinarias y equipos. • Servicios recreacionales tales como: Centros de entretenimiento, Videos-juegos, Centros hípicos, Tómbolas, Ferias, Parques de Atracciones y similares. • Servicios de diversión, esparcimiento y servicios culturales: productos de películas cinematográficas, distribución y exhibición de películas cinematográficas, otros servicios de esparcimiento y culturales. • Servicios sociales y comunales conexos: servicios médicos y otros servicios de sanidad. • Imprentas y grabados. • Ventas de Comidas con servicio directo a los automóviles • Mercados • Funerarias • Depósito y almacenaje en general y ventas al mayor • Talleres de carpintería • Talleres mecánicos automotores y de latonería y pintura • Fábrica y venta al mayor de muebles, equipos de oficinas, lámparas y artículos domésticos • Aserraderos • Detal y mayor de pinturas. • Detal y mayor de materiales de construcción. • Detal y mayor de equipos de ventilación y refrigeración • Detal y mayor de artículos de cuero, cartón y plástico • Detal y mayor víveres para consumo masivo • Actividad de almacenamiento de artículos varios, incluidas las partes automotrices • Ventas al por mayor de maquinarias industriales y vehículos • Plantas de lavanderías y tintorerías • Taller de reparación de equipos electrodomésticos y del hogar • Chiveras • Embotelladoras • Estaciones de Servicio, los cuales deberán ajustarse a las normas exigidas por el Ministerio de Energía y Minas y el informe favorable de las autoridades Municipales correspondientes. • Instituciones de capacitación profesional técnica y universitaria, con sus respectivas áreas deportivas ARTÍCULO 23.- USOS ADICIONALES: a) Oficinas gubernamentales, centros postales, profesionales y comercios: Café, Fuentes de Soda, Restaurantes b) Sedes Policiales, Sedes de Bomberos y de Seguridad y Defensa ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 13 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 17. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA c) Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta Ordenanza. d) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad. e) Edificaciones culturales, religiosas y recreacionales pasivas, como función secundaria de la actividad industrial. Parágrafo Unico: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales competentes. ARTÍCULO 24.- USOS LIMITADOS: Dentro de la zona C-I, los siguientes usos son limitados: • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área mínima de 2.000 m2 y retiros de 14 mts. Sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts. Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades municipales competentes. ARTÍCULO 25.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona CI se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO ZONA C-I ÁREA MIN. FRENTE PORCENTAJES RETIROS MÍNMOS (mts)) ALTURA USO PARCELA MIN MÁXIMOS MÁXIMA (m2) (mts) Ubic Const Frente L1 L2 Fondo (Plantas) C-I 1.000 20 60 120 *6 - 4 5 **3 * El retiro mínimo será de 6 metros y en la Urb. La Isabelica responderá al alineamiento de fachada. ** En las zonas cercanas al Aeropuerto Internacional Arturo Michelena, las alturas varían según al cono de aproximación. Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción y ubicación en un 20% y el retiro lateral de las parcelas integrada será nulo, siempre y cuando se respete el área ubicable. Parágrafo Segundo: Las parcelas que no cumplan con el área o frente mínimo establecido para la zona dónde está ubicada, se consideraran C1 o C2 de acuerdo al área de parcela con las condiciones de desarrollo que le correspondan. Parágrafo Tercero: Las alturas en la zona CI cercanas al cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena tendrán las siguientes restricciones: a) Altura Máxima de fachada será de 12, 00 mts sin pasar de tres plantas. Las partes mecánicas necesarias para la industria no se tomaran en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida. b) Iluminación: Instalación de copas protectoras que eviten el encandilamiento de los pilotos c) Techos: No se permitirá la instalación de techos de láminas de zinc, metálicas o cualquier otro material que refracte la luz solar. d) Comercios: No se permitirá la instalación de actividades comerciales de carnes y/o alimentos que puedan estar expuestos al aire libre y que atraigan el vuelo de aves sobre la zona. e) Incineradores: Se prohíbe la instalación de Incineradores que expulsen contaminantes a la atmósfera, que pudieran afectar la trayectoria operacional de aterrizaje y despegue de las aeronaves en el aeropuerto. Parágrafo Cuarto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes CI, deberán respetar los siguientes determinantes de diseño: a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 15 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10% ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 14 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 18. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA • Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 10 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 7% • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. c) Contemplar el perfil vial mínimo establecido para las zonas industriales y de comercio industrial ARTÍCULO 26.- REPARCELAMIENTO: En las zonas CI localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la subdivisión o modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas deberá ser autorizado por la Autoridad Urbanística competente previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas subdivididas deberán ser registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del Municipio; las parcelas resultantes del reparcelamiento deberán cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior. Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea revisada y evaluada. Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un inmueble en una misma parcela. Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima exigida, es decir 1000 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes contiguos al proyecto de urbanismo. ARTÍCULO 27.- INTEGRACIÓN: En la zona CI se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de edificaciones comerciales o industriales, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Sección correspondiente a la integración de parcelas de esta ordenanza y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 15 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 19. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA SECCIÓN IV ZONA HOTELERA (H) ARTÍCULO 28.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: El uso hotelero podrá ser localizado en las zonas CI, así como en las zonas señaladas como equipamiento Socio-Cultural, dónde está permitido como uso adicional, siempre y cuando se cumpla con el área mínima de parcela, referida en esta sección. ARTÍCULO 29.- USOS ADICIONALES: En los hoteles además de los usos que permite la categoría de comercio de la zona en que estén ubicados, se permiten los siguientes usos complementarios, siempre y cuando tengan accesos para los clientes desde el interior de la edificación: • Discotecas • Restaurante • Fuente de Soda • Agencia de Festejos • Agencias de viajes • Casas de cambio • Áreas deportivas, gimnasios, spa y similares • Alquiler de autos • Sala de reuniones y convenciones • Tiendas, barbería, peluquería y similares ARTÍCULO 30.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: En las zonas donde se permite la construcción del uso hotelero, mientras se elaboran las normas específicas para este tipo de proyectos, las disposiciones se regirán de la siguiente manera: CUADRO ZONA HOTELERA ÁREA MIN. FRENTE PORCENTAJES RETIROS MÍNIMOS ALTURA USO PARCELA MIN MÁXIMOS (%) (mts) MÁXIMA (m2) (mts) Ubic Const Frente L1 L2 Fondo (Plantas) Hotel 1.00030 40 200 6* 4 4 6 Pb+Mz+4PT * El retiro de frente mínimo será de 6 mts y las parcelas con frente a vialidades propuestas será según el perfil vial correspondiente. Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Cuando se integran las parcelas se podrá incrementar el porcentaje de construcción en un 20%. Parágrafo Segundo: Se permite la construcción de una planta adicional por cada mil metros cuadrados (1.000 m2) de área adicional, en parcelas mayores de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 m2) y 20 % adicional en el área de construcción. Parágrafo Tercero: Toda persona natural o jurídica que desee construir, modificar o adaptar una edificación para prestar servicio de alojamiento al público, debe solicitar la correspondiente asignación de uso ante la oficina municipal que tenga a su cargo la planificación urbana. Parágrafo Cuarto: Los proyectos de diseño de las edificaciones hoteleras, deberán ser elaborados en conformidad con la normativa vigente elaborada por la Corporación de Turismo de Venezuela (Corpoturismo), para la categoría de hotel seleccionada por el proyectista. Por lo que se exigirá la correspondiente constancia de aceptación del anteproyecto por parte de Corpoturismo para la tramitación del proyecto ante la autoridad municipal competente Parágrafo Quinto: En el Plano de Zonificación, la zona hotelera, localizada en las áreas desarrolladas, estará indicada con la nomenclatura H ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 16 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 20. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA ARTÍCULO 31.- DENSIDAD: El número de habitaciones se calculará basándose en veinticinco (25) metros cuadrados de construcción por habitación. Cada habitación deberá estar provista de una sala de baño. ARTÍCULO 32.- CÓMPUTO DE ÁREA: En los hoteles, todas las superficies construidas se computarán para el cálculo del área de ubicación y del área de construcción, excepto las que se indican a continuación: aleros, pavimentos y terrazas exteriores a la edificación, marquesinas, muros de cinta, estanques de agua, salas de máquinas, depósitos de basura y gas, balcones, estacionamientos cubiertos, cajas de ascensores, las escaleras y los pasillos de circulación, servicios de piso y medios de escape y las expresadas en las disposiciones complementarias de esta Ordenanza. CAPÍTULO V DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES PARA LAS ZONAS INDUSTRIALES SECCIÓN I ZONA INDUSTRIA LIVIANA (ZI-L) ARTÍCULO 33.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Se considera Industria Liviana el uso que permite las instalaciones industriales y tenga una producción moderada de humos, ruidos y luminosidad, según lo establecido en la lista de actividades enumeradas a continuación: • Las indicadas para el Comercio Industrial (CI) • Fabrica de pinturas. • Fábrica de artículos de barro, loza y porcelana • Textiles y Telares y similares • Fabrica de Nylon • Fabrica de mecates y sacos • Fabrica de lápices y similares • Fabrica de hilados • Fabricas de hielo • Frigoríficos • Fabrica de ropa y calzado • Cristalería ( fabricación y corte de vidrios para espejos y para la industria de la construcción) • Fabricación de productos plásticos • Laboratorios fabricantes de productos químicos farmacéuticos y medicamentos • Ensambladora de aparatos de radio, televisión y otros para el hogar • Fabricas de helados • Fabrica de muebles y accesorios • Fabrica de papel y cartón. • Imprenta, editorial y similares. • Fábrica de equipos científicos, fotográficos y ópticos. • Fabrica de artículos domésticos • Fabrica de pegamentos de uso industrial • Fabrica de tableros y productos eléctricos • Fabrica de premezclado de cemento • Talleres de fabricación de avisos y vallas de publicidad • Talleres de revestimiento de acero, cromo y níquel • Talleres metal mecánicos y metalúrgicos • Talleres de reparación de maquinarias agrícolas • Talleres mecánicos de vehículos pesados y livianos • Envasados de combustible y productos químicos ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 17 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 21. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA ARTÍCULO 34.- USOS ADICIONALES: a) Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta Ordenanza. b) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad. c) Edificaciones de Educación Técnica, culturales, religiosas, recreacionales pasivas y servicios asistenciales, como función secundaria de la actividad industrial. d) Oficinas Gubernamentales, Centros Postales y sedes de seguridad y defensa como sedes policiales, de bomberos y seguridad en general. Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales. ARTÍCULO 35.- USOS LIMITADOS: Dentro de la zona ZI-L, los siguientes usos son limitados: • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área mínima de 2.000 m2 y retiros de 14 mts sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts. Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades municipales competentes, debiendo cumplir con lo expresado en el articulo Eliminación de Elementos Contaminantes y el permiso por parte de la dependencia que tenga a su cargo la Dirección de aeropuertos de la Autoridad Nacional Competente, por la afectación del cono de aproximación del aeropuerto Arturo Michelena. ARTÍCULO 36.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona ZI-L se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO ZONA ZI-L ÁREA MIN. FRENTE PORCETAJES RETIROS MÍNIMOS ALTURA USO PARCELA MIN MÁXIMOS (%) (mts) MÁXIMA ZI-L (m2) (mts) Ubic Const Frente L1 L2 Fondo (mts) 1.000 20 60 120 6** 4 4 5 12* * Las alturas varían según el cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena ** El retiro de frente será de acuerdo al perfil vial correspondiente debiéndose respetar 6 mts a partir del alineamiento previsto para la vía correspondiente Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción. Los usos adicionales así como las áreas de servicios a las industrias serán computados a los efectos de estimar las áreas de ubicación y construcción correspondientes. Parágrafo Segundo: Las alturas en la zona ZI-L cercanas al cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena tendrán las siguientes restricciones: a) Altura Máxima: 12,00 mts. b) Iluminación: Instalación de copas protectoras que eviten el encandilamiento de los pilotos c) Techos: No se permitirá la instalación de techos de láminas de zinc, metálicas o cualquier otro material que refracte la luz solar. d) Comercios: No se permitirá la instalación de actividades comerciales de carnes y/o alimentos que puedan estar expuestos al aire libre y que atraigan el vuelo de aves sobre la zona. e) Incineradores: Se prohíbe la instalación de incineradores que expulsen contaminantes a la atmósfera, que pudieran afectar la trayectoria operacional de aterrizaje y despegue de las aeronaves en el aeropuerto. Parágrafo Tercero: La altura de fachada será de 12 mts sin pasar de tres (3) plantas. Las partes mecánicas necesarias en la industria, no se tomarán en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 18 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 22. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA Parágrafo Cuarto: Los edificios industriales con altura mayor a tres (3) plantas deben ser aprobados previo informe de la autoridad municipal competente, siempre y cuando se respete el cono de aproximación del Aeropuerto. Parágrafo Quinto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes ZI-L deberán disponer de un porcentaje de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 15 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10% • Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 10 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 7% • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. c) Contemplar el perfil vial mínimo establecido para las zonas industriales. ARTÍCULO 37.- REPARCELAMIENTO En las zonas industriales ZI-L localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la subdivisión o modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas deberá ser autorizado por la Autoridad Urbanística competente y previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas resultantes del reparcelamiento deberán cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior. Las parcelas subdivididas deberán ser registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del Municipio. Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea revisada y evaluada. Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un en una misma parcela. Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima exigida, es decir 1000 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes contiguos al proyecto de urbanismo. ARTÍCULO 38.- INTEGRACIÓN: En la zona ZI-L se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de edificaciones industriales, las cuales se regirán por la Variables Urbanas Fundamentales referidas para la zona donde se localicen; y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización. SECCIÓN II ZONA INDUSTRIA MEDIANA (ZI-M) ARTÍCULO 39.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Se considera Industria Mediana el uso que permite las instalaciones industriales que tenga una producción moderada de humos, ruidos y luminosidad, según lo establecido en la lista de actividades enumeradas a continuación: • Las indicadas para la Industria Liviana ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 19 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 23. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA • Industria relacionadas con la construcción: cerámica, concreto y alfarería • Fundiciones, Fábrica de Estructuras Metálicas, Niquelados y cromados • Fábrica de Cigarrillos y Tabacos • Industrias Alimenticias en general • Fábrica de Jabones y productos de tocador • Industria de bebidas alcohólicas y no alcohólicas • Productos de Asfalto • Fábrica de Cauchos • Fábrica de Maquinarias y Equipos para la industria • Fábrica de vehículos automotores y partes automotrices • Fábrica de bicicletas ARTÍCULO 40.- USOS ADICIONALES: a) Restaurantes, Salas de Conferencias, Salas de Exposiciones. b) Hoteles y Moteles, según lo establecido en el capítulo correspondiente al uso hotelero permitido de esta Ordenanza. c) Instalaciones que formen parte de las redes de Infraestructura: Estaciones de Electricidad, Centrales Telefónicas y otras instalaciones de utilidad pública, mientras no representen peligro para la comunidad. d) Edificaciones de Educación Técnica y universitaria, culturales, religiosas, recreacionales y servicios asistenciales. e) Oficinas Gubernamentales, Centros Postales y sedes de seguridad y defensa como sedes policiales, de bomberos y seguridad en general. Parágrafo Único: Los usos adicionales estarán sujetos al informe favorable de las Autoridades Municipales. ARTÍCULO 41.- USOS LIMITADOS: Dentro de la zona ZI-M los siguientes usos son limitados: • Deposito de materiales inflamables o mercancía explosiva, las cuales deben cumplir con un área mínima de 2.000 m2 y retiros de 14 mts. Sobre todos los linderos y un frente mínimo de 40 mts. • Planta de generación de energía propia. Parágrafo Único: Para permitir un uso limitado debe ir acompañado del informe favorable de las autoridades municipales competentes, debiendo cumplir con lo expresado en el articulo Eliminación de Elementos Contaminantes y el permiso por parte de la dependencia que tenga a su cargo los aeropuertos de la Autoridad Nacional Competente, por la afectación del cono de aproximación del aeropuerto Arturo Michelena. ARTÍCULO 42.- VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó modificación de los usos permitidos en la Zona ZI-M se regirán por las variables urbanas fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO ZONA ZI-M ÁREA MIN. FRENTE PORCENTAJES RETIROS MÍNIMOS (mts) ALTURA USO PARCELA MIN MÁXIMOS (%) MÁXIMA (m2) (mts) Ubic Const Frente L1 L2 Fondo (mts) ZI-M 1.200 20 75 120 9* 5 5 5 12** * El retiro de frente será de acuerdo al perfil vial correspondiente debiéndose respetar 9 mts. a partir del alineamiento previsto para la vía correspondiente ** Las alturas varían según el cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del 5% en los porcentajes de ubicación y 10% de construcción en las edificaciones desarrolladas. Los usos adicionales así como las áreas de servicios a las industrias serán computados a los efectos de estimar las áreas de ubicación y construcción correspondientes. Parágrafo Segundo: Los edificios industriales con altura mayor a tres (3) plantas deben ser aprobados previo informe de la autoridad municipal competente, siempre y cuando se respete con el cono de aproximación del aeropuerto. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 20 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
  • 24. PLAN ESPECIAL DE LA ZONA INDUSTRIAL DE LA PARROQUIA RAFAEL URDANETA Parágrafo Tercero: La altura de fachada será de 12 mts sin pasar de tres (3) plantas. Las partes mecánicas necesarias en la industria, no se tomarán en cuenta para el cálculo de la altura máxima permitida. Parágrafo Cuarto: Las urbanizaciones industriales La Quizanda y Parque Aeropuerto tendrán un retiro de frente de 7 metros y los retiros laterales serán de 3 metros y no se exigirá retiros laterales en la urbanización La Quizanda. Parágrafo Quinto: Los nuevos desarrollos en las áreas vacantes ZI-M, deberán respetar los siguientes determinantes de diseño: a) Parcelas o lotes de terrenos con áreas mayores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 20 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 15% • Centro de Servicios: 5%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. b) Parcelas o lotes de terrenos con áreas menores a 10.000 M2 Disponer de un área equivalente al 13 % de la superficie bruta, distribuida de la siguiente manera: • Parque, Áreas verdes o Deporte: 10% • Centro de Servicios: 3%, tales como: Lonchería, quincallería, módulos de teléfonos públicos o servicios de asistencia social. c) Contemplar como perfil vial mínimo el perfil N° 17. ARTÍCULO 43.- REPARCELAMIENTO En las zonas industriales ZI-M localizadas en urbanismos permisados con proyectos aprobados se permite la subdivisión o modificaciones de parcelamientos existentes. El reparcelamiento o subdivisión de las parcelas deberá ser autorizado por la Autoridad Urbanística competente y previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, las parcelas subdivididas deberán ser registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente e Inscritas en el Registro Catastral del Municipio; las parcelas resultantes del reparcelamiento deberán cumplir el área y frente mínimo exigido en el cuadro anterior, para la zona donde este ubicada. Parágrafo Primero: Previo a la solicitud de la Constancia de Adecuación de Variables Urbanas Fundamentales, los lotes de terreno o parcelas con áreas mayores a una (1) hectárea deberán presentar a la Autoridad Urbanística competente un Anteproyecto de Urbanismo con el objeto de que la propuesta sea revisada y evaluada. Parágrafo Segundo: Se podrán desarrollar parcelas como desarrollos de conjunto preservando el carácter de la zona bajo la modalidad de propiedad horizontal. Estas construcciones se regirán por las variables urbanas fundamentales contenidas en el articulo anterior, pudiéndose desarrollar mas de un inmueble en una misma parcela. Parágrafo Tercero: En los casos de proyectos de urbanismos donde las parcelas lleguen al área mínima exigida, es decir 1.200 m2, se permitirá el adosamiento a uno de los linderos laterales, donde se deberá indicar la forma del adosamiento, manteniéndose los retiros laterales en los linderos con las parcelas o lotes contiguos al proyecto de urbanismo. ARTÍCULO 44.- INTEGRACIÓN En la zona ZI-M se permitirá la integración de parcelas para la construcción, reconstrucción y modificación de edificaciones industriales, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Sección correspondiente a las integraciones de parcelas de esta Ordenanza y de conformidad al Artículo 67 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización. ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN PÁG. 21 Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.