2. CONTRALOR ESTUDIANTIL
• La ordenanza No 011 de 2012 creo la figura del
CONTRALOR ESCOLAR en los establecimientos
educativos oficiales del departamento Norte de
Santander.
3. QUE ES?
• Es un mecanismo de promoción y
fortalecimiento del control social de los recursos
del fondo de servicios educativos de los
establecimientos educativos.
4. PRINCIPIOS
• Los bienes públicos son sagrados
• La gestión publica es democrática y participativa
• Todos los ciudadanos y sujetos de control son
iguales frente al ejercicio de la función
fiscalizadora
• Los resultados del ejercicio de control son
públicos
5. FUNCIONES DE LA CONTRALORIA
ESCOLAR
• Favorecer la cultura del control fiscal, del buen
uso y manejo de los recursos públicos
• Fortalecer la participación de los estudiantes en
el desarrollo de las tareas del control
• Velar por la buena ejecución de los proyectos
• Vigilar los procesos de contratación
• Conocer el PEI, Manual de Convivencia, el
presupuesto, los estados financieros y el plan de
compras.
6. • Presentar a la Contraloría Departamental los
resultados de las evaluaciones realizadas.
• Presentar a la comunidad educativa los
resultados de su gestión.
• Fomentar la rendición de cuentas por parte del
Rector.
• Adoptar reglamento interno
8. CONTRALOR ESTUDIANTIL
• Sera un estudiante del grado 10º y el aspirante
no podrá tener sanciones disciplinarias dentro
de los dos años anteriores a su postulación y
deberá presentar un Plan de Trabajo al
momento de su inscripción ante el RECTOR
como presidente del CONSEJO DIRECTIVO.
• No podrán ser aspirantes quienes tengan
vínculos de consanguinidad y afinidad con el
Rector y los miembros del Consejo Directivo
9.
10. ELECCION
• El Contralor Estudiantil será elegido
democráticamente por los estudiantes
matriculados para un periodo de un año,
contado desde el momento de su elección hasta
cuando se realice nueva elección.
• En caso de ausencia permanente, el Grupo de
Apoyo designara al estudiante que reúne las
condiciones para reemplazarlo hasta el fin del
periodo.
11. • Se elegirá por el
sistema de mayoría
simple y mediante
voto universal y
secreto
12. • El contralor Estudiantil debe elegirse el mismo
día de las elecciones para Personero Estudiantil,
con el fin de acentuar la fiesta de la democracia
escolar
13. FUNCIONES DEL CONTRALOR
• Propiciar acciones concretas de control a la
gestión de los establecimientos educativos.
• Promover la rendición de cuentas
• Conocer las inversiones que se realicen
• Conocer las inquietudes de la comunidad sobre
irregularidades en la ejecución del presupuesto y
manejo de bienes.
14. • Formular recomendaciones sobre el
manejo del presupuesto y utilización de
bienes
• Comunicar los resultados de su gestión
• Conocer el PEI, Presupuesto, estados
financieros y plan de compras del colegio
• Velar por el cuidado del medio ambiente
• Convocar las reuniones necesarias
• Solicitar capacitación para un mejor
ejercicio de sus funciones
15. • Confirmar la publicación de informes
sobre ejecución de presupuesto, ingresos y
gastos de los Fondos de Servicios
Educativos.
• Requerir al Rector la publicación de la
Resolución del MEN sobre recursos de
gratuidad para estudiantes del SIBEN 1 y 2
y el detalle de como serán invertidos según
aprobación del Consejo Directivo.
16. GRUPO DE APOYO
• Estará conformado por estudiantes matriculados
de los grados sexto a undécimo. Se elegirá un
representante de cada grado en votación interna
que realizara el alumnado el mismo día de la
elección del Contralor Escolar.
• Como su nombre lo indica sirve de apoyo al
contralor estudiantil.
17. ESTUMULO
• El ejercicio como CONTRALOR ESTUDIANTIL
será equivalente al SERVICIO SOCIAL
OBLIGATORIO