El documento describe cómo las leyes mineras aprobadas en Argentina en los años 90 durante el gobierno de Carlos Menem otorgan amplios beneficios e incentivos fiscales a las empresas mineras multinacionales, permitiéndoles explotar los recursos naturales del país sin apenas pagar impuestos o regalías. Estas leyes fueron impulsadas por el Banco Mundial y entregan la soberanía nacional a favor de los intereses de las grandes corporaciones mineras.
La Gatera de la Villa nº 51. Revista cultural sobre Madrid..
ARGENTINA: AUTORIZACIÓN PARA SAQUEAR
1. ARGENTINA: AUTORIZACIÓN
PARA SAQUEAR
Leyes mineras: autorización para saquear
Multinacionales mineras de Estados Unidos, Canadá, Australia, Chile y Europa, que escapan de
sus países por los rígidos controles ambientales e impositivos que allí están vigentes, han
señalado años atrás Argentina como la región para invertir, y a Nuestramérica, como del destino
de la década, tanto por las riquezas que la región esconde, como por las ventajas que las
legislaciones nacionales corruptas les ofrecen.
El paquete de leyes elaborado y aprobado durante el gobierno del presidente Carlos Ménem
(mantenidas estrictamente por las administraciones que les siguieron, incluyendo los gobiernos
del matrimonio Kirchner) representa la columna vertebral de la política neoliberal de entrega de
nuestros bienes naturales.
2. Hasta los inicios de los años 90, la legislación y el Código Minero señalaban que el Estado debía
tener más del 50% de las acciones de toda empresa de explotación de recursos mineros. Con el
neoliberalismo llegaron las leyes propuestas por el BM, aprobadas por ambas cámaras
legislativas (diputados y senadores) en 1993. Ese mismo año se sancionó el Acuerdo Federal
Minero que abrió las puertas para grandes negociados con traspasos a manos privadas de tierras
fiscales con ricos yacimientos en su interior. Esas sociedades anónimas, muchas de ellas
controladas por los mismos políticos, negociaron su entrega a las trasnacionales como Barrick
Gold, Meridian Gold y Alumbrera Ltda., entre otras. Luego fue aprobada la ley 24.224 que
impulsó la ejecución de políticas activas por parte del estado en materia de prospección y
exploración a favor del sector privado. El estado es a partir de entonces el encargado de realizar
la parte más costosa de la inversión minera, mientras que el sector privado asume la explotación
y se apropia de la renta.
El proceso de explotación del mineral y su comercialización no pagan el impuesto automotor,
ingresos brutos, habilitaciones, sellos a nivel municipal, provincial y nacional durante los
primeros 5 años.
El exportador posee estabilidad fiscal por 30 años, y ninguna jurisdicción puede aumentar el
cobro de los impuestos.
Impuesto a las ganancias:
a- deducción del 100% de los montos invertidos en prospección, investigación y demás trabajos de
factibilidad
b- amortización acelerada de las inversiones en 3 años
Acuerdo Federal Minero:
a- las provincias propiciarán la eliminación de gravámenes y tasas municipales que afecten
directamente la actividad minera
b- la nación y las provincias tomaran medidas para evitar lo que llaman distorsiones en las tarifas
de energía eléctrica, gas y combustibles que afecten a la actividad minera
A pesar de la Ley de Emergencia Económica vigente, las actividades mineras no están obligadas a
liquidar las divisas (los dólares de sus ventas) en el país, ni a pagar retenciones a las exportaciones.
A nivel general, 39 compañías explotan el 80% de la minería en Argentina, 35 de las cuales son
corporaciones extranjeras. Por cada u$s 100 que obtienen pagan un promedio de u$s 1,20 de
regalías, una vez descontados sus costos de producción. En los primeros 5 años de explotación
bajo las leyes neoliberales de Menem, salieron del país u$s 25.000 millones y pagaron de regalías a
las provincias u$s 390 millones, pero la Nación debió reintegrarles u$s 1.250 millones en
reembolsos por explotaciones no tradicionales, con lo que se perdieron en cinco años u$s 860
3. millones, además de los bienes naturales que se llevaron y la destrucción ambiental que nos
dejaron.
La Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196)
es tal vez el mejor ejemplo de las leyes hechas a medida de las empresas. Según esa ley, el
estado tiene prohibido explotar los recursos mineros. Solo pueden hacerlo las mineras
transnacionales. No obstante, el mayor despojo y entrega de la soberanía nacional se expresa en
el "Acuerdo Binacional Argentino Chileno".
Acuerdo Binacional Argentino Chileno
Se trata de un acuerdo bilateral que permite a las corporaciones mineras realizar la prospección y
explotación en territorios que caen bajo la circunscripción de Parques Nacionales o en reservas
naturales como lo hace Barrick Gold en la Biosfera de San Guillermo (provincia de San Juan),
donde perforan un túnel de casi 7 km que atraviesa las altas cumbres de los Andes para
transportar los minerales por Chile rumbo a los puertos del Pacífico. Por allí saldrá en oro, plata y
cobre, varias veces la suma de la deuda externa argentina. De esta manera nuevos límites
geográficos, con extraterritorialidad jurídica, fueron habilitados con estos tratados y convenios
donde las mineras transnacionales ejercen el control y su propia soberanía por sobre el derechos
de los argentinos y los chilenos. Esto constituye traición a la Patria por parte de los empresarios,
consultores y políticos que propiciaron semejante entrega.
Hoy las mineras se están llevando el oro, la plata y el cobre a sola declaración jurada. Pero
mientras tanto, de contrabando, se llevan otros sesenta y tantos metales, algunos mucho más
valiosos por su escasez en el mundo. Esto es posible por la mirada cómplice de los gobiernos
entreguistas.
Todo esto es lo que verdaderamente explica el "boom minero". Como nunca hoy las
trasnacionales del oro, plata, uranio y cobre sobrevuelan como buitres las entrañas abiertas de
nuestras tierras para llevarse impunemente las riquezas más profundas.
INCENTIVOS FISCALES A LA EXPLORACIÓN Y
EXPLOTACIÓN MINERA
Síntesis:
Doble Deducción de Gastos de Exploración (Ley Nº24.196) - Pueden deducir el 100% del monto
invertido en determinar la factibilidad de un proyecto del calculo del Impuesto a las Ganancias
4. (prospección, exploración, estudios especiales, planta pilotos, investigación). Y además lo deducen
de la ley de Impuestos a las Ganancias.
Devolución del IVA a la Exploración (Ley Nº 25.429) - Devolución de créditos fiscales de IVA (a los
12 meses).
Estabilidad Fiscal y Cambiaria (Ley Nº 24.196) - Estabilidad fiscal por 30 años. Las mineras no
podrán ver afectada su carga tributaria o arancelaria, disminuir sus beneficios, ni ver modificado
su régimen cambiario. (en el aspecto fiscal incluye los impuestos que gravan los intereses de
prestamos en el exterior, pero quedan fuera el IVA y los reintegros a las exportaciones. Respecto
al régimen cambiario se excluye la paridad cambiaria). En otros países estos beneficios no son
GRATIS.
Amortización Acelerada (ley Nº 24.196) - Maquinaria, construcciones , vehículos e infraestructura
se amortizan en 3 años. Puede trasladar el quebranto de una amortización acelerada al próximo
ejercicio fiscal, cuando no pueda ser utilizado en un 100%. El quebranto puede ser trasladado
indefinidamente hasta que la empresa genere ganancias que permitan utilizarlo.
Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras ( Ley Inv. Mineras -Resolución 112/2000) - No pagan
derechos de importación o de todo otro gravamen, derecho o tasa de estadística por la
importación de bienes de capital, equipos o insumos.
Deducción por Gastos de Conservación de Medio Ambiente ( Ley Inv. Mineras) - Estos gastos son
deducibles hasta un 5% del monto total de los gastos de extracción y procesamiento.
Exención de Ganancias (Ley Inv. Mineras) - Están exentas las utilidades derivadas del aporte de
minas y derechos mineros para capitalizar sociedades.
Regalías (Ley de Inv. Mineras- Ley 25.161- artículo 22bis) - El tope fijado en el país es del 3%. En
Chubut es del 2% del valor de bocamina del mineral extraído.
Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (Ley de Inv. Mineras).
Capitalización de los Avalúos de Reservas Mineras - El avalúo de reservas mineras, podrá ser
capitalizado hasta en un 50%. Esto no incide en el impuesto a las ganancias, sólo mejora la
situación patrimonial para acceder a créditos. (Ley de Inv. Mineras).
Devolución Anticipada y Financiamiento de IVA - Devolución o financiamiento en importación o
compra de bienes e inversiones de infraestructura. - Devolución del IVA dentro de 60 días. Los
créditos fiscales de IVA pueden ser canjeados por un préstamo bancario del mismo monto. El
estado se hace cargo de los intereses hasta un 12 % anual. Y el crédito puede ser a 2, 4 o 6 años.
Exención de Contribución sobre la Propiedad Minera - Léase: Propiedad Minera = productos,
establecimiento, maquinaria, vehículos, etc. - Esto alcanza a todo impuesto o gravamen, presente
o futuro, nacional, provincial o municipal - (Quedan excluidas: el canon minero, tasas de
retribución de servicios e impuestos a los sellos por actuaciones judiciales).
5. Gravámenes Provinciales y Municipales: En el acuerdo Federal Minero (Ley 24.228) Los estados
Nacional y Provinciales acordaron eliminar todo gravamen y tasa municipal e impuesto a los sellos
(exención a los Ingresos Brutos, sellos, etc).
Reembolsos por Puerto Patagónico - Se establece un reembolso a las exportaciones realizadas por
Com. Rivadavia Com. Del 5% (aumenta cuando más austral es la ubicación geográfica del puerto).
(Ley 23.018 y su modificatoria Ley 24.490).
Exención de Retenciones a las Exportaciones (otras actividades aportan entre un 10% y un 20%).
Exención del Impuesto al Cheque (decreto Nº 613/2001) Para el resto de las actividades la tasa es
del 6 por mil.
Deducción del 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos (el que todos pagamos cuando
cargamos nafta).
Transferencia al exterior de capital y Ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o
impuestos sobre dichas transferencias
No deben liquidar divisas. Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo producido por
sus exportaciones.
FUENTE: http://www.proyectosurbuenosaires.org/index.php/component/k2/item/17-leyesmineras-autorizaci%C3%B3n-para-saquear