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ESCUELA PAULA JARAQUEMADA ALQUIZAR
R.B.D Nº 25711-7
P A I N E
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NORMAS CONVIVENCIA ESCOLAR
ESCUELA PAULA JARAQUEMADA ALQUIZAR
Introducción
El presente Reglamento de Convivencia se aplicará en el Colegio Paula Jaraquemada Alquízar de
Paine. Ha sido aprobado por la dirección del establecimiento, quien ha consultado al Consejo
General de Profesores, al Centro General de Padres y Apoderados y al Alumnado para su discusión,
análisis y aprobación.
EL COLEGIO, a través de las Normas de Convivencia explicita un conjunto de conductas deseables
para la Comunidad, conducentes a la generación de un ambiente de mutua aceptación y en el cual
se reconozcan valores y actitudes como patrimonio propio, socializadamente aceptado y marco de
referencia para la actuación individual y colectiva. Los alumnos deben empeñarse en asumir como
propias y válidas dichas normas evitando su trasgresión, no solamente por el beneficio de ellos
mismos, sino por la de sus pares. Las actitudes y conductas contrarias a la sana convivencia, la
alteración del equilibrio del clima necesario para la actividad educativa en el aula, las faltas de
honestidad, de respeto a compañeros y profesores, rasgos de violencia y otras conductas
inadecuadas no pueden tener cabida en el Colegio Paula Jaraquemada Alquízar. Quienes no estén
dispuestos a reconocer lo que la comunidad valora y a lo que legítimamente aspira deberán buscar
otros espacios.
El colegio Paula Jaraquemada tiene como MISIÓN favorecer el desarrollo personal del estudiante
en todas sus dimensiones a través del conocimiento integral y la riqueza del crecimiento personal
permitiendo generar un ambiente propicio al aprendizaje en donde se vivencien los valores
fundamentales.
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NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
I. OBJETIVOS
ARTICULO 1°
El presente Reglamento de convivencia Escolar tiene los siguientes objetivos:
1. Regular el quehacer educativo en materia de convivencia escolar, en concordancia con la
legislación vigente y el Proyecto Educativo Institucional (Normas de convivencia)
2. Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa el respeto por los
principios y valores que construyen una sana convivencia escolar.
(Sujetos de derechos y deberes).
3. Establecer Protocolos de Actuación para faltas a las Normas de Convivencia y Acoso Escolar
entre otras, buscando el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto.
4. Impulsar acciones de prevención, que promuevan la participación de los estudiantes y sus
familias en actividades colectivas de sana competencia y participación extra- programática
(deportes, eventos, artísticos y comunitarios. (Plan de Gestión)
5. Trabajar los Objetivos de Aprendizaje Transversal, desde las diferentes materias e instancias
educativas, para potenciar el desarrollo integral de los estudiantes.
6. Generar canales de comunicación rápidos y efectivos con los alumnos y su familia.
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II. CONCEPTOS
ARTICULO 2°
1. Convivencia Escolar (Ley Nº 20.536, Artículo 16 A): Se entenderá por buena convivencia escolar
la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.
Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los Objetivos de
Aprendizaje Transversal y es una responsabilidad compartida con toda la Comunidad Educativa
del colegio.
2. Reglamento, Normas de Convivencia escolar. Documento escrito que regula el accionar de los
estudiantes y los demás estamentos al interior del centro escolar. Es un instrumento de gestión,
de carácter formativo, que promueve el desarrollo personal y social de los estudiantes,
contemplando, al mismo tiempo, a los demás actores de la Comunidad Educativa.
3. Maltrato/Acoso Escolar o Bullying (Ley Nº 20.536 Artículo 16 B). Se entenderá por acoso
escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada
fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o
colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de
superioridad o de indefensión del estudiante afectado y que provoque en este último, maltrato,
humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios
tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de
violencia i. Se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es
decir, se repite durante un período indefinido.
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4. Agresividad. Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de
enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una
amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica,
necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra
controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de
violencia.
5. Conflicto. Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a
intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia,
pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de
violencia.
6. Violencia. Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas
tienen en común dos ideas básicas: i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o
psicológica; ii. El daño al otro como una consecuencia.
Entre las manifestaciones de violencia se encuentran:
7. Violencia psicológica incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal
intencionados, aislamiento, discriminación sobre la base de la orientación sexual, étnica,
religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que
constituyen el acoso escolar o bullying.
8. Violencia física. Es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones,
cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o
con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones
sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.
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9. Violencia sexual. Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación
sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer.
Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación,
intento de violación, etc.
10. Violencia por razones de género. Son agresiones provocadas por los estereotipos de género,
que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta
manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y
mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones
físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el
otro.
11. Violencia a través de medios tecnológicos. Implica el uso de la tecnología para realizar
agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, Whatsapp, mensajes de
texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede
constituirse en ciberbullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos
de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que
permiten las relaciones virtuales.
12. Apoderado: Persona mayor de edad, que representa ante el Colegio Paula Jaraquemada
Alquízar a uno o más alumnos, en toda su calidad natural o jurídica, de acuerdo a las normas
del presente reglamento.
13. Apoderado Suplente: Persona mayor de edad, que secunda al Apoderado, en caso de ausencia
de éste y lo reemplaza en caso de pérdida momentánea o definitiva de su calidad de
apoderado.
14. Padre(s): Padre(s) del alumno que debe cumplir cabalmente su rol de integrante de la
comunidad educativa y acatar el presente reglamento. Tiene al igual que el apoderado facultad
para ver a su hijo y para informarse de su situación académica y conductual. Toda prohibición
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que tenga de ver con las razones antes señaladas las deben dictar los Tribunales de Justicia
competentes.
15. Pupilo: Alumno representado por el apoderado y/o apoderado suplente.
16. Comunidad Escolar: Todos los integrantes que de algún modo interaccionan directamente con
el Colegio.
Entre las técnicas de resolución de conflictos tenemos las siguientes:
a.La negociación. Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de
terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución
aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran
en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones
se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también,
entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un profesor y un estudiante, por
ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las partes.
b. El arbitraje. Es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías
de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a
través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los
involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la
situación planteada. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para
todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica en relación con la
experiencia vivenciada en el conflicto.
c. La mediación. Es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al
conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin
establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la
reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados
aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador
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adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones,
sino que orienta el diálogo y el acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la
mediación cuando ha existido un uso ilegítimo la fuerza o el poder, porque esta estrategia no
está orientada a sancionar conductas de abuso
III.CONSIDERACIONES PREVIAS
ARTICULO 3°
1. Las Normas de Convivencia escolar del colegio Paula Jaraquemada del año 2016, han sido
revisadas por Unidad de Convivencia Escolar, los Departamentos, Inspectoría, Dirección y
consensuadas con el Consejo Escolar en el mes de marzo del presente año, para ser aplicadas
en el período lectivo 2017.
2. El Colegio Paula Jaraquemada, genuinamente ha sido un colegio integrador de realidades
diversas, por ello hemos optado por trabajar con la inclusión de niños con necesidades
educativas especiales permanentes y transitorias a través del proyecto de educación PIE.
3. Todos los miembros de la comunidad del Colegio Paula Jaraquemada deben colaborar entre sí,
para lograr que las relaciones interpersonales sean armónicas y prósperas.
4. El colegio designa como Encargada de Convivencia Escolar (ECE), a la profesora Cecilia Gallegos
Retamal, a quien corresponderá desarrollar la función propia del cargo y las que le asigne
Dirección.
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III. SOBRE LA RELACIÓN PROFESOR-ALUMNO
ARTICULO 4º
La relación entre Docente y Alumno deberá regirse sobre la base de un proceso educativo integral y
armónico, en que ambos son actores imprescindibles e insustituibles en la acción educativa. Por tanto,
deben tener presente que:
1. El Docente es el responsable que guía, asesora, diagnostica, planifica, motiva, orienta, supervisa y
evalúa el proceso educativo del alumno(a).
2. El alumno(a), sujeto y destinatario de la educación, debe participar activamente en su propio
proceso educativo, aprovechando y respetando la experiencia y conducción de su profesor.
3. La comunicación entre ambos debe ser fluida, participativa, oportuna y respetuosa.
4. El profesor(a), en todo momento, debe educar con el ejemplo personal
5. El profesor (a) y el alumno(a) se deben mutuo respeto, comprensión y tolerancia frente a sus
capacidades y limitaciones, entendiendo que ambos son humanos perfectibles.
6. Dentro de la sala de clases los alumnos(as) deberán mantener, en todo momento, una actitud de
escucha activa, silencio y respeto hacia el profesor(a) y sus compañeros(as).
7. El profesor debe firmar todas las comunicaciones que envía y recepciona de parte del apoderado.
IV. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO
Se entiende como derechos y deberes del alumno, toda norma que contenga este Reglamento de
Convivencia del Colegio Paula Jaraquemada A, de manera que al momento de matricular al alumno, él
acepta y respeta cada uno de los Artículos que en éste se mencionen, incluyendo los DERECHOS Y
DEBERES de los Padres y Apoderados.
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De los Derechos
ARTÍCULO 5°
1. Los alumnos tienen todo el derecho a ser escuchados, tratados y aceptados según las normas
internacionales de los Derechos del Niño; sin embargo, para este Reglamento de Convivencia,
se nombrarán sólo los derechos correspondientes a situaciones internas que tengan relación
directa con el servicio educativo que ofrece la institución y con el proceso enseñanza
aprendizaje, institucionalizado por el Proyecto Educativo Institucional del Colegio Paula
Jaraquemada A.
2. Todo alumno tiene derecho a elegir a sus representantes para el Subcentro de alumnos de su
curso. Los alumnos tienen además el derecho de elegir democráticamente a sus representantes
del Centro de Alumnos del Colegio Paula Jaraquemada.
3. Todo alumno deberá ser escuchado en caso de acusación en su contra, ante la debida autoridad
educativa, haciendo usos de descargos verbales o por escrito.
4. Todo alumno tiene derecho a ser custodiado y resguardado ante posibles daños físicos
ocurridos dentro o fuera del recinto escolar y que tenga relación con actividades lectivas del
Colegio.
5. Todo alumno tiene derecho a solicitar entrevistas con cualquier miembro funcionario de la
comunidad escolar, para cuyo efecto dispondrá de horarios y conductos regulares, de tal forma
que cumpla la reunión o cita en un plazo no superior a cinco días hábiles.
6. Todo alumno tiene derecho a ser atendido en caso de accidente Escolar y ser derivado al
Sistema Nacional de Servicio de Salud, según el Decreto 41/85. Sin embargo y sin perjuicio de
lo anterior, el apoderado titular o suplente podrá decidir el traslado de su pupilo a otro centro
asistencial bajo su exclusiva responsabilidad y costo.
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7. Todo alumno tiene derecho a que se le entregue excelencia en el servicio educacional y la
oportunidad de ocupar todas y cada una de las dependencias del Colegio habilitadas para ellos
en los horarios y circunstancia que el Colegio determine y bajo la supervisión de los
funcionarios o docentes encargados.
DE LOS DEBERES
ARTÍCULO 6°
1. Dentro de la sala de clases, los estudiantes deben mantener en todo momento, una actitud de
silencio, atención y respeto hacia el (la) profesor(a) y sus compañeros(as), escuchándolos
atentamente y pidiendo la palabra para opinar o solicitar algo.
2. Vivenciar y testimoniar la educación que se le imparte.
3. Respetar a todas las personas sin hacer diferencias personales, sociales y/o culturales.
4. En horario de clases los alumnos no pueden permanecer fuera de sus salas de clases, salvo por
situaciones de fuerza mayor y debidamente informadas a algún inspector.
5. Respetar símbolos patrios y del colegio.
6. Utilizar lenguaje oral, escrito y gestual claro y formal para relacionarse y dirigirse a cualquier
miembro de la Comunidad Educativa.
7. Cumplir con materiales, tareas, trabajos, responsabilidades y compromisos escolares.
8. Participar respetuosamente en las clases de religión.
9. Dar buen trato a los útiles e infraestructura del colegio.
10. Cuidar el mobiliario y espacios de trabajo, manteniéndolos limpios. No está permitido
rayar, escribir, pintar y/o pegar autoadhesivos en bancos, sillas, muros, pisos, vidrios, pasillos,
baños, casino, etc.
11. Reponer o cancelar la pérdida o el deterioro de textos, mobiliario, vidrios, material didáctico u
otro bien material, dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles a través de sus padres o
apoderados.
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12. Responsabilizarse de sus útiles escolares, libros, vestuarios, dinero y otros objetos personales.
13. El colegio no responderá por las pérdidas de objetos como teléfonos, tablet, joyas, dinero u
otros no solicitados.
14. No ingresar a la jornada escolar con aparatos tecnológicos como tablet, MP4 u otro objeto,
excepto si los pide el profesor.
15. Mantener una conducta recatada en las manifestaciones de afecto, dentro y fuera del colegio
vistiendo el uniforme.
16. Las fotografías y grabaciones audio-visuales dentro del establecimiento no están permitidas. En
caso de llevarse a cabo, estas sólo se realizarán con fines educativos y a petición de un docente.
17. Cumplir con el Reglamento de convivencia escolar.
18. No está autorizado el uso de teléfonos móviles. En caso de que esto no se acate, el teléfono
será retenido hasta que lo retire el apoderado. En ningún caso el colegio se hace responsable
de la pérdida de teléfonos.
En el caso de verificarse el estado de embarazo o maternidad de una alumna, el
apoderado deberá comunicárselo al profesor jefe, el cual comunicará al Dirección del
colegio. En donde se entrevistará con el apoderado, la alumna, profesor jefe, encargado
de Convivencia y Director. Se le proporcionará atención especial orientando al Proyecto
educativo; así mismo se le entregará facilidades pertinentes para que termine su año
escolar.
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V. SOBRE EL PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO
ARTÍCULO 7°
Con los esfuerzos de todos los integrantes del Centro Educativo y el compromiso y
apoyo incondicional de los Padres y Apoderados aspiramos a formar:
 Un alumno educado en los valores que el colegio, la familia y el medio social demandan.
 Un estudiante con un desarrollo intelectual de sus capacidades y competencias que le permitan
realizarse plenamente de acuerdo con su proyecto de vida.
 Un alumno que se identifique con su Colegio por lazos afectivos y sentimientos duraderos de
pertenencia que lo induzcan a participar de sus actividades y eventos con alegría.
 Un estudiante que se relacione afectivamente con sus profesores y aprecie en su hacer y quehacer
la importancia de esta relación.
VI. SOBRE EL HORARIO, LA ASISTENCIA Y LOS ATRASOS
ARTÍCULO 8°
NIVEL HORARIO DE INGRESO Y SALIDA
PRE-BASICA  PRE-KINDER, desde las 8:10 a 15:15 hrs.
 KINDER, desde las 8:10 a 15:20 hrs.
BASICA Primero a Octavo año, lunes a jueves a desde 8:10 horas 15:40 horas. Día
Viernes 8:10 a 14:05 horas.
MEDIA Primero a tercero medio, desde 8:10 horas hasta 16:25, días lunes, miércoles
y jueves. Día martes salida 15:40 horas. Día viernes salida 14:50 horas
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ASISTENCIA E IMPLICANCIAS
ARTÍCULO 9°
1. Las inasistencias deberán ser justificadas exclusivamente por el apoderado en forma escrita a
través de una comunicación en la respectiva agenda, posteriormente se registrará en el libro de
clases. Todo alumno que falte a clases tiene la obligación de presentar el justificativo al
profesor o inspector de la primera hora de clases.
2. Los certificados médicos deben ser entregados en Portería para su archivo.
3. Los porcentajes de asistencia para mantener matrícula debe superar el 85% permitido.
ATRASOS E IMPLICANCIAS
ARTICULO 10°
1. La asistencia y puntualidad, es uno de los aspectos de formación del carácter de los
alumnos que se debe desarrollar y educar, por constituir rasgos de significativa relevancia
en el desenvolvimiento presente y futuro, debiendo demostrarlas diariamente en sus
conductas: Llegando al colegio, a más tardar, a las 8:10 horas jornada mañana. Estando
puntualmente en la sala al inicio de cada clase.
2. El Colegio, a través de sus organismos, será un controlador a la asistencia a clases y
puntualidad del alumno.
3. Los atrasos serán debidamente registrados y en caso de reiterarse el alumno deberá
presentarse con su apoderado.
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Acciones Remédiales para los atrasos
1. Comunicación de citación al apoderado, por acumulación de atrasos.
2. Entrevista apoderado.
3. Registro en hoja de vida del alumno.
4. El alumno que reincida en el hábito del atraso deberá firmar Condicionalidad de Matrícula
5. Toda situación que escape a esta reglamentación será analizada por Inspectoría General, la que
decidirá en cada caso.
VII.SOBRE EL UNIFORME ESCOLAR Y PRESENTACIÓN PERSONAL
ARTICULO 11°
Los alumnos de Enseñanza Pre Básica y Básica asistirán a clases a diario con el uniforme oficial del
colegio.
DAMAS Falda gris, blusa blanca, corbata, calcetas grises, zapatos negro, chaleco gris.
VARONES pantalón gris camisa blanca, corbata, zapato negro chaleco gris.
• El vestuario deportivo comprende el buzo del colegio y la polera gris de piqué, lo que es
entregada por el colegio al apoderado
• El vestuario deportivo será usado sólo para clases de educación física o extraprogramáticas,
previa autorización del Inspector General.
• En época invernal, damas y varones podrán asistir al colegio con parca, abrigo, chaquetón
manteniendo el color gris o azul, sin la combinación de otros colores.
• Las alumnas sólo época invernal podrán usar pantalón de tela gris.
• El alumno se presentará al Establecimiento con su uniforme de manera adecuada, es decir,
limpio, ordenado y completo.
• Sugerimos marcar en forma legible e indeleble toda prenda de vestir y será exclusiva
responsabilidad del alumno el cuidado de sus pertenencias.
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PRESENTACIÓN PERSONAL
ARTÍCULO 12°
El alumno(a) del Colegio Paula Jaraquemada, tiene la obligación de presentarse a sus actividades
curriculares con su uniforme escolar descrito, limpio y de forma correcta.
NO ESTÁ PERMITIDO:
1. Usar Collares, maquillaje, uñas pintadas, tinturas en el cabello, piercing, aros grandes, aros de
color ni cualquier atuendo que no sea parte del uniforme.
2. Peinados ni cortes a estilo “tribus urbanas “o “fantasía”.
3. Los varones deben asistir al colegio con cabello limpio y corto (de forma tradicional). No se
permite el uso de aros, expansores, piercing, cadenas, collares ni uñas pintadas, además deben
presentarse debidamente rasurados, cuidando la limpieza de la ropa y con el calzado lustrado.
No hacer uso de ningún atuendo que no sea parte del uniforme descrito.
4. Las damas deben tener cabello limpio y ordenado; tomándolo u ordenándolo de forma
tradicional con trabas o pinches de colores neutros. No pueden usar aros de color, aros
grandes, estar maquilladas, tener uñas pintadas o hacer uso de atuendo que no sea parte del
uniforme descrito.
5. El uso de aros pequeños sólo es permitido en el lóbulo de las orejas para las damas de la forma
tradicional.
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6. Los Inspectores deben velar por el cumplimiento de la correcta presentación en el
ingreso del colegio, reteniendo lo que no corresponda al uniforme. En el transcurso del horario
de clases (aula), es el profesor quien debe supervisar el cumplimiento de esta norma.
7. El alumno(a) que no posea uniforme o una parte de él, deberá, a través de su apoderado,
solicitar personalmente la prerrogativa temporal del uso al Inspector General del colegio.
VIII.
DEFINICIÓN, TIPIFICACION Y PROCEDIMIENTO POR FALTAS AL REGLAMENTO
DEFINICION
DEFINICIÓN DE LAS FALTAS:
ARTÍCULO 13°
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LEVES: Son aquellas que producto de una acción incorrecta puede o no perjudicar a un tercero, o
causar interrupción y/o molestia a personas del entorno de quienes las comete.
El efecto negativo es más bien para el propio alumno, ya que por sí mismo se margina del proceso
curricular, afectando de este modo su propio nivel de logros. Las faltas leves implican ausencia de
hábitos, lo que puede ser revertido a través del diálogo alumno/colegio y fundamentalmente por
intervención de la familia.
GRAVES: Corresponden a aquellas conductas que afectan el sentir de las personas y se asocian a una
negativa relación interpersonal; dentro de este tipo de comportamiento, se encuentra el deterioro de
recursos materiales; reiteración de conductas que interfieren el normal desarrollo de una clase, un
acto, una misa u otro evento.
MUY GRAVES: Corresponden a aquellas conductas que atentan físicamente y/o Psicológicamente
contra las personas ya sea de forma directa o virtual. También el daño a los bienes materiales son
faltas Muy Graves y puede conducir a la cancelación de la matrícula si procediere.
TIPIFICACIÓN
ARTÍCULO 14°
SERÁN FALTAS LEVES, entre otras:
1. Atraso reiterativo en la hora de llegada al Colegio, o ingreso a clases después de un recreo.
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2. No haber completado las tareas asignadas para la clase siguiente.
3. Desobedecer las instrucciones dadas por el profesor; no colaborar en el correcto desarrollo de
la clase, es decir, realizar acciones ajenas a la materia tratada, tales como conversar sobre
otros temas, emitir ruidos molestos. Interrumpir el trabajo grupal del propio curso o los cursos
ajenos durante las horas de clase.
4. Uso incorrecto del uniforme; ya sea por estar incompleto o por utilizar accesorios extraños a la
tenida oficial.
5. Juegos bruscos o inadecuados que pongan en riesgo al alumno(a) que los realiza o su entorno.
6. Apropiarse de cuadernos y útiles facilitados por sus compañeros.
7. Concurrir al colegio sin la agenda, la que deberá conservar durante todo el año, con todas sus
hojas y en buen estado de presentación.
8. Actitudes irresponsables, como por ejemplo: no traer justificativo por inasistencia (lo que será
comunicado a su hogar), comunicaciones, citaciones o circulares que se enviaren, etc.
9. No traer el equipo de educación física o el buzo cuando corresponda.
10. No traer los elementos necesarios para las clases de Artes Plásticas, Educación Tecnológica,
Computación, de Educación Musical, o cualquier asignatura en donde se le solicite material
adicional.
11. Comer o beber dentro de la actividad lectiva.
12. Negarse a bajar al patio central durante los recreos.
13. Hacer mal uso de los permisos para ir al baño, CRA, primeros auxilios u otras dependencias,
usándolo como excusa para evadir clases.
14. No asistir a las Asambleas.
15. Uso indebido de instrumentos tecnológicos de comunicación tales como celulares, cámaras,
video grabadoras, ipod u otros que el alumno manipule.
16. Permanecer dentro del aula, laboratorio o taller en los períodos de recreo y almuerzo sin
autorización.
“De los procedimientos para las Transgresiones Leves”
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a. Llamado de atención verbal: El alumno que esté interrumpiendo el normal funcionamiento de
una actividad o clases, recibirá un llamado de atención por parte de del educador, que lo invite a
cambiar de actitud.
b. Llamado de atención escrita: El alumno que cometa una falta considerada transgresión Leve,
recibirá un llamado de atención por parte de del educador, que lo invite a cambiar de actitud,
dicho llamado de atención será por escrito en su hoja de vida y deberá ser informado al alumno.
Si el alumno mantiene faltas leves por conducta, deberá su profesor jefe informar de inmediato a su
apoderado, quien bajo su firma en el seguimiento pedagógico, se responsabilizará de las acciones de
conducta de su pupilo.
SERÁN FALTAS GRAVES, entre otras:
ARTÍCULO N°15
1. Desobedecer órdenes del personal docente, directivo docente o personal administrativo que
tenga relación con la entrega del servicio educativo, a favor de su bienestar y de la institución o
con el control diario que realizan los inspectores.
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2. Agredir verbal, por escrito, vía computacional email o físicamente a cualquier miembro de la
comunidad educativa, en cualquier tipo de actividad, sea esta pedagógica o extracurricular,
dentro o fuera de COLEGIO.
3. Realizar ante compañeros u otros miembros de la comunidad escolar actos de Bullying o
Ciberbullying como amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse
reiteradamente o realizar actos de discriminación en su contra, ya sea por su condición social,
religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,
orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia. Si se constatare que la
infracción es además un hecho que reviste carácter de delito, deberá ser denunciado a la
autoridad pública competente
4. En caso de que un destrozo o deterioro de algún recinto del establecimiento sea ocasionado
por alumnos y posterior a la debida investigación de Inspectoría General, no sean
individualizados los responsables, todo el grupo curso recibirá la sanción respectiva, asumiendo
los costos de la reparación y/o reposición de los elementos o sectores dañados.
5. Realizar tráfico, tenencia o consumo de cigarros, bebidas alcohólicas, estupefacientes o
material pornográfico y obsceno en actividades propias de la institución, sean éstas dentro o
fuera del recinto Educativo, como también aquellas actividades fuera del horario y lugar del
Colegio, que estén penadas legalmente por las leyes del país.
6. Sustraer, distribuir y/ o apropiarse indebidamente de bienes y materiales ajenos, que
pertenezcan a personas o al COLEGIO.
7. Falta a la honestidad en cualquier tipo de control evaluativo.
8. Negarse a ser evaluado en aquellos controles de cualquier tipo que estén debidamente
programados y comunicados.
9. Poseer anotaciones negativas significativas conductuales (tales como actos de indisciplina,
incumplimiento de deberes escolares, faltas de respeto), para lo cual el Profesor Jefe respectivo
deberá citar de forma oficial al apoderado detallando esta situación.
10. Menoscabar a cualquier miembro de la comunidad educativa, como también dañar la imagen
corporativa e institucional del COLEGIO dentro o fuera del establecimiento, como en los buses
de las salidas pedagógicas, a actos públicos, obras de teatro , etc
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11. Faltar a la verdad, mentir o injuriar en cualquier tipo de hecho, situación o acontecimiento.
12. Lesionar el prestigio o buen nombre del colegio con actitudes inadecuadas, sobre todo cuando
el alumno se encuentra fuera del establecimiento, tanto con su uniforme como sin él.
13. Presentar un mal comportamiento en las visitas pedagógicas, en los paseos de curso y en los
vehículos de transporte.
14. Hacer bromas o actos imprudentes que, a juicio de la autoridad, no correspondan a una forma
correcta de actuar.
15. Salir del colegio sin la autorización correspondiente.
16. Tomar el nombre de cualquier persona del colegio, sin su debida autorización.
17. Sustituir o falsificar firmas.
18. Presentar como propios, trabajos ajenos.
19. No cumplir debidamente una sanción.
20. Merecer ser expulsado de la sala de clases o de cualquier actividad en el recinto del colegio
(biblioteca, comedor, camarines, foro, etc.), por actitud o comportamiento inadecuados.
21. No ingresar a clases estando en el colegio.
22. Uso indebido (cuando corresponda) de ropa de calle en el colegio, de tal forma que atente
contra la moral y las buenas costumbres, ejemplo jean day.
23. Faltar el respeto o descalificar a etnias y culturas, manifestaciones culturales, símbolos.
24. Concertar y planificar, con intención de hacer daño, agresiones físicas, (peleas o conatos),
personal y grupal en contra de compañeros o alumnos de otros establecimientos.
“De los procedimientos para las Transgresiones Graves”
a. ADVERTENCIA DE CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: El alumno que incurra en una falta
considerada como transgresión grave de los valores y normas establecidas en el Manual de
Convivencia, deberá firmar junto a su apoderado un compromiso de conducta.
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b. El Compromiso de Conducta tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su apoderado,
se comprometan por escrito a asumir dentro de un plazo prudente las normas de convivencia y
disciplina estipuladas en el Manual de Convivencia y que no han podido ser cambiadas con
llamadas de atención verbales o escritas y entrevistas con su apoderado.
c. El procedimiento de firma de la carta de compromiso de conducta podrá ser tramitado por el
Profesor Jefe, Inspectoría, Convivencia escolar, Unidad Técnico Pedagógica. Se firmarán
quedando en el Registro de Seguimiento Pedagógico.
d. El alumno deberá presentarse junto a su apoderado, para firmar el Compromiso de conducta.
e. El Compromiso tendrá duración hasta que se firme el siguiente paso: Condicionalidad de
Matrícula.
SERÁN FALTAS MUY GRAVES: entre otras
ARTÍCULO N°16
1. Las reincidencias de actitudes negativas y registradas en la hoja de vida del alumno (a).
2. La agresión, ofensa o amenaza de palabra o de hecho (aunque no sea taxativamente explícita) a
directivos, profesores, personal administrativo o de servicios del colegio.
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3. Conocer o intentar conocer ilícitamente las preguntas de una prueba o entregar información
conducente a ello
4. La alteración de cualquiera de los ítemes de un libro de clases, de la libreta de notas o de la
agenda.
5. Fugarse del colegio por primera vez, durante la jornada escolar.
6. Robar o apropiarse de lo ajeno.
7. Presentar documentación falsa.
8. Falsificar la firma del apoderado o de un profesor.
9. Ser sorprendido bajo los efectos de droga, alcohol o cualquier sustancia ilícita en el interior del
establecimiento.
10. Violación de la propiedad pública o privada de cualquier dependencia del colegio.
11. Ser sorprendido portando, distribuyendo, intercambiando, mirando o copiando material
pornográfico.
“De los procedimientos para las Transgresiones Muy Graves”
ARTÍCULO N°17
a. Condicionalidad de Matrícula: El alumno que incurra en una falta considerada como transgresión
muy grave de los valores y normas establecidas en el Manual de Convivencia, deberá firmar junto
a su apoderado una Condicionalidad de Matrícula.
b. La Condicionalidad de Matrícula tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su
apoderado, se comprometan por escrito a asumir dentro de un plazo prudente las normas de
convivencia y disciplina estipuladas en el Manual de Convivencia y que no han podido ser
cambiadas con llamadas de atención verbal o escrita y entrevistas con el apoderado.
c. El procedimiento de firma de Condicionalidad de Matrícula será tramitado por el Inspector
General, Convivencia Escolar. Se firmará el documento quedando la copia en archivo de
Convivencia Escolar.
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d. Para firmar la Condicionalidad de Matrícula el alumno deberá presentarse junto a su apoderado.
e. La Condicionalidad de Matrícula tendrá duración hasta que se firme la Extrema Condicionalidad.
“De las Transgresiones Extremas”
ARTICULO N°18
1. Las reincidencias de actitudes negativas consideradas muy graves.
2. Ser condenado por delitos que le sean impugnados de acuerdo a la ley.
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3. Confeccionar, colocar y/o activar bombas de ruido o humo.
4. Realiza actos que atenten contra una sexualidad sana (acoso sexual en diferentes grados, intento
de violación, ultrajes, insinuaciones deshonestas).
5. Comprobar que ha realizado bulling a algún compañero previa investigación de los profesionales
correspondientes.
De los procedimientos para la Extrema condicionalidad de Matrícula
a. El Inspector General o la Encargada de Convivencia dará aviso al apoderado, quien de inmediato
deberá presentarse al Centro Educativo para ser informado de los hechos y aplicación de la
medida.
b. El procedimiento de firma de la Extrema Condicionalidad de Matrícula será tramitado o podrá
ser tramitado por el Inspector General o Encargada de Convivencia.
c. El apoderado deberá presentarse para firmar la Extrema Condicionalidad de Matrícula.
d. La firma del documento Extrema Condicionalidad de Matrícula el apoderado se compromete a
retirar de manera voluntaria en un plazo prudente al alumno ya que la transgresión grave de los
valores y normas de Convivencia establecidas en el Manual fueron superadas.
“Procedimientos para la Cancelación de Matrícula”
ARTÍCULO N°19
P á g i n a | 27
e. Se Cancelará la Matrícula a un alumno (a) tras haber agotado todas las instancias del Manual de
Convivencia Escolar y un plan de trabajo Personal con el alumno(a).
f. El alumno deberá presentarse junto a su apoderado, para firmar la Cancelación de Matrícula.
g. El procedimiento de firma de la Cancelación de Matrícula será tramitado por el Director del
Colegio
h. La medida y sus fundamentos deben ser notificada por escrito al estudiante y a su apoderado.
i. El estudiante o su apoderado pueden solicitar la reconsideración de la medida al Director: 15 días
desde su notificación.
j. El Director resolverá la solicitud de reconsideración, previa consulta al consejo de Profesores,
quien debe pronunciarse por escrito.
k. El Director, una vez que haya aplicado la medida, debe informar a la SIE, dentro del plazo de 5
días.
“DE LA EXPLUSION”
ARTICULO N°20
Será expulsado el alumno que:
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 Golpee de forma intencionada (dejando lesiones ya sean visibles o no) violentamente, sin
previo estímulo a cualquier persona del Colegio Paula Jaraquemada.
 De forma intencionada cree un accidente para el perjuicio de cualquier miembro o visita al
colegio Paula Jaraquemada.
 Portar cualquier arma que ponga en riesgo la seguridad de los integrantes del Colegio,
hablamos de cuchillo, arma de fuego, manopla, cortapluma entre otras.
 Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas
en el interior del establecimiento educacional.
“de los procedimientos de la Expulsión”
ARTICULO N°21
El alumno será retirado del grupo de niños y se llamará de forma inmediata a su apoderado dando a
conocer el hecho y la sanción que corresponde a este hecho.
Si el apoderado no se presenta el alumno continuará resguardado hasta el término de la jornada y no
podrá ingresar hasta que lo acompañe su apoderado.
“Del compromiso de denunciar delitos que atente en contra de las leyes establecidas en el artículo
anterior.”
ARTÍCULO N°22
La Comunidad del colegio Paula Jaraquemada se comprometen a denunciar cualquier acción u omisión
que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como
lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de
sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones,
las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde
que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del
Código Procesal Penal.
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“Protocolo de actuación”.
1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las
medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad
y respeto por su dignidad y honra.
2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del
establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener
acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad
pública competente.
3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
Sobre PLAN DE TRABAJO para alumnos que manifiesten problemas conductuales
ARTICULO 23°
En la eventualidad de que una alumno(a) presente reiteradamente problemas conductuales y que, a
pesar de habérsele aplicado las diversas categorías del procedimiento de faltas estipuladas en este
Reglamento, no presente cambios positivos, se le aplicará el siguiente procedimiento:
1. El profesor jefe expondrá los antecedentes del alumno frente a Consejo por ciclo.
2. El Profesor Jefe, citará al apoderado para comunicar que el alumno será derivado a Pie,
Departamento Sicosocial o Convivencia Escolar para estudio de caso.
3. Solicitud al apoderado para derivar al alumno a chequeo con un especialista, como por ejemplo,
Psicólogo, Neurólogo, Psiquiatra, Psicopedagogo, Profesor Diferencial u otro según corresponda
(Instituciones Externas).
4. Medidas de manejo ambiental en la sala de clases.
5. Apoyo de apoderado en sala si fuese necesario.
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6. Recomendaciones metodológicas para su aplicación durante el desarrollo de las clases.
7. Según sea el caso se seguirá el conducto de trasgresiones del Manual de convivencia aplicable
por el Inspector General o Encargada de Convivencia.
8. Si las condiciones del caso requieran medidas urgentes, será responsabilidad del Inspector
General, Convivencia Escolar, Director y el Profesor Jefe tomarlas, según corresponda.
Los alumnos que no cumplan con lo establecido en las Normas de Convivencia, podrán recibir las
siguientes sanciones:
ARTÍCULO N°24
 Amonestación verbal o escrita de parte del profesor jefe o profesor de asignatura.
 Anotación negativa en el seguimiento pedagógico del alumno.
 Comunicación por escrito al apoderado.
 Entrevista con el apoderado citado por el profesor jefe o de asignatura.
 Entrevista con el apoderado, profesor jefe o de asignatura apoyado por Inspectoría General o
Convivencia Escolar.
 Suspensión
 Advertencia de condicionalidad de matrícula.
 Condicionalidad de matrícula.
 Condicionalidad extrema.
 No renovación de matrícula para el año siguiente.
 Expulsión del colegio.
De la suspensión de clases: se hará merecedor de esta sanción aquel alumno(a) que, en forma
reiterada, insista en no acatar las normas de convivencia establecidas por el colegio o incurra en un
hecho que haga necesaria la salida inmediata del establecimiento; puede ser de 1 día a un máximo de
5 días prorrogable por una vez. Debe ser realizada por Inspectoría General, de acuerdo a la gravedad
de la falta.
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Para conocer los motivos de la sanción y apoyar las acciones que persiguen y modificar las conductas
que motivaron la suspensión, el apoderado deberá presentarse en el colegio cuando se le cite. Si la
suspensión coincide con un periodo de evaluación, el alumno deberá rendir las pruebas una vez
cumplida la sanción, en horarios y fechas establecidas por la Unidad Técnico Pedagógica.
De la Advertencia y Condicionalidad de matrícula: estas medidas serán resueltas por el Director del
colegio, junto con Inspectoría General y la Encargada de Convivencia Escolar.
Esta decisión busca la modificación de conductas y el bien del alumno(a) y se aplicará a todo aquel
alumno(a) que, de una u otra manera, haya tenido una actitud negativa y reincidente sobre las
normativas de convivencia planteadas por el colegio, como por ejemplo: acumulación de anotaciones
negativas durante el semestre, reiteradas ausencias a clases y/o evaluaciones sin justificación,
suspensión de clases, actos deshonestos, faltas de respeto graves a alumnos y/o personal del colegio,
entre otras. Y que el Plan de Trabajo realizado para el alumno no tenga un buen término.
 De la Extrema Condicionalidad de Matrícula
Se hará merecedor de esta sanción todo alumno(a) que, estando con matrícula Condicional no
demuestre sentido de superación y mejoramiento conductual. También recibirá la misma sanción
todo alumno que tenga participación en algún hecho de violencia, ya sea en la comuna, ciudad o
país, que lesione el prestigio de su Institución Educacional.
 Cancelación de Matricula
Corresponde a la desvinculación del establecimiento educacional, sólo aplicable en caso de especial
gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado el procedimiento estipulado.
Comunica esta medida el Inspector General.
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 Expulsión
Se realizará cuando una conducta atenta directamente contra la integridad física o psicológica de algún
miembro de la comunidad educativa. No será necesaria una instancia previa y se realizará en cualquier
periodo del año.
“Otras medidas”
“alumnos fuera de la sala por decisión del docente”
Esta medida no será parte del acontecer diario del Colegio. Cuando un alumno sea disruptivo en la
clase. El alumno deberá presentarse con su apoderado previa citación del profesor de asignatura que
se encuentre.
El profesor no podrá por su parte dejar alumno a fuera de su clase si el apoderado no se presenta,
debido a la vulneración de derechos de educación continua.
Se volverá a citar el apoderado por segunda vez; si éste nuevamente se ausenta, se citará por tercera y
última vez. Luego se dará aviso a Convivencia escolar o Inspectoría general y se dará cumplimiento el
deber como apoderado a la asistencia solicitada por el colegio.
“Suspensión indefinida con reducción Jornada Escolar”
ARTICULO °25
Medida excepcional que en base a un informe emanado por un profesional competente de la salud,
nos advierta de la necesidad del alumno de acortar su estadía en el colegio. En donde el alumno se
retirará del Establecimiento hasta un horario anterior al término de la jornada.
“Presentarse sólo a rendir evaluaciones”
ARTÍCULO N°26
P á g i n a | 33
La medida será excepcional ya que ha trasgredido todas las normas establecidas en el Reglamento de
Convivencia Escolar y su actuar acreditan un peligro para la integridad de algún miembro de la
Comunidad Educativa, en donde el Plan de trabajo y compromiso del apoderado han sido superadas.
“Suspensión de Graduación”
ARTICULO N°27
Es una medida disciplinaria extraordinaria que será necesaria si un alumno, un grupo o el curso ya sea
de 8° año o 4° medio año 2017, trasgreda las normas de sana de Convivencia Escolar y su actuar
mediato da como resultado una agresión física, sicológica o menoscabo de un miembro de la
Comunidad Educativa, en donde sus disculpas públicas no disminuyen la falta.
“Comportamientos Violentos agrediendo física y verbalmente a cualquier miembro de la Comunidad
Educativa (un episodio o de forma reiterada)”
ARTICULO N°28
El alumno será apartado de sus compañeros por el docente que esté a cargo para realizar la contención
necesaria, mientras se llama al apoderado para asistir al establecimiento.
Un episodio sin reiteración (2 episodios máximo): el alumno será registrado en su hoja de vida y
seguimiento pedagógico y el retiro de la jornada por parte del apoderado o su suplente.
Episodio con reiteración: el alumno será registrado en su hoja de vida y seguimiento pedagógico y el
retiro de la jornada por parte del apoderado o su suplente.
Al tercer episodio será entrevistado formalmente para iniciar un Plan de trabajo, no siendo
impedimento para realizar la sanción de la falta cometida y realizar el procedimiento correspondiente.
“Cambio de Apoderado”
ARTÍCULO N°29
P á g i n a | 34
La Dirección del colegio Paula Jaraquemada A., previa información por parte de Convivencia Escolar, se
reserva el derecho a solicitar cambio de apoderado (titular o segundo apoderado) cuando se
compruebe que éste no cumple con los compromisos asumidos en la firma de conocimiento del
Manual de Convivencia Escolar en donde se detallan los Deberes como apoderado.
“Del Registro de pertenencias del alumno”
ARTÍCULO N°30
En aquellas situaciones excepcionales en que el Colegio por parte de Inspectoría General requiera
realizar el registro de las pertenencias del alumno, sólo se podrá hacer en compañía de un miembro de
la Comunidad Educativa o en presencia del apoderado y el afectado, no pasando a llevar el buen
juicio y no realizar menoscabo del afectado, atentando contra la integridad o la dignidad de él o los
estudiantes. Teniendo en cuenta que es debido a una necesidad del Colegio de velar por la integridad
de él o los integrantes de su círculo cercano (compañeros y profesores).
“Asistencia de Apoderado en sala”
ARTÍCULO N°31
Se solicitara la presencia del apoderado en la sala de clases a petición del profesor jefe, para apoyar la
labor educativa del colegio.
“Entrega de documentos”
ARTÍCULO N°32
Los documentos que pertenezcan a algún alumno del Establecimientos serán entregados al apoderado
oficial por parte de la persona encargada, sin ninguna retención y en el horario de atención definido.
Se hará previa firma de documento que avale dicha entrega.
“Vulneración de Derechos de los Alumnos (as) del colegio Paula Jaraquemada”
ARTICULO N°33
P á g i n a | 35
Primero: cuando se tengan antecedentes visuales o físico que el alumno (as) necesite un diagnóstico
médico y este a pesar de las reiteradas solicitudes no se realice en perjuicio del niño o niña, se dará
aviso a juzgado de familia.
Segundo: Cuando se tenga antecedentes que algún alumno o alumna deba incurrir en un tratamiento
señalado por un especialista y no se esté realizando vía padre, madre, tutor; se dará aviso al juzgado de
Familia para que tome conocimiento de la falta que se está ocurriendo, siempre pensando en el
beneficio de los niños que educamos.
“De los comportamientos no tipificados”
ARTÍCULO N°34
Las sanciones enunciadas en el artículo precedente serán progresivas; sin embargo, la naturaleza de la
falta permitirá a la autoridad pertinente tomar las medidas que estime necesarias.
La calificación definitiva de cualquier acto u omisión, aunque no se hallare explicitado en este
Reglamento, es prerrogativa exclusiva de las autoridades del colegio.
SOBRE LAS SALIDA DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO Nº 35
“De la utilización de la Carta Certificada”
La Carta Certificada se utilizará de forma extraordinaria por parte del colegio, cuando el
apoderado no se presente a pesar de los reiterados llamados vía escrita, telefónica, recado, visita
por parte de nuestra asistente social y la situación indisciplinaría lo amerite y se dará por conocida
la sanción.
P á g i n a | 36
La Unidad de Inspectoría instruye sobre el siguiente procedimiento para abandonar el colegio al
término de las actividades:
1. Los alumnos de kinder serán retirados por los apoderados o transportistas desde el frontis del
colegio.
2. Los alumnos que se retiran solos, harán su salida desde los frontis del colegio, acompañados de
su profesor.
3. Sobre los retiros de alumnos por visitas al médico:
a. Los apoderados deberán abstenerse de solicitar horas médicas para sus pupilos durante su
jornada de clases. Es responsabilidad del padre preveer que su pupilo no pierda actividades
académicas.
b. Los tratamientos médicos que involucren la salida de alumnos en horario de clases, deberán
justificarse a través del carné que acredita las horas concertadas con su médico, en Portería
cada vez que corresponda.
c. Cada retiro de alumno por parte del apoderado del colegio debe quedar registrada en el libro
de salida que se encuentra en portería.
SALIDAS PEDAGÓGICAS
ARTÍCULO N°36
Los alumnos que participen en actividades fuera del establecimiento deben contar obligatoriamente
con la autorización escrita de su apoderado y el uniforme utilizado correctamente, de no ser así no
podrá participar en dicha actividad. Tienen una finalidad pedagógica y complementaria a los
Objetivos de Aprendizaje y estar dentro de la planificación semestral del o los subsectores
comprometidos, para así gestionar los permisos correspondientes en Secretaria Ministerial de
educación. Los estudiantes deberán desarrollar una guía de trabajo debidamente evaluada.
REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO
P á g i n a | 37
ARTICULO N°37
El alumno que represente al colegio en actividades extraprogramáticas en cualquier Área o evento,
deberá evidenciar en su hoja de vida una buena conducta y una actitud positiva frente al trabajo
escolar. La presentación personal debe estar acorde al evento (deportivo o formal).
En el caso que un estudiante presente una conducta reñida con la sana convivencia o un regular
rendimiento escolar, su participación quedará condicionada a un cambio de conducta, firmando un
acuerdo entre Estudiante, Profesor de la disciplina, Inspector o ECE (Encargada de convivencia
escolar), dejando registro y firma en hoja de vida del estudiante.
PASEOS DE CURSO
ARTÍCULO N°38
No están reconocidos como actividades oficiales del Colegio. Por lo tanto, cualquier
organización quedará bajo la exclusiva responsabilidad de los Padres y Apoderados que la
organicen.
GIRA DE ESTUDIOS
ARTÍCULO N°39
Es una actividad complementaria fuera del Establecimiento y la región, la cual se define cada año, para
estudiantes de enseñanza media (desde 1° a 3° medio) agrupados en un total aproximado de 41
alumnos(as), bajo la responsabilidad de tres profesores del establecimiento, sumado a la autorización
de los padres y Apoderados y respetando protocolos de viajes solicitados por el Ministerio de
trasporte, Ministerio de educación, Servicio Nacional de Turismo u otro que corresponda a la actividad.
El objetivo está enmarcado a la Misión de nuestro Colegio declarada en el Manual.
NUESTRA VISIÓN
P á g i n a | 38
ARTICULO 40°
El Liceo Paula Jaraquemada Alquízar tiene como visión educar a los más vulnerables de la comuna
integrándolos exitosamente a un mundo de cambios científicos y tecnológicos, velando por la
formación ética, valórica y la responsabilidad que la sociedad nos demanda.
Nos centraremos en una fuerte dedicación a las artes, ciencias y tecnologías, ya que deseamos
internalizar en nuestros alumnos el amor al trabajo, como una facultad que dignifica y hace crecer
espiritualmente al hombre procurando que valoren y disfruten su trabajo y se destaquen por su
felicidad de aprender y saber propulsar una vida sana y saludable, ocupando provechosamente el
tiempo libre.
Principalmente fomentaremos, el desarrollo de una sana autoestima, una visión positiva de la vida y la
sana convivencia en sociedad como parte del desarrollo humano y de los pueblos; en suma, queremos
lograr mejores personas, mejores ciudadanos.
EVALUACIÓN DIFERENCIADA PARA LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
ARTÍCULO N°41
P á g i n a | 39
Artículo 5: Los estudiantes que presenten algún problema de salud, específico de aprendizaje,
emocional o físico, temporal o permanente (con la certificación adecuada) serán evaluados aplicando
criterios de evaluación diferenciada.
5.1. El establecimiento concibe la evaluación diferenciada como aquellos procedimientos evaluativos
que permiten atender a los estudiantes que presenten alguna limitación, alteración, trastorno y/o
dificultad de aprendizaje, en forma temporal o permanente, que le dificultan significativamente
trabajar en pos de un objetivo.
5.2. La evaluación diferenciada tendrá los siguientes objetivos:
a) Atender a un grupo o a un estudiante, en forma temporal o permanente, que requiera de un cambio
o adaptación en la forma de ser evaluado.
b) Permitir que el estudiante se compare consigo mismo, obteniendo la calificación que merece, en
consideración al esfuerzo y la proporción de sus avances respecto de sus dificultades.
5.3. Los siguientes serán los procedimientos a considerar ante algún caso que requiera de evaluación
diferenciada:
 Un nivel de exigencia de acuerdo a la situación detectada
 El instrumento o procedimiento utilizado debe presentar una complejidad distinta en su diseño
y construcción que la del instrumento estándar, es decir con las adecuaciones necesarias según
las limitaciones y metas fijadas para cada estudiante.
DE LOS ESTÍMULOS Y PREMIACIONES
ARTÍCULO N°42
 Registro de la actitud positiva y destacada en la hoja de vida del estudiante.
 Felicitaciones ante todo el curso de parte de sus profesores.
 Felicitaciones por parte del Director vía carta.
 Reconocimiento ante la Comunidad Educativa durante el año presentándolos en la Asamblea de
los días lunes.
 Reconocimiento en Ceremonias oficiales del colegio
 Otras, que cada profesor jefe o curso le parezca importante de forma interna
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PREMIACIONES
ARTÍCULO N°43
Al finalizar el año lectivo se hará una ceremonia de premiación institucional, para reconocer
públicamente el trabajo que han realizado los estudiantes.
CONSIDERACIONES FINALES
ARTICULO N°44
Cualquier aspecto NO considerado en las Normas de Convivencia Escolar, será resuelto por la Dirección
Previa presentación del Comité de convivencia Escolar del Colegio.
DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO
ARTÍCULO N°45
La difusión del Reglamento se realizará al término e inicio de cada año escolar.
 De cara a la comunidad. Se difundirá en el blog del Colegio Paula
http://paulajaraquemadaalquizar.blogspot.cl/
 De cara a las familias. Se incluirá extracto en la agenda, dípticos informativos en la matrícula,
reuniones de apoderados, murales informativos.
 De cara al personal. Cada estamento tendrá una copia y se realizaran consejos informativos y
de consulta. Correo personal si lo requieren.
 Adicionalmente se encontrará impresos algunos ejemplares en secretaria del colegio.
PROTOCOLOS DE ACTUACION EN DIVERSOS ACONTECIMIENTOS
PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL
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PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO
El Colegio, en conocimiento de la denuncia de sospecha de abuso sexual realizará el siguiente
procedimiento:
 Si una niño(a) relata a un funcionario(a) del Colegio haber sido abusado(a), violado(a) o
maltratado(a) por un FAMILIAR O PERSONA EXTERNA AL COLEGIO, o si el mismo funcionario(a)
sospecha que el o la alumno(a) está siendo víctima de abuso se deberá:
1. Informar inmediatamente a la Encargada de Convivencia Escolar y/o Asistente Social.
2. Citar al Apoderado y/o un Adulto responsable, NO involucrando al posible victimario y de su
confianza, para comunicarle la situación de la estudiante. Se le informa que es responsabilidad
de él/ella hacer la denuncia en Carabineros, Fiscalía, Policía de Investigaciones (PDI). - Se les da
plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am), para demostrar que realizó la denuncia. Se le
explica al adulto que en caso de no querer proceder o de no certificar la denuncia, la primera
persona que se entera de la situación en el establecimiento es quien debe realizar la denuncia.
 Si se trata de una sospecha (observación de cambios significativos en el niño(a), rumores o
comentarios sin certeza acerca de una situación de maltrato o abuso) se realizará la derivación
externa de apoyo Local, comunal o nacional: Red SENAME, OPD, PIB, etc.
 Si se trata de una certeza, es decir, el niño llego con lesiones atribuible a una agresión o el
propio niño(a) relata que ha sido agredido, o la agresión fue presenciada por un tercero, se
pondrán los antecedentes a disposición de la justicia, para lo cual se deben realizar dos
acciones:
a) Requerimiento de protección en los Tribunales de Familia, efectuado dentro de las 48hrs. siguientes
siempre y cuando la familia no garantice la protección y cuidado del niño(a).
b) Denuncia: la realizara la primera persona que escuche el relato del niño(a). Ante carabineros, PDI o
Fiscalía, dentro de las primeras 24 horas.
Es importante considerar que en el caso que existan lesiones, primero se informa a la familia y luego
traslada al niño(a) de inmediato al centro asistencial más cercano para que sea examinado (actuar
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como si se tratase de un accidente escolar, no se requiere de la autorización de la familia, aunque esta
debe ser informada).
Seguimiento
Se realizará seguimiento con el objetivo de conocer la evolución de la situación de abuso pesquisada, a
través de llamados telefónicos, entrevistas, visitas, informes u otros.
 Si un alumno(a) relata a un funcionario del colegio haber sido abusado(a) o violado(a) por un
alumno(a) del mismo establecimiento educacional, o si el mismo funcionario(a) sospecha que
su alumno(a) está siendo abusado(a) por otro alumno(a):
1.- Informar inmediatamente a Dirección o Encargada de Convivencia del establecimiento.
2.- Se determinará si procede llevar a cabo el protocolo o bien realizar un acompañamiento o
seguimiento. Los profesionales competentes entrevistan a las alumnas(os) por separado, pero
simultáneamente, de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de las alumnas
involucradas.
3.- Se cita a los padres, apoderados y/o cuidadores de las involucradas(os) para comunicarles sobre la
información obtenida desde el colegio y se les informa que es responsabilidad de ellos hacer la
denuncia en Carabineros, Fiscalía, PDI si corresponde. - En caso de negarse se les informa que el
colegio la llevará a cabo. - Se les da plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am) para demostrar
que se realizó la denuncia. Si no certifican la denuncia, el director procede a realizarla.
4.- En caso de que no se confirme el abuso se tomará las medidas y sanciones de acuerdo al
Reglamento de Convivencia escolar.
5.- Se llaman a las alumnas(os) y a los padres, apoderados y/o cuidadores para informarles el
procedimiento a seguir y firmar sanción y/o acuerdo correspondiente, así como establecer la
modalidad de seguimiento de la alumna(o), en caso de que permanezca en el colegio. Se solicitará
terapia reparatoria para ambos casos (en caso que Fiscalía no actúe inmediatamente). Si no se realiza
terapia reparatoria tanto a la víctima como al victimario, denunciar a Fiscalía para que ellos realicen
seguimiento de los casos.
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Seguimiento
Se realizará seguimiento con el objetivo de conocer la evolución de la situación pesquisada, a través de
llamados telefónicos, entrevistas, visitas, informes u otros.
IMPORTANTE
INDEPENDIENTE SI SÓLO ES SOSPECHA O SI SE TIENE CERTEZA DEL HECHO DE ABUSO SEXUAL, SIEMPRE
SE DEBE REALIZAR LA DENUNCIA ANTE EL ORGANISMO COMPETENTE ANTES MENCIONADO, PUES DE
NO SER ASÍ, USTED SE CONVIERTE EN CÓMPLICE DE UN DELITO. NO ES EL COLEGIO EL LLAMADO A
SEÑALAR SI HUBO O NO DELITO, SINO LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ESA MATERIA.
PROTOCOLO DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES O URGENCIAS MÉDICAS
Se entiende por accidente escolar, aquél que sufra un alumno en el trayecto al acudir, permanecer y
retirarse del establecimiento escolar, durante el horario que le corresponda, así como también de los
acontecidos durante actividades fuera del recinto de COLEGIO , siempre que éstas sean producto de la
planificación anual docente o extracurricular.
Procedimiento
 En caso de enfermedad del alumno el Colegio avisará al apoderado para el retiro del alumno(a).
 En caso de accidente del alumno el colegio avisará de inmediato al apoderado. Los alumnos
según la gravedad del accidente serán derivados al Servicio de Urgencias, adjuntándose la
documentación respectiva para el uso del Seguro Escolar.
 Según la gravedad del accidente y siempre que el apoderado no pueda acudir o se retrase, el
alumno será llevado al Servicio de Urgencias acompañados por una persona disponible del
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Colegio, adjuntándose la documentación respectiva para el uso del Seguro Escolar e
informando de manera inmediata al apoderado el cual deberá presentarse a la brevedad al
Centro Asistencial en donde queda bajo su responsabilidad.
PROTOCOLO ACCIÓN FRENTE A MALTRATO ESCOLAR
1. DETECCIÓN
Responsable: Integrante de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados,
Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la situación alerta a los responsables.
2. EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN.
Responsable: Directivo, docente que acoge la situación.
3. ADOPCIÓN MEDIDAS DE URGENCIA PARA IMPLICADOS.
Responsable: Inspectoría General
Informar a los padres y apoderados
Derivar atención médica (si corresponde).
Alertar al Comité de Convivencia Escolar y autoridad del establecimiento.
Informar según corresponda: Carabineros, PDI, SENAME, otros.
4. DIAGNÓSTICO DE MALTRATO ESCOLAR.
Responsable: Encargado Convivencia Escolar.
Recepción pautas indicadores de urgencia
Entrevista con los actores clave, reconstrucción de los hechos.
Aplicación Pauta descripción de la situación de violencia escolar.
Elaboración informe
5. PLAN DE INTERVENCIÓN.
Responsable: Equipo de convivencia escolar, Inspectoría general
En relación a los Estudiantes
Aplicación Reglamento de Convivencia Escolar.
Registro psicosocial.
Derivación a red de apoyo.
Acoger y educar a la víctima.
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Sancionar y educar al agresor.
En relación a un adulto
En relación a la víctima o victimario todos los antecedentes deberán ser entregados a la autoridad
pertinente (Carabineros, PDI, Fiscalía entre otros).
6. EVALUACIÓN INFORME FINAL PLAN INTERVENCIÓN.
Responsable: Equipo de Convivencia Escolar
Acciones de seguimiento.
Reunión Equipo de convivencia Escolar
Informe Final a Sostenedor y MINEDUC según corresponda.
INTRODUCCIÓN
En el marco de la nueva ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada y publicada en septiembre
del 2011 por el Ministerio de Educación, se implementa como Política Nacional el abordaje de esta
temática en los establecimientos educacionales chilenos, desarrollando marcos explicativos y un
protocolo de acción ante estas situaciones.
El Colegio cumpliendo con esta disposición de la Ley contra la violencia escolar que busca atender tales
situaciones en los establecimientos educacionales colaborará en darle relevancia y consignar como un
deber del colegio promover la buena convivencia, prevenir y tomar medidas ante situaciones de
violencia, institucionalizar a través de un Comité de Convivencia Escolar la planificación y ejecución de
un plan de gestión.
Objetivos
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1.1 El siguiente manual, tiene como objetivo promover y desarrollar, en todos los integrantes de la
comunidad educativa, los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con
especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión ya
sea entre estudiantes, de un adulto a un menor o de un estudiante a un adulto.
1.2 Establecer protocolos de acción en complemento con nuestro Reglamento Interno, para los casos
de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en
conflicto e implementar medidas reparatorias para los afectados.
1.3 Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención para la sana convivencia escolar,
tales como, talleres de habilidades socio-afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional,
competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto Educativo
Institucional.
2. Conceptualización.
2.1 La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas
se deben.
2.2Estrategias de resolución pacífica en situaciones de maltrato escolar:
Equipo de Convivencia Escolar: El equipo estará compuesto por 3 adultos Encargada de Convivencia
Escolar Profesora Cecilia Gallegos; Psicóloga Claudia Silva y Asistente Social Cintia Galaz. Ellos se
harán cargo de la situación de violencia una vez ocurrida, de modo de actuar simultáneamente con
todos los actores implicados. Los estudiantes no pueden formar parte de estos protocolos de acción,
dado que implicaría exponerlos a situaciones de violencia.
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Esta comisión a través del diálogo, escucha atenta e intereses de los involucrados, indaga sobre una
solución justa. La función de este comité es buscar una solución formativa para todos los involucrados
sobre la base de diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.
El Equipo de Convivencia Escolar tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.
a. Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el establecimiento.
b. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias
del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana
convivencia escolar.
c. Conocer los informes e investigaciones presentados por los encargados de Convivencia Escolar.
d. Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes
relativos a la Convivencia Escolar.
e. Determinar, con alcance general, que tipos de falta serán de su propia competencia y aquellas que
puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del colegio, así como los
procedimientos a seguir en cada caso.
Encargado de Convivencia Escolar: es quien ejecuta de manera permanente los acuerdos, decisiones y
planes del Comité de Convivencia escolar, aplicando eventuales sanciones en los casos fundamentados
y pertinentes.
3. Prohibición de Conductas Contrarias a la Sana Convivencia Escolar
Se prohíbe cualquier acción u omisión que vulnere o atente la sana convivencia escolar. La autoridad
competente investigará, de conformidad a la normativa interna del Colegio, las conductas
consideradas como maltrato escolar, las que están contempladas y explicitadas en nuestro Reglamento
Interno y sancionadas en gradualidad como faltas graves y gravísimas. En estos casos y dependiendo
de su gravedad, se aplicarán las medidas estipuladas, que van desde el registro de anotación,
compromiso escrito, suspensión de clases, condicionalidad de matrícula, no renovación de matrícula,
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hasta la cancelación inmediata de matrícula. Cada procedimiento está debidamente estipulado en el
Reglamento Interno del colegio.
4. Definición de Maltrato Escolar
4.1 Se entenderá como maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o psicológica,
realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de
cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa,
siempre que:
a. Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su
propiedad u otros derechos fundamentales.
b. Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
c. Dificulte o impida de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico, afectivo, intelectual,
espiritual o físico de la persona afectada
4.2 Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
a. Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente a cualquier
miembro de la comunidad educativa.
b. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro
miembro de la Comunidad Educativa.
c. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro
miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de
características personales, etc).
d. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación
económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,
orientación sexual, discapacidad, características físicas o cualquier otra circunstancia.
e. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad
educativa a través de chats, blogs, foltologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores
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que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o
electrónico;
f. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;
g. Realizar insinuaciones, acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de
delito.
5.1 Promoción de la Convivencia Escolar Positiva
En base a lo anterior, la comunidad educativa deberá generar estrategias para promocionar el buen
trato dentro y fuera del aula, por medio de talleres y actividades formativas, recreativas y
psicoeducativas.
Se entenderá por Convivencia Escolar Positiva la coexistencia armónica de los miembros de la
comunidad educativa, que supone una óptima interrelación entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los
estudiantes (Ley de Violencia Escolar N°20.536, Ministerio de Educación).
5.2 Prevención de Violencia Escolar
A nivel de toda la comunidad educativa se generarán estrategias para prevenir la violencia escolar y/o
bullying por medio de talleres y actividades formativas, deportivas y recreativas.
5.3 Detección y atención de Casos de Violencia y Maltrato Escolar:
Se abordarán los casos de Violencia y Maltrato Escolar aplicando un Protocolo de Acción.
6. Medidas y Sanciones Disciplinarias.
6.1 Las medidas y sanciones disciplinarias con su gradualidad (Estipuladas en el Reglamento Interno)
son:
a. Amonestación verbal
b. Registro de la falta en la hoja de observaciones
c. Derivación y seguimiento al Psicólogo educacional
d. Compromiso escrito de cambio conductual
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e. Suspensión de clases
f. Condicionalidad de Matrícula.
g. No renovación de Matrícula para el próximo año escolar
h. cancelación inmediata de matrícula
6.2 Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas
en normas internas, así como en la legislación pertinente.
6.3 Si el responsable fuere el padre, la madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrá
disponer medidas como la obligación de designar un nuevo Apoderado y la prohibición de ingreso al
establecimiento.
7. Criterios de Aplicación.
7.2 Toda sanción o medida debe tener claramente un carácter formativo para todos los involucrados y
para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando
la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la
formación del responsable.
7.3 Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes
criterios:
a. La edad, cargo o funciones de las partes involucradas.
b. La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores tales como:
- La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.
- El carácter vejatorio o humillante del maltratado.
- Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.
- Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.
c. La conducta anterior del responsable.
d. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra.
e. La discapacidad o indefensión del afectado.
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8. Obligación de Denuncia de Delitos.
El Rector del establecimiento deberá denunciar cualquier acción que revista caracteres de delito y que
afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robo, hurtos, abusos
sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar a
Carabineros de Chile, La policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales
competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho.
9. Reclamos
9.1 Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentada en
forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que, a la vez, deberá dar cuenta
a dirección, la que dará aviso al Encargado de Convivencia Escolar, dentro de un plazo de 24 horas a fin
de que se inicie el debido proceso.
9.2 Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
10. Protocolo de Acción Frente a un hecho de Maltrato Escolar
10.1 Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un adulto (docente,
administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso de violencia e identificar a los implicados, es
decir quién cometió la agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de espectadores.
Informar de la situación al encargado del Comité de Convivencia Escolar.
Si la situación de violencia no es observada directamente por el adulto y es informada por el alumno,
ya sea a su familia, al docente o algún Inspector, se derivará el caso al comité de convivencia escolar
quienes investigarán los antecedentes y tomarán las medidas que correspondan de acuerdo al
Reglamento Interno. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y
determinaciones de las sanciones correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor
confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
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10.2 Ayudar y acompañar a quien fue agredido: El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar
protección a la víctima, acompañar en el proceso y darle a conocer que se tomarán las medidas
pertinentes una vez recabados todos los antecedentes para adoptar una solución proporcional a los
hechos. Todas las partes tienen el derecho a ser oídas, de conocer la fundamentación de las decisiones
y la posibilidad de impugnarlas.
En los casos de agresión física personal de enfermería del establecimiento verificará si existe algún tipo
de lesión; de ser así, se llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar lesiones. Si el
afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se
tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto
último ponga en peligro su integridad. El funcionario agredido deberá hacer la denuncia
correspondiente y constatar lesiones, si corresponde.
10.3 Constancia escrita: De cada acción y resolución deberá quedar una constancia escrita en archivo
de Dirección, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a
dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación.
PROTOCOLO EN CASO DE EMBARAZO ESCOLAR
El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la situación de
embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan y aseguren la permanencia de estos estudiantes
en nuestro colegio.
Derechos de los alumnas/os en caso de embarazo escolar
1. Los/as alumnos/as tienen derecho a ser escuchados, acogidos, orientados y tratados con respeto
frente a su situación de embarazo y paternidad.
2. Los/as alumnos/as tendrán derecho a contar con un profesor jefe quien supervisará: las
inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios de salida para amamantamiento y controles de
salud y la elaboración e implementación del calendario de evaluación, resguardando el derecho a la
educación de los alumnos.
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3. La estudiante embarazada adolescente y el padre adolescente, tendrán permiso para concurrir a las
actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas
con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.
4. La alumna tiene derecho adaptar su uniforme escolar del establecimiento a su condición de
embarazo.
5. La alumna embarazada tendrá derecho a salir de la sala a ingerir alimentos, de acuerdo a lo que su
estado requiera.
6. La alumna embarazada tiene derecho a solicitar cambio de sala en cualquier etapa de su embarazo.
Justificando con certificado extendido por un el especialista que la atiende. Dicha solicitud será
evaluada por la Dirección del colegio, teniendo en cuenta toda la información presentada en el caso.
7. La alumna embarazada tiene derecho a ser atendida en enfermería cuando ella lo requiera.
8. La alumna tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo, para esto puede salir del
colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime conveniente. Esto corresponderá como
máximo, a una hora de su jornada diaria de clase, sin considerar el tiempo de traslado. Este horario
deberá ser comunicado formalmente por el apoderado a la dirección del colegio durante la primera
semana de ingreso posterior al parto.
9. Durante el periodo de lactancia, la alumna tiene derecho a salir de la sala a sacarse leche en
enfermería cuando lo estime necesario.
10. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado
específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el colegio dará, a la madre
adolescente, las facilidades pertinentes.
Deberes de los alumnas/os en caso de embarazo escolar
1. En su calidad de alumna embarazada adolescente y del padre adolescente, deben tener claro que
serán tratados con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a las exigencias
académicas, conductuales y normativas.
2. La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada y eximida de la
actividad física en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida de la actividad física hasta
que finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el médico
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tratante, podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna deberá realizar trabajos
alternativos designados.
Deberes del profesor jefe:
1. Ser un intermediario y nexo entre alumna/o y profesores de asignatura para organizar la entrega de
materiales de estudio y evaluaciones; supervisar e informar a Dirección y Coordinación Académica el
cumplimiento de los docentes en todos los sectores.
2. Supervisar las inasistencias; revisar que se registren los certificados en el libro y se archiven en la
carpeta individual del(a) estudiante, cuando corresponda.
3. Entregar apoyo pedagógico especial, supervisar entrega de materiales de estudio, supervisar entrega
de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario, supervisar la entrega de guías de
aprendizaje. Este apoyo se dará mientras los alumnos se ausenten por situaciones derivadas del
embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, lo que
deberá ser acreditado por certificado médico.
Derechos del apoderado:
1. Cuando el apoderado informe de la situación de su hija, el director/a informará sobre los derechos y
obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del colegio. El apoderado firmará la
recepción de la información.
2. El colegio deberá entregar al apoderado todas las facilidades para que se comunique con su hija
embarazada mientras se encuentra en el colegio.
3. El apoderado de la alumna embarazada tiene derecho a solicitar cambio de sala en cualquier etapa
de su embarazo. Justificando con certificado extendido por un el especialista que la atiende. Dicha
solicitud será evaluada por la Dirección del colegio, teniendo en cuenta, toda la información
presentada en el caso.
Deberes del apoderado:
1. El apoderado/a deberá informar a la Dirección del colegio la condición de embarazo, maternidad o
paternidad del estudiante. El apoderado de la alumna embarazada tiene el deber de informar al
profesor jefe los datos del médico tratante, hospital o clínica que la atiende, tipo de previsión,
números de emergencia, y apoderado suplente.
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2. El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su
consentimiento para que el/la alumno/a asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias
que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la salida o la
ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase.
3. El apoderado tiene el deber de informar al establecimiento sobre cualquier tratamiento
medicamentoso asociado al embarazo de la alumna, siendo ellos responsables de la administración de
dicho medicamento.
4. Cada vez que el/la alumna se ausente, el apoderado deberá entregar al establecimiento el
certificado médico. Además deberá solicitar entrevista con el profesor jefe, para la entrega de
materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el
colegio cumpliendo con su rol de apoderado/a.
5. El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en
condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra
persona.
6. Respetar y cumplir todas las instancias explícitas en este protocolo, incluyendo el respeto a la
comunidad, y hacia sus propios hijos, establecido en el Manual de Convivencia Escolar.
De los procedimientos y registro de la evaluación y asistencia del alumno/a:
1. Si el/la estudiante se ausenta por más de un día, debido a alguna razón derivada de su situación de
maternidad o paternidad, es el apoderado/a del alumno, quien debe avisar de la inasistencia y hacerse
responsable del retiro de materiales de estudio de cada día.
2. Respecto a los horarios de ingreso y salida, se flexibilizarán, siempre y cuando éstas sean
debidamente justificadas por el apoderado, en forma personal.
3. Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de el/la estudiante. Para esto, el
profesor que corresponda deberá registrar en el libro de clases y Portería en el Libro de Salida.
4. El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada vez que falte a clases
por razones asociadas al embarazo, maternidad y/o paternidad. El profesor jefe deberá verificar que en
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forma regular en caso de inasistencias se especifique que se presentó el carné de salud o certificado
médico.
5. Los certificados médicos serán recepcionados por el profesor jefe, quien los deberá entregar a
Inspectoría para ingresarlos al Sistema.
6. El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación flexible, en tanto la situación
de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. Este
sistema de evaluación flexible será ejecutado por Coordinación Académica y la jefatura del curso
correspondiente y se ajustará al reglamento oficial del Ministerio de Educación garantizando el logro
de aprendizajes y objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio.
7. El sistema de evaluación flexible con el que se evalúa al alumno/a considera aplicar trabajos de
Investigación, cuestionarios, guías de trabajo, presentaciones, etc.
8. Cada vez que la alumna/o se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto,
control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico o
carné de salud, podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones, con la misma exigencia de sus
compañeros(as), esto es, el 60%.
9. El/la estudiante tiene derecho a ser promovido/a de curso con un porcentaje de asistencia menor a
lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos
tratantes, consten en el carné de control de salud y cumplan con los requisitos de promoción
establecidos en el reglamento de evaluación.
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN BULLYING
El bullying es uno de los tantos comportamientos violentos que se genera en el área escolar,
denominado también como intimidación, acoso u hostigamiento entre pares, siendo la amenaza
sistemática que un estudiante, o un grupo de ellos, realiza a otro estudiante hombre o mujer.
De acuerdo a la Ley de Violencia Escolar “Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión
constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento
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educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante,
valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que
provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de
carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o Cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y
condición”.
La mayoría de estas situaciones ocurren preferentemente cuando los profesores, padres, madres y
adultos no están presentes, en el recreo, cambio de hora, a la salida del colegio, baños, chats, entre
otros. En este sentido, se hace relevante identificarlo adecuadamente para intervenir de manera
oportuna. En el marco de la nueva ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada y publicada en
septiembre del 2011 por el Ministerio de Educación, implementa un Protocolo de acciones preventivas
y remediales ante estas situaciones.
MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EL BULLYING
RESPONSABILIDADES: Encargados de Convivencia lideran acciones en relación a la prevención y
resolución de situaciones de hostigamiento entre pares. Este trabajo se realiza junto al Equipo
Directivo, Equipo Sicosocial, Profesor Jefe, Equipo Pie, Profesores de Asignatura, Padres y Estudiantes,
según se requiera.
GESTIÓN PREVENTIVA:
a) Equipo de Convivencia: Liderado por Encargada de Convivencia, está compuesto por Encargada de
Convivencia Escolar Psicóloga y Asistente Social . Este dispositivo busca que en el Colegio Paula
Jaraquemada A. se promuevan y generen acciones que faciliten la existencia de una buena convivencia
escolar.
b) Existe un Reglamento de Normas de Convivencia establecido, claro y conocido por todos los
estudiantes.
c) Comunidades de curso: Cada curso establece sus Acuerdos de Convivencia y Objetivos a trabajar
durante el año, los cuales son revisados al fin de cada semestre. Esto se realiza en las Jornadas de
Convivencia y las Jornadas de Objetivos y Metas, programadas cada año en el establecimiento de
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manera simultánea en cada curso. Todo esto bajo el marco regulatorio del Manual de Convivencia del
colegio.
d) Unidades de orientación trabajadas hasta 1º Medio.
-Habilidades socio afectivas, la cual tiene por objetivo desarrollar habilidades interpersonales, que
permiten establecer y fortalecer los vínculos con otros.
Formación ciudadana, la cual busca guiar la formación ético-cívica de nuestros estudiantes, a través del
desarrollo de actitudes de aceptación de la diversidad, respeto por las diferentes opiniones, tolerancia,
entre otras.
e) Utilización del Modelo de Resolución de Conflictos compartido con la Comunidad Educativa.
f) Se socializa con los estudiantes, a través de la agenda escolar y del espacio de orientación, los
procedimientos frente a situaciones de violencia y Bullying.
g) Evaluación clima de aula a través de Jornadas de Convivencia.
h) Derivación a especialista, en caso de observarse conductas que obstaculicen el establecimiento de
relaciones interpersonales armónicas entre pares.
i) Seguimiento y evaluación de integración de estudiantes nuevos al grupo curso.
j) Entrevista a apoderados: Los padres y apoderados tienen la posibilidad de plantear sus dudas e
inquietudes, por conductos regulares claros, expeditos, simples y que son conocidos por todos.
Además el colegio promueve que las familias de los estudiantes mantengan una actitud receptiva con
las sugerencias, preocupaciones, dudas e inquietudes que el colegio tenga sobre el estudiante.
k) Actividades de formación para padres en reunión de apoderados, para facilitar la detección y
manejo de situaciones de bullying u hostigamiento.
l) Capacitación constante a profesores para la detección y manejo de situaciones de bullying.
m) Permanente observación de clases por el Equipo Directivo del establecimiento.
n) Estudios de casos individuales y de grupos cursos en espacio de Reflexión pedagógica.
o) Durante los recreos hay sistemas de turnos con adultos responsables, de modo que siempre exista
resguardo de la seguridad de los estudiantes.
p) Resguardo de los accesos a las diferentes dependencias del establecimiento.
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El adulto debe informar de inmediato la situación al Profesor jefe y Psicóloga del ciclo para coordinar
las acciones.
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PROTOCOLO EVACUACIÓN FRANCISCA COOPER
OBJETIVO GENERAL
Asegurar la seguridad de los miembros del Colegio ejercitando los procedimientos de seguridad,
protección, desplazamiento y autocontrol ante cualquier emergencia o catástrofe.
DE LA SEGURIDAD
1. EN LAS SALAS DE CLASES
1.1. Verificación que en las salas de clases como en otras dependencias del Colegio las puertas se
encuentren en condiciones de ser abiertas hacia fuera.
1.2. En las salas de clases u otras dependencias un cartel que indique las ZONAS DE SEGURIDAD
correspondientes.
1.3. Colocar en cada dependencia del Colegio letreros que indiquen las acciones a seguir por las
personas que se encuentren en ellas durante una emergencia.
2. SEGURIDAD FUERA DE LAS SALAS DE CLASES
2.1. Mantener un listado de números telefónicos de Emergencia en Dirección, Inspectoría, Secretaría y
otras dependencias de tránsito de profesores.
2.2. Mantener en buenas condiciones los elementos de seguridad necesarios (Extintores, Botiquín,
Camilla, Escaleras, etc.).
2.3. Definir y demarcar las ZONAS DE SEGURIDAD con las que cuenta el Colegio.
2.4. Definir y demarcar las VÍAS DE ESCAPE
2.5. Confeccionar el plano del Establecimiento, indicando las Vías de Evacuación hacia las zonas de
seguridad correspondientes.
2.6. Emplear adecuadamente el sistema de alarma (campana, timbres y/o megáfono).
2.7. Informar y adiestrar a todo el personal de Establecimiento.
2.8. Organizar los equipos de alarmas (interior y exterior). Abrir puertas o rejas, corte de energía
eléctrica y artefactos, camilleros, primeros auxilios, etc.
2.9. Realizar ejercicios de ensayo de evacuaciones.
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3. PRACTICAS DE EVACUACIÓN
3.1. Se realizarán prácticas de evacuación semestrales.
3.2. Se realizarán ejercicios de evacuación de tres tipos, a saber: con conocimiento de todo el personal;
con conocimiento de la Dirección, Inspectoría, Administración, auxiliares, profesores y alumnos y con
conocimiento sólo de la Dirección e Inspectoría.
3.3. Al darse la Alarma, durante un recreo, los alumnos que se encuentren sin Profesor, deberán
dirigirse de forma inmediata a su Zona de Seguridad.
3.4. Al darse la Alarma, durante las clases, los Profesores ordenarán que los niños se ubiquen debajo de
las mesas posteriormente una vez que se dé la orden los alumnos bajaran a sus Zonas de Seguridad de
forma ordenada.
3.5. Al darse la Alarma, durante el almuerzo, los Profesores y personal a cargo ordenarán la evacuación
inmediata de los alumnos a su Zona de Seguridad.
3.6. El alumno(a) que se encuentre más cerca de la puerta, la abrirá lo más rápidamente posible.
3.8. Por ningún motivo los estudiantes deberán ordenar lo que hay en sus mesas, demorarse,
colocándose alguna prenda de vestir o devolverse en búsqueda de cualquier cosa que se le haya
olvidado o caído.
3.9. El trayecto hasta la Zona de Seguridad debe realizarse: sin gritar o hablar con paso firme y rápido,
pero sin correr. Al bajar una escalera deberán hacerlo tomados del pasamanos.
3.10. Durante un procedimiento de evacuación el Profesor debe siempre controlar y supervisar que las
normas antes definidas, se cumplan.
3.11. El Profesor es el último en abandonar la sala de clases, con el respectivo Libro de Clases.
3.12. Tanto los alumnos como las demás personas que se encuentren participando de un
procedimiento de evacuación, deberán permanecer en sus Zonas de Seguridad hasta que, un Profesor
indique el paso a seguir (evacuación total del Colegio o retomar las actividades correspondientes).
3.13. La Inspectoría estará a cargo de dirigir la evacuación del Colegio, dará a conocer las
irregularidades presentadas y comunicará las instrucciones necesarias para corregir los errores en los
futuros procedimientos de ensayo.
P á g i n a | 62
3.14. Una vez finalizado el ensayo de evacuación se procederá a dar a los Profesores la autorización
para el reingreso a las salas. Una vez recibida la autorización, el Profesor conducirá a los estudiantes
de forma rápida a la sala correspondiente para continuar con sus actividades.
4. DE LA EVALUACION DE LAS PRÁCTICAS DE EVACUACION.
4.1. Toda práctica de evacuación del Colegio deberá ser evaluada.
DE CÓMO ACTUAR EN CASO DE SISMO
ANTES DEL SISMO
5.1. Revisar periódicamente el Colegio para detectar los lugares inseguros.
5.2. Definir las Zonas de Seguridad en el interior de las salas y otras dependencias (paredes, cadenas de
muros, pilares, bajo vigas, etc.).
5.3. Definir las Zonas de Seguridad en el exterior de las salas (que ofrezcan una mayor seguridad que la
sala de clases).
5.4. Determinar la Vía de Evacuación entre cada una de las dependencias y la Zona de Seguridad
correspondiente a esa sala.
5.5. Realizar Ensayos de Evacuación para familiarizar a los estudiantes con el recorrido.
DURANTE EL SISMO
5.6. Los docentes deben mantener la calma y alertar al estudiante que esté más cerca de la puerta
para que la abra.
5.7. De aumentar la intensidad, el docente debe pedir a los estudiantes que salgan de bajo las canoas
de los tubos fluorescentes y se paren juntos apoyados en la pared del fondo de la sala.
5.8. Los alumnos que se encuentren en el laboratorio deberán con la supervisión del Profesor, cortar
el suministro de gas de los mecheros, antes de dirigirse a su Zona de Seguridad.
5.9. Los alumnos deben esperar en su sala, en forma ordenada, hasta que el movimiento sísmico
termine para luego proceder a evacuar la sala.
5.10. Durante el sismo tanto los Profesores (as) como estudiantes deberán mantener la calma y mirar
hacia el cielo para prever la caída de trozos del cielo raso como de los tubos de iluminación.
Manual  de convivencia escolar paula jaraquemada y protocolos corregido
Manual  de convivencia escolar paula jaraquemada y protocolos corregido
Manual  de convivencia escolar paula jaraquemada y protocolos corregido
Manual  de convivencia escolar paula jaraquemada y protocolos corregido
Manual  de convivencia escolar paula jaraquemada y protocolos corregido
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  • 1. P á g i n a | 1 ESCUELA PAULA JARAQUEMADA ALQUIZAR R.B.D Nº 25711-7 P A I N E
  • 2. P á g i n a | 2 NORMAS CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA PAULA JARAQUEMADA ALQUIZAR Introducción El presente Reglamento de Convivencia se aplicará en el Colegio Paula Jaraquemada Alquízar de Paine. Ha sido aprobado por la dirección del establecimiento, quien ha consultado al Consejo General de Profesores, al Centro General de Padres y Apoderados y al Alumnado para su discusión, análisis y aprobación. EL COLEGIO, a través de las Normas de Convivencia explicita un conjunto de conductas deseables para la Comunidad, conducentes a la generación de un ambiente de mutua aceptación y en el cual se reconozcan valores y actitudes como patrimonio propio, socializadamente aceptado y marco de referencia para la actuación individual y colectiva. Los alumnos deben empeñarse en asumir como propias y válidas dichas normas evitando su trasgresión, no solamente por el beneficio de ellos mismos, sino por la de sus pares. Las actitudes y conductas contrarias a la sana convivencia, la alteración del equilibrio del clima necesario para la actividad educativa en el aula, las faltas de honestidad, de respeto a compañeros y profesores, rasgos de violencia y otras conductas inadecuadas no pueden tener cabida en el Colegio Paula Jaraquemada Alquízar. Quienes no estén dispuestos a reconocer lo que la comunidad valora y a lo que legítimamente aspira deberán buscar otros espacios. El colegio Paula Jaraquemada tiene como MISIÓN favorecer el desarrollo personal del estudiante en todas sus dimensiones a través del conocimiento integral y la riqueza del crecimiento personal permitiendo generar un ambiente propicio al aprendizaje en donde se vivencien los valores fundamentales.
  • 3. P á g i n a | 3 NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR I. OBJETIVOS ARTICULO 1° El presente Reglamento de convivencia Escolar tiene los siguientes objetivos: 1. Regular el quehacer educativo en materia de convivencia escolar, en concordancia con la legislación vigente y el Proyecto Educativo Institucional (Normas de convivencia) 2. Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa el respeto por los principios y valores que construyen una sana convivencia escolar. (Sujetos de derechos y deberes). 3. Establecer Protocolos de Actuación para faltas a las Normas de Convivencia y Acoso Escolar entre otras, buscando el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto. 4. Impulsar acciones de prevención, que promuevan la participación de los estudiantes y sus familias en actividades colectivas de sana competencia y participación extra- programática (deportes, eventos, artísticos y comunitarios. (Plan de Gestión) 5. Trabajar los Objetivos de Aprendizaje Transversal, desde las diferentes materias e instancias educativas, para potenciar el desarrollo integral de los estudiantes. 6. Generar canales de comunicación rápidos y efectivos con los alumnos y su familia.
  • 4. P á g i n a | 4 II. CONCEPTOS ARTICULO 2° 1. Convivencia Escolar (Ley Nº 20.536, Artículo 16 A): Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los Objetivos de Aprendizaje Transversal y es una responsabilidad compartida con toda la Comunidad Educativa del colegio. 2. Reglamento, Normas de Convivencia escolar. Documento escrito que regula el accionar de los estudiantes y los demás estamentos al interior del centro escolar. Es un instrumento de gestión, de carácter formativo, que promueve el desarrollo personal y social de los estudiantes, contemplando, al mismo tiempo, a los demás actores de la Comunidad Educativa. 3. Maltrato/Acoso Escolar o Bullying (Ley Nº 20.536 Artículo 16 B). Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado y que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. Tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia i. Se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.
  • 5. P á g i n a | 5 4. Agresividad. Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica, necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia. 5. Conflicto. Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia. 6. Violencia. Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas: i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; ii. El daño al otro como una consecuencia. Entre las manifestaciones de violencia se encuentran: 7. Violencia psicológica incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación sobre la base de la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying. 8. Violencia física. Es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.
  • 6. P á g i n a | 6 9. Violencia sexual. Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc. 10. Violencia por razones de género. Son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro. 11. Violencia a través de medios tecnológicos. Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, Whatsapp, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales. 12. Apoderado: Persona mayor de edad, que representa ante el Colegio Paula Jaraquemada Alquízar a uno o más alumnos, en toda su calidad natural o jurídica, de acuerdo a las normas del presente reglamento. 13. Apoderado Suplente: Persona mayor de edad, que secunda al Apoderado, en caso de ausencia de éste y lo reemplaza en caso de pérdida momentánea o definitiva de su calidad de apoderado. 14. Padre(s): Padre(s) del alumno que debe cumplir cabalmente su rol de integrante de la comunidad educativa y acatar el presente reglamento. Tiene al igual que el apoderado facultad para ver a su hijo y para informarse de su situación académica y conductual. Toda prohibición
  • 7. P á g i n a | 7 que tenga de ver con las razones antes señaladas las deben dictar los Tribunales de Justicia competentes. 15. Pupilo: Alumno representado por el apoderado y/o apoderado suplente. 16. Comunidad Escolar: Todos los integrantes que de algún modo interaccionan directamente con el Colegio. Entre las técnicas de resolución de conflictos tenemos las siguientes: a.La negociación. Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un profesor y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las partes. b. El arbitraje. Es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la situación planteada. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica en relación con la experiencia vivenciada en el conflicto. c. La mediación. Es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador
  • 8. P á g i n a | 8 adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso III.CONSIDERACIONES PREVIAS ARTICULO 3° 1. Las Normas de Convivencia escolar del colegio Paula Jaraquemada del año 2016, han sido revisadas por Unidad de Convivencia Escolar, los Departamentos, Inspectoría, Dirección y consensuadas con el Consejo Escolar en el mes de marzo del presente año, para ser aplicadas en el período lectivo 2017. 2. El Colegio Paula Jaraquemada, genuinamente ha sido un colegio integrador de realidades diversas, por ello hemos optado por trabajar con la inclusión de niños con necesidades educativas especiales permanentes y transitorias a través del proyecto de educación PIE. 3. Todos los miembros de la comunidad del Colegio Paula Jaraquemada deben colaborar entre sí, para lograr que las relaciones interpersonales sean armónicas y prósperas. 4. El colegio designa como Encargada de Convivencia Escolar (ECE), a la profesora Cecilia Gallegos Retamal, a quien corresponderá desarrollar la función propia del cargo y las que le asigne Dirección.
  • 9. P á g i n a | 9 III. SOBRE LA RELACIÓN PROFESOR-ALUMNO ARTICULO 4º La relación entre Docente y Alumno deberá regirse sobre la base de un proceso educativo integral y armónico, en que ambos son actores imprescindibles e insustituibles en la acción educativa. Por tanto, deben tener presente que: 1. El Docente es el responsable que guía, asesora, diagnostica, planifica, motiva, orienta, supervisa y evalúa el proceso educativo del alumno(a). 2. El alumno(a), sujeto y destinatario de la educación, debe participar activamente en su propio proceso educativo, aprovechando y respetando la experiencia y conducción de su profesor. 3. La comunicación entre ambos debe ser fluida, participativa, oportuna y respetuosa. 4. El profesor(a), en todo momento, debe educar con el ejemplo personal 5. El profesor (a) y el alumno(a) se deben mutuo respeto, comprensión y tolerancia frente a sus capacidades y limitaciones, entendiendo que ambos son humanos perfectibles. 6. Dentro de la sala de clases los alumnos(as) deberán mantener, en todo momento, una actitud de escucha activa, silencio y respeto hacia el profesor(a) y sus compañeros(as). 7. El profesor debe firmar todas las comunicaciones que envía y recepciona de parte del apoderado. IV. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO Se entiende como derechos y deberes del alumno, toda norma que contenga este Reglamento de Convivencia del Colegio Paula Jaraquemada A, de manera que al momento de matricular al alumno, él acepta y respeta cada uno de los Artículos que en éste se mencionen, incluyendo los DERECHOS Y DEBERES de los Padres y Apoderados.
  • 10. P á g i n a | 10 De los Derechos ARTÍCULO 5° 1. Los alumnos tienen todo el derecho a ser escuchados, tratados y aceptados según las normas internacionales de los Derechos del Niño; sin embargo, para este Reglamento de Convivencia, se nombrarán sólo los derechos correspondientes a situaciones internas que tengan relación directa con el servicio educativo que ofrece la institución y con el proceso enseñanza aprendizaje, institucionalizado por el Proyecto Educativo Institucional del Colegio Paula Jaraquemada A. 2. Todo alumno tiene derecho a elegir a sus representantes para el Subcentro de alumnos de su curso. Los alumnos tienen además el derecho de elegir democráticamente a sus representantes del Centro de Alumnos del Colegio Paula Jaraquemada. 3. Todo alumno deberá ser escuchado en caso de acusación en su contra, ante la debida autoridad educativa, haciendo usos de descargos verbales o por escrito. 4. Todo alumno tiene derecho a ser custodiado y resguardado ante posibles daños físicos ocurridos dentro o fuera del recinto escolar y que tenga relación con actividades lectivas del Colegio. 5. Todo alumno tiene derecho a solicitar entrevistas con cualquier miembro funcionario de la comunidad escolar, para cuyo efecto dispondrá de horarios y conductos regulares, de tal forma que cumpla la reunión o cita en un plazo no superior a cinco días hábiles. 6. Todo alumno tiene derecho a ser atendido en caso de accidente Escolar y ser derivado al Sistema Nacional de Servicio de Salud, según el Decreto 41/85. Sin embargo y sin perjuicio de lo anterior, el apoderado titular o suplente podrá decidir el traslado de su pupilo a otro centro asistencial bajo su exclusiva responsabilidad y costo.
  • 11. P á g i n a | 11 7. Todo alumno tiene derecho a que se le entregue excelencia en el servicio educacional y la oportunidad de ocupar todas y cada una de las dependencias del Colegio habilitadas para ellos en los horarios y circunstancia que el Colegio determine y bajo la supervisión de los funcionarios o docentes encargados. DE LOS DEBERES ARTÍCULO 6° 1. Dentro de la sala de clases, los estudiantes deben mantener en todo momento, una actitud de silencio, atención y respeto hacia el (la) profesor(a) y sus compañeros(as), escuchándolos atentamente y pidiendo la palabra para opinar o solicitar algo. 2. Vivenciar y testimoniar la educación que se le imparte. 3. Respetar a todas las personas sin hacer diferencias personales, sociales y/o culturales. 4. En horario de clases los alumnos no pueden permanecer fuera de sus salas de clases, salvo por situaciones de fuerza mayor y debidamente informadas a algún inspector. 5. Respetar símbolos patrios y del colegio. 6. Utilizar lenguaje oral, escrito y gestual claro y formal para relacionarse y dirigirse a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 7. Cumplir con materiales, tareas, trabajos, responsabilidades y compromisos escolares. 8. Participar respetuosamente en las clases de religión. 9. Dar buen trato a los útiles e infraestructura del colegio. 10. Cuidar el mobiliario y espacios de trabajo, manteniéndolos limpios. No está permitido rayar, escribir, pintar y/o pegar autoadhesivos en bancos, sillas, muros, pisos, vidrios, pasillos, baños, casino, etc. 11. Reponer o cancelar la pérdida o el deterioro de textos, mobiliario, vidrios, material didáctico u otro bien material, dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles a través de sus padres o apoderados.
  • 12. P á g i n a | 12 12. Responsabilizarse de sus útiles escolares, libros, vestuarios, dinero y otros objetos personales. 13. El colegio no responderá por las pérdidas de objetos como teléfonos, tablet, joyas, dinero u otros no solicitados. 14. No ingresar a la jornada escolar con aparatos tecnológicos como tablet, MP4 u otro objeto, excepto si los pide el profesor. 15. Mantener una conducta recatada en las manifestaciones de afecto, dentro y fuera del colegio vistiendo el uniforme. 16. Las fotografías y grabaciones audio-visuales dentro del establecimiento no están permitidas. En caso de llevarse a cabo, estas sólo se realizarán con fines educativos y a petición de un docente. 17. Cumplir con el Reglamento de convivencia escolar. 18. No está autorizado el uso de teléfonos móviles. En caso de que esto no se acate, el teléfono será retenido hasta que lo retire el apoderado. En ningún caso el colegio se hace responsable de la pérdida de teléfonos. En el caso de verificarse el estado de embarazo o maternidad de una alumna, el apoderado deberá comunicárselo al profesor jefe, el cual comunicará al Dirección del colegio. En donde se entrevistará con el apoderado, la alumna, profesor jefe, encargado de Convivencia y Director. Se le proporcionará atención especial orientando al Proyecto educativo; así mismo se le entregará facilidades pertinentes para que termine su año escolar.
  • 13. P á g i n a | 13 V. SOBRE EL PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO ARTÍCULO 7° Con los esfuerzos de todos los integrantes del Centro Educativo y el compromiso y apoyo incondicional de los Padres y Apoderados aspiramos a formar:  Un alumno educado en los valores que el colegio, la familia y el medio social demandan.  Un estudiante con un desarrollo intelectual de sus capacidades y competencias que le permitan realizarse plenamente de acuerdo con su proyecto de vida.  Un alumno que se identifique con su Colegio por lazos afectivos y sentimientos duraderos de pertenencia que lo induzcan a participar de sus actividades y eventos con alegría.  Un estudiante que se relacione afectivamente con sus profesores y aprecie en su hacer y quehacer la importancia de esta relación. VI. SOBRE EL HORARIO, LA ASISTENCIA Y LOS ATRASOS ARTÍCULO 8° NIVEL HORARIO DE INGRESO Y SALIDA PRE-BASICA  PRE-KINDER, desde las 8:10 a 15:15 hrs.  KINDER, desde las 8:10 a 15:20 hrs. BASICA Primero a Octavo año, lunes a jueves a desde 8:10 horas 15:40 horas. Día Viernes 8:10 a 14:05 horas. MEDIA Primero a tercero medio, desde 8:10 horas hasta 16:25, días lunes, miércoles y jueves. Día martes salida 15:40 horas. Día viernes salida 14:50 horas
  • 14. P á g i n a | 14 ASISTENCIA E IMPLICANCIAS ARTÍCULO 9° 1. Las inasistencias deberán ser justificadas exclusivamente por el apoderado en forma escrita a través de una comunicación en la respectiva agenda, posteriormente se registrará en el libro de clases. Todo alumno que falte a clases tiene la obligación de presentar el justificativo al profesor o inspector de la primera hora de clases. 2. Los certificados médicos deben ser entregados en Portería para su archivo. 3. Los porcentajes de asistencia para mantener matrícula debe superar el 85% permitido. ATRASOS E IMPLICANCIAS ARTICULO 10° 1. La asistencia y puntualidad, es uno de los aspectos de formación del carácter de los alumnos que se debe desarrollar y educar, por constituir rasgos de significativa relevancia en el desenvolvimiento presente y futuro, debiendo demostrarlas diariamente en sus conductas: Llegando al colegio, a más tardar, a las 8:10 horas jornada mañana. Estando puntualmente en la sala al inicio de cada clase. 2. El Colegio, a través de sus organismos, será un controlador a la asistencia a clases y puntualidad del alumno. 3. Los atrasos serán debidamente registrados y en caso de reiterarse el alumno deberá presentarse con su apoderado.
  • 15. P á g i n a | 15 Acciones Remédiales para los atrasos 1. Comunicación de citación al apoderado, por acumulación de atrasos. 2. Entrevista apoderado. 3. Registro en hoja de vida del alumno. 4. El alumno que reincida en el hábito del atraso deberá firmar Condicionalidad de Matrícula 5. Toda situación que escape a esta reglamentación será analizada por Inspectoría General, la que decidirá en cada caso. VII.SOBRE EL UNIFORME ESCOLAR Y PRESENTACIÓN PERSONAL ARTICULO 11° Los alumnos de Enseñanza Pre Básica y Básica asistirán a clases a diario con el uniforme oficial del colegio. DAMAS Falda gris, blusa blanca, corbata, calcetas grises, zapatos negro, chaleco gris. VARONES pantalón gris camisa blanca, corbata, zapato negro chaleco gris. • El vestuario deportivo comprende el buzo del colegio y la polera gris de piqué, lo que es entregada por el colegio al apoderado • El vestuario deportivo será usado sólo para clases de educación física o extraprogramáticas, previa autorización del Inspector General. • En época invernal, damas y varones podrán asistir al colegio con parca, abrigo, chaquetón manteniendo el color gris o azul, sin la combinación de otros colores. • Las alumnas sólo época invernal podrán usar pantalón de tela gris. • El alumno se presentará al Establecimiento con su uniforme de manera adecuada, es decir, limpio, ordenado y completo. • Sugerimos marcar en forma legible e indeleble toda prenda de vestir y será exclusiva responsabilidad del alumno el cuidado de sus pertenencias.
  • 16. P á g i n a | 16 PRESENTACIÓN PERSONAL ARTÍCULO 12° El alumno(a) del Colegio Paula Jaraquemada, tiene la obligación de presentarse a sus actividades curriculares con su uniforme escolar descrito, limpio y de forma correcta. NO ESTÁ PERMITIDO: 1. Usar Collares, maquillaje, uñas pintadas, tinturas en el cabello, piercing, aros grandes, aros de color ni cualquier atuendo que no sea parte del uniforme. 2. Peinados ni cortes a estilo “tribus urbanas “o “fantasía”. 3. Los varones deben asistir al colegio con cabello limpio y corto (de forma tradicional). No se permite el uso de aros, expansores, piercing, cadenas, collares ni uñas pintadas, además deben presentarse debidamente rasurados, cuidando la limpieza de la ropa y con el calzado lustrado. No hacer uso de ningún atuendo que no sea parte del uniforme descrito. 4. Las damas deben tener cabello limpio y ordenado; tomándolo u ordenándolo de forma tradicional con trabas o pinches de colores neutros. No pueden usar aros de color, aros grandes, estar maquilladas, tener uñas pintadas o hacer uso de atuendo que no sea parte del uniforme descrito. 5. El uso de aros pequeños sólo es permitido en el lóbulo de las orejas para las damas de la forma tradicional.
  • 17. P á g i n a | 17 6. Los Inspectores deben velar por el cumplimiento de la correcta presentación en el ingreso del colegio, reteniendo lo que no corresponda al uniforme. En el transcurso del horario de clases (aula), es el profesor quien debe supervisar el cumplimiento de esta norma. 7. El alumno(a) que no posea uniforme o una parte de él, deberá, a través de su apoderado, solicitar personalmente la prerrogativa temporal del uso al Inspector General del colegio. VIII. DEFINICIÓN, TIPIFICACION Y PROCEDIMIENTO POR FALTAS AL REGLAMENTO DEFINICION DEFINICIÓN DE LAS FALTAS: ARTÍCULO 13°
  • 18. P á g i n a | 18 LEVES: Son aquellas que producto de una acción incorrecta puede o no perjudicar a un tercero, o causar interrupción y/o molestia a personas del entorno de quienes las comete. El efecto negativo es más bien para el propio alumno, ya que por sí mismo se margina del proceso curricular, afectando de este modo su propio nivel de logros. Las faltas leves implican ausencia de hábitos, lo que puede ser revertido a través del diálogo alumno/colegio y fundamentalmente por intervención de la familia. GRAVES: Corresponden a aquellas conductas que afectan el sentir de las personas y se asocian a una negativa relación interpersonal; dentro de este tipo de comportamiento, se encuentra el deterioro de recursos materiales; reiteración de conductas que interfieren el normal desarrollo de una clase, un acto, una misa u otro evento. MUY GRAVES: Corresponden a aquellas conductas que atentan físicamente y/o Psicológicamente contra las personas ya sea de forma directa o virtual. También el daño a los bienes materiales son faltas Muy Graves y puede conducir a la cancelación de la matrícula si procediere. TIPIFICACIÓN ARTÍCULO 14° SERÁN FALTAS LEVES, entre otras: 1. Atraso reiterativo en la hora de llegada al Colegio, o ingreso a clases después de un recreo.
  • 19. P á g i n a | 19 2. No haber completado las tareas asignadas para la clase siguiente. 3. Desobedecer las instrucciones dadas por el profesor; no colaborar en el correcto desarrollo de la clase, es decir, realizar acciones ajenas a la materia tratada, tales como conversar sobre otros temas, emitir ruidos molestos. Interrumpir el trabajo grupal del propio curso o los cursos ajenos durante las horas de clase. 4. Uso incorrecto del uniforme; ya sea por estar incompleto o por utilizar accesorios extraños a la tenida oficial. 5. Juegos bruscos o inadecuados que pongan en riesgo al alumno(a) que los realiza o su entorno. 6. Apropiarse de cuadernos y útiles facilitados por sus compañeros. 7. Concurrir al colegio sin la agenda, la que deberá conservar durante todo el año, con todas sus hojas y en buen estado de presentación. 8. Actitudes irresponsables, como por ejemplo: no traer justificativo por inasistencia (lo que será comunicado a su hogar), comunicaciones, citaciones o circulares que se enviaren, etc. 9. No traer el equipo de educación física o el buzo cuando corresponda. 10. No traer los elementos necesarios para las clases de Artes Plásticas, Educación Tecnológica, Computación, de Educación Musical, o cualquier asignatura en donde se le solicite material adicional. 11. Comer o beber dentro de la actividad lectiva. 12. Negarse a bajar al patio central durante los recreos. 13. Hacer mal uso de los permisos para ir al baño, CRA, primeros auxilios u otras dependencias, usándolo como excusa para evadir clases. 14. No asistir a las Asambleas. 15. Uso indebido de instrumentos tecnológicos de comunicación tales como celulares, cámaras, video grabadoras, ipod u otros que el alumno manipule. 16. Permanecer dentro del aula, laboratorio o taller en los períodos de recreo y almuerzo sin autorización. “De los procedimientos para las Transgresiones Leves”
  • 20. P á g i n a | 20 a. Llamado de atención verbal: El alumno que esté interrumpiendo el normal funcionamiento de una actividad o clases, recibirá un llamado de atención por parte de del educador, que lo invite a cambiar de actitud. b. Llamado de atención escrita: El alumno que cometa una falta considerada transgresión Leve, recibirá un llamado de atención por parte de del educador, que lo invite a cambiar de actitud, dicho llamado de atención será por escrito en su hoja de vida y deberá ser informado al alumno. Si el alumno mantiene faltas leves por conducta, deberá su profesor jefe informar de inmediato a su apoderado, quien bajo su firma en el seguimiento pedagógico, se responsabilizará de las acciones de conducta de su pupilo. SERÁN FALTAS GRAVES, entre otras: ARTÍCULO N°15 1. Desobedecer órdenes del personal docente, directivo docente o personal administrativo que tenga relación con la entrega del servicio educativo, a favor de su bienestar y de la institución o con el control diario que realizan los inspectores.
  • 21. P á g i n a | 21 2. Agredir verbal, por escrito, vía computacional email o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, en cualquier tipo de actividad, sea esta pedagógica o extracurricular, dentro o fuera de COLEGIO. 3. Realizar ante compañeros u otros miembros de la comunidad escolar actos de Bullying o Ciberbullying como amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente o realizar actos de discriminación en su contra, ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia. Si se constatare que la infracción es además un hecho que reviste carácter de delito, deberá ser denunciado a la autoridad pública competente 4. En caso de que un destrozo o deterioro de algún recinto del establecimiento sea ocasionado por alumnos y posterior a la debida investigación de Inspectoría General, no sean individualizados los responsables, todo el grupo curso recibirá la sanción respectiva, asumiendo los costos de la reparación y/o reposición de los elementos o sectores dañados. 5. Realizar tráfico, tenencia o consumo de cigarros, bebidas alcohólicas, estupefacientes o material pornográfico y obsceno en actividades propias de la institución, sean éstas dentro o fuera del recinto Educativo, como también aquellas actividades fuera del horario y lugar del Colegio, que estén penadas legalmente por las leyes del país. 6. Sustraer, distribuir y/ o apropiarse indebidamente de bienes y materiales ajenos, que pertenezcan a personas o al COLEGIO. 7. Falta a la honestidad en cualquier tipo de control evaluativo. 8. Negarse a ser evaluado en aquellos controles de cualquier tipo que estén debidamente programados y comunicados. 9. Poseer anotaciones negativas significativas conductuales (tales como actos de indisciplina, incumplimiento de deberes escolares, faltas de respeto), para lo cual el Profesor Jefe respectivo deberá citar de forma oficial al apoderado detallando esta situación. 10. Menoscabar a cualquier miembro de la comunidad educativa, como también dañar la imagen corporativa e institucional del COLEGIO dentro o fuera del establecimiento, como en los buses de las salidas pedagógicas, a actos públicos, obras de teatro , etc
  • 22. P á g i n a | 22 11. Faltar a la verdad, mentir o injuriar en cualquier tipo de hecho, situación o acontecimiento. 12. Lesionar el prestigio o buen nombre del colegio con actitudes inadecuadas, sobre todo cuando el alumno se encuentra fuera del establecimiento, tanto con su uniforme como sin él. 13. Presentar un mal comportamiento en las visitas pedagógicas, en los paseos de curso y en los vehículos de transporte. 14. Hacer bromas o actos imprudentes que, a juicio de la autoridad, no correspondan a una forma correcta de actuar. 15. Salir del colegio sin la autorización correspondiente. 16. Tomar el nombre de cualquier persona del colegio, sin su debida autorización. 17. Sustituir o falsificar firmas. 18. Presentar como propios, trabajos ajenos. 19. No cumplir debidamente una sanción. 20. Merecer ser expulsado de la sala de clases o de cualquier actividad en el recinto del colegio (biblioteca, comedor, camarines, foro, etc.), por actitud o comportamiento inadecuados. 21. No ingresar a clases estando en el colegio. 22. Uso indebido (cuando corresponda) de ropa de calle en el colegio, de tal forma que atente contra la moral y las buenas costumbres, ejemplo jean day. 23. Faltar el respeto o descalificar a etnias y culturas, manifestaciones culturales, símbolos. 24. Concertar y planificar, con intención de hacer daño, agresiones físicas, (peleas o conatos), personal y grupal en contra de compañeros o alumnos de otros establecimientos. “De los procedimientos para las Transgresiones Graves” a. ADVERTENCIA DE CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: El alumno que incurra en una falta considerada como transgresión grave de los valores y normas establecidas en el Manual de Convivencia, deberá firmar junto a su apoderado un compromiso de conducta.
  • 23. P á g i n a | 23 b. El Compromiso de Conducta tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su apoderado, se comprometan por escrito a asumir dentro de un plazo prudente las normas de convivencia y disciplina estipuladas en el Manual de Convivencia y que no han podido ser cambiadas con llamadas de atención verbales o escritas y entrevistas con su apoderado. c. El procedimiento de firma de la carta de compromiso de conducta podrá ser tramitado por el Profesor Jefe, Inspectoría, Convivencia escolar, Unidad Técnico Pedagógica. Se firmarán quedando en el Registro de Seguimiento Pedagógico. d. El alumno deberá presentarse junto a su apoderado, para firmar el Compromiso de conducta. e. El Compromiso tendrá duración hasta que se firme el siguiente paso: Condicionalidad de Matrícula. SERÁN FALTAS MUY GRAVES: entre otras ARTÍCULO N°16 1. Las reincidencias de actitudes negativas y registradas en la hoja de vida del alumno (a). 2. La agresión, ofensa o amenaza de palabra o de hecho (aunque no sea taxativamente explícita) a directivos, profesores, personal administrativo o de servicios del colegio.
  • 24. P á g i n a | 24 3. Conocer o intentar conocer ilícitamente las preguntas de una prueba o entregar información conducente a ello 4. La alteración de cualquiera de los ítemes de un libro de clases, de la libreta de notas o de la agenda. 5. Fugarse del colegio por primera vez, durante la jornada escolar. 6. Robar o apropiarse de lo ajeno. 7. Presentar documentación falsa. 8. Falsificar la firma del apoderado o de un profesor. 9. Ser sorprendido bajo los efectos de droga, alcohol o cualquier sustancia ilícita en el interior del establecimiento. 10. Violación de la propiedad pública o privada de cualquier dependencia del colegio. 11. Ser sorprendido portando, distribuyendo, intercambiando, mirando o copiando material pornográfico. “De los procedimientos para las Transgresiones Muy Graves” ARTÍCULO N°17 a. Condicionalidad de Matrícula: El alumno que incurra en una falta considerada como transgresión muy grave de los valores y normas establecidas en el Manual de Convivencia, deberá firmar junto a su apoderado una Condicionalidad de Matrícula. b. La Condicionalidad de Matrícula tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su apoderado, se comprometan por escrito a asumir dentro de un plazo prudente las normas de convivencia y disciplina estipuladas en el Manual de Convivencia y que no han podido ser cambiadas con llamadas de atención verbal o escrita y entrevistas con el apoderado. c. El procedimiento de firma de Condicionalidad de Matrícula será tramitado por el Inspector General, Convivencia Escolar. Se firmará el documento quedando la copia en archivo de Convivencia Escolar.
  • 25. P á g i n a | 25 d. Para firmar la Condicionalidad de Matrícula el alumno deberá presentarse junto a su apoderado. e. La Condicionalidad de Matrícula tendrá duración hasta que se firme la Extrema Condicionalidad. “De las Transgresiones Extremas” ARTICULO N°18 1. Las reincidencias de actitudes negativas consideradas muy graves. 2. Ser condenado por delitos que le sean impugnados de acuerdo a la ley.
  • 26. P á g i n a | 26 3. Confeccionar, colocar y/o activar bombas de ruido o humo. 4. Realiza actos que atenten contra una sexualidad sana (acoso sexual en diferentes grados, intento de violación, ultrajes, insinuaciones deshonestas). 5. Comprobar que ha realizado bulling a algún compañero previa investigación de los profesionales correspondientes. De los procedimientos para la Extrema condicionalidad de Matrícula a. El Inspector General o la Encargada de Convivencia dará aviso al apoderado, quien de inmediato deberá presentarse al Centro Educativo para ser informado de los hechos y aplicación de la medida. b. El procedimiento de firma de la Extrema Condicionalidad de Matrícula será tramitado o podrá ser tramitado por el Inspector General o Encargada de Convivencia. c. El apoderado deberá presentarse para firmar la Extrema Condicionalidad de Matrícula. d. La firma del documento Extrema Condicionalidad de Matrícula el apoderado se compromete a retirar de manera voluntaria en un plazo prudente al alumno ya que la transgresión grave de los valores y normas de Convivencia establecidas en el Manual fueron superadas. “Procedimientos para la Cancelación de Matrícula” ARTÍCULO N°19
  • 27. P á g i n a | 27 e. Se Cancelará la Matrícula a un alumno (a) tras haber agotado todas las instancias del Manual de Convivencia Escolar y un plan de trabajo Personal con el alumno(a). f. El alumno deberá presentarse junto a su apoderado, para firmar la Cancelación de Matrícula. g. El procedimiento de firma de la Cancelación de Matrícula será tramitado por el Director del Colegio h. La medida y sus fundamentos deben ser notificada por escrito al estudiante y a su apoderado. i. El estudiante o su apoderado pueden solicitar la reconsideración de la medida al Director: 15 días desde su notificación. j. El Director resolverá la solicitud de reconsideración, previa consulta al consejo de Profesores, quien debe pronunciarse por escrito. k. El Director, una vez que haya aplicado la medida, debe informar a la SIE, dentro del plazo de 5 días. “DE LA EXPLUSION” ARTICULO N°20 Será expulsado el alumno que:
  • 28. P á g i n a | 28  Golpee de forma intencionada (dejando lesiones ya sean visibles o no) violentamente, sin previo estímulo a cualquier persona del Colegio Paula Jaraquemada.  De forma intencionada cree un accidente para el perjuicio de cualquier miembro o visita al colegio Paula Jaraquemada.  Portar cualquier arma que ponga en riesgo la seguridad de los integrantes del Colegio, hablamos de cuchillo, arma de fuego, manopla, cortapluma entre otras.  Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas en el interior del establecimiento educacional. “de los procedimientos de la Expulsión” ARTICULO N°21 El alumno será retirado del grupo de niños y se llamará de forma inmediata a su apoderado dando a conocer el hecho y la sanción que corresponde a este hecho. Si el apoderado no se presenta el alumno continuará resguardado hasta el término de la jornada y no podrá ingresar hasta que lo acompañe su apoderado. “Del compromiso de denunciar delitos que atente en contra de las leyes establecidas en el artículo anterior.” ARTÍCULO N°22 La Comunidad del colegio Paula Jaraquemada se comprometen a denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
  • 29. P á g i n a | 29 “Protocolo de actuación”. 1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Sobre PLAN DE TRABAJO para alumnos que manifiesten problemas conductuales ARTICULO 23° En la eventualidad de que una alumno(a) presente reiteradamente problemas conductuales y que, a pesar de habérsele aplicado las diversas categorías del procedimiento de faltas estipuladas en este Reglamento, no presente cambios positivos, se le aplicará el siguiente procedimiento: 1. El profesor jefe expondrá los antecedentes del alumno frente a Consejo por ciclo. 2. El Profesor Jefe, citará al apoderado para comunicar que el alumno será derivado a Pie, Departamento Sicosocial o Convivencia Escolar para estudio de caso. 3. Solicitud al apoderado para derivar al alumno a chequeo con un especialista, como por ejemplo, Psicólogo, Neurólogo, Psiquiatra, Psicopedagogo, Profesor Diferencial u otro según corresponda (Instituciones Externas). 4. Medidas de manejo ambiental en la sala de clases. 5. Apoyo de apoderado en sala si fuese necesario.
  • 30. P á g i n a | 30 6. Recomendaciones metodológicas para su aplicación durante el desarrollo de las clases. 7. Según sea el caso se seguirá el conducto de trasgresiones del Manual de convivencia aplicable por el Inspector General o Encargada de Convivencia. 8. Si las condiciones del caso requieran medidas urgentes, será responsabilidad del Inspector General, Convivencia Escolar, Director y el Profesor Jefe tomarlas, según corresponda. Los alumnos que no cumplan con lo establecido en las Normas de Convivencia, podrán recibir las siguientes sanciones: ARTÍCULO N°24  Amonestación verbal o escrita de parte del profesor jefe o profesor de asignatura.  Anotación negativa en el seguimiento pedagógico del alumno.  Comunicación por escrito al apoderado.  Entrevista con el apoderado citado por el profesor jefe o de asignatura.  Entrevista con el apoderado, profesor jefe o de asignatura apoyado por Inspectoría General o Convivencia Escolar.  Suspensión  Advertencia de condicionalidad de matrícula.  Condicionalidad de matrícula.  Condicionalidad extrema.  No renovación de matrícula para el año siguiente.  Expulsión del colegio. De la suspensión de clases: se hará merecedor de esta sanción aquel alumno(a) que, en forma reiterada, insista en no acatar las normas de convivencia establecidas por el colegio o incurra en un hecho que haga necesaria la salida inmediata del establecimiento; puede ser de 1 día a un máximo de 5 días prorrogable por una vez. Debe ser realizada por Inspectoría General, de acuerdo a la gravedad de la falta.
  • 31. P á g i n a | 31 Para conocer los motivos de la sanción y apoyar las acciones que persiguen y modificar las conductas que motivaron la suspensión, el apoderado deberá presentarse en el colegio cuando se le cite. Si la suspensión coincide con un periodo de evaluación, el alumno deberá rendir las pruebas una vez cumplida la sanción, en horarios y fechas establecidas por la Unidad Técnico Pedagógica. De la Advertencia y Condicionalidad de matrícula: estas medidas serán resueltas por el Director del colegio, junto con Inspectoría General y la Encargada de Convivencia Escolar. Esta decisión busca la modificación de conductas y el bien del alumno(a) y se aplicará a todo aquel alumno(a) que, de una u otra manera, haya tenido una actitud negativa y reincidente sobre las normativas de convivencia planteadas por el colegio, como por ejemplo: acumulación de anotaciones negativas durante el semestre, reiteradas ausencias a clases y/o evaluaciones sin justificación, suspensión de clases, actos deshonestos, faltas de respeto graves a alumnos y/o personal del colegio, entre otras. Y que el Plan de Trabajo realizado para el alumno no tenga un buen término.  De la Extrema Condicionalidad de Matrícula Se hará merecedor de esta sanción todo alumno(a) que, estando con matrícula Condicional no demuestre sentido de superación y mejoramiento conductual. También recibirá la misma sanción todo alumno que tenga participación en algún hecho de violencia, ya sea en la comuna, ciudad o país, que lesione el prestigio de su Institución Educacional.  Cancelación de Matricula Corresponde a la desvinculación del establecimiento educacional, sólo aplicable en caso de especial gravedad, debidamente fundamentado y luego de haber agotado el procedimiento estipulado. Comunica esta medida el Inspector General.
  • 32. P á g i n a | 32  Expulsión Se realizará cuando una conducta atenta directamente contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa. No será necesaria una instancia previa y se realizará en cualquier periodo del año. “Otras medidas” “alumnos fuera de la sala por decisión del docente” Esta medida no será parte del acontecer diario del Colegio. Cuando un alumno sea disruptivo en la clase. El alumno deberá presentarse con su apoderado previa citación del profesor de asignatura que se encuentre. El profesor no podrá por su parte dejar alumno a fuera de su clase si el apoderado no se presenta, debido a la vulneración de derechos de educación continua. Se volverá a citar el apoderado por segunda vez; si éste nuevamente se ausenta, se citará por tercera y última vez. Luego se dará aviso a Convivencia escolar o Inspectoría general y se dará cumplimiento el deber como apoderado a la asistencia solicitada por el colegio. “Suspensión indefinida con reducción Jornada Escolar” ARTICULO °25 Medida excepcional que en base a un informe emanado por un profesional competente de la salud, nos advierta de la necesidad del alumno de acortar su estadía en el colegio. En donde el alumno se retirará del Establecimiento hasta un horario anterior al término de la jornada. “Presentarse sólo a rendir evaluaciones” ARTÍCULO N°26
  • 33. P á g i n a | 33 La medida será excepcional ya que ha trasgredido todas las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar y su actuar acreditan un peligro para la integridad de algún miembro de la Comunidad Educativa, en donde el Plan de trabajo y compromiso del apoderado han sido superadas. “Suspensión de Graduación” ARTICULO N°27 Es una medida disciplinaria extraordinaria que será necesaria si un alumno, un grupo o el curso ya sea de 8° año o 4° medio año 2017, trasgreda las normas de sana de Convivencia Escolar y su actuar mediato da como resultado una agresión física, sicológica o menoscabo de un miembro de la Comunidad Educativa, en donde sus disculpas públicas no disminuyen la falta. “Comportamientos Violentos agrediendo física y verbalmente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa (un episodio o de forma reiterada)” ARTICULO N°28 El alumno será apartado de sus compañeros por el docente que esté a cargo para realizar la contención necesaria, mientras se llama al apoderado para asistir al establecimiento. Un episodio sin reiteración (2 episodios máximo): el alumno será registrado en su hoja de vida y seguimiento pedagógico y el retiro de la jornada por parte del apoderado o su suplente. Episodio con reiteración: el alumno será registrado en su hoja de vida y seguimiento pedagógico y el retiro de la jornada por parte del apoderado o su suplente. Al tercer episodio será entrevistado formalmente para iniciar un Plan de trabajo, no siendo impedimento para realizar la sanción de la falta cometida y realizar el procedimiento correspondiente. “Cambio de Apoderado” ARTÍCULO N°29
  • 34. P á g i n a | 34 La Dirección del colegio Paula Jaraquemada A., previa información por parte de Convivencia Escolar, se reserva el derecho a solicitar cambio de apoderado (titular o segundo apoderado) cuando se compruebe que éste no cumple con los compromisos asumidos en la firma de conocimiento del Manual de Convivencia Escolar en donde se detallan los Deberes como apoderado. “Del Registro de pertenencias del alumno” ARTÍCULO N°30 En aquellas situaciones excepcionales en que el Colegio por parte de Inspectoría General requiera realizar el registro de las pertenencias del alumno, sólo se podrá hacer en compañía de un miembro de la Comunidad Educativa o en presencia del apoderado y el afectado, no pasando a llevar el buen juicio y no realizar menoscabo del afectado, atentando contra la integridad o la dignidad de él o los estudiantes. Teniendo en cuenta que es debido a una necesidad del Colegio de velar por la integridad de él o los integrantes de su círculo cercano (compañeros y profesores). “Asistencia de Apoderado en sala” ARTÍCULO N°31 Se solicitara la presencia del apoderado en la sala de clases a petición del profesor jefe, para apoyar la labor educativa del colegio. “Entrega de documentos” ARTÍCULO N°32 Los documentos que pertenezcan a algún alumno del Establecimientos serán entregados al apoderado oficial por parte de la persona encargada, sin ninguna retención y en el horario de atención definido. Se hará previa firma de documento que avale dicha entrega. “Vulneración de Derechos de los Alumnos (as) del colegio Paula Jaraquemada” ARTICULO N°33
  • 35. P á g i n a | 35 Primero: cuando se tengan antecedentes visuales o físico que el alumno (as) necesite un diagnóstico médico y este a pesar de las reiteradas solicitudes no se realice en perjuicio del niño o niña, se dará aviso a juzgado de familia. Segundo: Cuando se tenga antecedentes que algún alumno o alumna deba incurrir en un tratamiento señalado por un especialista y no se esté realizando vía padre, madre, tutor; se dará aviso al juzgado de Familia para que tome conocimiento de la falta que se está ocurriendo, siempre pensando en el beneficio de los niños que educamos. “De los comportamientos no tipificados” ARTÍCULO N°34 Las sanciones enunciadas en el artículo precedente serán progresivas; sin embargo, la naturaleza de la falta permitirá a la autoridad pertinente tomar las medidas que estime necesarias. La calificación definitiva de cualquier acto u omisión, aunque no se hallare explicitado en este Reglamento, es prerrogativa exclusiva de las autoridades del colegio. SOBRE LAS SALIDA DE LOS ALUMNOS ARTÍCULO Nº 35 “De la utilización de la Carta Certificada” La Carta Certificada se utilizará de forma extraordinaria por parte del colegio, cuando el apoderado no se presente a pesar de los reiterados llamados vía escrita, telefónica, recado, visita por parte de nuestra asistente social y la situación indisciplinaría lo amerite y se dará por conocida la sanción.
  • 36. P á g i n a | 36 La Unidad de Inspectoría instruye sobre el siguiente procedimiento para abandonar el colegio al término de las actividades: 1. Los alumnos de kinder serán retirados por los apoderados o transportistas desde el frontis del colegio. 2. Los alumnos que se retiran solos, harán su salida desde los frontis del colegio, acompañados de su profesor. 3. Sobre los retiros de alumnos por visitas al médico: a. Los apoderados deberán abstenerse de solicitar horas médicas para sus pupilos durante su jornada de clases. Es responsabilidad del padre preveer que su pupilo no pierda actividades académicas. b. Los tratamientos médicos que involucren la salida de alumnos en horario de clases, deberán justificarse a través del carné que acredita las horas concertadas con su médico, en Portería cada vez que corresponda. c. Cada retiro de alumno por parte del apoderado del colegio debe quedar registrada en el libro de salida que se encuentra en portería. SALIDAS PEDAGÓGICAS ARTÍCULO N°36 Los alumnos que participen en actividades fuera del establecimiento deben contar obligatoriamente con la autorización escrita de su apoderado y el uniforme utilizado correctamente, de no ser así no podrá participar en dicha actividad. Tienen una finalidad pedagógica y complementaria a los Objetivos de Aprendizaje y estar dentro de la planificación semestral del o los subsectores comprometidos, para así gestionar los permisos correspondientes en Secretaria Ministerial de educación. Los estudiantes deberán desarrollar una guía de trabajo debidamente evaluada. REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO
  • 37. P á g i n a | 37 ARTICULO N°37 El alumno que represente al colegio en actividades extraprogramáticas en cualquier Área o evento, deberá evidenciar en su hoja de vida una buena conducta y una actitud positiva frente al trabajo escolar. La presentación personal debe estar acorde al evento (deportivo o formal). En el caso que un estudiante presente una conducta reñida con la sana convivencia o un regular rendimiento escolar, su participación quedará condicionada a un cambio de conducta, firmando un acuerdo entre Estudiante, Profesor de la disciplina, Inspector o ECE (Encargada de convivencia escolar), dejando registro y firma en hoja de vida del estudiante. PASEOS DE CURSO ARTÍCULO N°38 No están reconocidos como actividades oficiales del Colegio. Por lo tanto, cualquier organización quedará bajo la exclusiva responsabilidad de los Padres y Apoderados que la organicen. GIRA DE ESTUDIOS ARTÍCULO N°39 Es una actividad complementaria fuera del Establecimiento y la región, la cual se define cada año, para estudiantes de enseñanza media (desde 1° a 3° medio) agrupados en un total aproximado de 41 alumnos(as), bajo la responsabilidad de tres profesores del establecimiento, sumado a la autorización de los padres y Apoderados y respetando protocolos de viajes solicitados por el Ministerio de trasporte, Ministerio de educación, Servicio Nacional de Turismo u otro que corresponda a la actividad. El objetivo está enmarcado a la Misión de nuestro Colegio declarada en el Manual. NUESTRA VISIÓN
  • 38. P á g i n a | 38 ARTICULO 40° El Liceo Paula Jaraquemada Alquízar tiene como visión educar a los más vulnerables de la comuna integrándolos exitosamente a un mundo de cambios científicos y tecnológicos, velando por la formación ética, valórica y la responsabilidad que la sociedad nos demanda. Nos centraremos en una fuerte dedicación a las artes, ciencias y tecnologías, ya que deseamos internalizar en nuestros alumnos el amor al trabajo, como una facultad que dignifica y hace crecer espiritualmente al hombre procurando que valoren y disfruten su trabajo y se destaquen por su felicidad de aprender y saber propulsar una vida sana y saludable, ocupando provechosamente el tiempo libre. Principalmente fomentaremos, el desarrollo de una sana autoestima, una visión positiva de la vida y la sana convivencia en sociedad como parte del desarrollo humano y de los pueblos; en suma, queremos lograr mejores personas, mejores ciudadanos. EVALUACIÓN DIFERENCIADA PARA LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ARTÍCULO N°41
  • 39. P á g i n a | 39 Artículo 5: Los estudiantes que presenten algún problema de salud, específico de aprendizaje, emocional o físico, temporal o permanente (con la certificación adecuada) serán evaluados aplicando criterios de evaluación diferenciada. 5.1. El establecimiento concibe la evaluación diferenciada como aquellos procedimientos evaluativos que permiten atender a los estudiantes que presenten alguna limitación, alteración, trastorno y/o dificultad de aprendizaje, en forma temporal o permanente, que le dificultan significativamente trabajar en pos de un objetivo. 5.2. La evaluación diferenciada tendrá los siguientes objetivos: a) Atender a un grupo o a un estudiante, en forma temporal o permanente, que requiera de un cambio o adaptación en la forma de ser evaluado. b) Permitir que el estudiante se compare consigo mismo, obteniendo la calificación que merece, en consideración al esfuerzo y la proporción de sus avances respecto de sus dificultades. 5.3. Los siguientes serán los procedimientos a considerar ante algún caso que requiera de evaluación diferenciada:  Un nivel de exigencia de acuerdo a la situación detectada  El instrumento o procedimiento utilizado debe presentar una complejidad distinta en su diseño y construcción que la del instrumento estándar, es decir con las adecuaciones necesarias según las limitaciones y metas fijadas para cada estudiante. DE LOS ESTÍMULOS Y PREMIACIONES ARTÍCULO N°42  Registro de la actitud positiva y destacada en la hoja de vida del estudiante.  Felicitaciones ante todo el curso de parte de sus profesores.  Felicitaciones por parte del Director vía carta.  Reconocimiento ante la Comunidad Educativa durante el año presentándolos en la Asamblea de los días lunes.  Reconocimiento en Ceremonias oficiales del colegio  Otras, que cada profesor jefe o curso le parezca importante de forma interna
  • 40. P á g i n a | 40 PREMIACIONES ARTÍCULO N°43 Al finalizar el año lectivo se hará una ceremonia de premiación institucional, para reconocer públicamente el trabajo que han realizado los estudiantes. CONSIDERACIONES FINALES ARTICULO N°44 Cualquier aspecto NO considerado en las Normas de Convivencia Escolar, será resuelto por la Dirección Previa presentación del Comité de convivencia Escolar del Colegio. DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO ARTÍCULO N°45 La difusión del Reglamento se realizará al término e inicio de cada año escolar.  De cara a la comunidad. Se difundirá en el blog del Colegio Paula http://paulajaraquemadaalquizar.blogspot.cl/  De cara a las familias. Se incluirá extracto en la agenda, dípticos informativos en la matrícula, reuniones de apoderados, murales informativos.  De cara al personal. Cada estamento tendrá una copia y se realizaran consejos informativos y de consulta. Correo personal si lo requieren.  Adicionalmente se encontrará impresos algunos ejemplares en secretaria del colegio. PROTOCOLOS DE ACTUACION EN DIVERSOS ACONTECIMIENTOS PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL
  • 41. P á g i n a | 41 PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO El Colegio, en conocimiento de la denuncia de sospecha de abuso sexual realizará el siguiente procedimiento:  Si una niño(a) relata a un funcionario(a) del Colegio haber sido abusado(a), violado(a) o maltratado(a) por un FAMILIAR O PERSONA EXTERNA AL COLEGIO, o si el mismo funcionario(a) sospecha que el o la alumno(a) está siendo víctima de abuso se deberá: 1. Informar inmediatamente a la Encargada de Convivencia Escolar y/o Asistente Social. 2. Citar al Apoderado y/o un Adulto responsable, NO involucrando al posible victimario y de su confianza, para comunicarle la situación de la estudiante. Se le informa que es responsabilidad de él/ella hacer la denuncia en Carabineros, Fiscalía, Policía de Investigaciones (PDI). - Se les da plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am), para demostrar que realizó la denuncia. Se le explica al adulto que en caso de no querer proceder o de no certificar la denuncia, la primera persona que se entera de la situación en el establecimiento es quien debe realizar la denuncia.  Si se trata de una sospecha (observación de cambios significativos en el niño(a), rumores o comentarios sin certeza acerca de una situación de maltrato o abuso) se realizará la derivación externa de apoyo Local, comunal o nacional: Red SENAME, OPD, PIB, etc.  Si se trata de una certeza, es decir, el niño llego con lesiones atribuible a una agresión o el propio niño(a) relata que ha sido agredido, o la agresión fue presenciada por un tercero, se pondrán los antecedentes a disposición de la justicia, para lo cual se deben realizar dos acciones: a) Requerimiento de protección en los Tribunales de Familia, efectuado dentro de las 48hrs. siguientes siempre y cuando la familia no garantice la protección y cuidado del niño(a). b) Denuncia: la realizara la primera persona que escuche el relato del niño(a). Ante carabineros, PDI o Fiscalía, dentro de las primeras 24 horas. Es importante considerar que en el caso que existan lesiones, primero se informa a la familia y luego traslada al niño(a) de inmediato al centro asistencial más cercano para que sea examinado (actuar
  • 42. P á g i n a | 42 como si se tratase de un accidente escolar, no se requiere de la autorización de la familia, aunque esta debe ser informada). Seguimiento Se realizará seguimiento con el objetivo de conocer la evolución de la situación de abuso pesquisada, a través de llamados telefónicos, entrevistas, visitas, informes u otros.  Si un alumno(a) relata a un funcionario del colegio haber sido abusado(a) o violado(a) por un alumno(a) del mismo establecimiento educacional, o si el mismo funcionario(a) sospecha que su alumno(a) está siendo abusado(a) por otro alumno(a): 1.- Informar inmediatamente a Dirección o Encargada de Convivencia del establecimiento. 2.- Se determinará si procede llevar a cabo el protocolo o bien realizar un acompañamiento o seguimiento. Los profesionales competentes entrevistan a las alumnas(os) por separado, pero simultáneamente, de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de las alumnas involucradas. 3.- Se cita a los padres, apoderados y/o cuidadores de las involucradas(os) para comunicarles sobre la información obtenida desde el colegio y se les informa que es responsabilidad de ellos hacer la denuncia en Carabineros, Fiscalía, PDI si corresponde. - En caso de negarse se les informa que el colegio la llevará a cabo. - Se les da plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia. Si no certifican la denuncia, el director procede a realizarla. 4.- En caso de que no se confirme el abuso se tomará las medidas y sanciones de acuerdo al Reglamento de Convivencia escolar. 5.- Se llaman a las alumnas(os) y a los padres, apoderados y/o cuidadores para informarles el procedimiento a seguir y firmar sanción y/o acuerdo correspondiente, así como establecer la modalidad de seguimiento de la alumna(o), en caso de que permanezca en el colegio. Se solicitará terapia reparatoria para ambos casos (en caso que Fiscalía no actúe inmediatamente). Si no se realiza terapia reparatoria tanto a la víctima como al victimario, denunciar a Fiscalía para que ellos realicen seguimiento de los casos.
  • 43. P á g i n a | 43 Seguimiento Se realizará seguimiento con el objetivo de conocer la evolución de la situación pesquisada, a través de llamados telefónicos, entrevistas, visitas, informes u otros. IMPORTANTE INDEPENDIENTE SI SÓLO ES SOSPECHA O SI SE TIENE CERTEZA DEL HECHO DE ABUSO SEXUAL, SIEMPRE SE DEBE REALIZAR LA DENUNCIA ANTE EL ORGANISMO COMPETENTE ANTES MENCIONADO, PUES DE NO SER ASÍ, USTED SE CONVIERTE EN CÓMPLICE DE UN DELITO. NO ES EL COLEGIO EL LLAMADO A SEÑALAR SI HUBO O NO DELITO, SINO LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ESA MATERIA. PROTOCOLO DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES O URGENCIAS MÉDICAS Se entiende por accidente escolar, aquél que sufra un alumno en el trayecto al acudir, permanecer y retirarse del establecimiento escolar, durante el horario que le corresponda, así como también de los acontecidos durante actividades fuera del recinto de COLEGIO , siempre que éstas sean producto de la planificación anual docente o extracurricular. Procedimiento  En caso de enfermedad del alumno el Colegio avisará al apoderado para el retiro del alumno(a).  En caso de accidente del alumno el colegio avisará de inmediato al apoderado. Los alumnos según la gravedad del accidente serán derivados al Servicio de Urgencias, adjuntándose la documentación respectiva para el uso del Seguro Escolar.  Según la gravedad del accidente y siempre que el apoderado no pueda acudir o se retrase, el alumno será llevado al Servicio de Urgencias acompañados por una persona disponible del
  • 44. P á g i n a | 44 Colegio, adjuntándose la documentación respectiva para el uso del Seguro Escolar e informando de manera inmediata al apoderado el cual deberá presentarse a la brevedad al Centro Asistencial en donde queda bajo su responsabilidad. PROTOCOLO ACCIÓN FRENTE A MALTRATO ESCOLAR 1. DETECCIÓN Responsable: Integrante de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la situación alerta a los responsables. 2. EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN. Responsable: Directivo, docente que acoge la situación. 3. ADOPCIÓN MEDIDAS DE URGENCIA PARA IMPLICADOS. Responsable: Inspectoría General Informar a los padres y apoderados Derivar atención médica (si corresponde). Alertar al Comité de Convivencia Escolar y autoridad del establecimiento. Informar según corresponda: Carabineros, PDI, SENAME, otros. 4. DIAGNÓSTICO DE MALTRATO ESCOLAR. Responsable: Encargado Convivencia Escolar. Recepción pautas indicadores de urgencia Entrevista con los actores clave, reconstrucción de los hechos. Aplicación Pauta descripción de la situación de violencia escolar. Elaboración informe 5. PLAN DE INTERVENCIÓN. Responsable: Equipo de convivencia escolar, Inspectoría general En relación a los Estudiantes Aplicación Reglamento de Convivencia Escolar. Registro psicosocial. Derivación a red de apoyo. Acoger y educar a la víctima.
  • 45. P á g i n a | 45 Sancionar y educar al agresor. En relación a un adulto En relación a la víctima o victimario todos los antecedentes deberán ser entregados a la autoridad pertinente (Carabineros, PDI, Fiscalía entre otros). 6. EVALUACIÓN INFORME FINAL PLAN INTERVENCIÓN. Responsable: Equipo de Convivencia Escolar Acciones de seguimiento. Reunión Equipo de convivencia Escolar Informe Final a Sostenedor y MINEDUC según corresponda. INTRODUCCIÓN En el marco de la nueva ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada y publicada en septiembre del 2011 por el Ministerio de Educación, se implementa como Política Nacional el abordaje de esta temática en los establecimientos educacionales chilenos, desarrollando marcos explicativos y un protocolo de acción ante estas situaciones. El Colegio cumpliendo con esta disposición de la Ley contra la violencia escolar que busca atender tales situaciones en los establecimientos educacionales colaborará en darle relevancia y consignar como un deber del colegio promover la buena convivencia, prevenir y tomar medidas ante situaciones de violencia, institucionalizar a través de un Comité de Convivencia Escolar la planificación y ejecución de un plan de gestión. Objetivos
  • 46. P á g i n a | 46 1.1 El siguiente manual, tiene como objetivo promover y desarrollar, en todos los integrantes de la comunidad educativa, los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión ya sea entre estudiantes, de un adulto a un menor o de un estudiante a un adulto. 1.2 Establecer protocolos de acción en complemento con nuestro Reglamento Interno, para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar medidas reparatorias para los afectados. 1.3 Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención para la sana convivencia escolar, tales como, talleres de habilidades socio-afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto Educativo Institucional. 2. Conceptualización. 2.1 La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. 2.2Estrategias de resolución pacífica en situaciones de maltrato escolar: Equipo de Convivencia Escolar: El equipo estará compuesto por 3 adultos Encargada de Convivencia Escolar Profesora Cecilia Gallegos; Psicóloga Claudia Silva y Asistente Social Cintia Galaz. Ellos se harán cargo de la situación de violencia una vez ocurrida, de modo de actuar simultáneamente con todos los actores implicados. Los estudiantes no pueden formar parte de estos protocolos de acción, dado que implicaría exponerlos a situaciones de violencia.
  • 47. P á g i n a | 47 Esta comisión a través del diálogo, escucha atenta e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa. La función de este comité es buscar una solución formativa para todos los involucrados sobre la base de diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto. El Equipo de Convivencia Escolar tendrá las siguientes funciones y atribuciones: Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano. a. Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el establecimiento. b. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. c. Conocer los informes e investigaciones presentados por los encargados de Convivencia Escolar. d. Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la Convivencia Escolar. e. Determinar, con alcance general, que tipos de falta serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del colegio, así como los procedimientos a seguir en cada caso. Encargado de Convivencia Escolar: es quien ejecuta de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Convivencia escolar, aplicando eventuales sanciones en los casos fundamentados y pertinentes. 3. Prohibición de Conductas Contrarias a la Sana Convivencia Escolar Se prohíbe cualquier acción u omisión que vulnere o atente la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del Colegio, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que están contempladas y explicitadas en nuestro Reglamento Interno y sancionadas en gradualidad como faltas graves y gravísimas. En estos casos y dependiendo de su gravedad, se aplicarán las medidas estipuladas, que van desde el registro de anotación, compromiso escrito, suspensión de clases, condicionalidad de matrícula, no renovación de matrícula,
  • 48. P á g i n a | 48 hasta la cancelación inmediata de matrícula. Cada procedimiento está debidamente estipulado en el Reglamento Interno del colegio. 4. Definición de Maltrato Escolar 4.1 Se entenderá como maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que: a. Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales. b. Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. c. Dificulte o impida de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico, afectivo, intelectual, espiritual o físico de la persona afectada 4.2 Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: a. Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. b. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa. c. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características personales, etc). d. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, características físicas o cualquier otra circunstancia. e. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, foltologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores
  • 49. P á g i n a | 49 que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico; f. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar; g. Realizar insinuaciones, acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de delito. 5.1 Promoción de la Convivencia Escolar Positiva En base a lo anterior, la comunidad educativa deberá generar estrategias para promocionar el buen trato dentro y fuera del aula, por medio de talleres y actividades formativas, recreativas y psicoeducativas. Se entenderá por Convivencia Escolar Positiva la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una óptima interrelación entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes (Ley de Violencia Escolar N°20.536, Ministerio de Educación). 5.2 Prevención de Violencia Escolar A nivel de toda la comunidad educativa se generarán estrategias para prevenir la violencia escolar y/o bullying por medio de talleres y actividades formativas, deportivas y recreativas. 5.3 Detección y atención de Casos de Violencia y Maltrato Escolar: Se abordarán los casos de Violencia y Maltrato Escolar aplicando un Protocolo de Acción. 6. Medidas y Sanciones Disciplinarias. 6.1 Las medidas y sanciones disciplinarias con su gradualidad (Estipuladas en el Reglamento Interno) son: a. Amonestación verbal b. Registro de la falta en la hoja de observaciones c. Derivación y seguimiento al Psicólogo educacional d. Compromiso escrito de cambio conductual
  • 50. P á g i n a | 50 e. Suspensión de clases f. Condicionalidad de Matrícula. g. No renovación de Matrícula para el próximo año escolar h. cancelación inmediata de matrícula 6.2 Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. 6.3 Si el responsable fuere el padre, la madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrá disponer medidas como la obligación de designar un nuevo Apoderado y la prohibición de ingreso al establecimiento. 7. Criterios de Aplicación. 7.2 Toda sanción o medida debe tener claramente un carácter formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. 7.3 Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a. La edad, cargo o funciones de las partes involucradas. b. La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores tales como: - La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. - El carácter vejatorio o humillante del maltratado. - Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. - Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. c. La conducta anterior del responsable. d. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. e. La discapacidad o indefensión del afectado.
  • 51. P á g i n a | 51 8. Obligación de Denuncia de Delitos. El Rector del establecimiento deberá denunciar cualquier acción que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robo, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar a Carabineros de Chile, La policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho. 9. Reclamos 9.1 Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentada en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que, a la vez, deberá dar cuenta a dirección, la que dará aviso al Encargado de Convivencia Escolar, dentro de un plazo de 24 horas a fin de que se inicie el debido proceso. 9.2 Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo. 10. Protocolo de Acción Frente a un hecho de Maltrato Escolar 10.1 Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un adulto (docente, administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso de violencia e identificar a los implicados, es decir quién cometió la agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de espectadores. Informar de la situación al encargado del Comité de Convivencia Escolar. Si la situación de violencia no es observada directamente por el adulto y es informada por el alumno, ya sea a su familia, al docente o algún Inspector, se derivará el caso al comité de convivencia escolar quienes investigarán los antecedentes y tomarán las medidas que correspondan de acuerdo al Reglamento Interno. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y determinaciones de las sanciones correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
  • 52. P á g i n a | 52 10.2 Ayudar y acompañar a quien fue agredido: El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar protección a la víctima, acompañar en el proceso y darle a conocer que se tomarán las medidas pertinentes una vez recabados todos los antecedentes para adoptar una solución proporcional a los hechos. Todas las partes tienen el derecho a ser oídas, de conocer la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. En los casos de agresión física personal de enfermería del establecimiento verificará si existe algún tipo de lesión; de ser así, se llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar lesiones. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. El funcionario agredido deberá hacer la denuncia correspondiente y constatar lesiones, si corresponde. 10.3 Constancia escrita: De cada acción y resolución deberá quedar una constancia escrita en archivo de Dirección, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación. PROTOCOLO EN CASO DE EMBARAZO ESCOLAR El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la situación de embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan y aseguren la permanencia de estos estudiantes en nuestro colegio. Derechos de los alumnas/os en caso de embarazo escolar 1. Los/as alumnos/as tienen derecho a ser escuchados, acogidos, orientados y tratados con respeto frente a su situación de embarazo y paternidad. 2. Los/as alumnos/as tendrán derecho a contar con un profesor jefe quien supervisará: las inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios de salida para amamantamiento y controles de salud y la elaboración e implementación del calendario de evaluación, resguardando el derecho a la educación de los alumnos.
  • 53. P á g i n a | 53 3. La estudiante embarazada adolescente y el padre adolescente, tendrán permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona. 4. La alumna tiene derecho adaptar su uniforme escolar del establecimiento a su condición de embarazo. 5. La alumna embarazada tendrá derecho a salir de la sala a ingerir alimentos, de acuerdo a lo que su estado requiera. 6. La alumna embarazada tiene derecho a solicitar cambio de sala en cualquier etapa de su embarazo. Justificando con certificado extendido por un el especialista que la atiende. Dicha solicitud será evaluada por la Dirección del colegio, teniendo en cuenta toda la información presentada en el caso. 7. La alumna embarazada tiene derecho a ser atendida en enfermería cuando ella lo requiera. 8. La alumna tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo, para esto puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime conveniente. Esto corresponderá como máximo, a una hora de su jornada diaria de clase, sin considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser comunicado formalmente por el apoderado a la dirección del colegio durante la primera semana de ingreso posterior al parto. 9. Durante el periodo de lactancia, la alumna tiene derecho a salir de la sala a sacarse leche en enfermería cuando lo estime necesario. 10. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el colegio dará, a la madre adolescente, las facilidades pertinentes. Deberes de los alumnas/os en caso de embarazo escolar 1. En su calidad de alumna embarazada adolescente y del padre adolescente, deben tener claro que serán tratados con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a las exigencias académicas, conductuales y normativas. 2. La alumna deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada y eximida de la actividad física en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida de la actividad física hasta que finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el médico
  • 54. P á g i n a | 54 tratante, podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna deberá realizar trabajos alternativos designados. Deberes del profesor jefe: 1. Ser un intermediario y nexo entre alumna/o y profesores de asignatura para organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar e informar a Dirección y Coordinación Académica el cumplimiento de los docentes en todos los sectores. 2. Supervisar las inasistencias; revisar que se registren los certificados en el libro y se archiven en la carpeta individual del(a) estudiante, cuando corresponda. 3. Entregar apoyo pedagógico especial, supervisar entrega de materiales de estudio, supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario, supervisar la entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará mientras los alumnos se ausenten por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, lo que deberá ser acreditado por certificado médico. Derechos del apoderado: 1. Cuando el apoderado informe de la situación de su hija, el director/a informará sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del colegio. El apoderado firmará la recepción de la información. 2. El colegio deberá entregar al apoderado todas las facilidades para que se comunique con su hija embarazada mientras se encuentra en el colegio. 3. El apoderado de la alumna embarazada tiene derecho a solicitar cambio de sala en cualquier etapa de su embarazo. Justificando con certificado extendido por un el especialista que la atiende. Dicha solicitud será evaluada por la Dirección del colegio, teniendo en cuenta, toda la información presentada en el caso. Deberes del apoderado: 1. El apoderado/a deberá informar a la Dirección del colegio la condición de embarazo, maternidad o paternidad del estudiante. El apoderado de la alumna embarazada tiene el deber de informar al profesor jefe los datos del médico tratante, hospital o clínica que la atiende, tipo de previsión, números de emergencia, y apoderado suplente.
  • 55. P á g i n a | 55 2. El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que el/la alumno/a asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la salida o la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase. 3. El apoderado tiene el deber de informar al establecimiento sobre cualquier tratamiento medicamentoso asociado al embarazo de la alumna, siendo ellos responsables de la administración de dicho medicamento. 4. Cada vez que el/la alumna se ausente, el apoderado deberá entregar al establecimiento el certificado médico. Además deberá solicitar entrevista con el profesor jefe, para la entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado/a. 5. El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona. 6. Respetar y cumplir todas las instancias explícitas en este protocolo, incluyendo el respeto a la comunidad, y hacia sus propios hijos, establecido en el Manual de Convivencia Escolar. De los procedimientos y registro de la evaluación y asistencia del alumno/a: 1. Si el/la estudiante se ausenta por más de un día, debido a alguna razón derivada de su situación de maternidad o paternidad, es el apoderado/a del alumno, quien debe avisar de la inasistencia y hacerse responsable del retiro de materiales de estudio de cada día. 2. Respecto a los horarios de ingreso y salida, se flexibilizarán, siempre y cuando éstas sean debidamente justificadas por el apoderado, en forma personal. 3. Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de el/la estudiante. Para esto, el profesor que corresponda deberá registrar en el libro de clases y Portería en el Libro de Salida. 4. El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y/o paternidad. El profesor jefe deberá verificar que en
  • 56. P á g i n a | 56 forma regular en caso de inasistencias se especifique que se presentó el carné de salud o certificado médico. 5. Los certificados médicos serán recepcionados por el profesor jefe, quien los deberá entregar a Inspectoría para ingresarlos al Sistema. 6. El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación flexible, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. Este sistema de evaluación flexible será ejecutado por Coordinación Académica y la jefatura del curso correspondiente y se ajustará al reglamento oficial del Ministerio de Educación garantizando el logro de aprendizajes y objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio. 7. El sistema de evaluación flexible con el que se evalúa al alumno/a considera aplicar trabajos de Investigación, cuestionarios, guías de trabajo, presentaciones, etc. 8. Cada vez que la alumna/o se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones, con la misma exigencia de sus compañeros(as), esto es, el 60%. 9. El/la estudiante tiene derecho a ser promovido/a de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos tratantes, consten en el carné de control de salud y cumplan con los requisitos de promoción establecidos en el reglamento de evaluación. PROTOCOLO DE PREVENCIÓN BULLYING El bullying es uno de los tantos comportamientos violentos que se genera en el área escolar, denominado también como intimidación, acoso u hostigamiento entre pares, siendo la amenaza sistemática que un estudiante, o un grupo de ellos, realiza a otro estudiante hombre o mujer. De acuerdo a la Ley de Violencia Escolar “Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento
  • 57. P á g i n a | 57 educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o Cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. La mayoría de estas situaciones ocurren preferentemente cuando los profesores, padres, madres y adultos no están presentes, en el recreo, cambio de hora, a la salida del colegio, baños, chats, entre otros. En este sentido, se hace relevante identificarlo adecuadamente para intervenir de manera oportuna. En el marco de la nueva ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada y publicada en septiembre del 2011 por el Ministerio de Educación, implementa un Protocolo de acciones preventivas y remediales ante estas situaciones. MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EL BULLYING RESPONSABILIDADES: Encargados de Convivencia lideran acciones en relación a la prevención y resolución de situaciones de hostigamiento entre pares. Este trabajo se realiza junto al Equipo Directivo, Equipo Sicosocial, Profesor Jefe, Equipo Pie, Profesores de Asignatura, Padres y Estudiantes, según se requiera. GESTIÓN PREVENTIVA: a) Equipo de Convivencia: Liderado por Encargada de Convivencia, está compuesto por Encargada de Convivencia Escolar Psicóloga y Asistente Social . Este dispositivo busca que en el Colegio Paula Jaraquemada A. se promuevan y generen acciones que faciliten la existencia de una buena convivencia escolar. b) Existe un Reglamento de Normas de Convivencia establecido, claro y conocido por todos los estudiantes. c) Comunidades de curso: Cada curso establece sus Acuerdos de Convivencia y Objetivos a trabajar durante el año, los cuales son revisados al fin de cada semestre. Esto se realiza en las Jornadas de Convivencia y las Jornadas de Objetivos y Metas, programadas cada año en el establecimiento de
  • 58. P á g i n a | 58 manera simultánea en cada curso. Todo esto bajo el marco regulatorio del Manual de Convivencia del colegio. d) Unidades de orientación trabajadas hasta 1º Medio. -Habilidades socio afectivas, la cual tiene por objetivo desarrollar habilidades interpersonales, que permiten establecer y fortalecer los vínculos con otros. Formación ciudadana, la cual busca guiar la formación ético-cívica de nuestros estudiantes, a través del desarrollo de actitudes de aceptación de la diversidad, respeto por las diferentes opiniones, tolerancia, entre otras. e) Utilización del Modelo de Resolución de Conflictos compartido con la Comunidad Educativa. f) Se socializa con los estudiantes, a través de la agenda escolar y del espacio de orientación, los procedimientos frente a situaciones de violencia y Bullying. g) Evaluación clima de aula a través de Jornadas de Convivencia. h) Derivación a especialista, en caso de observarse conductas que obstaculicen el establecimiento de relaciones interpersonales armónicas entre pares. i) Seguimiento y evaluación de integración de estudiantes nuevos al grupo curso. j) Entrevista a apoderados: Los padres y apoderados tienen la posibilidad de plantear sus dudas e inquietudes, por conductos regulares claros, expeditos, simples y que son conocidos por todos. Además el colegio promueve que las familias de los estudiantes mantengan una actitud receptiva con las sugerencias, preocupaciones, dudas e inquietudes que el colegio tenga sobre el estudiante. k) Actividades de formación para padres en reunión de apoderados, para facilitar la detección y manejo de situaciones de bullying u hostigamiento. l) Capacitación constante a profesores para la detección y manejo de situaciones de bullying. m) Permanente observación de clases por el Equipo Directivo del establecimiento. n) Estudios de casos individuales y de grupos cursos en espacio de Reflexión pedagógica. o) Durante los recreos hay sistemas de turnos con adultos responsables, de modo que siempre exista resguardo de la seguridad de los estudiantes. p) Resguardo de los accesos a las diferentes dependencias del establecimiento.
  • 59. P á g i n a | 59 El adulto debe informar de inmediato la situación al Profesor jefe y Psicóloga del ciclo para coordinar las acciones.
  • 60. P á g i n a | 60 PROTOCOLO EVACUACIÓN FRANCISCA COOPER OBJETIVO GENERAL Asegurar la seguridad de los miembros del Colegio ejercitando los procedimientos de seguridad, protección, desplazamiento y autocontrol ante cualquier emergencia o catástrofe. DE LA SEGURIDAD 1. EN LAS SALAS DE CLASES 1.1. Verificación que en las salas de clases como en otras dependencias del Colegio las puertas se encuentren en condiciones de ser abiertas hacia fuera. 1.2. En las salas de clases u otras dependencias un cartel que indique las ZONAS DE SEGURIDAD correspondientes. 1.3. Colocar en cada dependencia del Colegio letreros que indiquen las acciones a seguir por las personas que se encuentren en ellas durante una emergencia. 2. SEGURIDAD FUERA DE LAS SALAS DE CLASES 2.1. Mantener un listado de números telefónicos de Emergencia en Dirección, Inspectoría, Secretaría y otras dependencias de tránsito de profesores. 2.2. Mantener en buenas condiciones los elementos de seguridad necesarios (Extintores, Botiquín, Camilla, Escaleras, etc.). 2.3. Definir y demarcar las ZONAS DE SEGURIDAD con las que cuenta el Colegio. 2.4. Definir y demarcar las VÍAS DE ESCAPE 2.5. Confeccionar el plano del Establecimiento, indicando las Vías de Evacuación hacia las zonas de seguridad correspondientes. 2.6. Emplear adecuadamente el sistema de alarma (campana, timbres y/o megáfono). 2.7. Informar y adiestrar a todo el personal de Establecimiento. 2.8. Organizar los equipos de alarmas (interior y exterior). Abrir puertas o rejas, corte de energía eléctrica y artefactos, camilleros, primeros auxilios, etc. 2.9. Realizar ejercicios de ensayo de evacuaciones.
  • 61. P á g i n a | 61 3. PRACTICAS DE EVACUACIÓN 3.1. Se realizarán prácticas de evacuación semestrales. 3.2. Se realizarán ejercicios de evacuación de tres tipos, a saber: con conocimiento de todo el personal; con conocimiento de la Dirección, Inspectoría, Administración, auxiliares, profesores y alumnos y con conocimiento sólo de la Dirección e Inspectoría. 3.3. Al darse la Alarma, durante un recreo, los alumnos que se encuentren sin Profesor, deberán dirigirse de forma inmediata a su Zona de Seguridad. 3.4. Al darse la Alarma, durante las clases, los Profesores ordenarán que los niños se ubiquen debajo de las mesas posteriormente una vez que se dé la orden los alumnos bajaran a sus Zonas de Seguridad de forma ordenada. 3.5. Al darse la Alarma, durante el almuerzo, los Profesores y personal a cargo ordenarán la evacuación inmediata de los alumnos a su Zona de Seguridad. 3.6. El alumno(a) que se encuentre más cerca de la puerta, la abrirá lo más rápidamente posible. 3.8. Por ningún motivo los estudiantes deberán ordenar lo que hay en sus mesas, demorarse, colocándose alguna prenda de vestir o devolverse en búsqueda de cualquier cosa que se le haya olvidado o caído. 3.9. El trayecto hasta la Zona de Seguridad debe realizarse: sin gritar o hablar con paso firme y rápido, pero sin correr. Al bajar una escalera deberán hacerlo tomados del pasamanos. 3.10. Durante un procedimiento de evacuación el Profesor debe siempre controlar y supervisar que las normas antes definidas, se cumplan. 3.11. El Profesor es el último en abandonar la sala de clases, con el respectivo Libro de Clases. 3.12. Tanto los alumnos como las demás personas que se encuentren participando de un procedimiento de evacuación, deberán permanecer en sus Zonas de Seguridad hasta que, un Profesor indique el paso a seguir (evacuación total del Colegio o retomar las actividades correspondientes). 3.13. La Inspectoría estará a cargo de dirigir la evacuación del Colegio, dará a conocer las irregularidades presentadas y comunicará las instrucciones necesarias para corregir los errores en los futuros procedimientos de ensayo.
  • 62. P á g i n a | 62 3.14. Una vez finalizado el ensayo de evacuación se procederá a dar a los Profesores la autorización para el reingreso a las salas. Una vez recibida la autorización, el Profesor conducirá a los estudiantes de forma rápida a la sala correspondiente para continuar con sus actividades. 4. DE LA EVALUACION DE LAS PRÁCTICAS DE EVACUACION. 4.1. Toda práctica de evacuación del Colegio deberá ser evaluada. DE CÓMO ACTUAR EN CASO DE SISMO ANTES DEL SISMO 5.1. Revisar periódicamente el Colegio para detectar los lugares inseguros. 5.2. Definir las Zonas de Seguridad en el interior de las salas y otras dependencias (paredes, cadenas de muros, pilares, bajo vigas, etc.). 5.3. Definir las Zonas de Seguridad en el exterior de las salas (que ofrezcan una mayor seguridad que la sala de clases). 5.4. Determinar la Vía de Evacuación entre cada una de las dependencias y la Zona de Seguridad correspondiente a esa sala. 5.5. Realizar Ensayos de Evacuación para familiarizar a los estudiantes con el recorrido. DURANTE EL SISMO 5.6. Los docentes deben mantener la calma y alertar al estudiante que esté más cerca de la puerta para que la abra. 5.7. De aumentar la intensidad, el docente debe pedir a los estudiantes que salgan de bajo las canoas de los tubos fluorescentes y se paren juntos apoyados en la pared del fondo de la sala. 5.8. Los alumnos que se encuentren en el laboratorio deberán con la supervisión del Profesor, cortar el suministro de gas de los mecheros, antes de dirigirse a su Zona de Seguridad. 5.9. Los alumnos deben esperar en su sala, en forma ordenada, hasta que el movimiento sísmico termine para luego proceder a evacuar la sala. 5.10. Durante el sismo tanto los Profesores (as) como estudiantes deberán mantener la calma y mirar hacia el cielo para prever la caída de trozos del cielo raso como de los tubos de iluminación.