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CURSO SOBRE  PEDAGOGIAS DE LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS ELABORADO POR MARTHA SOLEDAD MONTERO G.  ASISTENTE COLABORADORA ALEIDA CORRALES  UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA.  Bogotá, abril  de 2004
MARCO NORMATIVO DECRETO 808 DE 2002  Establecía el crédito académico como mecanismo de evaluación de calidad, transferencia estudiantil y cooperación institucional Artículo .....“Con el fin de facilitar el análisis y comparación de información, para efectos de evaluación de estándares de Calidad de los programas académicos, y de movilidad y transferencia estudiantil, de conformidad con el articulo 5 del presente decreto, las instituciones de Educación Superior, expresarán en créditos académicos el tiempo de trabajo académico del estudiante, según los requerimientos del plan de estudios del respectivo programa, sin perjuicio de los organización de las actividades académicas que cada institución defina en forma autónoma para el diseño y desarrollo de su plan de estudios”. En la evaluación de estándares de calidad de los programas de Educación Superior, se tendrá en cuenta el número de créditos de las diferentes actividades académicas. El ICFES en ejercicio de las funciones de homologación de estudios y convalidación de títulos obtenidos en el exterior, tendrá en cuenta el número de créditos de las actividades académicas de los programas, como uno de los parámetros de evaluación. El decreto 808 de 2002 dice que el tiempo estimado de actividad académica del estudiante en función de competencias académicas que se espera el programa desarrolle, se expresará en unidades denominadas Créditos Académicos. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL DECRETO El decreto 808 de 2002 ordenaba a todos los programas en cualquier metodología, jornada o nivel de formación (técnico, tecnológicos, profesionales y de postgrados) “Expresar en créditos académicos el tiempo de trabajo académico del estudiante...” En las instituciones de Educación superior, podrán utilizar los créditos académicos como un herramienta para evaluar las equivalencias entre programas en procesos de transferencia estudiantil o movilidad académica. El tiempo de trabajo académico del estudiante se constituye en un indicador en el proceso de verificación del cumplimiento de los estándares mínimos de calidad para aquellos programas para los cuales se ha definido estándares. En  la función de convalidación y homologación de títulos cursados en el exterior, el ICFES tendrá en cuenta el número de créditos de las actividades académicas de los programas, como uno de los parámetros de evaluación. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
MARCO NORMATIVO DECRETO 2566 DE 2003  Establece las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de Educación Superior. Establece que la organización de las actividades de formación por créditos académico, es una de las condiciones mínimas de Calidad que las Instituciones de Educación Superior deberán demostrar para obtener el registro calificado (reconocimiento que hace el Estado del cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad para el adecuado funcionamiento)  El número de horas académicas de acompañamiento docente: de acuerdo con la metodología específica de la actividad académica, las instituciones de educación superior deberán discriminar el número de horas académicas de acompañamiento docente, precisando cuántas horas adicionales de trabajo independiente se deberán desarrollar por cada hora de trabajo presencial, distinguiendo entre programas de pregrado, especialización, maestría y doctorado. Dedica el segundo capitulo  a los créditos académicos: el tiempo de trabajo en créditos académicos, los créditos académicos, el número de horas académicas de acompañamiento docente, número de créditos de una actividad académica y la transferencia estudiantil. El número de créditos de una actividad académica en el plan de estudios, será aquel que resulte de dividir por 48 el número total de horas que deba emplear el estudiante para cumplir satisfactoriamente las metas de aprendizaje. Las instituciones de educación superior, dentro de su autonomía  y de acuerdo con la naturaleza del programa, distinguirán entre créditos académicos obligatorios y electivos. En los procesos de transferencia estudiantil, se tendrán en cuenta los créditos cursados por el estudiante en la homologación de sus logros, sin perjuicio de los créditos y requisitos que autónomamente adopte la institución para decidir sobre la transferencia   Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
QUÉ ES EL SISTEMA DE CRÉDITOS? El Ministerio de Educación Nacional define el crédito como una unidad de medida del trabajo académico del estudiante. Permite calcular el número de horas semanales en promedio por periodos académicos dedicados por el estudiante a una actividad académica, lo cual constituye un referente común que facilita hacer equiparables las intensidades de formación académicas entre programas de diferentes instituciones, la transferencia y movilidad estudiantil dentro del sistema de Educación Superior, la homologación de estudios y la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, y el ejercicio de las funciones de Inspección y Vigilancia en la verificación del cumplimiento de los estándares mínimos de calidad de los distintos programas académicos, en lo relacionado con la intensidad del trabajo académico de los estudiantes. PROPÓSITOS ·          Estimular la calidad de la oferta académica. ·          Permitir el mejor aprovechamiento de los talentos y recursos de la universidad. ·          Favorecer la flexibilidad de los programas. ·          Propender por una mayor autonomía y responsabilidad del estudiante en su proceso formativo. ·          Propiciar la movilidad estudiantil. Algunas universidades lo han definido como el conjunto de criterios que orientan el diseño de los planes de estudio y de las normas académicas, administrativas y financieras que regulan el transito de los estudiantes por los programas académicos, utilizando el sistema de créditos académicos. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
MECANICA DEL SISTEMA DE CRÉDITOS 3. Un crédito equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante, que comprende las horas con acompañamiento directo del docente y demás horas que el estudiante deba emplear en actividades diferentes de estudios, prácticas y otras que sean necesarios para alcanzar las metas de aprendizaje, sin incluir las destinadas a la presentación de las pruebas finales de evaluación 1. El número total de horas promedio de trabajo académico semanal del estudiantes correspondiente a un crédito, será aquel que resulte de dividir las 48 horas totales de trabajo por el número de semana que cada institución defina para el periodo lectivo respectivo.   2. El número de créditos de una actividad académica en el plan de estudios será aquel que resulte de dividir por 48 el número total de horas que deba emplear el estudiante para cumplir satisfactoriamente las metas de aprendizaje.   Las instituciones de educación superior, dentro de su autonomía y de acuerdo con la naturaleza del programa, distinguirán entre créditos académicos obligatorios y electivos. 6. Es importante aclarar que el decreto 808 de 2002,  ordenaba expresar en créditos académicos, la carga de trabajo del estudiante para efectos de movilidad o de justificación de la intensidad de trabajo académico programado; nunca con fines de organización académica curricular; pues esto es competencia de la institución de educación superior, en virtud de la autonomía universitaria.   5. El sistema de créditos es fácilmente adaptable a las diferentes modalidades de formación superior. Los créditos no se orientan a la programación de los diferentes tipos de actividad académica que debe diseñar el profesor, simplemente constituyen una medida del trabajo del estudiante, utilizando un parámetro que posibilita la definición de las cargas de trabajo y sus posibles equivalencias con otros programas. 4. Una hora académica con acompañamiento directo del docente supone dos horas adicionales de trabajo independiente en programas de pregrado y especialización, y tres en programas de maestría, lo cual no impide a las instituciones de educación superior propongan una proporción mayor o menor de horas presenciales frente a las independientes, indicando las razones que lo justifican, cuando la metodología específica de la actividad académica así lo exija. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
ALGUNOS REFERENTES INTERNACIONALES Los créditos académicos han sido acogidos por la Unión Europea, formalmente y por los Estados Unidos por tradición comúnmente aceptada. Estos dos casos responden a la tendencia internacional de promover entre los países y regiones la movilidad académica. En agosto de 2002 se realizó en la Universidad de Santa Catarina (Brasil) con el auspicio del programa COLUMBUS, un evento orientado a promover la movilidad internacional de estudiantes y de profesores entre países de América Latina y Europa.  Uno de los medios para este presupuesto, para este logro es la implementación del sistema de créditos como una medida equiparable del sistema de créditos adoptado internacionalmente. A fines de noviembre del mismo año se llevó a cabo en Torino (Italia) un encuentro internacional sobre el tema en mención en el que Colombia se comprometió adoptar medidas uniformes del trabajo estudiantil que facilite la movilidad, las transferencias y las convalidaciones. La idea es que América Latina adopte un sistema que sea homologable. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
CRÉDITOS ACADÉMICOS ALGUNAS ORIENTACIONES SOBRE EL ALCANCE PEDAGÓGICO  1. El crédito académico es un instrumento de trabajo en el marco de las actuales políticas curriculares procura cambios  adentro y afuera  de las Instituciones de Educación Superior Colombianas. 2. Busca introducir prácticas académicas y administrativas, caracterizadas por la flexibilidad, la pertinencia y el trabajo cooperativo. 3. Los créditos son un referente en el  Sistema de Educación,  pretende abrir el dialogo interinstitucional y la movilidad de los diferentes actores dentro y fuera del Sistema.   4. La expedición de decreto 808 de 2002 propicio e impulso procesos de reflexión y cambios al interior de las instituciones de Educación Superior. 5. La introducción del sistema de créditos,  contribuye a generar procesos de transformación y mejoramiento académicos, con el propósito común  de lograr una Educación Superior  equitativa, de calidad y abierta a los retos de la sociedad contemporánea. 6. Son mecanismos que facilitan la movilidad de estudiantes, la homologación de estudios y la convalidación de títulos de programas académicos cursados en el exterior, adoptando una medida compatible con las reglas  internacionales.   7. El  mecanismo de transferencia estudiantil, mediante la adopción de una medida de tiempo de trabajo académico (créditos, como parámetro de evaluación), puede ser utilizada de manera flexible por las diferentes instituciones de Educación Superior del país para homologar y reconocer los logros alcanzados por los estudiantes en sus actividades académicas. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
JUSTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE CRÉDITOS EN LA EDUCACIÓN COLOMBIANA Ventajas para los estudiantes   Además de facilitar la movilidad y las transferencias, la introducción del sistema de créditos permitirá  al estudiante el diseño de las rutas de formación profesional en asocio con el maestro, en los tiempos de dedicación académica y en la consideración de los ritmos y secuencias de aprendizaje. ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
ALGUNAS ANOTACIONES SOBRE PROPUESTAS UNIVERSITARIA Aspectos Que Garantizan Un Mayor Éxito En La Adopción Del  Sistema De Créditos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],UN SISTEMA DE CRÉDITO DE MAYOR ALCANCE   Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
Criterios para el diseño y evaluación del sistema de créditos Considera la “Consejería académica” al estudiante, que consiste en una asesoría que se le dará  en lo que se refiere a  la conformación de los elementos de énfasis u opcionales, y electivos de su plan de estudios. Esta consejería será ejercida por el director del programa, cuando no sea posible, dado el número de estudiantes, se solicitará ayuda a los departamentos, en lo posible por los profesores de planta, se procurará que el estudiante tenga el mismo durante todo su programa     Favorecer la movilidad estudiantil y la homologación del trabajo académico en el interior de la universidad, así como en el ámbito nacional e internacional. Promover la flexibilidad curricular de los programas que comprenden posibilidades de diversos énfasis dentro de la misma área de conocimiento, opciones complementarias en otras áreas del conocimiento y electivas que respondan a los intereses particulares de los estudiantes. Para que la flexibilidad curricular beneficie a los estudiantes, se requiere que sea asesorado, a través de una consejería académica para conformar adecuadamente su plan de estudios de acuerdo con la  oferta académica de la universidad y en coherencia  con sus capacidades, aspiraciones e intereses. Estimular la calidad de la oferta académica mediante la flexibilidad que tendrá el estudiante para escoger asignaturas y a la vez incentiva la existencia de una oferta amplia de asignaturas y actividades académicas de la universidad, así como el diseño integral de los planes de específicos de los estudiantes. Criterios Académicos Promover una mayor oferta académica de las asignaturas por los departamentos permitiendo el desarrollo de opciones, énfasis entre otros.  El estudiante tiene mayor autonomía en la construcción de su proceso de formación. Enriquecer la experiencia formativa del estudiante a partir de su participación en grupos con estudiantes de diferentes programas académicos. Favorecer el diálogo entre distintas unidades académicas, disciplinas y profesiones en la universidad, como una forma de generar interdisciplinariedad. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
Se pueden tener las siguientes ventajas   ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Todos los planes de estudio que conduzcan a título universitario deben acogerse al sistema de créditos que incluya la medición académica y la evaluación y promoción por promedios ponderados.   El número de créditos para cada semestre en el plan  de estudios de una carrera de pregrado debe ser, de ordinario entre 15 y 21.   El número de créditos de un periodo intersemestral no puede ser superior a la tercera parte de los permitidos en la  facultad para un periodo semestral.   Todas las asignaturas del plan de estudios debe tener una asignación de créditos.   En los postgrados,  el número de créditos de una maestría debe ser de 30 el número mínimos de créditos, de un doctorado  de 80, incluidos los créditos que le asignen a la labor investigativa y al trabajo de grado. Aunque la maestría no es requisito para optar por un doctorado, los créditos cursados y aprobados de una maestría  pueden aceptarse como créditos para el doctorado.   Los promedios ponderados se computan con base en el número de créditos de cada asignatura.   Algunas universidades tienen reglamentaciones como la siguiente: Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
Precisiones para el funcionamiento del sistema de créditos El núcleo de formación fundamental debe ser cursado obligatoriamente por todos los estudiantes que aspiran a un título determinado. Este núcleo incluirá también aquellas asignaturas y actividades de tipo institucional que garantizan una formación coherente con la filosofía propia de la universidad. Teniendo en cuenta la experiencia de diversas instituciones de educación superior, las tendencias actuales y las experiencias de los estudiantes, de los créditos totales de un programa, se sugiere que el núcleo de Formación Fundamental constituya hasta el 70% de los créditos, que pueden incluir un grado de opcionalidad a su interior. Las facultades podrán justificar un porcentaje mayor en casos especiales. Los créditos restantes se distribuirán entre los énfasis o las opciones complementarias, que deban constituir al menos el 20% del total de los créditos y las electivas, que deban constituir al menos el 10 % restante de los créditos. Los programas pueden ofrecer a sus estudiantes posibilidades de énfasis y de opciones complementarias y podrán  permitir que el estudiante escoja entre realizar un énfasis o una opción complementaria.  Tener en cuenta Algunas Caracteristicas de los Currículos: Interacción de los diversos componentes, que se trascienda la visión de disciplina o profesión, enriquecerla y hacerse competente para trabajar con personas  formadas en otros campos del saber. Facilitar el reconocimiento de la realidad del país y su vinculación a procesos que tratan de resolver problemas concretos. Los planes de estudio deben ser flexibles, para revisarlos, actualizarlos, garantizar vigencia y satisfacer aspiraciones individuales.   Liberar al estudiante de un excesivo número de horas de clases y contemplar espacios de reflexión investigativa El sistema de créditos por su estructura dinamiza, enriquece  la formación  y propicia autonomía de los estudiantes. Los departamentos y carreras también se enriquecen, pues  permite que con mayor claridad se presten los servicios de docencia, investigación y asesorías en sus áreas de conocimientos.  ,[object Object],Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
ALGUNOS ASPECTOS DEL CRÉDITO EUROPEO  Y SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL En los elementos básicos que deben conformar las acciones de reforma y revisión de los sistemas de Educación Superior en la Unión Europea, el crédito ocupa un lugar relevante. La adopción del sistema de créditos implicará una reorganización conceptual de los sistemas educativos, para adaptarse en los modelos de formación centrados en el trabajo del estudiante. En este marco, 60 créditos representan el volumen de trabajo de un año académico, 30 créditos equivalen a un semestre y 20 créditos a un trimestre de estudios.  Los créditos representan el volumen de trabajo del estudiante de manera relativa, no absoluta. Indican el volumen de trabajo requerido para superar cada unidad de curso en el centro o departamento responsable de la asignación del crédito. Traducen el volumen de trabajo que cada unidad requiere en relación con el volumen total de trabajo necesario para completar el año de estudios en el centro, es decir, lecciones magistrales, trabajos prácticos, seminarios, periodos de prácticas de trabajo de campo, trabajo personal – en bibliotecas o en domicilio, así como los exámenes u otros posibles métodos de evaluación. Así pues los se basan en el volumen total de trabajo de los estudiantes y no se limita exclusivamente en las horas de asistencia a clases presenciales. Europa y sus universidades se enfrentan en la actualidad a un cambio social y cultural para lo que deberán incorporar métodos de trabajos comunes como la adopción de:       Nuevos  métodos docentes para una formación integral de los estudiantes.         Métodos comunes de evaluación de aprendizaje.        Sistemas de medidas del aprendizaje y producción de documentos fácilmente comprensibles. Para obtener los créditos deben superarse los exámenes  o las evaluaciones pertinentes y el nivel de preparación de los estudiantes se expresará con calificaciones que deberán reflejarse en su seguimiento académico. La adopción del sistema de créditos, extendido a toda la población estudiantil europea, implicará una reorganización conceptual de los sistemas educativos para adaptarse a los nuevos modelos de formación continuada a lo largo de la vida. Esto modifica el significado inicial del crédito, como valor establecido fácilmente transferible, añadiendo el factor de acumulación válido para las distintas etapas formativas. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],La utilización de créditos conceptualmente iguales en toda la Unión Europea implicará además la utilización de calificaciones que permitan una comparación entre los distintos sistemas.  ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
La modificación en la definición de crédito español a créditos Europeos (transferibles y acumulables), deberá tener en cuenta:  La naturaleza del crédito. Siguiendo este criterio, basado en el trabajo  que el estudiante deberá realizar para tener la formación adecuada (conocimientos, competencias). El concepto de unidad de crédito debe reflejar el trabajo necesario para una formación académica integral mediante un aprendizaje adecuado que permita desarrollar en el estudiante una capacidad de análisis y síntesis. El contenido de las clases teóricas, clases prácticas, seminarios, tutorías y evaluaciones dependerán de los objetivos que se deseen alcanzar.   La adopción de 60 créditos por curso académicos (1 crédito) equivale a 1/60 del trabajo real del curso completo.  El trabajo del profesor como punto relevante para ayudar al estudiante en su formación. Es importante poner de manifiesto que en esta propuesta no altera la dedicación actual del profesorado, al contrario se incentiva su labor. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
Las principales repercusiones de la extensión del sistema de crédito europeo ECTS se pueden resumir así:   ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],La elección del trabajo del estudiante como base para el crédito europeo, es sin duda, una medida pragmática para la transferencia de créditos. Si se acepta que el curso de una universidad donde se envía  a un estudiante es equiparable en calidad y nivel de conocimiento a la universidad de origen, la cuantificación del esfuerzo del estudiante en créditos permitirá una equiparación o equivalencia fácil. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
Siguiendo el trabajo “Marco de aprendizaje autónomo y significativo” del profesor Aurelio Villa (universidad de Deusto), la opción por un sistema de aprendizaje autónomo y significativo conlleva la visión de que éste responde mejor a las necesidades del presente y del futuro. El proceso de enseñanza-aprendizaje se compone de dos polos: enseñanza, cuyo protagonista principal es el profesorado, y el aprendizaje, cuyo protagonista principal es el estudiante.  ,[object Object],[object Object],[object Object],  Si el proceso se sitúa o se enfatiza en un determinado polo, esto conlleva subrayar unas determinadas características. Observando la enseñanza-aprendizaje como un proceso bipolar, se puede evaluar sus características distintivas y según se aproxime más  al polo de la enseñanza o al polo  del aprendizaje tendremos como referencia fundamental al profesor o al estudiante. Probablemente la mejor  opción debe  de considerar ambos métodos llegando a un equilibrio que vendrá determinado por los contenidos de las áreas de estudio. La adopción del crédito europeo supone, no solo un método de cuantificación, sino la elección de una filosofía de fondo, basada en el trabajo del estudiante que implicará un nuevo enfoque sobre métodos docentes. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
La asignación de créditos  depende de múltiples factores, como la duración del curso académico, la carga lectiva, la dedicación del estudiante y lo más importante, en el área de estudio de cada titulación, el nivel de misma y los objetivos propuestos. En primer lugar habrá que tener en cuenta los datos básicos generales de organización de un curso académico y el número de horas correspondientes, ya que estos datos servirán como base para calcular los valores relativos a los créditos.    LA ASIGNACIÓN DE CREDITOS Una vez asignados el valor del crédito habrá que asignar a cada asignatura de cada titulación los créditos correspondientes. Existen distintos modelos de asignación de créditos, todos ellos basados en la estimación del trabajo real del estudiante para preparar sus exámenes y alcanzar la formación adecuada para su área de conocimiento. El problema se puede afrontar de dos maneras básicas: desde la totalidad o máximos o desde la singularidad o mínimos.  Desde la singularidad o mínimos, significa tomar como punto de partida cada asignatura. En este caso no queda claro cuál puede ser la posición de cada unidad de curso frente a la totalidad de la titulación. Se corre el riesgo que cada profesor sobrestime su asignatura. Esto llevaría a una demanda exagerada de trabajo  para el estudiante, situación existente en la actualidad en algunas carreras. ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  Relación entre crédito y el trabajo del estudiante Si se admite la idea de estudiante medio puede relacionarse con los créditos de forma matemática. El cálculo puede presentar cierta complejidad ya que se deberán considerar algunos puntos importantes: ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Uno de los puntos por tener en cuenta es la diferencia entre clases teóricas y prácticas. El esfuerzo que debe realizar un estudiante es muy distinto para asimilar los conocimientos en cada caso y dependerá siempre del área de estudio. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
El nuevo sistema de créditos no sólo implica un cambio conceptual que afecta al estudiante, sino también que va a afectar al profesor. Es importante destacar que con este sistema se deberá considerar una nueva fórmula para calculara dedicación del profesorado. No se deberán tener en cuenta sólo las horas de docencia presenciales y tutorías (que frecuentemente quedan para algunas preguntas antes de los exámenes) ya que los profesores tendrán, cuando se adopten los nuevos métodos docentes, que invertir un tiempo mayor en la preparación de sus asignaturas y en la atención personalizada de los estudiantes.   Relación de los créditos ECTS y dedicación del profesorado Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
 
 
 
 
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],  BIBLIOGRAFIA Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.

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Crditos acadmicos (2)

  • 1. CURSO SOBRE PEDAGOGIAS DE LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS ELABORADO POR MARTHA SOLEDAD MONTERO G. ASISTENTE COLABORADORA ALEIDA CORRALES UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA. Bogotá, abril de 2004
  • 2. MARCO NORMATIVO DECRETO 808 DE 2002 Establecía el crédito académico como mecanismo de evaluación de calidad, transferencia estudiantil y cooperación institucional Artículo .....“Con el fin de facilitar el análisis y comparación de información, para efectos de evaluación de estándares de Calidad de los programas académicos, y de movilidad y transferencia estudiantil, de conformidad con el articulo 5 del presente decreto, las instituciones de Educación Superior, expresarán en créditos académicos el tiempo de trabajo académico del estudiante, según los requerimientos del plan de estudios del respectivo programa, sin perjuicio de los organización de las actividades académicas que cada institución defina en forma autónoma para el diseño y desarrollo de su plan de estudios”. En la evaluación de estándares de calidad de los programas de Educación Superior, se tendrá en cuenta el número de créditos de las diferentes actividades académicas. El ICFES en ejercicio de las funciones de homologación de estudios y convalidación de títulos obtenidos en el exterior, tendrá en cuenta el número de créditos de las actividades académicas de los programas, como uno de los parámetros de evaluación. El decreto 808 de 2002 dice que el tiempo estimado de actividad académica del estudiante en función de competencias académicas que se espera el programa desarrolle, se expresará en unidades denominadas Créditos Académicos. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 3. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL DECRETO El decreto 808 de 2002 ordenaba a todos los programas en cualquier metodología, jornada o nivel de formación (técnico, tecnológicos, profesionales y de postgrados) “Expresar en créditos académicos el tiempo de trabajo académico del estudiante...” En las instituciones de Educación superior, podrán utilizar los créditos académicos como un herramienta para evaluar las equivalencias entre programas en procesos de transferencia estudiantil o movilidad académica. El tiempo de trabajo académico del estudiante se constituye en un indicador en el proceso de verificación del cumplimiento de los estándares mínimos de calidad para aquellos programas para los cuales se ha definido estándares. En la función de convalidación y homologación de títulos cursados en el exterior, el ICFES tendrá en cuenta el número de créditos de las actividades académicas de los programas, como uno de los parámetros de evaluación. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 4. MARCO NORMATIVO DECRETO 2566 DE 2003 Establece las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de Educación Superior. Establece que la organización de las actividades de formación por créditos académico, es una de las condiciones mínimas de Calidad que las Instituciones de Educación Superior deberán demostrar para obtener el registro calificado (reconocimiento que hace el Estado del cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad para el adecuado funcionamiento) El número de horas académicas de acompañamiento docente: de acuerdo con la metodología específica de la actividad académica, las instituciones de educación superior deberán discriminar el número de horas académicas de acompañamiento docente, precisando cuántas horas adicionales de trabajo independiente se deberán desarrollar por cada hora de trabajo presencial, distinguiendo entre programas de pregrado, especialización, maestría y doctorado. Dedica el segundo capitulo a los créditos académicos: el tiempo de trabajo en créditos académicos, los créditos académicos, el número de horas académicas de acompañamiento docente, número de créditos de una actividad académica y la transferencia estudiantil. El número de créditos de una actividad académica en el plan de estudios, será aquel que resulte de dividir por 48 el número total de horas que deba emplear el estudiante para cumplir satisfactoriamente las metas de aprendizaje. Las instituciones de educación superior, dentro de su autonomía y de acuerdo con la naturaleza del programa, distinguirán entre créditos académicos obligatorios y electivos. En los procesos de transferencia estudiantil, se tendrán en cuenta los créditos cursados por el estudiante en la homologación de sus logros, sin perjuicio de los créditos y requisitos que autónomamente adopte la institución para decidir sobre la transferencia Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 5. QUÉ ES EL SISTEMA DE CRÉDITOS? El Ministerio de Educación Nacional define el crédito como una unidad de medida del trabajo académico del estudiante. Permite calcular el número de horas semanales en promedio por periodos académicos dedicados por el estudiante a una actividad académica, lo cual constituye un referente común que facilita hacer equiparables las intensidades de formación académicas entre programas de diferentes instituciones, la transferencia y movilidad estudiantil dentro del sistema de Educación Superior, la homologación de estudios y la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, y el ejercicio de las funciones de Inspección y Vigilancia en la verificación del cumplimiento de los estándares mínimos de calidad de los distintos programas académicos, en lo relacionado con la intensidad del trabajo académico de los estudiantes. PROPÓSITOS ·         Estimular la calidad de la oferta académica. ·         Permitir el mejor aprovechamiento de los talentos y recursos de la universidad. ·         Favorecer la flexibilidad de los programas. ·         Propender por una mayor autonomía y responsabilidad del estudiante en su proceso formativo. ·         Propiciar la movilidad estudiantil. Algunas universidades lo han definido como el conjunto de criterios que orientan el diseño de los planes de estudio y de las normas académicas, administrativas y financieras que regulan el transito de los estudiantes por los programas académicos, utilizando el sistema de créditos académicos. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 6. MECANICA DEL SISTEMA DE CRÉDITOS 3. Un crédito equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante, que comprende las horas con acompañamiento directo del docente y demás horas que el estudiante deba emplear en actividades diferentes de estudios, prácticas y otras que sean necesarios para alcanzar las metas de aprendizaje, sin incluir las destinadas a la presentación de las pruebas finales de evaluación 1. El número total de horas promedio de trabajo académico semanal del estudiantes correspondiente a un crédito, será aquel que resulte de dividir las 48 horas totales de trabajo por el número de semana que cada institución defina para el periodo lectivo respectivo. 2. El número de créditos de una actividad académica en el plan de estudios será aquel que resulte de dividir por 48 el número total de horas que deba emplear el estudiante para cumplir satisfactoriamente las metas de aprendizaje. Las instituciones de educación superior, dentro de su autonomía y de acuerdo con la naturaleza del programa, distinguirán entre créditos académicos obligatorios y electivos. 6. Es importante aclarar que el decreto 808 de 2002, ordenaba expresar en créditos académicos, la carga de trabajo del estudiante para efectos de movilidad o de justificación de la intensidad de trabajo académico programado; nunca con fines de organización académica curricular; pues esto es competencia de la institución de educación superior, en virtud de la autonomía universitaria. 5. El sistema de créditos es fácilmente adaptable a las diferentes modalidades de formación superior. Los créditos no se orientan a la programación de los diferentes tipos de actividad académica que debe diseñar el profesor, simplemente constituyen una medida del trabajo del estudiante, utilizando un parámetro que posibilita la definición de las cargas de trabajo y sus posibles equivalencias con otros programas. 4. Una hora académica con acompañamiento directo del docente supone dos horas adicionales de trabajo independiente en programas de pregrado y especialización, y tres en programas de maestría, lo cual no impide a las instituciones de educación superior propongan una proporción mayor o menor de horas presenciales frente a las independientes, indicando las razones que lo justifican, cuando la metodología específica de la actividad académica así lo exija. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 7. ALGUNOS REFERENTES INTERNACIONALES Los créditos académicos han sido acogidos por la Unión Europea, formalmente y por los Estados Unidos por tradición comúnmente aceptada. Estos dos casos responden a la tendencia internacional de promover entre los países y regiones la movilidad académica. En agosto de 2002 se realizó en la Universidad de Santa Catarina (Brasil) con el auspicio del programa COLUMBUS, un evento orientado a promover la movilidad internacional de estudiantes y de profesores entre países de América Latina y Europa. Uno de los medios para este presupuesto, para este logro es la implementación del sistema de créditos como una medida equiparable del sistema de créditos adoptado internacionalmente. A fines de noviembre del mismo año se llevó a cabo en Torino (Italia) un encuentro internacional sobre el tema en mención en el que Colombia se comprometió adoptar medidas uniformes del trabajo estudiantil que facilite la movilidad, las transferencias y las convalidaciones. La idea es que América Latina adopte un sistema que sea homologable. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
  • 8. CRÉDITOS ACADÉMICOS ALGUNAS ORIENTACIONES SOBRE EL ALCANCE PEDAGÓGICO 1. El crédito académico es un instrumento de trabajo en el marco de las actuales políticas curriculares procura cambios adentro y afuera de las Instituciones de Educación Superior Colombianas. 2. Busca introducir prácticas académicas y administrativas, caracterizadas por la flexibilidad, la pertinencia y el trabajo cooperativo. 3. Los créditos son un referente en el Sistema de Educación, pretende abrir el dialogo interinstitucional y la movilidad de los diferentes actores dentro y fuera del Sistema. 4. La expedición de decreto 808 de 2002 propicio e impulso procesos de reflexión y cambios al interior de las instituciones de Educación Superior. 5. La introducción del sistema de créditos, contribuye a generar procesos de transformación y mejoramiento académicos, con el propósito común de lograr una Educación Superior equitativa, de calidad y abierta a los retos de la sociedad contemporánea. 6. Son mecanismos que facilitan la movilidad de estudiantes, la homologación de estudios y la convalidación de títulos de programas académicos cursados en el exterior, adoptando una medida compatible con las reglas internacionales. 7. El mecanismo de transferencia estudiantil, mediante la adopción de una medida de tiempo de trabajo académico (créditos, como parámetro de evaluación), puede ser utilizada de manera flexible por las diferentes instituciones de Educación Superior del país para homologar y reconocer los logros alcanzados por los estudiantes en sus actividades académicas. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
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  • 12. Criterios para el diseño y evaluación del sistema de créditos Considera la “Consejería académica” al estudiante, que consiste en una asesoría que se le dará en lo que se refiere a la conformación de los elementos de énfasis u opcionales, y electivos de su plan de estudios. Esta consejería será ejercida por el director del programa, cuando no sea posible, dado el número de estudiantes, se solicitará ayuda a los departamentos, en lo posible por los profesores de planta, se procurará que el estudiante tenga el mismo durante todo su programa   Favorecer la movilidad estudiantil y la homologación del trabajo académico en el interior de la universidad, así como en el ámbito nacional e internacional. Promover la flexibilidad curricular de los programas que comprenden posibilidades de diversos énfasis dentro de la misma área de conocimiento, opciones complementarias en otras áreas del conocimiento y electivas que respondan a los intereses particulares de los estudiantes. Para que la flexibilidad curricular beneficie a los estudiantes, se requiere que sea asesorado, a través de una consejería académica para conformar adecuadamente su plan de estudios de acuerdo con la oferta académica de la universidad y en coherencia con sus capacidades, aspiraciones e intereses. Estimular la calidad de la oferta académica mediante la flexibilidad que tendrá el estudiante para escoger asignaturas y a la vez incentiva la existencia de una oferta amplia de asignaturas y actividades académicas de la universidad, así como el diseño integral de los planes de específicos de los estudiantes. Criterios Académicos Promover una mayor oferta académica de las asignaturas por los departamentos permitiendo el desarrollo de opciones, énfasis entre otros.  El estudiante tiene mayor autonomía en la construcción de su proceso de formación. Enriquecer la experiencia formativa del estudiante a partir de su participación en grupos con estudiantes de diferentes programas académicos. Favorecer el diálogo entre distintas unidades académicas, disciplinas y profesiones en la universidad, como una forma de generar interdisciplinariedad. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
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  • 15. ALGUNOS ASPECTOS DEL CRÉDITO EUROPEO Y SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL En los elementos básicos que deben conformar las acciones de reforma y revisión de los sistemas de Educación Superior en la Unión Europea, el crédito ocupa un lugar relevante. La adopción del sistema de créditos implicará una reorganización conceptual de los sistemas educativos, para adaptarse en los modelos de formación centrados en el trabajo del estudiante. En este marco, 60 créditos representan el volumen de trabajo de un año académico, 30 créditos equivalen a un semestre y 20 créditos a un trimestre de estudios.  Los créditos representan el volumen de trabajo del estudiante de manera relativa, no absoluta. Indican el volumen de trabajo requerido para superar cada unidad de curso en el centro o departamento responsable de la asignación del crédito. Traducen el volumen de trabajo que cada unidad requiere en relación con el volumen total de trabajo necesario para completar el año de estudios en el centro, es decir, lecciones magistrales, trabajos prácticos, seminarios, periodos de prácticas de trabajo de campo, trabajo personal – en bibliotecas o en domicilio, así como los exámenes u otros posibles métodos de evaluación. Así pues los se basan en el volumen total de trabajo de los estudiantes y no se limita exclusivamente en las horas de asistencia a clases presenciales. Europa y sus universidades se enfrentan en la actualidad a un cambio social y cultural para lo que deberán incorporar métodos de trabajos comunes como la adopción de:      Nuevos métodos docentes para una formación integral de los estudiantes.        Métodos comunes de evaluación de aprendizaje.        Sistemas de medidas del aprendizaje y producción de documentos fácilmente comprensibles. Para obtener los créditos deben superarse los exámenes o las evaluaciones pertinentes y el nivel de preparación de los estudiantes se expresará con calificaciones que deberán reflejarse en su seguimiento académico. La adopción del sistema de créditos, extendido a toda la población estudiantil europea, implicará una reorganización conceptual de los sistemas educativos para adaptarse a los nuevos modelos de formación continuada a lo largo de la vida. Esto modifica el significado inicial del crédito, como valor establecido fácilmente transferible, añadiendo el factor de acumulación válido para las distintas etapas formativas. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
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  • 17. La modificación en la definición de crédito español a créditos Europeos (transferibles y acumulables), deberá tener en cuenta:  La naturaleza del crédito. Siguiendo este criterio, basado en el trabajo que el estudiante deberá realizar para tener la formación adecuada (conocimientos, competencias). El concepto de unidad de crédito debe reflejar el trabajo necesario para una formación académica integral mediante un aprendizaje adecuado que permita desarrollar en el estudiante una capacidad de análisis y síntesis. El contenido de las clases teóricas, clases prácticas, seminarios, tutorías y evaluaciones dependerán de los objetivos que se deseen alcanzar.   La adopción de 60 créditos por curso académicos (1 crédito) equivale a 1/60 del trabajo real del curso completo.  El trabajo del profesor como punto relevante para ayudar al estudiante en su formación. Es importante poner de manifiesto que en esta propuesta no altera la dedicación actual del profesorado, al contrario se incentiva su labor. Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
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  • 22. El nuevo sistema de créditos no sólo implica un cambio conceptual que afecta al estudiante, sino también que va a afectar al profesor. Es importante destacar que con este sistema se deberá considerar una nueva fórmula para calculara dedicación del profesorado. No se deberán tener en cuenta sólo las horas de docencia presenciales y tutorías (que frecuentemente quedan para algunas preguntas antes de los exámenes) ya que los profesores tendrán, cuando se adopten los nuevos métodos docentes, que invertir un tiempo mayor en la preparación de sus asignaturas y en la atención personalizada de los estudiantes.   Relación de los créditos ECTS y dedicación del profesorado Elaborado por:Martha soledad Montero G. Con la colaboración de Aleida Corrales. Abril de 2004.
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