Este documento resume la Directiva Europea 2007/60/CE y su adaptación en España a través del Real Decreto 903/2010 sobre la evaluación y gestión de riesgos de inundación. La directiva establece que cada demarcación hidrográfica debe realizar una evaluación preliminar del riesgo de inundación, elaborar mapas de peligrosidad e riesgo de inundación, y desarrollar planes de gestión de riesgos de inundación. El objetivo es mejorar la protección frente a inundaciones de forma coordinada en toda una cuenca hidro
MAPA DEL TALENTO 2023 de Cotec e Instituto Valenciano de Investigaciones Econ...
Implantación de la Directiva 60_2007
1. Seminario Hispano-Marroquí sobre gestión del riesgo
de inundaciones (Castellar de la Frontera-Cádiz)
DIRECTIVA 60/2007 CE RELATIVA A LA
EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RIESGOS DE
INUNDACIÓN Y SU ADAPTACIÓN AL MARCO
NORMATIVO ESPAÑOL
2. JUAN LLUCH PEÑALVER
INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS
JEFE SECCIÓN TÉCNICA AREA DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
jlluch@chguadalquivir.es
3. Las inundaciones pueden provocar víctimas mortales, el desplazamiento de
personas, causar daños al medio ambiente, comprometer gravemente el
desarrollo económico y debilitar las actividades económicas de la Comunidad
4. Las inundaciones son fenómenos naturales que no pueden evitarse. No obstante, algunas actividades
humanas (como el incremento de los asentamientos humanos y los bienes económicos en las llanuras
aluviales y la reducción de la capacidad natural de retención de las aguas por el suelo) y el cambio
climático están contribuyendo a aumentar las probabilidades de que ocurran, así como su impacto
negativo.
5.
6. Es posible y conveniente reducir el riesgo de consecuencias negativas, en particular para la
salud y la vida humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural, la actividad
económica y las infraestructuras asociadas a las inundaciones. Pero las medidas dirigidas a
reducir dichos riesgos, para ser efectivas, tienen que coordinarse en la
medida de lo posible en toda una cuenca hidrográfica.
7. • DIRECTIVA MARCO DE AGUAS (2000/60/CE)
•
•
•
•
Establecimiento de marco común europeo en materia de aguas
Cuenca hidrográfica como unidad de gestión
Fijación de objetivos de buen estado
• Químico
• Ecológico
Crear las condiciones para contribuir a mitigar los efectos de las inundaciones.
Sin Embargo:
• La directiva marco no recoge como objetivo la reducción de riesgos de
inundación
• Tampoco tiene en cuenta los efectos derivados del cambio climático
•Surge:
• La necesidad de establecer un planteamiento coordinado a nivel
comunitario con el objetivo de mejorar la protección frente a
inundaciones.
8. Además de la coordinación entre Estados miembros, la prevención y atenuación de inundaciones efectiva
requiere la cooperación con terceros Estados. Esto se ajusta a la Directiva 2000/60/CE y a los principios
internacionales sobre gestión del riesgo de inundación tal como se desarrollan concretamente en el
Convenio de la Naciones Unidas sobre la protección y uso de los cursos de agua transfronterizos y los
lagos internacionales, aprobado por la Decisión 95/308/CE del Consejo (4), así como todos
los acuerdos posteriores sobre su aplicación.
9. INSTRUMENTOS DE COORDINACIÓN TRANSFRONTERIZA
DECISIÓN 2001/792/CE- Que permite
movilizar ayuda y asistencia entre estados
miembros ante emergencias graves
Fondo de solidaridad de la UE (Reglam. CE 2012/2002)
Permite la concesión de ayudas económicas rápidas para
recuperar lo antes posible la normalidad
Ambos instrumentos inciden en las operaciones cuando se ha declarado la emergencia no en la
prevención de los efectos que los episodios de inundaciones producen.
10.
11. DIRECTIVA 2007/60/CE DEL PARLAMENTO
EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 23 de octubre de 2007
relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de
inundación
DOUE 6 de noviembre de 2007
Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de
evaluación y gestión de riesgos de
inundación.
BOE 171 de 15 de julio de 2010
12. • Demarcación hidrográfica, como unidad de gestión en la evaluación del
riesgo de inundaciones y sus consecuencias,
• Surge la necesidad de disponer de una herramienta eficaz de información,
para el establecimiento de prioridades, articulando la elaboración de
mapas de peligrosidad por inundaciones y de riesgo por inundación
• Adaptados a los riesgos de inundación y a medidas especificas, adaptadas a las
zonas que abarcan.
• Principio de gestión por unidad de cuenca, articulando medidas que no agraven
el riesgo aguas abajo en terceros paises
• Prevención protección y preparación ante la inundación.
• Restablecimiento de llanuras aluviales
• Medidas de prevención de daños
• Revisión y actualización periódica
• Principio de solidaridad
• Principio de sinergias con los planes hidrológicos de cuenca.
• Eficiencia en la elaboración, mejores técnicas disponibles sin costes excesivos
• Organización y responsabilidad de autoridades regionales y locales.
13. EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
•Los Estados miembros realizarán, respecto a cada demarcación hidrográfica, o cada parte de una demarcación
hidrográfica internacional situada en su territorio, una evaluación preliminar del riesgo de inundación de acuerdo con el
apartado
•Sobre la base de la información de que se disponga o que pueda deducirse con facilidad, como datos registrados y
estudios sobre la evolución a largo plazo, en especial sobre el impacto del cambio climático en la frecuencia de las
inundaciones, se realizará una evaluación preliminar del riesgo de inundación con objeto de proporcionar una evaluación
del riesgo potencial. La evaluación tendrá como mínimo el siguiente contenido:
1. Mapas de la demarcación hidrográfica, a la escala adecuada, que presenten los límites de las cuencas y
subcuencas hidrográficas y, cuando existan, las zonas costeras, y que muestre nla topografía y los usos del
suelo;
2. Descripción de las inundaciones ocurridas en el pasado que hayan tenido impactos negativos significativos
para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica y que tengan una
probabilidad significativa de volver a producirse, con una indicación de la extensión y las vías de evacuación de
dichas inundaciones y una evaluación de las repercusiones negativas que hayan provocado. una descripción de
las inundaciones de importancia ocurridas en el pasado cuando puedan preverse consecuencias adversas de
futuros acontecimientos similares, y, en función de las necesidades específicas de los Estados miembros:
3. Evaluación de las consecuencias negativas potenciales de futuras inundaciones para la salud humana, el
medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, teniendo en cuenta, siempre que sea posible,
factores como la topografía, la localización de los cursos de agua y sus características hidrológicas y
geomorfológicas generales, incluidas las llanuras aluviales como zonas de retención naturales, la eficacia de las
infraestructuras artificiales existentes de protección contra las inundaciones, la localización de las zonas
pobladas, de las zonas de actividad económica y el panorama de la evolución a largo plazo, incluidas las
repercusiones del cambio climático en la incidencia de inundaciones.
14. EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
•En el caso de demarcaciones hidrográficas internacionales, compartidas con otros Estados miembros, los
Estados miembros se asegurarán de que las autoridades competentes afectadas intercambien la
información pertinente.
•Los Estados miembros concluirán la evaluación preliminar del riesgo de inundación a más tardar el 22
de diciembre de 2011.
•EN ESPAÑA
• Áreas de riesgo potencial significativo de inundación e identificadas tras realizar la evaluación
preliminar del riesgo de inundación de cada Demarcación Hidrográfica en coordinación con las
autoridades de protección civil, y se aprueba por este Ministerio, previo informe de la Comisión
Nacional de Protección Civil para las demarcaciones intercomunitarias y el órgano equivalente
en las demarcaciones intracomunitarias.
• En estos momentos ya esta aprobada la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRIs)
y con ellos las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) de todas las
demarcaciones peninsulares y baleares.
• En proceso de información pública se encuentran las Demarcaciones pertenecientes al
archipilélago canario
22. EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE INUNDACIÓN,
3,-FICHAS TRAMOS:AREAS POTENCIAL SIGNIFICATIVO DE INUNDACION
(ARPSIS)
23. MAPAS DE GESTIÓN DE RIESGOS DE INUNDACIÓN
•Por demarcación hidrográfica se elaborarán mapas de peligrosidad por inundaciones y mapas de riesgo de
inundación
•Incluirán zonas geográficas con los escenarios siguientes:
• Baja probabilidad de inundación ó eventos extremos(RD 903/2010-. T=500 años)
• Probabilidad media de inundación o escenario de eventos extremos. (T≤100 años)
• Alta probabilidad de inundación cuando proceda.
•CONTENIDO DE LOS MAPAS DE INUNDACIÓN
•
•
•
•
Extensión previsible de la inundación y calados del agua o nivel de agua, según proceda.
En aquellos casos en que se considere necesario, se podrá incluir también información adicional relevante
como los caudales y/o velocidades máximas alcanzadas por la corriente en la zona inundable.
En las inundaciones causadas por las aguas costeras y de transición se reflejará el régimen de oleaje y de
mareas, así como las zonas sometidas a procesos erosivos y las tendencias en la subida del nivel medio del
mar como consecuencia del cambio climático.
Adicionalmente, en los mapas de peligrosidad se representará la delimitación de los cauces públicos y de
las zonas de servidumbre y policía, la zona de flujo preferente en su caso, la delimitación de la zona de
dominio público marítimo-terrestre, la ribera del mar en caso de que difiera de aquella y su zona de
servidumbre de protección. (Artículo 8 RD 903/2010).
24. MAPAS DE RIESGOS DE INUNDACIÓN
Para cada demarcación hidrográfica se elaborarán mapas de riesgo de inundación para las zonas identificadas en la
evaluación preliminar del riesgo. Los mapas de riesgo de inundación incluirán, como mínimo, la información
siguiente para cada uno de los escenarios especificados en el artículo anterior:
•a) Número indicativo de habitantes que pueden verse afectados.
•b) Tipo de actividad económica de la zona que puede verse afectada.
•c) Instalaciones industriales a que se refiere el anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control
Integrado de la Contaminación que puedan ocasionar contaminación accidental en caso de inundación así como las
estaciones depuradoras de aguas residuales.
•d) Zonas protegidas para la captación de aguas destinadas al consumo humano, masas de agua de uso recreativo y
zonas para la protección de hábitats o especies que pueden resultar afectadas.(RD 903/2010)
•e) Cualquier otra información que se considere útil, como la indicación de zonas en las que puedan producirse
inundaciones con alto contenido de sedimentos transportados y flujos de derrubios e información sobre otras
fuentes importantes de contaminación, pudiendo también analizarse la infraestructura viaria o de otro tipo que
pueda verse afectada por la inundación.(RD 903/2010)
FECHA DE FINALIZACIÓN DE MAPAS PELIGROSIDAD INUNDACIONES Y RIESGO DE INUNDACIÓN
22/12/2013
25. MAPAS DE RIESGOS DE INUNDACIÓN, METODOLOGÍA
INFORMACIÓN A REMITIR A LA COMISIÓN EUROPEA:
‐ Población: Flood Risk Population
‐ Actividad económica: Flood Risk Economic Activity
‐ Zonas de especial influencia ambiental: Flood Risk Environment (ésta se refleja en dos capas, una de polígonos y una
de puntos, ya se trate de zonas protegidas o instalaciones, respectivamente)
POBLACIÓN AFECTADA
ACTIVIDAD ECONÓMICA
Figura 1.‐ Shp que almacena la población para la zona inundable en estudio
perteneciente al municipio de Sax
Figura 2.- Usos del suelo en el municipio de Villanueva de Huerva
26. MAPAS DE RIESGOS DE INUNDACIÓN, METODOLOGÍA
PUNTOS DE ESPECIAL IMPORTANCIA
MEDIOAMBIENTAL
AREAS DE IMPORTANCIA
27. MAPAS DE RIESGOS DE INUNDACIÓN
Estructura de los mapas de riesgo
Los mapas de riesgo se estructurarán con cuatro capas shape por escenario considerado
•Poblacion afectada por término municipal
•Actividad económica afectada
•Puntos de especial importancia EDARS instalaciones IPPC, elementos de patrimonio cultural, elementos de importancia en
proteccion civil
•Areas de importancia medioambiental. Zonas de baño, Hábitats y su relación con la DMA
28. MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO
EN FASE DE INFORMACIÓN PÚBLICA MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO .
- DEMARCACIÓN CANTÁBRICO ORIENTAL CC.II. PAÍS VASCO
- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
- DEMARCACIÓN CANTÁBRICO ORIENTAL
MAPAS DE PELIGROSIDAD CONCLUIDOS
-DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
-DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
- CONSULTA EN http://sig.magrama.es/snczi/
30. PLANES DE GESTIÓN DE RIESGOS DE INUNDACIÓN, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
Principios generales:
•a) Solidaridad, b) Coordinación entre las distintas Administraciones públicas.
•c) Coordinación con otras políticas sectoriales, entre otras, ordenación del territorio, protección civil,
agricultura, forestal, minas, urbanismo o medio ambiente, siempre que afecten a la evaluación, prevención y
gestión de las inundaciones.
•d) Respeto al medio ambiente: evitando el deterioro injustificado de los ecosistemas fluviales y costeros, y
potenciando las medidas de tipo no estructural contra las inundaciones.
•e) Planteamiento estratégico con criterios de sostenibilidad a largo plazo.
Objetivos
A establecer por la administracion hidráulica competente, la de costas y protección civil fijaran objetivos
de reducción de consecuencias adversas potenciales de la inundación
Criterios de costes y beneficios ,
Aspectos a tener en cuenta
- Extensión de la inundación
- Vías de evacuación
- Zonas con potencial retención de inundaciones y llanuras aluviales naturales
- Gestión del suelo y agua
-Instrumentos en la Ordenación del Territorio y otras
Los planes de gestión del riesgo de inundación abarcarán todos los aspectos de la gestión del riesgo de
inundación,
-Prevención, Protección, Preparación
31. PLANES DE GESTIÓN DE RIESGOS DE INUNDACIÓN,
APROBACIÓN POR EL GOBIERNO MEDIANTE REAL DECRETO
•ELABORACIÓN POR ADMINISTRACIÓN HIDRÁULICA EN COORDINACIÓN CON
PROTECCIÓN CIVIL
•CUENCAS INTRACOMUNITARIAS ORGANISMO AUTONÓMICO EN MATERIA DE
AGUAS
•CUENCAS INTERCOMUNITARIAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS
•CUENCAS INTERNACIONALES SE CREARÁN MESAS DE COORDINACIÓN
TRANSFRONTERIZAS
•PROGRAMAS DE MEDIDAS A INCORPORAR EN EL PLAN INFORMACIÓN
PÚBLICA DE 3 MESES
•COMPATIBILIDAD CON LOS PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA
•COMPATIBILIDAD CON PLANES DE INFRAESTRUCTURAS, Y OTROS, CON
ESPECIAL INCIDENCIA EN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO
•DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LA EXPROPIACIÓN FORZOSA SI SE
ESTIMA MEDIDAS CON OBRAS Y ACTUACIONES CONCRETAS
•REMISIÓN AL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE ANTES DEL 1DE JUNIO DE 2015
•MINISTERIO ENCARGADO DE NOTIFICAR A LA COMISIÓN EUROPEA
32. INSTRUMENTOS DE REVISIÓN
ACTUALIZACIONES Y REVISIONES
-EPRI ANTES DE DICIEMBRE DE 2018
-MAPAS PELIGROSIDAD Y RIESGO
INUNDACIONES DICIEMBRE 2019
-PLANES DE GESTIÓN DE RIESGO
INUNDACIONES DICIEMBRE 2021
-ACTUALIZACIÓN CADA 6 AÑOS
33. Muchas gracias por su atención
www.juntadeandalucia.es/medioambiente/pravema
www.juntadeandalucia.es/medioambiente/pravema
.es/medioambiente/