El rol de las uaci en la defensa de la competencia
1. Art. 23 -10
“El rol de las UACI en la defensa de la
competencia”
Por: Yeny Luna
Administradora de Empresas y colaboradora de ContraPunto
Estas unidades se encargan de gestionar las adquisiciones y contrataciones
de los servicios necesarios para la consecución de los fines de las
instituciones públicas.
Las Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales (UACI) son
responsables de gestionar las adquisiciones y contrataciones de obras,
bienes y servicios necesarios para la consecución de los fines de las
instituciones del sector público, razón por la cual es importante para la
Superintendencia de Competencia (SC) realizar trabajos en conjunto con
dichas instancias, a fin de capacitar a su personal, con el objetivo de
identificar elementos que podrían estar sugiriendo posibles manipulaciones
de ofertas en los procesos de adquisiciones institucionales.
De acuerdo a la experiencia internacional, los funcionarios encargados de
realizar las compras gubernamentales son las personas que se encuentran
mejor posicionadas para detectar los indicios o señales de posibles acuerdos
en las ofertas, los cuales son considerados como prácticas anticompetitivas y sancionadas por las leyes de
competencia.
En relación a lo anterior, nuestra legislación tipifica dichas prácticas como acuerdos entre competidores, que
pueden tomar la modalidad de fijación o limitación de precios en subastas o en cualquier otra forma de
licitación pública o privada, nacional o internacional.
Es necesario destacar que, al descubrir o detectar este tipo de manipulación de ofertas, con la ayuda de las
UACI, se fortalece el objetivo de los procesos de selección y contratación, el cual está orientado a que por
medio de la competencia ejercida entre los ofertantes, se suministren los bienes y servicios requeridos a
precios y calidades competitivos, con el fin de obtener un mayor valor por el dinero que invierten.
Además es importante hacer notar que las UACI normalmente poseen un buen conocimiento del mercado de
los bienes que adquieren regularmente, lo que permite que estén en condiciones de detectar, en caso de
existir, anomalías en los procesos de compras, que tiendan a indicar una oferta colusoria.
Asimismo, las UACI pueden adoptar medidas efectivas encaminadas a reducir la posibilidad que los agentes
económicos participantes efectúen exitosamente un acuerdo para manipular las licitaciones.
En ese sentido, las UACI asumen un importante papel al efectuar un adecuado diseño de los procesos de
compra, de tal manera que promuevan un nivel de competencia de los ofertantes y eliminen aquellos
obstáculos o barreras que restrinjan la participación de forma innecesaria de nuevos participantes,
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2. contribuyendo de forma significativa al combate contra los comportamientos anticompetitivos, de manera que,
si no se eliminan, se reduzcan considerablemente.
Dado que el objetivo de los agentes económicos que coluden es falsear o manipular el proceso competitivo,
con el propósito de eliminar la competencia y/o conseguir con ello beneficios extraordinarios, es de señalar
que ello deriva en un perjuicio para la población en general, debido a que acarrean efectos no deseados que
se traducen en mayores gastos para las instituciones públicas, provocando así, una ineficiente asignación de
los recursos.
En consideración a lo anterior, es necesario contar con la colaboración de las UACI, para la detección de
indicios de manipulaciones de ofertas; para ello, la SC efectúa un plan permanente de acercamiento con
dichas unidades, a fin que sus miembros logren detectar las formas técnicas que adoptan las ofertas
colusorias, las cuales pueden manifestarse a través de una rotación de ganador, supresión de ofertas o
propuestas ficticias, por referirse a algunas.
En este contexto la SC, efectúa programas de capacitación dirigidos a funcionarios y empleados
responsables de los procedimientos de contratación de las instituciones públicas, en los cuales se discuten,
con detalle, las formas en que se pueden presentar los acuerdos en las ofertas, y se brindan las herramientas
conceptuales para detectar a tiempo dichas prácticas, a fin de minimizar las consecuencias de las mismas.
Con dichas herramientas los miembros de las UACI pueden identificar cuando existen señales o indicadores
de acciones colusorias entre oferentes, durante o después de un proceso de compra e informar a la
Superintendencia de Competencia, entidad encargada de realizar las investigaciones necesarias, dictaminar
si se ha incurrido o no en una práctica anticompetitiva y establecer las sanciones correspondientes, entre
ellas, la imposición de las multas respectivas.
En la medida que la SC logre fortalecer los lazos de cooperación con las UACI, se fomentará la toma de
conciencia sobre la necesidad de considerar los temas de competencia en este sector y de unir los esfuerzos
para combatir las prácticas anticompetitivas, tomando en cuenta el importante papel que las UACI pueden
jugar a la hora de prevenir y detectar ofertas colusorias.
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