SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  67
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ALTO DEL ROMPE 
FALAN TOLIMA 
Organizada mediante Res. No 0998/04 
NIT:809 004 464 – 7 CODIGO DANE 273270000262 
Registro Educativo: 12702046 
Resolución Aprobación de Estudios No 03917 septiembre 12 de 2012, 
Emanada de la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima, 
(Preescolar Transición a 11º) 
MANUAL DE CONVIVENCIA. 
“Aprender es descubrir que ya sabes; hacer es mostrar que sabes; enseñar 
es facilitar que otros descubran que saben” 
Richard Bach. 
Edición 2014
MANUAL DE CONVIVENCIA. 
1. PRESENTACIÓN. 
El manual de convivencia de la Institución Educativa “Alto del Rompe”, se 
inspira en los principios universales de vida y libertad, teniendo en cuenta el 
ambiente en el que se desenvuelven sus estudiantes. 
La comunidad educativa de la Institución Educativa “Alto del Rompe”, con 
el fin de posibilitar la construcción de espacios de convivencia y tolerancia, que 
permitan el pleno desarrollo de los educandos para el futuro para que cada día 
representen más la imagen del educando integral, debe actuar coherentemente 
con la misión y la filosofía de la Institución, basados en el respeto, la 
responsabilidad, la disciplina, la fraternidad y la convivencia. 
En la elaboración del manual de convivencia se han tenido en cuenta todos los 
aportes realizados por todos los estamentos de la comunidad educativa, en un 
proceso de apertura y participación de cada uno de sus miembros. 
El presente manual de convivencia, servirá de medio valido para favorecer en 
la Institución, prácticas democráticas y de convivencia ciudadana, para el 
aprendizaje de principios y valores que enriquecen todo el proceso educativo. 
2. JUSTIFICACIÓN. 
En la cultura de hoy no es posible construir sociedades homogéneas con 
estructuras verticales y rígidas. La cultura democrática pide una concepción 
clara del hombre capaz de insertarse en la sociedad; una sociedad que no es 
excluyente, que respeta las diferencias y que percibe las diversas situaciones 
como oportunidades para el cambio, para el progreso de la comunidad. 
El Pacto de convivencia que presenta la Institución Educativa “Alto del rompe”, 
no solo es la respuesta a una exigencia legal. Su contenido se convierte en 
todo un espacio para la democracia, que permite la participación, la 
convivencia y la responsabilidad social.
3. VISIÓN. 
Para el año 2015, la Institución Educativa Alto Del Rompe, del municipio de 
Falan, se posicionará en la región egresando bachilleres Académicos que 
formen y lideren microempresas diseñando proyectos productivos que ayuden 
al desarrollo económico con miras a la emancipación de familias dedicadas a la 
producción agrícola. 
4. MISIÓN. 
La institución educativa Alto del Rompe, tiene como fin enfocar los 
aprendizajes desde la óptica de los proyectos pedagógicos productivos, 
formando estudiantes íntegros, comprometidos con la región, con sentido de 
pertenencia en la comunidad, capaces de diseñar y desarrollar proyectos a 
partir del análisis, la apropiación de conocimiento, la interacción con los demás 
miembros de la región, para beneficio de todos. 
CAPÍTULO I 
GENERALIDADES 
NOMBRE Y NATURALEZA JURIDICA. 
Artículo 1. Fundamentación legal. 
La Institución Educativa “Alto del Rompe”, se orienta por la constitución política 
de Colombia, por la legislación dada por la Ley General de Educación de 1994, 
el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, la ley 1098 de 2006 (código 
de infancia y adolescencia) y las sentencias dadas por la corte constitucional. 
De conformidad con las normas legales y en especial lo establecido en el 
código de infancia y adolescencia, ley 1098 de 2006; la educación debe ser 
orientada a desarrollar la responsabilidad y las facultades del menor con el fin 
de prepararlo para la vida, inculcándole el respeto por los derechos humanos, 
los valores culturales y el cuidado del medio ambiente natural, sin perjuicios de 
la libertad de enseñanza establecida en la constitución política, el código de 
infancia y adolescencia y demás decretos reglamentarios. 
Artículo 2. Registro legal
La Institución Educativa “Alto del Rompe” tiene el registro educativo N° 
12702046, registro ante la DIAN con el NIT 809004464-7, código DANE 
273270000262, organizada mediante resolución de la Secretaría de Educación 
del Tolima N° 0998 de 2004 y con aprobación de estudios vigente a la fecha de 
emisión del presente pacto hasta nueva visita mediante resolución N° 03917 de 
septiembre 12 de 2012 para los grados transición a 11 en la sede principal Alto 
del Rompe y transición a 5° en las sedes Pirsas y Tavera 
Artículo 3. La comunidad educativa. 
La Comunidad Educativa de la Institución Educativa “Alto de Rompe”, está 
integrada por los y las estudiantes, los padres de familia y/o acudientes 
legales, rector, docentes, personal administrativo y de servicios generales, 
sector productivo y egresados de la Institución. 
Artículo 4. La matrícula es un acto solemne en el cual la institución, los padres 
de familia o acudiente legal y él o la estudiante, se comprometen a trabajar en 
común acuerdo con la labor educativa de este último. 
PARAGRAFO: la institución admite como acudientes, únicamente a los padres 
o en su defecto al representante legal de él o la estudiante. 
Artículo 5. La matrícula se registrará siguiendo las disposiciones del M.E.N y 
previa presentación de los siguientes documentos: 
Para estudiantes nuevos. 
1. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento. 
2. Paz y salvo 
3. Certificado de estudios desde quinto de primaria para estudiantes de básica 
secundaria y media, y certificado de estudios del año anterior para 
estudiantes de básica primaria. 
4. Fotocopia del carné de salud. 
5. Fotocopia del Sisben. 
6. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad. 
7. 3 fotos 3x4. 
8. Fotocopia de la cédula de los padres. 
Para estudiantes antiguos.
1. Paz y salvo. 
Articulo 6. A la matrícula se presentan los padres o acudiente legal. Los 
estudiantes mayores de 18 años pueden optar por asumir la responsabilidad 
de su formación académica, firmando ellos mismos su matrícula. 
Artículo 7. La matrícula puede ser cancelada durante el respectivo año 
académico, por voluntad expresa de los padres o acudiente legal, con el 
consentimiento del estudiante y la Institución Educativa “Alto del Rompe” o por 
determinación del Consejo Directivo, motivado por sanción de él o la 
estudiante, atendiendo a las condiciones del presente Pacto y siguiendo el 
debido proceso. 
Artículo 8. Compromisos de él o la estudiante al matricularse. 
La matrícula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir 
con las normas legales e institucionales vigentes y que cualquiera de las partes 
puede dar por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total, de 
conformidad con lo dispuesto en el presente manual. 
Los padres y/o acudiente legal y el o la estudiante en el momento de firmar la 
matrícula se comprometen a cumplir con el pacto de Convivencia de la 
Institución Educativa “Alto del Rompe”. 
Artículo 9. Impedimentos para ser acudiente o tutor. 
1. Ser menor de edad. 
2. Tener dificultades de orden penal o mental. 
3. No tener autorización de quien tenga la patria potestad o este legalmente a 
cargo de él o la estudiante.
CAPITULO II 
DE LOS EDUCANDOS 
A los estudiantes se les reconocen todos los derechos contemplados en la 
constitución nacional, la ley general de educación, los decretos reglamentarios, el 
código de la infancia y adolescencia y el código penal para estudiantes mayores 
de 18 años. 
Artículo 10. Derechos de los estudiantes. 
1.1. El o la estudiante tiene derecho a obtener, al iniciar el año escolar, la 
información total y clara sobre las normas y cánones que promueve el 
presente Pacto de Convivencia, para acatarlos por convicción y cumpliendo
a cabalidad lo que promueve la ley 1098 (código de infancia y 
adolescencia) y código penal. Dando estricto cumplimiento a la Ley de 
Infancia en sus Artículos 7 (protección integral) y Artículo 17 ( derecho a la 
vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano) Obedeciendo al contrato 
civil contractual firmado por él o ella y su acudiente y a sus deberes propios 
como educando: 
Que “Al momento de matricularse una persona en una Institución Educativa 
celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un 
acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92). 
…De lo dicho se concluye que cuando la institución educativa exige del 
estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o 
cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así 
como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, 
siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden 
jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, 
por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la 
constitución desea” (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 
1997) 
1.2. Derecho a la educación. Capítulo II, Art. 28 ley 1098 de 2006. 
• La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino 
limitado. 
• La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga 
reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el cumplimiento de 
deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los 
estudiantes y a los padres de familia. 
• Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un 
rendimiento académico y comportamental, acorde con las exigencias 
de la Institución educativa Alto del Rompe. 
El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a 
su mal comportamiento (Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994). 
No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un 
estudiante por mal rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 
1994). (SentenciaT-439 del 12 de octubre de 1993).
1.3. El o La estudiante tiene derecho a ser respetado(a) por todos los miembros 
de la comunidad educativa, evitando cualquier discriminación por etnia, 
cultura, posición social, discapacidad física y/o capacidades especiales, 
dando estricto cumplimiento a la Ley de Infancia y Adolescencia 1098 en 
sus Artículos 18 (derecho a la integridad personal) y Artículo 44 numeral 4 
(obligaciones complementarias de las instituciones educativas) 
Que “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los 
que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, 
no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de 
la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe 
respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su 
propio ser”. (ST- 02/92). 
“Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el 
objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, 
contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera 
que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en 
que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, 
alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle 
una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados 
por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el 
estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya 
virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales 
del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” 
(Sentencia T-341 de 1993) 
“Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia 
elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la 
obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el 
respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes 
no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros 
educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, 
las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana 
y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así 
como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), 
libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), 
igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) 
superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de 
estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso
de formación, lo que implica una protección reforzada. (Sentencia T-1233 de 
2003) 
1.4. Derecho a recibir una formación integral. 
1.4.1. Recibir una formación integral: religiosa, afectiva, intelectual que le permita 
el pleno desarrollo de su persona, para el ejercicio de la democracia, para 
la educación sexual, para el uso del tiempo libre y para el aprovechamiento 
y conservación del medio ambiente. 
1.4.2. Ser orientado en forma eficiente por sus educadores en el desarrollo de su 
potencial intelectual y en la construcción del conocimiento y recibir una 
adecuada orientación psicológica, que ayude a la solución pacifica de los 
conflictos. 
1.4.3. Recibir de sus profesores las clases completas y asesoría conveniente en 
forma oportuna. 
1.4.4. Tener la posibilidad de analizar con los docentes los logros y dificultades en 
los procesos de enseñanza- aprendizaje. 
1.4.5. Conocer permanentemente el resultado del proceso de evaluación 
cualitativa que sus docentes deben llevar a cabo según lo expresado por 
las normas reglamentarias y antes de ser procesada la información. 
1.5. Derecho a la participación. 
1.5.1. Manifestar inquietudes y sugerencias respecto del funcionamiento del 
colegio, desarrollo del pacto de convivencia y del gobierno escolar, proceso 
académico, relaciones entre los miembros de los diferentes estamentos que 
conforman la comunidad educativa. 
1.5.2. Elegir y ser elegida en los organismos establecidos por la ley para el 
gobierno escolar y en los establecidos por la Institución para el desarrollo 
del PEI con el fin de promover el liderazgo como joven al servicio de la 
comunidad. 
1.5.3. Presentar descargos y ser escuchado(a) siguiendo el conducto regular 
establecido en el presente pacto de convivencia. 
1.6. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en 
ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos 
fundamentales protegidos también por la Carta Constitucional como ley de 
leyes, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto 
de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales 
a través de los reglamentos de convivencia.
” (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el 
establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos 
fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a 
respetar la dignidad del estudiante: La Corte Constitucional insiste en que 
toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la 
autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, 
evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender 
reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los 
intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre 
desarrollo de la personalidad”. 
(Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda 
organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un 
orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte 
insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una 
errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las 
instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos 
comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están 
obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios 
de la función formativa que cumple la educación". 
Artículo 11. Deberes de los estudiantes. 
2.1. Deberes sobre el respeto. 
2.1.1. Respetar la filosofía de la Institución (misión y visión) 
2.1.2. Cultivar las relaciones sinceras, cordiales y respetuosas de todos los 
miembros de la Comunidad educativa. 
2.1.3. Respetar lo ajeno, devolver lo prestado, pagar las deudas contraídas con 
cualquier miembro de la comunidad educativa. 
2.1.4. Presentarse ordenado(a) y limpio(a) a la Institución, portando con dignidad y 
respeto el uniforme de diario, educación física, y gala. Según modelo y horario 
establecido. 
2.1.5. Aceptar con respeto las correcciones y observaciones. 
2.1.6. Respetar el conducto regular para el análisis y tratamiento de las 
situaciones cotidianas. El conducto regular es el siguiente: 
1. Dialogo con la(s) persona(s) con la cual se presentó la situación. 
2. Dialogo con el director o directores de grado si persiste la dificultad. 
3. Dialogo con el coordinador del comité de convivencia. 
4. Dialogo con la familia
5. Dialogo con el rector 
6. Dialogo con el consejo directivo 
2.2. Deberes sobre la participación. 
2.2.1. Utilizar el sentido crítico, la autocritica y el dialogo en la solución de 
dificultades. 
2.2.2. Informar a los padres sobre el rendimiento académico, comportamiento 
personal, fechas de reunión o cita personal por parte de alguno de los docentes o 
directivos. 
2.2.3. Participar activamente en las dinámicas establecidas por el docente dentro 
del aula, eventos deportivos, artísticos, culturales, izadas de bandera y extra clase. 
2.3. Deberes sobre la formación integral. 
2.3.1. Ser leal con la institución y sentirse responsable de su buena marcha. 
2.3.2. Tener un comportamiento moral y social en la institución y fuera de ella, 
expresado en el respeto a la dignidad personal y a la vida. La comunidad 
educativa no aprueba conductas de alicoramiento, prostitución, drogadicción, 
tabaquismo, satanismo, prácticas espiritistas o supersticiosas, participación en 
pandillas, matoneo, porte de armas o cualquier otro comportamiento que atente 
contra la integridad física, las buenas costumbres o la moral de las personas. 
2.3.3. Colaborar responsablemente en la conservación y aseo de todas las 
dependencias de la institución, su mobiliario y material didáctico. No dañar las 
paredes ni los muebles. 
2.3.4. Llevar con sencillez y pulcritud el uniforme, sin ningún tipo de accesorios 
(pulseras, aretes, piercing, gafas, collares, mangas para el sol, balacas, tiaras, 
moñas de colores, anillos), según normas y modelos establecidos. 
2.3.5. Cumplir con puntualidad y esmero con las actividades y trabajos asignados 
en cada área para dar el máximo rendimiento académico 
2.3.6. Educarse en el respeto, la escucha, la disciplina, la participación y tener 
estas actitudes en clases y en las reuniones generales. 
2.3.7. Cumplir con exactitud el horario asignado para las diversas actividades 
escolares y extraescolares. 
2.3.8. presentar al director de grado y al coordinador del comité de convivencia la 
excusa escrita con la estética requerida para dicho formato, el día de ausencia a la 
institución, firmada por el padre de familia o acudiente legal con número de 
cédula. Acordando con los docentes lo referente a las pruebas académicas. Y con 
los temas al día; estas pruebas deben realizarse dentro de los tres días hábiles 
siguientes a la fecha de la presentación de la excusa, de lo contrario se asignará 
un juicio reprobatorio.. 
2.3.9. Decir siempre la verdad y demostrar honestidad en las pruebas académicas 
y aspectos formativos.
2.3.10. Valorar, respetar y acoger a todos los miembros de la comunidad 
educativa, que presenten cualquier discapacidad o dificultad (ley 1098 Art. 44, N° 
6) 
2.3.11. Asistir a clase y actividades extra clase. 
2.3.12. Permanecer en el espacio donde se realiza la actividad correspondiente 
según la organización establecida. 
2.4. Normas, Faltas, Procedimientos, Correctivos y Sanciones y estímulos. 
Artículo 12. Normas para el uso de las diferentes dependencias 
a. Biblioteca: 
Por ser un recinto que permite el desarrollo intelectual y fomenta el espíritu 
investigativo ofreciendo un ambiente propicio para la realización de dichas 
actividades, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 
1. El estudiante o la estudiante debe respetar el sitio guardando silencio y 
teniendo un comportamiento respetuoso para los demás. 
2. El estudiante o la estudiante debe abstenerse de comer, masticar chicle, 
gritar, arrojar objetos de cualquier índole, correr y utilizar cualquier equipo 
tecnológico (MP3/4, Ipods, celular, etc.). 
3. El estudiante o la estudiante debe regirse por los horarios establecidos 
dependiendo del área. 
4. El estudiante o la estudiante debe presentar y entregar el carné estudiantil o 
documento de identidad al docente que le solicite el préstamo de un libro, 
siempre que utilice los servicios de la biblioteca, deberá firmar el libro de 
préstamos con el nombre del libro que solicito, el documento será devuelto 
inmediatamente devuelva el libro. En caso de mal comportamiento dentro 
del salón de lectura este será retenido si el comportamiento dentro no es el 
correcto. Si hay reincidencia se le seguirá el debido proceso disciplinario 
respectivo. 
b. Aula de sistemas. 
1. El estudiante o la estudiante debe revisar los equipos a la entrada y salida 
de la sala e informar al profesor en caso de alguna anomalía. 
2. El estudiante o la estudiante debe organizar los implementos de trabajo una 
vez finalizada la clase. 
3. El estudiante o la estudiante debe abstenerse de llevar objetos que 
interfieran en el sistema como imanes, comidas, líquidos y otros.
c. Material de deportes: 
El o la estudiante debe saber que habrá un educador, responsable de administrar 
el material deportivo. La pérdida o daño de los implementos deportivos debe ser 
asumida por el educador responsable o por el o la estudiante, si es la causante del 
daño. El material que recibe el docente a comienzo de año debe ser devuelto al 
finalizar el año escolar. 
d. Medio ambiente escolar: 
El alumno o la estudiante debe contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y 
embellecimiento de la planta física, de los bienes materiales de la institución y 
preservar, respetar y cuidar el medio ambiente, creando así un espacio adecuado 
para el óptimo desarrollo de las actividades escolares. Esto se logrará con: 
1. Una adecuada utilización de los espacios visuales observables como: las 
carteleras , colocando allí mensajes que fortalezcan la formación integral. 
2. La limpieza y perfecto estado de patios, corredores, aulas y baños. 
3. El cuidado de las paredes, manteniéndolas limpias, libres de grafitis o de 
cualquier elemento que pueda dañar o deteriorar su estética. Igualmente, el 
adecuado uso de las canecas de la basura. 
Artículo 13. Normas para la presentación personal 
El o la estudiante de la Institución Educativa Alto del Rompe de Falan, Tolima, 
debe comprender, que estas normas en referencia a la presentación personal, no 
pretende de ninguna manera lesionar la integridad personal, ni el libre desarrollo 
de la personalidad, al contrario, son normas objetivas, concretas y que van a 
permitir una mejor convivencia y un proceso de formación claramente más 
integral. Además, nos permiten ubicar al estudiante o la estudiante dentro del 
proceso de formación, para que él o ella, cuando interactúe en otro ambiente 
psicosocial, pueda decidir entre lo que recibió como formación en el Alto y lo que 
ve fuera de la institución con un criterio sano, sabio, maduro y responsable 
siempre con dignidad y decoro. En un proceso de formación la Institución 
Educativa Alto del Rompe no puede permitir que el o la estudiante haga lo que 
quiera o lo que la prensa, los medios masivos de comunicación, la globalización o 
la presión de grupo le dicten o promuevan de manera irracional o simplista, para 
imitar, copiar y acatar como normas estéticas o de presentación personal que ellos 
presumen como libre, pero que al contrario han sido coercitados, estimulados e 
inducidos por los medios y la presión de grupo, de tal manera que no son libres y
autónomos. La Institución educativa Alto del Rompe muestra caminos en la 
práctica formativa (sus normas que son objetivas, son su orden jurídico, sus 
planes de formación en valores, su organización académica etc.) para que cuando 
él o la estudiante termine su primera etapa de formación en educación media, 
tome conciencia de sí, pueda decidir sobre su futuro y su vida con un criterio sano 
y acorde a su formación integral dentro de la institución lo más cercano a 
autonomía y libertad propia. Todas y cada una de los alumnos o las alumnas 
deben ser responsables de su presentación personal, no obstante, los padres de 
familia como primeros responsables de la formación de sus hijos e hijas y la 
Institución como segundo espacio de formación, deben observar y exigir a sus 
hijos e hijas decoro, dignidad, respeto, responsabilidad y madurez en su 
presentación personal. De tal forma, que de ninguna manera, la estética de la 
presentación personal para asistir a la institución, estará ligada a iconos de 
imitación de modas, subculturas, tribus urbanas o que NO estén consagradas 
como modelo del uniforme para cada actividad, incluidos accesorios que NO 
reposen como modelo del uniforme y que accionen u operen como inducción, 
estimulo o constreñimiento a través de la presión de grupo. En todo caso, 
obedeciendo a la corte constitucional cuando en ese respecto aduce: 
“La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda 
como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos 
y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden 
sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer 
una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de 
comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo. (ST- 527/95). 
“Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la 
posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los 
estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener 
indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada 
desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el 
reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir 
incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el 
estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de 
derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los 
fines que le son propios”. ST- 519 DE 1992. 
“Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de 
ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese 
mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar 
el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si
reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel 
desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso 
que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro 
educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una 
decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de 
los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la 
irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-341 de 1993) 
(Sentencia T-569 de 1994) “La educación como derecho fundamental conlleva 
deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o 
las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está 
vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las 
decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido 
proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la 
Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de 
los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el 
reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la 
obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, 
así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido 
comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el 
menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del 
cumplimiento de sus deberes de alumno.” 
Los colegios, NO vulneran derechos fundamentales por establecer con 
carácter general, normas de aseo y pulcritud personal en la presentación del 
alumno o alumna. 
2.4.3. Medidas correctivo-formativas. 
Artículo 14. Faltas. 
Se consideran faltas las violaciones a las normas señaladas en el artículo 2 
(deberes) y las expuestas en artículo 3, artículo 4 y artículo 5 del presente 
pacto de convivencia. 
Toda falta contra la disciplina amerita seguimiento formativo y puede 
volverse grave en el caso de incumplimiento al acta de compromiso. 
Toda falta contra la conducta es grave y amerita proceso disciplinario.
Se consideran faltas graves, las faltas que afectan la conducta (artículo 5) y 
las leves que se repiten sistemáticamente. 
Se consideran faltas en el aspecto formativo el incumplimiento o 
reincidencia en los compromisos académicos. 
Parágrafo: se entiende que “una falta leve se repite sistemáticamente”, 
cuando a él o la estudiante se le ha aplicado el numeral 5 del artículo 7 e 
incurre en una nueva falta, esta se considera grave y se le aplicará el 
debido proceso para faltas graves (artículo 8). 
Artículo 15. Faltas que afectan el aspecto formativo. 
1. Impuntualidad en la llegada al colegio, a las clases y demás actividades. 
2. No atender con puntualidad el toque del timbre. 
3. Ausencia del salón de clases sin autorización. 
4. Ausencia en las actividades programadas por la Institución sin justificación 
escrita. 
5. Realizar en las horas de clase, actividades diferentes a las propuestas por 
el profesor. 
6. Permanecer en un sitio diferente del que se solicitó permiso al profesor, 
para ausentarse de clase. 
7. Salir del salón de clase sin permiso justificado, por el docente. 
8. Negligencia en el cumplimiento de los deberes académicos. 
9. Conversaciones y burlas que interrumpan las clases o actividades. 
10. Comer y masticar chicle en el aula de clase o en alguna actividad de clase. 
11. Sentarse sobre la mesa del profesor o sobre los pupitres. 
12. Permanecer fuera del salón cuando el profesor no ha llegado a clase. 
13. Participar en desordenes durante los actos generales de la comunidad. 
14. Irrespetar con charlas, burlas, desordenes, silbidos u otros aspectos que 
afecten la presentación de los actos de izadas de bandera. 
15. Permanecer por fuera de los sitios asignados para realizar cada actividad. 
16. Mal comportamiento y demostración de incultura en los vehículos de 
transporte escolar. 
17. Descuido en la presentación personal. 
18. Usar el uniforme en horas de la tarde o de la noche sin autorización. 
19. Uso de maquillaje, joyas y otros accesorios ( bufandas de colores, guantes, 
collares estrambóticos, aretes largos y de colores, balacas de colores, 
cordones de colores) con el uniforme ( mujeres)
20. Uso de accesorios como cachuchas, gorros, guantes, medias para brazos, 
piercing y bufandas de colores, cordones de colores que no hagan juego 
con el uniforme. 
21. Presentarse con modas que no corresponden al uniforme como piercing. 
22. Presentarse con el uniforme que no corresponde al horario establecido. 
23. Usar tintura o cortes extravagantes en el cabello, moños y hebillas de 
colores que no contribuyen a la buena presentación con el uniforme. 
24. Usar tatuajes. 
25. Intercambiar parcial o totalmente el uniforme dentro de la Institución. 
26. Arrojar basura en el piso. 
27. Mantener desorden con los útiles escolares y personales. 
28. Realizar actividades lucrativas de carácter particular (organizar ventas, 
rifas, juegos de azar) dentro del plantel. 
29. No usar el conducto regular de comunicación. 
30. Presentar modales bruscos e incorrectos. 
31. Traer celulares, mp3, ipod u otros objetos que distraigan la atención en la 
jornada escolar y eventos generales. 
32. No presentar excusa firmada por los padres que justifiquen la ausencia a la 
clase. 
33. Mal comportamiento dentro y fuera de la Institución (como agresiones 
físicas y/o verbales, juegos bruscos) 
34. Utilizar el nombre de la Institución para efectuar actividades ya sea de tipo 
social, económico o de otra índole sin permiso previo de la rectoría. 
35. Faltar sistemáticamente a clases o actividades extraclase. 
36. Falta de respeto ante las correcciones y observaciones. 
37. Hacer bromas de mal gusto que haga sentir mal al otro. 
38. Utilización indebida o perdida del material de enseñanza, daños en la planta 
física, muebles, enseres, etc. En cualquiera de esos casos el o la 
estudiante deberá asumir los costos de reparación o reposición de los 
mismos. 
39. Escribir grafitis, dibujar en las mesas, puertas, pupitres, muros, paredes de 
la Institución o incitar a otras personas para que actúen en perjuicio de los 
bienes de otras personas o del propio colegio. 
40. Hacer mal uso de los sitios determinados para actividades especificas 
(biblioteca, sala de sistemas, rectoría, sala de profesores, baños, entre 
otros) 
41. Permanecer en los descansos en aulas de clases o sala de sistemas. 
42. No cumplir el reglamento interno de la biblioteca o sala de sistemas. 
43. Comprar en la tienda escolar en horas de clase. 
Artículo 16. Faltas que afectan la conducta.
1. Incumplimiento sistemático de los acuerdos escritos en actas de 
compromisos. 
2. Emplear modales, gestos o ademanes vulgares e irrespetuosos con 
cualquier persona de la comunidad, dentro o fuera del plantel. 
3. Agredir física, verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la 
comunidad. 
4. Fraude en las pruebas académicas. 
5. Suplantar a otro compañero o compañera en cualquier actividad 
académica. 
6. Asumir como propios trabajos académicos que no le pertenecen. 
7. Robo, o daño en útiles, objetos o cosas ajenas, debidamente 
comprobado. 
8. Comportamiento inmoral dentro y/o fuera del colegio que afectan el 
buen nombre de la institución, hacer escándalos públicos, visitar sitios 
de mala reputación. 
9. Consumir y/o distribuir cigarrillos, drogas, alucinógenos, alcohol, dentro 
o fuera de la institución. 
10. Conservar, ver o distribuir revistas, videos o programas de internet 
pornográficos. 
11. Rebeldía o desacato persistente a las ordenes de los educadores. 
12. Difamar de la Institución, injuriar o calumniar de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa y utilizar los medios de 
comunicación para tal efecto. 
13. Apatía o desprecio por la Institución, su filosofía y las actividades 
programadas. 
14. Soborno o intento del mismo a cualquier miembro de la comunidad 
educativa, utilizando dicho para obtener beneficios personales con 
trabajos, evaluaciones y otros. 
15. Salir del colegio sin autorización o no entrar a él o irse a otro lugar. 
16. Porte de elementos corto-punzantes como navajas, cuchillos, machetes, 
etc. 
17. Engañar a los padres haciendo creer que se está en el colegio. 
18. Escribir y distribuir anónimos, amenazas, acusaciones falsas. 
19. Demostraciones amorosas excesivas dentro del establecimiento. 
20. Participar en ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que 
atenten contra la dignidad humana dentro y fuera de la Institución. 
21. Afirmar juicos falsos sobre cualquier miembro de la Institución. 
Parágrafo: Toda falta contra la conducta es grave y puede llegar a la 
cancelación de la matricula.
Artículo 17. En la guía 49 del Ministerio de Educación Nacional, que se 
diseño a partir de la ley 1620 y el decreto 1965 de 2013, se pueden 
encontrar tres tipos de situaciones, en las cuales se debe guiar la 
construcción de protocolos de atención y facilitar el actuar en la escuela. 
1. Situaciones de tipo I. 
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y 
aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima 
escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o 
mental (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
Las situaciones de tipo I deben ser atendidas dentro de la escuela de 
manera inmediata para evitar que escalen. 
Protocolos de atención para situaciones de tipo I. 
Según el artículo 42 de Decreto 1965, los protocolos para situaciones de 
tipo I deberán desarrollar lo siguiente: 
 Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas, a 
partir de exponer sus puntos de vista y buscando reparar el daño 
causado. 
 Fijar formas de solución de manera imparcial y equitativa, buscando 
la reparación de los daños causados, el restablecimiento de 
derechos y la reconciliación. 
 Activar acciones pedagógicas como el dialogo, la mediación, el 
trabajo colaborativo y los pactos de aula, entre otros. 
 Establecer compromisos y hacer seguimientos. 
2. Situaciones de tipo II. 
Corresponden a este tipo de situaciones de agresión escolar, acoso escolar 
y ciberacoso, que no presenten revista las características de la comisión de 
un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades: 
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud (física o mental) sin generar 
incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas ( 
Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
Para la atención a estas situaciones se requiere la actuación de la 
comunidad educativa y en algunos casos de otras entidades. 
Protocolos de atención para situaciones de tipo II. 
Según el artículo 43 del Decreto 1965, los protocolos para situaciones de 
tipo II deberán desarrollar lo siguiente: 
 Brindar atención inmediata en salud física y mental a las personas 
involucradas. 
 Remitir la situación a las autoridades administrativas, cuando se 
requieran medidas de restablecimiento de derechos. 
 Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para 
evitar posibles acciones en su contra. 
 Informar de manera inmediata a las familias de las y los estudiantes 
involucrados. 
 Generar espacios para que las personas involucradas puedan 
exponer lo acontecido en compañía de su familia. Siempre y cuando 
se preserve el derecho a la intimidad y confidencialidad. 
 Determinar las acciones restaurativas para reparar los daños 
causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación. 
 El comité Escolar de Convivencia realizará un análisis y seguimiento 
del caso. 
3. Situaciones de tipo III. 
Corresponden a este tipo de situaciones de agresión escolar que sea 
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación 
sexual, referidos en el Titulo IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que 
constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal Colombiana 
vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
Protocolo diferenciado de atención.
El protocolo para el manejo de situaciones de tipo III exige la aplicación de 
varios procedimientos, siendo el primero de ellos la garantía de atención 
inmediata en salud física o mental de las personas involucradas mediante 
la remisión al prestador de salud más cercano. La particularidad de este 
protocolo consiste en que, por tratarse de situaciones constitutivas de 
presuntos delitos, el rector o rectora de la Institución Educativa Alto del 
Rompe, las personas que conforman el comité escolar de convivencia o 
cualquier otra persona deben reportarlo a la Policía Nacional según lo 
consagrado en el numeral 3 del artículo 44 de Decreto 1965 de 2013. 
La obligación de denuncia proviene del artículo 95 de la Constitución 
Política de 1991 que consagra como uno de los deberes de los ciudadanas 
y ciudadanos “colaborar para el buen funcionamiento de la administración 
de la justicia”, y del artículo 67 de la Ley 906 de 2004 que dice: “Deber de 
denunciar. Toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de 
cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio. 
(…)”. Según lo anterior, queda claro que, ante una situación tipo III, se tiene 
la obligación de reportarla ante la Policía Nacional, lo cual descarta de 
plano la posibilidad de que la misma sea objeto de conciliación al interior 
del EE. 
Además del reporte mencionado, La Institución Educativa Alto del rompe 
debe adoptar una serie procedimientos internos encaminados a proteger a 
las demás personas involucradas y evitar que se generen nuevas 
situaciones. También puede tomar dichas experiencias para complementar 
las acciones de prevención. 
La aplicación del protocolo para situaciones tipo III, dependiendo de los 
hechos y consecuencias, implica la activación de protocolos de otras 
entidades. Por ejemplo, cuando ante una situación tipo III constitutiva de un 
presunto delito, el EE remite a una de las personas involucradas a una 
entidad de salud. Esa sola remisión está activando el protocolo que la 
entidad de salud tenga para atender este tipo de situaciones. 
De igual manera ocurre cuando se reporta la situación a la Policía Nacional, 
entidad que aplicará el protocolo que tenga diseñado. Se debe tener en 
cuenta que si el EE no hace ningún reporte de la situación, es lógico que 
las demás entidades no vayan a actuar pues, se insiste, los protocolos de 
otras entidades se activan siempre y cuando el EE reporte la situación.
Cuando la Institución tenga dudas para determinar si la situación 
presentada constituye o no un presunto delito podrá acudir de manera 
inmediata a la Policía Nacional; la defensoría de familia; comisaría de 
familia; oficinas jurídicas de las secretaría de educación certificadas; 
personería municipal; Defensoría del Pueblo, o a cualquier otra entidad de 
las que conforman el Comité Territorial de Convivencia Escolar, a fin de 
obtener la asesoría necesaria. 
2.4.4. Procedimientos. 
Artículo 18. Medidas por faltas que afectan el aspecto formativo. 
Frente a las irregularidades por faltas en el aspecto formativo se tomaran 
por la instancia correspondiente las siguientes medidas: 
1. Amonestación verbal. 
2. Amonestación escrita que se consignará en el libro de registro de 
acontecimientos significativos, que posee cada director de grado. 
3. Citación al padre de familia o acudiente legal para el respectivo informe. 
4. Firma del acta de compromiso. 
5. Suspensión de clase hasta por dos días, durante los cuales el 
estudiante deberá realizar trabajos formativos dentro de la Institución, 
que ayuden a su desarrollo integral. 
Toda actividad académica que se realice en esos días tendrá una 
valoración de bajo 
Parágrafo 1. El correctivo 1 y 2 lo aplicará el docente que tuvo 
conocimiento del hecho. 
Parágrafo 2. El correctivo 3 y 4 lo aplicará el coordinador del comité de 
convivencia. 
Parágrafo 3. El correctivo 5 lo aplicará el rector de la Institución. 
Parágrafo 4. En caso de ausencia del rector este correctivo lo aplicará el 
rector encargado.
Parágrafo 5. El estudiante que incumpla los compromisos incurre en una 
falta grave y se le podrá aplicar matricula condicional. 
Parágrafo 6. En caso que el estudiante incumpla la matricula en 
observación, pierde el cupo en la institución, previo estudio en el consejo 
directivo. 
Artículo 19. Procedimiento por incumplimiento académico. 
1. Amonestación verbal por pérdida de dos áreas. 
2. Amonestación escrita en caso de reprobación de tres o más áreas del 
plan de estudios, en caso de notas inferiores a 3.0, desde el primer 
periodo. 
3. Adquisición de compromiso académico en caso de que persista la 
reprobación en las mismas tres o más áreas del plan de estudios. 
4. Periódicamente la comisión de evaluación, evaluará el cumplimiento del 
compromiso y al finalizar el cuarto periodo académico, se determinará, 
si adquiere matrícula en observación o se levanta dicho compromiso. 
Artículo 20. Medidas correctivas por faltas graves. 
Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave por la instancia 
competente, se tomará una de las siguientes medidas, de acuerdo con la 
gravedad de la falta. 
1. Citación a los padres de familia y a él o la estudiante para informar los 
hechos y escuchar descargos. 
2. Perdida del derecho a ingresar al salón de clases hasta por dos (2) días 
hábiles, durante los cuales él o la estudiante deberá realizar trabajos 
formativos en la Institución, que ayuden a su desarrollo integral. Toda 
actividad que académica que se desarrolle en esos días el nivel de 
desempeño será BAJO, aplicará por resolución emanada de la rectoría. 
3. Matricula en observación para el grado que está cursando. 
4. Perdida de cupo para el año siguiente. 
5. Cancelación de la matricula. 
Artículo 21. Procedimientos para las medidas por faltas graves. 
1. Verificación de la información y de las pruebas por parte del coordinador 
del comité de convivencia.
2. El coordinador del comité de convivencia elaborará un pliego de cargos 
donde conste la gravedad del hecho, las pruebas, la intencionalidad y 
las implicaciones de su conducta tanto para su formación como para la 
comunidad educativa. 
3. Informe del pliego de cargos a él o la estudiante y su familia o acudiente 
legal. 
4. Descargos escritos por parte de él o la estudiante, para lo cual tendrá un 
plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente del 
informe del pliego de cargos. 
5. Toma de decisión y aplicación de la sanción por parte de la instancia 
correspondiente. 
Parágrafo 1: la aplicación de las medidas 1 y 2 del artículo 10 del presente 
pacto de convivencia, será aplicada por el coordinador del comité de 
convivencia. 
Parágrafo 2: si la decisión fuera de matrícula en observación, la instancia 
correspondiente solicitará al rector de la institución su aprobación y 
aplicación. 
Parágrafo 3. Si se sugiere perdida de cupo para el año siguiente o 
cancelación de la matrícula, se presentará el caso al Consejo Directivo de 
la Institución. 
Parágrafo 4: La desaplicación sistemática, merece proceso formativo y 
puede llegar a la matricula en observación o la pérdida definitiva del cupo 
en la Institución. se considera que existe desaplicación sistemática cuando 
él o la estudiante obtenga nivel de desempeño bajo según las equivalencias 
institucionales, en tres o más áreas del plan de estudios (para el caso, 
notas inferiores a 3.0). 
Artículo 22. Cancelación de la matricula. 
Después de realizado el debido proceso de las medidas por faltas graves, a 
él o la estudiante se le aplicará la cancelación de la matricula en cualquiera 
de los siguientes casos: 
1. Comportamiento inmoral dentro o fuera de la institución: hacer 
escándalos públicos, visitar sitios de mala reputación.
2. Distribuir o consumir drogas psicoactivas, alucinógenas, alcohol, dentro 
de la Institución. 
3. Pertenecer a pandillas o grupos satánicos. 
4. Agredir física, psíquica o psicológicamente a una persona. 
5. Practicar o inducir a los y las compañeras a realizar actos indebidos, 
tales como: Hurto agravado, tabaquismo, fraude, drogadicción, 
alcoholismo, satanismo o prácticas sexuales y prostitución, dentro de la 
institución. 
Parágrafo: Él o la estudiante que incurra en falta grave, quedará excluido 
de las clases, mientras se le manifiesta por escrito la cancelación de la 
matrícula, si su permanencia afecta el normal desarrollo y la sana 
convivencia en la institución, según criterio del consejo directivo. 
Articulo 23. Circunstancias atenuantes o eximentes. 
Serán circunstancias atenuantes o eximentes, entre otras: 
a) El confesar la falta oportunamente. 
b) Procurar, por la iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el 
perjuicio causado, antes de iniciarse el procedimiento correctivo 
disciplinario. 
c) La buena conducta anterior. 
d) La influencia, para la ejecución de la falta, de circunstancias 
apremiantes, personales o familiares, por un adulto y/o superior. 
e) Haber obrado por motivos nobles o altruistas. 
Articulo 24. Circunstancias agravantes. 
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes: 
a) Haber sido objeto de sanción por falta grave durante el último año 
anterior a la comisión de la falta. 
b) El efecto perturbador que el hecho produzca en la comunidad educativa. 
c) Realizar el hecho con la coparticipación de estudiantes u otros 
servidores de la Institución. 
d) Inducir a otros a cometer la falta. 
e) Cometer faltas aprovechando la confianza depositada por sus 
profesores, compañeros o sus padres. 
f) Cometer la falta para ocultar otra. 
g) Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro u otros.
h) Obrar con premeditación, en la comisión del hecho. 
i) Cometer la falta aprovechando peligro común, calamidad u otro hecho 
que aminore departe de la entidad, el debido cuidado. 
j) Haber cometido la falta, cuando se tenga una posición distinguida dentro 
de la comunidad estudiantil. 
k) Hacer uso de la comisión de la falta, de otros medios que puedan 
generar un peligro común. 
l) Ejecutar la falta, sobre los bienes de la Institución, o de quienes forman 
parte de ella. 
Artículo 25. Modelo a seguir del uniforme. 
a) Damas. (uniforme de diario) 
Falda azul oscura, prensada con pretina a la cintura y el largo a la altura 
de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado 
izquierdo. Camibuso blanco por dentro de la falda, con el escudo sobre 
el bolsillo, al lado izquierdo, camiseta debajo del camibuso color blanca. 
Zapatos negros con cordones negros y medias blancas a la altura de la 
rodilla. Es permitido el uso de esmaltes de uña únicamente 
transparente. 
b) Damas (uniforme de gala). 
Falda azul oscura, prensada con pretina a la cintura y el largo a la altura 
de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado 
izquierdo. Camisa blanca por dentro de la falda, con el escudo sobre el 
bolsillo, al lado izquierdo, corbata azul oscura. Zapatos negros con 
cordones negros y medias blancas a la altura de la rodilla. Es permitido 
el uso de esmaltes de uña únicamente transparente. 
c) Caballeros (uniforme de diario) 
Pantalón azul oscuro, cinturón o correa negra o azul oscura, Camibuso 
blanco por dentro del pantalón con el escudo sobre el bolsillo, al lado 
izquierdo. Zapatos negros con cordones negros y medias azul oscuro. 
d) Caballeros(uniforme de gala) 
Pantalón azul oscuro, cinturón o correa negra o azul oscura, Camisa 
blanca por dentro del pantalón con el escudo sobre el bolsillo, al lado
izquierdo. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas o azul 
oscuro. 
El uniforme de Educación física tanto para damas y caballeros, consiste en 
sudadera color vino tinto con rayas amarillas a los lados, buso blanco con el 
escudo al lado izquierdo a la altura del pecho con puños color vino tinto, tenis 
completamente rojos y medias blancas. 
PARÁGRAFO 1: En caso de las niñas pueden sostener el cabello con hebillas, 
balacas, moñas blancas o azul oscuro, acordes con los colores del uniforme. 
PARAGRAFO 2: Respecto al uniforme de diario y de educación física se utilizará 
opcionalmente las chaquetas azul oscuro, blanco y vino tinto respectivamente. 
Artículo 26. Estímulos. 
1. Durante el año escolar se tendrán en cuenta los siguientes estímulos: 
a) Inscripción en el cuadro de honor de cada periodo. 
b) Representar a la Institución en invitaciones especiales. 
c) Reconocimiento público, individual o grupal, ante comportamientos 
positivos, de lo cual quedará constancia escrita en el libro de de 
acontecimientos significativos del estudiante, según el motivo especifico. 
d) Mención de honor, como máxima distinción del colegio a las estudiantes 
que periódicamente se destaquen por su disciplina, calidad humana, 
orden personal, relaciones interpersonales y que hayan alcanzado un 
rendimiento académico sobresaliente. 
Parágrafo: Los y las estudiantes que salgan a representar a la Institución 
en eventos culturales o deportivos, tendrán las siguientes garantías: 
a) Presentar las pruebas o trabajos escolares que se realizaron en su 
ausencia, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles, previa 
concertación con los respectivos docentes, de lo contrarío se asignará 
un juicio reprobatorio. 
b) Se hará merecedor(a) de un juicio valorativo en el área o asignatura afín 
con la actividad correspondiente, teniendo en cuenta el grado de 
participación en los eventos realizados y a criterio del docente de la 
asignatura. En ningún caso tal juicio podrá ser reprobatorio.
c) Resaltar ante la comunidad educativa la participación en el respectivo 
evento y hacer la anotación en el libro de acontecimientos significativos 
del estudiante. 
CAPÍTULO III. 
DE LOS DOCENTES. 
Artículo 27. Derechos de los docentes 
1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y 
cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 
2. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus 
afiliados en la formulación de los reclamos y solicitudes ante las autoridades 
del orden local, regional y nacional. 
3. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y 
grado en el escalafón. 
4. Ausentarse de la Institución cuando sea requerido por la Secretaría de 
Educación Departamental u otro organismo de mayor jerarquía. 
5. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo 
guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular 
6. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de los directivos docentes 
7. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
8. Participar en los programas de capacitación en bienestar establecidos por los 
organismos para tal fin y gozar de los estímulos de carácter profesional y 
económico. 
9. Ascender dentro de la carrera docente. 
10. Ejercer libremente la profesión, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de 
Constitución Nacional y las normas laborales vigentes 
11. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea 
verbalmente, en cartelera o por escrito 
12. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI 
13. Solicitar y conocer los informes contables que sustenten el uso debido del 
presupuesto de la institución 
14. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico 
15. Ser informado oportunamente sobre sus situación laboral 
16. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos 
cuando sea conveniente y redunde en beneficio de la comunidad 
17. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos 
esenciales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses 
18. Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad 
teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo 
desarrollado por los docentes cada año. 
19. Recibir en forma oportuna y correcta los servicios administrativos solicitados en 
la secretaría de la Institución educativa. 
20. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes. 
21. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor 
aprovechamiento de las horas libres en el diseño, elaboración y preparación de 
materiales didácticos y ayudas educativas. 
22. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir 
los desaciertos en el proceso pedagógico.
23. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y 
cuando se ajusten a las normas vigentes y están de acuerdo con el Proyecto 
Educativo Institucional. 
24. Ser elegido para representar a la Institución en seminarios, talleres, simposios, 
congresos, etc. 
25. Conocer los proyectos e innovaciones que las instancias directivas programen 
para el bienestar escolar. 
26. Solicitar y recibir de las directivas institucionales, una capacitación permanente 
sobre las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional en lo referente a 
las innovaciones pedagógicas. 
27. Otros establecidos por la institución o por las normas legales. 
Artículo 28. Deberes de los docentes. 
(Decreto 2277 de 1979, Código Único Disciplinario, Ley 200 de 1995 y el Decreto 
2480 de 1986) 
1. Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia y los acuerdos 
consignados en el presente pacto. 
2. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la 
nación y el respeto por los símbolos patrios. 
3. Dar un trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y 
compartir con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 
4. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 
5. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con quienes 
tenga relación en el ejercicio de su cargo. 
6. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de 
productos dentro de la Institución o la obtención de cualquier otro beneficio 
económico personal. 
7. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre la comisión 
de hechos que puedan constituir causales de mala conducta y de los cuales 
tenga conocimiento. 
8. Utilizar adecuadamente los recursos que tenga asignados para el desempeño 
de su cargo. 
9. Hacerse responsable del manejo de los recursos didácticos y tecnológicos.
10. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la 
administración y las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del 
servicio. 
11. Atender, tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los 
padres de familia, o de los estudiantes, acerca de sus relaciones 
interpersonales y de la manera de orientar tanto las clases como los procesos 
curriculares. 
12. Conocer los principios, lineamientos, planeación, proyectos y demás aspectos 
de la institución. 
13. Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas por la institución. 
14. Llevar con responsabilidad todos los instrumentos de control y evaluación de 
los educandos, entregándolos oportunamente. 
15. Dar a conocer a los estudiantes en las tres (3) primeras semanas de clase los 
estándares del área bajo su responsabilidad, así como sus estrategias 
metodológicas. 
16. Colaborar con la disciplina, el orden y el aseo de la institución. 
17. Respetar los derechos de los estudiantes, de los padres de familia y los demás 
miembros de la comunidad educativa. 
18. Presentarse al establecimiento todos los días laborables en la hora establecida 
en el PEI. 
19. Recibir la carga académica respectiva, de acuerdo a su especialidad en forma 
concertada. 
20. Observar una buena presentación, vistiendo con pulcritud y elegancia, dando 
así ejemplo a sus educandos. 
21. Solicitar con anticipación y causa justa los permisos, entregando al coordinador 
las actividades a desarrollar en su ausencia dentro del aula de clase. 
22. Mantener un espíritu de solidaridad y cooperación dentro de la comunidad 
educativa. 
23. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a 
las funciones propias de su cargo. 
24. Participar activamente en la elaboración del proyecto educativo institucional. 
25. Escuchar al estudiante y permitirle expresar sus pensamientos, ideas, 
sugerencias y descargos cuando sea necesario, teniendo en cuenta las 
normas establecidas. 
26. Entregar oportunamente los informes solicitados por las diferentes instancias 
administrativas establecidas en el plantel. 
27. Despertar en el educando amor por la patria, su folclore y las costumbres 
autócratas de su región (art. 72 de la Constitución Nacional). 
28. Diligenciar con claridad y en forma oportuna el libro de registro de 
acontecimientos significativos de los estudiantes con los informes positivos y 
negativos.
29. Socializar permanentemente el pacto de convivencia con estudiantes y padres 
de familia. 
Artículo 29. Prohibiciones de los docentes. 
1. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias 
alucinógenas a desempeñar su labor docente. 
2. Fumar dentro de las dependencias del establecimiento. 
3. Acosar de manera psicológica, académica y sexual a los estudiantes. 
4. Utilizar la investidura de docente para efectuar negociaciones con los padres 
y/o estudiantes. 
5. Irrespetar a los compañeros en todos los aspectos, utilizando la crítica 
destructiva. 
6. Protagonizar escándalos con los padres de familia o compañeros. 
7. Ridiculizar a los estudiantes frente a profesores y compañeros. 
8. Aplicar castigos denigrantes o físicos, que atente contra la formación integral 
de los estudiantes. 
9. Utilizar vocabulario soez y ridiculizante para tratar compañeros y estudiantes. 
10. Desautorizar a otro docente frente a los estudiantes o padres de familia. 
11. realizar propagandas o proselitismo político o religioso, no acorde con la 
religión católica, dentro de la institución. 
12. Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o 
dentro del centro educativo o durante actividades extracurriculares. 
13. Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiante. 
14. Utilizar los centros educativos para actividades ilícitas o no propias de la 
enseñanza. 
Artículo 30. Estímulos para los docentes. 
1. Felicitación por escrito, con copia a la hoja de vida, a los docentes que se 
distingan por su responsabilidad, colaboración y buena calidad en el 
desempeño de su labor. 
2. Reconocimiento en público a los profesores que se destaquen durante el año 
escolar por cualquier actividad docente. 
3. La institución organizará cada año la celebración del día del educador, como 
un reconocimiento a la labor desarrollada. 
4. Los establecidos en el capítulo VI de la ley general de educación. 
5. Serán responsables de otorgar los estímulos a los docentes, los miembros del 
Consejo Directivo 
Artículo 31. Procedimientos.
Se aplican de acuerdo a la ley según la falta: 
1. Ley general de la educación. 
2. Código disciplinario. 
3. Constitución política de Colombia y demás que contemplan en la ley. 
Artículo 32. Derechos de los directivos docentes. 
Los contemplados por los decretos 2277 y 1278 y los artículos 133 al 137 de la 
Ley General de Educación. 
1. Liderar el crecimiento de la comunidad educativa. 
2. Ser informado de todas las actividades que se realiza en la institución. 
3. Recibir un trato amable y cordial de todos los miembros de la comunidad 
4. Recibir los reportes y demás documentos y avales de seguimiento al debido 
proceso en todas las actuaciones de la institución educativa. 
5. Exponer sus ideas, inquietudes y desarrollarlas con la participación de sus 
colaboradores. 
Artículo 33. Deberes del rector. 
1. Los contemplados en los decretos 2277 y 1278 y el artículo 25 del decreto 
1860. 
2. Informar a los demás integrantes de la comunidad educativa sobre planes, 
actividades y modificaciones que afecten la vida del establecimiento. 
3. Conservar todos los elementos que se encuentren a su cargo de acuerdo al 
inventario general del establecimiento. 
4. Presentar a su debido tiempo los informes que le sean solicitados por la 
autoridad competente o cualquier miembro de la comunidad educativa. 
5. Representar legalmente a la institución y ejecutar las políticas educativas y 
administrativas establecidas por el M.E.N., la secretaría de educación 
departamental, municipal y el consejo directivo del plantel. 
6. Delegar funciones a sus más inmediatos colaboradores en lo que hace 
referencia a la organización, ejecución, control, evaluación y ajuste al P.E.I. 
7. Asistir diariamente al plantel, salvo actividades que tengan que ver con su 
cargo. 
8. Evaluar periódicamente el P.E.I. e introducirle las acciones correctivas 
necesarias. 
9. Supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje. 
10. Revisar periódicamente los preparadores y planes de área, realizar en ellos las 
anotaciones necesarias y supervisar las clases.
11. Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de profesores, 
padres de familia y los demás organismos de coordinación y asesoría que 
existan en la institución. 
12. Investigar y corregir las anomalías de tipo disciplinario, académico y de 
cualquier otra índole que interfieran con la buena marcha de la institución. 
13. Atender y resolver los problemas planteados por la comunidad educativa en 
general, lo mismo que las sugerencias que ella misma pueda plantear. 
14. Ordenar los gastos del plantel. 
15. Organizar dentro de los términos de la ley, las diferentes instancias del 
gobierno escolar, y velar por el cumplimiento de las funciones propias de cada 
organismo. 
16. Organizar y controlar el funcionamiento de la tienda escolar. 
17. Presentar la relación mensual de las personas a su cargo y las novedades, si 
las hay, para efectos del pago oportuno. 
18. Distribuir los grupos y las áreas entre los docentes, atendiendo a sus aptitudes 
y al título docente que posean. 
19. Proporcionar oportunamente los elementos que requieren la institución para su 
buen funcionamiento. 
20. Otras que fijen las disposiciones legales. 
Artículo 34. Prohibiciones para los Directivos Docentes. 
1. Las contempladas en el estatuto docente, en el artículo 45 del régimen 
disciplinario y en la ley 200. 
2. Prestar las instalaciones del plantel sin la autorización del consejo directivo. 
3. Son causales de mala conducta las contempladas en el artículo 46 del decreto 
2277, en el artículo 125 de la ley general de educación, en los artículos 18 al 
24 del régimen disciplinario y los establecidos en las disposiciones legales 
existentes y otras que determinen sus superiores jerárquicos, siempre y 
cuando tengan piso jurídico. 
Artículo 35. Procedimientos. 
Se aplican de acuerdo a la ley según la falta: 
1. Ley general de la educación. 
2. Código disciplinario. 
3. Constitución política de Colombia y demás que contemplan en la ley. 
Artículo 36. Derechos de los administrativos. 
a) DERECHOS DE LA SECRETARIA
1. Recibir los implementos y recursos necesarios para el cumplimiento de 
su labor. 
2. Buen trato del jefe y compañeros. 
3. Respetar sus ideas políticas y religiosas. 
4. A ser escuchada. 
5. A un buen ambiente laboral. 
6. A su privacidad. 
Artículo 37. Deberes y compromisos de la secretaria(o). 
1. Cumplir con el horario de trabajo establecido. 
2. Colaborar con entusiasmo con todas las actividades que le sean asignadas. 
3. Diligenciar en forma oportuna los libros de oficina y archivo. 
4. Colaborar con el personal docente, cuando ellos soliciten servicios. 
5. Velar por el buen uso, cuidado y conservación de los implementos que hay 
en la oficina. 
6. Tratar con respeto y amabilidad a todas las personas con las cuales debe 
relacionarse. 
7. Aceptar y poner en práctica las sugerencias que se le hacen. 
8. Distinguirse por su excelente presentación y buena conducta. 
9. Informar oportunamente al rector sobre aquellos casos que puedan 
perjudicar la imagen del colegio. 
10. Ser muy leal con la institución. 
11. Velar por la disciplina y buena marcha de la institución en caso de 
ausencia del rector. 
12. Suministrar oportunamente al profesorado los materiales didácticos e 
implementos de trabajo necesarios para el normal desarrollo de las clases.
CAPITULO III 
DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE LEGAL. 
El padre de Familia y/o acudiente legal es agente activo del proceso formativo de 
su hijo (a) y parte fundamental de la comunidad Educativa. El principal derecho 
que tiene el padre Familia es escoger el tipo de educación que quiere para su hijo 
(a) y empieza a regir a partir del momento de firmar la matrícula. 
Su deber, es continuar en el núcleo familiar con su labor formativa y la adquisición 
de valores que la Institución Educativa “Alto del Rompe” infunda a los estudiantes. 
Los padres de familia y/o acudiente legal en la Institución Educativa Alto del Rompe 
tienen los siguientes deberes y derechos. 
“La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda 
como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos 
y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden 
sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer 
una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de 
comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95). 
De tal forma, que la asistencia a los talleres escuela de padres de familia se 
considera para el presente pacto de convivencia de la Institución Educativa Alto 
del Rompe como de carácter obligatorio, teniendo como sustento el compromiso 
social y moral de primeros educadores de sus hijos e hijas, del mismo modo en 
acatamiento no solo a la sentencia de la corte constitucional sino también al 
Artículo 42 en su numeral 5 de la Ley de Infancia y adolescencia 1098 de 2006.
DE TAL FORMA, QUE LA INASISTENCIA A TRES DE ÉSTAS 
CONVOCATORIAS DE PADRES, SIN LA CORRESPONDIENTE EXCUSA, SE 
CONSIDERARÁ COMO ABANDONO, como reza el Articulo 20 numeral 1 de la 
Ley de Infancia, además que constituye un incumplimiento del contrato educativo 
(matrícula) y de igual manera una desatención al orden social e institucional del 
colegio, toda vez que la familia y su integración son el soporte de la moral y los 
principios, de tal manera que para el presente pacto, se establece que el o la 
alumna podrá perder el respectivo derecho de pertenecer a la institución, por la 
inasistencia de sus padres, pues es su deber primeramente, comprometerse con 
la educación de sus hijos e hijas. 
Artículo 38. Derechos. 
1. DERECHO A SER RESPETADO. 
1.1 Ser atendido y escuchado cuando acudan a la Institución Educativa Alto del 
Rompe, para tratar asuntos relacionados con la educación de su 
hijo o acudido. 
1.2 Ser respetados y valorados como personas por todos y cada uno de los 
miembros de la comunidad educativa. 
1.3 Obtener respuesta por parte de las directivas y de los docentes, cuando se 
acude a ellos personalmente o por escrito. 
2. DERECHO A LA PARTICIPACIÓN 
2.1. Participar activamente en las actividades que se promuevan en la 
institución. 
2.2. Dar iniciativa y colaborar en el buen funcionamiento de la institución. 
2.3. Elegir y ser elegido para el gobierno escolar y para el consejo de 
padres. 
2.4. Participar en la planeación ejecución y evaluación de proyecto 
educativo institucional. 
2.5. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las 
características del establecimiento educativo los principios que orienten 
el proyecto educativo institucional el Pacto de convivencia, el plan de 
estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación 
escolar y el plan de mejoramiento institucional.
2.6. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los 
procesos educativos la capacitación de los padres en los asuntos que 
atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 
2.7. Brindarle al padre de familia la oportunidad de hacerse partícipe en los 
diferentes eventos culturales y deportivos organizados por la institución 
educativa. 
2.8. Reconocer en el acto de graduación la participación de los padres de 
familia que durante el año electivo se hallan destacado por su colaboración y 
participación desinteresada en los diferentes eventos y actividades 
programadas por la institución. 
3. DERECHO A LA FORMACION INTEGRAL DE SUS HIJOS. 
3.1. Ser informado oportunamente acerca del comportamiento y 
rendimiento académico de sus hijos, cuando sea por escrito debe firmar 
lo pertinente y recibir copia del mismo. 
3.2. Participar en la escuela de padres cuando la Institución lo programe. 
3.3. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de 
evaluación, de la calidad del servicio educativo y en particular del 
establecimiento donde se encuentra matriculado su hijo. 
Artículo 39. Deberes 
1. DEBERES SOBRE EL RESPETO 
1.1 Proveer a sus hijos de los elementos escolares requeridos. 
1.2 Pagar daños y perjuicios que sus hijos causen al establecimiento o a 
cualquier miembro de la comunidad educativa. 
1.3 Colaborar en las actividades escolares y extraescolares de sus hijos. 
1.4 Atender las observaciones del docente o directivos en forma 
respetuosa y amable. 
PARAGRAFO: Los padres de familia serán atendidos exclusivamente en 
jornada ordinaria, cada docente tendrá una hora fija para atención a los 
padres. 
2. DEBERES SOBRE LA PARTICIPACION 
2.1. Apoyar con el testimonio la educación impartida por la institución.
2.2. Seguir a sus hijos en el proceso formativo y académico. Emplear la 
firmeza de los estímulos que garanticen la buena educación. 
2.3. Asistir puntualmente a las reuniones de padres o escuela de 
padres y cuando se solicite su presencia en la institución. El 
incumplimiento sistemático y sin causa justificada conlleva a ser 
reportado al bienestar familiar y la posibilidad de pérdida del cupo en la 
institución. 
2.4. Presentar excusas cuando le es imposible asistir a reuniones de 
Padres de familia cuando sean programadas por la Institución. 
2.5. Ser responsables en los cargos que asumen en el Gobierno Escolar. 
3. DEBERES SOBRE LA FORMACIÓN INTEGRAL. 
3.1. Asumir con responsabilidad la misión de ser los primeros educadores 
de sus hijos en la Fe y en las buenas costumbres. 
3.2. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y el 
Pacto de Convivencia para facilitar el proceso educativo. 
3.3. Acoger la recomendación de la Comisión de Evaluación de cambio 
de Institución Educativa, cuando se presenten dificultades en el campo 
académico y formativo que afectan el libre y sano desarrollo del 
estudiante. 
3.4. Ser leales con la Institución que educa a sus hijos. No hablar mal de 
ella o de sus miembros. 
3.5. Hacer los reclamos directamente y con buenos modales, siguiendo el 
conducto regular de comunicación. 
3.6. Proteger a sus hijos de toda forma de abandono físico o moral, 
descuido o trato negligente, abuso sexual, explotación, uso de 
sustancias que producen dependencia, influencia de grupos satánicos, 
espiritistas u otros. 
3.7. Facilitar la solución de problemas individuales y colectivos, 
propiciando acciones tendientes a la formación integral de sus hijos. 
3.8. Orientar y controlar el buen uso del tiempo libre, las amistades y 
medios de comunicación social utilizados por sus hijos. 
3.9. Aceptar y corregir las equivocaciones de sus hijos. 
3.10. Hacer respetar las normas de urbanidad elementales para una sana 
convivencia dentro y fuera de la institución.
3.11. Velar por la presentación personal de sus hijos y propender la 
utilización y porte adecuado del uniforme, dentro y fuera de la 
institución, apoyando el respeto absoluto hacia el mismo. 
3.12. Velar por la permanente asistencia de sus hijos a la Institución, 
informando oportunamente la causa de su ausencia, siendo ésta 
justificada y por escrito el día que no pueda asistir a clase. 
3.13. Justificar por escrito la incapacidad del estudiante para realizar 
actividades en el Área de Educación Física, comprometiéndose a 
realizar otras actividades acordadas con el docente de área. (Trabajos 
escritos, investigaciones que estén relacionadas con la materia, entre 
otras.) 
3.14. Solicitar por escrito los permisos para sus hijos a quienes 
corresponda. Debe tener aprobación y firma del rector de la institución o 
director de grupo en sus respectivas sedes. 
3.15. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por 
parte de sus hijos después del horario escolar. 
3.16. Cumplir y hacer cumplir a cabalidad los compromisos firmados con la 
institución. 
3.17. Asumir con responsabilidad la justificación de las ausencias de sus 
hijos en la institución. En caso de enfermedad, adjuntar certificado 
médico. 
3.18. En caso de periodos largos de ausencia, solicitar al Rector y 
docentes encargados del área, personalmente y por escrito 
responsabilizándose de las actividades académicas realizadas en cada 
disciplina. 
3.19. Enterarse de todas las informaciones, circulares y comunicados que 
se envíen con los estudiantes. 
PARÁGRAGO: La institución solo atenderá a padres o al acudiente quien haya 
firmado la matrícula. 
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO ESCOLAR. 
Artículo 40: Conformación del Gobierno Escolar 
Según lo dispuesto por en el Capítulo II, artículo 142-145 de la ley 115 y el 
Capítulo IV, artículos 18 a 29, y el Decreto 1860 en sus artículos 20, 21, 23 – 31; 
El Gobierno Escolar está constituido por el Consejo Directivo, el Consejo 
Académico y el Consejo estudiantil (donde ejerce su liderazgo la Personera). 
Además, está apoyado por el Comité de Calidad y por el Consejo de Padres. 
El Gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos: 
I. ORGANOS DE PARTICIPACION DIRECTA 
1. El Rector o Rectora; como representante del establecimiento ante las 
autoridades educativas y ejecutora de las decisiones del gobierno 
escolar. 
2. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la 
comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del 
establecimiento. 
3. El Consejo Académico, como Instancia superior para participar en la 
orientación pedagógica del establecimiento. 
Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos 
anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean 
reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del 
período. 
Artículo 41: Funciones del Rector o Rectora 
Le corresponde al Rector o Rectora 
a) Orientar la ejecución del proyecto educativo Institucional y aplicar las 
decisiones del gobierno escolar.
b) Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno 
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 
c) Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la 
educación en el establecimiento. 
d) Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la 
comunidad educativa en general para el continuo progreso académico 
de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 
e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la 
comunidad educativa. 
f) Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 
g) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y 
el manual de convivencia. 
h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para 
canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional. 
i) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento 
con la comunidad educativa. 
j) Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la 
prestación del servicio público educativo y 
k) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le 
atribuya el proyecto educativo institucional. 
Artículo 42: Consejo Directivo 
El Consejo Directivo estará integrado por:
1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por 
mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 
2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los 
votantes en una asamblea de docentes. 
3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la 
Asociación de Padres de Familia y el Consejo de Padres (Decreto 1 
256 de Abril 27 de 2005, Artíc, 7y Art. 9, parágrafo 2) 
4. Un o una representante de los y las estudiantes elegida por el 
Consejo de Estudiantes, entre estudiantes del grado 11° 
5. Un o una representante de los ex alumnos elegida por el Consejo 
Directivo. 
6. Un representante de los sectores productivos organizados en el 
ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o 
patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El 
representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos 
propuestos por las respectivas organizaciones. 
Funciones del Consejo Directivo. 
 Tomar las decisiones que afecta el funcionamiento de la institución, excepto 
las que sean competencia de otra autoridad. 
 Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre 
docentes y administrativos con las estudiantes y después de haber agotado 
los procedimientos previstos en el manual de convivencia. Adoptar el 
manual de convivencia. 
 Fijar los criterios de asignación de cupos disponibles para la admisión de 
nuevos alumnos.
 Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad 
educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 
 Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente 
presentado por el rector. 
 Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo 
institucional, el currículo y del plan de estudios y someterlos a 
consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que 
haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos 
establecidos en la ley y los reglamentos. 
 Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución. 
 Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y 
social de los y las estudiantes que han de incorporarse al manual de 
convivencia. 
 Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal 
administrativo de la institución. 
 Recomendar criterios de participación de la institución en actividades 
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 
 Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en 
realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y 
sociales de la institución. 
 Promover la relación de tipo académico, deportivo y cultural en otras 
Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 
 Establecer políticas para el mejoramiento de los resultados de los 
estudiantes en las pruebas externas. 
Artículo 43: Consejo Académico. 
El Consejo Académico está Integrado por el Rector o la Rectora quien lo 
preside y un docente por cada área definida en el plan de estudios.
Funciones del Consejo Académico. 
 Cumplirá las siguientes funciones: 
 Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la 
propuesta del proyecto educativo Institucional. 
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las 
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente 
Decreto. 
a) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 
 Participar en la evaluación Institucional anual. 
 Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del 
rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus 
funciones y supervisar el proceso general de evaluación estipulado en el 
SIEE 
 Recibir y decidir los reclamos de las estudiantes sobre la evaluación 
educativa, y 
 Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le 
atribuya el proyecto educativo institucional. 
II. ORGANOS QUE FACILITAN LA PARTICIPACION 
Artículo 44: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 
Atendiendo a lo que exige el decreto1965 de 2013 sobre la actualización del 
manual de convivencia para el año 2014 se desea incorporar con claridad las 
definiciones, principios y responsabilidades del comité de convivencia. 
El comité escolar de convivencia debe conformarlo: 
 El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité 
 El personero estudiantil 
 El docente con función de orientación 
 El coordinador cuando exista este cargo
 El presidente del consejo de padres de familia 
 El presidente del consejo de estudiantes 
 Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
El liderazgo del comité escolar de convivencia debe caracterizarse por permitir que 
las personas que hacen parte de la comunidad educativa puedan aportar 
elementos para fortalecer la sana convivencia compartiendo las responsabilidades 
que esto implica. 
Funciones del comité escolar de convivencia: 
1. Liderar los procesos de actualización del manual de convivencia. Para ello es 
necesario que se conforme institucionalmente el comité como primer paso para 
actualizar el manual. 
2. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre 
docentes. 
3. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la 
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre 
los miembros de la comunidad educativa. 
4. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, 
Programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se 
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad 
educativa. 
5. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones 
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en 
procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad 
educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, 
acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 
6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el 
artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso 
escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración 
de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · 
comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque 
trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una 
conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o
autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 
Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y 
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y 
reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el 
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace 
parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación 
para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y 
mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido 
el comité. 
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la 
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de 
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para 
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la 
ciudadanía. 
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar 
lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos 
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere 
procesos o estrategias de convivencia escolar. 
Artículo 45: Personero (a) de los y las estudiantes. 
Será un o una estudiante del grado 11 ° encarga de promover el ejercicio de los 
deberes y derechos de las estudiantes consagrados en la Constitución Política, la 
Ley general de Educación, los decretos reglamentarios, el código de la Infancia y 
adolescencia y el pacto de convivencia. 
La personera tendrá las siguientes funciones: 
 Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes, 
para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del 
establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar 
foros u otras formas de deliberación; 
 Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten las estudiantes sobre 
lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la 
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de las estudiantes.
 Presentar ante la Rectora, según sus competencias, las solicitudes de oficio 
que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y 
facilitar el cumplimiento de sus deberes, y 
 Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las 
decisiones del Rector o la Rectora respecto a las peticiones presentadas 
por su intermedio. 
 La personera de las estudiantes será elegida dentro de los treinta días 
calendarlo siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo 
anual. Para tal efecto el Rector o la Rectora convocará a todas las 
estudiantes matriculadas con el fin de elegirla por el sistema de mayoría 
simple y mediante voto secreto. 
 El ejercicio del cargo de personera de las estudiantes es incompatible con 
el de representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo. 
Artículo 46: Consejo Estudiantil 
El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y 
garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de las estudiantes. 
Estará integrado por una vocera de cada uno de los cursos existentes en la 
Institución. 
PROPOSITO: Conformar un equipo sólido que participe activa y eficazmente en 
el ejercicio de la democracia y por tanto en la consecución de ideales colectivos de 
acuerdo a la filosofía de la Institución, donde favorezca un ambiente de diálogo 
entre el estudiantado y los demás miembros de la Comunidad Educativa. 
Artículo 47: Elecciones. 
Elección de los voceros(a) y el o la representante de los y las estudiantes. 
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras 
semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por las 
estudiantes de los cursos existentes en la Institución, con el fin de elegir a sus 
respectivas voceras mediante votación secreta. El grupo de voceras conforman el 
Consejo Estudiantil, estas eligen por voto secreto a la Representante al Consejo 
Directivo, entre las estudiantes del Grado 11° que se postulan para el cargo, 
previo acuerdo con las estudiantes de cada curso.
Artículo 48: funciones del Consejo de Estudiantes 
Corresponde al Consejo de Estudiantes: 
a) Elegir el representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo de la 
Institución entre las estudiantes del Grado 11", postulados libremente, que 
cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento y asesorarla 
en el cumplimiento de su representación. 
b) Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas 
sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 
c) Manifestar sugerencias e inquietudes con respecto al funcionamiento de la 
Institución a las diferentes instancias legales. 
d) Fomentar la participación del estudiantado en las diferentes actividades 
programadas por la Institución y en aquellas actividades intercolegiadas 
que favorezcan el desarrollo intelectual, espiritual y cultural de las 
estudiantes, de acuerdo a los criterios establecidos en el Pacto de 
Convivencia. 
e) Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo 
Institucional. 
f) Elegir uno de los voceros(as) como secretarla del Consejo Estudiantil que 
lleve los libros de Actas y organice correctamente lo documentos propios 
del Consejo. 
g) Participar en la elaboración y aplicación del SIEE con el Consejo 
Académico. 
h) Las demás actividades afines o complementarlas con las anteriores que le 
atribuya el Pacto de convivencia. 
Artículo 49: Asociación de padres de familia: formada por los padres de familia 
de la institución, quienes eligen un representante por grado para participar en la 
asamblea de padres, que elige a su vez a la junta directiva. 
Funciones de la Asociación de padres de familia: 
a. Impulsar el progreso de la Institución y la calidad de la educación; 
b. Fomentar la integración de alumnos, educadores y padres de familia,
promoviendo una cultura de convivencia pacífica y armonía; 
c. Colaborar con los programas investigativos, culturales, pastorales, sociales, de 
salud y bienestar propuestos por la Institución; 
d. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional, el plan de 
mejoramiento del la Institución y el mantenimiento y dotación de las áreas 
culturales, deportivas, recreativas y demás instalaciones de la Institución; 
e. Actuar de acuerdo con la filosofía y el Reglamento o Pacto de Convivencia de la 
Institución Educativa Alto del Rompe en orden a preservar el buen nombre del 
plantel y de la Asociación de Padres de Familia; 
f. Promover procesos de formación y actualización de los asociados mediante el 
funcionamiento de la escuela de padres; 
g. Colaborar en la formulación y adopción de políticas y medidas que promuevan 
el desarrollo integral de la Asociación y que tiendan a la protección y 
reconocimiento de sus derechos; 
h. Promover, organizar y desarrollar las actividades necesarias para el logro de 
sus objetivos; y 
i. Adelantar todas las campañas que requieran la conveniencia y prosperidad de la 
Institución Educativa Alto del Rompe y de la Asociación de Padres de Familia, 
respetando la organización interna del plantel y previa aprobación de la Rectoría. 
j. Colaborar con otras Asociaciones y federaciones que tengan fines similares con 
el fin de realizar eventos que conlleven a un mejoramiento continuo. 
k. Las anteriores actividades mencionadas dentro del objeto social son actividades 
de carácter INFORMAL, las cuales no se encuentran exceptuadas al registro 
frente a la Cámara de Comercio. 
l. Aclaramos que las actividades de salud mencionadas dentro de los estatutos y 
exactamente dentro del objeto social no serán prestados directamente por los 
asociados, si no a través de convenios con terceras personas por lo tanto no se 
encuentran exceptuadas del registro frente a la cámara de Comercio. 
Artículo 50: Consejo de padres de familia: 
El artículo 31 del decreto1860 estableció que “El consejo de padres de familia, 
como órgano de la asociación de padres de familia es un medio para asegurar la 
continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del 
establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los 
alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución”. 
El artículo 5 del decreto 1286 de 2005 establece que “el consejo de padres de 
familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento 
educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo 
y a elevar los resultados de calidad el servicio". Estará integrado por tres padres
de familia que representaran de preescolar a quinto, y, un padre de familia de 
cada grado de sexto a undécimo. 
Funciones del consejo de padres de familia. 
Corresponde al consejo de padres de familia: 
a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados 
de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 
b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas 
de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el 
Fomento de la Educación Superior ICFES. 
c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice 
el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los 
estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura 
de la legalidad. 
d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los 
objetivos planteados. 
e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a 
desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el 
afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio 
extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y 
especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. f. Propiciar 
un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre 
todos los estamentos de la comunidad educativa. 
g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco 
de la Constitución y la Ley. 
h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y 
mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la 
detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio 
ambiente. 
i. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y 
promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002. 
j. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional 
que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 
14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 
k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del 
establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del 
artículo 9 del presente decreto.
Artículo 51: Contralor Estudiantil (Acuerdo 289 de 2006) 
El contralor de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario 
siguiente de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual, en conjunto con las 
elecciones de los demás miembros del gobierno estudiantil. 
1. Estar matriculado en la Institución educativa Alto del Rompeg 
2. Estar cursando el grado once 
3. Ser elegido por todos los estudiantes del colegio. 
Artículo 52: funciones del Contralor Estudiantil (Acuerdo 289 de 2006) 
1. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que se presenten los y las 
estudiantes relacionados con la carencia o mal uso de los bienes, 
inmuebles y elementos fungibles que utilice la institución. 
2. Velar por la correcta destinación y ejecución de los recursos de los 
fondos de servicios docentes, para lo cual debe tener el acceso ágil y 
oportuno a la información presupuestal, contractual y contable que él 
requiera. 
3. Contribuir al éxito de la administración pública. 
4. Ejercer la vigilancia y control a la gestión fiscal de los recursos del 
colegio. 
5. Generar una cultura de participación ciudadana.
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe
Manual de Convivencia IE Alto del Rompe

Contenu connexe

Tendances

Disciplina en colegios sentencia de la corte colombia
Disciplina en colegios sentencia de la corte  colombiaDisciplina en colegios sentencia de la corte  colombia
Disciplina en colegios sentencia de la corte colombiaLamedia verde
 
Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017natayeliana
 
República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03Alexander Vargas
 
Pacto de convivencia goretti 2019
Pacto de convivencia goretti 2019Pacto de convivencia goretti 2019
Pacto de convivencia goretti 2019JUA MANUEL GONZALEZ
 
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009 episcopal
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009  episcopalCobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009  episcopal
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009 episcopalviktorpadua
 
Tarea derecho de los niños a la educacion
Tarea derecho de los niños a la educacionTarea derecho de los niños a la educacion
Tarea derecho de los niños a la educacionGustavo Bustos
 
Manual de convivencia 2014
Manual de convivencia 2014Manual de convivencia 2014
Manual de convivencia 2014Dumar Arevalo
 
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivoFlandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivosebasecret
 
6641 reg convivencia escolar 2019(1)
6641 reg convivencia escolar 2019(1)6641 reg convivencia escolar 2019(1)
6641 reg convivencia escolar 2019(1)Jaime Sanchez
 
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubre
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubreVenadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubre
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubresebasecret
 

Tendances (18)

Disciplina en colegios sentencia de la corte colombia
Disciplina en colegios sentencia de la corte  colombiaDisciplina en colegios sentencia de la corte  colombia
Disciplina en colegios sentencia de la corte colombia
 
Reglamento Sto Tomás 2013
Reglamento Sto Tomás 2013Reglamento Sto Tomás 2013
Reglamento Sto Tomás 2013
 
Reglamentode convivencia618
Reglamentode convivencia618Reglamentode convivencia618
Reglamentode convivencia618
 
Convivencia escolar 2
Convivencia escolar 2Convivencia escolar 2
Convivencia escolar 2
 
Reglamento sto tomas 2012
Reglamento sto tomas 2012Reglamento sto tomas 2012
Reglamento sto tomas 2012
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Reglamento conv sto tomas aq-2012
Reglamento conv  sto tomas aq-2012Reglamento conv  sto tomas aq-2012
Reglamento conv sto tomas aq-2012
 
Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017
 
Ley 136 03
Ley 136 03Ley 136 03
Ley 136 03
 
República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03
 
Ley 136 03
Ley 136 03Ley 136 03
Ley 136 03
 
Pacto de convivencia goretti 2019
Pacto de convivencia goretti 2019Pacto de convivencia goretti 2019
Pacto de convivencia goretti 2019
 
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009 episcopal
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009  episcopalCobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009  episcopal
Cobro eficiente de las deudas 23 de octubre 2009 episcopal
 
Tarea derecho de los niños a la educacion
Tarea derecho de los niños a la educacionTarea derecho de los niños a la educacion
Tarea derecho de los niños a la educacion
 
Manual de convivencia 2014
Manual de convivencia 2014Manual de convivencia 2014
Manual de convivencia 2014
 
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivoFlandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
 
6641 reg convivencia escolar 2019(1)
6641 reg convivencia escolar 2019(1)6641 reg convivencia escolar 2019(1)
6641 reg convivencia escolar 2019(1)
 
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubre
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubreVenadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubre
Venadillo ie. francisco hurtado manual convivencia 2014 a octubre
 

En vedette

Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsas
Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsasSistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsas
Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsasMeinzul ND
 
Automatizacion industrial
Automatizacion industrialAutomatizacion industrial
Automatizacion industrialKevin Calderon
 
Material monster is ii emco
Material  monster is ii emcoMaterial  monster is ii emco
Material monster is ii emcoFranz Marulanda
 
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013Maestros Online
 
Unidad 1 logistica y cadena de suministro
Unidad 1 logistica y cadena de suministroUnidad 1 logistica y cadena de suministro
Unidad 1 logistica y cadena de suministroAngel Garcia Garcia
 
1. estructura curricular
1. estructura curricular1. estructura curricular
1. estructura curricularjhordanperilla
 
Verantwoording Rekenwonders
Verantwoording RekenwondersVerantwoording Rekenwonders
Verantwoording RekenwondersLionel Kole
 
Metodos integracion
Metodos integracionMetodos integracion
Metodos integracionL Sánchez R
 
Gerenciamento de projetos apostila completa
Gerenciamento de projetos   apostila completaGerenciamento de projetos   apostila completa
Gerenciamento de projetos apostila completaPaulo Junior
 
Certingresos1
Certingresos1Certingresos1
Certingresos1iejcg
 
The future of social media
The future of social mediaThe future of social media
The future of social mediaAndrew Nicholson
 
La logistica en la gestion de cadenas de suministro
La logistica en la gestion de cadenas de suministroLa logistica en la gestion de cadenas de suministro
La logistica en la gestion de cadenas de suministrogaleon901
 

En vedette (20)

Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsas
Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsasSistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsas
Sistema de gestion de seguridad y salud laboral - ocupacional- ohsas
 
Automatizacion industrial
Automatizacion industrialAutomatizacion industrial
Automatizacion industrial
 
Material monster is ii emco
Material  monster is ii emcoMaterial  monster is ii emco
Material monster is ii emco
 
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013
Seminario de desarrollo de razonamiento logico matematico ma13159 2013
 
Tgo gestion administrativa
Tgo gestion administrativaTgo gestion administrativa
Tgo gestion administrativa
 
Derecho alimentario en el peru
Derecho alimentario en el peruDerecho alimentario en el peru
Derecho alimentario en el peru
 
Unidad 1 logistica y cadena de suministro
Unidad 1 logistica y cadena de suministroUnidad 1 logistica y cadena de suministro
Unidad 1 logistica y cadena de suministro
 
1. estructura curricular
1. estructura curricular1. estructura curricular
1. estructura curricular
 
Verantwoording Rekenwonders
Verantwoording RekenwondersVerantwoording Rekenwonders
Verantwoording Rekenwonders
 
Metodos integracion
Metodos integracionMetodos integracion
Metodos integracion
 
redaccion universitaria
redaccion universitariaredaccion universitaria
redaccion universitaria
 
Gerenciamento de projetos apostila completa
Gerenciamento de projetos   apostila completaGerenciamento de projetos   apostila completa
Gerenciamento de projetos apostila completa
 
Certingresos1
Certingresos1Certingresos1
Certingresos1
 
Proyecto formativo
Proyecto formativoProyecto formativo
Proyecto formativo
 
The future of social media
The future of social mediaThe future of social media
The future of social media
 
Sist. gestión de calidad
Sist. gestión de calidadSist. gestión de calidad
Sist. gestión de calidad
 
Segmentacion del mercado
Segmentacion del mercado Segmentacion del mercado
Segmentacion del mercado
 
Camilacjd
CamilacjdCamilacjd
Camilacjd
 
La logistica en la gestion de cadenas de suministro
La logistica en la gestion de cadenas de suministroLa logistica en la gestion de cadenas de suministro
La logistica en la gestion de cadenas de suministro
 
Conexión a bases de datos
Conexión a bases de datosConexión a bases de datos
Conexión a bases de datos
 

Similaire à Manual de Convivencia IE Alto del Rompe

Villahermosa i.e. yarumal manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. yarumal manual  convivencia nuevoVillahermosa i.e. yarumal manual  convivencia nuevo
Villahermosa i.e. yarumal manual convivencia nuevosebasecret
 
Manual de convivencia 2015
Manual de convivencia   2015Manual de convivencia   2015
Manual de convivencia 2015Alexandre Magno
 
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevo
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevoHonda iet general santander manual convivencia 2014 nuevo
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevosebasecret
 
Codigo de convivencia 2018 act 10-octubre-2018 (1)
Codigo de convivencia 2018 act   10-octubre-2018 (1)Codigo de convivencia 2018 act   10-octubre-2018 (1)
Codigo de convivencia 2018 act 10-octubre-2018 (1)YennyComboza
 
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN I
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN IMARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN I
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN IRodolfogomez1986
 
MANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAMANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAmidiosmelibra
 
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...Laura Cecilia Rossi
 
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013iemlaarboleda
 
Acuerdo de convivencia educativa proyecto nuevo
Acuerdo de convivencia educativa  proyecto nuevoAcuerdo de convivencia educativa  proyecto nuevo
Acuerdo de convivencia educativa proyecto nuevoRULY MARTINEZ TORTOZA
 
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevo
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevoLibano i.e. santa teresa manual convivencia nuevo
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevosebasecret
 
Manual de convivencia INDEVIT 2014
Manual de convivencia INDEVIT 2014Manual de convivencia INDEVIT 2014
Manual de convivencia INDEVIT 2014Alvaro Garcia
 
Ley de Educación 26206 belen zarate trabajo final.pptx
Ley de Educación  26206 belen zarate trabajo final.pptxLey de Educación  26206 belen zarate trabajo final.pptx
Ley de Educación 26206 belen zarate trabajo final.pptxEzeChavez
 
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017Liliana Posada
 
Lineamientos 2 sobre la participación de la familia
Lineamientos  2 sobre la participación de la familiaLineamientos  2 sobre la participación de la familia
Lineamientos 2 sobre la participación de la familiaMilena Olarte
 
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevoFresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevosebasecret
 
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012 horizontal
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012  horizontalManual de convivencia i.e. la esperanza 2012  horizontal
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012 horizontalRo Va Que
 
Pacto social de convivencia 2016
Pacto social de convivencia 2016Pacto social de convivencia 2016
Pacto social de convivencia 2016JUA MANUEL GONZALEZ
 

Similaire à Manual de Convivencia IE Alto del Rompe (20)

Pacto convivencia Pablo_VI_2015
Pacto convivencia Pablo_VI_2015Pacto convivencia Pablo_VI_2015
Pacto convivencia Pablo_VI_2015
 
Villahermosa i.e. yarumal manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. yarumal manual  convivencia nuevoVillahermosa i.e. yarumal manual  convivencia nuevo
Villahermosa i.e. yarumal manual convivencia nuevo
 
2. manual convivencia
2. manual convivencia2. manual convivencia
2. manual convivencia
 
Manual de convivencia 2015
Manual de convivencia   2015Manual de convivencia   2015
Manual de convivencia 2015
 
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevo
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevoHonda iet general santander manual convivencia 2014 nuevo
Honda iet general santander manual convivencia 2014 nuevo
 
Codigo de convivencia 2018 act 10-octubre-2018 (1)
Codigo de convivencia 2018 act   10-octubre-2018 (1)Codigo de convivencia 2018 act   10-octubre-2018 (1)
Codigo de convivencia 2018 act 10-octubre-2018 (1)
 
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN I
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN IMARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN I
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN I
 
MANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAMANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIA
 
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...
Anteproyecto de creacion de centros de desarrollo infantil en establecimiento...
 
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013
Manualdeconvivenciaiemlaarboleda 100901104327-phpapp02-22013
 
Acuerdo de convivencia educativa proyecto nuevo
Acuerdo de convivencia educativa  proyecto nuevoAcuerdo de convivencia educativa  proyecto nuevo
Acuerdo de convivencia educativa proyecto nuevo
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevo
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevoLibano i.e. santa teresa manual convivencia nuevo
Libano i.e. santa teresa manual convivencia nuevo
 
Manual de convivencia INDEVIT 2014
Manual de convivencia INDEVIT 2014Manual de convivencia INDEVIT 2014
Manual de convivencia INDEVIT 2014
 
Ley de Educación 26206 belen zarate trabajo final.pptx
Ley de Educación  26206 belen zarate trabajo final.pptxLey de Educación  26206 belen zarate trabajo final.pptx
Ley de Educación 26206 belen zarate trabajo final.pptx
 
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017
Documento borrador manual de convivencia 21 7-2017
 
Lineamientos 2 sobre la participación de la familia
Lineamientos  2 sobre la participación de la familiaLineamientos  2 sobre la participación de la familia
Lineamientos 2 sobre la participación de la familia
 
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevoFresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
 
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012 horizontal
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012  horizontalManual de convivencia i.e. la esperanza 2012  horizontal
Manual de convivencia i.e. la esperanza 2012 horizontal
 
Pacto social de convivencia 2016
Pacto social de convivencia 2016Pacto social de convivencia 2016
Pacto social de convivencia 2016
 

Plus de sebasecret

Villarrica ie. los alpes manual de convivencia
Villarrica ie. los alpes manual de convivenciaVillarrica ie. los alpes manual de convivencia
Villarrica ie. los alpes manual de convivenciasebasecret
 
Villarrica ie. francisco pineda lopez
Villarrica ie. francisco pineda lopezVillarrica ie. francisco pineda lopez
Villarrica ie. francisco pineda lopezsebasecret
 
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevoVillahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevosebasecret
 
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguo
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguoVillahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguo
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguosebasecret
 
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevo
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevoVillahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevo
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevosebasecret
 
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012sebasecret
 
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014sebasecret
 
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014sebasecret
 
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galan
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galanVenadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galan
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galansebasecret
 
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011sebasecret
 
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014sebasecret
 
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizadoSanta isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizadosebasecret
 
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arreglado
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arregladoSanta isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arreglado
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arregladosebasecret
 
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevo
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevoSan luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevo
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevosebasecret
 
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevo
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevoSan luis ie san miguel manualconvivencia nuevo
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevosebasecret
 
San luis ie caracoli manual convivencia nuevo
San luis ie caracoli manual convivencia nuevoSan luis ie caracoli manual convivencia nuevo
San luis ie caracoli manual convivencia nuevosebasecret
 
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. ok
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. okSan antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. ok
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. oksebasecret
 
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivencia
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivenciaSan antonio ie san josé de tetuan manual de convivencia
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivenciasebasecret
 
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivencia
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivenciaSan antonio ie josé maría carbonell manual de convivencia
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivenciasebasecret
 
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014sebasecret
 

Plus de sebasecret (20)

Villarrica ie. los alpes manual de convivencia
Villarrica ie. los alpes manual de convivenciaVillarrica ie. los alpes manual de convivencia
Villarrica ie. los alpes manual de convivencia
 
Villarrica ie. francisco pineda lopez
Villarrica ie. francisco pineda lopezVillarrica ie. francisco pineda lopez
Villarrica ie. francisco pineda lopez
 
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevoVillahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevo
Villahermosa i.e. normal superior manual convivencia nuevo
 
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguo
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguoVillahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguo
Villahermosa i.e. las pavas manual convivencia antiguo
 
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevo
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevoVillahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevo
Villahermosa fco jose de caldas manual convivencia nuevo
 
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012
Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012
 
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
 
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014
Venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014
 
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galan
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galanVenadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galan
Venadillo ie luis carlos galán sarmiento manual convivencia galan
 
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011
Suárez santa rosa de lima manual de convivencia 2011
 
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014
Santa isabel iet santa isabel manual convivencia 2014
 
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizadoSanta isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado
Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado
 
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arreglado
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arregladoSanta isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arreglado
Santa isabel iet bolivar pacto de convivencia 2014 arreglado
 
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevo
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevoSan luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevo
San luis ietc san juan bosco manual convivencia nuevo
 
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevo
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevoSan luis ie san miguel manualconvivencia nuevo
San luis ie san miguel manualconvivencia nuevo
 
San luis ie caracoli manual convivencia nuevo
San luis ie caracoli manual convivencia nuevoSan luis ie caracoli manual convivencia nuevo
San luis ie caracoli manual convivencia nuevo
 
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. ok
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. okSan antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. ok
San antonio ie santo domingo savio manual de convivencia. 2012. ok
 
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivencia
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivenciaSan antonio ie san josé de tetuan manual de convivencia
San antonio ie san josé de tetuan manual de convivencia
 
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivencia
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivenciaSan antonio ie josé maría carbonell manual de convivencia
San antonio ie josé maría carbonell manual de convivencia
 
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014
Saldaña ie roberto leyva manual de convivencia 2014
 

Dernier

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 
actividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoactividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoJosDanielEstradaHern
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfNancyLoaa
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxdkmeza
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfPaolaRopero2
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularMooPandrea
 
Imperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperioImperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperiomiralbaipiales2016
 

Dernier (20)

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
actividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoactividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° grado
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
 
Imperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperioImperialismo informal en Europa y el imperio
Imperialismo informal en Europa y el imperio
 

Manual de Convivencia IE Alto del Rompe

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA ALTO DEL ROMPE FALAN TOLIMA Organizada mediante Res. No 0998/04 NIT:809 004 464 – 7 CODIGO DANE 273270000262 Registro Educativo: 12702046 Resolución Aprobación de Estudios No 03917 septiembre 12 de 2012, Emanada de la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima, (Preescolar Transición a 11º) MANUAL DE CONVIVENCIA. “Aprender es descubrir que ya sabes; hacer es mostrar que sabes; enseñar es facilitar que otros descubran que saben” Richard Bach. Edición 2014
  • 2. MANUAL DE CONVIVENCIA. 1. PRESENTACIÓN. El manual de convivencia de la Institución Educativa “Alto del Rompe”, se inspira en los principios universales de vida y libertad, teniendo en cuenta el ambiente en el que se desenvuelven sus estudiantes. La comunidad educativa de la Institución Educativa “Alto del Rompe”, con el fin de posibilitar la construcción de espacios de convivencia y tolerancia, que permitan el pleno desarrollo de los educandos para el futuro para que cada día representen más la imagen del educando integral, debe actuar coherentemente con la misión y la filosofía de la Institución, basados en el respeto, la responsabilidad, la disciplina, la fraternidad y la convivencia. En la elaboración del manual de convivencia se han tenido en cuenta todos los aportes realizados por todos los estamentos de la comunidad educativa, en un proceso de apertura y participación de cada uno de sus miembros. El presente manual de convivencia, servirá de medio valido para favorecer en la Institución, prácticas democráticas y de convivencia ciudadana, para el aprendizaje de principios y valores que enriquecen todo el proceso educativo. 2. JUSTIFICACIÓN. En la cultura de hoy no es posible construir sociedades homogéneas con estructuras verticales y rígidas. La cultura democrática pide una concepción clara del hombre capaz de insertarse en la sociedad; una sociedad que no es excluyente, que respeta las diferencias y que percibe las diversas situaciones como oportunidades para el cambio, para el progreso de la comunidad. El Pacto de convivencia que presenta la Institución Educativa “Alto del rompe”, no solo es la respuesta a una exigencia legal. Su contenido se convierte en todo un espacio para la democracia, que permite la participación, la convivencia y la responsabilidad social.
  • 3. 3. VISIÓN. Para el año 2015, la Institución Educativa Alto Del Rompe, del municipio de Falan, se posicionará en la región egresando bachilleres Académicos que formen y lideren microempresas diseñando proyectos productivos que ayuden al desarrollo económico con miras a la emancipación de familias dedicadas a la producción agrícola. 4. MISIÓN. La institución educativa Alto del Rompe, tiene como fin enfocar los aprendizajes desde la óptica de los proyectos pedagógicos productivos, formando estudiantes íntegros, comprometidos con la región, con sentido de pertenencia en la comunidad, capaces de diseñar y desarrollar proyectos a partir del análisis, la apropiación de conocimiento, la interacción con los demás miembros de la región, para beneficio de todos. CAPÍTULO I GENERALIDADES NOMBRE Y NATURALEZA JURIDICA. Artículo 1. Fundamentación legal. La Institución Educativa “Alto del Rompe”, se orienta por la constitución política de Colombia, por la legislación dada por la Ley General de Educación de 1994, el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, la ley 1098 de 2006 (código de infancia y adolescencia) y las sentencias dadas por la corte constitucional. De conformidad con las normas legales y en especial lo establecido en el código de infancia y adolescencia, ley 1098 de 2006; la educación debe ser orientada a desarrollar la responsabilidad y las facultades del menor con el fin de prepararlo para la vida, inculcándole el respeto por los derechos humanos, los valores culturales y el cuidado del medio ambiente natural, sin perjuicios de la libertad de enseñanza establecida en la constitución política, el código de infancia y adolescencia y demás decretos reglamentarios. Artículo 2. Registro legal
  • 4. La Institución Educativa “Alto del Rompe” tiene el registro educativo N° 12702046, registro ante la DIAN con el NIT 809004464-7, código DANE 273270000262, organizada mediante resolución de la Secretaría de Educación del Tolima N° 0998 de 2004 y con aprobación de estudios vigente a la fecha de emisión del presente pacto hasta nueva visita mediante resolución N° 03917 de septiembre 12 de 2012 para los grados transición a 11 en la sede principal Alto del Rompe y transición a 5° en las sedes Pirsas y Tavera Artículo 3. La comunidad educativa. La Comunidad Educativa de la Institución Educativa “Alto de Rompe”, está integrada por los y las estudiantes, los padres de familia y/o acudientes legales, rector, docentes, personal administrativo y de servicios generales, sector productivo y egresados de la Institución. Artículo 4. La matrícula es un acto solemne en el cual la institución, los padres de familia o acudiente legal y él o la estudiante, se comprometen a trabajar en común acuerdo con la labor educativa de este último. PARAGRAFO: la institución admite como acudientes, únicamente a los padres o en su defecto al representante legal de él o la estudiante. Artículo 5. La matrícula se registrará siguiendo las disposiciones del M.E.N y previa presentación de los siguientes documentos: Para estudiantes nuevos. 1. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento. 2. Paz y salvo 3. Certificado de estudios desde quinto de primaria para estudiantes de básica secundaria y media, y certificado de estudios del año anterior para estudiantes de básica primaria. 4. Fotocopia del carné de salud. 5. Fotocopia del Sisben. 6. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad. 7. 3 fotos 3x4. 8. Fotocopia de la cédula de los padres. Para estudiantes antiguos.
  • 5. 1. Paz y salvo. Articulo 6. A la matrícula se presentan los padres o acudiente legal. Los estudiantes mayores de 18 años pueden optar por asumir la responsabilidad de su formación académica, firmando ellos mismos su matrícula. Artículo 7. La matrícula puede ser cancelada durante el respectivo año académico, por voluntad expresa de los padres o acudiente legal, con el consentimiento del estudiante y la Institución Educativa “Alto del Rompe” o por determinación del Consejo Directivo, motivado por sanción de él o la estudiante, atendiendo a las condiciones del presente Pacto y siguiendo el debido proceso. Artículo 8. Compromisos de él o la estudiante al matricularse. La matrícula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes y que cualquiera de las partes puede dar por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total, de conformidad con lo dispuesto en el presente manual. Los padres y/o acudiente legal y el o la estudiante en el momento de firmar la matrícula se comprometen a cumplir con el pacto de Convivencia de la Institución Educativa “Alto del Rompe”. Artículo 9. Impedimentos para ser acudiente o tutor. 1. Ser menor de edad. 2. Tener dificultades de orden penal o mental. 3. No tener autorización de quien tenga la patria potestad o este legalmente a cargo de él o la estudiante.
  • 6. CAPITULO II DE LOS EDUCANDOS A los estudiantes se les reconocen todos los derechos contemplados en la constitución nacional, la ley general de educación, los decretos reglamentarios, el código de la infancia y adolescencia y el código penal para estudiantes mayores de 18 años. Artículo 10. Derechos de los estudiantes. 1.1. El o la estudiante tiene derecho a obtener, al iniciar el año escolar, la información total y clara sobre las normas y cánones que promueve el presente Pacto de Convivencia, para acatarlos por convicción y cumpliendo
  • 7. a cabalidad lo que promueve la ley 1098 (código de infancia y adolescencia) y código penal. Dando estricto cumplimiento a la Ley de Infancia en sus Artículos 7 (protección integral) y Artículo 17 ( derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano) Obedeciendo al contrato civil contractual firmado por él o ella y su acudiente y a sus deberes propios como educando: Que “Al momento de matricularse una persona en una Institución Educativa celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92). …De lo dicho se concluye que cuando la institución educativa exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea” (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997) 1.2. Derecho a la educación. Capítulo II, Art. 28 ley 1098 de 2006. • La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado. • La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los estudiantes y a los padres de familia. • Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico y comportamental, acorde con las exigencias de la Institución educativa Alto del Rompe. El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento (Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994). No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 1994). (SentenciaT-439 del 12 de octubre de 1993).
  • 8. 1.3. El o La estudiante tiene derecho a ser respetado(a) por todos los miembros de la comunidad educativa, evitando cualquier discriminación por etnia, cultura, posición social, discapacidad física y/o capacidades especiales, dando estricto cumplimiento a la Ley de Infancia y Adolescencia 1098 en sus Artículos 18 (derecho a la integridad personal) y Artículo 44 numeral 4 (obligaciones complementarias de las instituciones educativas) Que “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92). “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-341 de 1993) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso
  • 9. de formación, lo que implica una protección reforzada. (Sentencia T-1233 de 2003) 1.4. Derecho a recibir una formación integral. 1.4.1. Recibir una formación integral: religiosa, afectiva, intelectual que le permita el pleno desarrollo de su persona, para el ejercicio de la democracia, para la educación sexual, para el uso del tiempo libre y para el aprovechamiento y conservación del medio ambiente. 1.4.2. Ser orientado en forma eficiente por sus educadores en el desarrollo de su potencial intelectual y en la construcción del conocimiento y recibir una adecuada orientación psicológica, que ayude a la solución pacifica de los conflictos. 1.4.3. Recibir de sus profesores las clases completas y asesoría conveniente en forma oportuna. 1.4.4. Tener la posibilidad de analizar con los docentes los logros y dificultades en los procesos de enseñanza- aprendizaje. 1.4.5. Conocer permanentemente el resultado del proceso de evaluación cualitativa que sus docentes deben llevar a cabo según lo expresado por las normas reglamentarias y antes de ser procesada la información. 1.5. Derecho a la participación. 1.5.1. Manifestar inquietudes y sugerencias respecto del funcionamiento del colegio, desarrollo del pacto de convivencia y del gobierno escolar, proceso académico, relaciones entre los miembros de los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa. 1.5.2. Elegir y ser elegida en los organismos establecidos por la ley para el gobierno escolar y en los establecidos por la Institución para el desarrollo del PEI con el fin de promover el liderazgo como joven al servicio de la comunidad. 1.5.3. Presentar descargos y ser escuchado(a) siguiendo el conducto regular establecido en el presente pacto de convivencia. 1.6. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta Constitucional como ley de leyes, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.
  • 10. ” (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante: La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad”. (Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". Artículo 11. Deberes de los estudiantes. 2.1. Deberes sobre el respeto. 2.1.1. Respetar la filosofía de la Institución (misión y visión) 2.1.2. Cultivar las relaciones sinceras, cordiales y respetuosas de todos los miembros de la Comunidad educativa. 2.1.3. Respetar lo ajeno, devolver lo prestado, pagar las deudas contraídas con cualquier miembro de la comunidad educativa. 2.1.4. Presentarse ordenado(a) y limpio(a) a la Institución, portando con dignidad y respeto el uniforme de diario, educación física, y gala. Según modelo y horario establecido. 2.1.5. Aceptar con respeto las correcciones y observaciones. 2.1.6. Respetar el conducto regular para el análisis y tratamiento de las situaciones cotidianas. El conducto regular es el siguiente: 1. Dialogo con la(s) persona(s) con la cual se presentó la situación. 2. Dialogo con el director o directores de grado si persiste la dificultad. 3. Dialogo con el coordinador del comité de convivencia. 4. Dialogo con la familia
  • 11. 5. Dialogo con el rector 6. Dialogo con el consejo directivo 2.2. Deberes sobre la participación. 2.2.1. Utilizar el sentido crítico, la autocritica y el dialogo en la solución de dificultades. 2.2.2. Informar a los padres sobre el rendimiento académico, comportamiento personal, fechas de reunión o cita personal por parte de alguno de los docentes o directivos. 2.2.3. Participar activamente en las dinámicas establecidas por el docente dentro del aula, eventos deportivos, artísticos, culturales, izadas de bandera y extra clase. 2.3. Deberes sobre la formación integral. 2.3.1. Ser leal con la institución y sentirse responsable de su buena marcha. 2.3.2. Tener un comportamiento moral y social en la institución y fuera de ella, expresado en el respeto a la dignidad personal y a la vida. La comunidad educativa no aprueba conductas de alicoramiento, prostitución, drogadicción, tabaquismo, satanismo, prácticas espiritistas o supersticiosas, participación en pandillas, matoneo, porte de armas o cualquier otro comportamiento que atente contra la integridad física, las buenas costumbres o la moral de las personas. 2.3.3. Colaborar responsablemente en la conservación y aseo de todas las dependencias de la institución, su mobiliario y material didáctico. No dañar las paredes ni los muebles. 2.3.4. Llevar con sencillez y pulcritud el uniforme, sin ningún tipo de accesorios (pulseras, aretes, piercing, gafas, collares, mangas para el sol, balacas, tiaras, moñas de colores, anillos), según normas y modelos establecidos. 2.3.5. Cumplir con puntualidad y esmero con las actividades y trabajos asignados en cada área para dar el máximo rendimiento académico 2.3.6. Educarse en el respeto, la escucha, la disciplina, la participación y tener estas actitudes en clases y en las reuniones generales. 2.3.7. Cumplir con exactitud el horario asignado para las diversas actividades escolares y extraescolares. 2.3.8. presentar al director de grado y al coordinador del comité de convivencia la excusa escrita con la estética requerida para dicho formato, el día de ausencia a la institución, firmada por el padre de familia o acudiente legal con número de cédula. Acordando con los docentes lo referente a las pruebas académicas. Y con los temas al día; estas pruebas deben realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la presentación de la excusa, de lo contrario se asignará un juicio reprobatorio.. 2.3.9. Decir siempre la verdad y demostrar honestidad en las pruebas académicas y aspectos formativos.
  • 12. 2.3.10. Valorar, respetar y acoger a todos los miembros de la comunidad educativa, que presenten cualquier discapacidad o dificultad (ley 1098 Art. 44, N° 6) 2.3.11. Asistir a clase y actividades extra clase. 2.3.12. Permanecer en el espacio donde se realiza la actividad correspondiente según la organización establecida. 2.4. Normas, Faltas, Procedimientos, Correctivos y Sanciones y estímulos. Artículo 12. Normas para el uso de las diferentes dependencias a. Biblioteca: Por ser un recinto que permite el desarrollo intelectual y fomenta el espíritu investigativo ofreciendo un ambiente propicio para la realización de dichas actividades, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. El estudiante o la estudiante debe respetar el sitio guardando silencio y teniendo un comportamiento respetuoso para los demás. 2. El estudiante o la estudiante debe abstenerse de comer, masticar chicle, gritar, arrojar objetos de cualquier índole, correr y utilizar cualquier equipo tecnológico (MP3/4, Ipods, celular, etc.). 3. El estudiante o la estudiante debe regirse por los horarios establecidos dependiendo del área. 4. El estudiante o la estudiante debe presentar y entregar el carné estudiantil o documento de identidad al docente que le solicite el préstamo de un libro, siempre que utilice los servicios de la biblioteca, deberá firmar el libro de préstamos con el nombre del libro que solicito, el documento será devuelto inmediatamente devuelva el libro. En caso de mal comportamiento dentro del salón de lectura este será retenido si el comportamiento dentro no es el correcto. Si hay reincidencia se le seguirá el debido proceso disciplinario respectivo. b. Aula de sistemas. 1. El estudiante o la estudiante debe revisar los equipos a la entrada y salida de la sala e informar al profesor en caso de alguna anomalía. 2. El estudiante o la estudiante debe organizar los implementos de trabajo una vez finalizada la clase. 3. El estudiante o la estudiante debe abstenerse de llevar objetos que interfieran en el sistema como imanes, comidas, líquidos y otros.
  • 13. c. Material de deportes: El o la estudiante debe saber que habrá un educador, responsable de administrar el material deportivo. La pérdida o daño de los implementos deportivos debe ser asumida por el educador responsable o por el o la estudiante, si es la causante del daño. El material que recibe el docente a comienzo de año debe ser devuelto al finalizar el año escolar. d. Medio ambiente escolar: El alumno o la estudiante debe contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física, de los bienes materiales de la institución y preservar, respetar y cuidar el medio ambiente, creando así un espacio adecuado para el óptimo desarrollo de las actividades escolares. Esto se logrará con: 1. Una adecuada utilización de los espacios visuales observables como: las carteleras , colocando allí mensajes que fortalezcan la formación integral. 2. La limpieza y perfecto estado de patios, corredores, aulas y baños. 3. El cuidado de las paredes, manteniéndolas limpias, libres de grafitis o de cualquier elemento que pueda dañar o deteriorar su estética. Igualmente, el adecuado uso de las canecas de la basura. Artículo 13. Normas para la presentación personal El o la estudiante de la Institución Educativa Alto del Rompe de Falan, Tolima, debe comprender, que estas normas en referencia a la presentación personal, no pretende de ninguna manera lesionar la integridad personal, ni el libre desarrollo de la personalidad, al contrario, son normas objetivas, concretas y que van a permitir una mejor convivencia y un proceso de formación claramente más integral. Además, nos permiten ubicar al estudiante o la estudiante dentro del proceso de formación, para que él o ella, cuando interactúe en otro ambiente psicosocial, pueda decidir entre lo que recibió como formación en el Alto y lo que ve fuera de la institución con un criterio sano, sabio, maduro y responsable siempre con dignidad y decoro. En un proceso de formación la Institución Educativa Alto del Rompe no puede permitir que el o la estudiante haga lo que quiera o lo que la prensa, los medios masivos de comunicación, la globalización o la presión de grupo le dicten o promuevan de manera irracional o simplista, para imitar, copiar y acatar como normas estéticas o de presentación personal que ellos presumen como libre, pero que al contrario han sido coercitados, estimulados e inducidos por los medios y la presión de grupo, de tal manera que no son libres y
  • 14. autónomos. La Institución educativa Alto del Rompe muestra caminos en la práctica formativa (sus normas que son objetivas, son su orden jurídico, sus planes de formación en valores, su organización académica etc.) para que cuando él o la estudiante termine su primera etapa de formación en educación media, tome conciencia de sí, pueda decidir sobre su futuro y su vida con un criterio sano y acorde a su formación integral dentro de la institución lo más cercano a autonomía y libertad propia. Todas y cada una de los alumnos o las alumnas deben ser responsables de su presentación personal, no obstante, los padres de familia como primeros responsables de la formación de sus hijos e hijas y la Institución como segundo espacio de formación, deben observar y exigir a sus hijos e hijas decoro, dignidad, respeto, responsabilidad y madurez en su presentación personal. De tal forma, que de ninguna manera, la estética de la presentación personal para asistir a la institución, estará ligada a iconos de imitación de modas, subculturas, tribus urbanas o que NO estén consagradas como modelo del uniforme para cada actividad, incluidos accesorios que NO reposen como modelo del uniforme y que accionen u operen como inducción, estimulo o constreñimiento a través de la presión de grupo. En todo caso, obedeciendo a la corte constitucional cuando en ese respecto aduce: “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo. (ST- 527/95). “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios”. ST- 519 DE 1992. “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si
  • 15. reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-341 de 1993) (Sentencia T-569 de 1994) “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.” Los colegios, NO vulneran derechos fundamentales por establecer con carácter general, normas de aseo y pulcritud personal en la presentación del alumno o alumna. 2.4.3. Medidas correctivo-formativas. Artículo 14. Faltas. Se consideran faltas las violaciones a las normas señaladas en el artículo 2 (deberes) y las expuestas en artículo 3, artículo 4 y artículo 5 del presente pacto de convivencia. Toda falta contra la disciplina amerita seguimiento formativo y puede volverse grave en el caso de incumplimiento al acta de compromiso. Toda falta contra la conducta es grave y amerita proceso disciplinario.
  • 16. Se consideran faltas graves, las faltas que afectan la conducta (artículo 5) y las leves que se repiten sistemáticamente. Se consideran faltas en el aspecto formativo el incumplimiento o reincidencia en los compromisos académicos. Parágrafo: se entiende que “una falta leve se repite sistemáticamente”, cuando a él o la estudiante se le ha aplicado el numeral 5 del artículo 7 e incurre en una nueva falta, esta se considera grave y se le aplicará el debido proceso para faltas graves (artículo 8). Artículo 15. Faltas que afectan el aspecto formativo. 1. Impuntualidad en la llegada al colegio, a las clases y demás actividades. 2. No atender con puntualidad el toque del timbre. 3. Ausencia del salón de clases sin autorización. 4. Ausencia en las actividades programadas por la Institución sin justificación escrita. 5. Realizar en las horas de clase, actividades diferentes a las propuestas por el profesor. 6. Permanecer en un sitio diferente del que se solicitó permiso al profesor, para ausentarse de clase. 7. Salir del salón de clase sin permiso justificado, por el docente. 8. Negligencia en el cumplimiento de los deberes académicos. 9. Conversaciones y burlas que interrumpan las clases o actividades. 10. Comer y masticar chicle en el aula de clase o en alguna actividad de clase. 11. Sentarse sobre la mesa del profesor o sobre los pupitres. 12. Permanecer fuera del salón cuando el profesor no ha llegado a clase. 13. Participar en desordenes durante los actos generales de la comunidad. 14. Irrespetar con charlas, burlas, desordenes, silbidos u otros aspectos que afecten la presentación de los actos de izadas de bandera. 15. Permanecer por fuera de los sitios asignados para realizar cada actividad. 16. Mal comportamiento y demostración de incultura en los vehículos de transporte escolar. 17. Descuido en la presentación personal. 18. Usar el uniforme en horas de la tarde o de la noche sin autorización. 19. Uso de maquillaje, joyas y otros accesorios ( bufandas de colores, guantes, collares estrambóticos, aretes largos y de colores, balacas de colores, cordones de colores) con el uniforme ( mujeres)
  • 17. 20. Uso de accesorios como cachuchas, gorros, guantes, medias para brazos, piercing y bufandas de colores, cordones de colores que no hagan juego con el uniforme. 21. Presentarse con modas que no corresponden al uniforme como piercing. 22. Presentarse con el uniforme que no corresponde al horario establecido. 23. Usar tintura o cortes extravagantes en el cabello, moños y hebillas de colores que no contribuyen a la buena presentación con el uniforme. 24. Usar tatuajes. 25. Intercambiar parcial o totalmente el uniforme dentro de la Institución. 26. Arrojar basura en el piso. 27. Mantener desorden con los útiles escolares y personales. 28. Realizar actividades lucrativas de carácter particular (organizar ventas, rifas, juegos de azar) dentro del plantel. 29. No usar el conducto regular de comunicación. 30. Presentar modales bruscos e incorrectos. 31. Traer celulares, mp3, ipod u otros objetos que distraigan la atención en la jornada escolar y eventos generales. 32. No presentar excusa firmada por los padres que justifiquen la ausencia a la clase. 33. Mal comportamiento dentro y fuera de la Institución (como agresiones físicas y/o verbales, juegos bruscos) 34. Utilizar el nombre de la Institución para efectuar actividades ya sea de tipo social, económico o de otra índole sin permiso previo de la rectoría. 35. Faltar sistemáticamente a clases o actividades extraclase. 36. Falta de respeto ante las correcciones y observaciones. 37. Hacer bromas de mal gusto que haga sentir mal al otro. 38. Utilización indebida o perdida del material de enseñanza, daños en la planta física, muebles, enseres, etc. En cualquiera de esos casos el o la estudiante deberá asumir los costos de reparación o reposición de los mismos. 39. Escribir grafitis, dibujar en las mesas, puertas, pupitres, muros, paredes de la Institución o incitar a otras personas para que actúen en perjuicio de los bienes de otras personas o del propio colegio. 40. Hacer mal uso de los sitios determinados para actividades especificas (biblioteca, sala de sistemas, rectoría, sala de profesores, baños, entre otros) 41. Permanecer en los descansos en aulas de clases o sala de sistemas. 42. No cumplir el reglamento interno de la biblioteca o sala de sistemas. 43. Comprar en la tienda escolar en horas de clase. Artículo 16. Faltas que afectan la conducta.
  • 18. 1. Incumplimiento sistemático de los acuerdos escritos en actas de compromisos. 2. Emplear modales, gestos o ademanes vulgares e irrespetuosos con cualquier persona de la comunidad, dentro o fuera del plantel. 3. Agredir física, verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad. 4. Fraude en las pruebas académicas. 5. Suplantar a otro compañero o compañera en cualquier actividad académica. 6. Asumir como propios trabajos académicos que no le pertenecen. 7. Robo, o daño en útiles, objetos o cosas ajenas, debidamente comprobado. 8. Comportamiento inmoral dentro y/o fuera del colegio que afectan el buen nombre de la institución, hacer escándalos públicos, visitar sitios de mala reputación. 9. Consumir y/o distribuir cigarrillos, drogas, alucinógenos, alcohol, dentro o fuera de la institución. 10. Conservar, ver o distribuir revistas, videos o programas de internet pornográficos. 11. Rebeldía o desacato persistente a las ordenes de los educadores. 12. Difamar de la Institución, injuriar o calumniar de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa y utilizar los medios de comunicación para tal efecto. 13. Apatía o desprecio por la Institución, su filosofía y las actividades programadas. 14. Soborno o intento del mismo a cualquier miembro de la comunidad educativa, utilizando dicho para obtener beneficios personales con trabajos, evaluaciones y otros. 15. Salir del colegio sin autorización o no entrar a él o irse a otro lugar. 16. Porte de elementos corto-punzantes como navajas, cuchillos, machetes, etc. 17. Engañar a los padres haciendo creer que se está en el colegio. 18. Escribir y distribuir anónimos, amenazas, acusaciones falsas. 19. Demostraciones amorosas excesivas dentro del establecimiento. 20. Participar en ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad humana dentro y fuera de la Institución. 21. Afirmar juicos falsos sobre cualquier miembro de la Institución. Parágrafo: Toda falta contra la conducta es grave y puede llegar a la cancelación de la matricula.
  • 19. Artículo 17. En la guía 49 del Ministerio de Educación Nacional, que se diseño a partir de la ley 1620 y el decreto 1965 de 2013, se pueden encontrar tres tipos de situaciones, en las cuales se debe guiar la construcción de protocolos de atención y facilitar el actuar en la escuela. 1. Situaciones de tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o mental (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). Las situaciones de tipo I deben ser atendidas dentro de la escuela de manera inmediata para evitar que escalen. Protocolos de atención para situaciones de tipo I. Según el artículo 42 de Decreto 1965, los protocolos para situaciones de tipo I deberán desarrollar lo siguiente:  Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas, a partir de exponer sus puntos de vista y buscando reparar el daño causado.  Fijar formas de solución de manera imparcial y equitativa, buscando la reparación de los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.  Activar acciones pedagógicas como el dialogo, la mediación, el trabajo colaborativo y los pactos de aula, entre otros.  Establecer compromisos y hacer seguimientos. 2. Situaciones de tipo II. Corresponden a este tipo de situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no presenten revista las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
  • 20. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud (física o mental) sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas ( Decreto 1965 de 2013, artículo 40). Para la atención a estas situaciones se requiere la actuación de la comunidad educativa y en algunos casos de otras entidades. Protocolos de atención para situaciones de tipo II. Según el artículo 43 del Decreto 1965, los protocolos para situaciones de tipo II deberán desarrollar lo siguiente:  Brindar atención inmediata en salud física y mental a las personas involucradas.  Remitir la situación a las autoridades administrativas, cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.  Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para evitar posibles acciones en su contra.  Informar de manera inmediata a las familias de las y los estudiantes involucrados.  Generar espacios para que las personas involucradas puedan exponer lo acontecido en compañía de su familia. Siempre y cuando se preserve el derecho a la intimidad y confidencialidad.  Determinar las acciones restaurativas para reparar los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.  El comité Escolar de Convivencia realizará un análisis y seguimiento del caso. 3. Situaciones de tipo III. Corresponden a este tipo de situaciones de agresión escolar que sea constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Titulo IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal Colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). Protocolo diferenciado de atención.
  • 21. El protocolo para el manejo de situaciones de tipo III exige la aplicación de varios procedimientos, siendo el primero de ellos la garantía de atención inmediata en salud física o mental de las personas involucradas mediante la remisión al prestador de salud más cercano. La particularidad de este protocolo consiste en que, por tratarse de situaciones constitutivas de presuntos delitos, el rector o rectora de la Institución Educativa Alto del Rompe, las personas que conforman el comité escolar de convivencia o cualquier otra persona deben reportarlo a la Policía Nacional según lo consagrado en el numeral 3 del artículo 44 de Decreto 1965 de 2013. La obligación de denuncia proviene del artículo 95 de la Constitución Política de 1991 que consagra como uno de los deberes de los ciudadanas y ciudadanos “colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia”, y del artículo 67 de la Ley 906 de 2004 que dice: “Deber de denunciar. Toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio. (…)”. Según lo anterior, queda claro que, ante una situación tipo III, se tiene la obligación de reportarla ante la Policía Nacional, lo cual descarta de plano la posibilidad de que la misma sea objeto de conciliación al interior del EE. Además del reporte mencionado, La Institución Educativa Alto del rompe debe adoptar una serie procedimientos internos encaminados a proteger a las demás personas involucradas y evitar que se generen nuevas situaciones. También puede tomar dichas experiencias para complementar las acciones de prevención. La aplicación del protocolo para situaciones tipo III, dependiendo de los hechos y consecuencias, implica la activación de protocolos de otras entidades. Por ejemplo, cuando ante una situación tipo III constitutiva de un presunto delito, el EE remite a una de las personas involucradas a una entidad de salud. Esa sola remisión está activando el protocolo que la entidad de salud tenga para atender este tipo de situaciones. De igual manera ocurre cuando se reporta la situación a la Policía Nacional, entidad que aplicará el protocolo que tenga diseñado. Se debe tener en cuenta que si el EE no hace ningún reporte de la situación, es lógico que las demás entidades no vayan a actuar pues, se insiste, los protocolos de otras entidades se activan siempre y cuando el EE reporte la situación.
  • 22. Cuando la Institución tenga dudas para determinar si la situación presentada constituye o no un presunto delito podrá acudir de manera inmediata a la Policía Nacional; la defensoría de familia; comisaría de familia; oficinas jurídicas de las secretaría de educación certificadas; personería municipal; Defensoría del Pueblo, o a cualquier otra entidad de las que conforman el Comité Territorial de Convivencia Escolar, a fin de obtener la asesoría necesaria. 2.4.4. Procedimientos. Artículo 18. Medidas por faltas que afectan el aspecto formativo. Frente a las irregularidades por faltas en el aspecto formativo se tomaran por la instancia correspondiente las siguientes medidas: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación escrita que se consignará en el libro de registro de acontecimientos significativos, que posee cada director de grado. 3. Citación al padre de familia o acudiente legal para el respectivo informe. 4. Firma del acta de compromiso. 5. Suspensión de clase hasta por dos días, durante los cuales el estudiante deberá realizar trabajos formativos dentro de la Institución, que ayuden a su desarrollo integral. Toda actividad académica que se realice en esos días tendrá una valoración de bajo Parágrafo 1. El correctivo 1 y 2 lo aplicará el docente que tuvo conocimiento del hecho. Parágrafo 2. El correctivo 3 y 4 lo aplicará el coordinador del comité de convivencia. Parágrafo 3. El correctivo 5 lo aplicará el rector de la Institución. Parágrafo 4. En caso de ausencia del rector este correctivo lo aplicará el rector encargado.
  • 23. Parágrafo 5. El estudiante que incumpla los compromisos incurre en una falta grave y se le podrá aplicar matricula condicional. Parágrafo 6. En caso que el estudiante incumpla la matricula en observación, pierde el cupo en la institución, previo estudio en el consejo directivo. Artículo 19. Procedimiento por incumplimiento académico. 1. Amonestación verbal por pérdida de dos áreas. 2. Amonestación escrita en caso de reprobación de tres o más áreas del plan de estudios, en caso de notas inferiores a 3.0, desde el primer periodo. 3. Adquisición de compromiso académico en caso de que persista la reprobación en las mismas tres o más áreas del plan de estudios. 4. Periódicamente la comisión de evaluación, evaluará el cumplimiento del compromiso y al finalizar el cuarto periodo académico, se determinará, si adquiere matrícula en observación o se levanta dicho compromiso. Artículo 20. Medidas correctivas por faltas graves. Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave por la instancia competente, se tomará una de las siguientes medidas, de acuerdo con la gravedad de la falta. 1. Citación a los padres de familia y a él o la estudiante para informar los hechos y escuchar descargos. 2. Perdida del derecho a ingresar al salón de clases hasta por dos (2) días hábiles, durante los cuales él o la estudiante deberá realizar trabajos formativos en la Institución, que ayuden a su desarrollo integral. Toda actividad que académica que se desarrolle en esos días el nivel de desempeño será BAJO, aplicará por resolución emanada de la rectoría. 3. Matricula en observación para el grado que está cursando. 4. Perdida de cupo para el año siguiente. 5. Cancelación de la matricula. Artículo 21. Procedimientos para las medidas por faltas graves. 1. Verificación de la información y de las pruebas por parte del coordinador del comité de convivencia.
  • 24. 2. El coordinador del comité de convivencia elaborará un pliego de cargos donde conste la gravedad del hecho, las pruebas, la intencionalidad y las implicaciones de su conducta tanto para su formación como para la comunidad educativa. 3. Informe del pliego de cargos a él o la estudiante y su familia o acudiente legal. 4. Descargos escritos por parte de él o la estudiante, para lo cual tendrá un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente del informe del pliego de cargos. 5. Toma de decisión y aplicación de la sanción por parte de la instancia correspondiente. Parágrafo 1: la aplicación de las medidas 1 y 2 del artículo 10 del presente pacto de convivencia, será aplicada por el coordinador del comité de convivencia. Parágrafo 2: si la decisión fuera de matrícula en observación, la instancia correspondiente solicitará al rector de la institución su aprobación y aplicación. Parágrafo 3. Si se sugiere perdida de cupo para el año siguiente o cancelación de la matrícula, se presentará el caso al Consejo Directivo de la Institución. Parágrafo 4: La desaplicación sistemática, merece proceso formativo y puede llegar a la matricula en observación o la pérdida definitiva del cupo en la Institución. se considera que existe desaplicación sistemática cuando él o la estudiante obtenga nivel de desempeño bajo según las equivalencias institucionales, en tres o más áreas del plan de estudios (para el caso, notas inferiores a 3.0). Artículo 22. Cancelación de la matricula. Después de realizado el debido proceso de las medidas por faltas graves, a él o la estudiante se le aplicará la cancelación de la matricula en cualquiera de los siguientes casos: 1. Comportamiento inmoral dentro o fuera de la institución: hacer escándalos públicos, visitar sitios de mala reputación.
  • 25. 2. Distribuir o consumir drogas psicoactivas, alucinógenas, alcohol, dentro de la Institución. 3. Pertenecer a pandillas o grupos satánicos. 4. Agredir física, psíquica o psicológicamente a una persona. 5. Practicar o inducir a los y las compañeras a realizar actos indebidos, tales como: Hurto agravado, tabaquismo, fraude, drogadicción, alcoholismo, satanismo o prácticas sexuales y prostitución, dentro de la institución. Parágrafo: Él o la estudiante que incurra en falta grave, quedará excluido de las clases, mientras se le manifiesta por escrito la cancelación de la matrícula, si su permanencia afecta el normal desarrollo y la sana convivencia en la institución, según criterio del consejo directivo. Articulo 23. Circunstancias atenuantes o eximentes. Serán circunstancias atenuantes o eximentes, entre otras: a) El confesar la falta oportunamente. b) Procurar, por la iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de iniciarse el procedimiento correctivo disciplinario. c) La buena conducta anterior. d) La influencia, para la ejecución de la falta, de circunstancias apremiantes, personales o familiares, por un adulto y/o superior. e) Haber obrado por motivos nobles o altruistas. Articulo 24. Circunstancias agravantes. Se consideran circunstancias agravantes las siguientes: a) Haber sido objeto de sanción por falta grave durante el último año anterior a la comisión de la falta. b) El efecto perturbador que el hecho produzca en la comunidad educativa. c) Realizar el hecho con la coparticipación de estudiantes u otros servidores de la Institución. d) Inducir a otros a cometer la falta. e) Cometer faltas aprovechando la confianza depositada por sus profesores, compañeros o sus padres. f) Cometer la falta para ocultar otra. g) Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro u otros.
  • 26. h) Obrar con premeditación, en la comisión del hecho. i) Cometer la falta aprovechando peligro común, calamidad u otro hecho que aminore departe de la entidad, el debido cuidado. j) Haber cometido la falta, cuando se tenga una posición distinguida dentro de la comunidad estudiantil. k) Hacer uso de la comisión de la falta, de otros medios que puedan generar un peligro común. l) Ejecutar la falta, sobre los bienes de la Institución, o de quienes forman parte de ella. Artículo 25. Modelo a seguir del uniforme. a) Damas. (uniforme de diario) Falda azul oscura, prensada con pretina a la cintura y el largo a la altura de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado izquierdo. Camibuso blanco por dentro de la falda, con el escudo sobre el bolsillo, al lado izquierdo, camiseta debajo del camibuso color blanca. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas a la altura de la rodilla. Es permitido el uso de esmaltes de uña únicamente transparente. b) Damas (uniforme de gala). Falda azul oscura, prensada con pretina a la cintura y el largo a la altura de la rodilla, bolsillo al lado derecho, cremallera y botón al lado izquierdo. Camisa blanca por dentro de la falda, con el escudo sobre el bolsillo, al lado izquierdo, corbata azul oscura. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas a la altura de la rodilla. Es permitido el uso de esmaltes de uña únicamente transparente. c) Caballeros (uniforme de diario) Pantalón azul oscuro, cinturón o correa negra o azul oscura, Camibuso blanco por dentro del pantalón con el escudo sobre el bolsillo, al lado izquierdo. Zapatos negros con cordones negros y medias azul oscuro. d) Caballeros(uniforme de gala) Pantalón azul oscuro, cinturón o correa negra o azul oscura, Camisa blanca por dentro del pantalón con el escudo sobre el bolsillo, al lado
  • 27. izquierdo. Zapatos negros con cordones negros y medias blancas o azul oscuro. El uniforme de Educación física tanto para damas y caballeros, consiste en sudadera color vino tinto con rayas amarillas a los lados, buso blanco con el escudo al lado izquierdo a la altura del pecho con puños color vino tinto, tenis completamente rojos y medias blancas. PARÁGRAFO 1: En caso de las niñas pueden sostener el cabello con hebillas, balacas, moñas blancas o azul oscuro, acordes con los colores del uniforme. PARAGRAFO 2: Respecto al uniforme de diario y de educación física se utilizará opcionalmente las chaquetas azul oscuro, blanco y vino tinto respectivamente. Artículo 26. Estímulos. 1. Durante el año escolar se tendrán en cuenta los siguientes estímulos: a) Inscripción en el cuadro de honor de cada periodo. b) Representar a la Institución en invitaciones especiales. c) Reconocimiento público, individual o grupal, ante comportamientos positivos, de lo cual quedará constancia escrita en el libro de de acontecimientos significativos del estudiante, según el motivo especifico. d) Mención de honor, como máxima distinción del colegio a las estudiantes que periódicamente se destaquen por su disciplina, calidad humana, orden personal, relaciones interpersonales y que hayan alcanzado un rendimiento académico sobresaliente. Parágrafo: Los y las estudiantes que salgan a representar a la Institución en eventos culturales o deportivos, tendrán las siguientes garantías: a) Presentar las pruebas o trabajos escolares que se realizaron en su ausencia, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles, previa concertación con los respectivos docentes, de lo contrarío se asignará un juicio reprobatorio. b) Se hará merecedor(a) de un juicio valorativo en el área o asignatura afín con la actividad correspondiente, teniendo en cuenta el grado de participación en los eventos realizados y a criterio del docente de la asignatura. En ningún caso tal juicio podrá ser reprobatorio.
  • 28. c) Resaltar ante la comunidad educativa la participación en el respectivo evento y hacer la anotación en el libro de acontecimientos significativos del estudiante. CAPÍTULO III. DE LOS DOCENTES. Artículo 27. Derechos de los docentes 1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de los reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden local, regional y nacional. 3. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón. 4. Ausentarse de la Institución cuando sea requerido por la Secretaría de Educación Departamental u otro organismo de mayor jerarquía. 5. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular 6. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de los directivos docentes 7. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
  • 29. 8. Participar en los programas de capacitación en bienestar establecidos por los organismos para tal fin y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico. 9. Ascender dentro de la carrera docente. 10. Ejercer libremente la profesión, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de Constitución Nacional y las normas laborales vigentes 11. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito 12. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI 13. Solicitar y conocer los informes contables que sustenten el uso debido del presupuesto de la institución 14. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico 15. Ser informado oportunamente sobre sus situación laboral 16. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente y redunde en beneficio de la comunidad 17. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos esenciales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses 18. Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes cada año. 19. Recibir en forma oportuna y correcta los servicios administrativos solicitados en la secretaría de la Institución educativa. 20. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes. 21. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor aprovechamiento de las horas libres en el diseño, elaboración y preparación de materiales didácticos y ayudas educativas. 22. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.
  • 30. 23. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes y están de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional. 24. Ser elegido para representar a la Institución en seminarios, talleres, simposios, congresos, etc. 25. Conocer los proyectos e innovaciones que las instancias directivas programen para el bienestar escolar. 26. Solicitar y recibir de las directivas institucionales, una capacitación permanente sobre las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional en lo referente a las innovaciones pedagógicas. 27. Otros establecidos por la institución o por las normas legales. Artículo 28. Deberes de los docentes. (Decreto 2277 de 1979, Código Único Disciplinario, Ley 200 de 1995 y el Decreto 2480 de 1986) 1. Cumplir con la constitución y las leyes de Colombia y los acuerdos consignados en el presente pacto. 2. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios. 3. Dar un trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 4. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 5. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con quienes tenga relación en el ejercicio de su cargo. 6. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de productos dentro de la Institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico personal. 7. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causales de mala conducta y de los cuales tenga conocimiento. 8. Utilizar adecuadamente los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo. 9. Hacerse responsable del manejo de los recursos didácticos y tecnológicos.
  • 31. 10. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la administración y las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del servicio. 11. Atender, tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los padres de familia, o de los estudiantes, acerca de sus relaciones interpersonales y de la manera de orientar tanto las clases como los procesos curriculares. 12. Conocer los principios, lineamientos, planeación, proyectos y demás aspectos de la institución. 13. Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas por la institución. 14. Llevar con responsabilidad todos los instrumentos de control y evaluación de los educandos, entregándolos oportunamente. 15. Dar a conocer a los estudiantes en las tres (3) primeras semanas de clase los estándares del área bajo su responsabilidad, así como sus estrategias metodológicas. 16. Colaborar con la disciplina, el orden y el aseo de la institución. 17. Respetar los derechos de los estudiantes, de los padres de familia y los demás miembros de la comunidad educativa. 18. Presentarse al establecimiento todos los días laborables en la hora establecida en el PEI. 19. Recibir la carga académica respectiva, de acuerdo a su especialidad en forma concertada. 20. Observar una buena presentación, vistiendo con pulcritud y elegancia, dando así ejemplo a sus educandos. 21. Solicitar con anticipación y causa justa los permisos, entregando al coordinador las actividades a desarrollar en su ausencia dentro del aula de clase. 22. Mantener un espíritu de solidaridad y cooperación dentro de la comunidad educativa. 23. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo. 24. Participar activamente en la elaboración del proyecto educativo institucional. 25. Escuchar al estudiante y permitirle expresar sus pensamientos, ideas, sugerencias y descargos cuando sea necesario, teniendo en cuenta las normas establecidas. 26. Entregar oportunamente los informes solicitados por las diferentes instancias administrativas establecidas en el plantel. 27. Despertar en el educando amor por la patria, su folclore y las costumbres autócratas de su región (art. 72 de la Constitución Nacional). 28. Diligenciar con claridad y en forma oportuna el libro de registro de acontecimientos significativos de los estudiantes con los informes positivos y negativos.
  • 32. 29. Socializar permanentemente el pacto de convivencia con estudiantes y padres de familia. Artículo 29. Prohibiciones de los docentes. 1. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas a desempeñar su labor docente. 2. Fumar dentro de las dependencias del establecimiento. 3. Acosar de manera psicológica, académica y sexual a los estudiantes. 4. Utilizar la investidura de docente para efectuar negociaciones con los padres y/o estudiantes. 5. Irrespetar a los compañeros en todos los aspectos, utilizando la crítica destructiva. 6. Protagonizar escándalos con los padres de familia o compañeros. 7. Ridiculizar a los estudiantes frente a profesores y compañeros. 8. Aplicar castigos denigrantes o físicos, que atente contra la formación integral de los estudiantes. 9. Utilizar vocabulario soez y ridiculizante para tratar compañeros y estudiantes. 10. Desautorizar a otro docente frente a los estudiantes o padres de familia. 11. realizar propagandas o proselitismo político o religioso, no acorde con la religión católica, dentro de la institución. 12. Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o dentro del centro educativo o durante actividades extracurriculares. 13. Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiante. 14. Utilizar los centros educativos para actividades ilícitas o no propias de la enseñanza. Artículo 30. Estímulos para los docentes. 1. Felicitación por escrito, con copia a la hoja de vida, a los docentes que se distingan por su responsabilidad, colaboración y buena calidad en el desempeño de su labor. 2. Reconocimiento en público a los profesores que se destaquen durante el año escolar por cualquier actividad docente. 3. La institución organizará cada año la celebración del día del educador, como un reconocimiento a la labor desarrollada. 4. Los establecidos en el capítulo VI de la ley general de educación. 5. Serán responsables de otorgar los estímulos a los docentes, los miembros del Consejo Directivo Artículo 31. Procedimientos.
  • 33. Se aplican de acuerdo a la ley según la falta: 1. Ley general de la educación. 2. Código disciplinario. 3. Constitución política de Colombia y demás que contemplan en la ley. Artículo 32. Derechos de los directivos docentes. Los contemplados por los decretos 2277 y 1278 y los artículos 133 al 137 de la Ley General de Educación. 1. Liderar el crecimiento de la comunidad educativa. 2. Ser informado de todas las actividades que se realiza en la institución. 3. Recibir un trato amable y cordial de todos los miembros de la comunidad 4. Recibir los reportes y demás documentos y avales de seguimiento al debido proceso en todas las actuaciones de la institución educativa. 5. Exponer sus ideas, inquietudes y desarrollarlas con la participación de sus colaboradores. Artículo 33. Deberes del rector. 1. Los contemplados en los decretos 2277 y 1278 y el artículo 25 del decreto 1860. 2. Informar a los demás integrantes de la comunidad educativa sobre planes, actividades y modificaciones que afecten la vida del establecimiento. 3. Conservar todos los elementos que se encuentren a su cargo de acuerdo al inventario general del establecimiento. 4. Presentar a su debido tiempo los informes que le sean solicitados por la autoridad competente o cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Representar legalmente a la institución y ejecutar las políticas educativas y administrativas establecidas por el M.E.N., la secretaría de educación departamental, municipal y el consejo directivo del plantel. 6. Delegar funciones a sus más inmediatos colaboradores en lo que hace referencia a la organización, ejecución, control, evaluación y ajuste al P.E.I. 7. Asistir diariamente al plantel, salvo actividades que tengan que ver con su cargo. 8. Evaluar periódicamente el P.E.I. e introducirle las acciones correctivas necesarias. 9. Supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje. 10. Revisar periódicamente los preparadores y planes de área, realizar en ellos las anotaciones necesarias y supervisar las clases.
  • 34. 11. Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de profesores, padres de familia y los demás organismos de coordinación y asesoría que existan en la institución. 12. Investigar y corregir las anomalías de tipo disciplinario, académico y de cualquier otra índole que interfieran con la buena marcha de la institución. 13. Atender y resolver los problemas planteados por la comunidad educativa en general, lo mismo que las sugerencias que ella misma pueda plantear. 14. Ordenar los gastos del plantel. 15. Organizar dentro de los términos de la ley, las diferentes instancias del gobierno escolar, y velar por el cumplimiento de las funciones propias de cada organismo. 16. Organizar y controlar el funcionamiento de la tienda escolar. 17. Presentar la relación mensual de las personas a su cargo y las novedades, si las hay, para efectos del pago oportuno. 18. Distribuir los grupos y las áreas entre los docentes, atendiendo a sus aptitudes y al título docente que posean. 19. Proporcionar oportunamente los elementos que requieren la institución para su buen funcionamiento. 20. Otras que fijen las disposiciones legales. Artículo 34. Prohibiciones para los Directivos Docentes. 1. Las contempladas en el estatuto docente, en el artículo 45 del régimen disciplinario y en la ley 200. 2. Prestar las instalaciones del plantel sin la autorización del consejo directivo. 3. Son causales de mala conducta las contempladas en el artículo 46 del decreto 2277, en el artículo 125 de la ley general de educación, en los artículos 18 al 24 del régimen disciplinario y los establecidos en las disposiciones legales existentes y otras que determinen sus superiores jerárquicos, siempre y cuando tengan piso jurídico. Artículo 35. Procedimientos. Se aplican de acuerdo a la ley según la falta: 1. Ley general de la educación. 2. Código disciplinario. 3. Constitución política de Colombia y demás que contemplan en la ley. Artículo 36. Derechos de los administrativos. a) DERECHOS DE LA SECRETARIA
  • 35. 1. Recibir los implementos y recursos necesarios para el cumplimiento de su labor. 2. Buen trato del jefe y compañeros. 3. Respetar sus ideas políticas y religiosas. 4. A ser escuchada. 5. A un buen ambiente laboral. 6. A su privacidad. Artículo 37. Deberes y compromisos de la secretaria(o). 1. Cumplir con el horario de trabajo establecido. 2. Colaborar con entusiasmo con todas las actividades que le sean asignadas. 3. Diligenciar en forma oportuna los libros de oficina y archivo. 4. Colaborar con el personal docente, cuando ellos soliciten servicios. 5. Velar por el buen uso, cuidado y conservación de los implementos que hay en la oficina. 6. Tratar con respeto y amabilidad a todas las personas con las cuales debe relacionarse. 7. Aceptar y poner en práctica las sugerencias que se le hacen. 8. Distinguirse por su excelente presentación y buena conducta. 9. Informar oportunamente al rector sobre aquellos casos que puedan perjudicar la imagen del colegio. 10. Ser muy leal con la institución. 11. Velar por la disciplina y buena marcha de la institución en caso de ausencia del rector. 12. Suministrar oportunamente al profesorado los materiales didácticos e implementos de trabajo necesarios para el normal desarrollo de las clases.
  • 36. CAPITULO III DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE LEGAL. El padre de Familia y/o acudiente legal es agente activo del proceso formativo de su hijo (a) y parte fundamental de la comunidad Educativa. El principal derecho que tiene el padre Familia es escoger el tipo de educación que quiere para su hijo (a) y empieza a regir a partir del momento de firmar la matrícula. Su deber, es continuar en el núcleo familiar con su labor formativa y la adquisición de valores que la Institución Educativa “Alto del Rompe” infunda a los estudiantes. Los padres de familia y/o acudiente legal en la Institución Educativa Alto del Rompe tienen los siguientes deberes y derechos. “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95). De tal forma, que la asistencia a los talleres escuela de padres de familia se considera para el presente pacto de convivencia de la Institución Educativa Alto del Rompe como de carácter obligatorio, teniendo como sustento el compromiso social y moral de primeros educadores de sus hijos e hijas, del mismo modo en acatamiento no solo a la sentencia de la corte constitucional sino también al Artículo 42 en su numeral 5 de la Ley de Infancia y adolescencia 1098 de 2006.
  • 37. DE TAL FORMA, QUE LA INASISTENCIA A TRES DE ÉSTAS CONVOCATORIAS DE PADRES, SIN LA CORRESPONDIENTE EXCUSA, SE CONSIDERARÁ COMO ABANDONO, como reza el Articulo 20 numeral 1 de la Ley de Infancia, además que constituye un incumplimiento del contrato educativo (matrícula) y de igual manera una desatención al orden social e institucional del colegio, toda vez que la familia y su integración son el soporte de la moral y los principios, de tal manera que para el presente pacto, se establece que el o la alumna podrá perder el respectivo derecho de pertenecer a la institución, por la inasistencia de sus padres, pues es su deber primeramente, comprometerse con la educación de sus hijos e hijas. Artículo 38. Derechos. 1. DERECHO A SER RESPETADO. 1.1 Ser atendido y escuchado cuando acudan a la Institución Educativa Alto del Rompe, para tratar asuntos relacionados con la educación de su hijo o acudido. 1.2 Ser respetados y valorados como personas por todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. 1.3 Obtener respuesta por parte de las directivas y de los docentes, cuando se acude a ellos personalmente o por escrito. 2. DERECHO A LA PARTICIPACIÓN 2.1. Participar activamente en las actividades que se promuevan en la institución. 2.2. Dar iniciativa y colaborar en el buen funcionamiento de la institución. 2.3. Elegir y ser elegido para el gobierno escolar y para el consejo de padres. 2.4. Participar en la planeación ejecución y evaluación de proyecto educativo institucional. 2.5. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del establecimiento educativo los principios que orienten el proyecto educativo institucional el Pacto de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
  • 38. 2.6. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 2.7. Brindarle al padre de familia la oportunidad de hacerse partícipe en los diferentes eventos culturales y deportivos organizados por la institución educativa. 2.8. Reconocer en el acto de graduación la participación de los padres de familia que durante el año electivo se hallan destacado por su colaboración y participación desinteresada en los diferentes eventos y actividades programadas por la institución. 3. DERECHO A LA FORMACION INTEGRAL DE SUS HIJOS. 3.1. Ser informado oportunamente acerca del comportamiento y rendimiento académico de sus hijos, cuando sea por escrito debe firmar lo pertinente y recibir copia del mismo. 3.2. Participar en la escuela de padres cuando la Institución lo programe. 3.3. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación, de la calidad del servicio educativo y en particular del establecimiento donde se encuentra matriculado su hijo. Artículo 39. Deberes 1. DEBERES SOBRE EL RESPETO 1.1 Proveer a sus hijos de los elementos escolares requeridos. 1.2 Pagar daños y perjuicios que sus hijos causen al establecimiento o a cualquier miembro de la comunidad educativa. 1.3 Colaborar en las actividades escolares y extraescolares de sus hijos. 1.4 Atender las observaciones del docente o directivos en forma respetuosa y amable. PARAGRAFO: Los padres de familia serán atendidos exclusivamente en jornada ordinaria, cada docente tendrá una hora fija para atención a los padres. 2. DEBERES SOBRE LA PARTICIPACION 2.1. Apoyar con el testimonio la educación impartida por la institución.
  • 39. 2.2. Seguir a sus hijos en el proceso formativo y académico. Emplear la firmeza de los estímulos que garanticen la buena educación. 2.3. Asistir puntualmente a las reuniones de padres o escuela de padres y cuando se solicite su presencia en la institución. El incumplimiento sistemático y sin causa justificada conlleva a ser reportado al bienestar familiar y la posibilidad de pérdida del cupo en la institución. 2.4. Presentar excusas cuando le es imposible asistir a reuniones de Padres de familia cuando sean programadas por la Institución. 2.5. Ser responsables en los cargos que asumen en el Gobierno Escolar. 3. DEBERES SOBRE LA FORMACIÓN INTEGRAL. 3.1. Asumir con responsabilidad la misión de ser los primeros educadores de sus hijos en la Fe y en las buenas costumbres. 3.2. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y el Pacto de Convivencia para facilitar el proceso educativo. 3.3. Acoger la recomendación de la Comisión de Evaluación de cambio de Institución Educativa, cuando se presenten dificultades en el campo académico y formativo que afectan el libre y sano desarrollo del estudiante. 3.4. Ser leales con la Institución que educa a sus hijos. No hablar mal de ella o de sus miembros. 3.5. Hacer los reclamos directamente y con buenos modales, siguiendo el conducto regular de comunicación. 3.6. Proteger a sus hijos de toda forma de abandono físico o moral, descuido o trato negligente, abuso sexual, explotación, uso de sustancias que producen dependencia, influencia de grupos satánicos, espiritistas u otros. 3.7. Facilitar la solución de problemas individuales y colectivos, propiciando acciones tendientes a la formación integral de sus hijos. 3.8. Orientar y controlar el buen uso del tiempo libre, las amistades y medios de comunicación social utilizados por sus hijos. 3.9. Aceptar y corregir las equivocaciones de sus hijos. 3.10. Hacer respetar las normas de urbanidad elementales para una sana convivencia dentro y fuera de la institución.
  • 40. 3.11. Velar por la presentación personal de sus hijos y propender la utilización y porte adecuado del uniforme, dentro y fuera de la institución, apoyando el respeto absoluto hacia el mismo. 3.12. Velar por la permanente asistencia de sus hijos a la Institución, informando oportunamente la causa de su ausencia, siendo ésta justificada y por escrito el día que no pueda asistir a clase. 3.13. Justificar por escrito la incapacidad del estudiante para realizar actividades en el Área de Educación Física, comprometiéndose a realizar otras actividades acordadas con el docente de área. (Trabajos escritos, investigaciones que estén relacionadas con la materia, entre otras.) 3.14. Solicitar por escrito los permisos para sus hijos a quienes corresponda. Debe tener aprobación y firma del rector de la institución o director de grupo en sus respectivas sedes. 3.15. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de sus hijos después del horario escolar. 3.16. Cumplir y hacer cumplir a cabalidad los compromisos firmados con la institución. 3.17. Asumir con responsabilidad la justificación de las ausencias de sus hijos en la institución. En caso de enfermedad, adjuntar certificado médico. 3.18. En caso de periodos largos de ausencia, solicitar al Rector y docentes encargados del área, personalmente y por escrito responsabilizándose de las actividades académicas realizadas en cada disciplina. 3.19. Enterarse de todas las informaciones, circulares y comunicados que se envíen con los estudiantes. PARÁGRAGO: La institución solo atenderá a padres o al acudiente quien haya firmado la matrícula. CAPITULO IV
  • 41. DEL GOBIERNO ESCOLAR. Artículo 40: Conformación del Gobierno Escolar Según lo dispuesto por en el Capítulo II, artículo 142-145 de la ley 115 y el Capítulo IV, artículos 18 a 29, y el Decreto 1860 en sus artículos 20, 21, 23 – 31; El Gobierno Escolar está constituido por el Consejo Directivo, el Consejo Académico y el Consejo estudiantil (donde ejerce su liderazgo la Personera). Además, está apoyado por el Comité de Calidad y por el Consejo de Padres. El Gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos: I. ORGANOS DE PARTICIPACION DIRECTA 1. El Rector o Rectora; como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutora de las decisiones del gobierno escolar. 2. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 3. El Consejo Académico, como Instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período. Artículo 41: Funciones del Rector o Rectora Le corresponde al Rector o Rectora a) Orientar la ejecución del proyecto educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
  • 42. b) Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. c) Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. d) Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad educativa en general para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. e) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. f) Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. g) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia. h) Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional. i) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad educativa. j) Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo y k) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. Artículo 42: Consejo Directivo El Consejo Directivo estará integrado por:
  • 43. 1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de Padres (Decreto 1 256 de Abril 27 de 2005, Artíc, 7y Art. 9, parágrafo 2) 4. Un o una representante de los y las estudiantes elegida por el Consejo de Estudiantes, entre estudiantes del grado 11° 5. Un o una representante de los ex alumnos elegida por el Consejo Directivo. 6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. Funciones del Consejo Directivo.  Tomar las decisiones que afecta el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.  Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con las estudiantes y después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia. Adoptar el manual de convivencia.  Fijar los criterios de asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
  • 44.  Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.  Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.  Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo institucional, el currículo y del plan de estudios y someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.  Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución.  Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los y las estudiantes que han de incorporarse al manual de convivencia.  Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.  Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.  Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la institución.  Promover la relación de tipo académico, deportivo y cultural en otras Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.  Establecer políticas para el mejoramiento de los resultados de los estudiantes en las pruebas externas. Artículo 43: Consejo Académico. El Consejo Académico está Integrado por el Rector o la Rectora quien lo preside y un docente por cada área definida en el plan de estudios.
  • 45. Funciones del Consejo Académico.  Cumplirá las siguientes funciones:  Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo Institucional. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto. a) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.  Participar en la evaluación Institucional anual.  Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación estipulado en el SIEE  Recibir y decidir los reclamos de las estudiantes sobre la evaluación educativa, y  Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. II. ORGANOS QUE FACILITAN LA PARTICIPACION Artículo 44: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA Atendiendo a lo que exige el decreto1965 de 2013 sobre la actualización del manual de convivencia para el año 2014 se desea incorporar con claridad las definiciones, principios y responsabilidades del comité de convivencia. El comité escolar de convivencia debe conformarlo:  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité  El personero estudiantil  El docente con función de orientación  El coordinador cuando exista este cargo
  • 46.  El presidente del consejo de padres de familia  El presidente del consejo de estudiantes  Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. El liderazgo del comité escolar de convivencia debe caracterizarse por permitir que las personas que hacen parte de la comunidad educativa puedan aportar elementos para fortalecer la sana convivencia compartiendo las responsabilidades que esto implica. Funciones del comité escolar de convivencia: 1. Liderar los procesos de actualización del manual de convivencia. Para ello es necesario que se conforme institucionalmente el comité como primer paso para actualizar el manual. 2. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 3. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 4. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, Programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 5. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o
  • 47. autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Artículo 45: Personero (a) de los y las estudiantes. Será un o una estudiante del grado 11 ° encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de las estudiantes consagrados en la Constitución Política, la Ley general de Educación, los decretos reglamentarios, el código de la Infancia y adolescencia y el pacto de convivencia. La personera tendrá las siguientes funciones:  Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;  Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten las estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de las estudiantes.
  • 48.  Presentar ante la Rectora, según sus competencias, las solicitudes de oficio que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y  Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector o la Rectora respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.  La personera de las estudiantes será elegida dentro de los treinta días calendarlo siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el Rector o la Rectora convocará a todas las estudiantes matriculadas con el fin de elegirla por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.  El ejercicio del cargo de personera de las estudiantes es incompatible con el de representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo. Artículo 46: Consejo Estudiantil El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de las estudiantes. Estará integrado por una vocera de cada uno de los cursos existentes en la Institución. PROPOSITO: Conformar un equipo sólido que participe activa y eficazmente en el ejercicio de la democracia y por tanto en la consecución de ideales colectivos de acuerdo a la filosofía de la Institución, donde favorezca un ambiente de diálogo entre el estudiantado y los demás miembros de la Comunidad Educativa. Artículo 47: Elecciones. Elección de los voceros(a) y el o la representante de los y las estudiantes. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por las estudiantes de los cursos existentes en la Institución, con el fin de elegir a sus respectivas voceras mediante votación secreta. El grupo de voceras conforman el Consejo Estudiantil, estas eligen por voto secreto a la Representante al Consejo Directivo, entre las estudiantes del Grado 11° que se postulan para el cargo, previo acuerdo con las estudiantes de cada curso.
  • 49. Artículo 48: funciones del Consejo de Estudiantes Corresponde al Consejo de Estudiantes: a) Elegir el representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo de la Institución entre las estudiantes del Grado 11", postulados libremente, que cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento y asesorarla en el cumplimiento de su representación. b) Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. c) Manifestar sugerencias e inquietudes con respecto al funcionamiento de la Institución a las diferentes instancias legales. d) Fomentar la participación del estudiantado en las diferentes actividades programadas por la Institución y en aquellas actividades intercolegiadas que favorezcan el desarrollo intelectual, espiritual y cultural de las estudiantes, de acuerdo a los criterios establecidos en el Pacto de Convivencia. e) Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. f) Elegir uno de los voceros(as) como secretarla del Consejo Estudiantil que lleve los libros de Actas y organice correctamente lo documentos propios del Consejo. g) Participar en la elaboración y aplicación del SIEE con el Consejo Académico. h) Las demás actividades afines o complementarlas con las anteriores que le atribuya el Pacto de convivencia. Artículo 49: Asociación de padres de familia: formada por los padres de familia de la institución, quienes eligen un representante por grado para participar en la asamblea de padres, que elige a su vez a la junta directiva. Funciones de la Asociación de padres de familia: a. Impulsar el progreso de la Institución y la calidad de la educación; b. Fomentar la integración de alumnos, educadores y padres de familia,
  • 50. promoviendo una cultura de convivencia pacífica y armonía; c. Colaborar con los programas investigativos, culturales, pastorales, sociales, de salud y bienestar propuestos por la Institución; d. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional, el plan de mejoramiento del la Institución y el mantenimiento y dotación de las áreas culturales, deportivas, recreativas y demás instalaciones de la Institución; e. Actuar de acuerdo con la filosofía y el Reglamento o Pacto de Convivencia de la Institución Educativa Alto del Rompe en orden a preservar el buen nombre del plantel y de la Asociación de Padres de Familia; f. Promover procesos de formación y actualización de los asociados mediante el funcionamiento de la escuela de padres; g. Colaborar en la formulación y adopción de políticas y medidas que promuevan el desarrollo integral de la Asociación y que tiendan a la protección y reconocimiento de sus derechos; h. Promover, organizar y desarrollar las actividades necesarias para el logro de sus objetivos; y i. Adelantar todas las campañas que requieran la conveniencia y prosperidad de la Institución Educativa Alto del Rompe y de la Asociación de Padres de Familia, respetando la organización interna del plantel y previa aprobación de la Rectoría. j. Colaborar con otras Asociaciones y federaciones que tengan fines similares con el fin de realizar eventos que conlleven a un mejoramiento continuo. k. Las anteriores actividades mencionadas dentro del objeto social son actividades de carácter INFORMAL, las cuales no se encuentran exceptuadas al registro frente a la Cámara de Comercio. l. Aclaramos que las actividades de salud mencionadas dentro de los estatutos y exactamente dentro del objeto social no serán prestados directamente por los asociados, si no a través de convenios con terceras personas por lo tanto no se encuentran exceptuadas del registro frente a la cámara de Comercio. Artículo 50: Consejo de padres de familia: El artículo 31 del decreto1860 estableció que “El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución”. El artículo 5 del decreto 1286 de 2005 establece que “el consejo de padres de familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad el servicio". Estará integrado por tres padres
  • 51. de familia que representaran de preescolar a quinto, y, un padre de familia de cada grado de sexto a undécimo. Funciones del consejo de padres de familia. Corresponde al consejo de padres de familia: a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. i. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002. j. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto.
  • 52. Artículo 51: Contralor Estudiantil (Acuerdo 289 de 2006) El contralor de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual, en conjunto con las elecciones de los demás miembros del gobierno estudiantil. 1. Estar matriculado en la Institución educativa Alto del Rompeg 2. Estar cursando el grado once 3. Ser elegido por todos los estudiantes del colegio. Artículo 52: funciones del Contralor Estudiantil (Acuerdo 289 de 2006) 1. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que se presenten los y las estudiantes relacionados con la carencia o mal uso de los bienes, inmuebles y elementos fungibles que utilice la institución. 2. Velar por la correcta destinación y ejecución de los recursos de los fondos de servicios docentes, para lo cual debe tener el acceso ágil y oportuno a la información presupuestal, contractual y contable que él requiera. 3. Contribuir al éxito de la administración pública. 4. Ejercer la vigilancia y control a la gestión fiscal de los recursos del colegio. 5. Generar una cultura de participación ciudadana.