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INSTITUCIÓN EDUCATIVA 
“SAN FRANCISCO DE LA SIERRA” 
“PACTO DE CONVIVENCIA” 
AÑO 2014 
LA SIERRA, LÉRIDA (TOLIMA)
PACTO DE CONVIVENCIA “INSTITUCION EDUCATIVA SAN 
FRANCISCO DE LA SIERRA” DE LÉRIDA (TOLIMA) 
INTRODUCCIÓN 
El presente pacto de convivencia tiene como propósito fundamental, convertir la 
INTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA en un espacio de 
convivencia pacífica, democrática y participativa, y por lo tanto, corresponde a todos y 
cada uno de los miembros de la comunidad educativa (directivos, profesores, 
administrativos, padres de familia, o acudientes y estudiantes) conocerlo, discutirlo 
analizarlo, aplicarlo y vivenciarlo para que no sea “letra muerta” se continuara 
realizando el proceso de corrección, mejoramiento y actualización de acuerdo con los 
cambios constitucionales, legales, jurisprudenciales, jurídicos y de la dinámica social 
institucional (decisiones del gobierno escolar y/o de sus organismos colegiados), local, 
regional, nacional e internacional. 
El presente pacto de convivencia, luego de ser analizado, debatido y aprobado por la 
diferentes instancias democráticas y colegiadas de la institución asociación de padres 
de familia, consejo estudiantil, consejo académico, y consejo de padres, fue aprobado 
por el consejo directivo para entrar en vigencia a partir del año 2006 teniendo vigencia 
permanente hasta cuando se presenten nuevas propuestas para su modificación, 
cambio y/o ajustes, el cual se llevara a cabo de acuerdo con lo establecido en el 
Articulo 15, numeral 3 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994 o de la norma que la 
sustituya, y forma parte del proyecto educativo institucional “PEI”, según lo 
contemplado en el Articulo 14, numeral 7 del mismo decreto. 
Toda norma atiende a los derechos y deberes de los distintos miembros de la 
comunidad educativa arriba detallada, entrara a formar parte inmediata del presente 
reglamento, y deberá ser difundida oralmente por el rector, los docentes, los 
coordinadores y directores de grupo, así como de manera escrita por los diferentes 
medios con los que cuente la institución como las carteleras, el periódico, los boletines, 
blogs. Etc.
El presente pacto de convivencia será de obligatorio cumplimiento para los miembros 
de la comunidad educativa de la institución (estudiantes, padres de familia, acudientes, 
docentes, directivos, y administrativos)y se aplicará en todas SEDES y en todas las 
acciones, tanto dentro como fuera del plantel.
1. LA INSTITUCION 
1.1. FILOSOFIA DE LA INSTITUCIÓN 
La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” de carácter oficial departamental, 
se ajusta a los parámetros establecidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 
General de Educación y todas las demás normas que comprometen a la educación 
colombiana. 
Su filosofía se orienta hacia la formación integral del educando, teniendo en cuenta los 
recursos y expectativas del medio social mediato e inmediato, el proceso de desarrollo 
social en el cual participa constantemente, favoreciendo su evolución y progreso 
individual y colectivo. 
Como aspectos fundamentales de su filosofía a todos los estamentos de la comunidad 
educativa, busca: 
 Que sea participativo, reflexivo, creativo, crítico y que adquiera compromisos y 
sentido de pertenencia en la proyección y realización de los proyectos 
institucionales; 
 Que desarrolle valores como la democracia, la solidaridad, la sana competencia, 
la concertación, la tolerancia, el respeto, la responsabilidad y la convivencia 
pacífica que permitan el alcance de la paz individual y social; 
 Que sus acciones ayuden y favorezcan la preservación del medio ambiente y la 
conservación de la naturaleza a nivel institucional y en su habitad local, regional y 
terráqueo; 
 Que propenda por una formación y desarrollo integral en lo físico, psicológico, 
moral, ético, cívico, cultural, ocupacional, intelectual y social; 
 Que sus acciones garanticen la protección integral de los niños, niñas y 
adolescentes en los espacios educativos a través de una atención integral para la 
convivencia escolar;
 Que fomente mecanismos de prevención, protección y detección de situaciones y 
conductas generadoras de violencia escolar. 
1.2. VISION 
La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” proyecta la educación formal de 
sus estudiantes, de tal manera que les permita, una vez culminados sus estudios de 
bachillerato, acceder a la educación superior y/o vincularse al campo laboral, 
promoviendo el emprendimiento y el uso eficiente de elementos teórico – prácticos y 
adelantos tecnológicos en la formación intelectual y universal en todos los campos del 
saber humano, proveído a través de las áreas obligatorias y fundamentales, así como la 
formación integral de su personalidad y carácter . 
1.3. MISIÓN 
La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” contribuye al desarrollo integral de 
educandos, propiciando ambientes adecuados para fortalecer y vivenciar los elementos 
teórico – prácticos necesarios para una formación que potencialice sus capacidades 
laborales y sus interrelaciones humanas para el progreso de su entorno social. 
1.4. OBJETIVOS 
1.4.1. OBJETIVOS GENERALES. 
1.4.1.1. Favorecer la buena formación personal integral del educando en sus aspectos físicos, psicológicos, 
éticos, morales y en valores humanos, cívicos y sociales. 
1.4.1.2. Facilitar el desarrollo y formación intelectual de los estudiantes mediante la educación de las áreas del 
saber universal contenidos en la ley general de la educación como obligatoria y fundamental. 
1.4.1.3. Estructurar la formación académica y conocimientos afines, de manera teórica y práctica que le 
permitan su vinculación al campo laboral o al desarrollo de su propia empresa productiva en este ámbito, 
teniendo en cuenta una educación pertinente y de calidad. 
1.4.1.4. Promover la formación integral del educando, propiciando la búsqueda permanente de la excelencia, al 
desarrollo de sus potencialidades y la afirmación de sus valores.
1.4.1.5. Inculcar el cuidado de nuestro entorno, valorando, respetando y preservando el medio ambiente y 
los recursos de la naturaleza. 
1.4.1.6. Formar en el respeto a la vida, los derechos humanos, la paz y los principios democráticos de 
igualdad, justicia, solidaridad y equidad. 
1.4.1.7. Generar momentos y espacios que permitan el desarrollo de procesos de autonomía, autoestima, 
convivencia sana, pacifica e igualitaria para todos. 
1.4.1.8. Respetar en toda circunstancia la dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 
1.4.1.9. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 
1.4.1.10. Abrir espacios de comunicación con padres de familia para el seguimiento, del proceso educativo y 
propiciar la democracia la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 
1.4.1.11. Garantizar la utilización de lo tecnológico de acceso y difusión de la cultura y dotar al 
establecimiento de una biblioteca adecuada. 
1.4.1.12. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio 
ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 
1.4.1.13. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltratos o peores formas de 
trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 
1.4.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 
1.4.2.1. Adquirir y desarrollar una formación académica y valores humanos, de manera teórica y práctica, 
mediante conceptualización efectiva y eficaz, que le permitan la vinculación dependiente o independiente en el 
campo laboral, luego de haber obtenido el título de Bachiller Académico o ingreso a la universidad. 
1.4.2.2. Emplear el tiempo libre en actividades físicas de interrelación con sus compañeros, familiares y amigos que 
le permitan su buena formación personal, sus buenas y sanas costumbres y valores éticos, moral es, humanos, 
cívicos y sociales. 
1.4.2.3. Vivencia y apropia los conocimientos propios de las áreas de formación personal (Ética y valores, Religión, 
Urbanidad, Educación Artística y Educación física, Recreación y deportes); de conocimientos universales como las 
ciencias humanas (Lengua Castellana, Ingles, sociales, sociales, filosofía, Democracia); las ciencias puras ( 
Matemáticas); las ciencias naturales y aplicadas (Biología, Física y química ) para descubrir sus inclinaciones y 
gustos intelectuales que le complementen su formación académica y que le permitan escoger una profesión a fin con 
esa clase de conceptos e ideas, establecidas en el plan general de estudios de la Ley 11 de 1994.
1.4.2.4. Participar en los eventos de formación social cívica y democrática de la institución mediante 
vinculación y participación activa en los diferentes organismos en el gobierno escolar, concejo estudiantil. 
Personería estudiantil, comités educativos formales e informales elecciones y tomas de elecciones internas 
de la Institución, en la familia y en el entorno social, aportando ideas para la solución de los problemas, las 
necesidades y los conflictos que se presenten. 
1.4.2.5. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en 
pareja. 
1.5. PERFIL DEL EGRESADO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN 
FRANCISCO DE LA SIERRA 
El propósito fundamental de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA 
SIERRA de Lérida Tolima, es el de formar a la niñez y juventud para que participe 
activamente en el desarrollo social y económico de nuestra sociedad, aportando sus 
conocimientos universales y académicos, estudiados y asimilados en el plantel, y 
apoyados en una buena formación integral de su personalidad. 
El estudiante formado en la institución, al ingresar al claustro debe ser: 
1. CAPAZ DE TOMAR DECISIONES LIBRES, RESPONSABLES Y AUTONOMOS 
EN LA SOLUCIÓN DE PROBLEMAS. 
2. CAPAZ DE UNA CONCEPCION PROPIA DEL MUNDO EN SU COMPRENSION 
DE LA VIDA. 
3. INTELECTUALMENTE COMPETENTE 
4. UNA PERSONA QUE ADQUIERE UNA IDENTIDAD PROPIA ABRIENDOSE Y 
DANDOSE A CONOCER POR SU CAPACIDAD DE AMAR Y ACEPTAR A LOS 
DEMAS EN TODA LA DIMENSION HUMANA 
5. CAPAZ DE UN COMPROMISO SOLIDARIO Y COMUNITARIO
6. ABIERTO AL CAMBIO EN BUSCA DE UNA SOCIEDAD PRODUCTIVA Y 
JUSTA 
7. COMPETENTE EN GESTIÓN, MANEJO DE RECURSOS Y TECNOLOGÍA 
1.6. MARCO LEGAL 
El presente pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO 
DE LA SIERRA de Lérida (Tolima), se fundamente en las normas a continuación se 
discriminan: 
 Constitución política de Colombia de 1991, CPC. 
 Ley 99 de 1933 o Ley del medio ambiente y sus normas reglamentarias, LMA. 
 Ley 107 de Febrero 15 de 1994, Ley de estudios constitucionales, LEG 
 Ley 115 de Febrero 8 de 1994, Ley general de educación, LEG. 
 Ley 133 de Mayo 23 de 1994, ley de libertad religiosa y de cultos. 
 Ley 375 DE Julio 4 de 1997, de la juventud- 
 Ley 715 de Diciembre 21 de 2001, sistema general de participaciones. 
 Ley 734 de Febrero 5 de 2001, código único disciplinario. 
 Ley de infancia y adolescencia. 
 Decreto ley 2277 de septiembre 14 de 1979, estatuto docente y sus normas 
reglamentarias y complementarias. 
 Decreto 1108 de mayo 31 de 1994, porto y consumo de estupefacientes. 
 Decreto 198 de 1995, izadas de bandera y actos cívicos. 
 Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, organización de planteles educativos. 
 Decreto 2247 de septiembre 11 de 1997, educación preescolar. 
 Decreto 190 de 2009, Sistema de evaluación de estudiantes. 
 Decreto 1850 de agosto 13 del 2002, jornada escolar y laboral de docentes. 
 Decreto 135 de enero 17 de 1996, cobros de derechos académicos y otros 
costos educativos. 
 Decreto 1857 de agosto 3 de 1994, administración de los recursos del fondo de 
servicios educativos (docentes). 
 Decreto 1992 de mayo 5 del 2002 administración de los recursos del fondo de 
los servicios educativos. 
 Decreto 1743 de agosto 3 de 1994, proyectos de educación ambiental. 
 Resolución N° 4210 de septiembre 12 de 1992, servicio social estudiantil.
 Resolución N° 2560 de julio 22 de 1997 estudiantes de 10 y11 como jurados de 
votación- servicio social. 
 Resolución N° 3353 de julio 2 de 1993, proyecto de educación sexual. 
 Resolución N° 1600 de marzo 8 de 1994, proyecto de educación para la 
democracia. 
 Resolución N° 144 de enero 30 del 2001, calendario académico y sus normas 
reglamentarias y/o complementarias. 
 Ley N° 1620 de marzo 15 de 2013, “por la cual se crea el Sistema Nacional de 
Convivencia Escolar, Información para el ejercicio de los Derechos Humanos, 
Educación para la sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia 
Escolar. 
1.7. DEL PROCESO DE LA MATRICULA 
ARTICULO 1. REQUISITOS PARA INGRESAR POR PRIMERA VEZ EN LA 
INSTITUCION. 
El aspirante debe presentar: 
 Fotocopia del carné del Sisben o de otra entidad de seguridad social (ISS, 
EPS). 
 Registro Civil de Nacimiento. 
 Fotocopia del documento de identidad. 
 Fotocopia de las cedulas de los padres o acudientes. 
 Certificado de los grados anteriores al que ingresará. 
 Grupo Sanguíneo y RH. 
 Todo estudiante que desee ingresar a la Institución Educativa lo hará a paz y 
salvo, no solo en lo académico sino en lo administrativo. (SIMAT). 
 Dos (2) fotografías 3x4 para los grados preescolares a noveno y, (4) 
fotografías para los grados Décimo y Once. 
 Certificado de conducta, cuando el alumno provenga de otro plantel. 
 Tener seguridad social o un seguro estudiantil de accidentes.
 Presentar el paz y salvo, sin pendientes y debidamente diligenciado. 
 Comprometerse con la filosofía y las normas de la institución y los demás 
aspectos contemplados en el Pacto de Convivencia. 
 Carné estudiantil y boletín final del año anterior (estudiantes antiguos). 
PARÁGRAFO PRIMERO. Los estudiantes antiguos en el momento de la renovación de 
la matricula deberán presentar: 
 Fotocopia de la clasificación del SISBEN actualizado. 
 Ficha SOCIO – ECONOMICA de la familia, actualizada. 
 EL BOLETIN final de año escolar anterior. 
 EL PAZ Y SALVO o documento que acredite tal condición. 
 EL CARNÉ ESTUDIANTIL. 
PARÁGRAFO SEGUNDO: Todos los estudiantes en el momento de firmar en el libro 
de matricula por primer vez y las subsiguientes, se compromete a cumplir con la 
constitución política de Colombia, las leyes y especialmente con el manual de 
convivencia de la institución en todas sus partes. 
ARTICULO 2. ACUDIENTE. Todo estudiante deberá tener un acudiente que será el 
padre O la madre o una persona mayor de edad, radicada en la Inspección de La 
Sierra, de reconocida honorabilidad y responsabilidad, autorizada por escrito por los 
padres, quien representara o responderá por el alumno ante la institución. 
ARTICULO 3. DILIGENCIA DE LA MATRICULA. Será practicada o autorizada por el 
rector o coordinador, con la presencia del estudiante y el acudiente. No se actualizara la 
matricula sin llenar los requisitos exigidos por el ministerio de educación nacional 
(MEN), la secretaria de educación del Tolima (SET), o de la quien haga sus veces, los 
establecidos por la institución. 
PARÁGRAFO. Si un estudiante antiguo no hace la renovación de la matricula en las 
fechas establecidas por el plantel pierden el cupo en la respectiva jornada y si es el 
caso en el establecimiento, y este podrá ser asignado por el rector a otro solicitante.
ARTICULO 4. CANCELACION DE LA MATRICULA. Cuando el estudiante se retire 
voluntariamente del colegio por alguna causa, el acudiente deberá informar o solicitar 
verbalmente o por escrito esta diligencia ante el rector o coordinador. Igualmente 
verificará su estado de paz y salvo con la institución antes de autorizar la cancelación 
de la matricula. 
También procederá la cancelación de la matricula por la vía administrativa, cuando el 
estudiante haya dejado de asistir al plantel, sin justa causa DESPUES DE OCHO (8) 
SEMANAS DE ACTIVIDADESACADEMICAS EN LA JORNADA DIURNA, o haya 
superado el 25% de ausencias injustificadas en clase, en este caso el coordinador 
informara al rector y este procederá mediante oficio, a ordenar la cancelación de la 
matricula a la secretaria del plantel.
2. DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS DE LOS ESTUDIANTES 
2.1. DE LOS DERECHOS 
ARTICULO 5. AL LIBRE DESARRROLO DE MI PERSONALIDAD. Sin mas 
limitaciones que las que impone la ley los reglamentos, y respetando siempre los 
derechos de los demás, sin abusar de los propios. 
ARTICULO 6. Conocer oportunamente el pacto de convivencia y las demás 
disposiciones pertinentes como derechos y deberes como estudiante y como persona. 
ARTICULO 7. A recibir un trato amable, cordial, cortés y buen testimonio de cultura, 
sociabilidad, urbanidad y valores éticos, cívicos, morales, sociales y humanos por parte 
de mis profesores, directivos y personal administrativo y de servicios. Como además A 
no ser discriminado por razones de sexo, credo, condición socio- económica o cualquier 
otro que afecte el ejercicio de mis derechos. 
ARTICULO 8. Conocer con la debida anticipación la programación, los logros e 
indicadores de logros, la metodología, las técnicas de estudio y los criterios de 
evaluación a seguir en cada asignatura, área, proyecto pedagógico y unidad didáctica a 
desarrollar. 
ARTICULO 9. Recibir 40 semanas de clases completas con orientaciones actualizadas 
y previamente preparadas por mis maestros, y de manera responsable y adecuada a mi 
desarrollo mental y psicológico. 
ARTICULO 10. Para el aprovechamiento del tiempo libre, debo recibir recreación 
prácticas deportivas, culturales, sociales, y cívicas que me ayuden a una información 
integral sana tanto fundamental como física y psicológicamente, dentro de un ambiente 
físico y adecuado, y a participar en las demás actividades programadas por la 
institución para fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas 
nacionales y extranjeras como actividades extracurriculares. 
ARTICULO 11. A no ser intimidado, acosado, humillado, ridiculizado, difamado, 
coaccionado, aislado, amenazado o incitado a la violencia por parte de los miembros de 
la comunidad educativa y demás definiciones planteadas en el Art 2, de la Ley 1620.
ARTICULO 12. A no ser intimidado con el uso deliberado de las nuevas tecnologías de 
información (internet, redes sociales, correo electrónico, telefonía móvil y video juegos 
online), evitando así el ciberbullying o ciberacoso escolar. 
ARTICULO 13. A disponer del tiempo necesario para la preparación, realización y 
presentación de mis actividades curriculares, evaluaciones, trabajos y demás labores 
académicas, culturales, deportivas, sociales y similares. 
ARTICULO 14. A poseer un carné estudiantil que me acredite como miembro activo de 
la comunidad educativo de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA 
SIERRA de Lérida (Tolima), y a poseer un seguro estudiantil que me ampare en caso 
de accidentes adquirido por mis padres y acudientes. 
ARTICULO 15. A disfrutar y utilizar responsablemente de todos los servicios de 
bienestar que me brinde la institución (tienda y trasporte escolar , orientación y 
consejería profesional, restaurante, etc.) así como los de carácter académico y técnico 
para mi buena formación personal e integral. 
ARTICULO 16. A ser respetado a mi credo religioso, mi conciencia, mi libre desarrollo 
de la personalidad mis convicciones políticas y sociales sin menoscabar ni violar o 
atentar contra los derechos de los demás. 
ARTICULO 17. Ser estimulado en los diferentes campos de mi formación integral 
personal, social, cultural, cívica, de valores humanos y técnica. 
ARTICULO 18. A participar activamente en la elaboración, evaluación y mejoramiento 
de este pacto y del PEI. 
ARTICULO 19. A elegir y ser elegido como representante a los consejos estudiantil y 
directivo y demás comités y organismos que se crean en la institución, así como a 
personero estudiantil, siempre que se cumpla con los requisitos siguientes, avalados 
por el consejo de profesores y el coordinador y constatados en los archivos del 
establecimiento: 
 Haber tenido en el año inmediatamente anterior un rendimiento académico 
excelente o sobresaliente. 
 Haber estudiado por lo menos, durante los dos años anteriores en la institución. 
 No haber tenido antecedentes disciplinarios en ninguno de los años anteriores.
PARAGRAFO PRIMERO. Si el rendimiento académico decae y/o hubiere infracción 
disciplinaria durante el ejercicio de estas dignidades, el concejo Directivo quitara la 
investidura al estudiante, y se procederá a la elección de su reemplazo en la forma 
como lo determina el PEI, en la sección correspondiente a “Los órganos, funciones y 
forma de integración del Gobierno Escolar “, según lo establecido en el Artículo 14 del 
Decreto 1860 de 1994 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. 
PARRAFO SEGUNDO. Habrá un (1) personero estudiantil por cada jornada del 
bachillerato, y uno por las sedes de primaria que será un estudiante de la sede que 
tenga el mayor número de estudiantes y curse el grado 5°. Del mismo modo, habrá un 
(1) representante por cada curso al consejo Estudiantil, a partir del grado de educación 
primaria. 
ARTICULO 20. A la celebración del DIA DEL ESTUDIANTE que se realizara el día 8 
de junio. En caso de ser este un día festivo, la celebración se hará en el día hábil 
anterior a esta fecha. Esta celebración podrá ser por cursos, secciones o 
colectivamente todo el plantel, según lo propongan los alumnos. 
ARTICULO 21. A ser atendido en mis RECLAMOS Y SOLICITUDES respetuosas 
particulares o colectivas, de manera directa o por intermedio del personero o consejo 
estudiantil, en forma verbal o por escrito, en asuntos de índole académica, disciplinaria 
y/o de bienestar, siguiendo el CONDUCTO REGULAR, que será además el mismo 
para la solución dialogada de los conflictos, establecido así: 
 Con el docente del área, asignatura o proyecto. 
 Con el Director de Grupo. 
 Con el profesor de Disciplina. 
 Con el coordinador. 
 Con el rector. 
 Con el consejo Directivo o el Consejo Académico (si el problema es de 
carácter curricular). 
PARRAFO PRIMERO. De no ser atendido según el procedimiento anterior, tengo 
derecho a presentar mis reclamos ante las autoridades competentes del orden 
Educativo, Judicial y/o Administrativo, externas al plantel. 
PARRAFO SEGUNDO. Cuando incurriere en falta grave o gravísima por primera vez, 
esta será remitida al COMITÉ DE CONVIVENCIA, conformado por el personero 
Estudiantil, un padre de familia elegido por el Consejo de Padres, y un Docente elegido
el Concejo de Profesores, todos ellos de la respectiva jornada, quienes estudiaran el 
caso, harán las recomendaciones y establecerán los compromisos de las partes en 
conflicto, con la presencia de los respectivos padres de familia o acudientes, hechos 
que se consignaran en un acta, dentro de un libro destinado para este fin. Si ocurriere 
una segunda falta grave o gravísima, o no se cumpliere con los compromisos pactados 
en el comité de convivencia, entonces el o los estudiantes comprometidos, ingresaran 
al proceso disciplinario normal pertinente. Este comité también podrá intervenir en el 
caso de conflictos entre los demás miembros y estamentos d la comunidad educativa. 
ARTICULO 22. A que se me adelante el DEBIDO PROCESO en todas las actuaciones 
disciplinarias y/o académicas, el cual será así: 
22.1. Descripción y precisión de las acusaciones, con sus pruebas, testimonios y 
evidencias, las cuales se consignaran en el espacio del observador del estudiante, 
destinado para mí, indicando los artículos del Pacto de Convivencia violados con mis 
actuaciones. 
22.2. Presentación de mis descargos, testigos, testimonios y evidencias para 
controvertir las acusaciones. 
22.3. Decisión final de quien reglamentariamente debe decidir la situación presentada y 
las sanciones y seguimiento a que haya lugar, precisando además cual será la sanción 
siguiente en caso de presentarse una nueva situación de orden disciplinario o similar. 
Así ejerzo mi DERECHO A LA DEFENSA. El procedimiento será breve y sumario y su 
desarrollo puede ser incluso verbal solamente para la aplicación de la sanción de 
SUSPENSION TEMPORAL se dispondrá hasta tres (3) días para rendir los descargos, 
testimonios y pruebas, y el investigador dispondrá de otros tres (3) días calendario 
académico para aplicar la sanción. Si la sanción es de MATRICULA CON 
COMPROMISO o de EXCLUSION tendré cinco (5) días calendario para mi defensa y 
el responsable de investigar y aplicar la sanción o exonerar, tendrá DIEZ (10) días 
hábiles, la cual se podrá ejecutar a partir del año siguiente si el fallo fuere finalizando el 
año escolar. 
ARTICULO 23. A no recibir sanciones cuando estas impliquen escarnio o afecten mi 
dignidad personal. 
ARTICULO 24. A recibir información y formación en promoción, prevención, atención, 
seguimiento y protección sobre: la educación para el ejercicio de los Derechos 
Humanos, Sexuales y Reproductivos.
ARTICULO 25. A presentar acción de tutela o de cumplimiento cuando resulten 
vulnerados mis derechos constitucionales fundamentales. 
2.2. DE LOS DEBERES 
ARTICULO 26. Cumplir y vivenciar la constitución política de Colombia, las leyes, 
reglamentos y el presente pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN 
FRANCISCO DE LA SIERRAde Lérida Tolima. 
ARTICULO 27. Respetar los derechos de las demás personas y no abusar de los 
propios. 
ARTICULO 28. A no intimidar, acosar, humillar, ridiculizar, difamar, coaccionar, aislar, 
amenazar o incitar a la violencia a los miembros de la comunidad educativa y demás 
definiciones planteadas en el Art 2, de la Ley 1620. 
ARTICULO 29. A no intimidar con el uso deliberado de las nuevas tecnologías de 
información (internet, redes sociales, correo electrónico, telefonía móvil y video juegos 
online), para evitar así el ciberbullying o ciberacoso escolar. 
ARTICULO 30. Asistir puntualmente a las clases y demás actividades sociales, 
culturales, deportivas, y de apoyo curricular programadas en la Institución, en los 
horarios establecidos para estos fines; presentándome 10 minutos antes de iniciar las 
respectivas labores y actos. 
ARTICULO 31. Presentarme a la Institución y en todos los actos en los cuales éste 
participe, debidamente bañado y bien vestido con los uniformes democráticamente 
seleccionados por nosotros, que serán así: 
MUJERES: 
Camibuso blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda. 
Zapatos con cordones de color negro. 
Medias color blanco sin adornos. 
Falda de prenses de dos y medio centímetros de ancho en poliéster azul oscuro a la 
altura de la rodilla.
HOMBRES: 
Camibuso blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda. 
Zapatos con cordones de color negro. 
Medias color azul oscuro sin adornos. 
Pantalón azul oscuro, bota recta, con correa negra. 
PARAGRAFO PRIMERO. EL UNIFORME DE EDUCACIÓN FISICA será igual para 
hombres y mujeres, así: 
 Camibuso de color blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda. 
 Pantaloneta color vino tinto con franja lateral de color oro (según modelo). 
 Tenis y medias de color blanco sin adornos. 
 La sudadera, será de color vino tinto con franja lateral de color oro (según modelo), 
bota recta y a la cintura. 
PARAGRAFO SEGUNDO. El cambio de los uniformes solo se puede realizar cada 
seis (6) años, y para hacerlo, se tomara el consenso de todos los padres de familia. En 
el evento de aceptar el cambio de modelos, colores, etc. Por la mayoría de ellos, solo 
se procederá en la medida en que los estudiantes vayan dejando sus uniformes por 
pequeños, deterioros, etc. Todos los estudiantes deberán estar uniformados a 
partir de la primera semana de mayo. 
ARTICULO 32. Presentar el carnet estudiantil debidamente refrendado para ingresar al 
plantel, tanto en mi jornada y sección, como aquellas otras en las que sea autorizado 
por el rector, el coordinador, el profesor de disciplina, o para obtener el servicio que me 
brinda el bienestar de la institución. 
ARTICULO 33. Responder por el cuidado físico de los muebles, enseres, materiales 
didácticos, y demás recursos tanto de la institución como de mis compañeros, que me 
faciliten para el desempeño de mi estudio y actividades afines, y firmar el acta de 
responsabilidad sobre los entregados a mi cuidado (pupitres, sillas, , computadores, 
implementos deportivos, etc.) y pagar el arreglo cuando los dañe intencionalmente o por 
abuso, o reponerlos en caso de pérdida o destrucción de los mismos.
ARTICULO 34. Participar en los eventos programados por la institución, así como la 
integración voluntaria a los grupos culturales, ecológicos, deportivos y/o científicos y los 
demás que se creen en el plantel, ejerciendo un comportamiento ejemplar que implique 
ser responsable, leal, honesto, tolerante y solidario, siendo consciente que al participar 
en ellos, no me exime de la presentación de todas las tareas escolares, las cuales 
serán acordadas con los profesores correspondientes. 
ARTICULO 35. Asistir de manera obligatoria y responsable a las actividades 
programadas por la Institución, para la divulgación de la Ley de Matoneo y las 
diferentes practicas a seguir en la Ruta de Atención Integral Institucional. 
ARTICULO 36. Entregar oportunamente las citaciones y comunicaciones que la 
institución envíe a mis padres y/o acudientes. 
ARTICULO 37. Presentar las evaluaciones y trabajos que los profesores consideren 
pertinentes y necesarios para el desarrollo de los programas académicos y proyectos 
educativos según los planes de estudio del colegio. 
ARTICULO 38. Demostrar mediante certificado médico, la inhabilidad para realizar 
ejercicios en la clase de educación física, o en cualquier otra. Lo anterior no me exime 
de asistir a las clases en los horarios establecidos por la institución y de realizar 
teóricamente o como ayudante del profesor, tareas que pueda realizar según el tema 
trabajado. 
ARTICULO 39. Cumplir puntual y oportunamente con las tareas, trabajos, consultas y 
demás obligaciones escolares, al igual que con los textos, cuadernos e implementos 
requeridos para realizar mi buenas educación y formación profesional. 
ARTICULO 40. Cursar y aprobar todas las áreas, asignaturas, y proyectos del plan de 
estudios, y participar de todas las actividades extracurriculares que tengan que ver con 
el desarrollo del mismo (social, comunitario, artístico, cultural, deportivo, etc.) en el nivel 
territorial y en los eventos en los que participe el colegio, y prepararme muy bien 
durante todos los años de estudio, para estar bien estructurado intelectualmente y 
obtener buenos resultados en las pruebas del ICFES o de estado, y en las pruebas 
SABER.
ARTICULO 41. Ser moderado y respetuoso durante los juegos, el descanso, las 
actividades lúdicas, y educativas teniendo presente que el espacio es reducido y que 
debe ser compartido por todos los que estamos en la institución, evitando los gritos, 
desordenes y actitudes similares. 
ARTICULO 42. Cumplir con los turnos de aseo en los lugares asignados (salones, 
patios, etc.) y colaborar permanentemente con la buena presentación de los espacios 
del plantel, sin arrojar basura ni papeles u otros elementos que desluzcan la buena 
presentación de mi entorno escolar: patios, salones, corredores, etc. 
ARTICULO 43. Llegar puntualmente al salón de clases después de los descansos y 
permanecer en él durante las horas de estudio, en el lugar asignado por los profesores, 
manteniendo el orden y la disciplina. No debo estar en los salones y aulas especiales 
de estudio durante los descansos. 
ARTICULO 44. Escuchar y acatar con respeto las observaciones que me haga el 
rector, el coordinador, los profesores y demás integrantes de la comunidad Educativa, 
incluso al monitor de curso, el personero estudiantil y el representante del grupo. 
ARTICULO 45. Presentar justificación verbal o escrita por parte de mi acudiente 
cuando no pueda asistir al plantel, y poder gozar así de los beneficios que me concede 
el presente pacto de Convivencia. 
ARTICULO 46. Dar un trato respetuoso, amable, cordial y cortes a mis compañeros, 
orientadores, directivos, empleados de la institución y personas ajenas al mismo, tanto 
dentro como fuera del establecimiento Educativo. 
ARTICULO 47. Los niños y adolescentes presentarse a la institución con cabello corto 
y bien peinados. 
ARTICULO 48. Los niños y adolescentes presentarse a la institución sin accesorios 
como piercings, aretes, pulseras, expansores o cadenas. 
ARTICULO 49. Las niñas y adolescentes presentarse a la institución sin esmalte en 
las uñas de las manos, maquillaje y otros accesorios que no sean parte del uniforme.
ARTICULO 50. Mantener un comportamiento excelente dentro y fuera de la institución, 
ya que represento formalmente al establecimiento en todo momento y lugar. 
2.3. ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES 
Es deber de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de 
Lérida Tolima, resaltar el buen desempeño social, académico, científico, cultural, 
deportivo y disciplinario de los estudiantes, cuando actúen en representación de la 
institución. En consecuencia con lo anterior se establecen los siguientes ESTÍMULOS: 
ARTICULO 51. Reconocimiento público por alguna actuación destacada y meritoria en 
representación del colegio. Lo establecen del coordinador y el Rector del plantel. Se 
promulga en el periódico, carteleras del plantel o en reuniones de carácter general. 
ARTICULO 52. Izar y portar en orden descendente las banderas de Colombia, del 
Tolima, de Lérida, de la institución, y el escudo del colegio según el desempeño en lo 
académico y disciplinario al finalizar un periodo académico. Según el promedio 
académico o el numero de excelentes que haya obtenido. Seré portador del mismo 
en todos los actos de carácter cívico y cultural en los que participe el plantel, durante 
ese periodo, y lo entregare, en el siguiente periodo a mi sucesor. Lo establece el 
consejo de profesores de cada sección o jornada. Formaran parte del CUADRO DE 
HONOR de la institución durante el respectivo periodo. Los mejores alumnos del 
periodo IV inician el siguiente año escolar en el cuadro de honor y portando los 
estandartes de las banderas y escudos respectivos. 
También participan del acto cívico de izar bandera los alumnos destacados por su 
espíritu de compañerismo, solidaridad, las acciones encaminadas a la conservación del 
medio ambiente escolar y local y, otras formativas y educativas a juicio de los docentes 
y comité directivo del plantel, conformado por el rector y el coordinador. 
ARTICULO 53. Representar la institución en eventos municipales, departamentales y/o 
nacionales e internacionales, en actividades de carácter científico, cultural, deportivo, 
intelectual, y similares. La proposición la hacen los profesores de las áreas pertinentes. 
Los alumnos deben tener un comportamiento social y rendimientos académicos 
excelentes, sobresalientes y/o aceptables como mínimo. 
ARTICULO 54. UN DIA DE CONVIVENCIA Y RECREACIÓN con su respectivo 
director de grupo y la compañía de dos (2) docentes, al curso de mejor rendimiento
académico y comportamiento social en cada sección y jornada, en cada periodo 
académico, de manera colectiva. Se realizara el viernes siguiente a la comunidad oficial 
este merito. La valoración le hace el consejo de profesores de la respectiva sección o 
jornada y el coordinador de la misma o quien haga sus veces, basándose en el mayor 
numero de excelentes obtenidos por todo los estudiantes de los cursos, o el mejor 
promedio estadístico si el plantel cuenta con esta forma de clasificación. 
ARTICULO 55. MEDALLA DE MEJOR ICFES: el estudiante que obtenga en mayor 
puntaje en las pruebas de estado en cada sección y jornada. Tendrá su nombre inscrito 
en la medalla y resaltara el merito de ser el mejor ICFES en la respectiva jornada o 
sección. Se establecerá mediante la resolución de meritos contemplada en l este 
reglamento, y se entregara, el día de graduación de la respectiva promoción de 
bachilleres. 
ARTICULO 56. CONDECORACIÓN DE EXCELENCIA: para el mejor estudiante de 
cada sección y jornada, en cada nivel educativo de la institución: preescolar, básica 
primaria y secundaria. Se entregara la medalla respectiva con la inscripción de 
EXCELENCIA, en nivel educativo y el nombre del estudiante. Se entregaran el día de la 
clausura y en los grados de los bachilleres. Se establecerá al finalizar el año escolar y 
formará parte de la resolución contemplada en el ARTÍCULO 34 de este reglamento 
ARTICULO 57. Estimular manifestaciones e indicaciones culturales de los niños y niñas 
y adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica. 
ARTICULO 58. Adquirir conocimientos de idiomas nacionales y extranjeras y de 
lenguas especiales.
3. DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES 
El presente Pacto de Convivencia del Plantel es un medio para ayudar a mejorar mi 
personalidad y carácter, aprendiendo paulatinamente a modelar mi comportamiento 
social e interpersonal. En el evento de incumplir con los deberes o cometer alguna de 
las faltas calificadas como leves, graves y gravísimas, me hare acreedor y responsable 
de mis actos y, de la consecuente sanción que pueda acarrearme mi errada conducta o 
actitud física, verbal o psicológica. 
PARAGRAFO: Si algún miembro de la comunidad educativa incurre en una conducta 
tipificada como Violencia Escolar o Matoneo se procederá de acuerdo a lo establecido 
en la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 o Ley de Matoneo 
3.1. SON FALTAS LEVES (SE CONSIGNAN EN EL ANECDOTARIO) 
ARTICULO 59. Incumplir mis deberes como estudiante de la INSTITUCION 
EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima, tanto dentro como 
fuera del plantel, plasmadas en este Manual de Convivencia. 
ARTICULO 60. Llegar tarde al Colegio, a las clases, actividades extra-clase o trabajos 
pendientes con mi estudio. Si llego tarde al colegio, colaborare con la buena 
presentación de las instalaciones de Plantel. 
ARTICULO 61. Generar y/o participar en actos de indisciplina que interrumpa el orden 
de las clases, actos culturales, cívicos, sociales, deportivos, izadas de bandera y demás 
actividades en las que participe el Plantel. 
ARTICULO 62. Realizar otro tipo de actividad de la ejecutada en un momento 
determinado como las clases, actos cívicos, sociales, deportivos, laboratorios, etc. 
ARTICULO 63. Ingresar a los sitios de acceso restringido como oficinas, laboratorios, 
sala de profesores, etc. Sin la debida autorización. 
ARTICULO 64. Llevar a clases o a las actividades del Colegio, elementos y objetos 
que no tengan relación directa con las clases o eventos ejecutados, y que interfieran 
con el normal desarrollo de las actividades que se están realizando (yoyos, atareis, 
radios, pitos, pistolas, naipes, armas blancas, celulares, etc.).En este caso se
decomisaran tales objetos y serán devueltos directamente al padre de familia, firmando 
un compromiso de no volverlos a traer. 
ARTICULO 65. Arrastrar las sillas individual o colectivamente para hacer ruido o 
desorden. 
ARTICULO 66. Tocar la campana o timbrar sin la debida autorización, creando caos y 
desorden en el plantel. 
ARTICULO 67. Usar gorras y otros elementos no contemplados como parte del 
uniforme. Las gorras y los otros elementos aquí referidos serán decomisados y 
entregados al finalizar el año escolar. 
ARTICULO 68. Consumir bebidas, comestibles y chicles en las aulas o clases 
especiales y en los actos solemnes del colegio. 
3.2. SON FALTAS GRAVES 
(CAUSAN SUSPENSION Y/O MATRICULA CON COMPROMISO) 
ARTICULO 69. Reincidir en tres o más oportunidades en la comisión de las faltas leves 
y/o en la violación a mis deberes. 
ARTICULO 70. Causar un daño intencional a los elementos de trabajo y bienes de mis 
compañeros, profesores, administrativos y/o de la institución. Además de la sanción 
disciplinaria debo restituir los elementos que haya dañado. 
ARTICULO 71. Hacer fraude o copia en las evaluaciones y/o trabajos; además la 
sanción académica y disciplinaria, se anulan los mismos. 
ARTICULO 72. Irrespetar la palabra y/o hecho de cualquier persona, sea propia o 
ajena a la institución. 
ARTICULO 73. Cuando acumula cinco llegadas tarde al establecimiento Educativo sin 
una justificación valedera, en el mismo periodo.
ARTICULO 74. Inasistencia voluntaria y persistente durante cinco o más días al 
Colegio dentro de un mismo mes y sin justificación alguna. 
ARTICULO 75. Inasistencia a clases u otras actividades individual o colectiva en las 
que participe o realice la institución, para crear desorden o desobediencia. 
ARTICULO 76. Emplear expresiones soeces y/o vulgares para referirse o tratar a las 
personas, sean del Colegio o no. 
ARTICULO 77. Evasión del plantel, de las clases o de las actividades extracurriculares 
programadas por el Colegio. 
ARTICULO 78. La insubordinación o desobediencia para acatar las órdenes dadas con 
el debido respeto de parte de algún miembro de la comunidad educativa del Plantel, en 
relación con el cumplimiento de los deberes o evitando la comisión de alguna falta. 
ARTICULO 79. Permanecer en sitios como bares, discotecas, billares y juegos de azar 
usando alguna prenda de uniforme. 
ARTICULO 80. Propiciar o realizar celebraciones inadecuadas de cumpleaños dentro o 
fuera del Plantel arrojando huevos, maizena, agua, arena, etc. 
ARTICULO 81. Cuando concedido un permiso para salir del Plantel o de alguna 
actividad en la que este participe, no regresa oportunamente, se evada o se le 
compruebe falsedad en la solicitud para la ausencia. 
ARTICULO 82. Reincidir en el fraude en las evaluaciones o trabajos escolares u otras 
responsabilidades como estudiante. 
ARTICULO 83. El incumplimiento voluntario de alguna sanción impuesta por infracción 
al Manual de Convivencia. 
ARTICULO 84. Escribir y/o dibujar epítetos, expresiones, grafitis obscenos, vulgares o 
soeces en paredes, pupitres, libros, cuadernos, etc. Que denigren del honor y la honra 
de las personas o las instituciones.
ARTICULO 85. Encubrir las faltas de los demás o entorpecer alguna investigación que 
adelante cualquier autoridad perteneciente o no a la institución. 
ARTICULO 86. Interrumpir las clases, actos culturales, deportivos, religiosos, cívicos, 
etc. Con silbidos, gritos o acciones que causen molestia a los participantes o 
ejecutores. 
ARTICULO 87. El uso de celulares en las clases, actos culturales o ceremonias 
especiales. 
ARTICULO 88. La trasgresión de alguna de las prohibiciones siguientes en el uso de 
las SALA DE SISTEMAS: 
 Ingresar y/o consumir bebidas, dulces, chicles, comidas y sustancias similares. 
 Fumar dentro de la sala. 
 Desconfigurar los equipos, suprimir programas o agregar otros no permitidos. 
 Generar indisciplina o no permanecer en el sitio del trabajo. 
 Enviar impresiones no autorizadas. 
 Dañar y/o sustraer elementos del hardware. 
 Enviar mensajes ofensivos, terroristas, vulgares y similares o crear archivos de 
esta naturaleza. 
 Manipular el servidor, el aire acondicionado, los controles eléctricos y similares 
sin autorización. 
 Ingresar memorias no autorizadas o elementos no permitidos: Cuadernos, 
lápices, cd, etc. Estos elementos se decomisaran. 
PARAGRAFO. Además de la sanción disciplinaria, el estudiante se somete al siguiente 
proceso sancionatorio en relación con el uso de la Sala de Sistemas: 
 La primera vez, no puede asistir a clases durante una (1) semana. 
 La segunda vez, no puede asistir a clases durante un (1) periodo. 
 La tercera vez, no puede ingresar al aula de sistemas durante un (1) semestre. 
 La cuarta vez, pierde el derecho al uso de la sala durante un (1) año. 
ARTICULO 89. En el caso del USO DEL TRANSPORTE ESCOLAR, se consideran 
faltas graves.
 Tratar con groserías y/o vulgaridades al conductor, los pasajeros o transeúntes. 
 Crear desorden e indisciplina cuando use el servicio. 
 No acatar las órdenes o llamados de atención de parte del conductor o 
responsable del transporte escolar. 
 Causar daños a muebles y partes del vehículo. Se suspende el servicio por un 
año. Si reincide se hará de por vida. 
PARÁGRAFO. Si los usuarios son personas particulares no volverán a disfrutar del 
servicio. 
3.3. SON FALTAS GRAVISMAS (CAUSAN LA ESCLUSIÓN DEL PLANTEL). 
ARTICULO 90. Reincidir en una más o más faltas graves. 
ARTICULO 91. El uso de espejos y de celulares para violar la intimidad de los 
compañeros, pedos químicos, polvos pica- pica, pólvora y otras sustancias similares 
que puedan causar daños físicos y/o en los miembros de la comunidad educativa de la 
institución. 
ARTICULO 92. Portar o introducir armas de fuego y/o (cuchillos, navajas y similares) 
al plantel o en las actividades en la que este participe, excepto que sean solicitadas por 
los docentes, directivos o personal administrativo para cumplir o desarrollar alguna labor 
educativa especial. Los elementos incautados son suficientes evidencias para la 
aplicación de la sanción respectiva y se confiscaran para ser entregados a la autoridad 
competente. 
ARTICULO 93. Fumar, consumir, introducir, comercializar o inducir al consumo de 
bebidas alcohólicas psicotrópicas y/o alucinógenos dentro o fuera de la institución. 
Igual cuando consuma cigarrillos o incite a otros a que lo hagan dentro del plantel 
o en los actos que este participe. 
ARTICULO 94. El hurto de dinero, de libros, útiles escolares, bienes de la institución o 
de las personas que laboran en el, etc. O encubrir a los alumnos que realizan esta clase 
de actos. Debe reponer lo robado. 
ARTICULO 95. Propiciar o participar en peleas dentro y fuera del establecimiento con o 
sin uniforme.
ARTICULO 96. La agresión física, verbal, psicológica, la intimidación, ridiculización, 
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia de 
manera reiterada y sistemática, a cualquier miembro de la comunidad del plantel o del 
medio social en el que viven. Si causa daños físicos, el agresor debe responder 
económicamente por los gastos. 
ARTICULO 97. Alterar y/o falsificar certificados, calificaciones, trabajos, excusas y 
demás documentos que significan procesos educativos o evaluativos a cualquier 
documento oficial. 
ARTICULO 98. Reiterada destrucción de objetos y útiles de la institución y/o de sus 
compañeros. Debe responder económicamente por ellos. 
ARTICULO 99. En cumplimiento de un compromiso firmado con anterioridad, bien sea 
en el observador del alumno o mediante un acta. 
ARTICULO 100. Cuando los hechos cometidos dentro o fuera del establecimiento 
menoscaben el buen nombre de la institución como investigaciones penales, 
secuestros, escándalos, atracos, extorciones, delitos sexuales y similares. 
ARTICULO 101. Cuando pierda dos años lectivos consecutivos en un mismo grado. 
ARTICULO 102. Cuando a juicio del coordinador y el consejo de profesores al finalizar 
cada periodo académico en el año escolar, tenga rendimiento académico bajo (6 o 
más asignaturas áreas o proyectos con insuficiente o deficiente) y mal comportamiento 
social sea BAJO así el rendimiento académico sea Básico, Alto o superior. 
ARTICULO 103. El uso de prácticas satánicas o de brujería. 
ARTICULO 104. La comisión de acciones violentas o la inducción de otros a 
cometerlas, conformar pandillas delictivas, la participación en grupos al margen de la 
ley, o la comisión de delitos contemplados en el código penal colombiano como 
privativos de la libertad. 
ARTICULO 105. La intencionalidad o comportamientos de agresión sexual, intentar 
besar o acariciar suave o violentamente a cualquier miembro de la comunidad 
educativa de manera directa o furtiva.
3.4. DE LAS SANCIONES 
ARTICULO 106. ANOTACIÓN EN EL OBSERVADOR O ANECDOTARIO DEL 
ALUMNO. Se establece esta sanción cuando infrinja las faltas leves. La aplica el 
docente o directivo que tenga conocimiento directo o indirecto del caso. El alumno debe 
comprometerse a mejorar su comportamiento .el seguimiento lo hace el director de 
grupo. 
ARTICULO 107. SUPENSIÓN TEMPORAL DE CLASES. Se aplica cuando se causan 
faltas graves. La establece el coordinador de la sección o jornada y el mismo hará el 
seguimiento. La suspensión puede ser de uno a tres días y se citara al acudiente para 
darle a conocer la sanción, las causas y consecuencias, verbalmente o por escrito si no 
asiste al plantel. 
Durante los días de suspensión deberá realizar un trabajo ecológico en el medio 
geográfico de la población, consiste en la siembra y cuidado permanente de TRES (3) 
plantas en lugar determinado por el docente responsable del proyecto ecológico o del 
servicio social, o un trabajo afín. También lo puede cumplir en acciones de buena 
presentación y embellecimiento de las instalaciones del plantel. 
ARTICULO 108. ACTA DE COMPROMISO O MATRICULA EN OBSERVACIÓN. Se 
aplica cuando un estudiante que ha sido suspendido de clases comete una nueva falta, 
así sea leve. La aplica el rector o coordinador de la jornada. El alumno debe asistir por 
su propia cuenta a terapia con un profesional de la psicología o psiquiatría. Si no se le 
hace, entonces se le aplica como sanción, la EXCLUSIÓN al finalizar el año escolar, el 
organismo o directivo que aplico la MATRICULA CON COMPROMISO, decide si se le 
suspende o continua en el año siguiente bajo esta condición. 
ARTICULO 109. EXCLUSION COMO ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN. Procede 
cuando se incurra en las faltas gravísimas. Puede ocurrir en cualquier momento del año 
según la intencionalidad, reincidencia o la gravedad de la falta o faltas cometidas. La 
aplica el rector mediante resolución motivada, previo concepto de la junta directiva de la 
asociación de padres de familia si el estudiante no ha cumplido 18 años de edad. 
El estudiante tiene derecho a los recursos de REPOSICIÓN ante el rector, el cual debe 
decidir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la representación del 
recurso, y al de APELACIÓN ante el gobierno escolar en pleno, dentro cinco (5) 
días hábiles siguientes a la culminación del tiempo de la solicitud del recurso de
reposición. El tiempo vacacional no se contabiliza. Si fuere finalizado el año escolar, la 
decisión se tomara cuando se inicien las clases en el año lectivo siguiente. Si la 
decisión se confirma, el rector emitirá una nueva resolución y contra esta segunda 
providencia no existe recursos administrativos institucionales. 
PARAGRAFO. Si la falta cometida ocurre dentro del último periodo académico del año 
escolar, el rector puede permitirle al estudiante, terminar el año escolar de manera 
desescolarizada, es decir, el alumno no viene a clases pero tiene el derecho a que 
presente las evaluaciones que le permitan continuar y terminar su año escolar. Así lo 
dejara escrito en la segunda resolución y la exclusión se hará efectiva al año siguiente, 
sin el beneficio de ningún recurso ante lista decisión final, en todo caso, el estudiante 
excluido no se recibe antes de cumplidos cincos años de la sanción. 
ARTICULO 110. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA 
ESCOLAR. El comité de Convivencia en su labor formativa establecerá un trabajo 
pedagógico buscando la mitigación de la conducta punible. Caso contrario, se le dará 
tramité a otras instancias establecidas por la ley. 
ARTICULO 111. DEFINICIONES DE LAS AGRESIONES: (Art. 39. Decreto 1965 de 
sept 11 de 2013) 
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad 
real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los 
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la 
convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más 
miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y 
siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los 
involucrados. 
3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la 
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la 
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión 
escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. 
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al 
cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, 
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, 
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, 
burlas y amenazas. 
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, 
humillar, atemorizar o descalificar a otros. 
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las 
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y 
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen 
que tiene la persona frente a otros. 
e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a 
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos 
íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos 
sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes 
de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se 
revela la identidad de quien los envía. 
4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, 
es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, 
humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o 
incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por 
medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o 
varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se 
presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede 
ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra 
docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 
5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 
de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de 
información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) 
para ejercer maltrato psicológico y continuado. 
6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 
de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto 
o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, uti lizando 
la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando
las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes 
entre víctima y agresor". 
7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda 
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los 
niños, niñas y adolescentes 
8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el 
conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la 
restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad 
para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 
ARTICULO 112. Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la 
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, 
se clasifican en tres tipos: 
1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados 
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el 
clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 
2. Situaciones Tipo 11. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión 
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las 
características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las 
siguientes características: 
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. 
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna 
para cualquiera de los involucrados. 
3. Situaciones Tipo 111. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión 
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y 
formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando 
constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 
ARTICULO 113. ORDEN DE LAS SANCIONES. Las sanciones se aplicaran 
preferentemente en el orden de los artículos 104,105,106 y 107 de este manual de 
convivencia, pero el orden y la magnitud de la sanción estará sujeta a la gravedad de la
actitud anticonvencional, caso en el cual no se tiene en cuenta la secuencialidad 
establecida.
4. ACUERDOS ACADÉMICOS 
4.1. DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN 
CRITERIOS PARA LA EVALUACION Y PROMOCION DEL RENDIMIENTO DEL 
APRENDIZAJE DEL EDUCANDO 
En esta propuesta se desarrollan los aspectos planteados por los Artículos3, 4 y 6 del 
Decreto 1290 de 2009. 
4.1.1. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION: 
A. LA EVALUACION: La evaluación es un proceso permanente que busca 
estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y 
valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos y fines 
propuestos en el P.E.I. y de manera especial en el plan de estudios y el manual 
de convivencia en función de la calidad y excelencia . 
El estudiante de la Institución está predeterminado cognitiva, motriz, volitiva y 
psicomotoramente para adquirir y asimilar el conocimiento constructivo que 
imparten los docentes de la Institución. 
Las características individuales de los estudiantes se determinan por las 
necesidades que cada uno tiene en sus hogares, encontramos jóvenes que 
trabajan en oficios agrícolas u oficios varios en el hogar, por esta razón los 
desarrollos o avances en el proceso de formación son diversos y las expectativas 
diferentes. 
Como el proceso de adquisición del conocimiento es individual, este va a la par 
del desarrollo de cada estudiante y se evidencian de manera personal en cada 
uno de ellos. 
Con la aplicación de estrategias metodológicas diseñadas dentro del marco 
pedagógico institucional, se identifican los ritmos de aprendizaje de los 
estudiantes para valorar los aspectos de formación integral en los educandos. 
Con el SIE los docentes adoptan estrategias procedimentales que alimentan los 
contenidos que aportan los conocimientos básicos de los educandos en cada
una de las áreas fundamentales y complementarias indispensables en un 
desarrollo integral. 
El proceso pedagógico adoptado por la Institución permite que el educando se 
alimente y retroalimente con información académica, a través de mecanismos 
didácticos con formas innovadoras y creativas que apoyan al educando en las 
necesidades presentadas y se fortalezcan los procesos de formación integral. 
El proceso pedagógico institucional, presenta características que permiten 
incentivar a los educandos avanzados en el proceso de formación integral. Esto 
genera un buen ambiente en la relación docente-estudiante, estudiante-estudiante, 
directivo docente- estudiante; ya que en virtud a los desempeños 
superiores de algunos estudiantes, estos se convierten en impulsadores, 
gestores y complemento para un buen proceso de enseñanza en el aula de clase 
y fuera de ella. 
Los procesos generados dentro del SIE son complementarios y aportan al ajuste 
e implementación del plan de mejoramiento institucional. 
CRITERIOS: 
 En el proceso de evaluación de las actividades curriculares se tendrá en 
cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los 
estudiantes: cognitiva, actitudinal, evolutiva y psicomotora. 
 La evaluación es también la valoración cuantitativa y cualitativa 
(desempeños) del proceso de aprendizaje en la formación integral del 
estudiante y se hace bajo la responsabilidad del profesor. 
 Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos 
evaluativos orientados y concertados con el profesor que contenga los 
siguientes elementos: que sea continua, integral, sistemática, flexible, 
interpretativa, participativa y formativa. 
 Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzados o 
dejados de alcanzar por parte del estudiante. 
 Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto la enseñanza 
integra contenidos y procesos. 
 En cada periodo se valorará el aprendizaje del estudiante en todas las áreas 
de formación, en aspectos tales como: alcancedeestándares de aprendizaje
(compromisos académicos y de convivencia), desarrollo de procesos de 
aprendizaje y adquisición de competencias. 
 La valoración mínima para aprobar un área es seis (6.0). 
 Cuando son varias las asignaturas de un área debe promediarse los 
resultados para obtener la valoración del área. 
 Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas 
semanales, deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más 
intensidad un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por 
“periodo académico”. 
 Si en la valoración de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales, se 
debe manejar una sola cifra decimal. 
 La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas , será el 
promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas 
actividades de aprendizaje; más la nota de autoevaluación, heteroevaluación 
y coevaluación dadas por el estudiante con base en su disciplina, interés, 
cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases. 
PROMOCION: 
 La promoción se hace con base en áreas de aprendizaje aprobadas y no 
de asignaturas en particular. 
 Para efectos de promoción, en el nivel de educación básica ciclo de 
primaria en los grados primero a tercero la promoción se circunscribe al 
rendimiento del estudiante en lenguaje y matemáticas. Sin desconocer la 
importancia de las demás y el criterio del comité de evaluación y 
promoción. 
 Teniendo como referente los estándares básicos y los lineamientos 
expedidos por el M.E.N. y lo establecido por el P.E.I. , la denominación 
desempeño básico se entiende como la separación de los desempeños 
necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales. 
 Si el estudiante presenta desempeño bajo en matemáticas o lenguaje por 
dos años consecutivos reprobará a partir de cuarto primaria hasta grado 
once. 
 Cuando en tres (3) o más áreas obtiene un estudiante valoraciones 
inferiores a seis (6.0), se infiere que no alcanzó el desempeño básico y
por lo tanto la ubicación corresponderá a desempeño bajo, entonces 
reprobará. 
 El desempeño bajo se entiende como la no superación del desempeño 
básico y no da el derecho al estudiante a ser promovido al grado superior 
o al diploma de bachiller. 
 El estudiante se promueve al grado superior o al diploma de bachiller 
cuando apruebe todas las áreas o cuando promediadas las valoraciones 
de todas las áreas de formación arrojen una nota mínima de siete (7.0), 
siempre que no haya perdido más de una (1) área y esta no este valorada 
con una nota inferior a cuatro (4.0); en este caso el estudiante no está 
obligado a presentar superación del área perdida. 
 Toda inasistencia a las actividades curriculares debe ser justificada, se 
pierde un área o asignatura con valoración de uno (1.0), cuando el número 
de ausencias no justificadas sea igual o superior al 15 % de la intensidad 
horaria de esa área o asignatura. 
 Únicamente la excusa médica o por calamidad doméstica comprobada 
tiene validez académica. 
 Para efectos de promoción el valor porcentual de cada uno de los 
periodos será el 15% o en su defecto caso justificado el 30%. 
 Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento 
para todos los docentes que orientan clases desde el grado primero hasta 
el undécimo en la institución educativa, por cuanto, el sistema de 
evaluación del aprendizaje es parte fundamental del proceso de calidad 
del servicio educativo. 
SUPERACIONES: 
Las superaciones se harán en el transcurso de cada periodo académico. Si por algún 
motivo un estudiante llega al final del año escolar perdiendo áreas o asignaturas se 
aplicará el siguiente procedimiento. 
 Solo se permite la superación cuando el estudiante ha perdido una (1) o dos (2) 
áreas o un número de asignaturas que no rebase las tres (3) áreas. 
 La valoración de una superación, no excederá los rangos estipulados para el 
desempeño básico salvo el criterio del docente.
 Si el estudiante pierde dos (2) áreas deberá pasar por lo menos una (1) de ellas 
en la primera convocatoria para continuar el proceso, de lo contrario será 
reprobado. 
 Las convocatorias que hace el plantel son obligatorias para todos los estudiantes 
a menos que se compruebe enfermedad del estudiante o calamidad doméstica. 
 Los estudiantes que pasado un año, de la fecha de terminación del año lectivo 
no se presenten a superar las áreas o asignaturas perdidas, deben repetir el 
grado si desean continuar estudiando. 
 Las superaciones no se no se circunscriben exclusivamente a pruebas escritas, 
deben hacer parte de dichas actividades, las pruebas orales y escritas, los 
trabajos prácticos y escritos, etc. en lo posible, la valoración definitiva debe ser el 
promedio de por lo menos dos (2.0) notas parciales. 
ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS. 
Para los estudiantes no promovidos, se aplicara lo siguiente: 
- La institución educativa diseñará programas específicos, es decir (asignaturas o 
áreas perdidas) para los educandos que no alcanzaron la promoción al grado 
siguiente. Se hará un seguimiento en el desarrollo de los programas por parte del 
consejo académico y el estudiante alcanzara la promoción en la medida en que 
demuestre la superación de insuficiencias académicas. Solo tendrá el primer 
periodo del año siguiente para demostrar suficiencias y poderse matricular en el 
grado siguiente, de no hacerlo reprobara el grado. Si el mismo estudiante 
reprueba el mismo grado durante dos años consecutivos se le recomendara 
cambiar de Institución Educativa 
Si el estudiante y sus padres están interesados en que no se repita el año escolar, 
cuando el desempeño del estudiante haya sido valorado de forma definitiva como bajo, 
se aplicara el siguiente procedimiento: 
- Solicitud escrita dirigida a la coordinación al terminar al año lectivo y antes de la 
clausura.
- El coordinador informara a los docentes y solicitara que estos señalen las 
competencias no alcanzadas y que imposibilitaron su promoción así como los 
contenidos afines. 
- Si el estudiante cree a conciencia que está en condiciones de demostrar que 
maneja los contenidos temáticos y por ende puede alcanzar los estándares que 
quedaron pendientes; entonces, en la última semana de enero del siguiente año, 
al que se aplaza, puede solicitar por escrito a la rectoría que se ordene la 
práctica de los exámenes correspondientes, que de ser aprobados se levantara 
por parte del comité institucional de evaluación y promoción el acta de 
promoción y se le renovara la matricula al grado siguiente. 
COMITÉ INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION. 
El Sistema Institucional de evaluación, debe garantizar su aplicación racional y ética, 
por esta razón la institución contara con un comité de Evaluación y Promoción, el cual 
estará integrado por el rector o su delegado, el coordinador, dos representantes de los 
docentes de los cuales uno debe pertenecer al nivel básico y el otro al de media, dos 
representantes de los padres de familia y el personero estudiantil. El cual se dará su 
propio reglamento. 
4.1.2. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL. 
Los resultados de las valoraciones se expresa numéricamente en la escala de 1 a 100, 
con un equivalente conceptual expresado en desempeños: 
Rangos de valoración cuantitativa equivalente conceptual 
9.5 a 10.0 Desempeño Superior 
8.0 a 9.4 Desempeño Alto 
6.0 a 7.9 Desempeño Básico 
1.0 a 5.9 Desempeño Bajo
Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos a nivel 
territorial, la escala institucional tendrá sus equivalencias en la escala de valoración a 
nivel nacional y los darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado 
general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas 
obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el 
correspondiente grado. 
4.1.3. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE 
LOS ESTUDIANTES. 
 Toda prueba escrita se estructurara y aplicara teniendo como base las pruebas 
externas (Saber e ICFES). 
 Al aplicar las pruebas se deben tener en cuenta aspectos como: Apropiación de 
conceptos a partir de la comprensión, el análisis, la discusión crítica. Esto nos 
puede permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido 
por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de 
solución de problemas 
 En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan independizar los 
resultados de factores relacionados con la pura recordación, acudiendo a 
consulta de textos, notas y otros recursos que sean necesarios. 
 Las pruebas estarán ligadas a constatar conceptos y otros factores cognitivos. 
 Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del 
pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y 
cooperación. 
 Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración. (Tales como: 
Talleres, test, exposiciones, trabajos escritos.) 
 Para los trabajos escritos dejados a los estudiantes para ser evaluados 
posteriormente, el docente debe dar bibliografía, en lo posible de la existente de 
la biblioteca de la institución o dirección en web. 
 Los trabajos individuales o en grupo deben ser planeados y asignados para ser 
realizados en clase con la orientación del profesor. 
 Las tareas para la casa se justifican como complemento del tema visto en clase 
o para abrir el siguiente tema.
4.1.4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS 
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 
Los siguientes son los procedimientos: 
 La Institución Educativa propondrá y desarrollara estrategias que busquen 
mejorar el rendimiento académico de sus estudiantes. 
 El director de grado como integrante institucional y aplicando el Pacto de 
Convivencia hablara con el estudiante sobre la(s) situación académica(s) o 
disciplinaria(s) que se puedan estar presentando, para invitarlo a remediar la 
situación. 
 Si la situación continua igual o peor, pasará el caso a conocimiento del 
coordinador de la Institución. 
 Si en la instancia anterior no se encuentra solución, se aplicará en su orden los 
siguientes pasos según el Pacto de Convivencia: 
-Solicitud de la presencia del padre de familia. 
-Devolución de la constancia de notificación. 
-Reunión con el padre de familia, el estudiante implicado, el director de grado y 
los demás profesores que se consideren necesarios. Como resultado de esta 
reunión quedara un acta de seguimiento institucional. 
4.1.5. PROCESO DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 
- Hablar de autoevaluación significa practicar la valoración individual es decir las 
propias acciones, esto es un ejercicio fundamental en la formación de la persona 
y del estudiante en particular, permitiendo así la identificación de los avances y 
dificultades. 
- En la autoevaluación generada en el aula de clase, el estudiante por principio 
de responsabilidad podrá colocarse como nota máxima la correspondiente al 
mayor parcial obtenido en el periodo. 
- Un estudiante que muestre buena disciplina, interés, cumplimiento de 
compromisos y colaboración en las clases puede solicitar a su profesor que se 
le valore con una nota mínima en el rango de desempeño alto.
4.1.6. ESTRATREGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER 
SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. 
- En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares 
complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y superación con el 
propósito de que los estudiantes alcancen las competencias no alcanzadas en el 
transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son de 
obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no habrá 
lugar a reclamaciones. 
- Al terminar el año lectivo se programará en la última semana de labores una 
nivelación general para estudiantes, con estos resultados la secretaria de la 
institución y bajo la vigilancia directa del comité insti tucional de evaluación se 
procederá a ordenar las promociones o aplazamientos para los estudiantes que 
hayan presentado hasta el momento problemas para definir su promoción. 
- Si un estudiante de grado once llevase áreas o asignaturas perdidas, pero en las 
pruebas ICFES muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia adelante, se 
le dará como estímulo la aprobación con valoración de acuerdo a su desempeño 
en orden ascendente. Los rangos de reconocimiento serán fijados por el consejo 
académico al finalizar el año escolar. 
4.1.7. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y 
DOCENTES DE LA INSTITUCION CUMPLAN CON LOS PROCESOS 
EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE 
EVALUACION. 
Se aplicará el siguiente procedimiento: 
- Al comenzar cada periodo del año lectivo el profesor de la asignatura presentará 
a los estudiantes los estándares, las competencias, los logros y sus indicadores 
que debe alcanzar junto con el plan de valoraciones parciales de su área. 
- Durante la primera semana de cada periodo, los docentes deben presentar a la 
coordinación respectiva el plan de área o asignatura. 
- El coordinador debe velar porque las planillas que se pasen a secretaría estén 
debidamente diligenciadas y que contengan la cantidad mínima de notas 
parciales exigidas.
- Las actividades académicas o pedagógicas que se programen fuera del plantel 
deben planearse y presentarse a la coordinación respectiva con la programación 
de la unidad temática a desarrollar; estas estarán sujetas a su aprobación por 
parte del rector de acuerdo con la ley. 
4.1.8. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE 
FAMILIA. 
- El proceso evaluativo se hará con referencia a 4 periodos de igual duración en 
los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo 
máximo de 15 días calendarios el padre de familia recibirá el informe sobre el 
desempeño integral de su hijo. 
- Al terminar el año lectivo se hará entrega a los padres de familia o acudientes un 
informe final el cual contiene los datos consolidados del desempeño integral del 
estudiante. 
- La reunión de padres de familia programada por periodo, en el cronograma 
general de actividades del plantel para entregar el informe sobre el rendimiento 
académico y de comportamiento del estudiante son de obligatorio cumplimiento 
por parte del padre de familia o acudiente. 
4.1.9. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES PARA QUE 
SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACION INTEGRAL 
DEL AVANCE EN LA FORMACION. 
- El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma 
escrita en el que se dará cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso 
formativo en cada una de las área tanto a nivel académico como disciplinario. 
Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la 
escala y su equivalente cualitativo. Señalando los aspectos positivos y las 
dificultades presentadas durante el periodo con las recomendaciones para 
mejorar. 
- El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para 
cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el 
cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido 
para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores y la valoración 
general del cumplimiento y disciplina.
4.1.10. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y 
RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE 
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, Y SIGUIENDO UN DEBIDO PROCESO 
SERA: 
- El docente del área. 
- La coordinación. 
- El comité institucional de evaluación y promoción. 
- El consejo académico, que por Ley el Rector lo convoca y lo preside será la 
instancia máxima para solucionar problemas de carácter académico. 
Son las instancias a las cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante, 
siguiendo el conducto regular, cuando no se sienta satisfecho con la valoración 
realizada por los docentes. En todos los casos los interesados deberán dirigirse a 
las respectivas instancias, de manera respetuosa por escrito y fundamentado en 
evidencias reales no en supuestos. 
4.1.11. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE 
EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 
La comunidad participará del proceso de construcción del sistema de evaluación 
institucional a través de sus representantes ante el consejo directivo, ellos 
representan a los padres de familia, tramitarán sus propuestas e inquietudes y 
establecerán canales de comunicación. Lo mismo que con los demás 
representantes de los diferentes estamentos. 
NOTA: el presente proyecto del SIE será interpretado, analizado, ajustado, mejorado y 
adoptado por el Consejo Directivo de la Institución mediante un Acuerdo de resolución 
rectoral.
5. MANUAL DE FUNCIONES 
5.1. APARTES DEL MANUAL DE FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN. 
El presente manual de funciones “MF” se basa en las normas del nivel nacional, 
departamental y municipal, e incorporan aquellas nuevas que promulguen las 
autoridades de estos niveles y el gobierno escolar y sus organismos, pertinentes. A la 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima. Las 
principales normas aquí incluidas son: 
1. La Constitución nacional –CN- de Colombia, 1991. 
2. La Ley 115 de 1994 o ley general de educación. LGE. 
3. La Ley 715 de diciembre 21 de 2001, o ley general de participaciones, LGP. 
4. La Ley 734 de febrero 5 de 2002, o código único disciplinario, CUD. 
5. El Derecho ley 2277 de 1979 o estatuto docente, ED. 
6. El Derecho 1860 de agosto 3 de 1994 de fondo de servicios docentes.FSD. 
7. El Derecho 1857 de agosto 3 de 1994 de organización educativa, OE. 
8. El Derecho 992 de mayo 5 de 2002 de los fondos de servicios educativos, FSD. 
9. El Decreto 230 de febrero 11 de 2002, sobre evaluación y promoción de 
educandos, EPE. 
10. El Decreto de 1850 de agosto del 2002, sobre jornadas escolar y laboral, JEL. 
11. La Resolución 13342 de julio 23 de 1982 de las funciones y cargos en los 
planteles educativos, FCPE. 
12. El Decreto departamental N° 685 de junio 28 de 1993: manual de funciones. 
13. Ley 909 de carrera administrativa y demás normas concordantes y 
reglamentarias. 
14. El Decreto 1289 de abril 27 de 2005. Asociación de padres de familia. 
PARÁGRAFO. El personal administrativo podrá participar en las deliberaciones del CD 
con voz pero sin voto, cuando este les formule invitación, a solicitud de cualquiera de 
sus miembros. 
5.2. PRINCIPIOS RECTORES DEL MANUAL DE FUNCIONES 
El presente manual de funciones contiene lo que debe tener cada funcionario, cargo o 
dependencia contenida en el organigrama o carta orgánica de la INSTITUCION 
EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima.
ARTICULO 114. La actuación de las autoridades públicas deberán ceñirse a los 
postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquello 
adelante (art. 83 CN), y serán responsables ante las autoridades por infringir la 
Constitución y la Ley, así como por la omisión o extralimitación en el ejercicio de sus 
funciones (art. 6, CN). 
5.3. DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA. 
Está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los 
principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y 
publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de 
funciones. 
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado 
cumplimiento de los fines del estado. 
La administración pública en todos sus ordenes tendrá un centro interno que se 
ejercerá en los termino que señala la Ley (art. 209 de la CN). 
ARTICULO 115. CODIGO UNICO DISCIPLINARIO. Todos los empleados de la 
INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima se 
deben acoger a los derechos, deberes y prohibiciones contenidas en el art. 33, 34, 35, 
36, 37, 38, 39, y 40 de la CUD.
6. COMUNIDAD EDUCATIVA 
ARTICULO 116. DE LAS FUNCIONES DEL RECTOR. (Dec.1860 Art. 25) 
Le corresponde al rector del establecimiento educativo: 
1. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones 
del gobierno Escolar. 
2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno 
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 
3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en 
el establecimiento. 
4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los 
patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la comunidad local, para el 
continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida 
comunitaria. 
5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la 
comunidad Educativa. 
6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 
7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el 
pacto de Convivencia. 
8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a 
favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 
9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al Establecimiento con la 
comunidad local. 
10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, pertinentes a la 
prestaciones del servicio público educativo, y 
11. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya 
el Proyecto Educativo Institucional. 
ARTICULO 117. DE LOS PROFESORES, ORIENTADORES Y MEDIADORES. Les 
corresponde: orientar, formar y guiar las actividades curriculares, disciplinarias y 
dirección de grupo, para que los estudiantes logren los cambios de conducta y 
aprendizaje propuestos. 
ARTICULO 118. Son FUNCIONES GENERALES DE LOS PROFESORES, 
ORIENTADORES Y MEDIADORES: 
1. Participar en el consejo directivo y académico cuando sea elegido, y en los distintos 
comités que se conformen en la institución, incluido el de la evaluación y promoción
2. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de las actividades de 
su área, proyectos o asignatura. 
3. Programar y organizar las actividades de enseñanza- aprendizaje de las asignaturas, 
áreas y/ o proyectos a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la 
programación a nivel de área. 
4. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su 
personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. 
5. Participar en la realización de las actividades de apoyo y complementarias a la 
acción educativa extra- clase a que haya lugar. 
6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza, 
aprendizaje. 
7. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o el coordinador, las 
estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación. 
8. Presentar al jefe de área o al coordinador, el informe del rendimiento de los alumnos 
a su cargo, al término de cada uno de los periodos académicos y al finalizar el año 
escolar y refrendarlos con su firma. 
9. Participar en la orientación de los estudiantes conforme lo determine el PC de la 
Institución y presentar los casos especiales de comportamiento y rendimiento escolar a 
los directores de grupo, jefes de área, coordinadores y/ o a la orientación escolar para 
su respectivo tratamiento. 
10. Presentar periódicamente informe al jefe de área o al coordinador sobre el 
desarrollo de las actividades propias de su cargo. 
11. Ejercer la dirección del grupo. 
12. Cumplir con la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las 
normas vigentes. 
13. Cumplir con los turnos de disciplina que le sean asignados. 
14. Responder por la disciplina de la clase en el curso que le corresponda laborar. 
15. Participar en los actos comunitarios y asistir a las reuniones convocadas por las 
directivas del plantel.
16. Atender a los padres de familia y estudiantes en los horarios establecidos para tal 
fin. 
17. Establecer la detención oportuna y el apoyo en la orientación en casos de mal 
nutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia, y explotación económica y 
laboral, las normas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores 
formas de trabajo infantil. 
18. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y 
materiales confiados a su manejo. 
19. Evitar el maltrato, la intimidación, la humillación, la ridiculización, la difamación, la 
coacción, el aislamiento, la amenaza y la incitación a la violencia de hecho, de palabra 
o a través de la internet, de teléfonos móviles, correo electrónico y redes sociales a 
cualquier miembro de la comunidad educativa. 
20. A no ser maltratado, intimidado, humillado, ridiculizado, difamado, coaccionado, 
aislado, amenazado e incitado a la violencia de hecho, de palabra o a través de la 
internet, de teléfonos móviles, correo electrónico y redes sociales, por parte de 
cualquier miembro de la comunidad educativa. 
21. Propiciar acciones pedagógicas que fomenten el respeto por los derechos 
humanos, por la vida sexual y reproductiva y por la convivencia escolar. 
22. Fomentar el buen uso de las TICS para evitar el cyberbullying. 
23. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar 
y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la 
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Además de las que establece la 
normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de matoneo, violencia 
escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en 
establecimiento educativo, particularmente en el aula de clase, acorde con los 
artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el 
manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral 
para la Convivencia Escolar. 
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de 
ambientes de aprendizaje democráticos y tolerantes que potencien la participación, la 
construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la 
dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación 
del clima escolar del establecimiento educativo. 
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 
24. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la 
naturaleza de su cargo. 
PARÁGRAFO PRIMERO. DEL PROFESOR DIRECTOR DE GRUPO. El docente 
encargado de la dirección de algún curso tendrá además las siguientes funciones: 
1. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes, 
teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personal. 
2. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiado a su 
dirección. 
3. Ejecutar accionar de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los 
estudiantes. 
4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su compartimiento y 
aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. 
5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en 
coordinación con otros estamentos, principalmente con los padres de familia de esos 
alumnos, las soluciones más adecuadas. 
6. Establecer comunicación permanente con los coordinadores, profesores y padres de 
familia o acudientes para coordinar y mejorar la acción educativa de sus alumnos. 
7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su 
cargo, en coordinación con los servicios de bienestar. 
8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo: 
salidas pedagógicas, jornadas deportivas, lúdicas, culturales, etc. 
9. Rendir periódicamente informe a los coordinadores de las actividades y programas 
realizar. 
10. Elaborar el plan anual de actividades del curso.
11. Diligenciar oportunamente los formatos para el seguimiento académico y 
disciplinario del alumno. 
12. Realizar las acciones disciplinarias a que haya lugar de acuerdo con lo establecido 
en el pacto de convivencia. 
PARÁGRAFO SEGUNDO, DE LOS PROFESORES DE DISCIPLINA. 
13. Colaborar con el coordinador en los turnos de disciplina que le sean asignados. 
14. Recibir a los alumnos 10 minutos antes de iniciar las clases, y en el momento del 
ingreso al colegio verificar su presentación personal. 
15. Dar orientaciones generales a los alumnos relacionadas con el comportamiento, 
normas de higiene, recomendaciones especiales, etc. Antes de iniciar clases. 
16. Velar por el buen funcionamiento de la disciplina en los momentos del descanso, 
principalmente en los patios de recreo, las unidades sanitarias, la tienda y restaurante 
escolares y demás lugares en donde se puedan presentar accidentes y desordenes. 
17. Atender los reclamos de los alumnos cuando ellos se sientan lesionadas en sus 
derechos. 
18. Verificar que los salones queden limpios y ordenados al final de la jornada, y los 
ventiladores y luces apagadas. 
19. Dar a conocer al coordinador y/o rector de los daños detectados en las instalaciones 
del plantel y las demás novedades que estimen anormales y que interfieran o impidan el 
desarrollo normal de la actividad académica. 
20. Propiciar la solución dialogada a los conflictos presentados, principalmente entre los 
estudiantes. 
21. Ser el primero en llegar y el último en salir de la institución. 
ARTICULO 119. DEBERES DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES 
1. Presentarse oportunamente con su hijo(a) o acudido(a) en el momento de la 
matricula para registrarla por primera vez o renovarla cada año, y asumir en esta forma
las responsabilidades y compromisos pertinentes, especialmente, el aseguramiento 
de su permanencia durante su edad escolar obligatoria. Si no matricula a su 
acudido en las fechas programadas por la institución, perderá el cupo en la jornada o 
sección, e incluso en el plantel. 
2. Proporcionar a su hijo acudido todos los elementos indispensables para su labor 
educativa: útiles escolares, uniformes, etc., para ayudar en el mejoramiento del 
proceso educativo de sus tutelados. 
3. Responder solidaria y económicamente por los daños causados por su acudido a 
los bienes materiales de los miembros de la Comunidad Educativa y/o del plantel, 
dentro y fuera del mismo. Esto lo debe hacer dentro de los 15 días siguientes al 
suceso. 
4. Dar un trato cortés, amable y cordial a todos los miembros de la comunidad 
educativa y muy especialmente, cuando sea requerido para ayudar a solucionar los 
problemas de comportamiento de sus hijos o acudidos. 
5. Estar en permanente comunicación con los docentes y directivas del plantel, 
asistiendo a las reuniones y citaciones que se le hagan (de padres de familia, del 
Consejo de Padres, Consejo Directivo, etc.) con el objeto de enterarse del rendimiento 
académico y/o comportamiento social de su acudido. 
6. Responder por los gastos que ocasionen las lesiones personales que su acudido 
llegare a causar cualquier persona, dentro o fuera del Plantel, en un plazo acordado con 
las personas afectadas. 
7. Colaborar responsablemente en la formación integral de su acudido, escuchando las 
observaciones que le hagan los docentes y directivos, y participando de las 
recomendaciones y cumplimiento de los compromisos que conjuntamente con la 
Institución determinen. 
8. Adquirir un seguro de accidentes estudiantiles en el momento de la matricula, 
cuando no se halle amparado por otro tipo de seguridad social. 
9. Enviar excusa escrita o comunicarse telefónicamente con las autoridades del 
Colegio, cuando no pueda asistir a una reunión o cita por causa de fuerza mayor, 
indicando el motivo de la misma y acordando la fecha y hora en la cual podrá hacerlo 
personalmente. Si el acudiente no asiste o no hay una excusa el alumno no se recibirá 
en el Plantel hasta tanto el acudiente no cumpla con su deber.
10. Participar activamente en la elaboración, mejoramiento y evaluación del PEI, así 
como en las demás actividades que programe el Plantel, para ayudar a la buena 
formación de su acudido. 
11. Cancelar dentro de los cinco (5) días de cada mes las pensiones de su acudido o 
los pagos de costos académicos convenidos con el Rector en el momento de la 
matrícula. 
12. Presentar propuestas y soluciones a los problemas y necesidades que conlleven al 
mejoramiento de la Institución, de los grupos y de los alumnos. 
13. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a 
la educación y el cumplimento de sus fines sociales y legales. 
14. Contribuir con las obligaciones contraídas en el acto de la matrícula y en el manual 
de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 
15. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad 
mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de 
la comunidad educativa. 
16. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento 
educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con 
el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no 
recibir oportuna respuesta acudir a las autoridades competentes. 
17. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al 
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, 
especialmente en la formulación y desarrollo de los PMI. 
18. Acompañar el proceso educativo en el cumplimiento de su responsabilidad como 
primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo 
de valores ciudadanos. 
19. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo. 
PARAGRAFO: PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. La familia, como parte de la 
comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y 
Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la 
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, además de las obligaciones
consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 
1098 de 2006, la Ley 1453 de 20 11 y demás normas vigentes, deberá: 
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, 
ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 
2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan 
la convivencia escolar, los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, la 
participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 
3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico 
que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 
4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las 
instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del 
establecimiento educativo. 
5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre 
de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 
6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de 
convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 
7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de 
violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una 
situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de 
convivencia del respectivo establecimiento educativo. 
8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de 
Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos 
cuando estos sean agredidos. 
ARTICULO 120. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 
1. Elegir el tipo de educación que , de acuerdo con sus convicciones, procure el 
desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. 
2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se 
encuentren debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 
3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del 
establecimiento educativo, los principios que orienten el PEI, el Manual de Convivencia, 
el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación 
escolar y el plan de mejoramiento institucional (PMI). 
4. Expresar de manera respetuosa y por el conducto regular sus opiniones respecto del 
proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal
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  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SAN FRANCISCO DE LA SIERRA” “PACTO DE CONVIVENCIA” AÑO 2014 LA SIERRA, LÉRIDA (TOLIMA)
  • 2. PACTO DE CONVIVENCIA “INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA” DE LÉRIDA (TOLIMA) INTRODUCCIÓN El presente pacto de convivencia tiene como propósito fundamental, convertir la INTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA en un espacio de convivencia pacífica, democrática y participativa, y por lo tanto, corresponde a todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa (directivos, profesores, administrativos, padres de familia, o acudientes y estudiantes) conocerlo, discutirlo analizarlo, aplicarlo y vivenciarlo para que no sea “letra muerta” se continuara realizando el proceso de corrección, mejoramiento y actualización de acuerdo con los cambios constitucionales, legales, jurisprudenciales, jurídicos y de la dinámica social institucional (decisiones del gobierno escolar y/o de sus organismos colegiados), local, regional, nacional e internacional. El presente pacto de convivencia, luego de ser analizado, debatido y aprobado por la diferentes instancias democráticas y colegiadas de la institución asociación de padres de familia, consejo estudiantil, consejo académico, y consejo de padres, fue aprobado por el consejo directivo para entrar en vigencia a partir del año 2006 teniendo vigencia permanente hasta cuando se presenten nuevas propuestas para su modificación, cambio y/o ajustes, el cual se llevara a cabo de acuerdo con lo establecido en el Articulo 15, numeral 3 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994 o de la norma que la sustituya, y forma parte del proyecto educativo institucional “PEI”, según lo contemplado en el Articulo 14, numeral 7 del mismo decreto. Toda norma atiende a los derechos y deberes de los distintos miembros de la comunidad educativa arriba detallada, entrara a formar parte inmediata del presente reglamento, y deberá ser difundida oralmente por el rector, los docentes, los coordinadores y directores de grupo, así como de manera escrita por los diferentes medios con los que cuente la institución como las carteleras, el periódico, los boletines, blogs. Etc.
  • 3. El presente pacto de convivencia será de obligatorio cumplimiento para los miembros de la comunidad educativa de la institución (estudiantes, padres de familia, acudientes, docentes, directivos, y administrativos)y se aplicará en todas SEDES y en todas las acciones, tanto dentro como fuera del plantel.
  • 4. 1. LA INSTITUCION 1.1. FILOSOFIA DE LA INSTITUCIÓN La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” de carácter oficial departamental, se ajusta a los parámetros establecidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación y todas las demás normas que comprometen a la educación colombiana. Su filosofía se orienta hacia la formación integral del educando, teniendo en cuenta los recursos y expectativas del medio social mediato e inmediato, el proceso de desarrollo social en el cual participa constantemente, favoreciendo su evolución y progreso individual y colectivo. Como aspectos fundamentales de su filosofía a todos los estamentos de la comunidad educativa, busca:  Que sea participativo, reflexivo, creativo, crítico y que adquiera compromisos y sentido de pertenencia en la proyección y realización de los proyectos institucionales;  Que desarrolle valores como la democracia, la solidaridad, la sana competencia, la concertación, la tolerancia, el respeto, la responsabilidad y la convivencia pacífica que permitan el alcance de la paz individual y social;  Que sus acciones ayuden y favorezcan la preservación del medio ambiente y la conservación de la naturaleza a nivel institucional y en su habitad local, regional y terráqueo;  Que propenda por una formación y desarrollo integral en lo físico, psicológico, moral, ético, cívico, cultural, ocupacional, intelectual y social;  Que sus acciones garanticen la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos a través de una atención integral para la convivencia escolar;
  • 5.  Que fomente mecanismos de prevención, protección y detección de situaciones y conductas generadoras de violencia escolar. 1.2. VISION La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” proyecta la educación formal de sus estudiantes, de tal manera que les permita, una vez culminados sus estudios de bachillerato, acceder a la educación superior y/o vincularse al campo laboral, promoviendo el emprendimiento y el uso eficiente de elementos teórico – prácticos y adelantos tecnológicos en la formación intelectual y universal en todos los campos del saber humano, proveído a través de las áreas obligatorias y fundamentales, así como la formación integral de su personalidad y carácter . 1.3. MISIÓN La Institución Educativa “San Francisco de la Sierra” contribuye al desarrollo integral de educandos, propiciando ambientes adecuados para fortalecer y vivenciar los elementos teórico – prácticos necesarios para una formación que potencialice sus capacidades laborales y sus interrelaciones humanas para el progreso de su entorno social. 1.4. OBJETIVOS 1.4.1. OBJETIVOS GENERALES. 1.4.1.1. Favorecer la buena formación personal integral del educando en sus aspectos físicos, psicológicos, éticos, morales y en valores humanos, cívicos y sociales. 1.4.1.2. Facilitar el desarrollo y formación intelectual de los estudiantes mediante la educación de las áreas del saber universal contenidos en la ley general de la educación como obligatoria y fundamental. 1.4.1.3. Estructurar la formación académica y conocimientos afines, de manera teórica y práctica que le permitan su vinculación al campo laboral o al desarrollo de su propia empresa productiva en este ámbito, teniendo en cuenta una educación pertinente y de calidad. 1.4.1.4. Promover la formación integral del educando, propiciando la búsqueda permanente de la excelencia, al desarrollo de sus potencialidades y la afirmación de sus valores.
  • 6. 1.4.1.5. Inculcar el cuidado de nuestro entorno, valorando, respetando y preservando el medio ambiente y los recursos de la naturaleza. 1.4.1.6. Formar en el respeto a la vida, los derechos humanos, la paz y los principios democráticos de igualdad, justicia, solidaridad y equidad. 1.4.1.7. Generar momentos y espacios que permitan el desarrollo de procesos de autonomía, autoestima, convivencia sana, pacifica e igualitaria para todos. 1.4.1.8. Respetar en toda circunstancia la dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 1.4.1.9. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 1.4.1.10. Abrir espacios de comunicación con padres de familia para el seguimiento, del proceso educativo y propiciar la democracia la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 1.4.1.11. Garantizar la utilización de lo tecnológico de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 1.4.1.12. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 1.4.1.13. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltratos o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 1.4.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1.4.2.1. Adquirir y desarrollar una formación académica y valores humanos, de manera teórica y práctica, mediante conceptualización efectiva y eficaz, que le permitan la vinculación dependiente o independiente en el campo laboral, luego de haber obtenido el título de Bachiller Académico o ingreso a la universidad. 1.4.2.2. Emplear el tiempo libre en actividades físicas de interrelación con sus compañeros, familiares y amigos que le permitan su buena formación personal, sus buenas y sanas costumbres y valores éticos, moral es, humanos, cívicos y sociales. 1.4.2.3. Vivencia y apropia los conocimientos propios de las áreas de formación personal (Ética y valores, Religión, Urbanidad, Educación Artística y Educación física, Recreación y deportes); de conocimientos universales como las ciencias humanas (Lengua Castellana, Ingles, sociales, sociales, filosofía, Democracia); las ciencias puras ( Matemáticas); las ciencias naturales y aplicadas (Biología, Física y química ) para descubrir sus inclinaciones y gustos intelectuales que le complementen su formación académica y que le permitan escoger una profesión a fin con esa clase de conceptos e ideas, establecidas en el plan general de estudios de la Ley 11 de 1994.
  • 7. 1.4.2.4. Participar en los eventos de formación social cívica y democrática de la institución mediante vinculación y participación activa en los diferentes organismos en el gobierno escolar, concejo estudiantil. Personería estudiantil, comités educativos formales e informales elecciones y tomas de elecciones internas de la Institución, en la familia y en el entorno social, aportando ideas para la solución de los problemas, las necesidades y los conflictos que se presenten. 1.4.2.5. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. 1.5. PERFIL DEL EGRESADO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA El propósito fundamental de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima, es el de formar a la niñez y juventud para que participe activamente en el desarrollo social y económico de nuestra sociedad, aportando sus conocimientos universales y académicos, estudiados y asimilados en el plantel, y apoyados en una buena formación integral de su personalidad. El estudiante formado en la institución, al ingresar al claustro debe ser: 1. CAPAZ DE TOMAR DECISIONES LIBRES, RESPONSABLES Y AUTONOMOS EN LA SOLUCIÓN DE PROBLEMAS. 2. CAPAZ DE UNA CONCEPCION PROPIA DEL MUNDO EN SU COMPRENSION DE LA VIDA. 3. INTELECTUALMENTE COMPETENTE 4. UNA PERSONA QUE ADQUIERE UNA IDENTIDAD PROPIA ABRIENDOSE Y DANDOSE A CONOCER POR SU CAPACIDAD DE AMAR Y ACEPTAR A LOS DEMAS EN TODA LA DIMENSION HUMANA 5. CAPAZ DE UN COMPROMISO SOLIDARIO Y COMUNITARIO
  • 8. 6. ABIERTO AL CAMBIO EN BUSCA DE UNA SOCIEDAD PRODUCTIVA Y JUSTA 7. COMPETENTE EN GESTIÓN, MANEJO DE RECURSOS Y TECNOLOGÍA 1.6. MARCO LEGAL El presente pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida (Tolima), se fundamente en las normas a continuación se discriminan:  Constitución política de Colombia de 1991, CPC.  Ley 99 de 1933 o Ley del medio ambiente y sus normas reglamentarias, LMA.  Ley 107 de Febrero 15 de 1994, Ley de estudios constitucionales, LEG  Ley 115 de Febrero 8 de 1994, Ley general de educación, LEG.  Ley 133 de Mayo 23 de 1994, ley de libertad religiosa y de cultos.  Ley 375 DE Julio 4 de 1997, de la juventud-  Ley 715 de Diciembre 21 de 2001, sistema general de participaciones.  Ley 734 de Febrero 5 de 2001, código único disciplinario.  Ley de infancia y adolescencia.  Decreto ley 2277 de septiembre 14 de 1979, estatuto docente y sus normas reglamentarias y complementarias.  Decreto 1108 de mayo 31 de 1994, porto y consumo de estupefacientes.  Decreto 198 de 1995, izadas de bandera y actos cívicos.  Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, organización de planteles educativos.  Decreto 2247 de septiembre 11 de 1997, educación preescolar.  Decreto 190 de 2009, Sistema de evaluación de estudiantes.  Decreto 1850 de agosto 13 del 2002, jornada escolar y laboral de docentes.  Decreto 135 de enero 17 de 1996, cobros de derechos académicos y otros costos educativos.  Decreto 1857 de agosto 3 de 1994, administración de los recursos del fondo de servicios educativos (docentes).  Decreto 1992 de mayo 5 del 2002 administración de los recursos del fondo de los servicios educativos.  Decreto 1743 de agosto 3 de 1994, proyectos de educación ambiental.  Resolución N° 4210 de septiembre 12 de 1992, servicio social estudiantil.
  • 9.  Resolución N° 2560 de julio 22 de 1997 estudiantes de 10 y11 como jurados de votación- servicio social.  Resolución N° 3353 de julio 2 de 1993, proyecto de educación sexual.  Resolución N° 1600 de marzo 8 de 1994, proyecto de educación para la democracia.  Resolución N° 144 de enero 30 del 2001, calendario académico y sus normas reglamentarias y/o complementarias.  Ley N° 1620 de marzo 15 de 2013, “por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, Información para el ejercicio de los Derechos Humanos, Educación para la sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. 1.7. DEL PROCESO DE LA MATRICULA ARTICULO 1. REQUISITOS PARA INGRESAR POR PRIMERA VEZ EN LA INSTITUCION. El aspirante debe presentar:  Fotocopia del carné del Sisben o de otra entidad de seguridad social (ISS, EPS).  Registro Civil de Nacimiento.  Fotocopia del documento de identidad.  Fotocopia de las cedulas de los padres o acudientes.  Certificado de los grados anteriores al que ingresará.  Grupo Sanguíneo y RH.  Todo estudiante que desee ingresar a la Institución Educativa lo hará a paz y salvo, no solo en lo académico sino en lo administrativo. (SIMAT).  Dos (2) fotografías 3x4 para los grados preescolares a noveno y, (4) fotografías para los grados Décimo y Once.  Certificado de conducta, cuando el alumno provenga de otro plantel.  Tener seguridad social o un seguro estudiantil de accidentes.
  • 10.  Presentar el paz y salvo, sin pendientes y debidamente diligenciado.  Comprometerse con la filosofía y las normas de la institución y los demás aspectos contemplados en el Pacto de Convivencia.  Carné estudiantil y boletín final del año anterior (estudiantes antiguos). PARÁGRAFO PRIMERO. Los estudiantes antiguos en el momento de la renovación de la matricula deberán presentar:  Fotocopia de la clasificación del SISBEN actualizado.  Ficha SOCIO – ECONOMICA de la familia, actualizada.  EL BOLETIN final de año escolar anterior.  EL PAZ Y SALVO o documento que acredite tal condición.  EL CARNÉ ESTUDIANTIL. PARÁGRAFO SEGUNDO: Todos los estudiantes en el momento de firmar en el libro de matricula por primer vez y las subsiguientes, se compromete a cumplir con la constitución política de Colombia, las leyes y especialmente con el manual de convivencia de la institución en todas sus partes. ARTICULO 2. ACUDIENTE. Todo estudiante deberá tener un acudiente que será el padre O la madre o una persona mayor de edad, radicada en la Inspección de La Sierra, de reconocida honorabilidad y responsabilidad, autorizada por escrito por los padres, quien representara o responderá por el alumno ante la institución. ARTICULO 3. DILIGENCIA DE LA MATRICULA. Será practicada o autorizada por el rector o coordinador, con la presencia del estudiante y el acudiente. No se actualizara la matricula sin llenar los requisitos exigidos por el ministerio de educación nacional (MEN), la secretaria de educación del Tolima (SET), o de la quien haga sus veces, los establecidos por la institución. PARÁGRAFO. Si un estudiante antiguo no hace la renovación de la matricula en las fechas establecidas por el plantel pierden el cupo en la respectiva jornada y si es el caso en el establecimiento, y este podrá ser asignado por el rector a otro solicitante.
  • 11. ARTICULO 4. CANCELACION DE LA MATRICULA. Cuando el estudiante se retire voluntariamente del colegio por alguna causa, el acudiente deberá informar o solicitar verbalmente o por escrito esta diligencia ante el rector o coordinador. Igualmente verificará su estado de paz y salvo con la institución antes de autorizar la cancelación de la matricula. También procederá la cancelación de la matricula por la vía administrativa, cuando el estudiante haya dejado de asistir al plantel, sin justa causa DESPUES DE OCHO (8) SEMANAS DE ACTIVIDADESACADEMICAS EN LA JORNADA DIURNA, o haya superado el 25% de ausencias injustificadas en clase, en este caso el coordinador informara al rector y este procederá mediante oficio, a ordenar la cancelación de la matricula a la secretaria del plantel.
  • 12. 2. DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS DE LOS ESTUDIANTES 2.1. DE LOS DERECHOS ARTICULO 5. AL LIBRE DESARRROLO DE MI PERSONALIDAD. Sin mas limitaciones que las que impone la ley los reglamentos, y respetando siempre los derechos de los demás, sin abusar de los propios. ARTICULO 6. Conocer oportunamente el pacto de convivencia y las demás disposiciones pertinentes como derechos y deberes como estudiante y como persona. ARTICULO 7. A recibir un trato amable, cordial, cortés y buen testimonio de cultura, sociabilidad, urbanidad y valores éticos, cívicos, morales, sociales y humanos por parte de mis profesores, directivos y personal administrativo y de servicios. Como además A no ser discriminado por razones de sexo, credo, condición socio- económica o cualquier otro que afecte el ejercicio de mis derechos. ARTICULO 8. Conocer con la debida anticipación la programación, los logros e indicadores de logros, la metodología, las técnicas de estudio y los criterios de evaluación a seguir en cada asignatura, área, proyecto pedagógico y unidad didáctica a desarrollar. ARTICULO 9. Recibir 40 semanas de clases completas con orientaciones actualizadas y previamente preparadas por mis maestros, y de manera responsable y adecuada a mi desarrollo mental y psicológico. ARTICULO 10. Para el aprovechamiento del tiempo libre, debo recibir recreación prácticas deportivas, culturales, sociales, y cívicas que me ayuden a una información integral sana tanto fundamental como física y psicológicamente, dentro de un ambiente físico y adecuado, y a participar en las demás actividades programadas por la institución para fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras como actividades extracurriculares. ARTICULO 11. A no ser intimidado, acosado, humillado, ridiculizado, difamado, coaccionado, aislado, amenazado o incitado a la violencia por parte de los miembros de la comunidad educativa y demás definiciones planteadas en el Art 2, de la Ley 1620.
  • 13. ARTICULO 12. A no ser intimidado con el uso deliberado de las nuevas tecnologías de información (internet, redes sociales, correo electrónico, telefonía móvil y video juegos online), evitando así el ciberbullying o ciberacoso escolar. ARTICULO 13. A disponer del tiempo necesario para la preparación, realización y presentación de mis actividades curriculares, evaluaciones, trabajos y demás labores académicas, culturales, deportivas, sociales y similares. ARTICULO 14. A poseer un carné estudiantil que me acredite como miembro activo de la comunidad educativo de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida (Tolima), y a poseer un seguro estudiantil que me ampare en caso de accidentes adquirido por mis padres y acudientes. ARTICULO 15. A disfrutar y utilizar responsablemente de todos los servicios de bienestar que me brinde la institución (tienda y trasporte escolar , orientación y consejería profesional, restaurante, etc.) así como los de carácter académico y técnico para mi buena formación personal e integral. ARTICULO 16. A ser respetado a mi credo religioso, mi conciencia, mi libre desarrollo de la personalidad mis convicciones políticas y sociales sin menoscabar ni violar o atentar contra los derechos de los demás. ARTICULO 17. Ser estimulado en los diferentes campos de mi formación integral personal, social, cultural, cívica, de valores humanos y técnica. ARTICULO 18. A participar activamente en la elaboración, evaluación y mejoramiento de este pacto y del PEI. ARTICULO 19. A elegir y ser elegido como representante a los consejos estudiantil y directivo y demás comités y organismos que se crean en la institución, así como a personero estudiantil, siempre que se cumpla con los requisitos siguientes, avalados por el consejo de profesores y el coordinador y constatados en los archivos del establecimiento:  Haber tenido en el año inmediatamente anterior un rendimiento académico excelente o sobresaliente.  Haber estudiado por lo menos, durante los dos años anteriores en la institución.  No haber tenido antecedentes disciplinarios en ninguno de los años anteriores.
  • 14. PARAGRAFO PRIMERO. Si el rendimiento académico decae y/o hubiere infracción disciplinaria durante el ejercicio de estas dignidades, el concejo Directivo quitara la investidura al estudiante, y se procederá a la elección de su reemplazo en la forma como lo determina el PEI, en la sección correspondiente a “Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar “, según lo establecido en el Artículo 14 del Decreto 1860 de 1994 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. PARRAFO SEGUNDO. Habrá un (1) personero estudiantil por cada jornada del bachillerato, y uno por las sedes de primaria que será un estudiante de la sede que tenga el mayor número de estudiantes y curse el grado 5°. Del mismo modo, habrá un (1) representante por cada curso al consejo Estudiantil, a partir del grado de educación primaria. ARTICULO 20. A la celebración del DIA DEL ESTUDIANTE que se realizara el día 8 de junio. En caso de ser este un día festivo, la celebración se hará en el día hábil anterior a esta fecha. Esta celebración podrá ser por cursos, secciones o colectivamente todo el plantel, según lo propongan los alumnos. ARTICULO 21. A ser atendido en mis RECLAMOS Y SOLICITUDES respetuosas particulares o colectivas, de manera directa o por intermedio del personero o consejo estudiantil, en forma verbal o por escrito, en asuntos de índole académica, disciplinaria y/o de bienestar, siguiendo el CONDUCTO REGULAR, que será además el mismo para la solución dialogada de los conflictos, establecido así:  Con el docente del área, asignatura o proyecto.  Con el Director de Grupo.  Con el profesor de Disciplina.  Con el coordinador.  Con el rector.  Con el consejo Directivo o el Consejo Académico (si el problema es de carácter curricular). PARRAFO PRIMERO. De no ser atendido según el procedimiento anterior, tengo derecho a presentar mis reclamos ante las autoridades competentes del orden Educativo, Judicial y/o Administrativo, externas al plantel. PARRAFO SEGUNDO. Cuando incurriere en falta grave o gravísima por primera vez, esta será remitida al COMITÉ DE CONVIVENCIA, conformado por el personero Estudiantil, un padre de familia elegido por el Consejo de Padres, y un Docente elegido
  • 15. el Concejo de Profesores, todos ellos de la respectiva jornada, quienes estudiaran el caso, harán las recomendaciones y establecerán los compromisos de las partes en conflicto, con la presencia de los respectivos padres de familia o acudientes, hechos que se consignaran en un acta, dentro de un libro destinado para este fin. Si ocurriere una segunda falta grave o gravísima, o no se cumpliere con los compromisos pactados en el comité de convivencia, entonces el o los estudiantes comprometidos, ingresaran al proceso disciplinario normal pertinente. Este comité también podrá intervenir en el caso de conflictos entre los demás miembros y estamentos d la comunidad educativa. ARTICULO 22. A que se me adelante el DEBIDO PROCESO en todas las actuaciones disciplinarias y/o académicas, el cual será así: 22.1. Descripción y precisión de las acusaciones, con sus pruebas, testimonios y evidencias, las cuales se consignaran en el espacio del observador del estudiante, destinado para mí, indicando los artículos del Pacto de Convivencia violados con mis actuaciones. 22.2. Presentación de mis descargos, testigos, testimonios y evidencias para controvertir las acusaciones. 22.3. Decisión final de quien reglamentariamente debe decidir la situación presentada y las sanciones y seguimiento a que haya lugar, precisando además cual será la sanción siguiente en caso de presentarse una nueva situación de orden disciplinario o similar. Así ejerzo mi DERECHO A LA DEFENSA. El procedimiento será breve y sumario y su desarrollo puede ser incluso verbal solamente para la aplicación de la sanción de SUSPENSION TEMPORAL se dispondrá hasta tres (3) días para rendir los descargos, testimonios y pruebas, y el investigador dispondrá de otros tres (3) días calendario académico para aplicar la sanción. Si la sanción es de MATRICULA CON COMPROMISO o de EXCLUSION tendré cinco (5) días calendario para mi defensa y el responsable de investigar y aplicar la sanción o exonerar, tendrá DIEZ (10) días hábiles, la cual se podrá ejecutar a partir del año siguiente si el fallo fuere finalizando el año escolar. ARTICULO 23. A no recibir sanciones cuando estas impliquen escarnio o afecten mi dignidad personal. ARTICULO 24. A recibir información y formación en promoción, prevención, atención, seguimiento y protección sobre: la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos.
  • 16. ARTICULO 25. A presentar acción de tutela o de cumplimiento cuando resulten vulnerados mis derechos constitucionales fundamentales. 2.2. DE LOS DEBERES ARTICULO 26. Cumplir y vivenciar la constitución política de Colombia, las leyes, reglamentos y el presente pacto de convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRAde Lérida Tolima. ARTICULO 27. Respetar los derechos de las demás personas y no abusar de los propios. ARTICULO 28. A no intimidar, acosar, humillar, ridiculizar, difamar, coaccionar, aislar, amenazar o incitar a la violencia a los miembros de la comunidad educativa y demás definiciones planteadas en el Art 2, de la Ley 1620. ARTICULO 29. A no intimidar con el uso deliberado de las nuevas tecnologías de información (internet, redes sociales, correo electrónico, telefonía móvil y video juegos online), para evitar así el ciberbullying o ciberacoso escolar. ARTICULO 30. Asistir puntualmente a las clases y demás actividades sociales, culturales, deportivas, y de apoyo curricular programadas en la Institución, en los horarios establecidos para estos fines; presentándome 10 minutos antes de iniciar las respectivas labores y actos. ARTICULO 31. Presentarme a la Institución y en todos los actos en los cuales éste participe, debidamente bañado y bien vestido con los uniformes democráticamente seleccionados por nosotros, que serán así: MUJERES: Camibuso blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda. Zapatos con cordones de color negro. Medias color blanco sin adornos. Falda de prenses de dos y medio centímetros de ancho en poliéster azul oscuro a la altura de la rodilla.
  • 17. HOMBRES: Camibuso blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda. Zapatos con cordones de color negro. Medias color azul oscuro sin adornos. Pantalón azul oscuro, bota recta, con correa negra. PARAGRAFO PRIMERO. EL UNIFORME DE EDUCACIÓN FISICA será igual para hombres y mujeres, así:  Camibuso de color blanco con el escudo del colegio en la parte superior izquierda.  Pantaloneta color vino tinto con franja lateral de color oro (según modelo).  Tenis y medias de color blanco sin adornos.  La sudadera, será de color vino tinto con franja lateral de color oro (según modelo), bota recta y a la cintura. PARAGRAFO SEGUNDO. El cambio de los uniformes solo se puede realizar cada seis (6) años, y para hacerlo, se tomara el consenso de todos los padres de familia. En el evento de aceptar el cambio de modelos, colores, etc. Por la mayoría de ellos, solo se procederá en la medida en que los estudiantes vayan dejando sus uniformes por pequeños, deterioros, etc. Todos los estudiantes deberán estar uniformados a partir de la primera semana de mayo. ARTICULO 32. Presentar el carnet estudiantil debidamente refrendado para ingresar al plantel, tanto en mi jornada y sección, como aquellas otras en las que sea autorizado por el rector, el coordinador, el profesor de disciplina, o para obtener el servicio que me brinda el bienestar de la institución. ARTICULO 33. Responder por el cuidado físico de los muebles, enseres, materiales didácticos, y demás recursos tanto de la institución como de mis compañeros, que me faciliten para el desempeño de mi estudio y actividades afines, y firmar el acta de responsabilidad sobre los entregados a mi cuidado (pupitres, sillas, , computadores, implementos deportivos, etc.) y pagar el arreglo cuando los dañe intencionalmente o por abuso, o reponerlos en caso de pérdida o destrucción de los mismos.
  • 18. ARTICULO 34. Participar en los eventos programados por la institución, así como la integración voluntaria a los grupos culturales, ecológicos, deportivos y/o científicos y los demás que se creen en el plantel, ejerciendo un comportamiento ejemplar que implique ser responsable, leal, honesto, tolerante y solidario, siendo consciente que al participar en ellos, no me exime de la presentación de todas las tareas escolares, las cuales serán acordadas con los profesores correspondientes. ARTICULO 35. Asistir de manera obligatoria y responsable a las actividades programadas por la Institución, para la divulgación de la Ley de Matoneo y las diferentes practicas a seguir en la Ruta de Atención Integral Institucional. ARTICULO 36. Entregar oportunamente las citaciones y comunicaciones que la institución envíe a mis padres y/o acudientes. ARTICULO 37. Presentar las evaluaciones y trabajos que los profesores consideren pertinentes y necesarios para el desarrollo de los programas académicos y proyectos educativos según los planes de estudio del colegio. ARTICULO 38. Demostrar mediante certificado médico, la inhabilidad para realizar ejercicios en la clase de educación física, o en cualquier otra. Lo anterior no me exime de asistir a las clases en los horarios establecidos por la institución y de realizar teóricamente o como ayudante del profesor, tareas que pueda realizar según el tema trabajado. ARTICULO 39. Cumplir puntual y oportunamente con las tareas, trabajos, consultas y demás obligaciones escolares, al igual que con los textos, cuadernos e implementos requeridos para realizar mi buenas educación y formación profesional. ARTICULO 40. Cursar y aprobar todas las áreas, asignaturas, y proyectos del plan de estudios, y participar de todas las actividades extracurriculares que tengan que ver con el desarrollo del mismo (social, comunitario, artístico, cultural, deportivo, etc.) en el nivel territorial y en los eventos en los que participe el colegio, y prepararme muy bien durante todos los años de estudio, para estar bien estructurado intelectualmente y obtener buenos resultados en las pruebas del ICFES o de estado, y en las pruebas SABER.
  • 19. ARTICULO 41. Ser moderado y respetuoso durante los juegos, el descanso, las actividades lúdicas, y educativas teniendo presente que el espacio es reducido y que debe ser compartido por todos los que estamos en la institución, evitando los gritos, desordenes y actitudes similares. ARTICULO 42. Cumplir con los turnos de aseo en los lugares asignados (salones, patios, etc.) y colaborar permanentemente con la buena presentación de los espacios del plantel, sin arrojar basura ni papeles u otros elementos que desluzcan la buena presentación de mi entorno escolar: patios, salones, corredores, etc. ARTICULO 43. Llegar puntualmente al salón de clases después de los descansos y permanecer en él durante las horas de estudio, en el lugar asignado por los profesores, manteniendo el orden y la disciplina. No debo estar en los salones y aulas especiales de estudio durante los descansos. ARTICULO 44. Escuchar y acatar con respeto las observaciones que me haga el rector, el coordinador, los profesores y demás integrantes de la comunidad Educativa, incluso al monitor de curso, el personero estudiantil y el representante del grupo. ARTICULO 45. Presentar justificación verbal o escrita por parte de mi acudiente cuando no pueda asistir al plantel, y poder gozar así de los beneficios que me concede el presente pacto de Convivencia. ARTICULO 46. Dar un trato respetuoso, amable, cordial y cortes a mis compañeros, orientadores, directivos, empleados de la institución y personas ajenas al mismo, tanto dentro como fuera del establecimiento Educativo. ARTICULO 47. Los niños y adolescentes presentarse a la institución con cabello corto y bien peinados. ARTICULO 48. Los niños y adolescentes presentarse a la institución sin accesorios como piercings, aretes, pulseras, expansores o cadenas. ARTICULO 49. Las niñas y adolescentes presentarse a la institución sin esmalte en las uñas de las manos, maquillaje y otros accesorios que no sean parte del uniforme.
  • 20. ARTICULO 50. Mantener un comportamiento excelente dentro y fuera de la institución, ya que represento formalmente al establecimiento en todo momento y lugar. 2.3. ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES Es deber de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima, resaltar el buen desempeño social, académico, científico, cultural, deportivo y disciplinario de los estudiantes, cuando actúen en representación de la institución. En consecuencia con lo anterior se establecen los siguientes ESTÍMULOS: ARTICULO 51. Reconocimiento público por alguna actuación destacada y meritoria en representación del colegio. Lo establecen del coordinador y el Rector del plantel. Se promulga en el periódico, carteleras del plantel o en reuniones de carácter general. ARTICULO 52. Izar y portar en orden descendente las banderas de Colombia, del Tolima, de Lérida, de la institución, y el escudo del colegio según el desempeño en lo académico y disciplinario al finalizar un periodo académico. Según el promedio académico o el numero de excelentes que haya obtenido. Seré portador del mismo en todos los actos de carácter cívico y cultural en los que participe el plantel, durante ese periodo, y lo entregare, en el siguiente periodo a mi sucesor. Lo establece el consejo de profesores de cada sección o jornada. Formaran parte del CUADRO DE HONOR de la institución durante el respectivo periodo. Los mejores alumnos del periodo IV inician el siguiente año escolar en el cuadro de honor y portando los estandartes de las banderas y escudos respectivos. También participan del acto cívico de izar bandera los alumnos destacados por su espíritu de compañerismo, solidaridad, las acciones encaminadas a la conservación del medio ambiente escolar y local y, otras formativas y educativas a juicio de los docentes y comité directivo del plantel, conformado por el rector y el coordinador. ARTICULO 53. Representar la institución en eventos municipales, departamentales y/o nacionales e internacionales, en actividades de carácter científico, cultural, deportivo, intelectual, y similares. La proposición la hacen los profesores de las áreas pertinentes. Los alumnos deben tener un comportamiento social y rendimientos académicos excelentes, sobresalientes y/o aceptables como mínimo. ARTICULO 54. UN DIA DE CONVIVENCIA Y RECREACIÓN con su respectivo director de grupo y la compañía de dos (2) docentes, al curso de mejor rendimiento
  • 21. académico y comportamiento social en cada sección y jornada, en cada periodo académico, de manera colectiva. Se realizara el viernes siguiente a la comunidad oficial este merito. La valoración le hace el consejo de profesores de la respectiva sección o jornada y el coordinador de la misma o quien haga sus veces, basándose en el mayor numero de excelentes obtenidos por todo los estudiantes de los cursos, o el mejor promedio estadístico si el plantel cuenta con esta forma de clasificación. ARTICULO 55. MEDALLA DE MEJOR ICFES: el estudiante que obtenga en mayor puntaje en las pruebas de estado en cada sección y jornada. Tendrá su nombre inscrito en la medalla y resaltara el merito de ser el mejor ICFES en la respectiva jornada o sección. Se establecerá mediante la resolución de meritos contemplada en l este reglamento, y se entregara, el día de graduación de la respectiva promoción de bachilleres. ARTICULO 56. CONDECORACIÓN DE EXCELENCIA: para el mejor estudiante de cada sección y jornada, en cada nivel educativo de la institución: preescolar, básica primaria y secundaria. Se entregara la medalla respectiva con la inscripción de EXCELENCIA, en nivel educativo y el nombre del estudiante. Se entregaran el día de la clausura y en los grados de los bachilleres. Se establecerá al finalizar el año escolar y formará parte de la resolución contemplada en el ARTÍCULO 34 de este reglamento ARTICULO 57. Estimular manifestaciones e indicaciones culturales de los niños y niñas y adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica. ARTICULO 58. Adquirir conocimientos de idiomas nacionales y extranjeras y de lenguas especiales.
  • 22. 3. DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES El presente Pacto de Convivencia del Plantel es un medio para ayudar a mejorar mi personalidad y carácter, aprendiendo paulatinamente a modelar mi comportamiento social e interpersonal. En el evento de incumplir con los deberes o cometer alguna de las faltas calificadas como leves, graves y gravísimas, me hare acreedor y responsable de mis actos y, de la consecuente sanción que pueda acarrearme mi errada conducta o actitud física, verbal o psicológica. PARAGRAFO: Si algún miembro de la comunidad educativa incurre en una conducta tipificada como Violencia Escolar o Matoneo se procederá de acuerdo a lo establecido en la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 o Ley de Matoneo 3.1. SON FALTAS LEVES (SE CONSIGNAN EN EL ANECDOTARIO) ARTICULO 59. Incumplir mis deberes como estudiante de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima, tanto dentro como fuera del plantel, plasmadas en este Manual de Convivencia. ARTICULO 60. Llegar tarde al Colegio, a las clases, actividades extra-clase o trabajos pendientes con mi estudio. Si llego tarde al colegio, colaborare con la buena presentación de las instalaciones de Plantel. ARTICULO 61. Generar y/o participar en actos de indisciplina que interrumpa el orden de las clases, actos culturales, cívicos, sociales, deportivos, izadas de bandera y demás actividades en las que participe el Plantel. ARTICULO 62. Realizar otro tipo de actividad de la ejecutada en un momento determinado como las clases, actos cívicos, sociales, deportivos, laboratorios, etc. ARTICULO 63. Ingresar a los sitios de acceso restringido como oficinas, laboratorios, sala de profesores, etc. Sin la debida autorización. ARTICULO 64. Llevar a clases o a las actividades del Colegio, elementos y objetos que no tengan relación directa con las clases o eventos ejecutados, y que interfieran con el normal desarrollo de las actividades que se están realizando (yoyos, atareis, radios, pitos, pistolas, naipes, armas blancas, celulares, etc.).En este caso se
  • 23. decomisaran tales objetos y serán devueltos directamente al padre de familia, firmando un compromiso de no volverlos a traer. ARTICULO 65. Arrastrar las sillas individual o colectivamente para hacer ruido o desorden. ARTICULO 66. Tocar la campana o timbrar sin la debida autorización, creando caos y desorden en el plantel. ARTICULO 67. Usar gorras y otros elementos no contemplados como parte del uniforme. Las gorras y los otros elementos aquí referidos serán decomisados y entregados al finalizar el año escolar. ARTICULO 68. Consumir bebidas, comestibles y chicles en las aulas o clases especiales y en los actos solemnes del colegio. 3.2. SON FALTAS GRAVES (CAUSAN SUSPENSION Y/O MATRICULA CON COMPROMISO) ARTICULO 69. Reincidir en tres o más oportunidades en la comisión de las faltas leves y/o en la violación a mis deberes. ARTICULO 70. Causar un daño intencional a los elementos de trabajo y bienes de mis compañeros, profesores, administrativos y/o de la institución. Además de la sanción disciplinaria debo restituir los elementos que haya dañado. ARTICULO 71. Hacer fraude o copia en las evaluaciones y/o trabajos; además la sanción académica y disciplinaria, se anulan los mismos. ARTICULO 72. Irrespetar la palabra y/o hecho de cualquier persona, sea propia o ajena a la institución. ARTICULO 73. Cuando acumula cinco llegadas tarde al establecimiento Educativo sin una justificación valedera, en el mismo periodo.
  • 24. ARTICULO 74. Inasistencia voluntaria y persistente durante cinco o más días al Colegio dentro de un mismo mes y sin justificación alguna. ARTICULO 75. Inasistencia a clases u otras actividades individual o colectiva en las que participe o realice la institución, para crear desorden o desobediencia. ARTICULO 76. Emplear expresiones soeces y/o vulgares para referirse o tratar a las personas, sean del Colegio o no. ARTICULO 77. Evasión del plantel, de las clases o de las actividades extracurriculares programadas por el Colegio. ARTICULO 78. La insubordinación o desobediencia para acatar las órdenes dadas con el debido respeto de parte de algún miembro de la comunidad educativa del Plantel, en relación con el cumplimiento de los deberes o evitando la comisión de alguna falta. ARTICULO 79. Permanecer en sitios como bares, discotecas, billares y juegos de azar usando alguna prenda de uniforme. ARTICULO 80. Propiciar o realizar celebraciones inadecuadas de cumpleaños dentro o fuera del Plantel arrojando huevos, maizena, agua, arena, etc. ARTICULO 81. Cuando concedido un permiso para salir del Plantel o de alguna actividad en la que este participe, no regresa oportunamente, se evada o se le compruebe falsedad en la solicitud para la ausencia. ARTICULO 82. Reincidir en el fraude en las evaluaciones o trabajos escolares u otras responsabilidades como estudiante. ARTICULO 83. El incumplimiento voluntario de alguna sanción impuesta por infracción al Manual de Convivencia. ARTICULO 84. Escribir y/o dibujar epítetos, expresiones, grafitis obscenos, vulgares o soeces en paredes, pupitres, libros, cuadernos, etc. Que denigren del honor y la honra de las personas o las instituciones.
  • 25. ARTICULO 85. Encubrir las faltas de los demás o entorpecer alguna investigación que adelante cualquier autoridad perteneciente o no a la institución. ARTICULO 86. Interrumpir las clases, actos culturales, deportivos, religiosos, cívicos, etc. Con silbidos, gritos o acciones que causen molestia a los participantes o ejecutores. ARTICULO 87. El uso de celulares en las clases, actos culturales o ceremonias especiales. ARTICULO 88. La trasgresión de alguna de las prohibiciones siguientes en el uso de las SALA DE SISTEMAS:  Ingresar y/o consumir bebidas, dulces, chicles, comidas y sustancias similares.  Fumar dentro de la sala.  Desconfigurar los equipos, suprimir programas o agregar otros no permitidos.  Generar indisciplina o no permanecer en el sitio del trabajo.  Enviar impresiones no autorizadas.  Dañar y/o sustraer elementos del hardware.  Enviar mensajes ofensivos, terroristas, vulgares y similares o crear archivos de esta naturaleza.  Manipular el servidor, el aire acondicionado, los controles eléctricos y similares sin autorización.  Ingresar memorias no autorizadas o elementos no permitidos: Cuadernos, lápices, cd, etc. Estos elementos se decomisaran. PARAGRAFO. Además de la sanción disciplinaria, el estudiante se somete al siguiente proceso sancionatorio en relación con el uso de la Sala de Sistemas:  La primera vez, no puede asistir a clases durante una (1) semana.  La segunda vez, no puede asistir a clases durante un (1) periodo.  La tercera vez, no puede ingresar al aula de sistemas durante un (1) semestre.  La cuarta vez, pierde el derecho al uso de la sala durante un (1) año. ARTICULO 89. En el caso del USO DEL TRANSPORTE ESCOLAR, se consideran faltas graves.
  • 26.  Tratar con groserías y/o vulgaridades al conductor, los pasajeros o transeúntes.  Crear desorden e indisciplina cuando use el servicio.  No acatar las órdenes o llamados de atención de parte del conductor o responsable del transporte escolar.  Causar daños a muebles y partes del vehículo. Se suspende el servicio por un año. Si reincide se hará de por vida. PARÁGRAFO. Si los usuarios son personas particulares no volverán a disfrutar del servicio. 3.3. SON FALTAS GRAVISMAS (CAUSAN LA ESCLUSIÓN DEL PLANTEL). ARTICULO 90. Reincidir en una más o más faltas graves. ARTICULO 91. El uso de espejos y de celulares para violar la intimidad de los compañeros, pedos químicos, polvos pica- pica, pólvora y otras sustancias similares que puedan causar daños físicos y/o en los miembros de la comunidad educativa de la institución. ARTICULO 92. Portar o introducir armas de fuego y/o (cuchillos, navajas y similares) al plantel o en las actividades en la que este participe, excepto que sean solicitadas por los docentes, directivos o personal administrativo para cumplir o desarrollar alguna labor educativa especial. Los elementos incautados son suficientes evidencias para la aplicación de la sanción respectiva y se confiscaran para ser entregados a la autoridad competente. ARTICULO 93. Fumar, consumir, introducir, comercializar o inducir al consumo de bebidas alcohólicas psicotrópicas y/o alucinógenos dentro o fuera de la institución. Igual cuando consuma cigarrillos o incite a otros a que lo hagan dentro del plantel o en los actos que este participe. ARTICULO 94. El hurto de dinero, de libros, útiles escolares, bienes de la institución o de las personas que laboran en el, etc. O encubrir a los alumnos que realizan esta clase de actos. Debe reponer lo robado. ARTICULO 95. Propiciar o participar en peleas dentro y fuera del establecimiento con o sin uniforme.
  • 27. ARTICULO 96. La agresión física, verbal, psicológica, la intimidación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia de manera reiterada y sistemática, a cualquier miembro de la comunidad del plantel o del medio social en el que viven. Si causa daños físicos, el agresor debe responder económicamente por los gastos. ARTICULO 97. Alterar y/o falsificar certificados, calificaciones, trabajos, excusas y demás documentos que significan procesos educativos o evaluativos a cualquier documento oficial. ARTICULO 98. Reiterada destrucción de objetos y útiles de la institución y/o de sus compañeros. Debe responder económicamente por ellos. ARTICULO 99. En cumplimiento de un compromiso firmado con anterioridad, bien sea en el observador del alumno o mediante un acta. ARTICULO 100. Cuando los hechos cometidos dentro o fuera del establecimiento menoscaben el buen nombre de la institución como investigaciones penales, secuestros, escándalos, atracos, extorciones, delitos sexuales y similares. ARTICULO 101. Cuando pierda dos años lectivos consecutivos en un mismo grado. ARTICULO 102. Cuando a juicio del coordinador y el consejo de profesores al finalizar cada periodo académico en el año escolar, tenga rendimiento académico bajo (6 o más asignaturas áreas o proyectos con insuficiente o deficiente) y mal comportamiento social sea BAJO así el rendimiento académico sea Básico, Alto o superior. ARTICULO 103. El uso de prácticas satánicas o de brujería. ARTICULO 104. La comisión de acciones violentas o la inducción de otros a cometerlas, conformar pandillas delictivas, la participación en grupos al margen de la ley, o la comisión de delitos contemplados en el código penal colombiano como privativos de la libertad. ARTICULO 105. La intencionalidad o comportamientos de agresión sexual, intentar besar o acariciar suave o violentamente a cualquier miembro de la comunidad educativa de manera directa o furtiva.
  • 28. 3.4. DE LAS SANCIONES ARTICULO 106. ANOTACIÓN EN EL OBSERVADOR O ANECDOTARIO DEL ALUMNO. Se establece esta sanción cuando infrinja las faltas leves. La aplica el docente o directivo que tenga conocimiento directo o indirecto del caso. El alumno debe comprometerse a mejorar su comportamiento .el seguimiento lo hace el director de grupo. ARTICULO 107. SUPENSIÓN TEMPORAL DE CLASES. Se aplica cuando se causan faltas graves. La establece el coordinador de la sección o jornada y el mismo hará el seguimiento. La suspensión puede ser de uno a tres días y se citara al acudiente para darle a conocer la sanción, las causas y consecuencias, verbalmente o por escrito si no asiste al plantel. Durante los días de suspensión deberá realizar un trabajo ecológico en el medio geográfico de la población, consiste en la siembra y cuidado permanente de TRES (3) plantas en lugar determinado por el docente responsable del proyecto ecológico o del servicio social, o un trabajo afín. También lo puede cumplir en acciones de buena presentación y embellecimiento de las instalaciones del plantel. ARTICULO 108. ACTA DE COMPROMISO O MATRICULA EN OBSERVACIÓN. Se aplica cuando un estudiante que ha sido suspendido de clases comete una nueva falta, así sea leve. La aplica el rector o coordinador de la jornada. El alumno debe asistir por su propia cuenta a terapia con un profesional de la psicología o psiquiatría. Si no se le hace, entonces se le aplica como sanción, la EXCLUSIÓN al finalizar el año escolar, el organismo o directivo que aplico la MATRICULA CON COMPROMISO, decide si se le suspende o continua en el año siguiente bajo esta condición. ARTICULO 109. EXCLUSION COMO ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN. Procede cuando se incurra en las faltas gravísimas. Puede ocurrir en cualquier momento del año según la intencionalidad, reincidencia o la gravedad de la falta o faltas cometidas. La aplica el rector mediante resolución motivada, previo concepto de la junta directiva de la asociación de padres de familia si el estudiante no ha cumplido 18 años de edad. El estudiante tiene derecho a los recursos de REPOSICIÓN ante el rector, el cual debe decidir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la representación del recurso, y al de APELACIÓN ante el gobierno escolar en pleno, dentro cinco (5) días hábiles siguientes a la culminación del tiempo de la solicitud del recurso de
  • 29. reposición. El tiempo vacacional no se contabiliza. Si fuere finalizado el año escolar, la decisión se tomara cuando se inicien las clases en el año lectivo siguiente. Si la decisión se confirma, el rector emitirá una nueva resolución y contra esta segunda providencia no existe recursos administrativos institucionales. PARAGRAFO. Si la falta cometida ocurre dentro del último periodo académico del año escolar, el rector puede permitirle al estudiante, terminar el año escolar de manera desescolarizada, es decir, el alumno no viene a clases pero tiene el derecho a que presente las evaluaciones que le permitan continuar y terminar su año escolar. Así lo dejara escrito en la segunda resolución y la exclusión se hará efectiva al año siguiente, sin el beneficio de ningún recurso ante lista decisión final, en todo caso, el estudiante excluido no se recibe antes de cumplidos cincos años de la sanción. ARTICULO 110. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. El comité de Convivencia en su labor formativa establecerá un trabajo pedagógico buscando la mitigación de la conducta punible. Caso contrario, se le dará tramité a otras instancias establecidas por la ley. ARTICULO 111. DEFINICIONES DE LAS AGRESIONES: (Art. 39. Decreto 1965 de sept 11 de 2013) 1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
  • 30. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, uti lizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando
  • 31. las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". 7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. ARTICULO 112. Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 2. Situaciones Tipo 11. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 3. Situaciones Tipo 111. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. ARTICULO 113. ORDEN DE LAS SANCIONES. Las sanciones se aplicaran preferentemente en el orden de los artículos 104,105,106 y 107 de este manual de convivencia, pero el orden y la magnitud de la sanción estará sujeta a la gravedad de la
  • 32. actitud anticonvencional, caso en el cual no se tiene en cuenta la secuencialidad establecida.
  • 33. 4. ACUERDOS ACADÉMICOS 4.1. DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN CRITERIOS PARA LA EVALUACION Y PROMOCION DEL RENDIMIENTO DEL APRENDIZAJE DEL EDUCANDO En esta propuesta se desarrollan los aspectos planteados por los Artículos3, 4 y 6 del Decreto 1290 de 2009. 4.1.1. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION: A. LA EVALUACION: La evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos y fines propuestos en el P.E.I. y de manera especial en el plan de estudios y el manual de convivencia en función de la calidad y excelencia . El estudiante de la Institución está predeterminado cognitiva, motriz, volitiva y psicomotoramente para adquirir y asimilar el conocimiento constructivo que imparten los docentes de la Institución. Las características individuales de los estudiantes se determinan por las necesidades que cada uno tiene en sus hogares, encontramos jóvenes que trabajan en oficios agrícolas u oficios varios en el hogar, por esta razón los desarrollos o avances en el proceso de formación son diversos y las expectativas diferentes. Como el proceso de adquisición del conocimiento es individual, este va a la par del desarrollo de cada estudiante y se evidencian de manera personal en cada uno de ellos. Con la aplicación de estrategias metodológicas diseñadas dentro del marco pedagógico institucional, se identifican los ritmos de aprendizaje de los estudiantes para valorar los aspectos de formación integral en los educandos. Con el SIE los docentes adoptan estrategias procedimentales que alimentan los contenidos que aportan los conocimientos básicos de los educandos en cada
  • 34. una de las áreas fundamentales y complementarias indispensables en un desarrollo integral. El proceso pedagógico adoptado por la Institución permite que el educando se alimente y retroalimente con información académica, a través de mecanismos didácticos con formas innovadoras y creativas que apoyan al educando en las necesidades presentadas y se fortalezcan los procesos de formación integral. El proceso pedagógico institucional, presenta características que permiten incentivar a los educandos avanzados en el proceso de formación integral. Esto genera un buen ambiente en la relación docente-estudiante, estudiante-estudiante, directivo docente- estudiante; ya que en virtud a los desempeños superiores de algunos estudiantes, estos se convierten en impulsadores, gestores y complemento para un buen proceso de enseñanza en el aula de clase y fuera de ella. Los procesos generados dentro del SIE son complementarios y aportan al ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. CRITERIOS:  En el proceso de evaluación de las actividades curriculares se tendrá en cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes: cognitiva, actitudinal, evolutiva y psicomotora.  La evaluación es también la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo la responsabilidad del profesor.  Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el profesor que contenga los siguientes elementos: que sea continua, integral, sistemática, flexible, interpretativa, participativa y formativa.  Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzados o dejados de alcanzar por parte del estudiante.  Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto la enseñanza integra contenidos y procesos.  En cada periodo se valorará el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como: alcancedeestándares de aprendizaje
  • 35. (compromisos académicos y de convivencia), desarrollo de procesos de aprendizaje y adquisición de competencias.  La valoración mínima para aprobar un área es seis (6.0).  Cuando son varias las asignaturas de un área debe promediarse los resultados para obtener la valoración del área.  Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales, deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por “periodo académico”.  Si en la valoración de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales, se debe manejar una sola cifra decimal.  La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas , será el promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de aprendizaje; más la nota de autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación dadas por el estudiante con base en su disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases. PROMOCION:  La promoción se hace con base en áreas de aprendizaje aprobadas y no de asignaturas en particular.  Para efectos de promoción, en el nivel de educación básica ciclo de primaria en los grados primero a tercero la promoción se circunscribe al rendimiento del estudiante en lenguaje y matemáticas. Sin desconocer la importancia de las demás y el criterio del comité de evaluación y promoción.  Teniendo como referente los estándares básicos y los lineamientos expedidos por el M.E.N. y lo establecido por el P.E.I. , la denominación desempeño básico se entiende como la separación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales.  Si el estudiante presenta desempeño bajo en matemáticas o lenguaje por dos años consecutivos reprobará a partir de cuarto primaria hasta grado once.  Cuando en tres (3) o más áreas obtiene un estudiante valoraciones inferiores a seis (6.0), se infiere que no alcanzó el desempeño básico y
  • 36. por lo tanto la ubicación corresponderá a desempeño bajo, entonces reprobará.  El desempeño bajo se entiende como la no superación del desempeño básico y no da el derecho al estudiante a ser promovido al grado superior o al diploma de bachiller.  El estudiante se promueve al grado superior o al diploma de bachiller cuando apruebe todas las áreas o cuando promediadas las valoraciones de todas las áreas de formación arrojen una nota mínima de siete (7.0), siempre que no haya perdido más de una (1) área y esta no este valorada con una nota inferior a cuatro (4.0); en este caso el estudiante no está obligado a presentar superación del área perdida.  Toda inasistencia a las actividades curriculares debe ser justificada, se pierde un área o asignatura con valoración de uno (1.0), cuando el número de ausencias no justificadas sea igual o superior al 15 % de la intensidad horaria de esa área o asignatura.  Únicamente la excusa médica o por calamidad doméstica comprobada tiene validez académica.  Para efectos de promoción el valor porcentual de cada uno de los periodos será el 15% o en su defecto caso justificado el 30%.  Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento para todos los docentes que orientan clases desde el grado primero hasta el undécimo en la institución educativa, por cuanto, el sistema de evaluación del aprendizaje es parte fundamental del proceso de calidad del servicio educativo. SUPERACIONES: Las superaciones se harán en el transcurso de cada periodo académico. Si por algún motivo un estudiante llega al final del año escolar perdiendo áreas o asignaturas se aplicará el siguiente procedimiento.  Solo se permite la superación cuando el estudiante ha perdido una (1) o dos (2) áreas o un número de asignaturas que no rebase las tres (3) áreas.  La valoración de una superación, no excederá los rangos estipulados para el desempeño básico salvo el criterio del docente.
  • 37.  Si el estudiante pierde dos (2) áreas deberá pasar por lo menos una (1) de ellas en la primera convocatoria para continuar el proceso, de lo contrario será reprobado.  Las convocatorias que hace el plantel son obligatorias para todos los estudiantes a menos que se compruebe enfermedad del estudiante o calamidad doméstica.  Los estudiantes que pasado un año, de la fecha de terminación del año lectivo no se presenten a superar las áreas o asignaturas perdidas, deben repetir el grado si desean continuar estudiando.  Las superaciones no se no se circunscriben exclusivamente a pruebas escritas, deben hacer parte de dichas actividades, las pruebas orales y escritas, los trabajos prácticos y escritos, etc. en lo posible, la valoración definitiva debe ser el promedio de por lo menos dos (2.0) notas parciales. ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS. Para los estudiantes no promovidos, se aplicara lo siguiente: - La institución educativa diseñará programas específicos, es decir (asignaturas o áreas perdidas) para los educandos que no alcanzaron la promoción al grado siguiente. Se hará un seguimiento en el desarrollo de los programas por parte del consejo académico y el estudiante alcanzara la promoción en la medida en que demuestre la superación de insuficiencias académicas. Solo tendrá el primer periodo del año siguiente para demostrar suficiencias y poderse matricular en el grado siguiente, de no hacerlo reprobara el grado. Si el mismo estudiante reprueba el mismo grado durante dos años consecutivos se le recomendara cambiar de Institución Educativa Si el estudiante y sus padres están interesados en que no se repita el año escolar, cuando el desempeño del estudiante haya sido valorado de forma definitiva como bajo, se aplicara el siguiente procedimiento: - Solicitud escrita dirigida a la coordinación al terminar al año lectivo y antes de la clausura.
  • 38. - El coordinador informara a los docentes y solicitara que estos señalen las competencias no alcanzadas y que imposibilitaron su promoción así como los contenidos afines. - Si el estudiante cree a conciencia que está en condiciones de demostrar que maneja los contenidos temáticos y por ende puede alcanzar los estándares que quedaron pendientes; entonces, en la última semana de enero del siguiente año, al que se aplaza, puede solicitar por escrito a la rectoría que se ordene la práctica de los exámenes correspondientes, que de ser aprobados se levantara por parte del comité institucional de evaluación y promoción el acta de promoción y se le renovara la matricula al grado siguiente. COMITÉ INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION. El Sistema Institucional de evaluación, debe garantizar su aplicación racional y ética, por esta razón la institución contara con un comité de Evaluación y Promoción, el cual estará integrado por el rector o su delegado, el coordinador, dos representantes de los docentes de los cuales uno debe pertenecer al nivel básico y el otro al de media, dos representantes de los padres de familia y el personero estudiantil. El cual se dará su propio reglamento. 4.1.2. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL. Los resultados de las valoraciones se expresa numéricamente en la escala de 1 a 100, con un equivalente conceptual expresado en desempeños: Rangos de valoración cuantitativa equivalente conceptual 9.5 a 10.0 Desempeño Superior 8.0 a 9.4 Desempeño Alto 6.0 a 7.9 Desempeño Básico 1.0 a 5.9 Desempeño Bajo
  • 39. Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos a nivel territorial, la escala institucional tendrá sus equivalencias en la escala de valoración a nivel nacional y los darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente grado. 4.1.3. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.  Toda prueba escrita se estructurara y aplicara teniendo como base las pruebas externas (Saber e ICFES).  Al aplicar las pruebas se deben tener en cuenta aspectos como: Apropiación de conceptos a partir de la comprensión, el análisis, la discusión crítica. Esto nos puede permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de solución de problemas  En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan independizar los resultados de factores relacionados con la pura recordación, acudiendo a consulta de textos, notas y otros recursos que sean necesarios.  Las pruebas estarán ligadas a constatar conceptos y otros factores cognitivos.  Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación.  Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración. (Tales como: Talleres, test, exposiciones, trabajos escritos.)  Para los trabajos escritos dejados a los estudiantes para ser evaluados posteriormente, el docente debe dar bibliografía, en lo posible de la existente de la biblioteca de la institución o dirección en web.  Los trabajos individuales o en grupo deben ser planeados y asignados para ser realizados en clase con la orientación del profesor.  Las tareas para la casa se justifican como complemento del tema visto en clase o para abrir el siguiente tema.
  • 40. 4.1.4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Los siguientes son los procedimientos:  La Institución Educativa propondrá y desarrollara estrategias que busquen mejorar el rendimiento académico de sus estudiantes.  El director de grado como integrante institucional y aplicando el Pacto de Convivencia hablara con el estudiante sobre la(s) situación académica(s) o disciplinaria(s) que se puedan estar presentando, para invitarlo a remediar la situación.  Si la situación continua igual o peor, pasará el caso a conocimiento del coordinador de la Institución.  Si en la instancia anterior no se encuentra solución, se aplicará en su orden los siguientes pasos según el Pacto de Convivencia: -Solicitud de la presencia del padre de familia. -Devolución de la constancia de notificación. -Reunión con el padre de familia, el estudiante implicado, el director de grado y los demás profesores que se consideren necesarios. Como resultado de esta reunión quedara un acta de seguimiento institucional. 4.1.5. PROCESO DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. - Hablar de autoevaluación significa practicar la valoración individual es decir las propias acciones, esto es un ejercicio fundamental en la formación de la persona y del estudiante en particular, permitiendo así la identificación de los avances y dificultades. - En la autoevaluación generada en el aula de clase, el estudiante por principio de responsabilidad podrá colocarse como nota máxima la correspondiente al mayor parcial obtenido en el periodo. - Un estudiante que muestre buena disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración en las clases puede solicitar a su profesor que se le valore con una nota mínima en el rango de desempeño alto.
  • 41. 4.1.6. ESTRATREGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. - En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y superación con el propósito de que los estudiantes alcancen las competencias no alcanzadas en el transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son de obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no habrá lugar a reclamaciones. - Al terminar el año lectivo se programará en la última semana de labores una nivelación general para estudiantes, con estos resultados la secretaria de la institución y bajo la vigilancia directa del comité insti tucional de evaluación se procederá a ordenar las promociones o aplazamientos para los estudiantes que hayan presentado hasta el momento problemas para definir su promoción. - Si un estudiante de grado once llevase áreas o asignaturas perdidas, pero en las pruebas ICFES muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia adelante, se le dará como estímulo la aprobación con valoración de acuerdo a su desempeño en orden ascendente. Los rangos de reconocimiento serán fijados por el consejo académico al finalizar el año escolar. 4.1.7. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DE LA INSTITUCION CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION. Se aplicará el siguiente procedimiento: - Al comenzar cada periodo del año lectivo el profesor de la asignatura presentará a los estudiantes los estándares, las competencias, los logros y sus indicadores que debe alcanzar junto con el plan de valoraciones parciales de su área. - Durante la primera semana de cada periodo, los docentes deben presentar a la coordinación respectiva el plan de área o asignatura. - El coordinador debe velar porque las planillas que se pasen a secretaría estén debidamente diligenciadas y que contengan la cantidad mínima de notas parciales exigidas.
  • 42. - Las actividades académicas o pedagógicas que se programen fuera del plantel deben planearse y presentarse a la coordinación respectiva con la programación de la unidad temática a desarrollar; estas estarán sujetas a su aprobación por parte del rector de acuerdo con la ley. 4.1.8. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. - El proceso evaluativo se hará con referencia a 4 periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo de 15 días calendarios el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño integral de su hijo. - Al terminar el año lectivo se hará entrega a los padres de familia o acudientes un informe final el cual contiene los datos consolidados del desempeño integral del estudiante. - La reunión de padres de familia programada por periodo, en el cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre el rendimiento académico y de comportamiento del estudiante son de obligatorio cumplimiento por parte del padre de familia o acudiente. 4.1.9. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACION INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACION. - El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma escrita en el que se dará cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso formativo en cada una de las área tanto a nivel académico como disciplinario. Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su equivalente cualitativo. Señalando los aspectos positivos y las dificultades presentadas durante el periodo con las recomendaciones para mejorar. - El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores y la valoración general del cumplimiento y disciplina.
  • 43. 4.1.10. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, Y SIGUIENDO UN DEBIDO PROCESO SERA: - El docente del área. - La coordinación. - El comité institucional de evaluación y promoción. - El consejo académico, que por Ley el Rector lo convoca y lo preside será la instancia máxima para solucionar problemas de carácter académico. Son las instancias a las cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante, siguiendo el conducto regular, cuando no se sienta satisfecho con la valoración realizada por los docentes. En todos los casos los interesados deberán dirigirse a las respectivas instancias, de manera respetuosa por escrito y fundamentado en evidencias reales no en supuestos. 4.1.11. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. La comunidad participará del proceso de construcción del sistema de evaluación institucional a través de sus representantes ante el consejo directivo, ellos representan a los padres de familia, tramitarán sus propuestas e inquietudes y establecerán canales de comunicación. Lo mismo que con los demás representantes de los diferentes estamentos. NOTA: el presente proyecto del SIE será interpretado, analizado, ajustado, mejorado y adoptado por el Consejo Directivo de la Institución mediante un Acuerdo de resolución rectoral.
  • 44. 5. MANUAL DE FUNCIONES 5.1. APARTES DEL MANUAL DE FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN. El presente manual de funciones “MF” se basa en las normas del nivel nacional, departamental y municipal, e incorporan aquellas nuevas que promulguen las autoridades de estos niveles y el gobierno escolar y sus organismos, pertinentes. A la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima. Las principales normas aquí incluidas son: 1. La Constitución nacional –CN- de Colombia, 1991. 2. La Ley 115 de 1994 o ley general de educación. LGE. 3. La Ley 715 de diciembre 21 de 2001, o ley general de participaciones, LGP. 4. La Ley 734 de febrero 5 de 2002, o código único disciplinario, CUD. 5. El Derecho ley 2277 de 1979 o estatuto docente, ED. 6. El Derecho 1860 de agosto 3 de 1994 de fondo de servicios docentes.FSD. 7. El Derecho 1857 de agosto 3 de 1994 de organización educativa, OE. 8. El Derecho 992 de mayo 5 de 2002 de los fondos de servicios educativos, FSD. 9. El Decreto 230 de febrero 11 de 2002, sobre evaluación y promoción de educandos, EPE. 10. El Decreto de 1850 de agosto del 2002, sobre jornadas escolar y laboral, JEL. 11. La Resolución 13342 de julio 23 de 1982 de las funciones y cargos en los planteles educativos, FCPE. 12. El Decreto departamental N° 685 de junio 28 de 1993: manual de funciones. 13. Ley 909 de carrera administrativa y demás normas concordantes y reglamentarias. 14. El Decreto 1289 de abril 27 de 2005. Asociación de padres de familia. PARÁGRAFO. El personal administrativo podrá participar en las deliberaciones del CD con voz pero sin voto, cuando este les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros. 5.2. PRINCIPIOS RECTORES DEL MANUAL DE FUNCIONES El presente manual de funciones contiene lo que debe tener cada funcionario, cargo o dependencia contenida en el organigrama o carta orgánica de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima.
  • 45. ARTICULO 114. La actuación de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquello adelante (art. 83 CN), y serán responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y la Ley, así como por la omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones (art. 6, CN). 5.3. DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA. Está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del estado. La administración pública en todos sus ordenes tendrá un centro interno que se ejercerá en los termino que señala la Ley (art. 209 de la CN). ARTICULO 115. CODIGO UNICO DISCIPLINARIO. Todos los empleados de la INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE LA SIERRA de Lérida Tolima se deben acoger a los derechos, deberes y prohibiciones contenidas en el art. 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, y 40 de la CUD.
  • 46. 6. COMUNIDAD EDUCATIVA ARTICULO 116. DE LAS FUNCIONES DEL RECTOR. (Dec.1860 Art. 25) Le corresponde al rector del establecimiento educativo: 1. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno Escolar. 2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. 4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad Educativa. 6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el pacto de Convivencia. 8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al Establecimiento con la comunidad local. 10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, pertinentes a la prestaciones del servicio público educativo, y 11. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. ARTICULO 117. DE LOS PROFESORES, ORIENTADORES Y MEDIADORES. Les corresponde: orientar, formar y guiar las actividades curriculares, disciplinarias y dirección de grupo, para que los estudiantes logren los cambios de conducta y aprendizaje propuestos. ARTICULO 118. Son FUNCIONES GENERALES DE LOS PROFESORES, ORIENTADORES Y MEDIADORES: 1. Participar en el consejo directivo y académico cuando sea elegido, y en los distintos comités que se conformen en la institución, incluido el de la evaluación y promoción
  • 47. 2. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de las actividades de su área, proyectos o asignatura. 3. Programar y organizar las actividades de enseñanza- aprendizaje de las asignaturas, áreas y/ o proyectos a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de área. 4. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. 5. Participar en la realización de las actividades de apoyo y complementarias a la acción educativa extra- clase a que haya lugar. 6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza, aprendizaje. 7. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o el coordinador, las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación. 8. Presentar al jefe de área o al coordinador, el informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los periodos académicos y al finalizar el año escolar y refrendarlos con su firma. 9. Participar en la orientación de los estudiantes conforme lo determine el PC de la Institución y presentar los casos especiales de comportamiento y rendimiento escolar a los directores de grupo, jefes de área, coordinadores y/ o a la orientación escolar para su respectivo tratamiento. 10. Presentar periódicamente informe al jefe de área o al coordinador sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo. 11. Ejercer la dirección del grupo. 12. Cumplir con la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. 13. Cumplir con los turnos de disciplina que le sean asignados. 14. Responder por la disciplina de la clase en el curso que le corresponda laborar. 15. Participar en los actos comunitarios y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel.
  • 48. 16. Atender a los padres de familia y estudiantes en los horarios establecidos para tal fin. 17. Establecer la detención oportuna y el apoyo en la orientación en casos de mal nutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia, y explotación económica y laboral, las normas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 18. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 19. Evitar el maltrato, la intimidación, la humillación, la ridiculización, la difamación, la coacción, el aislamiento, la amenaza y la incitación a la violencia de hecho, de palabra o a través de la internet, de teléfonos móviles, correo electrónico y redes sociales a cualquier miembro de la comunidad educativa. 20. A no ser maltratado, intimidado, humillado, ridiculizado, difamado, coaccionado, aislado, amenazado e incitado a la violencia de hecho, de palabra o a través de la internet, de teléfonos móviles, correo electrónico y redes sociales, por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa. 21. Propiciar acciones pedagógicas que fomenten el respeto por los derechos humanos, por la vida sexual y reproductiva y por la convivencia escolar. 22. Fomentar el buen uso de las TICS para evitar el cyberbullying. 23. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de matoneo, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en establecimiento educativo, particularmente en el aula de clase, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizaje democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
  • 49. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 24. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. PARÁGRAFO PRIMERO. DEL PROFESOR DIRECTOR DE GRUPO. El docente encargado de la dirección de algún curso tendrá además las siguientes funciones: 1. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personal. 2. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiado a su dirección. 3. Ejecutar accionar de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su compartimiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. 5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos, principalmente con los padres de familia de esos alumnos, las soluciones más adecuadas. 6. Establecer comunicación permanente con los coordinadores, profesores y padres de familia o acudientes para coordinar y mejorar la acción educativa de sus alumnos. 7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar. 8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo: salidas pedagógicas, jornadas deportivas, lúdicas, culturales, etc. 9. Rendir periódicamente informe a los coordinadores de las actividades y programas realizar. 10. Elaborar el plan anual de actividades del curso.
  • 50. 11. Diligenciar oportunamente los formatos para el seguimiento académico y disciplinario del alumno. 12. Realizar las acciones disciplinarias a que haya lugar de acuerdo con lo establecido en el pacto de convivencia. PARÁGRAFO SEGUNDO, DE LOS PROFESORES DE DISCIPLINA. 13. Colaborar con el coordinador en los turnos de disciplina que le sean asignados. 14. Recibir a los alumnos 10 minutos antes de iniciar las clases, y en el momento del ingreso al colegio verificar su presentación personal. 15. Dar orientaciones generales a los alumnos relacionadas con el comportamiento, normas de higiene, recomendaciones especiales, etc. Antes de iniciar clases. 16. Velar por el buen funcionamiento de la disciplina en los momentos del descanso, principalmente en los patios de recreo, las unidades sanitarias, la tienda y restaurante escolares y demás lugares en donde se puedan presentar accidentes y desordenes. 17. Atender los reclamos de los alumnos cuando ellos se sientan lesionadas en sus derechos. 18. Verificar que los salones queden limpios y ordenados al final de la jornada, y los ventiladores y luces apagadas. 19. Dar a conocer al coordinador y/o rector de los daños detectados en las instalaciones del plantel y las demás novedades que estimen anormales y que interfieran o impidan el desarrollo normal de la actividad académica. 20. Propiciar la solución dialogada a los conflictos presentados, principalmente entre los estudiantes. 21. Ser el primero en llegar y el último en salir de la institución. ARTICULO 119. DEBERES DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES 1. Presentarse oportunamente con su hijo(a) o acudido(a) en el momento de la matricula para registrarla por primera vez o renovarla cada año, y asumir en esta forma
  • 51. las responsabilidades y compromisos pertinentes, especialmente, el aseguramiento de su permanencia durante su edad escolar obligatoria. Si no matricula a su acudido en las fechas programadas por la institución, perderá el cupo en la jornada o sección, e incluso en el plantel. 2. Proporcionar a su hijo acudido todos los elementos indispensables para su labor educativa: útiles escolares, uniformes, etc., para ayudar en el mejoramiento del proceso educativo de sus tutelados. 3. Responder solidaria y económicamente por los daños causados por su acudido a los bienes materiales de los miembros de la Comunidad Educativa y/o del plantel, dentro y fuera del mismo. Esto lo debe hacer dentro de los 15 días siguientes al suceso. 4. Dar un trato cortés, amable y cordial a todos los miembros de la comunidad educativa y muy especialmente, cuando sea requerido para ayudar a solucionar los problemas de comportamiento de sus hijos o acudidos. 5. Estar en permanente comunicación con los docentes y directivas del plantel, asistiendo a las reuniones y citaciones que se le hagan (de padres de familia, del Consejo de Padres, Consejo Directivo, etc.) con el objeto de enterarse del rendimiento académico y/o comportamiento social de su acudido. 6. Responder por los gastos que ocasionen las lesiones personales que su acudido llegare a causar cualquier persona, dentro o fuera del Plantel, en un plazo acordado con las personas afectadas. 7. Colaborar responsablemente en la formación integral de su acudido, escuchando las observaciones que le hagan los docentes y directivos, y participando de las recomendaciones y cumplimiento de los compromisos que conjuntamente con la Institución determinen. 8. Adquirir un seguro de accidentes estudiantiles en el momento de la matricula, cuando no se halle amparado por otro tipo de seguridad social. 9. Enviar excusa escrita o comunicarse telefónicamente con las autoridades del Colegio, cuando no pueda asistir a una reunión o cita por causa de fuerza mayor, indicando el motivo de la misma y acordando la fecha y hora en la cual podrá hacerlo personalmente. Si el acudiente no asiste o no hay una excusa el alumno no se recibirá en el Plantel hasta tanto el acudiente no cumpla con su deber.
  • 52. 10. Participar activamente en la elaboración, mejoramiento y evaluación del PEI, así como en las demás actividades que programe el Plantel, para ayudar a la buena formación de su acudido. 11. Cancelar dentro de los cinco (5) días de cada mes las pensiones de su acudido o los pagos de costos académicos convenidos con el Rector en el momento de la matrícula. 12. Presentar propuestas y soluciones a los problemas y necesidades que conlleven al mejoramiento de la Institución, de los grupos y de los alumnos. 13. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y el cumplimento de sus fines sociales y legales. 14. Contribuir con las obligaciones contraídas en el acto de la matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 15. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 16. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir oportuna respuesta acudir a las autoridades competentes. 17. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los PMI. 18. Acompañar el proceso educativo en el cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 19. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo. PARAGRAFO: PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, además de las obligaciones
  • 53. consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 20 11 y demás normas vigentes, deberá: 1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos. ARTICULO 120. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. Elegir el tipo de educación que , de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. 2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentren debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orienten el PEI, el Manual de Convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional (PMI). 4. Expresar de manera respetuosa y por el conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal