1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO
Aprobados sus estudios por la Secretaría de Educación del Departamento del Tolima según Resolución Nº 6517 de 01 de octubre de
2014 Registro Educativo N°. 15552176 DANE: 273555001891 NIT: 800010710-6
MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ANTONIO NARIÑO.
GAITANIA – PLANADAS TOLIMA
2. INTRODUCCIÓN
Este Manual de Convivencia es fruto del consenso entre todos los integrantes de la Comunidad
Educativa de la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO del Corregimiento de Gaitania Municipio
de Planadas
El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones escolares,
cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad
fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, social y deportiva
con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y
actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a conocer ampliamente por todos los
miembros de la comunidad educativa,
El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas en la
Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de garantizar a los
niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de
la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas sustantivas y procesales para la
protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus
derechos y libertades consagradas en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en
la Constitución Política y en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y
protección será obligación de la familia, la Sociedad y el Estado.
Se quiere optimizar el funcionamiento de la Institución Educativa con base en el respeto, la
autonomía, la tolerancia, la responsabilidad, el consenso, la autoestima, buscando siempre la
formación integral de la persona que la represente responsablemente dentro y fuera de ella,
perfilando así la ciudadanía del nuevo milenio, con una verdadera idiosincrasia cultural, formativa,
científica, deportiva ética y moral.
JUSTIFICACIÓN
El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y se
perfecciona durante la vida escolar. Es responsabilidad de la INSTITUCION EDUCATIVA
ANTONIO NARIÑO diseñar y ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el
Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos
estamentos de la Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se
especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia y funcionarios
administrativos; indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los
procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas,
sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y
reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de
servicios especiales ofrecidos por la Institución.
MISIÓN
La misión de la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO es la formación de una persona integral
que abarque la totalidad de la dimensión humana, en lo físico, mental y espiritual. Esta formación
debe ser científica, sistemática y permanente para que propicie el descubrimiento y desarrollo de
las potencialidades de los educandos y facilite su completa autorrealización. Los principios,
3. criterios y valores que inspira la filosofía de las INSTITUCIONES EDUCATIVAS que garanticen la
acción unificada que tanto los directivos, profesores, personal administrativo, padres de familia y
estudiantes deben ejercer en el cumplimiento de sus respectivas funciones; siendo responsables
directos en los logros, los aciertos, como también en las faltas y las deficiencias. La integridad de la
comunidad debe proporcionar permanentemente su evaluación y progreso, que permita la
vinculación activa y consciente del educando en su familia, la sociedad y el trabajo.
VISIÓN
Motivar a todos y cada uno de los miembros de la comunidad Gaitaniuna en pro de la formación
de la niñez y la juventud, convocándola a comprometerse en las diferentes actividades que se
desarrollen dentro de la Institución Educativa y así tender a mejorar las situaciones existentes
dentro de un ambiente ético que permita la reflexión y actuación crítica del educando frente a los
avances científicos y culturales del pensamiento humano.
OBJETIVOS
1. OBJETIVOS GENERALES.
a. Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de
principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la normatividad
vigente.
b. Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños, para que estos sean
forjadores del futuro.
c. Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodológicas para proyectar la
investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución que
permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la práctica
de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de manera activa
en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
a. Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, de
acuerdo con la norma en estos casos.
b. Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática, física y
psicológica a sus educandos.
c. Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y mutuo
apoyo.
d. Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología y las
artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere el
momento de desarrollo económico y político del país.
e. Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento que
fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle.
f. Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una actitud
positiva hacia el aprendizaje de otro idioma.
g. Rescatar para su aplicabilidad aquellos valores morales, sociales, y éticos perdidos por el
agite al cual está sometida la sociedad como: El respeto, la verdad, la justicia social, la
responsabilidad, la tolerancia y la solidaridad.
4. h. Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio de los
contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa dinámica y
lógica, acorde con su desarrollo personal y social, para lo cual el colegio se preocupa por:
La autoestima en la toma de decisiones.
Los buenos modales de comportamiento, glamur y el respeto.
El respeto y valor a los símbolos patrios.
La práctica del deporte como medio para crecer sano y fuerte.
El conocimiento del idioma extranjero.
MARCOS DE REFERENCIA
MARCO LEGAL.
Según el artículo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se
exige: Toda Institución Educativa debe tener como parte integral del Proyecto Educativo
Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los
derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos
de la comunidad educativa.
De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los
Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la
Adolescencia.
Se debe contemplar los siguientes aspectos:
a. Reglas de higiene, personal y salud pública que presentan el bienestar de la comunidad
educativa.
b. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los
bienes personales y de uso colectivo.
c. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
d. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.
e. Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten ent re
miembros de la comunidad.
f. Pautas de representación personal.
g. Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la
defensa.
h. Reglas para elección de representantes al Consejo Directivo, demás estamentos, y
elecciones del personero.
i. Reglas para el uso de la biblioteca escolar.
La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual de
Convivencia Estudiantil los siguientes:
Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).
Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art.
28 decreto 1860)
La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 Dec. 1860)
5. Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art.
23 dec 1860).
Funciones disciplinarias del Rector (a) (Art. 25 dec 1860)
Las actividades del Gobierno Estudiantil.
Integración del Consejo Directivo (Art. 21 Dec. 1860)
Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)
Asociación de padres de familia (Art. 30)
Consejo de padres de familia (Art. 31)
Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)
El manual de convivencia esta realizado a Ia luz de la Constitución, y del Código de la
Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006.
Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37)
Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.
Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley 1098 de
2006
Reglamento o Manual de Convivencia. Artículo 87 ley 115 de 1994
Derecho al debido proceso. Artículo 26 ley 1098 de 2006
Derecho a la educación. Artículo 28 ley 1098 de 2006
Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. Artículo 29 ley 1098 de 2006
Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. Artículo 30 ley 1098
de 2006
Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes. Artículo 31 ley 1098
de 2006
Derecho de asociación y reunión. Artículo 32 ley 1098 de 2006
Derecho a la intimidad. Artículo 33 ley 1098 de 2006
Derecho a la información. Artículo 34 ley 1098 de 2006
Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Artículo 42 ley 1098 de 2006
Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Artículo 43 ley 1098 de
2006
Obligaciones complementarias de las instituciones educativas. Artículo 44 ley 1098 de
2006
Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. Artículo 45 ley 1098 de 2006
Restablecimiento de los derechos. Artículo 50 ley 1098 de 2006.
Obligación del restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y los adolescentes.
Artículo 51 ley 1098 de 2006
Amonestación. Artículo 53 ley 1098 de 2006
El sector educativo y la prevención del abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.
Capítulo IV ley 1146 de 2007
Identificación temprana en el aula. Artículo 11 ley 1146 de 2007
Obligación de denunciar. Artículo 12 ley 1146 de 2007
Acreditación. Artículo 13 ley 1146 de 2007
Cátedra de Educación para la sexualidad. Artículo 14 ley 1146 de 2007.
Deber de denunciar. Artículo 15 ley 1146 de 2007
Ley de Convivencia Escolar. Ley 1620 de 2013
Decreto 1965 de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013.
6. MARCO TEÓRICO.
La Institución centro de cultura debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que les
permita participar en la sociedad y que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que
esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento(Manual de
Convivencia) que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer,
no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para con la comunidad.
El reglamento no podrá ignorar que la educación encama la más evidente posibilidad que un
ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular,
la práctica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus más importantes
medios de realización personal, la convivencia pacífica, y la solidaridad, entre otros.
Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita
indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona
sana, independiente y en ello, la disciplina y las normas ayudan a consolidar la personalidad, si son
legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso
educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuáles son las reglas del sistema, por qué existen y
por qué son importantes, qué sucedería si no existiesen y cómo podría ser la manera de
perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro, de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración
y la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en formación a
entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad.
PREÁMBULO.
Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que serán
aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la Comunidad
Educativa de la Institución ANTONIO NARIÑO, ellos incluyen derechos y deberes de los
estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad humana,
y los deberes a aquellos comportamientos individuales requeridos por la sociedad como un todo,
en orden de garantizar el derecho a la libertad y a la dignidad humana.
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y
procedimientos que gobiernan el Colegio, así como de sus responsabilidades. Tal información está
fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los estatutos de
ASOPADRES, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la vida estudiantil y
a las actividades académicas.
CAPÍTULO 1
LOS ESTUDIANTES
Artículo 1. PERFIL DEL ESTUDIANTE
La comunidad educativa de la Institución Educativa Antonio Nariño comprometida con las actuales
necesidades sociales proyectadas hacia la formación de futuros ciudadanos colombianos, quiere
educar estudiantes:
7. a. CON FORMACION SOCIAL: Autocrítico, comprometido, responsable ante si mismo y ante
la comunidad educativa; conscientes que “El hombre como ser social imperfecto e
inacabado se encuentra en situación de aprendizaje durante toda su existencia”. Debe
mostrar un sentido de responsabilidad, solidaridad, convivencia y respeto por el otro.
b. CON FORMACIÓN SOCIAL: Que tenga una apertura crítica a la realidad regional,
nacional e internacional, permitiéndole desarrollar su capacidad de justicia, adquiriendo la
práctica del civismo y del amor a la nacionalidad y la democracia.
c. CON VISIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL: Que incremente su capacidad de
desempeño en el campo laboral de acuerdo a su vocación, con capacidad de identificar y
desarrollar su potencial intelectual, que sea capaz de ampliar y buscar estrategias
adecuadas para su autoaprendizaje y que refleje sensibilidad social ante la realidad
socioeconómica, técnica y científica del país.
d. CON FORMACIÓN CRISTIANA: Que desarrolle su capacidad de compromiso cristiano
con principios éticos, morales y espirituales en donde el prójimo y sus necesidades no le
sean ajenos.
Artículo 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
En búsqueda de una formación integral los estudiantes de la Institución Educativa Antonio Nariño
tiene derecho a:
a. Recibir de los educadores testimonio de vida cristiana, ética y moral.
b. A conocer el Manual de Convivencia al iniciar el año escolar.
c. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro
del plantel.
d. Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la institución a fin de obtener el
mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. (sin palabras soeces,
apodos ni gritos).
e. Elegir y ser elegido para el Consejo de estudiantes, personero, contralor, subcontralor,
representantes al Comité de Convivencia.
f. Ser respetado en su dignidad personal, en su buen nombre y en su honra (art. 21 de la
C.P.N.) y ser escuchado cuando haya cometido una falta, para fijar de común acuerdo los
correctivos del caso según los procedimientos legales.
g. Recibir atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo de la
institución.
h. Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientac ión
necesaria con miras a un mejor desarrollo integral.
i. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la institución para
actividades propias de la vida escolar. (Art. 7 de la ley Infancia y Adolescencia)
j. Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y actualizado,
con proyección profesional y excelente desempeño ético.
k. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su rendimiento
académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad.
l. Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido
para ello.(evaluaciones, nivelaciones, recuperaciones…).
m. A una recreación sana, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre (Art.
52 C.P.N.).
8. n. A presentar peticiones respetuosas a Directivos, Docentes, Directiva de Asociación de
Padres de Familia, Consejo de Padres por motivo de interés general y/o particular y a
obtener repuesta dentro de los términos legales. (Artículo 23 de la C.P.N.)
o. Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de
acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
p. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre
cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda opinión
ajena.
q. Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento a que se haya
hecho acreedor.
r. Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de acuerdo con las normas vigentes
fijadas por la Institución.
s. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo
en beneficio de su salud y bienestar.
t. Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes deportivos,
grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.)
u. Se garantiza la libertad de conciencia: nadie será molestado por razón de ideología o
credo, ni compelido a revelarlas, ni obligado a actuar en contra de su conciencia (Artículo
18 de la C.P.N.).
v. Obtener información adecuada sobre los programas, objetivos, métodos y procesos de
evaluación empleados en cada área.
w. Manejar con acierto el principio de su autonomía en todos los aspectos de su formación
integral.
x. Expresar libremente la forma de pensar, respetando y valorando las diferencias
individuales.
y. Los estudiantes integrados, con limitaciones o capacidades excepcionales, al recibir
educación estarán sujetos a la ley 115 de 1994, artículo 4647 Programa 4 Plan Decenal,
Decretos 1860, 2247 y 2369, ley 1098 de noviembre de 2006 (y demás normas del
derecho, tratados aprobados, constitución y la ley y reglamentarios).
z. Ser estimulados en los logros alcanzados académica, cultural - deportivo y personalmente.
aa. Emplear el diálogo como principal medio de concertación, frente a una situación determinada.
bb. Conocer los logros académicos como también los desaciertos en las diferentes
manifestaciones del desempeño como estudiantes.
cc. Recibir explicación complementaria y oportuna por parte de los profesores, cuando presente
alguna dificultad en el aprendizaje.
dd. Disfrutar del tiempo establecido para la recreación y el descanso.
ee. Participar en todas las actividades programadas por la institución con amplio sentido de
responsabilidad
ff. Obtener asesoría y orientación periódica sobre temas de la sexualidad, autoestima, valores de la
personalidad, prevención a la drogadicción etc.
gg. Fomentar y participar en actos que promuevan la solidaridad.
hh. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de planes curriculares, Pacto de
convivencia y compromiso, de acuerdo a la ley general de la educación.
9. ii. Que le sean resueltos en forma oportuna y justa, los conflictos que se presentan con algunos de
los miembros de la comunidad, teniendo en cuenta el conducto regular: Diálogo con el estudiante,
con el profesor implicado, con el director del grado, previa orientación del Personero Est udiantil,
con el Coordinador, con el Rector (a) y Consejo Directivo para llegar finalmente a la conciliación.
(ver proceso sanciones, correctivos, faltas graves y leves).
jj. Elegir y ser elegido como miembro activo y participativo en las diferentes juntas que se
conforman para representar a la institución. (Personero, estudiante del último grado que ofrece la
Institución; Consejo Directivo, Consejo Estudiantil, según decreto N° 1860 art. 28y 29).
Artículo 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Conocer y cumplir el Manual de
Convivencia como documento formativo de la comunidad educativa al igual que la Constitución
Política Nacional y la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006.
a. Conocer y llevar a la práctica la Misión, Visión y principios de la Institución Educativa.
b. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás
personas vinculadas a la Institución.
c. Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros actos
que atenten contra la dignidad de cada uno.
d. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo
escolar.
e. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución para
superar insuficiencias presentadas.
f. Facilitar la comunicación Institución Educativa-Familia, entregando a tiempo y a quien
corresponda las circulares y/o citaciones que le sean dadas.
g. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman durante
el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, y
demás que se vayan creando.
h. Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de
disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar.
i. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son
bienes de uso común, y responder por los daños ocasionados por descuido y/o mal uso.
j. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades,
mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas. (Artículo
79 de C.P.N.)
k. Respetar y defender con dignidad los Símbolos Patrios y el buen nombre de la Institución
Educativa.
l. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.
m. Evitar el porte de cigarrillos, fósforos u objetos cortopunzantes que atenten contra la salud
física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad.
n. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo,
preparación y sustentación de trabajos.
o. Ser honestos en la realización de Evaluaciones, tareas y trabajos.
p. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las
mismas.
q. Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de educación física
de acuerdo a las indicaciones del horario.
r. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el uniforme.
s. Ser leal con la Institución Educativa que le forma.
10. Artículo 4. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES
Los estímulos son de carácter individual o grupal; tienen como fin primordial:
a. Integrar delegaciones en representación de la Institución.
b. Reconocimiento en público de los méritos alcanzados.
c. Reforzar y estimular en los estudiantes el rendimiento académico, el buen comportamiento,
colaboración, participación, la buena convivencia, valores culturales y artísticos acorde con
los Fines y Objetivos de la educación y entre otros pueden ser:
Izar el Pabellón Nacional en fechas especiales.
Registrarse en la hoja de vida sus esfuerzos, logros y éxitos.
Los estudiantes que hayan alcanzado la totalidad de los logros propuestos en todas las
áreas, al iniciar la última semana académica saldrán a disfrutar de las vacaciones.
El grupo que se destaque en su formación integral, en cada periodo recibirá un estímulo
especial concertado con el director de grado y los estudiantes.
Los estudiantes del grado undécimo tendrán la oportunidad de liderar lo relacionado con la
organización de las representaciones culturales, deportivas y científicas de la Institución,
además podrán organizar debidamente su excursión de fin de año.
Mención de honor para el estudiante ( en todas las Sedes) de cada GRADO y/o GRUPO
que se haya distinguido por:
Rendimiento académico.
Buen comportamiento.
Mejor Deportista
En el grado undécimo:
Al mayor puntaje ICFES
Mejor rendimiento Académico
Por esfuerzo y superación.
Artículo 5. FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES:
a. Salir de la Institución sin autorización del Coordinador (a), Director (a), Rector (a). Rector,
Director o Coordinador
b. Comprometer el nombre de la Institución Educativa con su mal comportamiento social,
dentro y fuera de ella.
c. Todo acto contra la fe cristiana y la convivencia escolar sana.
d. Atentar contra equipos, muebles y enseres del establecimiento educativo.
e. lrrespetar cualquier símbolo religioso o patrio.
f. Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo.
g. Emplear el nombre de la Institución o Sede Educativa para cualquier actividad diferente a
las labores académicas, culturales, científicas o artísticas no autorizadas por las Directivas.
h. Utilizar vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de respeto con
sus semejantes.
i. Alterar calificaciones o cualquier otro tipo de documentos.
j. Tratar violentamente a un compañero.
k. Mostrar altanería, irrespeto y desobediencia a sus mayores.
11. l. Llegar tarde en forma continua.
m. Hurto, robo, estafa, soborno en cualquier forma y modalidad.
Artículo 6. FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.
El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma que se
beneficie, tanto él como la comunidad educativa, de las normas que facilitan la convivencia. En
consecuencia, y para facilitar esta recuperación mencionada, se define qué es una falta y el nivel
de las mismas.
FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, la familia
y la Institución Educativa consagrados en este Manual de Convivencia. Las faltas se categorizan
en:
a. FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a un
estímulo exterior sin perjuicio material, físico, ético o moral para los demás. (En caso que la falta
sea accidental se deberá sustentar tal argumento)
1. Retardo Injustificado. No se debe aceptar antes de 31 de marzo de cada año.
2. Impuntualidad en la llegada a la Institución y a las actividades programadas.
3. Entrar y salir, sin autorización, del salón de clase.
4. Consumir alimentos en clase o en formación.
5. Permanecer en la entrada a la Institución.
6. Comprar en la cafetería en horas de clase.
7. Masticar chicle en el salón de clase o en la formación.
8. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde, tanto en la
Sede Educativa como fuera de ella.
9. Dejar en desorden el salón de clase.
10. Mal comportamiento en la Biblioteca, "Sala de Sistemas, Cafetería y demás dependencias
de la institución.
11. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso.
12. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades.
13. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Sede Educativa.
14. Portar el uniforme incompleto y desordenado.
15. Inadecuada presentación personal.
16. Vocabulario soez.
17. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal desarrollo de la misma
18. Llevar aditamentos como: piercing, cachuchas, manillas, aretes, collares, buzos o
camisetas, maquillaje, etc. diferentes al uniforme. En lo posible no llevar Celulares, en caso
contrario darles buen uso, solamente en ratos de descanso. Celular que sea decomisado
por incumplimiento a lo anterior, se le entregará directamente al Padre de Familia o
Acudiente.
19. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las
circulares y citaciones que le sean enviadas.
20. Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para el
desarrollo de las clases.
21. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal desarrollo de la misma.
22. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin previa
autorización.
12. 23. Permanencia clandestina en la Sede Educativa al terminar los horarios establecidos.
24. Promover y participar en rechiflas, saboteo, silbatinas o demás acciones que pongan en
ridículo la dignidad de otro miembro de la comunidad educativa.
25. Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal habilitada para tal
fin.
26. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución.
27. Incumplimiento de los compromisos académicos y/o disciplinarios.
28. No cumplir con las actividades de refuerzo y/o nivelación asignadas
29. Fomentar indisciplina en actividades programadas por la institución
30. Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida
b. FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico, ético o
moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos y el
ambiente Institucional.
1. La reincidencia en faltas leves.
2. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
4. Promover y participar en peleas dentro y/o fuera de Sede Educativa.
5. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales.
6. Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas,
material de trabajo, muros, carteleras y ornamentación de la misma.
7. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás dependencias.
8. El hurto comprobado de objetos o de cualquier pertenencia de la comunidad Educativa.
9. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de
la institución o Sede Educativa.
10. Consumir licor dentro de la Sede Educativa o presentarse bajo estado de alicoramiento y/o
bajo el efecto de sustancias psicoactivas.
11. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos, licores, sustancias psicoactivas u
otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros a que lo hagan.
12. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
13. Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
14. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer ilícitos, irrespetar o crear
problemas sociales.
15. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa.
16. Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro de las
instalaciones.
17. Intento o ejecución de soborno o extorsión comprobado, a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
18. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física de las
personas.
19. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero o
especies.
20. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras, lanzarlas dentro o fuera del aula
en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños o desorden.
21. Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos y documentos.
22. Entrar a la sala de profesores, oficinas administrativas y demás dependencias sin debida
autorización.
13. 23. Promover y participar en peleas dentro y/o fuera de Sede Educativa.
24. Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave.
c. CORRECTIVOS Y SANCIONES.
Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la educación y en
la visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, respetuos os de los
derechos ajenos y con personalidad para reclamar los propios, se establecen correctivos y
sanciones aplicables a quienes incurran en comportamientos inadecuados o irregularidades.
a. CORRECTIVOS FORMATIVOS
Son las respuestas formativas aplicables a las conductas inadecuadas que en materia leve o grave
afecten a uno o más miembros de la comunidad educativa o a la Institución Educativa en general.
Entre estas tenemos:
1. El llamado de atención en privado (En el observador sólo se registra fecha de diálogo).
Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador.
2. Llamado de atención ante el grupo al cual pertenece el estudiante 'y aviso escrito al padre
o representante del estudiante.
3. Efectuar un trabajo o practicar una abstención.
4. Citación al padre o representante del estudiante para firmar acta de compromiso y recibir
apoyo por parte de orientación escolar.
Claridad: 1- Si el correctivo impuesto es un compromiso, (pagar, resarcir, o reparar ó asistencia
conjunta de estudiante y padre o representante), el estudiante no será aceptado en clase mientras
no se cumpla el compromiso.
Claridad: 2- La enumeración anterior no implica gradualidad. Su aplicación obedecerá a criterios de
oportunidad y necesidad. No obstante la reincidencia de faltas leves hará necesaria la aplicación
de correctivos menos benignos e inclusive puede llevar sanciones.
b. SANCIONES
Tienen la finalidad de procurar eliminar, de la Institución Educativa las oportunidades, los factores y
consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el
desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, (P.E.I.) y el buen nombre de la comunidad
educativa de nuestra institución.
A quienes incurran en las conductas así consideradas podrá aplicarse una o varias de las
siguientes sanciones por cada conducta irregular:
1. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre de familia o su
representante.
2. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo.
3. Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la Institución
Educativa.
4. Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de nivelar por su cuenta.
5. Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con cancelación de matrícula.
6. Envío de la queja y pruebas a la Corregiduría, Inspección de Policía, Fiscalía, Instituto de
Bienestar Familiar, Comisaría de Familia o ante la autoridad competente en el caso de que
14. las conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades
Judiciales o Administrativas según la Ley.
CLARIDAD: La enumeración anterior no implica gradualidad y su aplicación obedece a la
gravedad de la falta considerada ésta de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de
quien incurrió en la conducta inadecuada.
Artículo 7. PROCEDIMIENTOS
Para garantizar fa imparcialidad, la transparencia y el debido proceso en la aplicación de
correctivos y sanciones, se establece:
PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS
Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteran la disciplina necesaria
para el desarrollo de la clase y son aplicables por el Profesor del Área o Asignatura o por el
Director de Grado y Grupo o por el Coordinador cuando fuere necesario, según el caso.
a. INDIVIDUALES:
El componente, una vez conoce la falta o motivo llamará al estudiante responsable y en su
compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al reincidir, por
segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se le hará la anotación
en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación para mejorar su
comportamiento.
b. CON PARTICIPACION FAMILIAR
En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el
observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias delante de los
compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación dirigida al padre de
familia o representante del estudiante con un informe suscripto de su comportamiento y la
necesidad de firmar un compromiso especial con la Institución o Sede Educativa o la aplicación de
una sanción si reincide en la conducta irregular.
c. CONDUCTO REGULAR: Para corregir las faltas, se tendrá en cuenta el siguiente
procedimiento:
1. Amonestación verbal, por el docente implicado.
2. Amonestación escrita por el docente, registrada en el anecdotario.
3. Observación escrita por el director de grupo, con falta y compromiso debidamente firmado,
y de acuerdo a la gravedad se llamara al padre de familia o acudiente.
4. Llamado de atención del coordinador con el personero de los estudiantes, con padre de
familia o acudiente con falta y compromiso debidamente firmada.
5. Llamado de atención de rectoría, previa consulta con el consejo académico, personero
estudiantil, los dos padres de familia, con acta que lleve su falta y compromiso
debidamente firmada.
6. Suspensión temporal de uno a tres días, mediante resolución expedida por rectoría y
coordinación.
7. En caso de reincidir en las faltas se reunirá con el Consejo Directivo y el Padre de Familia
para emitir matricula en observación y si persiste la situación se le ordenará cambio
15. obligatorio de Institución mediante resolución emitida por Consejo Directivo hasta nueva
orden.
Parágrafo: La aplicación del proceso disciplinario se hará de acuerdo a la gravedad de la falta, en
todos los casos se garantiza el derecho a la defensa, permitiendo que el estudiante sea escuchado
y presente sus descargos.
Artículo 8. PROCESOS SANCIONATORIOS
Corresponde al Rector o Director de la Institución Educativa su aplicación mediante Resolución
motivada previo el concepto de no vinculante de la Comisión de Convivencia.
PROCEDIMIENTO:
Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa,
informará al Coordinador que corresponda o por escrito al Rector o Director indicando la falta e
individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En
el caso de que el informe sea recibido por el Coordinador, éste hará las verificaciones del caso y
rendirá un informe escrito al Rector o Director.
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo del informe en mención, el Rector o Director citará al
estudiante, al padre de familia o al representante de éste, si se trata de estudiante, y al Personero
Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En
ésta reunión el Rector o Director hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante y sus
consecuencias (posibles acciones) se hará referencia a la comunicación que fue enviada al padre
o representante del estudiante y objeto de la misma.
El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levanta el Acta
que hará parte de la Hoja de Vida (Observador) del estudiante, que lleva la Institución Educativa.
Si la sanción a imponer fuese solamente correctiva o formativa, el Rector o Director tomará la
decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuese sancionatoria debido a la gravedad de
la falta, el Rector o Director mediante citación invitará al Comité de Convivencia para que conozca
el caso y rinda su concepto antes de proferir la correspondiente Resolución.
CAPITULO II
Artículo 9. SISTEMA DE EVALUACION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
ANTONIO NARIÑO
(Decreto 1290 del 09 de Diciembre de 2009)
La Evaluación se desarrollará mediante actividades permanentes, tanto individuales como en
grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los nuevos
propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los conceptos
fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación práctica de dichos
conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber convivir) desarrollando
habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor desenvolvimiento en la vida diaria.
16. El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma continua
(permanente) e integral (se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo de
los estudiantes), los cuales se expresarán en forma cualitativa, en informes evaluativos y
valorativos, de tal manera que padres de familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y
debilidades, encontrando junto con el docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del
currículo y del plan de estudios.
Artículo 10. MEDIOS DE EVALUACION:
Se tendrá en cuenta los aspectos: Conceptual, actitudinal y cognitivo para evaluar los logros, de
Desempeño.
ESCALA VALORATIVA ESCALA NUMÉRICA
Superior. 4.5 - 5.0
Alto 4.0 — 4.4
Básico 3.0 — 3.9
Bajo 1.0 — 2.9
Conforme a lo establecido por la ley 115 / 94, ley 715 / 01. Decreto 1860 /94, Decreto 1290 abril 16
de 2009 y demás normas de evaluación del rendimiento escolar, el educador realizara un continuo
y procesal seguimiento al estudiante, se realizará una evaluación acumulativa al finalizar cada
periodo, y para favorecer el sistema de aprendizaje se realizarán los siguientes planes de apoyo:
Actividades de profundización: para superar logros, se realizarán en concertación
Educador del Área o Asignatura y el Estudiante.
Actividades complementarias: se realizarán en casa con compromiso del padre de familia.
Sustentación de actividades complementarias.
Comisión de Evaluación: Destinado a estudiantes que persisten en las dificultades
académicas, después de haber presentado la actividad complementaria.
Al finalizar cada periodo se entregará a los padres de familia o acudientes un informe
escrito en el cual se identifiquen los avances de los educandos.
Artículo 11. PROMOCIÓN O APROBACION DE GRADO
La Promoción se entiende como el avance en la formación integral de los educando, evidenciado
mediante el proceso de evaluación.
Desde este punto de vista la promoción se presenta en cada actividad pedagógica, en cada
período y en cada año lectivo. Sin embargo, con el fin de asegurar la calidad de la formación, es
necesario que en cada grado se haga un balance general de los logros obtenidos, frente a los
logros esperados.
La Aprobación es Grado por Grado y es equivalente a Promoción para todos los efectos y significa
que un estudiante aprueba un Grado solo en la medida en que alcance satisfactoriamente los
logros previstos para el mismo Grado. (Ver Decreto 1290 de Dbre.de 2009)
17. Artículo 12. REPROBACION DE GRADO
En la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO la Reprobación se da en cada Grado desde
PRIMERO (si pierde Español o Matemáticas) y de Segundo en adelante hasta UNDÉCIMO con la
pérdida de tres o más Áreas.
Cuando al finalizar el año lectivo el desempeño es BAJO en una o dos Áreas de un Grado, el
estudiante tendrá derecho a un programa de actividades complementarias especiales, diseñado
por los educadores respectivos, el cual adelantará, el estudiante, bajo su responsabilidad y la de
sus padres o acudientes.
CAPITULO III
DOCENTES
Artículo 13. PERFIL DEL DOCENTE
La Institución Educativa busca que el Docente logre identificarse con la filosofía del plantel, por lo
tanto debe:
a. Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales.
b. Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo.
c. Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos.
d. Preocuparse no solo por transmitir unos conocimientos, sino que trabaje en procura de
orientar su comportamiento hacia el logro de objetivos de la Institución
e. Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales,
científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad.
f. Ser maestro competente en su campo laboral, concienciándose de que la labor docente es
exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como un compromiso
con la Institución Educativa.
g. Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y reflexivas.
h. Ser una persona de principios éticos y morales que responda a los lineamientos sociales,
culturales, científicos de la sociedad proyectada al nuevo milenio.
i. Ser un Profesional, innovador, creativo, dinámico y en permanente crecimiento espiritual e
intelectual
j. Comprender las diferencias individuales del estudiante y lo impulse a desarrollar su
crecimiento personal y su proyecto de vida.
k. Ser una persona preparada para orientar los procesos de formación integral necesarios
para la trascendencia del estudiante y de él mismo.
l. Ser solidario e imparcial, que brinde confianza y apoyo al estudiante para poder expresar
los conflictos y encontrar soluciones.
m. Ser comprometido con el desarrollo del entorno escolar.
n. Sentirse orgulloso(a) de pertenecer a la institución.
o. Ser una persona comprometida con sus derechos y deberes y que trascienda hacia los
demás.
p. Brindar absoluta credibilidad, seguridad, confianza, escucha y dar una respuesta apropiada
en el momento que el estudiante o la comunidad lo requiera.
18. q. Ser tolerante con los estudiantes, con sus compañeros de trabajo y con la comunidad
educativa en general.
Artículo 14. DEBERES DEL DOCENTE
Al asumir con responsabilidad su misión en una educación que fomente el uso de la razón y la
cultura para construir una mejor sociedad, el docente seguirá patrones que lo llevarán a ser un
orientador, y como tal, tiene los siguientes deberes:
a. Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar,
responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del
estudiante durante su permanencia en el Establecimiento Educativo.
b. Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su responsabilidad.
c. Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la formación de
valores cívicos, culturales, éticos, morales, para una armoniosa convivencia Social.
d. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; formar
hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones humanas.
e. Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable y
a. una presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo.
f. Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del P.E.I.
g. Asistir a los cursos y/o talleres de capacitación que la Institución o el Núcleo Educativo
programe.
h. Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean formuladas
oportuna y respetuosamente.
i. Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, como las
fallas de los estudiantes a cargo.
j. Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios
correspondientes.
k. Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de vista e
informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las anomalías y demás
situaciones que determinen el buen nombre del plantel.
l. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Sede Educativa brinda, para el
desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.
m. Permanecer en la Sede Educativa durante la jornada de trabajo y dedicar su tiempo a la
realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la Institución.
n. Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político — Social, religioso, o de cualquier
índole.
o. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno
para que pueda ejercer su derecho al reclamo, cuando sea el caso.
p. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un
estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas.
q. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente can el fin de
proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño, y
rendimiento académico de los estudiantes a su cargo.
r. Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido
en clase.
s. Cumplir la Constitución Nacional de Colombia.
19. t. Cumplir la jornada Académica y Laboral, dedicando la totalidad del tiempo reglamentario a
desarrollar las funciones propias del cargo.
u. Desempeñar con ética y eficiencia, las funciones adquiridas como forjadores de la
educación, en su proceso de formación integral.
v. Estar a la vanguardia en la labor educadora, motivado por el crecimiento espiritual y
cultural de sus educandos.
w. Orientar con responsabilidad a los estudiantes en su proceso de formación integral.
x. Evitar la excesiva confianza en el trato con los compañeros docentes, directivos,
administrativos y estudiantes.
y. Ser creadores de ambientes favorables, que permitan una relación armónica interpersonal,
sin propiciar la disociación entre sus miembros y el entorno.
z. No emplear amenazas y prácticas discriminatorias, tratos humillantes intimidaciones contra
ningún integrante de la comunidad educativa.
aa. Defender con dignidad y lealtad los valores institucionales.
bb. Participar activa y puntualmente en todos los eventos que programe la institución dentro y
fuera de ella, permaneciendo durante toda la jornada académica — laboral.
cc. Aplicar una metodología apropiada que permita el desarrollo de los programas en función
de los intereses de la comunidad.
dd. Evaluar en forma objetiva y permanente a los educandos buscando desarrollar mejores
logros desde el punto de vista cognitivo, psicomotor y afectivo.
ee. Resaltar las cualidades de los estudiantes, corregir y orientar sus deficiencias, sin llegar al
maltrato psicológico.
ff. fi. Encauzar el proceso de aprendizaje, bajo el lema "saber, saber hacer y el ser".
gg. Hacer partícipes de sus logros profesionales a los compañeros de la institución a través
de talleres, seminarios, que redunden en beneficio de la comunidad educativa.
hh. Diligenciar oportunamente la documentación requerida por la institución; (Planes,
proyectos, planillas, anecdotarios, registros, etc.).
ii. ii. Emplear un vocabulario y expresiones adecuadas, encaminadas a la orientación y
formación de buenos hábitos en los estudiantes.
jj. Ejercer con responsabilidad y eficiencia las funciones que le corresponden como
orientador de grupo. Consignar en el observador del estudiante tanto los aciertos como
desaciertos en forma concertada.
kk. Propiciar y fomentar la solidaridad y las buenas relaciones interpersonales para una eficaz
convivencia.
ll. Promover actos sociales que consoliden y fomenten los valores.
mm. Cumplir responsablemente con los turnos de disciplina asignados por semanas.
nn. Demostrar un comportamiento ético.
oo. Respetar los horarios de clase y las programaciones especiales suyas y de otros.
pp. Dar a conocer oportunamente los motivos de retardos o inasistencia a clase.
qq. Abstenerse de fumar, consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes dentro de la
rr. Institución, no llegar afectado por ningún tipo alucinógeno o similar a desarrollar su trabajo.
ss. Dar a conocer oportunamente las evaluaciones a los estudiantes y a padres y/o
acudientes si fuera necesario, antes de pasarlas a coordinación.
tt. Dialogar con el padre de familia en todo tipo de casos cuando se compruebe maltrato físico
o psicológico de los estudiantes o en su defecto comunicar oportunamente a la instancia
que corresponda.
uu. Velar por el cabal cumplimiento de los derechos humanos, de la Constitución Política
Colombiana y del Código de la infancia y la adolescencia. Dcrto. 1098 de noviembre de
2006.
20. vv. Llegar a la clase con el tema preparado y los materiales al alcance requeridos en el
proceso del aprendizaje.
ww. Organizar eventos culturales en su respectiva área para celebraciones especiales.
xx. Fomentar la escuela de padres sobre temas de sexualidad, problemática familiar,
relaciones padres-hijos, etc.
yy. Desarrollar proyectos que tenga bajo su responsabilidad
zz. Ayudar a velar por la conservación de la planta física y enseres de la institución.
aaa. Priorizar el aseo y embellecimiento de la institución como acciones de
mejoramiento del medio ambiente.
bbb. Asistir en horas de la tarde a la Institución cuando esta lo requiera.
ccc.Evitar el manejo personal de dineros del grupo o que ingresen por diversas actividades.
ddd. Contar con el visto bueno de la Rectoría o quien haga sus veces, para toda clase
de actividades que tengan algún vínculo con los estamentos educativos.
eee. Abstenerse de usar el celular en clase.
fff. Abstenerse de sustituir el alcance de logros por elementos y/o dinero.
Artículo 15. DERECHOS DEL DOCENTE
Los docentes pertenecientes a la Institución Educativa Antonio Nariño, cuyo fin esencial es el de
formar intelectual, cultural y moralmente a los educandos y como personas que integran una
sociedad tienen derecho a:
a. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, a fin de
obtener el mejor ambiente para el ejercicios profesional de su labor.
b. Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad personal
y familiar, a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.
c. Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la elaboración y
desarrollo del P.E.I.
d. Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo amerite, previo
seguimiento del conducto regular.
e. Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del plantel.
f. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.
g. Disfrutar de un ambiente agradable y propicio para el desempeño de la labor, teniendo a
disposición los elementos necesarios.
h. Recibir información y asesoría especializada frente a los cambios cualitativos del proceso
educativo.
i. Ser motivado e incentivado, para realizar esquemas de investigación científica,
especialización o actualización.
j. Ausentarse de la institución por situaciones justificadas, solicitando permiso oportunamente
a la Rectora y en su ausencia al Coordinador.
k. Conocer oportunamente los cambios de horario y las actividades a realizar en la institución,
especialmente los directores de grado.
l. Dialogar permanentemente con los docentes de otras áreas, y con los padres de familia o
m. acudientes sobre temas relacionados con la formación de los estudiantes.
n. Ser escuchado en forma respetuosa y oportuna de acuerdo con las inquietudes y
dificultades que se presenten en el proceso educativo.
o. Elegir y ser elegido como miembro de las diferentes juntas que se conformen, como son:
Consejo Directivo, Consejo Académico, etc.
21. p. Formar asociaciones sindicales para representar a sus afiliados en la formulación de
reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden Nacional y Seccional y defensa de
los derechos de los trabajadores, docentes, asociados o no asociados.
q. Solicitar y obtener permisos, licencias incapacidades y comisiones de acuerdo con las
disposiciones legales.
r. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas, religiosas, sociales, raciales o de
cualquier otro tipo. (Art. 13 Constitución de Colombia).
s. Promover y participar en programas de bienestar social: Campañas de solidaridad,
recreación, convivencias, etc.
t. A la defensa, siguiendo el conducto regular según la normatividad vigente.
u. Ser respetado en su integridad física y espiritual tanto por los estudiantes, como por
compañeros y demás personas que conforman la Comunidad Educativa.
v. Ser reconocido por los logros y méritos alcanzados en beneficio de la comunidad
educativa.
w. A asistir a eventos de capacitación o proyección personal.
x. A gozar de los demás derechos contemplados en los artículos 36 y 65 del Decreto 2277 de
1979 y los decretos 1278 del 19 de junio de 2002, capitulo V — Art. 37,38.
Artículo 16. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES
a. Felicitaciones verbales y/o escritas por parte de los directivos, en reunión de profesores y
padres de familia y con copia a la hoja de vida.
b. Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar.
c. Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc.
d. Participar en talleres, conferencias y otras actividades de actualización, profundización o
perfeccionamiento.
Artículo 17. FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES EN DOCENTES
a. Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente.
b. No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas.
c. Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia.
d. El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o
documentos públicos.
e. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.
f. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el escalafón.
g. El abandono del cargo.
h. Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las directivas,
o entre padres de familia y directivas.
i. El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en actos
comunitarios.
j. Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el correspondiente
permiso.
k. Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores
académicas y/o disciplinarias.
l. Irrespeto a directivos, compañeros, estudiantes o padres de familia.
m. La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de fármacos.
22. Artículo 18. SANCIONES
a. Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso.
b. Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el profesor puede
consignar descargos para anexar a documentación respectiva.
c. , c. Descuento en la asignación básica mensual en caso de inasistencia injustificada.
d. Suspensión definitiva del ejercicio de su cargo.
e. Cancelación definitiva del contrato de trabajo.
Artículo 19. DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE
a. Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de
Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.
b. Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de
Educación Nacional, Secretaría de Educación Departamental y de los Consejos Directivo y
Académico.
c. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus
funciones.
d. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así
como con las autoridades educativas y comunidad local, con la intención de facilitar el
logro de objetivos comunes.
e. Propiciar el diálogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad educativa y
proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos.
f. Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la Institución Educativa y velar
por crear y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de
las actividades académicas.
g. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos educativos
comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.
h. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
i. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en el
establecimiento.
j. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
CAPITULO IV
PADRES DE FAMILIA
Artículo 20. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por
eso la comunicación debe ser permanente para el logro de los objetivos propuestos y:
a. Deben ser conscientes de que la unidad familiar es el clima ideal para su hijo y su buen
desarrollo escolar.
b. Complementar los conocimientos que el niño adquiera en la Sede Educativa.
c. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por
parte de la Sede Educativa y dar cumplimiento a las mismas.
d. Formar en sus hijos valores de responsabilidad, orden y respeto por la comunidad en
general.
23. e. Brindar a los Directivos y Docentes, información veraz y oportuna que ayude a comprender
mejor el comportamiento del estudiante frente a las diversas actividades.
f. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la Institución o sede
Educativa en el momento de la matrícula.
g. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones.
h. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la
comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias.
i. Participar en todas las actividades programadas por la Institución.
8. Artículo 21. DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES.
a. Conocer el Manual de Convivencia.
b. Conocer el estado académico de sus hijos.
c. Hablar con Directivos, Docentes o personas encargadas, sobre el estado general del
estudiante.
d. Analizar con el Rector (a) y el Docente, sanciones y amonestaciones, producto del bajo
rendimiento académico y/o mal comportamiento de su hijo.
e. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se
informa sobre el compromiso con la Institución.
f. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los
mecanismos que para ello se estipulen.
g. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones en cualquiera de los órganos del Gobierno
Escolar
h. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de
su hijo.
i. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para
cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.
j. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa.
k. Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su
intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. I. Solicitar y
obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo...
l. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el respeto y
los buenos modales al formularlos, siguiendo el conducto regular.
m. Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los profesionales
vinculados al plantel con el fin de que sean apoyados en su formación integral.
Artículo 22. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.
a. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus
hijos.
b. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya que al
momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha implicado la
aceptación del reglamento interno y el presente Manual de Convivencia.
c. Interés a que su hijo asista al Colegio con absoluta puntualidad, con el uniforme completo y
excelente presentación.
24. d. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los
hijos o estudiantes.
e. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y
disciplinario de los hijos.
f. Asistir a entregas oficiales de reportes evaluativos, a reuniones, a asambleas programadas
en la Institución.
g. Cumplir con el pago correspondiente a Otros Cobros, Pensión y demás servicios.
h. Justificar personalmente o por medio escrito ante quien corresponda, los retardos forzosos
o inasistencias al plantel de sus hijos.
i. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos.
j. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, propias de la
edad.
k. Colaborar con todo lo que programe la Institución o Sede Educativa.
l. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortes y oportuna,
las anomalías, reclamos, sugerencias y demás situaciones que se estén presentando y se
considere que demeritan el buen nombre del plantel.
m. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los
elementos que la Institución o Sede Educativa pone a su servicio.
Artículo 23. ESTÍMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES
a. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario de su
hijo.
b. Participar en el Consejo de Padres. Junta Directiva de la Asociación de Padres, o Consejo
Directivo.
c. Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las
actividades de la Institución.
Artículo 24. AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES Y
OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA
a. Después del no pago de dos meses (2 pensiones), se enviará una carta de cobro dirigida
al padre o acudiente.
b. No se entregará ninguna documentación, ni informes, ni boletines, al Padre o Acudiente
que no se encuentre a paz y salvo por todo concepto con la institución Educativa.
CAPITULO V
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Artículo 25. OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
a. Facilitar el acceso a niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su
permanencia.
b. Brindar una educación pertinente y de calidad.
c. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad Educativa.
d. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
e. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso
educativo y propiciar la, democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
25. f. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de
aprendizaje o estén Atrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación.
g. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas
nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la
comunidad educativa para tal fin.
h. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes,
y promover su producción artística, científica y tecnológica.
i. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y
dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
j. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio
ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
k. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.
l. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición
socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de los derechos de la comunidad
educativa.
Artículo 26. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LAS INSTITUCIONES
EDUCATIVAS.
Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación
fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida,
integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
a. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la
dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias
entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los
demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o
capacidades sobresalientes.
b. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,
agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás
compañeros y de los profesores.
c. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,
correctivo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla,
desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades con capacidades
sobresalientes o especiales.
Artículo 27. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS.
Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general
pondrán en marcha mecanismos para:
a. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
b. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición,
maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y
laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores
formas de trabajo infantil.
c. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
26. d. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad
física y moral dentro de la convivencia escolar.
e. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra forma de maltrato, agresión
física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros
o profesores.
f. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,
correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos
de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes, con dificultades de
aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o
especiales.
g. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades
competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las
instalaciones educativas.
h. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso
y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad.
i. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores
formas de trabajo infantil detectadas en niños niñas y adolescentes.
j. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la
vida en pareja
Artículo 28. PROHIBICION DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O
DEGRADANTES.
Los directivos-Docentes y educadores de los centros públicos o privados de educación formal e
informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los
estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo,
queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.
CAPITULO VI
EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
El sentido de instaurar el Gobierno Escolar en nuestra comunidad educativa, es ejercitar
gradualmente la vivencia de la democracia a través de la participación de todos los estamentos y
permitir el desarrollo en los diferentes miembros de la comunidad, en mayor grado de
responsabilidad, autonomía, liderazgo, conocimiento, convivencia y compromisos.
El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos:
a. Consejo Directivo, como instancia superior de orientación académica y administrativa del
establecimiento.
b. El Consejo Académico, como instancia de mayor nivel para participar en la orientación
pedagógica y didáctica del establecimiento.
c. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y
ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar.
Los representantes de los órganos colegiados son elegidos para periodos anuales.
27. Artículo 29. INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo de la Institución Educativa estará integrado por:
a. El rector (a) quien lo preside.
b. Dos representantes del personal Docente, elegidos en Asamblea de Docentes.
c. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación
de padres de familia
d. Un representante de los estudiantes, elegido por el consejo de Estudiantes.
e. Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo.
f. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local.
Artículo 30. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean de
competencia de otra autoridad.
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y
administrativos en las aulas del Plantel Educativo.
c. Adoptar el reglamento de la Institución regido a las normas vigentes.
d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa
e. Participar en la planeación y evaluación del P. E.1.
f. Controlar y estimular el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
g. Participar en la evaluación anual de docentes.
h. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias.
i. Promover las relaciones de tipo cultural con las demás Instituciones.
j. Darse su propio reglamento.
Artículo 31. CONSEJO ACADEMICO
El Consejo Académico, convocado y presidido por el Rector o Director estará integrado por:
a. Los Directivos Docentes.(Coordinadores)
b. Un Docente por cada Área o Grado que ofrezca la Institución Educativa.
Se reunirá periódicamente para:
a. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I.
b. Revisar el currículo y propiciar su mejoramiento continuo anexando las modificaciones y
ajustes correspondientes.
c. Organizar el Plan de Estudios.
d. Participar en la Evaluación Institucional anual.
e. Recibir y solucionar los reclamos de los estudiantes.
Artículo 32. PERSONERO ESTUDIANTIL
Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y
mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del
28. ario lectivo. Es el encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes
consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia.
PARAGRAFO:
Si la comunidad educativa lo requiere se podrá poner en consideración la elección de un suplente,
quien será del grado inmediatamente anterior al del Personero elegido. El suplente reemplazara al
Personero en sus ausencias temporales o definitivas, mientras se elige nuevo Personero.
Artículo 33. FUNCIONES DEL PERSONERO
a. Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante el Rector, (a) o Director (a) a
más tardar treinta (30) días después de su nombramiento.
b. Concurrir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea solicitado, o cuando él lo haya
solicitado previamente.
c. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los alumnos como miembros de la
comunidad educativa, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del
establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras
formas de deliberación.
d. Presentar ante la rectoría la solicitud que considere necesaria para proteger los derechos
de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
e. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los alumnos sobre las lesiones a sus
derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de
las obligaciones de los estudiantes.
f. Apelar ante el Consejo Directivo, en lo referente a la toma de decisiones que afecten a los
estudiantes.
Artículo 34. DEBERES DEL PERSONERO
Ser fiel cumplidor (a) de los deberes que como estudiante le corresponde de acuerdo con los
descrito en el presente Manual de Convivencia.
1. Considerar las opiniones de sus compañeros
2. Tener sentido de pertenencia con la Institución Educativa.
3. Proyectarse en los campos que considere importantes.
4. Escuchar y evaluar las peticiones que recibe, antes de ser llevadas a las directivas.
5. Utilizar el vocabulario adecuado para manifestar sus inquietudes o las que como vocero de
sus compañeros deba expresar.
6. Ser congruente con sus peticiones.
7. Conocer el Manual de Convivencia y cumplir sus normas.
8. Fomentar los valores resaltados en la Institución.
9. Ser imparcial y sentirse seguro(a) de sus funciones.
Artículo 35. DERECHOS DEL PERSONERO
1. Elegir y ser elegido democráticamente como representante de sus compañeros frente a las
directivas.
2. Elegir con libertad a sus compañeros sin importar que sean de otro grupo o grado.
3. Libertad de expresión y respeto como persona. (Utilizar los canales de comunicación y ser
coherentes con sus actos).
4. Conocer cada uno de los comités que hacen parte de la Institución.
29. 5. Recibir apoyo por parte de todo el personal de la Institución y especialmente de sus
compañeros para hacer efectivo su proyecto.
6. Ser escuchado por las directivas del plantel.
7. Reconocimiento de sus valores y desempeño de sus funciones.
Artículo 36. CONTRALOR ESTUDIANTIL
Mediante Ordenanza 032 del 24 de Diciembre de 2008 se crea la CONTRALORIA ESTUDIANTIL
en los establecimientos Públicos de Educación Básica Secundaria y Media del Departamento del
Tolima, la cual estará compuesta por el Contralor Estudiantil, el Contralor Auxiliar y el Comité
Estudiantil de Control Social.
La Contraloría Estudiantil será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de
los recursos y de los bienes públicos de la Institución Educativa a la cual pertenece, especialmente
de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, (antiguamente Servicios Docentes) de la
respectiva Institución Educativa.
El Contralor Estudiantil será un estudiante matriculado en la Institución Educativa y será elegido
democráticamente por los estudiantes matriculados.
Artículo 37. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL- (Articulo Cuarto Ordenanza
N° 034 del 24 de Diciembre de 2008).
Artículo 38. CONTRALOR AUXILIAR.- Artículo Quinto Ordenanza N° 034 del 24 de Diciembre
de 2008).
Artículo 39. CONSEJO ESTUDIANTIL O COMITÉ ESTUDIANTIL DE CONTROL
SOCIAL- (Artículo Sexto Ordenanza N° 034 del 24 de Diciembre de 2008),
Elegido por los compañeros de Grado. Se destacará por mantener excelente comunicación con
sus compañeros, Educadores y Directivos.
Artículo 40. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento
educativo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
2. Diligenciar diariamente el control de asistencia orientado por el Docente.
3. Llevar la vocería con el fin de estudiar, buscar soluciones a las necesidades, problemas,
dificultades o inquietudes que se presenten en el, o los, grados.
4. Coordinar la buena presentación del salón.
5. Informar sobre los hechos graves que detecte: hurto, daños, abusos, etc.
Artículo 41. COMITE DE CONVIVENCIA
Tiene como finalidad rendir concepto a la Rectoría o Coordinación, según el caso, antes de que se
aplique sanción por faltas graves. El concepto es necesario y orientador de las acciones futuras
pero no vinculantes con relación a las decisiones. Deberá rendirse por escrito el mismo día de la
reunión o a más tardar el día siguiente.
30. Artículo 42. INTEGRACION DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
Según la gravedad de la falta, el comité se integrará así:
Por el Coordinador respectivo, el Profesor del Área o Asignatura (cuando fuere necesario), el
Director de curso, el Personero Estudiantil y el Estudiante representante del curso.
Artículo 43. Según la ley 1620 de 2013, en su artículo 12 establece que El Comité de convivencia,
en general, estará conformado integrado por:
El rector
El personero estudiantil
El docente con función de orientador
El coordinador cuando exista este cargo
El presidente del consejo de padres de familia
El presidente del consejo de estudiantes
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
1. El Coordinador respectivo.
2. El Director de curso,
3. El representante del Consejo Estudiantil.
4. El Personero Estudiantil,
5. Un representante de la Asociación de Padres de Familia.
La comisión de convivencia se integrará mediante la citación que hace el Rector o Director.
La comparecencia del padre de familia o representante del estudiante a la reunión, cuando fuese
citado, es indispensable, en consecuencia el estudiante no será admitido en la Sede Educativa
hasta cuando se realice la reunión después de nueva citación. De igual manera si la sanción
impuesta fuere la de asistir el padre o representante acompañado del estudiante a clase, este
último no será admitido mientras no se cumpla el correctivo o la sanción impuesta.
Artículo 44. APELACIONES:
Contra las sanciones impuestas por el Rector o Director puede interponerse recurso de apelación
dentro de los tres (3) días siguientes ante el Consejo Directivo de la Institución Educativa, quien
tomará las decisiones pertinentes en reunión, en la cual no participará el Rector o Director.
Artículo 45. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA
El consejo directivo promoverá la constitución de una directiva de la Asociación de Padres de
Familia, para lo cual podrá citar a asamblea constitutiva, suminis trar espacio, contribuir en el
recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.
32. Artículo 51. MATRÍCULA
La matrícula es un acto por el cual el aspirante seleccionado adquiere la calidad de estudiante de
la institución. Se adquiere al firmar la hoja de matrícula junto con el padre o madre de familia o
acudiente, comprometiéndose a actuar siguiendo las disposiciones vigentes. El padre de familia o
acudiente se compromete a pagar por otros cobros o por matrícula o pensión, lo acordado por el
Concejo Directivo basado en la norma expedida por la Secretaria de Educación Departamental del
Tolima.
Artículo 52. PROCEDIMIENTO PARA LA MATRICULA
1. Haber sido admitido oficialmente
2. Pago de otros cobros, matrícula y pensión (según el caso)
3. Presencia del estudiante y de por lo menos con uno de los padres o acudientes, en hora y
fecha indicada por la institución.
4. Presentar al día la siguiente documentación:
Fotocopia del registro civil
3 fotos 3x4
Fotocopia de la tarjeta de identidad
Certificado de vacunación
Boletín del año anterior
Fotocopia del SISBEN
Fotocopia del carnet de la EPS
Fotocopias de los documentos de identidad de los papás o acudientes.
Artículo 53. CAUSALES DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA
1. Reincidir en faltas no deseables.
2. Irrespeto sucesivo a los profesores, directivos y compañeros.
3. Descuido o negligencia por parte de los padres de familia en el cumplimiento de sus
deberes para con la sede educativa.
CAPÍTULO IX
ASISTENCIA, HORARIO, UNIFORMES.
Artículo 54. Toda ausencia debe ser debidamente justificada por escrito ante el coordinador dentro
de los tres (3) días hábiles siguientes con copia al orientador del grado (formato).
En caso de ausencia no justificada, el alumno será recibido con su padre o acudiente.
Las excusas deben presentarse al coordinador de disciplina para el respectivo visto bueno
y conocimiento por parte de los profesores.
Será reprobado el año escolar cuando el estudiante falle injustificadamente al 25% del
tiempo total previsto para el estudio de las áreas que en su conjunto tenga cada grado.
Cuando el estudiante sea suspendido por incurrir en las faltas que indican el Manual de
Convivencia se aplicarán los correctivos al caso.
El alumno que se encuentre fuera del aula en horas de clase sin justificación, se le seguirá
el conducto regular.
NOTA: A partir de las tres ausencias no justificadas plenamente, tendrá un tratamiento especial
con directivos, director de grado, orientador del área padre de familia y el estudiante según el caso.
Artículo 55. El horario: Transición: Jornada mañana de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Artículo 56. Básica Primaria: Jornada mañana de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m.
33. Artículo 57. Básica Secundaria y Media: Jornada mañana de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 1:00
p.m.
Artículo 58. Uniformes: Traje que identifica, distingue y expresa sentido de pertenencia. Su uso es
obligatorio, única y exclusivamente para las actividades programadas para la institución.
Los estudiantes se presentarán a la institución educativa durante el año escolar con el uniforme de
diario o de Educación Física (completo) según el caso, modelo establecido y aprobado:
Artículo 59. HOMBRES: Uniforme diario:
Camibuso blanco y franja azul en el cuello y las mangas, con el logotipo de la institución
educativa.
Pantalón azul oscuro con correa negra.
Medias azules oscuras.
Zapatos negros.
Artículo 60. MUJERES: Uniforme diario:
Camibuso blanco y franja azul en el cuello y las mangas, con el logotipo de la institución
educativa.
Falda azul oscura. ( cuatro dedos de la rodilla hacia arriba)
Medias blancas (cuatro dedos de la rodilla hacia abajo)
Zapatos negros.
Artículo 61. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA EN GENERAL.
Sudadera vino tinto
Camibuso blanco con el logotipo de la institución educativa y las franjas amarilla y vino
tinto en el cuello y las mangas.
Medias blancas
Tenis color rojo
NOTA: El camibuso de diario, tanto hombres como mujeres deben portarlo por dentro del
pantalón o falda.
CAPÍTULO X
RECOMENDACIONES PARA CONVIVIR MEJOR
a. Trata a tus compañeros con cortesía y amabilidad.
b. Habla sin groserías ni gritos
c. Respeta las opiniones de los demás
d. Pide las cosas diciendo por favor y da las gracias
e. Se estricto y puntual con sus compromisos
f. Evita habla con la boca llena
g. Mantén limpias las instalaciones de la sede educativa
h. Cuida los implementos de la sede educativa
i. Obedece y evita que le repitan las órdenes
j. Cuida tus útiles escolares y respeta la de los demás
k. Devuelve lo que no es tuyo
l. Lávate las manos antes y después de consumir alimentos e ir al baño
m. Utiliza buen vocabulario al expresarte
n. Se responsable en tus trabajos y estudio.