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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME 
Los Andes – Rovira (Tolima) 
Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 
NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
Por El País Que Soñamos.
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TABLA DE CONTENIDO
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NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
CARACTERIZACION INSTITUCIONAL 
NOMBRE INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME 
UBICACION Corregimiento Los Andes - Municipio de Rovira 
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SEDES 
Felipe Salame (Sede Principal) Vereda La Bella 
Los Andes Vereda La Bella 
La Osera Vereda La Osera 
Las Mangas Vereda Las Mangas 
Los Cristales Vereda La Primavera 
Pando La Joya Vereda Pando La Joya 
La Cauchera Vereda La Cauchera 
El Paujil Vereda El Paujil 
Limoncitos Vereda Limoncitos 
El Cedral Vereda El Cedral 
Camellón Vereda El Camellón 
TELEFONOS 313 817 7443 
CALENDARIO A 
JORNADA Mañana 
RESOLUCION DE 
ESTUDIOS 
Resolución Nº 04855 de 2011. Carácter Técnico. 
Especialidad Contabilidad Y Finanzas 
NIT 809006752-2 
CODIGO DANE 273624001261 
CODIGO ICFES 144733 
REGISTRO 
EDUCATIVO 
1624209 
TITULO QUE 
OTORGA 
Bachiller Técnico – Especialidad en Contabilidad Y 
Finanzas 
ARTICULACION
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INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME 
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION No. XXXXX 
Por la cual se Reforma el Manual de Convivencia de la Institución y se adecua a 
las exigencias de la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965. 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, en uso de 
sus atribuciones legales y obrando en nombre de la Comunidad Educativa 
Salamista, una vez consultados todos sus estamentos y: 
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CONSIDERANDO 
1. Que es indispensable establecer normas claras de comportamiento para los 
diferentes estamentos de la Institución, que sean una guía en la valoración de 
las interrelaciones escolares. 
2. Que es necesario reconocer los Derechos y Deberes que le corresponden a 
cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, para velar por el 
cumplimiento de éstos. 
3. Que es necesario dar aplicación a los mandatos establecidos por la 
Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley 
General de la Educación en lo concerniente a la formación ético-moral y el 
espíritu cívico y democrático del estudiante y la ley 1620 de 2013 y su decreto 
reglamentario 1965 que conlleva a la aplicación de los protocolos para la 
protección integral de los niños, niñas y adolescentes. 
4. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones interpersonales practiquen 
los valores y las conductas que dignifican la vida humana y planear todo tipo 
de actividades que busquen la formación integral del estudiantado y la buena 
marcha de la Institución. 
5. Que para dar cumplimiento a los fines y objetivos de la Educación, la filosofía y 
políticas institucionales, se debe diseñar un Manual de Convivencia que 
permita la participación de la Comunidad Educativa. 
RESUELVE: 
Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa 
Técnica Felipe Salame, el cual será evaluado cada año, de acuerdo con las 
necesidades y prioridades de la Institución, y acorde con la legislación vigente. 
Artículo 2. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su 
expedición.
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COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. 
Dada en Rovira, XXXXXX 
LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ MONJE 
Rector
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CAPÍTULO 1 
HORIZONTE INSTITUCIONAL 
1.1 MISIÓN 
La Institución Educativa Técnica Felipe Salame, brinda una educación de alta 
calidad que le permite establecer un vínculo formativo con el SENA. Nuestro 
principal compromiso es la formación integral de los estudiantes, fundamentada 
en la formación de principios y valores morales, éticos y sociales. Somos una 
institución exigente en el conocimiento y el trabajo, pero a la vez tolerante y 
sensible con las necesidades y limitaciones que existen en nuestro medio y 
comunidad educativa. Valoramos la cultura, la recreación y el deporte, el 
conocimiento tecnológico, técnico y científico, comprometidos en hacer grandes 
cosas “por el país que soñamos”. 
1.2 VISIÓN 
Ser reconocidos como una institución de excelente calidad académica y técnica, 
bajo los principios de responsabilidad, respeto y fraternidad. Gracias a la 
articulación con el SENA los estudiantes podrán desempeñarse con eficiencia y 
liderazgo en el campo laboral como auxiliares contables en el área comercial y 
empresarial. Así mismo, mejorar los resultados en las diferentes pruebas de 
estado en el ámbito municipal, departamental y nacional. 
1.3 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES 
La Institución promueve y desarrolla en la comunidad educativa los siguientes 
principios y valores: 
 Respeto a la libertad de culto 
 El cuidado y protección de los recursos naturales y el medio ambiente 
 La convivencia pacífica y el respeto a los derechos humanos 
 El fomento del arte y la cultura 
 El afianzamiento de la identidad y el sentido de pertenencia 
 El acatamiento de las leyes y el respeto a la autoridad 
 El libre desarrollo de la personalidad 
 La autonomía y la libre expresión
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CAPÍTULO 2 
PROP ÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 
2.1 CONCEPTO 
El manual de convivencia es el conjunto de pautas, normas y procesos que 
orientan a la sana convivencia institucional de la comunidad educativa y que 
contribuye a la resolución pacífica de conflictos, desarrollando componentes de 
prevención, promoción, protección y mitigación de violencia escolar, con el fin de 
proteger a la comunidad educativa contra toda forma de acoso, violencia escolar y 
vulneración de los derechos, contribuyendo a la formación integra de los 
estudiantes, mejoramiento del clima institucional, calidad y asequibilidad de la 
educación, así como la construcción de una política institucional de protección de 
los derechos humanos, sexuales, reproductivos y construcción de ciudadanía. 
Además es una parte fundamental del Proyecto Educativo Insti tucional (PEI), en 
donde se define los derechos y obligaciones de todas las personas de la 
comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica. 
2.2 ALCANCE 
El presente manual de convivencia enuncia unas normas de convivencia social, 
estableciendo los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes 
de la Comunidad Educativa y formulan un procedimiento democrático que 
fortalezca la formación integral de los estudiantes. Para velar por el cumplimiento 
de lo acordado, se deben establecer canales de comunicación y procedimientos 
que garanticen un actuar armónico que fortalezca el desarrollo personal de todos 
los integrantes de la Comunidad Educativa, pues no se debe olvidar que la 
Escuela, junto con el Hogar, construyen espacios propicios para la construcción de 
una sociedad eminentemente humana.
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CAPÍTULO 3 
FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 
3.1 NORMATIVIDAD 
La fundamentación legal para elaborar y adoptar el presente manual de 
convivencia son las siguientes: 
 Constitución Política De Colombia: Desde los artículos pertinentes a los 
mandatos que buscan el desarrollo integral del ser humano y en su artículo 13, 
que establece su igualdad ante la ley, de tal manera que el manual de 
convivencia se convierte en un instrumento que garantiza la convivencia de 
todos los miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de 
discriminación. 
 Ley General De Educación (Ley 115 De 1994): Que establece los fines y los 
objetivos de la educación colombiana y ordena en su artículo 87 la 
estructuración de un manual de convivencia. 
 Código De La Infancia Y La Adolescencia (Ley 1098 De 2006): Que 
establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los 
niños, niñas y adolescentes. 
 Decreto 1860 de 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 
1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. 
 Decreto1290 De Abril De 2009: Sistema general por el cual se reglamenta el 
proceso de evaluación y promoción de los estudiantes en los establecimientos 
educativos. 
 Decreto 1286 De Abril 27 De 2005: Por el cual se establecen normas sobre la 
participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos 
educativos de los establecimientos oficiales y privados. 
3.2. FALLOS Y SENTENCIAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 
La Corte Constitucional advirtió que las instituciones educativas no están 
obligadas a mantener en las aulas a quienes en forma constante y reiterada 
desconocen las directrices y convivencia de la institución educativa. La Corte es 
clara en señalar que el deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista 
disciplinario, en respetar el manual de convivencia, pues este a su vez es la guía
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normativa que rige el interior de las instituciones para mantener sanas 
costumbres. Indicó además que los estudiantes tienen la obligación de observar 
las normas de presentación de las instituciones, así como los horarios de entrada 
y salida de clases, recreos, salidas y asistencias y debido respeto por sus 
profesores y compañeros. A continuación se relacionan las sentencias. 
 Sentencia No. T-612/92: Deberes del educando. A pesar de ser la educación 
un derecho fundamental de la persona, también exige de ésta el cumplimiento 
de determinadas obligaciones. El estudiante deberá cumplir con los 
reglamentos académicos y los requisitos exigidos para cada uno de los años 
de escolaridad. Su obligación es consigo mismo -en primer lugar-, con la 
familia, la sociedad y el Estado -en segundo lugar-, para lograr el progreso en 
su formación académica. Se trata en consecuencia de un derecho-deber. 
 Sentencia No. T 519/92: Estudiantes indisciplinados. Que establece que 
aunque la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la 
posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus 
estudios, de allí no debe colegirse que el centro educativo este obligado a 
mantener indefinidamente entre sus discípulos, a quien de manera constante y 
reiterada, desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden 
dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además 
de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la 
relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, 
representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad 
educativa e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios. 
 Sentencia No. T 341/93: Cumplimiento y obligaciones por parte del estudiante. 
Quien se matrícula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho 
constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho 
obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado 
derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama 
protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las 
garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez 
verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo 
como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una 
decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento 
de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la 
irresponsabilidad de éste. 
 Sentencia No. T 050/93: Libre Desarrollo de la Personalidad. La existencia del 
derecho al libre desarrollo de la personalidad radica en que la persona sea 
dueña de sí misma y de sus actos, reflejando una imagen limpia, digna para sí 
y para las personas con las cuales convive en la sociedad. Debe ser libre, 
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autónoma en sus actos y procedimientos, guardando siempre una conducta 
clara e impecable, sus actos deben reflejarse en forma natural, voluntaria y 
responsable. 
 Sentencia T 594/93: Libre desarrollo de la personalidad. La esencia del libre 
desarrollo de la personalidad como derecho, es el reconocimiento que el 
Estado hace de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como 
quiere ser, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de 
los demás. El fin de ello es la realización de las metas de cada individuo de la 
especie humana, fijadas autónomamente por él, de acuerdo con su 
temperamento y su carácter propio, con la limitación de los derechos de las 
demás personas y del orden público. 
 Sentencia No. T 092/94: El derecho a la educación comporta dos aspectos: es 
un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución 
Política y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de 
cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones 
que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento 
académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el 
incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el 
no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento 
exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el 
ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea, 
pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la 
persona. 
 Sentencia No. T 316/94: La educación sólo es posible cuando se da la 
convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de 
prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los 
otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad 
educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la 
permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su 
concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también 
puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada 
del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa. 
 Sentencia No. T 569/94: Derecho a la educación, deberes de los estudiantes. 
La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno 
de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de 
comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su 
inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que 
correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del 
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estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de 
la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. El deber de los 
estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el 
reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la 
obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el 
Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el 
debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. 
La Corte Constitucional ha sido enfática al proteger el derecho al libre 
desarrollo de la personalidad de todos los individuos, y ha removido los 
obstáculos que se han presentado para su realización en los casos que han 
llegado a su conocimiento. Pero también ha señalado que el ejercicio de este 
derecho tiene limitaciones, dentro de las cuales se encuentran los derechos de 
los demás. 
 Sentencia No. T 880/99: Debido proceso-sanciones. Los manuales de 
convivencia o reglamentos internos de los establecimientos educativos se 
encuentran sujetos a los derechos, principios y valores de carácter 
constitucional. Estos manuales cimientan su legitimidad no sólo en el órgano 
que los profiere, sino en que deben ser el reflejo de la voluntad general de los 
miembros de la institución educativa a la cual se va aplicar, teniendo como 
punto de referencia la primacía de las normas constitucionales. Para su 
aplicación, los manuales de convivencia deberán ser dados a conocer 
y aceptados de manera expresa y espontánea por padres, profesores y 
alumnos vinculados a la institución educativa. El derecho al debido proceso 
contenido en el artículo 29 de la Carta Política es aplicable a las decisiones 
que se tomen en el medio educativo; razón por la cual, es válida la imposición 
de sanciones que se señalan en el manual de convivencia, previo agotamiento 
del procedimiento que para el efecto se encuentra establecido en el mismo 
ordenamiento del plantel. 
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CAPÍTULO 4 
SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN 
4.1. ESCUDO 
El escudo fue creado por el docente Eder Miguel 
Rubio Rojas en el año 2005, bajo la rectoría de 
José Antonio Reyes Reyes. El logotipo de la 
Institución es un escudo armonizado con 
elementos y detalles propios de la vida escolar y 
su entorno social. 
En la parte central se destaca al estudiante, razón 
de ser de la Institución, en sus etapas del 
desarrollo que a su vez representan los niveles de 
enseñanza que se ofrecen: Preescolar, Básica 
Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica. 
Estos estudiantes se observan realizando actividades recreativas, componente 
importante que involucra la Institución en sus procesos de formación. Además, 
cada una de las siluetas tiene uno de los colores de la Bandera de Colombia, 
amarillo, azul y rojo, con el que se reafirman los valores nacionalistas y el sentido 
de pertenencia hacia nuestra Patria. En la parte superior emerge un círculo que 
representa el mundo y un texto en su interior con el que se sugiere la idea que es 
el conocimiento la herramienta y el medio ideal para traspasar fronteras y con el 
que se alcanza el progreso y el desarrollo. 
Así mismo, la bandera envuelve suavemente el escudo en forma diagonal de atrás 
hacia delante como el abrazo de un padre o una madre a un hijo. Es una metáfora 
del amor y el cariño tal como deben ser tratados los estudiantes. Finalmente, hay 
una banda, con la inscripción “POR EL PAÍS QUE SOÑAMOS” del Nobel García 
Márquez quien convocaba a reflexionar y a luchar por una Patria en para todos y 
las futuras generaciones. 
4.2. LA BANDERA 
Inicialmente la bandera estaba compuesta por dos 
colores, verde y blanco, debido a su aspecto poco 
llamativo, el docente Eder Miguel Rubio Rojas propuso 
en el año 2005 agregarle una franja de color rojo, 
quedando entonces con tres franjas: rojo, blanco y 
verde.
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El color rojo identifica el valor y la fuerza que caracteriza a los estudiantes, 
docentes y comunidad educativa pilares fundamentales con quienes podemos 
lograr todas las metas. 
El color blanco tiene implícito el gran anhelo de todos por alcanzar la paz, la 
tranquilidad y la armonía para vivir en comunidad como una gran familia. 
El color verde enaltece el sentido de pertenencia por el campo, sus montañas y 
hermosos paisajes. También significa la condición de campesinos como personas 
útiles, inteligentes y con un profundo sentido de superación. 
Así pues, la bandera es una insignia sublime que nos llega al corazón y nos hace 
sentir orgullosos de pertenecer a la gran Familia Salamista. 
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4.3. HIMNO 
Letra: Isnely Velazco, Mujer Líder de nuestra comunidad. Entregó el Himno a la 
Institución el 19 de Octubre de 2006. 
Música: Fredy Torres y Gabriel Márquez. 
I 
Soy un alumno del Centro Educativo Luis Felipe Salame 
Que a conciencia y gran esfuerzo me enseñas a vencer 
En tus aulas y tus pasillos dejo yo mi niñez 
Y cada día sigo aprendiendo para ser siempre el mejor. 
CORO 
Tú serás siempre mi colegio de honor 
Quiero llevarte grabado en mi corazón 
Prometo yo llevarte con orgullo y sincera admiración, 
Este es un centro Educativo donde se aprende a querer 
"porque es más fácil el camino a emprender" (Bis). 
II 
Hoy mi bandera le rinde un homenaje 
A los grandes maestros de nuestro centro educativo 
Por su entrega y grande amor. 
CORO
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CAPÍTULO 5 
DEFINICIONES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y DERECHOS SEXUALES 
La Institución Educativa se apropia de las Definiciones, Principios y 
Responsabilidades enmarcadas en la Ley 1620 de 2013 y se relacionan a 
continuación: 
 Acceso carnal. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 212, se 
entiende como “la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así 
como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano 
u otro objeto”. 
 Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y 
compensar daños causados a otras personas. Son acciones que pretenden 
restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. 
Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para 
atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones tipo I y II). 
 Acoso escolar (intimidación, bullying o matoneo). De acuerdo con el 
artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional, 
metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, 
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la 
violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios 
electrónicos contra un niña, niño o adolescente, por parte de un estudiante o 
varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, y 
que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo 
determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, 
o de estudiantes contra docentes, y ante la indiferencia o complicidad de su 
entorno. 
 Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas. Situaciones en las 
que se observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos, 
bromas, insultos, rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en 
los baños, paredes, tableros, pupitres) relativos a la orientación sexual real o 
supuesta de la persona o a su identidad de género. Se incluyen prácticas 
repetidas de segregación (separar del grupo), de exclusión (impedir la 
participación en las actividades y toma de decisiones) o de discriminación 
(establecer barreras o restricciones para el disfrute de los derechos 
fundamentales).
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 Agresión Escolar. Toda acción realizada por una o varias personas que 
conforman la comunidad educativa y que busca afectar negativamente a otras 
personas de la misma comunidad, de las cuales por lo menos una es 
estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y 
electrónica (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Acoso sexual. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 210A, el 
acoso sexual es un delito y lo define como “el que en beneficio suyo o de un 
tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o 
de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, 
persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no 
consentidos, a otra persona”. Se puede complementar esta definición 
entendiendo el acoso sexual como situaciones en las que se observan 
agresiones de manera repetida y sistemática como mecanismo para socavar a 
otra persona mediante su objetivación. 
 Actividad sexual. Conjunto de procesos individuales o interpersonales que 
tienen como fin la excitación o la satisfacción del deseo sexual y que pueden 
culminar o no en el orgasmo. Estos procesos incluyen fantasías sexuales; 
masturbación; besos en la boca o en otras partes del cuerpo; caricias por 
encima de la ropa; caricias por debajo de la ropa; estimulación mutua de los 
genitales con las manos o la boca; simulación de la relación sexual con o sin la 
ropa puesta; penetración vaginal, o penetración anal. 
 Actividad sexual penetrativa, acto sexual o relación sexual. Conducta 
sexual que implica contacto entre el pene, la vulva, el ano o la boca entre dos o 
más personas. También incluye actividades interpersonales que implican la 
introducción en el ano o la vagina de la mano, el dedo o cualquier otro objeto. 
 Acto sexual violento, en persona puesta en incapacidad de resistir o con 
menores de 14 años. El acto sexual violento (artículo 206): cuando se realiza a 
otra persona un acto sexual diferente al acceso carnal mediante violencia. “Por 
violencia (...) la Corte entendió esta como la fuerza, el constreñimiento, la presión 
física o psíquica – intimidación o amenaza- que el agente despliega sobre la víctima 
para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a la 
agresión que ejecuta”. 
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 Agresión electrónica. Toda acción que busque afectar negativamente a otras 
personas a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o 
videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u 
ofensivos sobre otras personas por medio de redes sociales (Twitter, 
Facebook, YouTube, entre otros) y enviar correos electrónicos o mensajes de 
texto insultantes u ofensivos; tanto de manera anónima como cuando se revela 
la identidad de quien los envía (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Agresión esporádica. Cualquier tipo de agresión que ocurre solo una vez, es 
decir, que no hace parte de un patrón de agresiones repetidas contra una 
misma persona. Este concepto incluye eventos aislados de agresión física, 
verbal o relacional. No incluye agresiones electrónicas que se realizan en 
redes sociales virtuales, dado que estas, al divulgarse, se convierten en 
ofensas repetidas. 
 Agresión física. Toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo 
o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, 
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras (Decreto 
1965 de 2013, artículo 39). 
 Agresión gestual. Toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, 
atemorizar o descalificar a otras personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Agresión relacional. Toda acción que busque afectar negativamente las 
relaciones de las personas. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y 
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o 
imagen que tiene la persona frente a otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Agresión verbal. Toda acción que busque con las palabras degradar, 
humillar, atemorizar o descalificar a otras personas. Incluye insultos, apodos 
ofensivos, burlas y amenazas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Ciberacoso escolar (acoso electrónico o Cyberbullying). De acuerdo con el 
artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso 
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, 
telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y 
continuado (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Incluye agresiones 
electrónicas que pueden haberse realizado una sola vez, pero que se 
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convierten en situaciones de agresión repetida al quedar en espacios virtuales 
a los cuales muchas personas pueden acceder. 
 Clima de aula. Se refiere al contexto o ambiente de trabajo que se 
crea en un aula de clase, y en cada una de las asignaturas que en ella 
se desarrolla. Se define a partir de la interacción entre las características 
físicas del sitio donde se imparte la clase, las características de estudiantes y 
docentes, la misma asignatura, las estrategias pedagógicas y didácticas 
utilizadas, e incluso las particularidades del EE y la calidad de las relaciones 
entre estudiantes, y entre docentes y estudiantes en el aula. 
 Clima institucional. Se refiere a las relaciones entre docentes, estudiantes, 
directivas, docentes con funciones de orientación, personal de apoyo, familias 
y personal administrativo. Incluye aspectos tan diversos como el sentido de 
pertenencia, la satisfacción laboral, la conexión percibida entre las personas 
que conforman la comunidad educativa, el apoyo con el que perciben que 
pueden contar o la percepción sobre qué tanto las opiniones son tenidas en 
cuenta. 
 Coerción Sexual. Es el uso del poder o la fuerza para obligar a alguien a 
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participar, de cualquier forma, en actividades sexuales. 
 Competencias ciudadanas. Competencias básicas que se definen como el 
conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y 
comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que los ciudadanos y 
ciudadanas actúen de manera constructiva en una sociedad democrática (Ley 
1620 de 2013, artículo 2). Son todas aquellas capacidades cognitivas, 
emocionales y comunicativas que, integradas con conocimientos y actitudes, 
permiten que las personas se relacionen pacíficamente, y participen 
constructiva y democráticamente en una sociedad. 
 Comportamiento sistemático. Son acciones que se presentan con 
frecuencia. También se refiere a toda acción que se ha realizado 
repetidamente de manera similar y con las mismas personas involucradas (por 
ejemplo, agresiones que recaen siempre sobre la misma persona agredida o 
agresiones que suelen presentarse con frecuencia).
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 Conflicto. Situación que se caracteriza porque hay una incompatibilidad real o 
percibida entre los intereses de una o varias personas (Decreto 1965 de 2013, 
artículo 39). Esta incompatibilidad puede manifestarse mediante 
conversaciones, diálogos, discusiones, altercados, enfrentamientos o incluso 
riñas. Aunque los conflictos pueden escalar hasta generar situaciones de 
acoso escolar, es importante diferenciarlos, pues las situaciones de acoso 
escolar se caracterizan por la presencia de agresiones, que se dan de manera 
recurrente por parte de quienes tienen más poder sobre quienes tienen menos. 
Teniendo en cuenta que los conflictos son situaciones comunes y propias de 
una sociedad plural y democrática en la que todas las personas pueden 
pensar, creer y sentir diferente, lo importante no es eliminarlos o mitigarlos, 
sino manifestarlos de una forma constructiva, sin agresión. 
 Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los 
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que 
afectan la convivencia escolar como altercados, enfrentamientos o riñas entre 
dos o más personas de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos 
una es estudiante, siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la 
salud de cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, 
artículo 39). 
 Consentimiento para actividades sexuales. Palabras o acciones explícitas 
por parte de personas legalmente o funcionalmente competentes para decidir 
libremente si participan o no en la actividad sexual. El consentimiento expresa 
que la persona acepta participar en la actividad sexual de manera voluntaria, 
sin presiones de ninguna índole y teniendo pleno conocimiento de las 
consecuencias de sus decisiones y acciones. 
 Convivencia pacífica. Es la coexistencia con otras personas en un espacio 
común, de forma armónica y a pesar de las diferencias culturales, sociales, 
políticas, económicas, u otras que se presenten. 
 Corresponsabilidad. Es la responsabilidad que comparten dos o más 
personas frente a las condiciones en las cuales se desarrolla una situación en 
particular. Implica el reconocimiento de obligaciones compartidas por diferentes 
personas frente a la convivencia, la promoción y protección de los derechos 
propios y ajenos, tanto en el mantenimiento de las condiciones deseadas en 
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pro del bienestar, como en la generación de condiciones adversas y los efectos 
que esto genera en la calidad de vida de las personas. 
 Daño de pertenencias escolares. Toda acción, realizada por una o varias 
personas de la comunidad educativa, que busque dañar las pertenencias de 
otra persona en el EE. 
 Dignidad humana. Como principio constitucional y como derecho que debe 
ser protegido y garantizado en la comunidad educativa, se establecen tres 
lineamientos alrededor de los cuales se concreta la dignidad humana (Corte 
Constitucional, 2002): “(i) La dignidad humana entendida como autonomía o 
como posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus 
características (vivir como quiera). (ii) La dignidad humana entendida como 
ciertas condiciones materiales concretas de existencia (vivir bien). Y (iii) la 
dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no 
patrimoniales, integridad física e integridad moral. 
 Derechos Humanos (DDHH). Comprendidos de esta forma, los DDHH son 
vistos desde tres dimensiones: Una dimensión ética, desde la cual es posible 
regular la convivencia pues se espera que las relaciones entre estos 
ciudadanas y ciudadanos se construyan desde una ética democrática. Una 
dimensión política, pues sirven de instrumento para poner límites y plantear 
exigencias al poder estatal, cuya legitimidad resulta condicionada por la 
capacidad de respetar los límites y satisfacer las exigencias impuestas, pues 
estas se formulan soportadas en criterios de legitimidad y justicia. Una 
dimensión jurídica, pues como ya se mencionó, existe un sistema internacional 
y nacional de los derechos humanos, es decir están consagrados en normas 
nacionales e internacionales que definen obligaciones positivas y negativas 
para los estados. 
 Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos (DHSR). Son las libertades 
fundamentales que tienen todas las personas con respecto a su sexualidad, 
sus decisiones sexuales y reproductivas y el cuidado de sí mismas para 
promover, mantener y mejorar su bienestar y el de otras personas con las 
que se relaciona. 
 Educación para el ejercicio de los DDHH y DHSR. Es aquella orientada a 
formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de 
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DDHH y DHSR y con la cual desarrollarán competencias para relacionarse con 
criterios de respeto por ella o él mismo y por otras personas, y con el fin de 
poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les 
posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una 
sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana. Lo anterior, en torno a la 
construcción de su proyecto de vida, a la transformación de las dinámicas 
sociales, y hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y 
responsables (Ley 1620 de 2013, artículo 2). 
 Enfoque de derechos. Incorporar el enfoque de dignidad y derechos significa 
explicitar en los principios pedagógicos, y sobre todo en las prácticas 
educativas, que la dignidad y los DDHH son el eje rector de las relaciones 
sociales entre la comunidad educativa y la configuración de nuevos marcos 
vivenciales. Se trata de potenciar prácticas y formas de vivir desde los 
referentes éticos de los DDHH, a partir de los cuales se desplazan y ponen en 
cuestión significados y formas de actuar que van en contra de la dignidad de 
las personas y el respeto por sus DDHH. 
 Enfoque de género. Significa profundizar en la formas cómo se construyen las 
relaciones entre hombres y mujeres, y cómo son determinadas por el sistema 
de creencias sociales del contexto en el que se encuentran. Permite analizar 
las relaciones y facilita generar espacios de reflexión y fomentar acciones 
afirmativas para equiparar oportunidades educativas (HEGOA & ACSUR, 
2008). 
 Enfoque diferencial. Incorporar el enfoque diferencial significa que cada 
comunidad educativa establece su intencionalidad educativa y sus principios, 
y orienta sus prácticas educativas teniendo en cuenta el contexto en el que se 
encuentra; de manera que el proceso educativo será pertinente para las 
personas. En este sentido, genera mecanismos para reconocer, visibilizar y 
potenciar el hecho de que en la comunidad educativa hay personas con 
características particulares en razón de su ubicación en un territorio 
determinado, su procedencia, su quehacer, su edad, género, orientación 
sexual y situación de discapacidad, quienes requieren una atención particular y 
la puesta en marcha de acciones afirmativas que le permitan sentirse parte de 
la comunidad educativa (ONU, 2013). 
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 Exigibilidad de derechos. La realización de los derechos impone al Estado 
obligaciones para su materialización, protección y respeto (Defensoría del 
Pueblo, 2001). A las capacidades que se ponen en juego y a los procesos que 
realizan las personas para alcanzar un mayor nivel de garantía de los derechos 
se les denomina exigibilidad de derechos. 
 Explotación Sexual Infantil. La explotación sexual se define como una forma 
de aprovechamiento, dominación, coerción, manipulación y, en algunos casos, 
de sometimiento a servidumbre, de niñas, niños y adolescentes con el objeto 
de obtener o proporcionar placer, excitación o gratificación erótica (ICBF, 
UNICEF, OIT, INPEC & Fundación Renacer, 2006). La explotación sexual 
comercial de niñas, niños y adolescentes incluye el abuso sexual a cambio de 
la remuneración en efectivo o en especie para la niña, niño o el adolescente o 
para una tercera persona o grupo de personas (ECPAT & UNICEF, 1966) 
 Garantía de derechos. Son las medidas, medios, bienes y servicios que el 
Estado pone en funcionamiento para materializar y proteger la realización de 
los derechos y las garantías constitucionales, como por ejemplo, la libertad de 
conciencia, libertad de cultos y libertad de expresión. 
 Género. Conjunto de normas sociales que definen las actitudes, valores, 
expectativas, roles y comportamientos que deben adoptar las personas según 
el sexo asignado al nacer. 
 Interés superior de niñas, niños y adolescentes. Se refiere a que el 
bienestar de niños, niñas y adolescentes estará por encima de las 
circunstancias (UNICEF, 2005). Por ejemplo, en las medidas de protección y 
cuidado que tomen y pongan en marcha instituciones y autoridades públicas o 
privadas se buscará el bienestar de niñas, niños y adolescentes. 
 Justicia restaurativa. Aparece como una crítica al enfoque de justicia 
retributiva, esta última con un fuerte énfasis en el derecho penal centrado 
especialmente en el castigo por la violación de la norma. La justicia 
restaurativa, al contrario, plantea la importancia de la reconciliación entre la 
persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Por lo tanto, en 
este enfoque se presta especial atención, no a la violación de la norma, sino a 
las necesidades de la persona ofendida, ofreciendo a la persona ofensora la 
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posibilidad de reparar el daño causado, restaurar su dignidad y ofrecer la 
posibilidad de reintegrarse socialmente. 
 Mediación. Es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes 
enfrentadas acuden voluntariamente a una tercera persona, imparcial, llamada 
mediadora o mediador, con el fin de llegar a un acuerdo que sea 
satisfactorio para las dos partes. En este proceso la solución no se impone por 
terceras personas, sino que es creada por las partes. 
 Orientación sexual. Concepto que identifica el sexo de las personas hacia las 
cuales se experimenta atracción física, romántica o sexual de manera 
preferente. Si esta atracción es hacia personas del mismo sexo se denomina 
homosexual, si es hacia personas de ambos sexos, bisexual, y si es hacia 
personas del sexo opuesto, heterosexual. 
 Prevalencia de los derechos. Este principio ayuda a resolver situaciones en 
las que no todas las personas pueden tener acceso a sus derechos al mismo 
tiempo y de la misma manera, aun cuando todas sean sujetos de derechos. Es 
decir, cuando entran en un dilema o conflicto los derechos de dos o más 
personas o el ejercicio de dos o más derechos, el principio de prevalencia 
exige que las acciones que se realicen den prioridad, garanticen y cuiden 
ciertos derechos o grupos de personas sobre otros. 
 Principio de proporcionalidad. Este principio exige que las medidas 
correctivas que se tomen ante cualquier situación, sean proporcionales y no 
desmedidas. Es decir, que las penas o castigos que se impongan sean 
adecuadas para alcanzar el fin que las justifica y lo menos graves posibles. 
En el contexto escolar, este principio nos remite al Código de Infancia y 
Adolescencia que reconoce a las niñas, niños y adolescentes que violan 
un acuerdo de convivencia como sujetos de derechos que requieren, ante todo, 
restitución de los mismos. Es decir, el principio de proporcionalidad en el caso 
de niñas, niños y adolescentes exige que, ante una situación en la que 
tradicionalmente se adoptarían castigos y demás medidas correctivas, se 
privilegie, por el contrario, la comprensión del transgresor como un sujeto que 
requiere restitución de sus derechos. 
 Principios de protección integral. La protección integral de niñas, niños y 
adolescentes establece cuatro acciones concretas para su realización: 
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1. Reconocimiento de las niñas, niños y jóvenes como sujetos de derechos; 2. 
Garantizar su cumplimiento; 3. Prevenir su amenaza o vulneración; y 4. 
Asegurar su restablecimiento inmediato. Estas cuatro acciones, así como 
todas las que se ejecuten dentro del EE, deben regirse por ocho principios: 
interés superior, prevalencia de derechos, corresponsabilidad, equidad, 
inclusión social, solidaridad, complementariedad, y subsidiariedad 
 Procesos pedagógicos. Actividades que se desarrollan de manera 
intencional con el objeto de mediar en el aprendizaje significativo del grupo 
de estudiante. Entre estos procesos se encuentran: motivación, recuperación 
de saberes previos, generación de conflictos cognitivos, procesamiento de 
información, aplicación, reflexión sobre el aprendizaje, y evaluación. 
 Protocolo. Es un plan escrito y detallado de las acciones y estrategias 
concretas que se van a llevar a cabo en el EE para responder a las situaciones 
que se presenten en los tres niveles de atención (situaciones tipo I, II y III). 
 Reconciliación. Restablecimiento de una relación que estaba rota o afectada 
por un conflicto manejado inadecuadamente o por otra situación. La 
reconciliación puede ser: 1) explícita, cuando por ejemplo se ofrecen disculpas; 
2) implícita, cuando se retoma la relación sin hablar de lo ocurrido, o 3) 
facilitada por otra persona que ayuda a recuperar la relación. 
 Relación asimétrica. Hace referencia a la desigualdad en el estatus o al 
desbalance de poder que se presenta entre las personas implicadas en una 
relación interpersonal. La asimetría es el principal criterio que permite 
establecer cuándo una determinada situación constituye una forma de 
violencia o abuso sexual si están implicados menores de edad. 
 Relación asimétrica por conocimientos. Cuando el desbalance de poder se 
origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la relación tiene 
más experiencia o conocimiento para tomar decisiones autónomas y sobre las 
implicaciones de la actividad sexual. 
 Relación asimétrica por gratificación. Cuando el desbalance de poder se 
origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la actividad 
sexual sólo busca la satisfacción de su deseo sexual. En este caso, quien 
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abusa persigue su propia gratificación y su intención no es la satisfacción 
mutua. 
 Relación asimétrica de poder. Hace referencia a diferencias o desigualdades 
entre las personas que facilitan o favorecen que una persona esté en una 
posición privilegiada o ventajosa con respecto a otra. Esas desigualdades 
pueden ser por edad (mayor con respecto a menor, persona adulta con 
respecto a niña, niño o adolescente); por conocimiento (adolescente que 
conoce las implicaciones de las relaciones sexuales con respecto a una niña, 
niño o una persona con discapacidad cognitiva que no tiene la misma 
información); por género (el hombre con respecto a la mujer), y por poder 
(docente con respecto a estudiante, una persona fuerte con respecto a una 
débil, líder del grupo con respecto al seguidor, o la persona más atractiva con 
respecto a la menos atractiva). 
 Restablecimiento de los derechos de los niñas, niños y adolescentes. 
Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se 
desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de 
derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que 
le han sido vulnerados (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). 
 Re-victimización. Situación que se da al exponer a nuevos atropellos o 
situaciones de vulnerabilidad a una persona agredida o víctima, por parte de 
las personas que deben brindarle atención o apoyo (escolar, comunitario, 
institucional o legal). 
 Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Es una herramienta 
que se plantea en la Ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, como un 
camino claro compuesto por una serie de acciones, desde diferentes 
componentes, para responder de forma integral a todas las situaciones que 
buscan, de una u otra forma, fortalecer la convivencia escolar y mitigar los 
factores que pueden afectarla. 
 Sexo. Conjunto de características genéticas, anatómicas, fisiológicas, 
hormonales y funcionales que diferencian a las mujeres de los hombres. 
 Sexting. Se refiere a la producción y distribución de contenido sexualmente 
explícito a través de internet, redes sociales, mensajes de texto de teléfonos 
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celulares o cualquier otro medio de las nuevas tecnologías de la información y 
la comunicación. 
 Sexualidad. Faceta de la identidad personal que implica el reconocimiento del 
grado de aceptación que se experimenta frente al sexo asignado, las normas 
sociales de género y la orientación sexual que se descubre. Se expresa en el 
reconocimiento y la valoración positiva de las características sexuales del 
propio cuerpo, de las características tanto femeninas como masculinas con las 
que la persona se identifica, y del sexo de las personas por las cuales 
experimenta atracción para establecer relaciones afectivas y sexuales. 
 Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados 
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden 
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al 
cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
 Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión 
escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no poseen las características de 
la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes 
características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que 
causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para 
cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
 Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión 
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad 
y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, 
o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana 
vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
 Sujeto activo en derechos. Es aquel con aptitud y capacidad de exigir 
sus derechos, es decir, con la capacidad de movilizar el aparato estatal para 
que garantice y proteja sus derechos. Es aquella persona de quien se reclama 
o para quien se reclama la defensa, protección y garantía de sus DDHH. 
Un sujeto pasivo es aquel a quien se reclama la defensa, protección y garantía 
de los derechos. 
 Violencia de género o violencia basada en el género. Es un fenómeno que 
se entiende como cualquier daño perpetrado contra la voluntad de una persona 
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que está enraizado en desigualdades de poder y relacionado con roles de 
género. Incluye violencia física, sexual y psicológica, amenaza de violencia, 
coerción o privación arbitraria de la libertad. 
 Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 
1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y 
adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un 
niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción 
física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, 
de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor” 
(Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Comprende un continuo de actos que 
incluye, entre otras, situaciones sexuales de acceso carnal, actos sexuales o 
acoso sexual. La violencia sexual ocurre cuando la persona no da su 
consentimiento para la actividad sexual o cuando la víctima es incapaz de 
consentir. 
 Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda 
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los 
derechos de los niños, niñas y adolescentes (Decreto 1965 de 2013, artículo 
39). 
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CAPÍTULO 6 
PROCESO DE ADMISIÓN Y RETIRO 
6.1. ADMISIÓN 
La inscripción es un acto libre y voluntario mediante el cual un estudiante solicita 
admisión a uno de los grados que ofrece la Institución educativa. Para poder 
acceder a este acto, se debe cumplir con los requisitos legales e institucionales 
establecidos. 
6.2. ESTUDIANTES ADMITIDOS DESPUÉS DEL PRIMER PERIODO 
Los estudiantes que sean admitidos después del primer periodo deben presentar 
certificación de las valoraciones del periodo o periodos cursados en la institución 
proveniente. En caso de no haber estado estudiando deberá nivelar las áreas 
respectivas. 
6.3. MATRÍCULA 
Es la etapa de registro o inscripción de los alumnos que después de ser admitidos 
van a realizar sus estudios en la institución, previo el cumplimiento de todos los 
requisitos señalados por la misma. A través de este acto el estudiante se 
compromete a cumplir el manual de convivencia y las demás normas establecidas 
por el MEN y la Institución Educativa. Así mismo la Institución Educativa se 
compromete a ofrecer una formación integral y de calidad enmarcada en el PEI. 
6.4. REQUISITOS PARA MATRICULA 
6.4.1. Estudiantes Nuevos Y Trasladados 
 Esta liberado en el SIMAT. 
 Registro civil de nacimiento 
 Fotocopia documento de identidad ampliada al 150% 
 Fotocopia carné de vacunas (hasta los nueve (9) años) 
 Certificación de afiliación a EPS o Sisbén. 
 Certificados originales de años anteriores. 
 Cuando el alumno venga trasladado de otra Institución, debe traer 
calificaciones o notas parciales del periodo o periodos anteriores. 
 Diligenciar formato de matrícula. 
 Carpeta.
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6.4.2 Estudiantes Antiguos 
 Certificación de afiliación a EPS, actualizada. 
 Renovar el carnet y el seguro estudiantil. 
 Paz y salvo. 
 Actualizar formato de matrícula. 
6.5. RETIRO DEFINITIVO VOLUNTARIO 
Si el padre de familia o acudiente legal del estudiante, decide retirar a su hijo(a), 
deben diligenciar un formato de retiro en la secretaría de la Institución previa 
presentación del paz y salvo, por todo concepto para ser retirado del SIMAT, y 
entrega de documentación.
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CAPITULO 7 
COMUNIDAD EDUCATIVA 
Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de 1994 la comunidad educativa está 
constituida por las personas que tienen responsabilidades sobre el proyecto 
Institucional que se implementa en un determinado establecimiento o Institución 
Educativa. 
La Comunidad Educativa se componen de los siguientes estamentos: 
 Estudiantes que se han matriculado 
 Padres, madres y acudientes o en su defecto los responsables de la educación 
de los estudiantes matriculados. 
 Docentes vinculados que laboren en la Institución. 
 Directivos docentes que cumplan funciones directas en la presentación del 
servicio educativo. 
7.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE 
En la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, se pretende formar hombres y 
mujeres: 
 Abiertos a la fe y al compromiso con la justicia, la paz y a la vida. 
 Críticos, creativos reflexivos, innovadores, consientes, transformadores, 
responsables y honestos frente a sus procesos formativos y su crecimiento 
integral. 
 Capaces de decidir y actuar frente a los retos que se le presenten en su 
entorno geográfico generando cambios positivos. 
 Con un alto nivel de autoestima, con deseos de superación, espíritu 
emprendedor y con capacidad de decisión. 
 Poseedores de un espíritu investigativo que les permita construir y descubrir su 
propio conocimiento. 
 Gestores de proyectos comunitarios que promuevan la transformación social. 
 Capacitados en la búsqueda y aplicación de estrategias de mediación, 
conciliación y resolución pacífica de conflictos basados en principios éticos y 
morales. 
 Conscientes del cuidado, preservación y conservación de los recursos 
naturales y del medio ambiente como alternativa para hacer más vivible este 
planeta y mejorar la calidad de vida. 
 Ser sensible a las necesidades de los otros y tratarlos con dignidad.
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7.2. PERFIL DEL PADRE, MADRE O ACUDIENTE 
Es la persona responsable que junto con el estudiante, firma la matrícula o su 
renovación, por consiguiente es su representante legal. 
 Sujeto consiente y responsable que valora y apoya activamente el proceso de 
aprendizaje de sus hijos. 
 Persona que genera espacios y que actúa haciendo uso del debido proceso, 
con el fin de fomentar el dialogo la sana convivencia las buenas relaciones 
interpersonales y la resolución pacífica de conflictos sin llegar a lesionar a los 
demás miembros de la comunidad educativa. 
 Persona que respeta los derechos, valores, identidad y corrige la libre 
expresión de la personalidad de sus hijos. 
 Persona crítica y propositiva con sentido de pertenencia, reflejada en el 
respeto, el dialogo y la defensa de la Institución Educativa. 
 Persona que fomenta con responsabilidad la primera escuela en el hogar con 
el propósito de formar ciudadanos de bien para la sociedad. 
7.3. PERFIL DE LOS/LAS DOCENTES 
 Personas comprometidas con la filosofía de la Institución Educativa, que busca 
formar estudiantes autónomos, capaces de propiciar cambios significativos en 
su vida y en su entorno. 
 Dinamizadores del Proyecto Educativo Institucional (PEI). 
 Personas que promueven estrategias hacia el aprendizaje significativo. 
 Constructores de conocimiento permanente alrededor de su labor pedagógica. 
 Sujetos con sensibilidad social, conscientes de que como seres humanos se 
pueden equivocar y con capacidad de aprender de sus errores pedagógicos y 
de comunicación con algunos miembros de la comunidad educativa. 
 Preocupados por el desarrollo integral de los educandos. 
 Respetuosos de las políticas educativas de la Institución en la resolución de 
conflictos con la comunidad educativa. 
7.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE 
 Comprometido con la capacitación, formación y defensa del personal Docente, 
con respecto a la resolución pacífica de conflictos con algún miembro de la 
comunidad educativa. 
 Respetuoso con los espacios de los docentes con relación a su labor sindical, 
académica, de salud, capacitación, etc.
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 Abierto al cambio, a la negociación y al dialogo con el propósito de crear un 
ambiente propicio para el desarrollo armónico de las diferentes actividades y 
mantener un clima escolar agradable. 
 Responsable, coherente, honesto, firme y consciente frente al desempeño de 
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su acción educativa. 
 Crítico y reflexivo frente a la realidad social-económica del país y 
comprometido con la construcción de una nueva sociedad. 
 Con un alto grado de lealtad y con un verdadero sentido de pertenencia por la 
Institución.
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CAPÍTULO 8 
DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DE LOS INTEGRANTES DE LA 
COMUNIDAD EDUCATIVA 
8.1. DERECHOS 
8.1.1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
 Elegir matricularse en la Institución Educativa cumpliendo los requisitos para tal 
efecto y ser reconocido como integrante de la comunidad. 
 Ser tratados con respeto y justicia sin ningún tipo de discriminación de raza, 
credo, ideología y sexo. 
 Tener derecho a una identidad personal, a la honra y al libre desarrollo de su 
personalidad, siempre y cuando no atente contra la ley y las buenas 
costumbres. 
 Participar del proceso de aprendizaje y del desarrollo de programas que 
favorezcan su formación integral. 
 Ser escuchado, orientados y asistidos por quienes tienen la responsabilidad 
directa de hacerlo. 
 Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener 
respuesta oportuna. 
 Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los 
requisitos establecidos para tal fin. 
 Recibir por parte del docente, el proceso y resultados académicos y 
convivenciales. 
 Hacer sugerencias para el mejoramiento de la buena marcha de la Institución. 
 Recibir planes de mejoramiento y actividades complementarias por parte del 
docente. 
 Representar a la Institución educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las 
bases reglamentarias establecidas. 
 Participar en la construcción y divulgación del PEI y del Pacto de Convivencia. 
 Ser estimulados a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y 
habilidades individuales empleándolas al servicio de la comunidad educativa. 
 Al descanso al esparcimiento, al juego, al deporte y la participación de las 
actividades culturales y deportivas planeadas por la institución, dentro de las 
normas de la sana convivencia y el respeto. 
 A ser escuchados antes de ser juzgados luego de haber cometido una falta, 
empleando el conducto regular, haciendo uso del derecho de la defensa y de 
los procesos de mediación que ofrece la institución según el caso. 
 Tener espacio de socialización y recreación como convivencias y 
celebraciones que permitan la sana convivencia y el desarrollo de los valores 
humanos.
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 Participar activa y democráticamente en el proceso educativo a través de 
opiniones y desempeño de funciones al servicio o beneficio de la comunidad 
educativa por medio del consejo estudiantil. 
 Elegir y ser elegidos para ocupar cargos del gobierno escolar y participar de 
todas las actividades programadas y organizadas por la Institución Educativa. 
 A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno 
de los miembros de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o 
victimarios de violencia escolar Bulling y/o Ciberbulling. 
 Ser atendidos de manera integral cuando sean víctimas y/o victimarios de 
violencia escolar Bullig y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta integral 
contemplada en la ley 1620-2013. 
 Participar en el proceso de evaluación y conocer oportunamente los resultados. 
 Conocer al iniciar el año el programa, criterios de evaluación, desempeños, 
competencias y estándares de calidad de cada una de las asignaturas. 
 Obtener oportunamente los certificados y constancias escolares. 
 Recibir, al término de cada período, un informe escrito sobre el estado de 
avance en su proceso de formación desde las dimensiones de desarrollo 
(conceptual, procedimental y actitudinal). 
 Recibir al finalizar cada nivel educativo -cuando la evaluación sea satisfactoria 
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el certificado, diploma o título correspondiente. 
 Recibir oportunamente el Paz y Salvo para diligenciarlo al finalizar cada año 
lectivo. 
8.1.2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 
Atender lo indicado en la resolución 961 del 2009 capitulo 3° y 8° en cuanto a: 
 Recibir en Igualdad de condiciones el derecho a la educación de sus hijos así 
como el acceso a los espacios pedagógicos, lúdicos y recreativos y participar 
en las diferentes actividades que programe y organice la Institución educativa. 
 Ser atendidos en los horarios establecidos para tal fin. 
 Ser escuchados en sus reclamos siempre y cuando se realicen dentro de las 
normas de la cultura y el respeto siguiendo el conducto regular. 
 Recibir información veraz sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus 
hijos, los métodos de enseñanza que se aplican en la Institución Educativa y 
las actividades escolares y extraescolares. 
 Aclarar dudas, presentar inquietudes y hacer sugerencias que consideren 
pertinentes sobre los procesos que se abordan dentro de la Institución 
Educativa. 
 Beneficiarse de los servicios de orientación ofrecidos por la Institución 
Educativa. 
 Ser valorados y respetados como personas sin ningún tipo de discriminación.
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 Elegir y ser elegidos para formar parte del gobierno escolar. 
 Ser convocados y participar en las actividades programadas para padres de 
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familia. 
 Participar en la elaboración y evaluación del PEI, Plan de Mejoramiento y 
Manual de Convivencia. 
 Representar a su hijo y/o acudido a todas las actuaciones en las que sea 
necesario o conveniente, especialmente en situaciones por faltas graves. 
 Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características 
del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo 
institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias 
pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de 
mejoramiento institucional. 
 Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha 
del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso 
educativo de sus hijos. 
 Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el 
rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. 
 Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la 
calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se 
encuentran matriculados sus hijos. 
8.1.3. DERECHOS DE DOCENTES Y DIRECTIVOS 
Los educadores al servicio de la Institución Educativa gozarán de los siguientes 
derechos: 
 Recibir un trato respetuoso y amable por parte de todos los miembros de la 
Comunidad Educativa. 
 Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar de manera 
verbal, en carteleras o por escrito. 
 Ser escuchados para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos 
cuando sea conveniente y redunde en el mejoramiento de la Comunidad 
Educativa. 
 Recibir información y asesoría individual y grupal para superar las dificultades 
y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico. 
 Ser informados sobre el desempeño laboral de manera individual en forma 
oportuna destacando sus fortalezas y debilidades. 
 Recibir una capacitación permanente y de calidad acorde a la filosofía 
Salamista.
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 Obtener las licencias y permisos al que tienen derecho todo empleado según el 
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código del trabajo. 
 Ser atendidos oportunamente por el directivo guardando las normas de 
respeto y siguiendo el conducto regular. 
 Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y 
habilidades individuales empleándolas al servicio de la Comunidad Educativa. 
 Elegir y ser elegidos para conformar las diferentes instancias institucionales. 
 Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener 
respuestas oportunas. 
 Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los 
requisitos establecidos para tal fin. 
 Representar a la Institución Educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las 
bases reglamentarias establecidas. 
 Ser evaluados de manera objetiva de acuerdo con las exigencias de la 
Institución Educativa y conocer su respectiva retroalimentación. 
 Recibir reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad a la 
Institución Educativa haya sido acorde con los Principios y Filosofía de la 
misma. 
 Disponer espacios para planear, evaluar, proyectar su trabajo y compartir 
experiencias pedagógicas. 
 Hacer uso de los diferentes materiales del plantel para el desarrollo de los 
procesos de aprendizaje. 
 Recibir precisa y oportunamente los comunicados expedidos por otras 
instituciones, sobre cursos, seminarios, invitaciones, etc. 
 Recibir trato imparcial del jefe inmediato en la toma de decisiones. 
 A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno 
de los miembros de la Comunidad Educativa evitando ser víctimas y/o 
victimarios de violencia Escolar Bulling y/o Ciberbulling. 
 Disfrutar de los periodos de vacaciones estipulados en la ley. 
8.2. DEBERES 
8.2.1. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
8.2.1.1. Deberes Generales y para el Buen Uso y Conservación de la Planta 
Física 
La comunidad educativa cuida la planta física y orienta a los estudiantes para que 
hagan un adecuado uso de cada una de sus dependencias:
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 Identificarse como estudiante de la Institución Educativa, respetarla y dar un 
trato cortes a todas las personas que integra a la Comunidad Educativa 
teniendo en cuenta las normas establecidas en este Manual de Convivencia. 
 Respetar los bienes, muebles e inmuebles de la institución, zonas verdes y 
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espacios en general. 
 Mantener la identidad Institucional respetando los símbolos patrios y los de la 
Institución Educativa 
 Practicar una conducta de absoluto respeto en las ceremonias religiosas, 
patrióticas, cívicas, culturales, deportivas y sociales. 
 Hacer uso adecuado de agua, luz, implementos deportivos, instrumentos, 
trajes, materiales didácticos, equipos audiovisuales y de cómputo, y demás 
elementos puestos al servicio del proceso educativo y responder por ellos. 
 Respetar los carteles, carteleras, periódico o elementos de decoración, 
espejos, entre otros, evitando cualquier tipo de alteración en el contenido o 
deterioro de los mismos. 
 Permanecer fuera de los salones en tiempo de descanso. 
 Respetar el aula de clase como un lugar de encuentro académico, no deportivo 
ni festivo. 
 Guardar una especial compostura que implica el silencio absoluto en la 
biblioteca y sala de cómputo. 
 Hacer uso de los servicios sanitarios de acuerdo con las normas de higiene y 
consideración que merecen los demás usuarios y personal de mantenimiento y 
evitar su deterioro. 
 Colaborar y preocuparse por el permanente estado de limpieza del aula de 
clase, de la Institución y el cuidado de los elementos necesarios para realizar 
tal fin. 
 Contribuir al aseo del establecimiento utilizando los recipientes que para tal fin 
se han dispuesto, y no dejar en el piso envases, cortezas y basura que puedan 
provocar accidentes o deterioro del medio ambiente. 
 Utilizar los baños correspondientes, manteniendo el aseo en las paredes, 
puertas o espejos de los mismos. 
 Comprometerse con el cuidado, mantenimiento y conservación de las plantas 
ornamentales, los árboles, patios y campos deportivos participando en 
campañas que contribuyan el embellecimiento y ambiente propicio para la 
labor educativa. 
 Responder, reparar o sustituir los daños causados a cualquier bien mueble 
(escritorios, sillas, equipos, etc.) o inmueble (paredes, tableros, baños, 
lavamanos, etc.) de la institución. 
 Velar por la conservación y buen uso de los libros y materiales de la biblioteca. 
 Asumir las responsabilidades que los maestros(as) de las diferentes 
asignaturas le asignen.
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 Usar y portar adecuadamente, con respeto, responsabilidad y aseo el uniforme 
de la Institución Educativa sin ningún tipo de accesorios y sin maquillaje. 
 Informar del daño o pérdida de computadores, cargadores, mesas, televisores 
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etc. 
 Lavar las manos antes de tomar el refrigerio o desayuno. 
 Ingresar al comedor en orden y respetar el turno, manejando un tono de voz 
normal, sin gritar ni hacer escándalo. 
8.2.1.2. Deberes Académicos 
Todo estudiante de la Institución Educativa debe: 
 Participar activamente en todas las clases, trabajos y actividades que se 
programen. 
 Tener en cada clase útiles necesarios, debidamente marcados y bien 
presentados. 
 Responder con las tareas y lecciones diarias, trabajos asignados y 
evaluaciones periódicas. 
 Entregar a tiempo, en perfecto orden y con las técnicas indicadas por el 
docente, los trabajos programados en las respectivas disciplinas académicas. 
 Presentar las evaluaciones en el día señalado por el docente, y en caso de 
ausencia justificada, dentro de los cinco (5) días siguientes a la reincorporación 
a la Institución, previa autorización del respectivo docente. el estudiante debe 
presentarse ante el respectivo docente y, acordar con él, la manera y 
condiciones como puede cumplir con esta obligación, antes del vencimiento de 
las fechas. 
 Participar de manera personal, activa y responsable, en los trabajos en grupo 
organizados en el curso al cual pertenece. 
 Permanecer en el salón de clase durante el período de las mismas, salvo 
sugerencia de autoridad competente y/o responsable. 
 Acatar y cumplir con todo lo estipulado en el sistema institucional de 
evaluación. 
 Cumplir con las actas de compromisos pactadas sobre perdida de asignaturas. 
 Para estudiantes de la Media Técnica asumir con responsabilidad la 
Especialidad articulada con el SENA. 
 Abstenerse de consumir alimentos en horas de clase. 
 Hacer buen uso de las tecnologías de la comunicación en las aulas siempre 
que autorice el docente encargado.
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Parágrafo 1: No se considera inasistencia del estudiante cuando sea delegado(a) 
por la Institución para representarla en algún tipo de encuentro, cultural y/o 
deportivo, cuando sea requerida por alguno de los directivos u orientadora escolar 
o cuando debe asistir a las reuniones del Consejo Directivo, Comisiones de 
Evaluación, Comités de Convivencia, Consejo estudiantil del cual forme parte, 
previa autorización de Coordinación. 
8.2.1.3. Deberes para fortalecimiento de las relaciones humanas 
La Institución Educativa fortalece las relaciones humanas, por tal motivo invita a 
los estudiantes a: 
 Tratar a todos los miembros de la comunidad educativa con respeto, cortesía, 
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tolerancia y cordialidad. 
 Reconocer y acatar la autoridad representada en directivos, educadores y 
dirigentes de la Organización Estudiantil. 
 Practicar todas las normas de higiene que favorezcan la convivencia con los 
demás miembros de la comunidad educativa. 
 Cumplir con las recomendaciones médicas, especialmente con aquellas 
tendientes a evitar la propagación de enfermedades infectocontagiosas. 
 Utilizar el nombre de la institución para actividades personales o grupales con 
la debida autorización. 
 Tener en cuenta y en forma cortés y respetuosa el conducto regular para 
solucionar las dificultades o conflictos que se presenten. 
 Representar a la Institución con dignidad y espíritu de sana competencia en 
actividades sociales, culturales y deportivas. 
 Participar activamente, con respeto y dignidad, en las barras de los equipos 
cuando se participe en calidad de espectador dentro y fuera de la institución 
 Evitar en la Institución Educativa expresiones afectivas y amorosas 
desmesuradas (abrazos, besos, caricias, etc.) que vayan en contra de los 
principios y valores de la Institución Educativa. 
 Mantener dentro del aula de clase un excelente comportamiento sin realizar 
conductas que interfieran el normal desarrollo de las actividades pedagógicas y 
la convivencia (como intimidar, provocar, amenazar, difamar, ultrajar, 
segregar). 
 Emplear el tiempo de descanso para la sana recreación en los espacios 
dispuestos para tal propósito. 
 Responsabilizarse de sus objetos personales asumiendo las consecuencias en 
caso de pérdida. 
 Abstenerse de llevar a la Institución elementos que puedan interferir en el 
trabajo normal de las clases (radios, grabadoras, audífonos, celulares, mp3,
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etc.), sin autorización del docente y responsabilizarse del cuidado de los 
mismos. 
 No utilizar los equipos celulares, juegos electrónicos o cualquier tipo de 
aparatos de comunicación durante las actividades académicas y culturales sin 
la debida autorización. 
 Respetar, en todo momento y lugar, los bienes materiales que no son de su 
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propiedad. 
 Asumir con respeto los llamados de atención. 
 Solicitar o presentar oportunamente los permisos, las excusas por inasistencia, 
retardos y/o uniforme por escrito con la debida firma del acudiente, cedula y 
teléfono a un miembro del equipo de dirección. 
 Tratar con respeto y dignidad humana a todos y a cada uno de los miembros 
de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o victimarios de violencia 
Escolar Bulling y/o ciberbulling. 
 Cumplir con los compromisos cuando sean atendidos de manera integral si son 
víctimas y/o victimario de violencia escolar Bulling y/ o Ciberbulling de acuerdo 
a la ruta integral en consecuencia con la ley 1620. 
 Resolver los conflictos pacíficamente. 
Parágrafo: La Institución Educativa no se hace responsable por hurto, perdida de 
los elementos descritos anteriormente. Cuando el estudiante tenga en clase uno 
de los elemento descritos como distractores, el docente presente lo decomisará y 
lo entregará al directivo, quien levanta un acta donde describe fecha, artículo 
decomisado, nombre de quien lo decomisa y a quien se le decomisa, donde se 
estipula que se entrega el artículo decomisado a los padres o acudientes al 
finalizar el año lectivo. 
8.2.1.4. Deberes relacionados con la permanencia y puntualidad de sus 
estudiantes 
A la Institución Educativa le interesa la permanencia y puntualidad de sus 
estudiantes en todas las actividades programadas lo cual implica: 
 Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución 
durante el año escolar. 
 Iniciar puntualmente la jornada académica y asistir a todas las clases y 
actividades señaladas en el horario. 
 Participar activamente en los eventos deportivos y asistir puntualmente a los 
entrenamientos en el lugar y horario establecido. 
 Asistir puntualmente a las clases. Cuando esto no sea posible, es necesario 
presentar por escrito una justificación razonable por parte del padre de familia 
o acudiente en un término no mayor a dos días.
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 En caso de inasistencia escolar, los estudiantes deben presentarse a la 
Institución acompañado de uno de sus padres o acudiente cuando no exista 
excusa médica. 
 Para ausentarse de la institución durante la jornada escolar, el estudiante ha 
de contar con la autorización del Profesor de Disciplina y Director del Grado, 
previa solicitud personal hecha por el representante legal. 
 Los permisos, excusas y comunicaciones en general deben darse y recibirse 
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por escrito. 
 Rechazar cualquier comportamiento que denigre la condición humana como la 
formación de pandillas, barristas, venta y consumo de sustancias psicoactivas, 
conformar y/o pertenecer a sectas satánicas, alcoholismo, divulgación 
pornográfica. 
 Los demás deberes que para los educandos determine el Ministerio de 
Educación Nacional, la Secretaria Departamental de Educación, La Ley de 
Infancia y Adolescencia 1098 o cualquier otra autoridad o legislación 
competente. 
Parágrafo 1: El embarazo de una menor de edad debe constituirse en una 
situación de protección tanto para ella como para el bebé. La Institución debe 
hacer respetar el cumplimiento de la licencia de maternidad y de lactancia que 
estipula la Ley. Si se trata de un embarazo de riesgo, solicitar al acudiente 
prescripción médica de la estudiante y establecer un acta de compromiso con 
éste, para cuando se presente alguna dificultad poder establecer contacto 
inmediato. 
Parágrafo 2: Cuando el estudiante se ausente de clase porque necesita acudir a 
Rectoría, debe informar al docente encargado. 
Parágrafo 3: Cuando un profesor (a) requiera a un estudiante en un período de 
clase diferente del suyo, debe consultar previamente al respectivo docente y 
tramitar con él un permiso. 
Parágrafo 4: Cualquier persona que requiera a un estudiante, debe solicitar la 
autorización del Profesor de Disciplina y del profesor del área. 
8.2.2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE 
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la 
educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes 
deberes:
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 Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos 
debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su 
edad escolar obligatoria. 
 Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del 
derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 
 Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual 
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de convivencia, para facilitar el proceso de educativo. 
 Firmar y cumplir a cabalidad el pacto de Convivencia de la Institución 
Educativa. 
 Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y 
responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor 
relación entre los miembros de la comunidad educativa. 
 Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del 
establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, 
entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo 
de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las 
autoridades competentes. 
 Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al 
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los 
aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de 
mejoramiento institucional. 
 Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como 
primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el 
desarrollo de valores ciudadanos. 
 Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo 
y apoyar el proceso de articulación en los programas que ofrece la Institución 
educativa 
 Informar oportunamente a la Institución Educativa en caso de enfermedad o 
cualquier otro impedimento para la inasistencia a clases, en un lapso de cinco 
días calendario, enviando la excusa médica o aquellas que se requieran para 
justificar la ausencia del estudiante. 
 Asistir a las reuniones de Padres de familia y a las citaciones que programe la 
Institución Educativa en beneficio del mejoramiento de la educación de los 
educandos. 
 Informar a la Institución Educativa cualquier cambio en la información de los 
estudiantes en lo referente al número de identificación, nombres, apellidos, 
dirección, teléfono, cambio de domicilio, ete. 
 En caso de enfermedad diagnosticada por un médico u otro profesional de la 
salud, dar a conocer por escrito las recomendaciones pertinentes para el 
cuidado de la salud de dicho estudiante. 
 Proveer espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, 
cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental y demás 
deberes dispuestos en el artículo 22 de la Ley 1620 de 2013.
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 Cumplir con los compromisos que se establezcan cuando los estudiantes sean 
atendidos de manera integral si son víctimas y/o victimarios de violencia 
escolar Bulling y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta de la ley 1620 del 2013. 
 Respetar la figura y la autoridad del maestro y siempre tener en cuenta el 
conducto regular para realizar reclamos ante un evento de carácter académico 
o disciplinario. 
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8.2.3. DEBERES DE DOCENTES Y DIRECTIVOS 
Son deberes de los docentes los siguientes: 
 Cumplir con todas las obligaciones contraídas en el momento de la posesión, 
de acuerdo al código sustantivo del trabajo y el Estatuto Docente. 
 Cumplir con la jornada laboral correspondiente. 
 Diseñar, ampliar y evaluar los diferentes contenidos del plan educativo. 
 Proporcionar información oportuna y veraz, tanto a los estudiantes como a los 
padres de familia acerca del desarrollo de los procesos educativos. 
 Mantener buenas relaciones humanas y de tolerancia con toda la comunidad 
educativa. 
 Velar por el buen mantenimiento de los materiales a su cargo, libros, 
escritorios, planta física y recursos naturales del plantel y mantener una 
imagen adecuada frente a la comunidad. 
 Evitar la presentación pública en estado de embriaguez, drogadicción o 
cualquier otra forma que atente con el buen nombre del plantel. 
 No coaccionar o persuadir a los educandos para fines personales o de otra 
índole. 
 Participar, coordinar y ejecutar las tareas que le sean encomendadas tanto por 
las directivas de la institución como por los diferentes comités. 
 Socializar con los estudiantes las correspondientes calificaciones antes de 
reportar al sistema. 
 Compartir los conocimientos, experiencias, resultado de los talleres y 
seminarios a los que asiste. 
 Ser honesto en el trabajo. 
 Solicitar asesoría al rector cuando las circunstancias lo ameriten. 
 Tratar con equidad a los estudiantes. 
 No fumar en el establecimiento o en sus alrededores. 
 Fomentar hábitos, valores éticos y morales en toda la comunidad educativa. 
 Fomentar la investigación científica y todo aquello que permita el 
mantenimiento de la cultura regional y nacional. 
 Evitar las agresiones verbales y físicas tanto entre colegas como con los 
estudiantes directivos y administrativos.
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Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 
NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
 Representar dignamente el establecimiento en eventos para los cuales sea 
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seleccionado. 
 Cumplir con los turnos de disciplina asignados. 
 Presentar en la fecha prevista los planes de estudio, programaciones del área, 
proyectos pedagógicos y de aula, actividades extracurriculares y libros 
reglamentarios 
 Reportar a Dirección de Grupo todas las novedades presentadas si las 
circunstancias lo ameritan. 
 Asignar trabajos a los estudiantes de manera que profundicen los temas 
tratados con la bibliografía respectiva. 
 Preparar con ética y responsabilidad diariamente las clases, trabajos, talleres, 
evaluaciones y recuperaciones. 
 Cooperar con la comunidad educativa en la conservación y preservación de los 
recursos naturales. 
 Dar a conocer oportunamente a los estudiantes el resultado de los procesos 
educativos. 
 Brindar información veraz y oportuna sobre el desarrollo educativo de los 
estudiantes a los padres de familia. 
 Asistir puntualmente a clases, reuniones escolares y extraescolares en la fecha 
y hora estipuladas. 
 Participar activamente en la elaboración del PEI, Planeamiento y Evaluación 
Institucional. 
 Nombrar de los estudiantes y padres de familia de su grupo una persona que 
maneje los dineros recogidos por cualquier actividad realizada y presentar ante 
ellos las debidas cuentas y facturas para evitar malos entendidos. 
 Informar con anterioridad las actividades que se van realizar en su área, con el 
fin de preparar los materiales correspondientes y evitar desinformación. 
 Planear, socializar y ejecutar los proyectos bajo su responsabilidad. 
 Socializar con los estudiantes los temas respectivos en su área. 
 Velar por el aseo y el orden del salón donde orienta sus clases. 
 Permanecer en la Institución toda la jornada de trabajo, 
 Realizar en lo posible los trabajos en grupo en el proceso de la clase. 
 Hacer las clases amenas y participativas. 
 Evitar los continuos permisos sobre todo cuando haya reuniones de carácter 
general o informal y otras actividades programadas en la institución educativa. 
 Evaluar y orientar los procesos educativos aplicando las competencias y 
verificando los desempeños. 
 Velar por la calidad educativa y un mejor proyecto de vida para los estudiantes. 
 Evitar el uso del celular para fines de carácter personal, durante el proceso de 
la clase. 
 Responsabilizarse del grupo de estudiante a cargo durante la jornada escolar.
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NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
 Respetar la intimidad y la vida privada de los estudiantes, docentes y demás 
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miembros de la comunidad educativa. 
 Solicitar los permisos oportunamente y traer los soportes de los mismos, en 
caso que sean requeridos por la dirección. 
 Mantener el lugar de trabajo ordenado y aseado. 
 Seguir el conducto regular para la solución pacífica de conflictos. 
 Cuidar y conservar en buen estado las herramientas de trabajo. 
 Abstenerse de solicitar a los estudiantes y al personal de la Institución 
Educativa la prestación de servicios personales o pecuniarios. 
 Escuchar y permitir al estudiante expresar libremente sus ideas, sugerencias y 
descargos. 
 Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo, las 
facultades que le sean atribuidas o la información reservada a la que tenga 
acceso por su función, exclusivamente para los fines que le fueron asignados. 
 Los docentes y directivos no deben mantener relaciones de índole sentimental 
o sexual con los/las estudiantes dentro o fuera de la Institución y máxime si son 
menores de edad. 
 Realizar cursos de capacitación y actualización para mejorar el desempeño 
profesional, subsidiados en lo posible por la Institución Educativa y/o el Estado 
colombiano. 
 Abstenerse de consumir bebidas embriagantes dentro de la Institución 
Educativa. 
8.3. ESTÍMULOS 
8.3.1. ESTÍMULOS DE LOS ESTUDIANTES 
La Institución Educativa entiende el estímulo como reconocimiento al esfuerzo y 
otorga reconocimientos especiales a los estudiantes distinguidos que demuestren 
el perfil Institucional caracterizado por saber ser, saber estar, saber hacer y saber 
convivir en su entorno social y cultural. Son estímulos: 
 Izar el Pabellón Nacional 
 Inclusión en el cuadro de Honor. 
 Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización 
Estudiantil. 
 Ser designado para representar la Institución en eventos académicos, 
artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones. 
 Recibir las distinciones que el Consejo Directivo haya determinado para 
estudiantes distinguidos en el campo pedagógico, artístico, deportivo u otros 
propuestos por los docentes y estudiantes.
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NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
 En cualquiera de los casos anteriores el (la) estudiante recibirá un 
reconocimiento general de la comunidad, al ser publicado su nombre, y mérito 
en las carteleras ubicadas dentro de la institución que tienen por propósito 
informar a toda la comunidad educativa sobre los hechos más relevantes que 
suceden dentro y fuera de la institución. 
 Reconocimiento especial a monitores con excelente desempeño de sus 
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funciones como monitor durante el año lectivo. 
 Reconocimiento al Mejor Bachiller para aquel estudiante del grado once que se 
destaque por su alto rendimiento académico y excelente comportamiento. 
 Reconocimiento a la Mejor Prueba ICFES para aquel estudiante del grado 
once que haya obtenido el más alto puntaje en las pruebas de Estado ICFES. 
8.3.2. ESTIMULOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 
La Institución Educativa Técnica Felipe Salame otorgará estímulo para docentes 
que se distingan por un sentido de pertenencia, responsabilidad honestidad, 
puntualidad, cumplimiento, por su capacitación académica y por su espíritu de 
cooperación, solidario y buen compañero (a). 
 Tener reconocimiento público cuando se destaque por su eficiente desempeño 
en su cargo. 
 Ser elegido para representar a la institución en eventos especiales. 
 Disfrutar de permisos para participar en capacitaciones especiales y/o 
olimpiadas dentro y fuera del departamento. 
 Inclusión en el cuadro de honor. 
 Publicación o difusión en el periódico carteleras, etc. 
 Condecoración mención especial. 
 Mas lo establecido en el plan de estímulos de la Secretaria de Educación 
Departamental.
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NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 
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CAPÍTULO 9 
UNIFORMES, SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO Y DESARROLLO DE LA 
ETAPA PRODUCTIVA SENA 
9.1. UNIFORMES 
1. Los uniformes han de portarse únicamente para asistir al establecimiento de 
acuerdo con la actividad curricular del día y en actos representativos de éste, 
esforzándose siempre por mantenerlos pulcros y en buen estado de 
conservación. 
2. Los uniformes de los equipos deportivos han de portarse sólo en el momento 
necesario. 
3. Por la sobriedad que exige el uniforme escolar, no es compatible con cabellos 
sin cortes adecuados, sucios y descuidados, cabellos tinturados de colores 
llamativos o el uso de maquillaje y esmaltes notorios. En cuanto a los 
accesorios y adornos han de portarse sólo aquellos de color blanco y azul rey y 
cuya forma o tamaño no alteren la presentación general y sean estéticos. 
4. Por seguridad, no usar joyas con los uniformes. 
5. El uniforme debe ser acorde con la talla del estudiante, no usar prendas 
cuando estas ya quedan cortas y ajustadas. 
Parágrafo: Bajo ninguna circunstancia se permite escribir en el uniforme ni en los 
zapatos sobre todo a finalizar el año escolar. 
9.1.1. Diario 
Para los hombres. El uniforme de diario para los hombres es el siguiente: 
 Camibuso blanco. 
 Pantalón de tela color azul oscuro. 
 Zapatos negros de cordón o mocasín. 
 Media colegial de color negra o azul. 
 Correa oscura. 
Para niñas. El uniforme de uso diario para las señoritas es el siguiente: 
 Falda azul oscura a la rodilla, según modelo previsto. 
 Camibuso blanco. 
 Zapatos negros de cordón o tipo mafalda. 
 Media colegial blanca.
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  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 MANUAL DE CONVIVENCIA Por El País Que Soñamos.
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. TABLA DE CONTENIDO
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 CARACTERIZACION INSTITUCIONAL NOMBRE INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME UBICACION Corregimiento Los Andes - Municipio de Rovira Por El País Que Soñamos. SEDES Felipe Salame (Sede Principal) Vereda La Bella Los Andes Vereda La Bella La Osera Vereda La Osera Las Mangas Vereda Las Mangas Los Cristales Vereda La Primavera Pando La Joya Vereda Pando La Joya La Cauchera Vereda La Cauchera El Paujil Vereda El Paujil Limoncitos Vereda Limoncitos El Cedral Vereda El Cedral Camellón Vereda El Camellón TELEFONOS 313 817 7443 CALENDARIO A JORNADA Mañana RESOLUCION DE ESTUDIOS Resolución Nº 04855 de 2011. Carácter Técnico. Especialidad Contabilidad Y Finanzas NIT 809006752-2 CODIGO DANE 273624001261 CODIGO ICFES 144733 REGISTRO EDUCATIVO 1624209 TITULO QUE OTORGA Bachiller Técnico – Especialidad en Contabilidad Y Finanzas ARTICULACION
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION No. XXXXX Por la cual se Reforma el Manual de Convivencia de la Institución y se adecua a las exigencias de la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, en uso de sus atribuciones legales y obrando en nombre de la Comunidad Educativa Salamista, una vez consultados todos sus estamentos y: Por El País Que Soñamos. CONSIDERANDO 1. Que es indispensable establecer normas claras de comportamiento para los diferentes estamentos de la Institución, que sean una guía en la valoración de las interrelaciones escolares. 2. Que es necesario reconocer los Derechos y Deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, para velar por el cumplimiento de éstos. 3. Que es necesario dar aplicación a los mandatos establecidos por la Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley General de la Educación en lo concerniente a la formación ético-moral y el espíritu cívico y democrático del estudiante y la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 que conlleva a la aplicación de los protocolos para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. 4. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones interpersonales practiquen los valores y las conductas que dignifican la vida humana y planear todo tipo de actividades que busquen la formación integral del estudiantado y la buena marcha de la Institución. 5. Que para dar cumplimiento a los fines y objetivos de la Educación, la filosofía y políticas institucionales, se debe diseñar un Manual de Convivencia que permita la participación de la Comunidad Educativa. RESUELVE: Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, el cual será evaluado cada año, de acuerdo con las necesidades y prioridades de la Institución, y acorde con la legislación vigente. Artículo 2. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su expedición.
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. Dada en Rovira, XXXXXX LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ MONJE Rector
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 1 HORIZONTE INSTITUCIONAL 1.1 MISIÓN La Institución Educativa Técnica Felipe Salame, brinda una educación de alta calidad que le permite establecer un vínculo formativo con el SENA. Nuestro principal compromiso es la formación integral de los estudiantes, fundamentada en la formación de principios y valores morales, éticos y sociales. Somos una institución exigente en el conocimiento y el trabajo, pero a la vez tolerante y sensible con las necesidades y limitaciones que existen en nuestro medio y comunidad educativa. Valoramos la cultura, la recreación y el deporte, el conocimiento tecnológico, técnico y científico, comprometidos en hacer grandes cosas “por el país que soñamos”. 1.2 VISIÓN Ser reconocidos como una institución de excelente calidad académica y técnica, bajo los principios de responsabilidad, respeto y fraternidad. Gracias a la articulación con el SENA los estudiantes podrán desempeñarse con eficiencia y liderazgo en el campo laboral como auxiliares contables en el área comercial y empresarial. Así mismo, mejorar los resultados en las diferentes pruebas de estado en el ámbito municipal, departamental y nacional. 1.3 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES La Institución promueve y desarrolla en la comunidad educativa los siguientes principios y valores:  Respeto a la libertad de culto  El cuidado y protección de los recursos naturales y el medio ambiente  La convivencia pacífica y el respeto a los derechos humanos  El fomento del arte y la cultura  El afianzamiento de la identidad y el sentido de pertenencia  El acatamiento de las leyes y el respeto a la autoridad  El libre desarrollo de la personalidad  La autonomía y la libre expresión
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 2 PROP ÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 2.1 CONCEPTO El manual de convivencia es el conjunto de pautas, normas y procesos que orientan a la sana convivencia institucional de la comunidad educativa y que contribuye a la resolución pacífica de conflictos, desarrollando componentes de prevención, promoción, protección y mitigación de violencia escolar, con el fin de proteger a la comunidad educativa contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos, contribuyendo a la formación integra de los estudiantes, mejoramiento del clima institucional, calidad y asequibilidad de la educación, así como la construcción de una política institucional de protección de los derechos humanos, sexuales, reproductivos y construcción de ciudadanía. Además es una parte fundamental del Proyecto Educativo Insti tucional (PEI), en donde se define los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica. 2.2 ALCANCE El presente manual de convivencia enuncia unas normas de convivencia social, estableciendo los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes de la Comunidad Educativa y formulan un procedimiento democrático que fortalezca la formación integral de los estudiantes. Para velar por el cumplimiento de lo acordado, se deben establecer canales de comunicación y procedimientos que garanticen un actuar armónico que fortalezca el desarrollo personal de todos los integrantes de la Comunidad Educativa, pues no se debe olvidar que la Escuela, junto con el Hogar, construyen espacios propicios para la construcción de una sociedad eminentemente humana.
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 3 FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 3.1 NORMATIVIDAD La fundamentación legal para elaborar y adoptar el presente manual de convivencia son las siguientes:  Constitución Política De Colombia: Desde los artículos pertinentes a los mandatos que buscan el desarrollo integral del ser humano y en su artículo 13, que establece su igualdad ante la ley, de tal manera que el manual de convivencia se convierte en un instrumento que garantiza la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación.  Ley General De Educación (Ley 115 De 1994): Que establece los fines y los objetivos de la educación colombiana y ordena en su artículo 87 la estructuración de un manual de convivencia.  Código De La Infancia Y La Adolescencia (Ley 1098 De 2006): Que establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.  Decreto 1860 de 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.  Decreto1290 De Abril De 2009: Sistema general por el cual se reglamenta el proceso de evaluación y promoción de los estudiantes en los establecimientos educativos.  Decreto 1286 De Abril 27 De 2005: Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados. 3.2. FALLOS Y SENTENCIAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA La Corte Constitucional advirtió que las instituciones educativas no están obligadas a mantener en las aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices y convivencia de la institución educativa. La Corte es clara en señalar que el deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el manual de convivencia, pues este a su vez es la guía
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 normativa que rige el interior de las instituciones para mantener sanas costumbres. Indicó además que los estudiantes tienen la obligación de observar las normas de presentación de las instituciones, así como los horarios de entrada y salida de clases, recreos, salidas y asistencias y debido respeto por sus profesores y compañeros. A continuación se relacionan las sentencias.  Sentencia No. T-612/92: Deberes del educando. A pesar de ser la educación un derecho fundamental de la persona, también exige de ésta el cumplimiento de determinadas obligaciones. El estudiante deberá cumplir con los reglamentos académicos y los requisitos exigidos para cada uno de los años de escolaridad. Su obligación es consigo mismo -en primer lugar-, con la familia, la sociedad y el Estado -en segundo lugar-, para lograr el progreso en su formación académica. Se trata en consecuencia de un derecho-deber.  Sentencia No. T 519/92: Estudiantes indisciplinados. Que establece que aunque la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no debe colegirse que el centro educativo este obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos, a quien de manera constante y reiterada, desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios.  Sentencia No. T 341/93: Cumplimiento y obligaciones por parte del estudiante. Quien se matrícula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.  Sentencia No. T 050/93: Libre Desarrollo de la Personalidad. La existencia del derecho al libre desarrollo de la personalidad radica en que la persona sea dueña de sí misma y de sus actos, reflejando una imagen limpia, digna para sí y para las personas con las cuales convive en la sociedad. Debe ser libre, Por El País Que Soñamos.
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 autónoma en sus actos y procedimientos, guardando siempre una conducta clara e impecable, sus actos deben reflejarse en forma natural, voluntaria y responsable.  Sentencia T 594/93: Libre desarrollo de la personalidad. La esencia del libre desarrollo de la personalidad como derecho, es el reconocimiento que el Estado hace de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de los demás. El fin de ello es la realización de las metas de cada individuo de la especie humana, fijadas autónomamente por él, de acuerdo con su temperamento y su carácter propio, con la limitación de los derechos de las demás personas y del orden público.  Sentencia No. T 092/94: El derecho a la educación comporta dos aspectos: es un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea, pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la persona.  Sentencia No. T 316/94: La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa.  Sentencia No. T 569/94: Derecho a la educación, deberes de los estudiantes. La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del Por El País Que Soñamos.
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. La Corte Constitucional ha sido enfática al proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad de todos los individuos, y ha removido los obstáculos que se han presentado para su realización en los casos que han llegado a su conocimiento. Pero también ha señalado que el ejercicio de este derecho tiene limitaciones, dentro de las cuales se encuentran los derechos de los demás.  Sentencia No. T 880/99: Debido proceso-sanciones. Los manuales de convivencia o reglamentos internos de los establecimientos educativos se encuentran sujetos a los derechos, principios y valores de carácter constitucional. Estos manuales cimientan su legitimidad no sólo en el órgano que los profiere, sino en que deben ser el reflejo de la voluntad general de los miembros de la institución educativa a la cual se va aplicar, teniendo como punto de referencia la primacía de las normas constitucionales. Para su aplicación, los manuales de convivencia deberán ser dados a conocer y aceptados de manera expresa y espontánea por padres, profesores y alumnos vinculados a la institución educativa. El derecho al debido proceso contenido en el artículo 29 de la Carta Política es aplicable a las decisiones que se tomen en el medio educativo; razón por la cual, es válida la imposición de sanciones que se señalan en el manual de convivencia, previo agotamiento del procedimiento que para el efecto se encuentra establecido en el mismo ordenamiento del plantel. Por El País Que Soñamos.
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 4 SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN 4.1. ESCUDO El escudo fue creado por el docente Eder Miguel Rubio Rojas en el año 2005, bajo la rectoría de José Antonio Reyes Reyes. El logotipo de la Institución es un escudo armonizado con elementos y detalles propios de la vida escolar y su entorno social. En la parte central se destaca al estudiante, razón de ser de la Institución, en sus etapas del desarrollo que a su vez representan los niveles de enseñanza que se ofrecen: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica. Estos estudiantes se observan realizando actividades recreativas, componente importante que involucra la Institución en sus procesos de formación. Además, cada una de las siluetas tiene uno de los colores de la Bandera de Colombia, amarillo, azul y rojo, con el que se reafirman los valores nacionalistas y el sentido de pertenencia hacia nuestra Patria. En la parte superior emerge un círculo que representa el mundo y un texto en su interior con el que se sugiere la idea que es el conocimiento la herramienta y el medio ideal para traspasar fronteras y con el que se alcanza el progreso y el desarrollo. Así mismo, la bandera envuelve suavemente el escudo en forma diagonal de atrás hacia delante como el abrazo de un padre o una madre a un hijo. Es una metáfora del amor y el cariño tal como deben ser tratados los estudiantes. Finalmente, hay una banda, con la inscripción “POR EL PAÍS QUE SOÑAMOS” del Nobel García Márquez quien convocaba a reflexionar y a luchar por una Patria en para todos y las futuras generaciones. 4.2. LA BANDERA Inicialmente la bandera estaba compuesta por dos colores, verde y blanco, debido a su aspecto poco llamativo, el docente Eder Miguel Rubio Rojas propuso en el año 2005 agregarle una franja de color rojo, quedando entonces con tres franjas: rojo, blanco y verde.
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 El color rojo identifica el valor y la fuerza que caracteriza a los estudiantes, docentes y comunidad educativa pilares fundamentales con quienes podemos lograr todas las metas. El color blanco tiene implícito el gran anhelo de todos por alcanzar la paz, la tranquilidad y la armonía para vivir en comunidad como una gran familia. El color verde enaltece el sentido de pertenencia por el campo, sus montañas y hermosos paisajes. También significa la condición de campesinos como personas útiles, inteligentes y con un profundo sentido de superación. Así pues, la bandera es una insignia sublime que nos llega al corazón y nos hace sentir orgullosos de pertenecer a la gran Familia Salamista. Por El País Que Soñamos. 4.3. HIMNO Letra: Isnely Velazco, Mujer Líder de nuestra comunidad. Entregó el Himno a la Institución el 19 de Octubre de 2006. Música: Fredy Torres y Gabriel Márquez. I Soy un alumno del Centro Educativo Luis Felipe Salame Que a conciencia y gran esfuerzo me enseñas a vencer En tus aulas y tus pasillos dejo yo mi niñez Y cada día sigo aprendiendo para ser siempre el mejor. CORO Tú serás siempre mi colegio de honor Quiero llevarte grabado en mi corazón Prometo yo llevarte con orgullo y sincera admiración, Este es un centro Educativo donde se aprende a querer "porque es más fácil el camino a emprender" (Bis). II Hoy mi bandera le rinde un homenaje A los grandes maestros de nuestro centro educativo Por su entrega y grande amor. CORO
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 5 DEFINICIONES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y DERECHOS SEXUALES La Institución Educativa se apropia de las Definiciones, Principios y Responsabilidades enmarcadas en la Ley 1620 de 2013 y se relacionan a continuación:  Acceso carnal. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 212, se entiende como “la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto”.  Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños causados a otras personas. Son acciones que pretenden restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones tipo I y II).  Acoso escolar (intimidación, bullying o matoneo). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niña, niño o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, y que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o de estudiantes contra docentes, y ante la indiferencia o complicidad de su entorno.  Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas. Situaciones en las que se observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos, bromas, insultos, rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en los baños, paredes, tableros, pupitres) relativos a la orientación sexual real o supuesta de la persona o a su identidad de género. Se incluyen prácticas repetidas de segregación (separar del grupo), de exclusión (impedir la participación en las actividades y toma de decisiones) o de discriminación (establecer barreras o restricciones para el disfrute de los derechos fundamentales).
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Agresión Escolar. Toda acción realizada por una o varias personas que conforman la comunidad educativa y que busca afectar negativamente a otras personas de la misma comunidad, de las cuales por lo menos una es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Acoso sexual. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 210A, el acoso sexual es un delito y lo define como “el que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona”. Se puede complementar esta definición entendiendo el acoso sexual como situaciones en las que se observan agresiones de manera repetida y sistemática como mecanismo para socavar a otra persona mediante su objetivación.  Actividad sexual. Conjunto de procesos individuales o interpersonales que tienen como fin la excitación o la satisfacción del deseo sexual y que pueden culminar o no en el orgasmo. Estos procesos incluyen fantasías sexuales; masturbación; besos en la boca o en otras partes del cuerpo; caricias por encima de la ropa; caricias por debajo de la ropa; estimulación mutua de los genitales con las manos o la boca; simulación de la relación sexual con o sin la ropa puesta; penetración vaginal, o penetración anal.  Actividad sexual penetrativa, acto sexual o relación sexual. Conducta sexual que implica contacto entre el pene, la vulva, el ano o la boca entre dos o más personas. También incluye actividades interpersonales que implican la introducción en el ano o la vagina de la mano, el dedo o cualquier otro objeto.  Acto sexual violento, en persona puesta en incapacidad de resistir o con menores de 14 años. El acto sexual violento (artículo 206): cuando se realiza a otra persona un acto sexual diferente al acceso carnal mediante violencia. “Por violencia (...) la Corte entendió esta como la fuerza, el constreñimiento, la presión física o psíquica – intimidación o amenaza- que el agente despliega sobre la víctima para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a la agresión que ejecuta”. Por El País Que Soñamos.
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Agresión electrónica. Toda acción que busque afectar negativamente a otras personas a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otras personas por medio de redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube, entre otros) y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos; tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Agresión esporádica. Cualquier tipo de agresión que ocurre solo una vez, es decir, que no hace parte de un patrón de agresiones repetidas contra una misma persona. Este concepto incluye eventos aislados de agresión física, verbal o relacional. No incluye agresiones electrónicas que se realizan en redes sociales virtuales, dado que estas, al divulgarse, se convierten en ofensas repetidas.  Agresión física. Toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Agresión gestual. Toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otras personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Agresión relacional. Toda acción que busque afectar negativamente las relaciones de las personas. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Agresión verbal. Toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otras personas. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Ciberacoso escolar (acoso electrónico o Cyberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Incluye agresiones electrónicas que pueden haberse realizado una sola vez, pero que se Por El País Que Soñamos.
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 convierten en situaciones de agresión repetida al quedar en espacios virtuales a los cuales muchas personas pueden acceder.  Clima de aula. Se refiere al contexto o ambiente de trabajo que se crea en un aula de clase, y en cada una de las asignaturas que en ella se desarrolla. Se define a partir de la interacción entre las características físicas del sitio donde se imparte la clase, las características de estudiantes y docentes, la misma asignatura, las estrategias pedagógicas y didácticas utilizadas, e incluso las particularidades del EE y la calidad de las relaciones entre estudiantes, y entre docentes y estudiantes en el aula.  Clima institucional. Se refiere a las relaciones entre docentes, estudiantes, directivas, docentes con funciones de orientación, personal de apoyo, familias y personal administrativo. Incluye aspectos tan diversos como el sentido de pertenencia, la satisfacción laboral, la conexión percibida entre las personas que conforman la comunidad educativa, el apoyo con el que perciben que pueden contar o la percepción sobre qué tanto las opiniones son tenidas en cuenta.  Coerción Sexual. Es el uso del poder o la fuerza para obligar a alguien a Por El País Que Soñamos. participar, de cualquier forma, en actividades sexuales.  Competencias ciudadanas. Competencias básicas que se definen como el conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que los ciudadanos y ciudadanas actúen de manera constructiva en una sociedad democrática (Ley 1620 de 2013, artículo 2). Son todas aquellas capacidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, integradas con conocimientos y actitudes, permiten que las personas se relacionen pacíficamente, y participen constructiva y democráticamente en una sociedad.  Comportamiento sistemático. Son acciones que se presentan con frecuencia. También se refiere a toda acción que se ha realizado repetidamente de manera similar y con las mismas personas involucradas (por ejemplo, agresiones que recaen siempre sobre la misma persona agredida o agresiones que suelen presentarse con frecuencia).
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Conflicto. Situación que se caracteriza porque hay una incompatibilidad real o percibida entre los intereses de una o varias personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Esta incompatibilidad puede manifestarse mediante conversaciones, diálogos, discusiones, altercados, enfrentamientos o incluso riñas. Aunque los conflictos pueden escalar hasta generar situaciones de acoso escolar, es importante diferenciarlos, pues las situaciones de acoso escolar se caracterizan por la presencia de agresiones, que se dan de manera recurrente por parte de quienes tienen más poder sobre quienes tienen menos. Teniendo en cuenta que los conflictos son situaciones comunes y propias de una sociedad plural y democrática en la que todas las personas pueden pensar, creer y sentir diferente, lo importante no es eliminarlos o mitigarlos, sino manifestarlos de una forma constructiva, sin agresión.  Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más personas de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos una es estudiante, siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Consentimiento para actividades sexuales. Palabras o acciones explícitas por parte de personas legalmente o funcionalmente competentes para decidir libremente si participan o no en la actividad sexual. El consentimiento expresa que la persona acepta participar en la actividad sexual de manera voluntaria, sin presiones de ninguna índole y teniendo pleno conocimiento de las consecuencias de sus decisiones y acciones.  Convivencia pacífica. Es la coexistencia con otras personas en un espacio común, de forma armónica y a pesar de las diferencias culturales, sociales, políticas, económicas, u otras que se presenten.  Corresponsabilidad. Es la responsabilidad que comparten dos o más personas frente a las condiciones en las cuales se desarrolla una situación en particular. Implica el reconocimiento de obligaciones compartidas por diferentes personas frente a la convivencia, la promoción y protección de los derechos propios y ajenos, tanto en el mantenimiento de las condiciones deseadas en Por El País Que Soñamos.
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 pro del bienestar, como en la generación de condiciones adversas y los efectos que esto genera en la calidad de vida de las personas.  Daño de pertenencias escolares. Toda acción, realizada por una o varias personas de la comunidad educativa, que busque dañar las pertenencias de otra persona en el EE.  Dignidad humana. Como principio constitucional y como derecho que debe ser protegido y garantizado en la comunidad educativa, se establecen tres lineamientos alrededor de los cuales se concreta la dignidad humana (Corte Constitucional, 2002): “(i) La dignidad humana entendida como autonomía o como posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus características (vivir como quiera). (ii) La dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales concretas de existencia (vivir bien). Y (iii) la dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales, integridad física e integridad moral.  Derechos Humanos (DDHH). Comprendidos de esta forma, los DDHH son vistos desde tres dimensiones: Una dimensión ética, desde la cual es posible regular la convivencia pues se espera que las relaciones entre estos ciudadanas y ciudadanos se construyan desde una ética democrática. Una dimensión política, pues sirven de instrumento para poner límites y plantear exigencias al poder estatal, cuya legitimidad resulta condicionada por la capacidad de respetar los límites y satisfacer las exigencias impuestas, pues estas se formulan soportadas en criterios de legitimidad y justicia. Una dimensión jurídica, pues como ya se mencionó, existe un sistema internacional y nacional de los derechos humanos, es decir están consagrados en normas nacionales e internacionales que definen obligaciones positivas y negativas para los estados.  Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos (DHSR). Son las libertades fundamentales que tienen todas las personas con respecto a su sexualidad, sus decisiones sexuales y reproductivas y el cuidado de sí mismas para promover, mantener y mejorar su bienestar y el de otras personas con las que se relaciona.  Educación para el ejercicio de los DDHH y DHSR. Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de Por El País Que Soñamos.
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 DDHH y DHSR y con la cual desarrollarán competencias para relacionarse con criterios de respeto por ella o él mismo y por otras personas, y con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana. Lo anterior, en torno a la construcción de su proyecto de vida, a la transformación de las dinámicas sociales, y hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables (Ley 1620 de 2013, artículo 2).  Enfoque de derechos. Incorporar el enfoque de dignidad y derechos significa explicitar en los principios pedagógicos, y sobre todo en las prácticas educativas, que la dignidad y los DDHH son el eje rector de las relaciones sociales entre la comunidad educativa y la configuración de nuevos marcos vivenciales. Se trata de potenciar prácticas y formas de vivir desde los referentes éticos de los DDHH, a partir de los cuales se desplazan y ponen en cuestión significados y formas de actuar que van en contra de la dignidad de las personas y el respeto por sus DDHH.  Enfoque de género. Significa profundizar en la formas cómo se construyen las relaciones entre hombres y mujeres, y cómo son determinadas por el sistema de creencias sociales del contexto en el que se encuentran. Permite analizar las relaciones y facilita generar espacios de reflexión y fomentar acciones afirmativas para equiparar oportunidades educativas (HEGOA & ACSUR, 2008).  Enfoque diferencial. Incorporar el enfoque diferencial significa que cada comunidad educativa establece su intencionalidad educativa y sus principios, y orienta sus prácticas educativas teniendo en cuenta el contexto en el que se encuentra; de manera que el proceso educativo será pertinente para las personas. En este sentido, genera mecanismos para reconocer, visibilizar y potenciar el hecho de que en la comunidad educativa hay personas con características particulares en razón de su ubicación en un territorio determinado, su procedencia, su quehacer, su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad, quienes requieren una atención particular y la puesta en marcha de acciones afirmativas que le permitan sentirse parte de la comunidad educativa (ONU, 2013). Por El País Que Soñamos.
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Exigibilidad de derechos. La realización de los derechos impone al Estado obligaciones para su materialización, protección y respeto (Defensoría del Pueblo, 2001). A las capacidades que se ponen en juego y a los procesos que realizan las personas para alcanzar un mayor nivel de garantía de los derechos se les denomina exigibilidad de derechos.  Explotación Sexual Infantil. La explotación sexual se define como una forma de aprovechamiento, dominación, coerción, manipulación y, en algunos casos, de sometimiento a servidumbre, de niñas, niños y adolescentes con el objeto de obtener o proporcionar placer, excitación o gratificación erótica (ICBF, UNICEF, OIT, INPEC & Fundación Renacer, 2006). La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes incluye el abuso sexual a cambio de la remuneración en efectivo o en especie para la niña, niño o el adolescente o para una tercera persona o grupo de personas (ECPAT & UNICEF, 1966)  Garantía de derechos. Son las medidas, medios, bienes y servicios que el Estado pone en funcionamiento para materializar y proteger la realización de los derechos y las garantías constitucionales, como por ejemplo, la libertad de conciencia, libertad de cultos y libertad de expresión.  Género. Conjunto de normas sociales que definen las actitudes, valores, expectativas, roles y comportamientos que deben adoptar las personas según el sexo asignado al nacer.  Interés superior de niñas, niños y adolescentes. Se refiere a que el bienestar de niños, niñas y adolescentes estará por encima de las circunstancias (UNICEF, 2005). Por ejemplo, en las medidas de protección y cuidado que tomen y pongan en marcha instituciones y autoridades públicas o privadas se buscará el bienestar de niñas, niños y adolescentes.  Justicia restaurativa. Aparece como una crítica al enfoque de justicia retributiva, esta última con un fuerte énfasis en el derecho penal centrado especialmente en el castigo por la violación de la norma. La justicia restaurativa, al contrario, plantea la importancia de la reconciliación entre la persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Por lo tanto, en este enfoque se presta especial atención, no a la violación de la norma, sino a las necesidades de la persona ofendida, ofreciendo a la persona ofensora la Por El País Que Soñamos.
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 posibilidad de reparar el daño causado, restaurar su dignidad y ofrecer la posibilidad de reintegrarse socialmente.  Mediación. Es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas acuden voluntariamente a una tercera persona, imparcial, llamada mediadora o mediador, con el fin de llegar a un acuerdo que sea satisfactorio para las dos partes. En este proceso la solución no se impone por terceras personas, sino que es creada por las partes.  Orientación sexual. Concepto que identifica el sexo de las personas hacia las cuales se experimenta atracción física, romántica o sexual de manera preferente. Si esta atracción es hacia personas del mismo sexo se denomina homosexual, si es hacia personas de ambos sexos, bisexual, y si es hacia personas del sexo opuesto, heterosexual.  Prevalencia de los derechos. Este principio ayuda a resolver situaciones en las que no todas las personas pueden tener acceso a sus derechos al mismo tiempo y de la misma manera, aun cuando todas sean sujetos de derechos. Es decir, cuando entran en un dilema o conflicto los derechos de dos o más personas o el ejercicio de dos o más derechos, el principio de prevalencia exige que las acciones que se realicen den prioridad, garanticen y cuiden ciertos derechos o grupos de personas sobre otros.  Principio de proporcionalidad. Este principio exige que las medidas correctivas que se tomen ante cualquier situación, sean proporcionales y no desmedidas. Es decir, que las penas o castigos que se impongan sean adecuadas para alcanzar el fin que las justifica y lo menos graves posibles. En el contexto escolar, este principio nos remite al Código de Infancia y Adolescencia que reconoce a las niñas, niños y adolescentes que violan un acuerdo de convivencia como sujetos de derechos que requieren, ante todo, restitución de los mismos. Es decir, el principio de proporcionalidad en el caso de niñas, niños y adolescentes exige que, ante una situación en la que tradicionalmente se adoptarían castigos y demás medidas correctivas, se privilegie, por el contrario, la comprensión del transgresor como un sujeto que requiere restitución de sus derechos.  Principios de protección integral. La protección integral de niñas, niños y adolescentes establece cuatro acciones concretas para su realización: Por El País Que Soñamos.
  • 23. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 1. Reconocimiento de las niñas, niños y jóvenes como sujetos de derechos; 2. Garantizar su cumplimiento; 3. Prevenir su amenaza o vulneración; y 4. Asegurar su restablecimiento inmediato. Estas cuatro acciones, así como todas las que se ejecuten dentro del EE, deben regirse por ocho principios: interés superior, prevalencia de derechos, corresponsabilidad, equidad, inclusión social, solidaridad, complementariedad, y subsidiariedad  Procesos pedagógicos. Actividades que se desarrollan de manera intencional con el objeto de mediar en el aprendizaje significativo del grupo de estudiante. Entre estos procesos se encuentran: motivación, recuperación de saberes previos, generación de conflictos cognitivos, procesamiento de información, aplicación, reflexión sobre el aprendizaje, y evaluación.  Protocolo. Es un plan escrito y detallado de las acciones y estrategias concretas que se van a llevar a cabo en el EE para responder a las situaciones que se presenten en los tres niveles de atención (situaciones tipo I, II y III).  Reconciliación. Restablecimiento de una relación que estaba rota o afectada por un conflicto manejado inadecuadamente o por otra situación. La reconciliación puede ser: 1) explícita, cuando por ejemplo se ofrecen disculpas; 2) implícita, cuando se retoma la relación sin hablar de lo ocurrido, o 3) facilitada por otra persona que ayuda a recuperar la relación.  Relación asimétrica. Hace referencia a la desigualdad en el estatus o al desbalance de poder que se presenta entre las personas implicadas en una relación interpersonal. La asimetría es el principal criterio que permite establecer cuándo una determinada situación constituye una forma de violencia o abuso sexual si están implicados menores de edad.  Relación asimétrica por conocimientos. Cuando el desbalance de poder se origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la relación tiene más experiencia o conocimiento para tomar decisiones autónomas y sobre las implicaciones de la actividad sexual.  Relación asimétrica por gratificación. Cuando el desbalance de poder se origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la actividad sexual sólo busca la satisfacción de su deseo sexual. En este caso, quien Por El País Que Soñamos.
  • 24. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 abusa persigue su propia gratificación y su intención no es la satisfacción mutua.  Relación asimétrica de poder. Hace referencia a diferencias o desigualdades entre las personas que facilitan o favorecen que una persona esté en una posición privilegiada o ventajosa con respecto a otra. Esas desigualdades pueden ser por edad (mayor con respecto a menor, persona adulta con respecto a niña, niño o adolescente); por conocimiento (adolescente que conoce las implicaciones de las relaciones sexuales con respecto a una niña, niño o una persona con discapacidad cognitiva que no tiene la misma información); por género (el hombre con respecto a la mujer), y por poder (docente con respecto a estudiante, una persona fuerte con respecto a una débil, líder del grupo con respecto al seguidor, o la persona más atractiva con respecto a la menos atractiva).  Restablecimiento de los derechos de los niñas, niños y adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).  Re-victimización. Situación que se da al exponer a nuevos atropellos o situaciones de vulnerabilidad a una persona agredida o víctima, por parte de las personas que deben brindarle atención o apoyo (escolar, comunitario, institucional o legal).  Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Es una herramienta que se plantea en la Ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, como un camino claro compuesto por una serie de acciones, desde diferentes componentes, para responder de forma integral a todas las situaciones que buscan, de una u otra forma, fortalecer la convivencia escolar y mitigar los factores que pueden afectarla.  Sexo. Conjunto de características genéticas, anatómicas, fisiológicas, hormonales y funcionales que diferencian a las mujeres de los hombres.  Sexting. Se refiere a la producción y distribución de contenido sexualmente explícito a través de internet, redes sociales, mensajes de texto de teléfonos Por El País Que Soñamos.
  • 25. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 celulares o cualquier otro medio de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.  Sexualidad. Faceta de la identidad personal que implica el reconocimiento del grado de aceptación que se experimenta frente al sexo asignado, las normas sociales de género y la orientación sexual que se descubre. Se expresa en el reconocimiento y la valoración positiva de las características sexuales del propio cuerpo, de las características tanto femeninas como masculinas con las que la persona se identifica, y del sexo de las personas por las cuales experimenta atracción para establecer relaciones afectivas y sexuales.  Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).  Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no poseen las características de la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).  Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).  Sujeto activo en derechos. Es aquel con aptitud y capacidad de exigir sus derechos, es decir, con la capacidad de movilizar el aparato estatal para que garantice y proteja sus derechos. Es aquella persona de quien se reclama o para quien se reclama la defensa, protección y garantía de sus DDHH. Un sujeto pasivo es aquel a quien se reclama la defensa, protección y garantía de los derechos.  Violencia de género o violencia basada en el género. Es un fenómeno que se entiende como cualquier daño perpetrado contra la voluntad de una persona Por El País Que Soñamos.
  • 26. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 que está enraizado en desigualdades de poder y relacionado con roles de género. Incluye violencia física, sexual y psicológica, amenaza de violencia, coerción o privación arbitraria de la libertad.  Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor” (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Comprende un continuo de actos que incluye, entre otras, situaciones sexuales de acceso carnal, actos sexuales o acoso sexual. La violencia sexual ocurre cuando la persona no da su consentimiento para la actividad sexual o cuando la víctima es incapaz de consentir.  Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Por El País Que Soñamos.
  • 27. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 6 PROCESO DE ADMISIÓN Y RETIRO 6.1. ADMISIÓN La inscripción es un acto libre y voluntario mediante el cual un estudiante solicita admisión a uno de los grados que ofrece la Institución educativa. Para poder acceder a este acto, se debe cumplir con los requisitos legales e institucionales establecidos. 6.2. ESTUDIANTES ADMITIDOS DESPUÉS DEL PRIMER PERIODO Los estudiantes que sean admitidos después del primer periodo deben presentar certificación de las valoraciones del periodo o periodos cursados en la institución proveniente. En caso de no haber estado estudiando deberá nivelar las áreas respectivas. 6.3. MATRÍCULA Es la etapa de registro o inscripción de los alumnos que después de ser admitidos van a realizar sus estudios en la institución, previo el cumplimiento de todos los requisitos señalados por la misma. A través de este acto el estudiante se compromete a cumplir el manual de convivencia y las demás normas establecidas por el MEN y la Institución Educativa. Así mismo la Institución Educativa se compromete a ofrecer una formación integral y de calidad enmarcada en el PEI. 6.4. REQUISITOS PARA MATRICULA 6.4.1. Estudiantes Nuevos Y Trasladados  Esta liberado en el SIMAT.  Registro civil de nacimiento  Fotocopia documento de identidad ampliada al 150%  Fotocopia carné de vacunas (hasta los nueve (9) años)  Certificación de afiliación a EPS o Sisbén.  Certificados originales de años anteriores.  Cuando el alumno venga trasladado de otra Institución, debe traer calificaciones o notas parciales del periodo o periodos anteriores.  Diligenciar formato de matrícula.  Carpeta.
  • 28. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. 6.4.2 Estudiantes Antiguos  Certificación de afiliación a EPS, actualizada.  Renovar el carnet y el seguro estudiantil.  Paz y salvo.  Actualizar formato de matrícula. 6.5. RETIRO DEFINITIVO VOLUNTARIO Si el padre de familia o acudiente legal del estudiante, decide retirar a su hijo(a), deben diligenciar un formato de retiro en la secretaría de la Institución previa presentación del paz y salvo, por todo concepto para ser retirado del SIMAT, y entrega de documentación.
  • 29. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPITULO 7 COMUNIDAD EDUCATIVA Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de 1994 la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades sobre el proyecto Institucional que se implementa en un determinado establecimiento o Institución Educativa. La Comunidad Educativa se componen de los siguientes estamentos:  Estudiantes que se han matriculado  Padres, madres y acudientes o en su defecto los responsables de la educación de los estudiantes matriculados.  Docentes vinculados que laboren en la Institución.  Directivos docentes que cumplan funciones directas en la presentación del servicio educativo. 7.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE En la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, se pretende formar hombres y mujeres:  Abiertos a la fe y al compromiso con la justicia, la paz y a la vida.  Críticos, creativos reflexivos, innovadores, consientes, transformadores, responsables y honestos frente a sus procesos formativos y su crecimiento integral.  Capaces de decidir y actuar frente a los retos que se le presenten en su entorno geográfico generando cambios positivos.  Con un alto nivel de autoestima, con deseos de superación, espíritu emprendedor y con capacidad de decisión.  Poseedores de un espíritu investigativo que les permita construir y descubrir su propio conocimiento.  Gestores de proyectos comunitarios que promuevan la transformación social.  Capacitados en la búsqueda y aplicación de estrategias de mediación, conciliación y resolución pacífica de conflictos basados en principios éticos y morales.  Conscientes del cuidado, preservación y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente como alternativa para hacer más vivible este planeta y mejorar la calidad de vida.  Ser sensible a las necesidades de los otros y tratarlos con dignidad.
  • 30. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. 7.2. PERFIL DEL PADRE, MADRE O ACUDIENTE Es la persona responsable que junto con el estudiante, firma la matrícula o su renovación, por consiguiente es su representante legal.  Sujeto consiente y responsable que valora y apoya activamente el proceso de aprendizaje de sus hijos.  Persona que genera espacios y que actúa haciendo uso del debido proceso, con el fin de fomentar el dialogo la sana convivencia las buenas relaciones interpersonales y la resolución pacífica de conflictos sin llegar a lesionar a los demás miembros de la comunidad educativa.  Persona que respeta los derechos, valores, identidad y corrige la libre expresión de la personalidad de sus hijos.  Persona crítica y propositiva con sentido de pertenencia, reflejada en el respeto, el dialogo y la defensa de la Institución Educativa.  Persona que fomenta con responsabilidad la primera escuela en el hogar con el propósito de formar ciudadanos de bien para la sociedad. 7.3. PERFIL DE LOS/LAS DOCENTES  Personas comprometidas con la filosofía de la Institución Educativa, que busca formar estudiantes autónomos, capaces de propiciar cambios significativos en su vida y en su entorno.  Dinamizadores del Proyecto Educativo Institucional (PEI).  Personas que promueven estrategias hacia el aprendizaje significativo.  Constructores de conocimiento permanente alrededor de su labor pedagógica.  Sujetos con sensibilidad social, conscientes de que como seres humanos se pueden equivocar y con capacidad de aprender de sus errores pedagógicos y de comunicación con algunos miembros de la comunidad educativa.  Preocupados por el desarrollo integral de los educandos.  Respetuosos de las políticas educativas de la Institución en la resolución de conflictos con la comunidad educativa. 7.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE  Comprometido con la capacitación, formación y defensa del personal Docente, con respecto a la resolución pacífica de conflictos con algún miembro de la comunidad educativa.  Respetuoso con los espacios de los docentes con relación a su labor sindical, académica, de salud, capacitación, etc.
  • 31. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Abierto al cambio, a la negociación y al dialogo con el propósito de crear un ambiente propicio para el desarrollo armónico de las diferentes actividades y mantener un clima escolar agradable.  Responsable, coherente, honesto, firme y consciente frente al desempeño de Por El País Que Soñamos. su acción educativa.  Crítico y reflexivo frente a la realidad social-económica del país y comprometido con la construcción de una nueva sociedad.  Con un alto grado de lealtad y con un verdadero sentido de pertenencia por la Institución.
  • 32. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 8 DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 8.1. DERECHOS 8.1.1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES  Elegir matricularse en la Institución Educativa cumpliendo los requisitos para tal efecto y ser reconocido como integrante de la comunidad.  Ser tratados con respeto y justicia sin ningún tipo de discriminación de raza, credo, ideología y sexo.  Tener derecho a una identidad personal, a la honra y al libre desarrollo de su personalidad, siempre y cuando no atente contra la ley y las buenas costumbres.  Participar del proceso de aprendizaje y del desarrollo de programas que favorezcan su formación integral.  Ser escuchado, orientados y asistidos por quienes tienen la responsabilidad directa de hacerlo.  Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener respuesta oportuna.  Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin.  Recibir por parte del docente, el proceso y resultados académicos y convivenciales.  Hacer sugerencias para el mejoramiento de la buena marcha de la Institución.  Recibir planes de mejoramiento y actividades complementarias por parte del docente.  Representar a la Institución educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las bases reglamentarias establecidas.  Participar en la construcción y divulgación del PEI y del Pacto de Convivencia.  Ser estimulados a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y habilidades individuales empleándolas al servicio de la comunidad educativa.  Al descanso al esparcimiento, al juego, al deporte y la participación de las actividades culturales y deportivas planeadas por la institución, dentro de las normas de la sana convivencia y el respeto.  A ser escuchados antes de ser juzgados luego de haber cometido una falta, empleando el conducto regular, haciendo uso del derecho de la defensa y de los procesos de mediación que ofrece la institución según el caso.  Tener espacio de socialización y recreación como convivencias y celebraciones que permitan la sana convivencia y el desarrollo de los valores humanos.
  • 33. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Participar activa y democráticamente en el proceso educativo a través de opiniones y desempeño de funciones al servicio o beneficio de la comunidad educativa por medio del consejo estudiantil.  Elegir y ser elegidos para ocupar cargos del gobierno escolar y participar de todas las actividades programadas y organizadas por la Institución Educativa.  A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o victimarios de violencia escolar Bulling y/o Ciberbulling.  Ser atendidos de manera integral cuando sean víctimas y/o victimarios de violencia escolar Bullig y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta integral contemplada en la ley 1620-2013.  Participar en el proceso de evaluación y conocer oportunamente los resultados.  Conocer al iniciar el año el programa, criterios de evaluación, desempeños, competencias y estándares de calidad de cada una de las asignaturas.  Obtener oportunamente los certificados y constancias escolares.  Recibir, al término de cada período, un informe escrito sobre el estado de avance en su proceso de formación desde las dimensiones de desarrollo (conceptual, procedimental y actitudinal).  Recibir al finalizar cada nivel educativo -cuando la evaluación sea satisfactoria Por El País Que Soñamos. el certificado, diploma o título correspondiente.  Recibir oportunamente el Paz y Salvo para diligenciarlo al finalizar cada año lectivo. 8.1.2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Atender lo indicado en la resolución 961 del 2009 capitulo 3° y 8° en cuanto a:  Recibir en Igualdad de condiciones el derecho a la educación de sus hijos así como el acceso a los espacios pedagógicos, lúdicos y recreativos y participar en las diferentes actividades que programe y organice la Institución educativa.  Ser atendidos en los horarios establecidos para tal fin.  Ser escuchados en sus reclamos siempre y cuando se realicen dentro de las normas de la cultura y el respeto siguiendo el conducto regular.  Recibir información veraz sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus hijos, los métodos de enseñanza que se aplican en la Institución Educativa y las actividades escolares y extraescolares.  Aclarar dudas, presentar inquietudes y hacer sugerencias que consideren pertinentes sobre los procesos que se abordan dentro de la Institución Educativa.  Beneficiarse de los servicios de orientación ofrecidos por la Institución Educativa.  Ser valorados y respetados como personas sin ningún tipo de discriminación.
  • 34. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Elegir y ser elegidos para formar parte del gobierno escolar.  Ser convocados y participar en las actividades programadas para padres de Por El País Que Soñamos. familia.  Participar en la elaboración y evaluación del PEI, Plan de Mejoramiento y Manual de Convivencia.  Representar a su hijo y/o acudido a todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente, especialmente en situaciones por faltas graves.  Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.  Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.  Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.  Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos. 8.1.3. DERECHOS DE DOCENTES Y DIRECTIVOS Los educadores al servicio de la Institución Educativa gozarán de los siguientes derechos:  Recibir un trato respetuoso y amable por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.  Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar de manera verbal, en carteleras o por escrito.  Ser escuchados para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente y redunde en el mejoramiento de la Comunidad Educativa.  Recibir información y asesoría individual y grupal para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.  Ser informados sobre el desempeño laboral de manera individual en forma oportuna destacando sus fortalezas y debilidades.  Recibir una capacitación permanente y de calidad acorde a la filosofía Salamista.
  • 35. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Obtener las licencias y permisos al que tienen derecho todo empleado según el Por El País Que Soñamos. código del trabajo.  Ser atendidos oportunamente por el directivo guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular.  Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y habilidades individuales empleándolas al servicio de la Comunidad Educativa.  Elegir y ser elegidos para conformar las diferentes instancias institucionales.  Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener respuestas oportunas.  Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin.  Representar a la Institución Educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las bases reglamentarias establecidas.  Ser evaluados de manera objetiva de acuerdo con las exigencias de la Institución Educativa y conocer su respectiva retroalimentación.  Recibir reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad a la Institución Educativa haya sido acorde con los Principios y Filosofía de la misma.  Disponer espacios para planear, evaluar, proyectar su trabajo y compartir experiencias pedagógicas.  Hacer uso de los diferentes materiales del plantel para el desarrollo de los procesos de aprendizaje.  Recibir precisa y oportunamente los comunicados expedidos por otras instituciones, sobre cursos, seminarios, invitaciones, etc.  Recibir trato imparcial del jefe inmediato en la toma de decisiones.  A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa evitando ser víctimas y/o victimarios de violencia Escolar Bulling y/o Ciberbulling.  Disfrutar de los periodos de vacaciones estipulados en la ley. 8.2. DEBERES 8.2.1. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 8.2.1.1. Deberes Generales y para el Buen Uso y Conservación de la Planta Física La comunidad educativa cuida la planta física y orienta a los estudiantes para que hagan un adecuado uso de cada una de sus dependencias:
  • 36. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Identificarse como estudiante de la Institución Educativa, respetarla y dar un trato cortes a todas las personas que integra a la Comunidad Educativa teniendo en cuenta las normas establecidas en este Manual de Convivencia.  Respetar los bienes, muebles e inmuebles de la institución, zonas verdes y Por El País Que Soñamos. espacios en general.  Mantener la identidad Institucional respetando los símbolos patrios y los de la Institución Educativa  Practicar una conducta de absoluto respeto en las ceremonias religiosas, patrióticas, cívicas, culturales, deportivas y sociales.  Hacer uso adecuado de agua, luz, implementos deportivos, instrumentos, trajes, materiales didácticos, equipos audiovisuales y de cómputo, y demás elementos puestos al servicio del proceso educativo y responder por ellos.  Respetar los carteles, carteleras, periódico o elementos de decoración, espejos, entre otros, evitando cualquier tipo de alteración en el contenido o deterioro de los mismos.  Permanecer fuera de los salones en tiempo de descanso.  Respetar el aula de clase como un lugar de encuentro académico, no deportivo ni festivo.  Guardar una especial compostura que implica el silencio absoluto en la biblioteca y sala de cómputo.  Hacer uso de los servicios sanitarios de acuerdo con las normas de higiene y consideración que merecen los demás usuarios y personal de mantenimiento y evitar su deterioro.  Colaborar y preocuparse por el permanente estado de limpieza del aula de clase, de la Institución y el cuidado de los elementos necesarios para realizar tal fin.  Contribuir al aseo del establecimiento utilizando los recipientes que para tal fin se han dispuesto, y no dejar en el piso envases, cortezas y basura que puedan provocar accidentes o deterioro del medio ambiente.  Utilizar los baños correspondientes, manteniendo el aseo en las paredes, puertas o espejos de los mismos.  Comprometerse con el cuidado, mantenimiento y conservación de las plantas ornamentales, los árboles, patios y campos deportivos participando en campañas que contribuyan el embellecimiento y ambiente propicio para la labor educativa.  Responder, reparar o sustituir los daños causados a cualquier bien mueble (escritorios, sillas, equipos, etc.) o inmueble (paredes, tableros, baños, lavamanos, etc.) de la institución.  Velar por la conservación y buen uso de los libros y materiales de la biblioteca.  Asumir las responsabilidades que los maestros(as) de las diferentes asignaturas le asignen.
  • 37. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Usar y portar adecuadamente, con respeto, responsabilidad y aseo el uniforme de la Institución Educativa sin ningún tipo de accesorios y sin maquillaje.  Informar del daño o pérdida de computadores, cargadores, mesas, televisores Por El País Que Soñamos. etc.  Lavar las manos antes de tomar el refrigerio o desayuno.  Ingresar al comedor en orden y respetar el turno, manejando un tono de voz normal, sin gritar ni hacer escándalo. 8.2.1.2. Deberes Académicos Todo estudiante de la Institución Educativa debe:  Participar activamente en todas las clases, trabajos y actividades que se programen.  Tener en cada clase útiles necesarios, debidamente marcados y bien presentados.  Responder con las tareas y lecciones diarias, trabajos asignados y evaluaciones periódicas.  Entregar a tiempo, en perfecto orden y con las técnicas indicadas por el docente, los trabajos programados en las respectivas disciplinas académicas.  Presentar las evaluaciones en el día señalado por el docente, y en caso de ausencia justificada, dentro de los cinco (5) días siguientes a la reincorporación a la Institución, previa autorización del respectivo docente. el estudiante debe presentarse ante el respectivo docente y, acordar con él, la manera y condiciones como puede cumplir con esta obligación, antes del vencimiento de las fechas.  Participar de manera personal, activa y responsable, en los trabajos en grupo organizados en el curso al cual pertenece.  Permanecer en el salón de clase durante el período de las mismas, salvo sugerencia de autoridad competente y/o responsable.  Acatar y cumplir con todo lo estipulado en el sistema institucional de evaluación.  Cumplir con las actas de compromisos pactadas sobre perdida de asignaturas.  Para estudiantes de la Media Técnica asumir con responsabilidad la Especialidad articulada con el SENA.  Abstenerse de consumir alimentos en horas de clase.  Hacer buen uso de las tecnologías de la comunicación en las aulas siempre que autorice el docente encargado.
  • 38. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Parágrafo 1: No se considera inasistencia del estudiante cuando sea delegado(a) por la Institución para representarla en algún tipo de encuentro, cultural y/o deportivo, cuando sea requerida por alguno de los directivos u orientadora escolar o cuando debe asistir a las reuniones del Consejo Directivo, Comisiones de Evaluación, Comités de Convivencia, Consejo estudiantil del cual forme parte, previa autorización de Coordinación. 8.2.1.3. Deberes para fortalecimiento de las relaciones humanas La Institución Educativa fortalece las relaciones humanas, por tal motivo invita a los estudiantes a:  Tratar a todos los miembros de la comunidad educativa con respeto, cortesía, Por El País Que Soñamos. tolerancia y cordialidad.  Reconocer y acatar la autoridad representada en directivos, educadores y dirigentes de la Organización Estudiantil.  Practicar todas las normas de higiene que favorezcan la convivencia con los demás miembros de la comunidad educativa.  Cumplir con las recomendaciones médicas, especialmente con aquellas tendientes a evitar la propagación de enfermedades infectocontagiosas.  Utilizar el nombre de la institución para actividades personales o grupales con la debida autorización.  Tener en cuenta y en forma cortés y respetuosa el conducto regular para solucionar las dificultades o conflictos que se presenten.  Representar a la Institución con dignidad y espíritu de sana competencia en actividades sociales, culturales y deportivas.  Participar activamente, con respeto y dignidad, en las barras de los equipos cuando se participe en calidad de espectador dentro y fuera de la institución  Evitar en la Institución Educativa expresiones afectivas y amorosas desmesuradas (abrazos, besos, caricias, etc.) que vayan en contra de los principios y valores de la Institución Educativa.  Mantener dentro del aula de clase un excelente comportamiento sin realizar conductas que interfieran el normal desarrollo de las actividades pedagógicas y la convivencia (como intimidar, provocar, amenazar, difamar, ultrajar, segregar).  Emplear el tiempo de descanso para la sana recreación en los espacios dispuestos para tal propósito.  Responsabilizarse de sus objetos personales asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.  Abstenerse de llevar a la Institución elementos que puedan interferir en el trabajo normal de las clases (radios, grabadoras, audífonos, celulares, mp3,
  • 39. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 etc.), sin autorización del docente y responsabilizarse del cuidado de los mismos.  No utilizar los equipos celulares, juegos electrónicos o cualquier tipo de aparatos de comunicación durante las actividades académicas y culturales sin la debida autorización.  Respetar, en todo momento y lugar, los bienes materiales que no son de su Por El País Que Soñamos. propiedad.  Asumir con respeto los llamados de atención.  Solicitar o presentar oportunamente los permisos, las excusas por inasistencia, retardos y/o uniforme por escrito con la debida firma del acudiente, cedula y teléfono a un miembro del equipo de dirección.  Tratar con respeto y dignidad humana a todos y a cada uno de los miembros de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o victimarios de violencia Escolar Bulling y/o ciberbulling.  Cumplir con los compromisos cuando sean atendidos de manera integral si son víctimas y/o victimario de violencia escolar Bulling y/ o Ciberbulling de acuerdo a la ruta integral en consecuencia con la ley 1620.  Resolver los conflictos pacíficamente. Parágrafo: La Institución Educativa no se hace responsable por hurto, perdida de los elementos descritos anteriormente. Cuando el estudiante tenga en clase uno de los elemento descritos como distractores, el docente presente lo decomisará y lo entregará al directivo, quien levanta un acta donde describe fecha, artículo decomisado, nombre de quien lo decomisa y a quien se le decomisa, donde se estipula que se entrega el artículo decomisado a los padres o acudientes al finalizar el año lectivo. 8.2.1.4. Deberes relacionados con la permanencia y puntualidad de sus estudiantes A la Institución Educativa le interesa la permanencia y puntualidad de sus estudiantes en todas las actividades programadas lo cual implica:  Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución durante el año escolar.  Iniciar puntualmente la jornada académica y asistir a todas las clases y actividades señaladas en el horario.  Participar activamente en los eventos deportivos y asistir puntualmente a los entrenamientos en el lugar y horario establecido.  Asistir puntualmente a las clases. Cuando esto no sea posible, es necesario presentar por escrito una justificación razonable por parte del padre de familia o acudiente en un término no mayor a dos días.
  • 40. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  En caso de inasistencia escolar, los estudiantes deben presentarse a la Institución acompañado de uno de sus padres o acudiente cuando no exista excusa médica.  Para ausentarse de la institución durante la jornada escolar, el estudiante ha de contar con la autorización del Profesor de Disciplina y Director del Grado, previa solicitud personal hecha por el representante legal.  Los permisos, excusas y comunicaciones en general deben darse y recibirse Por El País Que Soñamos. por escrito.  Rechazar cualquier comportamiento que denigre la condición humana como la formación de pandillas, barristas, venta y consumo de sustancias psicoactivas, conformar y/o pertenecer a sectas satánicas, alcoholismo, divulgación pornográfica.  Los demás deberes que para los educandos determine el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria Departamental de Educación, La Ley de Infancia y Adolescencia 1098 o cualquier otra autoridad o legislación competente. Parágrafo 1: El embarazo de una menor de edad debe constituirse en una situación de protección tanto para ella como para el bebé. La Institución debe hacer respetar el cumplimiento de la licencia de maternidad y de lactancia que estipula la Ley. Si se trata de un embarazo de riesgo, solicitar al acudiente prescripción médica de la estudiante y establecer un acta de compromiso con éste, para cuando se presente alguna dificultad poder establecer contacto inmediato. Parágrafo 2: Cuando el estudiante se ausente de clase porque necesita acudir a Rectoría, debe informar al docente encargado. Parágrafo 3: Cuando un profesor (a) requiera a un estudiante en un período de clase diferente del suyo, debe consultar previamente al respectivo docente y tramitar con él un permiso. Parágrafo 4: Cualquier persona que requiera a un estudiante, debe solicitar la autorización del Profesor de Disciplina y del profesor del área. 8.2.2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes:
  • 41. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.  Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.  Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual Por El País Que Soñamos. de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.  Firmar y cumplir a cabalidad el pacto de Convivencia de la Institución Educativa.  Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.  Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.  Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.  Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.  Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo y apoyar el proceso de articulación en los programas que ofrece la Institución educativa  Informar oportunamente a la Institución Educativa en caso de enfermedad o cualquier otro impedimento para la inasistencia a clases, en un lapso de cinco días calendario, enviando la excusa médica o aquellas que se requieran para justificar la ausencia del estudiante.  Asistir a las reuniones de Padres de familia y a las citaciones que programe la Institución Educativa en beneficio del mejoramiento de la educación de los educandos.  Informar a la Institución Educativa cualquier cambio en la información de los estudiantes en lo referente al número de identificación, nombres, apellidos, dirección, teléfono, cambio de domicilio, ete.  En caso de enfermedad diagnosticada por un médico u otro profesional de la salud, dar a conocer por escrito las recomendaciones pertinentes para el cuidado de la salud de dicho estudiante.  Proveer espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental y demás deberes dispuestos en el artículo 22 de la Ley 1620 de 2013.
  • 42. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Cumplir con los compromisos que se establezcan cuando los estudiantes sean atendidos de manera integral si son víctimas y/o victimarios de violencia escolar Bulling y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta de la ley 1620 del 2013.  Respetar la figura y la autoridad del maestro y siempre tener en cuenta el conducto regular para realizar reclamos ante un evento de carácter académico o disciplinario. Por El País Que Soñamos. 8.2.3. DEBERES DE DOCENTES Y DIRECTIVOS Son deberes de los docentes los siguientes:  Cumplir con todas las obligaciones contraídas en el momento de la posesión, de acuerdo al código sustantivo del trabajo y el Estatuto Docente.  Cumplir con la jornada laboral correspondiente.  Diseñar, ampliar y evaluar los diferentes contenidos del plan educativo.  Proporcionar información oportuna y veraz, tanto a los estudiantes como a los padres de familia acerca del desarrollo de los procesos educativos.  Mantener buenas relaciones humanas y de tolerancia con toda la comunidad educativa.  Velar por el buen mantenimiento de los materiales a su cargo, libros, escritorios, planta física y recursos naturales del plantel y mantener una imagen adecuada frente a la comunidad.  Evitar la presentación pública en estado de embriaguez, drogadicción o cualquier otra forma que atente con el buen nombre del plantel.  No coaccionar o persuadir a los educandos para fines personales o de otra índole.  Participar, coordinar y ejecutar las tareas que le sean encomendadas tanto por las directivas de la institución como por los diferentes comités.  Socializar con los estudiantes las correspondientes calificaciones antes de reportar al sistema.  Compartir los conocimientos, experiencias, resultado de los talleres y seminarios a los que asiste.  Ser honesto en el trabajo.  Solicitar asesoría al rector cuando las circunstancias lo ameriten.  Tratar con equidad a los estudiantes.  No fumar en el establecimiento o en sus alrededores.  Fomentar hábitos, valores éticos y morales en toda la comunidad educativa.  Fomentar la investigación científica y todo aquello que permita el mantenimiento de la cultura regional y nacional.  Evitar las agresiones verbales y físicas tanto entre colegas como con los estudiantes directivos y administrativos.
  • 43. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Representar dignamente el establecimiento en eventos para los cuales sea Por El País Que Soñamos. seleccionado.  Cumplir con los turnos de disciplina asignados.  Presentar en la fecha prevista los planes de estudio, programaciones del área, proyectos pedagógicos y de aula, actividades extracurriculares y libros reglamentarios  Reportar a Dirección de Grupo todas las novedades presentadas si las circunstancias lo ameritan.  Asignar trabajos a los estudiantes de manera que profundicen los temas tratados con la bibliografía respectiva.  Preparar con ética y responsabilidad diariamente las clases, trabajos, talleres, evaluaciones y recuperaciones.  Cooperar con la comunidad educativa en la conservación y preservación de los recursos naturales.  Dar a conocer oportunamente a los estudiantes el resultado de los procesos educativos.  Brindar información veraz y oportuna sobre el desarrollo educativo de los estudiantes a los padres de familia.  Asistir puntualmente a clases, reuniones escolares y extraescolares en la fecha y hora estipuladas.  Participar activamente en la elaboración del PEI, Planeamiento y Evaluación Institucional.  Nombrar de los estudiantes y padres de familia de su grupo una persona que maneje los dineros recogidos por cualquier actividad realizada y presentar ante ellos las debidas cuentas y facturas para evitar malos entendidos.  Informar con anterioridad las actividades que se van realizar en su área, con el fin de preparar los materiales correspondientes y evitar desinformación.  Planear, socializar y ejecutar los proyectos bajo su responsabilidad.  Socializar con los estudiantes los temas respectivos en su área.  Velar por el aseo y el orden del salón donde orienta sus clases.  Permanecer en la Institución toda la jornada de trabajo,  Realizar en lo posible los trabajos en grupo en el proceso de la clase.  Hacer las clases amenas y participativas.  Evitar los continuos permisos sobre todo cuando haya reuniones de carácter general o informal y otras actividades programadas en la institución educativa.  Evaluar y orientar los procesos educativos aplicando las competencias y verificando los desempeños.  Velar por la calidad educativa y un mejor proyecto de vida para los estudiantes.  Evitar el uso del celular para fines de carácter personal, durante el proceso de la clase.  Responsabilizarse del grupo de estudiante a cargo durante la jornada escolar.
  • 44. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  Respetar la intimidad y la vida privada de los estudiantes, docentes y demás Por El País Que Soñamos. miembros de la comunidad educativa.  Solicitar los permisos oportunamente y traer los soportes de los mismos, en caso que sean requeridos por la dirección.  Mantener el lugar de trabajo ordenado y aseado.  Seguir el conducto regular para la solución pacífica de conflictos.  Cuidar y conservar en buen estado las herramientas de trabajo.  Abstenerse de solicitar a los estudiantes y al personal de la Institución Educativa la prestación de servicios personales o pecuniarios.  Escuchar y permitir al estudiante expresar libremente sus ideas, sugerencias y descargos.  Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a la que tenga acceso por su función, exclusivamente para los fines que le fueron asignados.  Los docentes y directivos no deben mantener relaciones de índole sentimental o sexual con los/las estudiantes dentro o fuera de la Institución y máxime si son menores de edad.  Realizar cursos de capacitación y actualización para mejorar el desempeño profesional, subsidiados en lo posible por la Institución Educativa y/o el Estado colombiano.  Abstenerse de consumir bebidas embriagantes dentro de la Institución Educativa. 8.3. ESTÍMULOS 8.3.1. ESTÍMULOS DE LOS ESTUDIANTES La Institución Educativa entiende el estímulo como reconocimiento al esfuerzo y otorga reconocimientos especiales a los estudiantes distinguidos que demuestren el perfil Institucional caracterizado por saber ser, saber estar, saber hacer y saber convivir en su entorno social y cultural. Son estímulos:  Izar el Pabellón Nacional  Inclusión en el cuadro de Honor.  Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización Estudiantil.  Ser designado para representar la Institución en eventos académicos, artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones.  Recibir las distinciones que el Consejo Directivo haya determinado para estudiantes distinguidos en el campo pedagógico, artístico, deportivo u otros propuestos por los docentes y estudiantes.
  • 45. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733  En cualquiera de los casos anteriores el (la) estudiante recibirá un reconocimiento general de la comunidad, al ser publicado su nombre, y mérito en las carteleras ubicadas dentro de la institución que tienen por propósito informar a toda la comunidad educativa sobre los hechos más relevantes que suceden dentro y fuera de la institución.  Reconocimiento especial a monitores con excelente desempeño de sus Por El País Que Soñamos. funciones como monitor durante el año lectivo.  Reconocimiento al Mejor Bachiller para aquel estudiante del grado once que se destaque por su alto rendimiento académico y excelente comportamiento.  Reconocimiento a la Mejor Prueba ICFES para aquel estudiante del grado once que haya obtenido el más alto puntaje en las pruebas de Estado ICFES. 8.3.2. ESTIMULOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES La Institución Educativa Técnica Felipe Salame otorgará estímulo para docentes que se distingan por un sentido de pertenencia, responsabilidad honestidad, puntualidad, cumplimiento, por su capacitación académica y por su espíritu de cooperación, solidario y buen compañero (a).  Tener reconocimiento público cuando se destaque por su eficiente desempeño en su cargo.  Ser elegido para representar a la institución en eventos especiales.  Disfrutar de permisos para participar en capacitaciones especiales y/o olimpiadas dentro y fuera del departamento.  Inclusión en el cuadro de honor.  Publicación o difusión en el periódico carteleras, etc.  Condecoración mención especial.  Mas lo establecido en el plan de estímulos de la Secretaria de Educación Departamental.
  • 46. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME Los Andes – Rovira (Tolima) Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011 NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733 Por El País Que Soñamos. CAPÍTULO 9 UNIFORMES, SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO Y DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA SENA 9.1. UNIFORMES 1. Los uniformes han de portarse únicamente para asistir al establecimiento de acuerdo con la actividad curricular del día y en actos representativos de éste, esforzándose siempre por mantenerlos pulcros y en buen estado de conservación. 2. Los uniformes de los equipos deportivos han de portarse sólo en el momento necesario. 3. Por la sobriedad que exige el uniforme escolar, no es compatible con cabellos sin cortes adecuados, sucios y descuidados, cabellos tinturados de colores llamativos o el uso de maquillaje y esmaltes notorios. En cuanto a los accesorios y adornos han de portarse sólo aquellos de color blanco y azul rey y cuya forma o tamaño no alteren la presentación general y sean estéticos. 4. Por seguridad, no usar joyas con los uniformes. 5. El uniforme debe ser acorde con la talla del estudiante, no usar prendas cuando estas ya quedan cortas y ajustadas. Parágrafo: Bajo ninguna circunstancia se permite escribir en el uniforme ni en los zapatos sobre todo a finalizar el año escolar. 9.1.1. Diario Para los hombres. El uniforme de diario para los hombres es el siguiente:  Camibuso blanco.  Pantalón de tela color azul oscuro.  Zapatos negros de cordón o mocasín.  Media colegial de color negra o azul.  Correa oscura. Para niñas. El uniforme de uso diario para las señoritas es el siguiente:  Falda azul oscura a la rodilla, según modelo previsto.  Camibuso blanco.  Zapatos negros de cordón o tipo mafalda.  Media colegial blanca.