1. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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ACUERDO 05
( 15 DE NOVIEMBRE DE 2013)
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “CENTRAL” del Municipio de Saldaña Tolima
en un uso de sus facultades que le confiere el articulo 144 en concordancia con los artículos
6, 73, 142 de la ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 3 de Agosto de 1994 y en virtud de la
participación democrática de la comunidad a través de Mesas de trabajo autorizadas por el
Consejo Directivo en la Dirección de los establecimientos educativos en concordancia con el
Articulo 68 de la Constitución Politica de Colombia y
CONSIDERANDO
1. Que el Consejo Directivo de la Institución Educativa Central, mediante Actas
145 del 7 de Noviembre y 146 del 13 de Noviembre de 2013, Aprobó el Manual
de Convivencia Escolar que regirá desde el 1 de Enero del 2014 y queda
adoptado al Proyecto Educativo Institucional.
2. Que la Ley 115 de 1994 en sus artículos 73 y 87 establece que todos los
establecimientos educativos deben tener como parte Integrante del P.E.I Un
Reglamento O manual de Convivencia.
3. Que el Articulo 17 del Decreto 1860 de 1994 Establece el Manual de
Convivencia Escolar que debe contemplar los doce aspectos.
4. Que el Presente Manual de Convivencia Escolar se ajusta a las Nuevas
Normas Nacionales al Respecto.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente MANUAL DE CONVIVENCIA como parte integral del Proyecto Educativo
Institucional:
7. EL MANUAL DE CONVIVENCIA Y SU DESCRIPCION
7.1 MANUAL DE CONVIVENCIA
El presente Manual de Convivencia es producto de la reflexión y participación de los
representantes de todos los estamentos de la Comunidad Educativa de la Institución
Educativa Central.
Este Manual de Convivencia, identifica nuevas formas y alternativas para incentivar y
fortalecer la Convivencia Escolar y de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de
los estudiantes que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los
conflictos de manera pacifica, asì como de posibles situaciones y conductos que atenten
contra el ejercicio de sus derechos.
2. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
El presente Manual de Convivencia concede al educador el rol de orientador y mediador
en situaciones que atenten contra la Convivencia Escolar, asì como funciones en la
detección temprana de estas mismas situaciones.
A los estudiantes, el Manual le concede un rol activo para participar en la definición de
acciones para el manejo de estas situaciones, en el Marco de la RUTA DE ATENCIÒN
INTEGRAL. La familia como parte de la Comunidad Educativa, también es tenida en
cuenta en el presente Manual como parte fundamental en el proceso de manejo de las
situaciones expuestas.
El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Central, define los Derechos y
obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la Comunidad
Educativa a través de las cuales se rigen las características y condiciones de interacción y
convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir la Institución
Educativa en todas sus Sedes, ante el incumplimiento del mismo.
El Manual es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la Misma Comunidad
Educativa con la participación activa de los estudiantes, de los Padres de familia y su
cumplimiento es obligatorio en esta Institución y es un componente esencial del Proyecto
Educativo Institucional.
Además de lo anterior el Manual incorpora las definiciones, principios y responsabilidades,
que establece la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del
11 de Septiembre de 2013 y de otras normas Jurídicas Nacionales y de tratados
Internacionales.
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7.2 FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La Constitución Política Colombiana de 1991, como norma de normas, supera y
prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista.
Ley 115 de Febrero 08 de 1994 o Ley General de Educación y sus Decretos
reglamentarios.
El Decreto-Ley 2277 de 1978 o Estatuto Docente.
La Ley 30 de 1986 y el Decreto reglamentario 3788 –Sobre prevención de la
drogadicción.
La Ley 12 de 1991 o Ley de los Derechos del niño.
3. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
La Ley 181 de 1991, o Ley del Deporte.
La Resolución 03353 de Julio de 1993 del MEN - Sobre educación y orientación
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sexual.
El Decreto 1860 de Agosto 05 de 1994, que reglamenta la Ley 115/94, en el aspecto
relacionado con el Manual de Convivencia Escolar y demás.
Decreto 2082 de 1996 y Resolución 2565 de 2003 sobre Educación especial.
La ley 375 de 1997 o Ley de la juventud.
Ley 397 de Agosto 07 de 1997 o Ley General de Cultura.
El Código Sustantivo del Trabajo y el Régimen de los Servicios Públicos.
La Ley 497 de 1999 o Ley de Jueces de Paz y reconsideración.
La Ley 715 de 2001 y sus Decretos reglamentarios.
La Ley 734 de Febrero 05 de 2002 - Código disciplinario único. El Decreto 1278 de
Junio 19 de 2002 -Estatuto de profesionalización Docente.
El Decreto 1850 de 2002 - Reglamentación de jornada laboral y jornada escolar.
La Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia.
Decreto 2888 de 2007 – Educación para el trabajo y desarrollo humano.
El Decreto 1290 de 2009 – Normas en materia de evaluación y promoción de los
estudiantes.
Decreto 1273 de 2009 – Protección de la información y de los datos informáticos.
Decreto 366 de 2009 – Apoyo pedagógico para estudiantes con discapacidad o
talentos excepcionales.
Ley 1620 de 2013 ( Sistema Nacional de Convivencia)
Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013.
Las Sentencias y Fallos de la Honorable Corte Constitucional.
7.3 IDENTIFICACION GENERAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CENTRAL
NOMBRE: INSTITUCION EDUCATIVA CENTRAL
SEDES Sede Principal: Sede Central
Sede San Carlos y Sede 20 de Julio ( Sedes
Urbanas ) y las Sedes Rurales: Normandía, Mutis,
Santa Inés y Pueblo Nuevo.
4. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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IDENTIFICACIÓN ANTE EL DANE: 173671000601
DIRECCIÓN: Barrio Centro, San Carlos y 20 de Julio y veredas
San Agustín, Normandía, Santa Inés y Pueblo
Nuevo.
TELEFONO : 2266556 FAX 2266556
NATURALEZA : Oficial
NIVELES QUE OFRECE: Preescolar, Básica y Media Académica (Inicio
Proceso de Media Técnica en 2012)
JORNADAS: Mañana y Tarde.
REGISTRO EDUCATIVO: 124298
NIT: 809 004 517 9
7.4 PROTOCOLOS
El Presente Manual de Convivencia se sustenta en los siguientes Protocolos, y que se
encuentran disponibles:
PROTOCOLO 1: DE SEGURIDAD ESCOLAR.
PROTOCOLO 2: DE INGRESO Y SALIDA DE ESTUDIANTES
PROTOCOLO 3: DE SALIDAS FUERA DE LA INSTITUCION
PROTOCOLO 4: PARA EL MANEJO DE CONFLICTOS, Divididos en:
Para atención de CONFLICTOS TIPO I.
Para atención de CONFLICTOS TIPO II.
Para atención de CONFLICTOS TIPO III.
PROTOCOLO 5: PARA LA ACTIVACION DE PROTOCOLOS DE OTRAS
ENTIDADES.
PROTOCOLO 6: DE ENFERMERIA.
7.5 RUTA DE ATENCION INTEGRAL.
En el presente Manual de Convivencia Escolar, la Ruta de Atenciòn Integral para la
Convivencia escolar, se tendrá en cuenta Dos Componentes:
5. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
7.5.1 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCION:
Intervenir oportunamente en los comportamientos que puedan afectar la realización
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efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Evitar que los comportamientos inadecuados se constituyan en patrones de
interacción que alteren la convivencia de los miembros de la Comunidad Educativa.
La identificación de los riesgos de las situaciones màs comunes que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que
afectan la Convivencia escolar.
Diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más
comunes que afectan la convivencia escolar.
7.5.2 ACCIONES DEL COMPONENTE DE ATENCION:
Asistir a los miembros de la Comunidad educativa frente a las situaciones que
afectan la Convivencia escolar.
Implementación y aplicación de los protocolos Internos de la Institución.
Activación de los protocolos de atención a los demás actores del sistema Nacional
de Convivencia escolar en el ámbito de su competencia.
Para el cumplimiento de estas acciones el presente Manual de Convivencia Escolar tendrá en
cuenta las siguientes definiciones:
7.6 DEFINICIONES.
7.6.1 CONFLICTOS: Son situaciones que se caracterizan por que hay una
INCOMPATIBILIDAD Real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
7.6.2 CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE: Son situaciones en los que los
conflictos no resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la
convivencia escolar y entre ellos:
Altercados
Enfrentamientos
Riñas.
Donde por lo menos uno es estudiante, siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo
6. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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o a la salud de cualquiera de los involucrados.
7.6.2.1 AGRESION ESCOLAR: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de
la Comunidad Educativa, que busca afectar negativamente a otros miembros de la
Comunidad Educativa, de los cuales por lo menos, uno es estudiante. La agresión pude
ser:
7.6.2.2 AGRESION FISICA: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al
cuerpo o a la salud de otra persona. Esta incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo entre otras.
7.6.2.3 AGRESION VERBAL: Es toda acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar, descalificar, causar traumatismos psicológicos entre otros.
7.6.2.4 AGRESION GESTUAL: Es toda acción que busque con los gestos degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros.
7.6.2.5 AGRESION RELACIONAL: Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen; incluye, excluir de grupos, Aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos, buscando afectar negativamente el estatus o imagen que
tiene la persona frente a otras.
7.6.2.6 AGRESION ELECTRONICA: Es toda acción que busque afectar negativamente a
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o
humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a
través de redes sociales y enviar correos electrónicos y mensajes de texto,
insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de
quien los envía.
7.6.3 ACOSO ESCOLAR ( BULLYING ): De acuerdo con el Articulo 2 de la Ley 1620
de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión,
intimidación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o
incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico, por
medios electrónicos, contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o
varios de sus pares con quienes mantienen una relación de poder asimétrica, que se
presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir
por parte de docentes, contra estudiantes o por parte de estudiantes contra docentes,
7. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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ante la indiferencia o complicidadde su entorno.
7.6.4 CIBERACOSO ( CIBERBULLYNG ): De acuerdo con el Articulo 2 de la Ley 1620 es
toda forma de intimidación, con uso deliberado con tecnologías de información ( internet,
redes sociales, virtuales, telefonía móvil y video, juegos online) para ejercer maltrato
Psicológico y continuado.
7.7 VIOLENCIA SEXUAL: De acuerdo con lo establecido en el Articulo 2 de la Ley 1146
de 2007 “ Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, todo acto o
comportamiento de tipo sexual ejercido utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción
física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión,
desigualdad y las relaciones de poder existentes entre victimas y agresor.
7.8 VULNERACION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
Es toda situación de daño, lesión, o perjuicio que impide el ejercicio de los derechos de
los niños, niñas y adolescentes.
7.8.1 RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza,
que se desarrollan para la restauración de la dignidad e integridad como sujetos de
derechos que le han sido vulnerados.
7.9 . CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES
Para el presente Manual de Convivencia Escolar, las situaciones que afectan la convivencia
escolar se clasifican en Tres (3) tipos:
7.9.1 SITUACIONES TIPO I: Corresponden a este tipo:
a. Los altercados
b. Los enfrentamientos.
c. Las riñas, es decir los conflictos manejados inadecuadamente.
d. Situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar.
7.9.2 SITUACIONES DE TIPO II: Comprenden las siguientes:
a. La agresión escolar.
b. Acoso escolar ( Bullying )
8. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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c. Ciberacoso ( Ciberbullying )
Estas situaciones deben cumplir las siguientes características:
Que se presenten de manera repetida o sistemática.
Que causen daño al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados.
7.9.3 SITUACIONES TIPO III: Corresponden a este tipo:
a. Las agresiones que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad,
integridad y formación sexual.
b. Cualquier delito establecido en la ley penal colombiana.
7.10 DE LOS PROTOCOLOS
7.10.1 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE SITUACIONES TIPO I: Este protocolo
desarrollara el siguiente procedimiento:
a. Llamado de atención y la Advertencia: ante una falta Tipo IEl Docente o quien
corresponda ( el que se dio cuenta de la falta ) hara un llamado de atención explicando
el valor o compromiso que se esta vulnerando, con el fin de promover un cambio de
actitud del infractor(a).
b. Registro de la Conducta en el Libro de registro integralde desarrollo: Este
procedimiento se aplicará si el infractor(a) vulnera nuevamente el acuerdo o
compromiso o valor por el cual se hizo el llamado de atención.
c. Notificaciòn al apoderado ( acudiente o padre de familia): Este aplicativo que tiene
como fin involucrar al padre de familia y/o acudiente; se le informarà al apoderado el
tipo de falta en que ha incurrido su hijo(a). La notificación se hará por escrito por parte
del coordinador(a), de esta actuación se informarà fluidamente al Director de grado.
d. Citaciòn al apoderado( acudiente o padre de familia): Se citarà al apoderado
cuando no se perciba un cambio de actitud del estudiante infractor ( niño, niña o
adolescente ). El propósito de esta citación es buscar en conjunto una manera de
abordar la situación para producir un cambio efectivo y permanente; en esta instancia
se verà la realización de un acto reparatorio por parte del niño, niña o adolescente.
e. Remisiòn al Comité de Convivencia Escolar: Cuando el procedimiento llegue a esta
instancia es por que la falta tipo I Se ha convertido por su reiteración en falta tipo II.
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El comité de convivencia escolar abordara la situación y aplicara el procedimiento
correspondiente.
9
7.10.2 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE SITUACIONES TIPO II
a. Registro de Conducta: En el libro de “Registro integral de desarrollo”, ante una falta
tipo II, el docente, docente de disciplina, director de grado, coordinador o Rector
registrará la falta cometida o el acuerdo o valor vulnerado el objetivo del registro es
contar con una descripción de los hechos sucedidos o de una conducta observada. El
registro debe ser conocido por el estudiante, en el momento en que este se realiza.
Permitirá tener una visión global del comportamiento del niño o niña o adolescente.
b. Notificación al apoderado (Acudiente o padre de familia) Con el propósito de
involucrar a la familia se informará al apoderado, acudiente o padre de familia por
escrito la falta en que ha incurrido su hijo o hija. Esta acción será efectuada a través
de la coordinación. El director de grado será informado fluidamente al respecto.
c. Citación al apoderado (Acudiente o padre de familia) Se citará al apoderado para
abordar la situación y buscar una solución al conflicto. Dicha citación la hará el comité
de convivencia. El comité de convivencia en pleno realizará una audiencia con la
presencia de los implicados y sus respectivos apoderados. En esta instancia se verá la
realización de un acto de reparación por parte del apoderado que finalizará con la
firma de una carta de compromiso.
d. Carta de Compromiso: Es otorgada a un niño o niña o adolescente y a su apoderado
por faltas Tipo I y Tipo II a través de ella se describe la situación y la necesidad de un
cambio afectivo y permanente en su conducta en un plazo determinado. Desde
Preescolar a 4 de primaria son los padres que asumen los compromisos sugeridos
desde la Institución. A partir del grado quinto de educación básica el estudiante es
quien propone los compromisos que tomará en dirección a alcanzar la conducta
deseada. Periódicamente se realizará un seguimiento de los compromisos
establecidos. Al término de cada periodo el comité de convivencia escolar evalúa la
continuidad o levantamiento de la carta de compromiso y el coordinador informara de
tal situación al niño, niña o adolescente y a su apoderado
e. Suspensión: Busca apartar temporalmente al niño, niña o adolescente de sus
actividades cotidianas. Esta medida la toma el consejo directivo en reunión privada
quien tomara como base para ello el informe remitido por el comité de convivencia
escolar la suspensión puede abordar un lapso de 2, 3 o 5 días según sea que la falta
10. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
lo origine será de Tipo I o Tipo II. La suspensión se cumplirá externamente. La
suspensión implicará inmediatamente una carta de condicionalidad.
f. Condicionalidad. Es otorgada por el consejo directivo ante las falta Tipo II por el
incumplimiento de los acuerdos asumidos en la Instancia de la carta de compromiso.
La condicionalidad, puede ser impuesta en cualquier momento del año y será revisada
al término del mismo. En ella se explicitan los cambios esperados. De no producirse
los cambios solicitados, se revisará la continuidad del niño, niña o adolescente en la
Institución. La revisión de la continuidad será resuelta por el Consejo Directivo y
comunicada al niño, niña o adolescente y a su apoderado por el Rector.
g. No Renovación de la matrícula para el año siguiente: Se aplica por parte del Rector
en consulta de instancias como el director de grado, el coordinador, el comité de
convivencia escolar. se aplica ante el no cumplimiento de compromisos explicitados de
curso del niño, niña o adolescente o ante la evidencia que denoten un quiebre en la
relación de la familia con la Institución.
h. Cancelación de matrícula: Este procedimiento podrá aplicarse por el consejo
Directivo en cualquier momento del año ante la reiteración de las faltas Tipo I o Tipo II,
y ante las faltas Tipo III.
7.10.3 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE SITUACIONES TIPO III. Este protocolo
desarrollará el siguiente procedimiento:
a. Registro de Conducta en el libro “Registro de desarrollo”. Ante uno falta Tipo III
el docente, docente de disciplina, rector de grado, coordinador o Rector, registrara la
falta cometida. El objetivo del registro es contar con una descripción de los hechos
sucedidos o de la conducta observada. El registro debe ser conocido por el
estudiante en el momento en que este se realiza. Permitirá tener una visión global
del comportamiento de niño, niña o adolescente.
b. Notificación al apoderado. Se informará al apoderado por escrito la falta en que ha
incurrido su hijo o hija. Esta acción será efectuada a través de la coordinación. El
director de grado será informado fluidamente sobre el caso.
c. Citación al apoderado: Este procedimiento se desarrollará conjuntamente con la
notificación. Se citará al apoderado para abordar la situación y buscar una solución
al conflicto esta acción al igual que la notificación estará a cargo de la coordinación.
d. Cancelación de la matricula: Este procedimiento podrá aplicarse por el consejo
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Directivo en cualquier momento del año escolar ante una falta Tipo III.
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e. Remisión al comité municipal de convivencia escolar, ICBF, comisaria de
familia, Personería Municipal o la Policía de Infancia y Adolescencia según
corresponda. Esta acción será efectuada por el comité de convivencia escolar.
7.10.4 PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR O BULLYNG.
La Institución en coherencia con su modelo pedagógico tiene en cuenta que ante situaciones
de violencia escolar o Bullying que los protagonistas son niños y jóvenes de en proceso de
formación y que todos loas estrategias se deben abordar teniendo en cuenta que tanto el
agresor como el agredido necesitan de la orientación y acompañamiento institucional.
Por ello se enfatiza en tener normas y límites claros y conocidos por todos. Visualizados los
conflictos como una oportunidad de crecimiento tanto para las personas involucradas
directamente como para el contexto en se producen de ahí la necesidad de educar en
habilidades socio-emocionales como el respeto el dialogo, la empatía, la asertividad y la
tolerancia.
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Este protocolo contempla el siguiente procedimiento:
7.10.5 MEDIDAS DE PREVENCIÓN:
a. Trabajo coordinador entre todos los estamentos para abordar integralmente el tema de
la prevención y detención de situaciones de maltrato escolar
b. Realización de intervenciones formativas a través de entrevistas y reflexiones guiadas
c. Se efectuaran reuniones periódicas con educadores
d. Seguimiento de alumnos con necesidades especiales
e. Aplicación de pautas para evaluar el clima del curso y la calidad de las interacciones
entre los alumnos.
f. Utilización de las reuniones con profesionales externos
g. Trabajo de valores por nivel
h. Fomento de la escuela de padres o apoderados
i. Creación de un buzón de aportes, sugerencias y denuncias.
7.10.6 AMBITOS DE LA INTERVENCION
Si se confirma la situación de Bullying y hostigamiento el abordaje será multifocal es decir, se
realizará una intervención en la que participan todos los involucrados directa o indirectamente
como son la víctima, agresor, observadores, grados, directores de grado, apoderados y
especialistas externos en caso que alguno de los niños, niñas o adolescente lo tenga.
12. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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El ámbito de acción será:
a. Con las familias: El coordinador y el director de grado informan de la situación a los
familiares de los involucrados, recogerán antecedentes y ofrecerán contención y
apoyo.
b. Con los involucrados: Se debe conversar con los niños, niñas o adolescentes
involucrados para desarrollar la empatía, observación de la conducta de él o los
alumnos derivados en diversos espacios institucionales. Realizaciónde entrevista ( si
lo amerita) con el psicorientador y posterior entrega de estrategias al coordinador y
director de grado. El coordinador, el director de grao no necesariamente juntos
convocaran a los padres o apoderados de los involucrados para comprometerlos en el
cambio de comportamiento que requiere su hijo(a)
c. Con el curso: El curso suele ser un informador significativo para la contextualización
del problema. Conversar con el curso o en grupos de alumnos contribuye a iluminar y
aclarar situaciones del mismo modo, ayudan a generar estrategias remediales.
1. Acompañamiento:
a. Se realizará un acompañamiento por parte de psicorientador, el director de grado en
actividades de intervención por ejemplo: relatos de cuentos, títeres, material
audiovisual, dinámicos, grupales, debates, entre otros, con su posterior reflexión e
implementación de estrategias preventivas y/o reparadoras.
b. Se informará y solicitará colaboración reciproca a los apoderados en entrevista
personal por parte del director de grado y si la circunstancia lo requiere, integrará
alguno de los siguientes profesionales: Psicorientador, Psicólogo, Coordinador,
Rector.
c. Se observan las conductas del curso por parte del director de grado, docentes,
convivencia escolar, psicorientador. En caso que la situación persista en el tiempo, se
realizaran:
Entrevista del director de grado con el curso
Entrevista del directo de grado con apoderados para hacer seguimiento
Continuar con observación directa en clases y otros espacios físicos de la
Institución.
Entrevista del director de grado, psicorientador, coordinador con especialista
externo para recoger sugerencias y estados de avances.
13. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Derivar a evaluación externa y solicitar informes correspondientes en un corto
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plazo.
7.11. PROCEDIMIENTO FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR O
BULLYING
a. Todo integrante de la comunidad escolar tiene la obligación de denunciar a la Rectoría
de la Institución cualquier hecho de violencia escolar o Bullying.
b. Recibida una denuncia, la rectoría de la Institución iniciará una investigación para
acreditar la existencia del o los hechos denunciados y su o sus autores. Se abrirá una
carpeta de investigación en la cual se dejara registro escrito de todas las diligencias.
c. Escuchar a todos los involucrados y a sus padres y apoderados.
d. Adoptar medidas para proteger a la o las victimas del acoso escolar, separándolo de
sus agresores.
e. Si los hechos presentados revisten el carácter de delito, presentar inmediatamente o
dentro del plazo de 24 horas, la denuncia al ministerio público.
f. Analizar si el o los estudiantes agresores pueden continuar siendo alumnos de la
Institución siempre se escuchara a cada alumno agresor y a su padre o apoderado. En
caso que se opte por la continuidad deberán tomarse medidas preventivas de re-educación
del menor acudiendo a las instancias correspondientes.
7.11.1 TOMA DE DECISIONES FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR O
BULLYING.
a. Las sanciones serán adoptadas por el consejo Directivo, quienes se pronunciaran
al respecto dejándose registro escrito en acta firmada por todos sus integrantes.
En función de lo que allí se resuelva redactan carta informativa de lo decidido a los
apoderados.
b. El rector comunica la decisión a la familia contando con la presencia del director de
grado.
c. Si corresponde se procederá a aplicar la medida de NO RENOVACION O
CANCELACION DE MATRICULA, según la gravedad del caso.
d. En caso de expulsión o NO RENOVACIÓN DE MATRICULA, el apoderado podrá
apelar la decisión.
e. El Rector comunica la decisión como lo resuelto en la apelación si procede al
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14
apoderado en compañía del director de grado.
f. Propender a establecer una forma de reparación, dejando por escrito los
compromisos.
g. Aplicar sanciones acorde con la edad, magnitud del daño y el rol que ocupa cada
involucrado.
h. En situaciones en que estudiantes se vean involucrados en episodios de violencia
o Bullying fuera de la Institución (o en actividades organizadas por la institución) se
aplicaran los mismos pasos descritos anteriormente no obstante si existieren
procedimientos legales o normas específicas se aplicaran estas.
7.12. PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR O BULLYNG.
Con las indicaciones y procedimientos que se norman a continuación se quiere por una
parte prevenir todo tipo de situaciones de abuso, como también tener claridad en los
procedimientos que nos permitan operar con rapidez, evitando la sobrerreacción, que
pueda manchar moderada e injustamente la dignidad y honra de alguna persona.
Se entiende que es responsabilidad de toda la comunidad identificar y contrarrestar los
factores de riesgo y potenciar los factores de protección como aspectos fundamentales y
preventivos de cualquier tipo de abuso garantizando en las intervenciones la formación
integral de los niños, niñas y adolescentes.
7.12.1 Acciones Pedagógicas:La Institución promueve desde preescolar hasta la
educación media, la importancia de educar en el amor y en una sexualidad humana
integradora. Las emociones y los afectos deben expresarse con el máximo respecto por
todas las personas, construyendo una convivencia armónica entre todos los actores de la
comunidad educativa. Todo esto se realiza a través de diversas instancias formativas:
Talleres “Proyecto de vida”, “escuela de padres”,“proyecto de educación sexual”, charlas
con agentes externos.
7.12.2 Criterios preventivos:
La atención y el acompañamiento personal de tipo pedagógico, psicológico, espiritual
será realizada en un lugar que sea suficientemente discreto y a la vez transparente.
Al interior de la comunidad escolar se busca que las expresiones de afecto se realicen
con toda prudencia y cuidado.
Se debe evitar cualquier tipo de manifestación de afecto que pueda generar molestia
o incomodidad al alumno. Del mismo modo cada profesor debe corregir en forma
15. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
positiva cualquier expresión de cariño de alguno alumno que no cumpla con los
criterios aquí expresados.
No se permite que los profesores ni otro funcionario de la Institución agregue como
“amigos” a los alumnos en las distintas redes sociales. Sin embargo se podrán crear
grupos cuando su finalidad sea la coordinación de actividades académicas o la
organización de carácter formativo.
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7.13 ACTIVIDADES FUERA DE LA INSTITUCIÓN
a. Sin alojamiento: Los alumnos no deben andar solos ni tomar iniciativas al margen de
las indicaciones y actividades presentadas por los docentes.
b. Con alojamiento: En el caso de actividades en que los alumnos y profesores
pernoctaran por una noche o más se debe considerar las siguientes normas:
los adultos deberán pernoctar en un espacio distinto al de los alumnos así como
espacios distintos para damas y varones.
Los alumnos no deberán permanecer solos ni distanciarse del grupo, deben andar
siempre al menos de a dos.
7.14. PROTOCOLO DE ENFERMERIA
HORARIOS
ATENCION
MAÑANA: 9:00 A.M. A 9:45 A.M.
TARDE: 15:30 P.M. A 16:30 P.M
7.14.1 ATENCION DURANTE HORARIOS DE CLASE
Los niños, niñas o adolescentes que sean atendidos deben presentarse con su agenda para
dejar registro. En caso de no tener su agenda debe llevar el cuaderno de la asignatura en la
que se encuentra. Si no lleva cuaderno se consignara la situación en un pase de enfermería.
7.14.2 INFORMACIÓN AL APODERADO
Se dará a través de la agenda, del cuaderno o del pase de enfermería para fortalecer la
autonomía de los adolescentes, se promueve que en los cursos 6 a 11 sea el estudiante
quien comente de las situaciones cotidianas de enfermería a su apoderado (dolor de cabezas
o dolores estomacales, que son las razones más frecuentes). No obstantes en enfermería
16. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
habrá un registro de tales situaciones en la cual el apoderado puede acceder comunicándose
con la docente encargada o el coordinador. Cada 5 visitas del estudiante a la enfermería se le
avisa por escrito o vía mail al apoderado de la situación.
16
7.14.3 RETIRO DE ALUMNOS DESDE ENFERMERIA
Los estudiantes que se retira deben esperar en enfermería o coordinación, el retiro por parte
del apoderado. Para el retiro se debe firmar por parte del apoderado del acta de salida.
7.14.4 USO DE FARMACOS
En la Institución no se administra NINGUN medicamento a los estudiantes sin una receta
médica que lo avale.
La enfermería es solo un lugar de primeros auxilios.
7.15 PROTOCOLO PARA EL INGRESO O RETIRO DE ALUMNOS DURANTE LA
JORNADA
“No se permitirá el ingreso o la salida de la institución durante la jornada de clase” (Manual de
convivencia escolar)
En caso de ser una excepción planificada con anterioridad al día del retiro o ingreso durante
una jornada.
El día anterior el apoderado debe escribir una comunicación al coordinador en la
agenda escolar, quien autorizara la salida o el ingreso excepcional del estudiante
durante las horas de clases.
El coordinador firmara con su visto bueno la comunicación; el estudiante deberá
presentar esta comunicación firmada al profesor de disciplina y al director de grado,
para ingresar o retirarse de la institución. En caso de retiro el estudiante debe esperar
en la recepción y desde donde debe ser retirado por el apoderado.
El registro de retiro debe ser firmado por el apoderado
El apoderado de los estudiantes de 9 a11 deberá especificar en la comunicación que
autoriza a su hijo(a) para retirarse solo(a) de lo contrario deberá esperar a su
apoderado en coordinación.
7.15.1 EN CASO DE EMERGENCIA
El apoderado debe comunicarse directamente con la coordinación para dar aviso de
la situación.
El coordinador recibirá en caso de ingreso o retirar al estudiante del salón de clase
solicitando al docente de asignatura firmar el acta de retiro debiendo el niño, niña o
adolescente esperar en coordinación hasta la llegada de su apoderado.
17. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
En el caso de estudiantes de 9 a11, es importante que el apoderado especifique si
autoriza a su hijo(a) a retirarse solo(a) lo que quedará registrado en la autorización
firmada en la agenda.
17
El coordinador informará al director de grado la situación.
7.15.2 PROTOCOLO PARA LAS SALIDAS FUERA DE LA INSTITUCIÓN
7.15.2.1 LA INFORMACION
Informar detalladamente a los apoderados del lugar, las condiciones y las actividades
que se desarrollaran durante la salida entregando a su disposición, direcciones y
teléfonos de ubicación:
Reunión con los padres y apoderados
Circular explicativa
Informar a los padres y apoderados de los adultos que acompañaran a sus hijos en la
salida: Nombres, Teléfonos, Responsabilidad
Reunión con los padres
Circular explicativa
Contar con la copia del seguro de salud de los estudiantes y adultos
Dejar en la institución direcciones y teléfonos de ubicación y realizar llamadas
diariamente para informar del estado de los niños, niñas y adolescente.
Corresponde al responsable de la actividad.
7.15.2.2 PREVENCION
Realizar reuniones de formación donde se explicite los temas de seguridad, entre
otros:
Obligatoriedad de que los estudiantes salgan siempre acompañados, a cualquier
lugar y a cualquier hora.
Que nadie permanezca solo en el lugar de alojamiento.
Sencillez y prudencia en el modo de vestir
Hombres y mujeres duermen en piezas separadas.
7.16 PRINCIPIOS GENERALES Y ARTICULADO
ARTICULO 1. CONVIVENCIA ESCOLAR: DEFINICION
18. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
La Institución Educativa Central define la Convivencia Escolar, como la construcción
permanente de una red de vínculos interpersonales entre los diferentes actores de la
comunidad educativa, que es necesario mantener y renovar continuamente a partir de
procesos de acompañamiento sistemáticos y de vinculación efectiva de las familias y/o
acudientes dentro del marco del respeto a los derechos humanos. Dentro de la Convivencia
Escolar se encuentra la actuación del estudiante con relación a las normas de
comportamiento acordadas por la comunidad escolar y estipulas en este Manual, entendida
ésta como la Disciplina Escolar (SC-481/98), (Sentencia T-569 de 1994), (ST 519 DE 1992),
(Sentencia 002 de 1992), (Sentencia 037 de 1995), (Sentencia T-366 de 1997). Se busca que
el estudiante asuma desde su autonomía el deber de cumplir a cabalidad con su
responsabilidad en el marco de unas actitudes positivas que beneficien el normal ambiente de
aprendizaje y socialización. Ante el incumplimiento de lo reglamentado la Institución, calificará
dicho comportamiento como transgresión a las normas y aplicará los procesos respectivos
para su regulación.
18
ARTICULO 2. OBJETIVOS DEL MANUAL
Fortalecer el sentido de la responsabilidad, la dimensión comunitaria y el papel del
individuo frente a la sociedad.
Ofrecer a la comunidad educativa un ambiente propicio para el desarrollo de los
programas mediante la creatividad, el espíritu crítico y autocrítico.
Facilitar los elementos teóricos - prácticos que permite conocer e interpretar
correctamente el entorno social y la complejidad de los procedimientos comunitarios.
Infundir el respeto y el amor a la verdad como norma de vida.
Fomentar en la comunidad educativa los verdaderos valores patrios y su verdadera
responsabilidad frente a ellos.
Inculcar con la práctica y la teoría el sentido de la justicia como única forma posible
para establecer relaciones fraternas en la convivencia social.
Hacer de la educación un proceso en la libertad y para la libertad.
Estimular la capacidad de autodeterminación y control frente a situaciones cotidianas.
Reforzar la educación de los padres de familia en los deberes para con los hijos y la
institución.
Evitar que el estudiante cometa faltas por desconocer el manual de convivencia ya que
siempre es mejor prevenir que corregir.
Colaborar con el mantenimiento de pautas de conducta dentro de las normas legales
19. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
que el código del menor, Ley general de Educación y la Constitución política de
Colombia así lo exige.
Presentar a los estudiantes una guía de comportamiento que le permita
19
responsabilizarse de sus actos.
ARTÍCULO 3. PRINCIPIOS GENERALES: FUNDAMENTO LEGAL
La Comunidad Educativa de la Institución Educativa Central, se orienta por la Constitución
Política de Colombia y por la legislación dada por la Ley General de Educación de 1994, El
Decreto 1860 de 1994, El Decreto 230 del 11 de Febrero de 2002 y que fue derogado por el
Decreto 1290 de 2009 y que entra en vigencia a partir del 1 de Enero de 2010, el Decreto
3055 del 12 de Diciembre de 2002. Igualmente tiene en cuenta el Código de la Infancia y la
Adolescencia, Ley 1620 de 2013 y demás normas concordantes y pertinentes con la
educación: Artículos 42 y 43 y el Sistema Integral de Evaluación Escolar ( S.I.E.E )
De conformidad con las normas legales y en especial lo establecido en el Código de la
Infancia y la adolescencia, la educación debe ser orientada a desarrollar integralmente al
estudiante en especial en la Responsabilidad y las facultades del menor, con el fin de
prepararlo para la vida, el respeto por los derechos humanos, los valores culturales y el
cuidado con el medio ambiente y la Solidaridad, sin coartar, el derecho a la libertad de
enseñanza establecida en la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia
y Decretos reglamentarios.
El Manual de Convivencia se hace para los integrantes de la Institución Educativa Central,
tengan un ambiente sano y armónico, de formación en valores. Para prevenir y corregir
comportamientos y Actitudes contrarios a este principio. Se debe capacitar a los padres de
familia con talleres de escuela de padres y su asistencia es obligatoria, pues así se une la
familia, la Institución para la formación del estudiante.
ARTICULO 4. DE LOS ASPECTOS GENERALES
De acuerdo con el sentido dado a los estamentos que conforman el Manual, es necesario
establecer y definir:
COMUNIDAD EDUCATIVA: De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley 115/94,
la comunidad educativa está constituida por las personas que tiene responsabilidades
directas con la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que
se ejecuta en un determinado establecimiento e institución educativa.
20. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
PROCESOS DE SELECCIÓN: Específicamente en la institución los criterios de selección de
los estudiantes que puedan ingresar al plantel, está dado en el cumplimiento de los requisitos:
Diligenciamiento de la hoja de matrícula, rangos de edad establecidos para cada nivel o
grado:
GRADO TRANSICIÓN: 5 años cumplidos O los cumpla en el Primer semestre
del año escolar en que va estudiar.
20
PRIMERO DE PRIMARIA 6 años cumplidos y máximo 7 años
GRADO SEXTO: 12 años cumplidos como máximo
Se tendrá excepciones con la Población desplazada, los Indígenas y otros amparados por la
Ley; Para los demás grados de la Educación Básica, basta solamente con que el estudiante
haya aprobado el respectivo nivel y su informe final registre un buen comportamiento final. De
acuerdo con lo anterior, los rangos establecidos ciclo secundaria: De 11 a 15 años, salvo
casos excepcionales.
ARTICULO 5. ADMISION E INGRESO
Son criterios de admisión e ingreso a la Institución Educativa Central lo siguiente:
1. Los requisitos de ingreso a cualquier grado de la Institución son los reglamentados por el
M.E.N y los que se derivan del P.E.I.
1. Haber aprobado el grado anterior debidamente certificado por la Institución donde estudio
2. Los alumnos que aspiren a ingresar por primera vez a la Institución deben adquirir.
Diligenciar y entregar en las fechas previstas los documentos para tal fin, como: Registro
Civil ( original) sin tachaduras o enmendaduras, El NIUP, Tarjeta de Identidad desde los
siete años, documentos de transferencia o constancia de transferencia de donde viene,
Paz y Salvo de la Institución donde estudio el último año, fotocopia del Sisben del
estudiante, fotocopia de recibo de servicios de Públicos de la residencia donde
vive, fotocopia del Observador del alumno el cual es fundamental para estudiar el
proceso de admisión ( si viene de otra Institución ) y los demás que se han incluido en el
P.E.I.
3. Que exista la disponibilidad del cupo.
21. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
4. La selección de estudiantes a ingresar la realizará el Rector con la asesoría de las
Coordinadoras y Director del Grado y ser diligenciada personalmente por los Padres de
Familia del estudiante.
5. Que la Conducta, disciplina y comportamiento sean acordes con lo requerido por la
21
Institución con el fin de preservar el Bienestar de la Comunidad Educativa.
6. Que él o la Aspirante presente la documentación requerida.
7. Si el Educando viene trasladado de otra Institución ya sea del Mismo Municipio o de otro
debe presentar los documentos requeridos como: Constancia de trasferencia y
cancelación de la Matrícula, Informe de logros o Boletín hasta la fecha en que estudio y
los demás documentos como registro civil, Sisben, recibo de servicios Públicos, Fotos,
Paz y Salvo y demás que sea aprobado en el P.EI.
8. La adulteración o falsificación de la documentación presentada para el ingreso del
educando será causal de mala conducta y se sancionará con la pérdida inmediata del
cupo o de la matrícula si ya la realizó y deberá someterse a las consecuencias que le
depare la Justicia.
9. La Institución Educativa Central garantizará la disponibilidad del cupo a los estudiantes
antiguos siempre y cuando se haga la matrícula en las fechas previstas por la Institución.
De presentarse algún inconveniente para la matrícula del educando antiguo, será el
Consejo Directivo quien autorice o no la matrícula del mencionado educando y debe
quedar consignada la decisión en el acta y hacerse conocer a los interesados.
10. La Institución Educativa Central propenderá por la permanencia de sus estudiantes;
cuando un alumno repruebe o no sea promovido por primera vez un grado tendrá derecho
a continuar estudiando en la Institución y se buscará estrategias para que el estudiante
corrija sus dificultades en el aprendizaje, pero si reprueba más de dos veces, será el
Consejo Directivo quien autorice su continuidad en la Institución tras previa consulta con el
Consejo Académico.
11. Los estudiantes deben estudiar o ser matriculados en las sedes más cercanas a su
residencia para su propio bienestar y de la Familia
12. Si el estudiante no cuenta con la documentación requerida para la matricula la Institución
le dará de plazo de 15 días, contados a partir de la fecha de iniciación de labores
escolares y durante este tiempo podrá asistir a clases como asistente; si pasado este
tiempo el estudiante y el acudiente no han legalizado la matricula, el estudiante no será
recibido por más tiempo en la Institución y perderá el cupo asignado.
22. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
22
ARTICULO 6. LA MATRICULA
Cumpliendo con el Artículo 95 de la Ley 115 de 1994, la matrícula es un contrato mediante el
cual el estudiante adquiere el derecho de los servicios ofrecidos por la institución para cumplir
un proceso de formación integral durante el año lectivo. el estudiante y el padre de familia se
comprometen a aceptar las condiciones del P.EI. y cumplir con el manual de convivencia.
No se considera estudiante matriculado, hasta no formalizar los valores establecidos por la ley
y la institución para la matricula.
REQUISITOS DE LA MATRICULA
Para matricularse en la Institución Educativa Central se debe cumplir con los siguientes
requisitos:
Registro Civil de Nacimiento o Tarjeta de Identidad: ( Original legible sin tachones o
enmendaduras) .
Presentar los registros de logros debidamente diligenciados por la Institución donde
estudio.
Fotocopia del Sisben del Estudiante.
Fotocopia de la Tarjeta de Identidad para mayores de 7 años.
Fotocopia del Observador del estudiante
Recibo de un servicio público ( acueducto, luz, teléfono) donde tenga el estrato
socioeconómico del núcleo familiar.
Copia del Observador del alumno donde este registrado sus actividades disciplinarias y/o
académicas donde estudio.
Fotos para documentos
Paz y Salvo Institucional ( si ya ha estudiado)
Hoja de matrícula debidamente diligenciada o renovada y anexo de documentos
requeridos.
Presentarse con el acudiente (mayor de edad y responsable del estudiante); Si vive con
los padres en el municipio de Saldaña, uno de ellos será el acudiente; de ninguna manera
se recibirá otro acudiente así sea un familiar. Para el retiro de documentos del matriculado
lo debe hacer el Acudiente ( quien firmo la matricula ) o autorización firmada por el mismo.
23. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Existe la gratuidad para estudiar de acuerdo al M.E.N en el año y existirá hasta cuando el
gobierno lo reglamente; en el caso que no exista la gratuidad, se seguirá la norma que
estipule la Secretaria de Educación del Tolima. El estudiante debe cumplir con los requisitos
señalados en el Manual de Convivencia.
23
CLASES DE MATRICULA
La Institución establece dos clases de matrícula:
Ordinaria : Es la que se realiza antes de iniciar las labores académicas dentro de los plazos
fijados en el cronograma que fija SEDTOLIMA y aprobados en la Institución.
Extraordinaria : Es la que se realiza entre el día siguiente a la iniciación de clases y con la
documentación requerida en el Manual..
El proceso de matrícula se organiza de acuerdo al proceso de cupos y matrículasegún los
lineamientos del M.E.N Y SEDTOLIMA Y SIMAT.
Todo alumno al ingresar a la Institución deberá:
Cumplir con lo exigido por el Manual de Convivencia
Llenar los requisitos legales de la matrícula
Firmar acta de compromiso académica o disciplinaria, si fuere necesario.
Los estudiantes que procedan de otra institución y que sobrepasen los rangos establecidos
para su ingreso a la Institución Educativa Central, deberá someterse el caso a estudio del
Consejo Directivo, de acuerdo con la disponibilidad de cupos para el grado que solicite.
Además de lo anterior, es requisito fundamental el alumno haber cursado el preescolar, de
acuerdo con la Ley 115/94 y Decreto 1860/94.
Estudiantes que procedan de otra institución y que hayan quedado debiendo logros en
cualquier asignatura o área, la Institución de donde proviene es la encargada de las
recuperaciones y no La Institución Educativa Central; El estudiante al matricularse en el
Central queda automáticamente en el nuevo sistema de Evaluación Escolar S.I.E.E. Si un
estudiante retira la documentación de matrícula de la Institución Educativa Central de
inmediato el estudiante pasa a ser ex -alumno y si tiene logros pendientes, La Institución
Educativa Central no tiene obligación de realizar estas actividades de recuperación al
24. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
24
estudiante.
La institución se reservará el derecho de admisión y cupos para los estudiantes que tengan
problemas disciplinarios, académicos, y/o de conducta.
CARNET ESTUDIANTIL
La Institución Educativa Central expedirá a nombre del estudiante un carnet que lo acredita
como tal (Articulo 2 Decreto 1860/94). El Carnet será refrendado al iniciar el año escolar
DIPLOMA
La constancia de finalización de estudios del Nivel de Educación Básica, y Media, se hará por
medio de un diploma dejando constancia en el acta de grado.
DUPLICADO DE DIPLOMAS
Se expedirán previa autorización del Consejo Directivo de la Institución en los siguientes
casos : Perdida, deterioro o destrucción del original.
Por cambio del nombre o reconocimiento de filiación, en cuyos casos debe presentar el
registro civil correspondiente.
LOS CERTIFICADOS
La secretaría previa solicitud y pago expedirá los certificados y constancias de los estudiantes
regulares y egresados de la institución; estos se expedirán en un término no mayor a 10 días
hábiles.
EL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO, para estudiantes del grado Once en
Media Acadèmica y Técnica, de la Institución educativa Central tendrá su marco Legal en:
Articulo 39 del Decreto 1860 de 1994, Artículos 66 y 97 de la Ley 115 de 1994 y la Resolución
4210 de 12 de Septiembre de 1996.
La Ley 115 de 1994 concibe el servicio social estudiantil obligatorio como un componente
curricular exigido para la formación integral del estudiante en los distintos niveles y ciclos de
la educación formal, por constituir un programa que contribuye a la construcción de su
identidad cultural, nacional, regional y local.
25. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
La Intensidad mínima para el servicio Social Estudiantil obligatorio es de ochenta horas en la
media Acadèmica o en la Técnica (80 horas ) en un proyecto pedagógico, durante el tiempo
de formación en los grados 10º y 11º de la educación media y su ejecución será en:
Jornada escolar Contraria a la que el estudiante realiza.
El o La coordinadora Académica de la Sede donde está el grado 10º u 11º tendrá a
cargo la organización de los estudiantes que la realizarán. Vigilará que se cumpla
con el servicio y las condiciones requeridas.
El servicio social lo podrá realizar el estudiante o la estudiante en la comunidad de
influencia de la Institución Educativa Central tales como Alfabetización, promoción y
preservación de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la
organización de grupos juveniles, en dependencias de la Alcaldía, Hospital,
Ancianato, Catequesis y auxiliares en los grados preescolar , primero y segundo. Se
busca que el servicio sea de beneficio a la comunidad y de aprendizaje y experiencia
formativa al estudiante.
La entidad que requiera estudiantes de servicio social lo debe solicitar por escrito
ante el rector quien dará el visto bueno y delegará a la coordinadora académica los
trámites correspondientes.
El estudiante de servicio social debe llevar una planilla con membrete de la entidad
donde realiza el servicio y donde se consigne lo siguiente: Nombre y Apellidos del
superior de la oficina o lugar donde lo realiza, actividad que realiza, día, horas,
firma del funcionario responsable. Sin estos requisitos no es válido el servicio
social.
Al cumplir las 80 horas, el funcionario responsable donde el estudiante realizo el
servicio social debe expedir una certificación dirigida a la Coordinaciòn de la
Institución constatando la terminación del servicio social. Sin este requisito no se
puede dar como terminado el servicio social.
El o La Coordinadora informara a las(os) Administrativos de la Institución o a quien
corresponda para que se haga la constancia final del servicio social y será firmada
por el rector y se archivará en la matricula del estudiante o de la estudiante,
terminando así los tramites del servicio social
Cualquier cambio que el estudiante de servicio social quiera hacer debe contar con
el visto de la coordinadora y el Rector; de otra manera no se validará lo que realice
como servicio social.
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26. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
26
ARTICULO 7. VALORES Y/0 PERFILES
La Institución Educativa Central conforme a la Filosofía y principios de la Institución
consciente con su compromiso frente a la formación de la actual generación, considera
prioritario desde su opción pedagógica ofrecer a nuestro país y a la comunidad un Nuevo
Ciudadano conforme a las expectativas familiares y sociales. Para tal fin se ha seleccionado
tres directrices para todo el proceso formativo: Factor Personal, Factor socio-afectivo y Factor
cognoscitivo.
FACTOR PERSONAL
Es La Disposición personal que debe obtener el educando de la Institución Educativa Central
para:
Auto-cuidarse, servirse y ayudarse así mismo.
Conocerse y desarrollar sus fortalezas.
Buscar la superación constante.
Autoevaluarse y valorar a los demás.
Tomar decisiones libres y autónomas.
Poseer destrezas y habilidades
Actuar con responsabilidad y honestidad
Saber comunicarse con los demás.
FACTOR SOCIO-AFECTIVO
Después de haber recibido una formación Ética, afectiva y Política, es la disposición personal
del Educando a que lo debe llevar a:
Actuar en forma coherente, con sus principios, convicciones, y creencias: Éticas, morales
y religiosas.
Interactuar con respeto, amabilidad y cortesía, sensibilidad y amor por las demás
personas.
Practicar y defender los Derechos y Deberes individuales y colectivos, las leyes de
nuestro país, la Justicia, la solidaridad, el bien común y otros.
Conservar y practicar el sentido de pertenencia.
FACTOR COGNOSCITIVO
Es aquella disposición personal que debe lograr el educando para:
Aplicar su capacidad de pensamiento lógico, su creatividad, su capacidad de reflexión, de
27. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
27
análisis de argumentación y de crítica constructiva.
Poseer la competencia intelectual, formativa aplicada al hacer y el Saber Hacer que le
permita continuar los estudios superiores.
Construir su propio conocimiento.
También se tendrá en cuenta lo siguiente:
Buscar la formación integral de los educandos en el aspecto académico y social que
permita la integración a la comunidad.
Inculcar valores éticos y morales que permitan la formación de un ciudadano justo,
respetuoso, responsable, honesto y capaz de decidir por sí mismo.
Propiciar la adquisición de valores patrios que permitan el reconocimiento de la
nacionalidad y la independencia.
Fomentar la participación activa de los educandos en los distintos eventos que se realicen
en el plantel, para que adquieren la capacidad de liderazgo y participación en la solución
de los problemas de su comunidad.
ARTICULO 8. COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES
El Deber es un compromiso a todo aquello que como personas estamos obligados a cumplir,
bien sea por lo que exige la Moral, La Institución, la Ley general y el mismo Manual de
Convivencia. Al respecto la Corte Institución se pronuncia así: “RESPETAR LOS
REGLAMENTOS Y TENER UN COMPORTAMIENTO ACORDE A ELLOS DA PARA
RESPETAR A LOS DEMAS Y ASI MISMO” ( Sentencia T- 459 del 7 de Diciembre de 1994).
El Educando (a) de la Institución Educativa Central tiene Deber a :
Horario: MAÑANA 6 :30 a.m. a 12 :30 .m. (secundaria y Media).
6:30 a.m. a 11: 30 A.m. (primaria )
7:00 a.m. an 11: 00 a.m. ( Preescolar)
1:00 p.m. a 5.00 (Preescolar )
TARDE 1:00 p.m. a 6:00 p.m. (primaria)
Como Estudiante de la Institución Educativa Central me comprometo a:
1. Conocer y acatar la Constitución de Colombia y el Manual de Convivencia
28. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
2. Solicitar permiso al Rector y/o coordinador para ausentarse del plantel dejando constancia
28
por escrito
3. Portar el uniforme de diario, el cual corresponde a:
Niñas: Falda color azul (Según modelo) a la altura de la rodilla, blusa o buzo blanca con el
escudo de la Institución al lado izquierdo, medias blancas (media-media), zapatos negros,
estilo colegial.
Varones : Pantalón Azul , buzo blanco con el escudo de la Institución impreso en el lado
izquierdo, medias de color azul y zapatos negros colegial de cordón.
4. El Uniforme de Educación Física consta de camiseta blanca cuello en V, con el escudo de
la Institución, sudadera vino tinto con franjas color oro a los costados,, medias blancas y
zapatos tenis blancos (Artículo 9º del decreto 230 de 2002)
5. El estudiante que se presente a la Institución Diez minutos después de haber soñado el
timbre será admitido en la Institución y en la primera hora, el o los docentes de disciplina le
colocarán un trabajo pedagógico que debe ser evaluado y supervisado por los
responsables como son los docentes de disciplina y a la segunda hora entrarán a clase; los
respectivos responsables ( docentes de disciplinas ) deben presentar un informe escrito a
la coordinación sobre lo realizado con estos estudiantes antes de terminar la jornada de
trabajo escolar.
6. No se admitirá corte de pelo diferente al normal (oscuro o claro); tampoco se aceptará
niños con cabello largo, arete y otros, además, que no pertenezcan al sexo masculino.
7. Las niñas deberán permanecer con el cabello recogido y las uñas sin pintar.
8. Hacer buen uso de los libros y material didáctico de la Institución; y el estudiante que dañe
o deteriore, el padre de familia o acudiente debe responder por los daños causados.
9. Portar los útiles e implementos necesarios para cada clase.
10. Responder por los implementos, muebles, pupitres y otros enseres que sean entregados
para su uso.
11. Presentar oportunamente las evaluaciones y trabajos asignados; en caso contrario debe
presentar la respectiva excusa por escrito firmada por el acudiente y acogerse a las
normas oficiales establecidas para tal fin (cuando el número de ausencias justificadas o no,
supere el 25% del tiempo total previsto para el año lectivo, de acuerdo con él artículo 53
del Decreto 1860/94, el alumno pierde el grado).
12. Portar y presentar el carné Institución dentro y fuera de la Institución.
13. No permanecer en los salones de clase en horas que no sean de clase.
14. Ajustar su conducta y comportamientos a las normas del plantel, en la calle o en cualquier
29. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
29
otro lugar como signo de coherencia con la formación que recibe en la Institución.
15. Guardar entre sí la armonía y el espíritu de compañerismo.
16. Presentarse a la Institución vestido con el buzo por dentro y aseado al plantel, a las aulas y
actos programados por el establecimiento.
17. Asistir con regularidad a las clases, cumplir con las tareas y trabajos de consulta que le
asignen.
18. Estar provistos de los libros y materiales indispensables para el desarrollo de sus áreas de
estudio.
19. Cumplir con las órdenes disciplinarias y cumplir con lo ordenado por sus superiores si es
para su desarrollo como persona y no violan la Ley.
20. Reclamar a sus superiores con el debido respeto cuando fuera necesario o que fuere
atropellado en sus derechos.
21. Interponer recursos de Institución al consejo directivo, al Personero Estudiantil o el
Contralor Estudiantil, cuando por razones anteriores fuere necesario.
22. Con la matrícula se adquiere un compromiso de solidaridad responsabilidad y lealtad con
la Institución y con los compañeros.
23. Estar representado por los padres o por un mayor de edad. Para efectos de matrícula,
quien acudirá a la Institución cuando se le solicite.
24. Asistir a todo acto de comunidad programado por la Institución.
25. Asistir puntualmente a las clases que haya una causa justo o permiso por escrito.
26. Como parte integral de la comunidad educativa, debe conservar en buen estado los
implementos y la planta física del plantel, por lo cual no debe escribirse letreros en paredes
o lugares de la Institución como baños, salones, pupitres y si así lo hiciere el estudiante
debe pintar o borrar estos letreros en el término que se le ordene.
27. Ser responsable en el comportamiento dentro y fuera de la Institución..
28. Respetar y obedecer a los directivos, profesores y compañeros dentro y fuera de ella
Institución.
29. Cumplir con lecciones, tareas y trabajos asignados por los profesores.
30. Adquirir y portar el Manual de convivencia dentro de la Institución.
31. Para hacer uso de los libros que se encuentran en la biblioteca, los estudiantes deberán
solicitarlos en jornada contraria, siempre y cuando su presentación personal sea acorde
con la Institución, no se prestarán libros a estudiantes que estén en pantaloneta, en
chanclas, sucios u otras formas que vayan en contra de lo dispuesto.
32. Evitar agredir de palabra o hecho a sus compañeros, administrativos y docentes,
30. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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secretaría, mediante apodos .
33. Entrar y salir por las vías definidas por la Institución
34. Respetar las ideas y credo religioso de los demás
35. Colaborar con el aseo; Estudiante que no pueda hacerlo, su acudiente o padre de familia
deberá reemplazarlo.
36. No portar cualquier tipo de arma dentro y fuera de la Institución y más si lleva puesto el
uniforme.
37. No causar peleas o escándalos públicos dentro o fuera de la Institución
ARTICULO 9. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Entendemos por Derechos a la facultad que tiene toda persona de hacer o exigir lo que la
Constitución, las Leyes y el Manual de Convivencia establece a favor de cada miembro de la
Comunidad Educativa.
El Educando tiene Derecho a
1. Tiene derecho a elegir y ser elegido en los diferentes organismos del gobierno escolar.
2. El estudiante tiene derecho de gozar de todos los estímulos que otorga la institución de
acuerdo a sus méritos.
3. Recibir un trato amable y respetuoso en todo momento
4. No ser agredido en su dignidad personal, de palabra o de hecho
5. Ser escuchado con respeto y recibir explicaciones oportunas ante las quejas y reclamos.
6. Ningún estudiante podrá ser privado de sus horas de recreación de acuerdo con la Ley
1098 de 2006.
7. Todo estudiante tiene derecho a la libre expresión y a conocer sus derechos
8. Presentar sugerencias e iniciativas para la buena marcha de la institución
9. Conocer oportunamente el programa, los objetivos, metodología, formas y fechas de
evaluación de cada asignatura
10. Recibir las clases completas y en su totalidad
11. Conocer y recibir oportunamente valoración y trabajos evaluados
12. Solicitar explicaciones académicas cuando se le dificulte un tema
13. Participar en los actos culturales, académicos, recreativos y deportivos que el colegio
programe.
14. Utilizar adecuadamente las instalaciones y material del plantel.
15. No ser discriminado por sexo, creencias, raza, edad, credo político o religioso.
31. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
16. Recibir un informe periódico de rendimiento académico.
17. disfrutar del espacio adecuado para el desarrollo del proceso educativo y recreativo.
18. Participar en las actividades extra clase programadas por la institución
19. A no ser utilizado como mensajero de servicios en la jornada escolar.
20. Exigir respetuosamente puntualidad y eficiencia por parte de los docentes
21. Apelar ante el organismo competente sobre las disposiciones que lo afecten, respetando el
31
conducto regular.
ARTICULO 10. COMPORTAMIENTO INADECUADO QUE VIOLAN LOS COMPROMISOS
DE LOS ESTUDIANTES
El porte de armas blancas y de fuego dentro o fuera de la Institución cuando porte el
uniforme.
El porte y consumo de drogas alucinógenas incluyendo la llamada dosis personal.
Presentarse a la Institución bajo los efectos del alcohol o ingerirlo dentro del mismo o en
salidas extraescolares.
El hurto dentro y fuera del plantel.
Fumar dentro y fuera de la Institución o en salidas extraescolares.
El Irrespeto a directivos, docentes, alumnos y demás personal adscrita al plantel, dentro y
fuera de éste.
Las relaciones amorosas entre estudiantes y docentes
El mal comportamiento o faltas injustificadas a desfiles y actos de comunidad.
El uso de vocabulario grotesco o soez dentro y fuera de la institución.
El daño o deterioro a implementos del colegio o de cualquier persona vinculada a él.
Romper, hurtar o deteriorar implementos de la tienda escolar(botellas, envases)
Desinflar o desvalijar bicicletas en la Institución.
El abandono injustificado de clases o la evasión de la Institución.
Estar fuera del salón en horas de clase sin el debido permiso del docente de la clase.
La ausencia injustificada del plantel sin permiso.
hacer compras o diligencias personales a los docentes en la jornada escolar.
La agresión física o verbal a cualquier persona dentro o fuera del plantel.
El llegar tarde al plantel sin causa justificada. No se aceptan retardos ( 10 minutos después
del toque de campana ).
El fraude, la falsificación de firmas y documentos en citaciones, evaluaciones y permisos.
32. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
El no tener los elementos necesarios para el buen desempeño en clase.
Las actitudes obscenas, portar y difundir en el colegio material pornográfico, juegos de
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azar, o cualquier otro elemento que perjudique la integridad moral de los compañeros.
Escribir mensajes o grafiti en las paredes y en especial las del servicio sanitario.
Jugar billar portando el Uniforme de la institución .
Jugar dinero, naipe u otras actividades no escolares dentro y fuera del plantel.
Traer personas al plantel que causen problemas al mismo
La reincidencia a cualquiera de las faltas anteriores.
Rayar tableros, pupitres, carteleras, paredes, libros de la biblioteca o de compañeros y
demás enseres del Colegio.
Llevar al aula elementos que no tengan relación con la clase (radios, walkman, atares,
discman, juguetes bélicos) y celulares cuando está en labores escolares.
La celebración de cumpleaños con maizena, huevo y otros dentro y fuera del plantel
portando el uniforme por que atentan contra los derechos de la persona.
La insubordinación o rebeldía personal o colectivo contra los profesores, directivas y
personal administrativo, e incitar a la anarquía el desorden y el caos por cualquier medio,
sin causa justificada.
En las horas de descanso permanecer en los salones.
El saboteo de la clase o no permitir un normal desarrollo de la clase.
Agresión física o verbal a Docentes, Directivos, Administrativos, padres de familia y
compañeros.
Promover o participar en peleas, riñas, asonadas o actos de terrorismo dentro o fuera de la
Institución.
El vandalismo o irrespeto a las Instalaciones de la Institución.
33. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Alteración o adulteración de documentos o informes que tengan que ver con su
33
escolaridad.
Presentarse en estado de embriaguez, drogadicción o consumir estos elementos nocivos
dentro de la Institución o en actividades programadas por el Plantel.
El soborno, el secuestro, amenazas, robo comprobado dentro de la Institución.
El pertenecer a grupos ilegales.
El acoso sexual o aberraciones sexuales dentro de la Institución
La permanencia en lugares no adecuados para menores de edad o para escolares.
PARAGRAFO: Todo alumno (a) que haya salido de otra Institución o Centro Educativo por
cancelación de matrícula no será admitido en la Institución Educativa Central. Porque la
misión de la Institución es formar individuos productivos a la sociedad y si ya se le dio la
oportunidad de estudiar y no la aprovecho es porque no desea pertenecer más en
Instituciones educativas y además su regreso perjudicaría a los demás miembros de la
comunidad escolar.
ARTICULO 11. ESTIMULOS
La Institución Educativa Central en reconocimiento del deber cumplido y la exaltación de las
virtudes personales y sociales de los educandos, otorga, estimula y destaca a los alumnos
así:
1. Diploma o mención de honor para el alumno que haya ocupado el primer puesto en cada
grado por su rendimiento académico y formación en valores o por su espíritu deportivo.
2. En las izadas de bandera, presentar a los dos mejores alumnos que se hayan destacado
por sus valores académicos formativos y virtudes.
3. Resaltar en carteleras los nombres de los alumnos que se hayan destacado por
rendimiento académico, su colaboración, participación en actividades que realzan el nombre
De la Institución.
Los recursos para la financiación de estos estímulos provendrán de los fondos de servicios
docentes.
34. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
34
ARTICULO 12. PROCESO DE ACCIONES FORMATIVAS
De acuerdo a la Filosofía de la Institución que busca la formación de educandos a través de
valores, dentro de ellas se tendrá en cuenta lo siguiente:
COMITÉ DE VALORACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR:Es el organismo
encargado de valorar la Convivencia Escolar periódica y final de cada grado,
determinando las estrategias que se deben asumir, para superar falencias desde lo
formativo y/o disciplinario; igualmente realizará periódicamente el seguimiento de los
compromisos asumidos por el estudiante y los padres de familia durante el año escolar
o los acordados al finalizar el año respectivo. Se conformarán tantas comisiones como
grados tenga la Instituciòn y estarán integradas por profesores del grado. La
valoración se enmarcará en los criterios descritos en el sistema de valoración de la
convivencia escolar, determinada por la Instituciòn.
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:Es el organismo encargado de administrar
los procesos de Convivencia en la Institución, formulando los cargos cuando a ello
hubiere lugar o declarando terminada la actuación disciplinaria. Está conformado por
el Rector quien lo preside, el coordinador, personero estudiantil, Psicorientador,
presidente del Consejo de padres de familia, presidente del Consejo de
Estudiantes y un docente que lidere procesos de convivencia escolar. Al padre,
madre o acudiente se le invitará a participar en el proceso disciplinario en calidad de
representante del estudiante. Este comité se regirá por la ley 1620 del 15 de Marzo de
2013, y tendrá su propio reglamento.
LA FAMILIA: La familia es muy importante en el seguimiento y acompañamiento de los
procesos de convivencia, aunado a lo determinado por la Ley de Infancia y Adolescencia
(Ley1098 noviembre 8 de 2.006), la cual estipula en su artículo 39 que: “La familia está en la
obligación, frente a sus hijos, de formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus
derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía”. Además establece en el
artículo 10 que la familia es “corresponsable junto con la sociedad y el estado en su atención,
cuidado y protección”, lo que concuerda con el artículo 5 de la ley 1620 de 2013.
ARTÍCULO 13. CRITERIOS PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CONVIVENCIA
INSTITUCIONAL: El proceso de seguimiento y control disciplinario se caracteriza por ser:
35. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Continúo y evaluará de manera sistemática el comportamiento del estudiante durante su
permanencia diaria en las jornadas escolares y en las actividades que la Instituciòn programe
fuera de la jornada escolar.
Singular, en el sentido en que el estudio del caso corresponderá a una situación específica, y
se aplicará a cada estudiante.
Periódico, en cuanto a que será evaluado por la Comisión de Valoración de la Convivencia
escolar por grado, orientado por la Coordinación de Convivencia, en las reuniones de
evaluación y seguimiento al finalizar cada periodo, durante el año lectivo.
Registrado oportunamente en los documentos de seguimiento disciplinario del estudiante (
observador del estudiante ) y en el informe evaluativo periódico.
Comunicado a los padres de familia y/o acudientes, con el fin de enterarlos sobre los
comportamientos del estudiante y comprometerlos en el seguimiento y acompañamiento del
mismo.
ARTÍCULO 14.FALTA DISCIPLINARIA: Es un Comportamiento que lleva al incumplimiento
de los deberes y compromisos o al abuso de los derechos acordados y estipulados por la
comunidad educativa en el Manual para la Convivencia Escolar, afectando la sana
convivencia y el normal funcionamiento de la institución.
ARTÍCULO 15. MECANISMOS DE REGULACIÓN PARA LA FALTA A LA CONVIVENCIA:
La Institución Educativa Central frente a una transgresión a la norma procederá conforme al
debido proceso establecido en el artículo 29 de la Constitución Nacional, así:
Se notificará por escrito al estudiante y a su familia o acudiente, el día y hora de la apertura
del proceso de Convivencia.
Se formularán los cargos y se presentarán las pruebas por parte de la Dirección de Grupo y
de la Coordinación de Convivencia, para que el estudiante y su familia o acudiente tenga
conocimiento de las faltas consignadas en el Registro Integral del Desarrollo del Estudiante
(antiguo observador del alumno).
El estudiante junto con su familia o acudiente, podrá ejercer el derecho a la defensa, al
presentar sus descargos en forma oral o escrita, los cuales deberán ser consignados en el
Registro Integral del Desarrollo del mismo (formato diseñado por el comité de convivencia).
35
36. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Se determinará la propuesta de sanción por parte del Comité de Convivencia. Para efectos
del Acta de Compromiso Disciplinario se firmará con Coordinación de Convivencia; para la
suspensión se firmará Resolución Rectoral y para efectos de cancelación del Contrato de
Prestación de Servicios Educativos (contrato de adhesión) por acta del Consejo Directivo
previo visto bueno de la Asociación de Padres de familia.
La aplicación de las sanciones deben ajustarse al debido proceso y la sanción debe estar
contemplada en el Manual de Convivencia.
36
ARTICULO 16. DERECHO DE DEFENSA
Las sanciones o medidas correctivas previstas en el presente Manual de Convivencia le
garantizan al educando el DERECHO A LA DEFENSA en términos contemplados en el
Código del Menor, Art. 29 de la Constitución Nacional en tal sentido. El estudiante infractor
tiene derecho a:
Recibir explicación amplia y suficiente de lo ocurrido
Ser escuchadas las explicaciones y descargos
Solicitar la presencia del acudiente en los procedimientos seguidos.
Interponer los recursos de reposición y apelación.
Acudir al Personero Estudiantil
ARTICULO 17 EL CONDUCTO REGULAR
Para la obtención de información, aclaración de dudas, consultas tratamiento de problemas,
los alumnos tienen la oportunidad de dirigirse a las siguientes instancias:
EN LA DISCIPLINA
Con el Docente o directivo que se presente el conflicto
Profesor a cargo de la actividad
Director (a) de grado
Docente de disciplina
Coordinador(a)
Comité de Conciliación
Rector de la Institución
Consejo Directivo
37. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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EN LO ACADÉMICO
El Docente del área o asignatura
Director (a) de grado
Comité de Evaluación
Comité de Promoción
Consejo Académico
Coordinador ( a)
Rector
Consejo Directivo
El plazo para resolver las dificultades es de 10 días hábiles, contados a partir del día del
suceso. Pasado este tiempo pierde el derecho a hacer reclamo.
ARTICULO 18. DETERMINACIONES POR NO CUMPLIR LOS COMPROMISOS
Cuando por cualquier circunstancia existan faltas contra el comportamiento en la Institución,
se tomará como sanción:
AMONESTACIÓN VERBAL EN PRIVADO: Es un llamado de atención que hace la persona
encargada del plantel que pueden ser en su momento:Docentes de disciplina ( encargados de
toque de campana), coordinador(a)o el Rector.
LLAMADO DE ATENCION: En la coordinación se llevará un libro de comportamiento social
donde se consignará la situación o situaciones que amerite el llamado. El estudiante firmará el
libro anotando la hora, fecha y el docente que lo envió. Cuando un educando sea llamado tres
(3) veces(libro de comportamiento o el Observador del alumno o registro Integral del
desarrollo), se citara al Padre de Familia para informarlo de las irregularidades y se enviará el
caso al Comité de Convivencia Escolar y se firmará un acta de compromiso con el cual se
establecerá el mecanismo del proceso a seguir de acuerdo con las sanciones establecidas en
el presente Manual.
EXCLUSION DEFINITIVA: Es la sanción más grave, ya que impide de inmediato que el
alumno siga estudiando en la Institución. Para aplicar ésta sanción el Consejo Directivo tendrá
en cuenta los siguientes procesos:
Análisis de antecedentes.
38. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
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Comunicación de la falta al inculpado
Derecho a la defensa.
Presentación de descargos.
Determinación de culpabilidad.
Aplicación a la sanción o archivo del proceso.
ARTÍCULO 19. PROCESO FORMATIVO: DE CARÁCTER DISUASIVO Y REEDUCATIVO
Este proceso se asumirá frente a la transgresión de faltas leves. Consistirá en posibilitar una
instancia de diálogo y conciliación entre el estudiante, la familia y la Institución Educativa;
posibilitando estrategias formativas cuyo acento radicará en buscar un cambio de conducta en
el estudiante. El proceso formativo de carácter disuasivo y reeducativo, permeará todo el
seguimiento de la convivencia institucional, aunado a las determinaciones sancionatorias que
de acuerdo a cada caso, se asuman. Este proceso se soportará en dos mecanismos:
ARTÍCULO 20. FIRMA DE COMPROMISOS Y ACUERDOS: Mecanismo utilizado en el inicio
del debido proceso por transgresión a la norma tipificada como faltas leves, consistirá en la
determinación de acuerdos y compromisos corresponsables entre la institución, la familia y el
estudiante, quedando consignado y firmado en el Registro Integral del Desarrollo del mismo.
Este mecanismo podrá ser utilizado, además de la Dirección de Grupo, por cualquiera de las
instancias que tenga reglamentada la Institución Educativa.
ARTÍCULO 21. ACTA DE COMPROMISO DISCIPLINARIO: Mecanismo utilizado, para la
búsqueda de solución a conflictos disciplinarios, con el propósito de comprometer al
estudiante y a los padres de familia o acudientes, en la adopción de medidas correctivas
pertinentes. Esta Acta se firmará cuando el estudiante incumpla el compromiso asumido en
este Manual, por transgresión de faltas leves, una vez se haya iniciado el proceso, o para
iniciar el debido proceso en el caso de transgresión a la norma, tipificada como grave en este
manual. Para la aplicación de este mecanismo, actuará el Comité de Convivencia.
ARTÍCULO 22. PROCESO FORMATIVO: DE CARÁCTER CORRECTIVO Y/O
REEDUCATIVO: Será aplicado por faltas graves o muy graves por la instancia del Comité de
Convivencia, la Rectoría y el Consejo Directivo, contando con la presencia del Personero
Estudiantil, según el caso. Este proceso se soportará en los siguientes mecanismos:
39. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
SUSPENSIÓN: Pérdida temporal de la participación presencial en las actividades académicas
y curriculares durante un periodo que va de uno (1) a cinco (5) días hábiles, según el caso.
Será aplicada por transgresión a la norma de faltas graves, muy graves o por incumplimiento
de lo estipulado en el Acta de Compromiso Disciplinario así:
Por incumplimiento del Acta de Compromiso Disciplinario, por nueva transgresión a la norma
tipificada como leve, un (1) día.
Por incumplimiento del Acta de Compromiso Disciplinario, por nueva transgresión a la norma
tipificada como grave, dos (2) o tres (3) días.
39
Por transgresión a la norma tipificada como muy grave, cuatro (4) o cinco (5) días.
Durante este tiempo el estudiante se debe comprometer a cumplir con un trabajo que puede
ser de carácter académico y/o formativo y a cumplir con los compromisos que de ésta se
desprendan. La suspensión será formalizada mediante resolución de Rectoría.
CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: Pérdida definitiva de los derechos adquiridos con la firma
del Contrato de Prestación de Servicios Educativos, desvinculándose inmediatamente de la
Institución. Será aplicada por el incumplimiento de los compromisos acordados en el Manual
de Convivencia o después de una suspensión tipificados como leves o graves. La
Cancelación de Matrícula será expresada mediante resolución del Consejo Directivo de la
institución y participará con voz en la determinación, el Personero Estudiantil y el visto bueno
de la Asociación de padres de familia.
FIRMA DE PACTO DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: Mecanismo utilizado por la
Comisión de Valoración de la Convivencia Escolar o por el comité de convivencia escolar,
como resultado de la valoración de convivencia final, para aquellos estudiantes que presenten
irregularidad en el cumplimiento de compromisos y que hayan presentado al menos una
suspensión durante el debido proceso que se le haya llevado a cabo. Consistirá en la firma de
un Pacto entre la familia, el estudiante y la Instituciòn, el cual será evaluado periódicamente
por dicha comisión o comité. Si al finalizar el año lectivo el estudiante no ha cumplido a
cabalidad con lo especificado en el Pacto de Buena Convivencia Escolar, la Comisión de
40. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Valoración o comité de la Convivencia Escolar, podrá solicitar a Rectoría, la pérdida del
cupo para el siguiente año lectivo y debe ser aprobado por el Consejo Directivo.
PÉRDIDA DEL CUPO PARA EL SIGUIENTE AÑO LECTIVO: Pérdida de la posibilidad de
vinculación con la Institución Educativa para el siguiente año lectivo, que se ejecutará sin
perjuicio al derecho a la educación. Será aplicado por el incumplimiento de los compromisos
acordados durante el proceso seguido por el estudiante durante un año lectivo, por el
incumplimiento del Pacto de Buena Convivencia o por el resultado, en el promedio de
valoración de convivencia durante el año lectivo, de bajo. La Pérdida de cupo para el
siguiente año lectivo será expresada mediante acta dela Comisión de Valoración o Comité de
la Convivencia Escolar del grado y la determinación definitiva se generará por parte del
Consejo Directivo de acuerdo a la aplicación de los recursos.
ACTO DE REPARACIÓN: La Institución Educativa Central, como institución formadora de
valores y de la asunción de responsabilidades frente a la transgresión a la norma, exige la
reparación material, moral y/o psicológica de la falta cometida, la cual estará determinada por
la Institución con presencia y direccionamiento del departamento de Orientación Escolar que
dirige el Psicorientador de la Institución.
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ARTÍCULO 23. TIPIFICACIÒN DE FALTAS
FALTAS LEVES( Tipo I): Son aquellos comportamientos que afectan en mínimo grado el
normal funcionamiento de la institución.
Son faltas leves( Tipo I ) las siguientes:
El porte y uso inadecuado del uniforme dentro y fuera del colegio, en representación
de la Institución.
Inasistencia y/o impuntualidad a las actividades curriculares o las programadas por la
institución, sin excusa válida.
Interferir en el desarrollo de las clases, eventos formativos o actos comunitarios.
Consumo de alimentos durante el desarrollo de las actividades académicas y/o
eventos formativos.
Retener la información enviada y dirigida por el colegio a los padres de familia o
acudientes.
41. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
El incumplimiento de las normas para el uso las salas de informática, laboratorios.
Hacer uso de celulares y/o aparatos audio-visuales, en el transcurso de clases,
41
eventos formativos o actos comunitarios.
Hacer uso de dispositivos acústicos sonoros en actividades institucionales.
No acatar las observaciones de cualquiera de los actores institucionales internos.
Ausencia de materiales básicos para el trabajo en la clase.
Realizar actividades académicas diferentes a la clase que se esté orientando, aunque
no interfiera en el proceso.
Utilizar cachuchas o gorras dentro del salón de clase.
Mascar chicle dentro del salón de clase o en actos culturales
ARTÍCULO 24. FALTAS GRAVES( Tipo II )
Son aquellos comportamientos que manifiestan tendencia al fomento de la indisciplina y
afectan a los demás miembros de la comunidad educativa, física y/o psicológicamente.
Son faltas graves( Tipo II ) las siguientes:
Proferir palabras y escribir letreros obscenos, insultantes o vulgares en los pupitres,
paredes, baños, tableros o cualquier otro material o espacio de la Institución.
Dirigirse a cualquier miembro de la Comunidad Educativa o a cualquier persona en
forma violenta, de palabra o de hecho dentro o fuera de la Institución.
Incumplimiento de los compromisos firmados frente a las faltas leves reiteradas.
Empleo de vocabulario soez o que atente contra la dignidad, en el trato con los demás.
Daño a las pertenencias de los compañeros y/o elementos de la Institución.
Evasión de las actividades académicas y/o eventos formativos, estando en la
Institución.
Incurrir en fraudes en la presentación de evaluaciones y trabajos.
Uso del uniforme en eventos, espectáculos y sitios públicos fuera de horario escolar y
cuando no se representa al colegio.
Elaboración de escritos obscenos e injuriosos en las paredes de los salones y servicio
sanitario.
Actos que atenten contra el buen nombre de la institución.
Incitar o inducir a una persona en enfrentamientos y peleas dentro y fuera de la
Institución.
42. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
42
ARTÍCULO 25. FALTAS MUY GRAVES( Tipo III )
Son comportamientos de gran trascendencia, que perjudican física o psicológicamente a uno
o varios miembros de la comunidad educativa y/o afectan la planta física, alterando el normal
desarrollo institucional.
Son faltas muy graves( Tipo III ) las siguientes:
Incumplimiento de los compromisos firmados frente a la transgresión de falta grave
reiterada.
Ausentarse de la institución sin previa autorización.
Utilizar las Tics (Tecnología de información y comunicación) para dañar el buen
nombre de algún miembro de la comunidad educativa, que afecten de cualquier
manera la dignidad de la persona (matoneo virtual).
Destrucción total o parcial de muebles o inmuebles de la institución, al igual que
automotores que pertenezcan a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Consumo y/o distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas, en cualquiera de
las actividades institucionales.
Posesión o uso de municiones, pistolas de aire con copas o balines, armas corto
punzantes o de fuego.
Posesión o uso de pólvora y/o explosivos dentro de la institución.
Apropiación indebida de dinero, documentos y objetos ajenos.
Alteración y adulteración de documentos públicos y/o privados.
Incurrir en acciones de amenaza y/o coacción.
Cualquier acto reprobable que vaya en contra de la integridad física y/o psicológica de
algún miembro de la Comunidad Educativa (Bullying o acoso entre pares).
ARTÍCULO 26. CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACION Y AGRAVACIÒN DE LA FALTA
Son aquellas circunstancias de la conducta, que contribuyen a graduar la falta y su sanción.
ARTÍCULO 27. CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN
Haber presentado un buen comportamiento en su hoja de vida, antes de cometer la falta.
Reconocer voluntariamente la falta cometida.
Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
43. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Que voluntariamente, ayude a esclarecer los hechos.
El haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, antes de iniciar el
43
proceso disciplinario.
El haber sido inducido a cometer la falta por coacción o amenaza de algún miembro
de la comunidad.
ARTÍCULO 28. CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN
El efecto perturbador de la falta, en relación con la sana convivencia institucional.
El grado de afectación de los derechos ajenos.
La complicidad en la falta presentada.
El abuso de confianza para cometer la falta.
Ser reincidente en el mismo tipo de falta.
No reconocer la falta aun siéndole comprobada.
El haber mentido de forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta.
Involucrar a personas inocentes a la falta disciplinaria.
Irrespeto hacia algún miembro del Comité de Convivencia, durante las sesiones.
Encontrarse en proceso de convivencia por faltas anteriores.
Presentar firma de Pacto de Buena Convivencia latente.
ARTÍCULO 29. INTERPOSICIÓN DE RECURSOS
A partir de la notificación de la sanción todo estudiante y su representante tendrán derecho a
interponer los recursos de reposición ante el Rector y apelación ante el Consejo Directivo de
la Institución, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a dicha notificación. La decisión
tomada por el Consejo Directivo no es susceptible de algún otro recurso, por ser este el
máximo órgano constitutivo del Gobierno Escolar. La autoridad ante quien sea interpuesto el
recurso de reposición o apelación, tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para dar su
respuesta
ARTÍCULO 30. OBLIGACIÓN DE INFORMAR A PADRES Y AUTORIDADES
COMPETENTES (Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia Art. 44,
numerales 2, 7 y 9).
44. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
El personal Directivo, Administrativo, de Servicios generales, Docentes y Estudiantes del
Colegio estarán atentos a:
a) La detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato,
abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas
contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
b) Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes
acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones
educativas.
c) Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores
formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
44
ARTICULO 31 EMBARAZO DE ADOLESCENTES.
En el marco del Proyecto de Educación Sexual, la Institución adoptará medidas pertinentes
para prevenir casos de gravidez en las adolescentes. En caso de presentarse una situación
excepcional de embarazo, la Estudiante deberá acogerse a un programa académico especial,
el cual será acordado entre la afectada, la Institución y el Padre y/o Madre de familia y/o
Acudiente con el fin de garantizarle el derecho a la Educación.
ARTICULO 32 PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE
Se pierde la calidad de estudiante de la Institución Educativa Central en los siguientes casos:
Cuando se ha cursado y aprobado el último grado de la Educación Media y se obtiene
el título de Bachiller Académico.
Cuando se incumplan las obligaciones establecidas en el contrato de matrícula o
cuando éste no se suscriba dentro de los plazos y con el cumplimiento de los
requisitos previstos por el colegio.
Cuando así lo determine una medida disciplinaria o académica, de manera temporal o
permanente, conforme con lo establecido en este Manual de Convivencia.
Por retiro voluntario, bien sea que dicha voluntad provenga del estudiante o de los
padres de familia, representantes legales o acudientes.
45. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
PARAGRAFO: El Consejo Directivo creara el Comité De Conciliación y Convivencia en la
Institución y reglamentará su conformación.
45
ARTÍCULO 33. ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA (Ley 1620 de 2013)
MEDIACION DE CONFLICTOS
Para la Institución Educativa Central, la Mediación de Conflictos es un campo innovador que
recoge los conocimientos, sentimientos y habilidades, con que cuentan las personas para
hallar soluciones a las situaciones conflictivas.
Teniendo en cuenta que una de las políticas que orienta el Manual de Convivencia de la
Institución, está basada en que “Las situaciones cotidianas de convivencia, en lo posible
tendrán solución donde se generen, con mediación de los propios agentes que intervienen en
el conflicto”, se hace necesario crear “Las mesas de Conciliación” como instancia previa al
proceso de convivencia para solucionar los conflictos.
MESAS DE CONCILIACION
CARACTERIZACIÓN
Las Mesas de Conciliación son un espacio para que los estudiantes puedan hacer valer sus
derechos y ejercer sus deberes, mediante la discusión argumentada a partir de los valores
institucionales, cuando se presenta un conflicto y se hacen en presencia de un mediador
neutro e imparcial.
Una Mesa de Conciliación puede ser convocada por cualquier miembro de la comunidad en el
momento en que se presente un conflicto. Una mesa está conformada por:
-Dos mediadores.
-Los actores del conflicto. Estudiantes o grupo de estudiantes, profesores o cualquier
miembro de la comunidad que esté en conflicto.
PROCESO DE LAS MESAS DECONCILIACIÓN
Una vez reunida la mesa de conciliación, un mediador tomará un acta según el formato
establecido por el Consejo de Estudiantes y se efectuará teniendo en cuenta los siguientes
pasos:
46. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
1. Buscar un espacio cerrado y privado. Elegir quién de los mediadores llevará el acta y
tomará el tiempo, registrando el inicio y el fin.
2. Los mediadores hacen equipo con los estudiantes en conflicto u otro miembro de la
comunidad de ser necesario. Los estudiantes se sientan frente a frente, en la mesa, igual que
los conciliadores.
3. Presentación de los conciliadores y de las personas en conflicto. Aceptación de las cinco
reglas del proceso:
46
a. Estar dispuesto a solucionar el problema.
b. Decir la verdad
c. Escuchar sin interrumpir.
d. Ser respetuoso, sin insultar, criticar o agredir.
e. Hacer un acuerdo y comprometerse a cumplirlo.
4. Los mediadores escuchan cada una de las partes.
Cada estudiante da su versión de manera objetiva, sin juicios ni valoraciones. Narra el evento
como si le hubiese ocurrido a otra persona. Posterior a ello expresa sus emociones y como se
sintió al respecto.
5. Mediadores y estudiantes en conflicto proponen soluciones. Y se escoge la más óptima
para los actores del conflicto.
6. Se hace un acuerdo escrito en el acta, donde los participantes se comprometen a cumplirlo,
firmando para ello.
DE LOS MEDIADORES
Los mediadores de las mesas de conciliación son estudiantes de los grados noveno, décimo y
undécimo, acompañados por el personero y son elegidos por el gobierno escolar por un año
lectivo. Dentro de ellos se elige un conciliador mayor que representará las mesas de
conciliación en el gobierno escolar.
47. Continuación Acuerdo 05 de 15-11-2013
Deben ser estudiantes con voluntad de servicio, confidencialidad e imparcialidad, con
capacidad de diálogo, tolerante y respetuosa que puedan facilitar el proceso de conciliación.
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ARTICULO 34. COMPETENCIA PARA LA APLICACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS
El llamado de atención verbal o escrito es competencia de cada Director de grado o docente
conocedor de la falta. La suspensión y la firma de compromisos especiales es competencia
del Rector Y EL Consejo Directivo.
ARTICULO 35. ESTÍMULOS.
De acuerdo con el rendimiento académico y comportamiento del estudiante el plantel lo
estimulará con:
Distinción en público mediante izada del Pabellón Nacional.
Puesto por valoración.
Medallas.
Presentación de grupos en eventos.
Elegir y ser elegido como representante ante los organismos del plantel (Gobierno escolar,
personero, consejo estudiantil, etc.).
Otros que a juicio del docente se puedan establecer.
ARTOCULO 36. DE LOS PADRES DE FAMILIA.
COMPROMISOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Acudir personal y adecuadamente presentado a las reuniones y citaciones que la Institución
programe para asuntos relacionados con la convivencia, el rendimiento académico y los
procesos formativos de su hijo y/o acudido, según el horario establecido, asumiendo con
responsabilidad los compromisos acordados en dichos encuentros.
Seguir el conducto regular y APLICAR EL MAPA DE PROCESO CONVIVENCIAL para
buscar solución a los problemas que se presenten: Profesor titular del área o asignatura,
Director de grupo, Psicorientación, Coordinador, Rector, Personero de los Estudiantes,
Consejo de estudiantes, Consejo de Padres de familia, Aso padres, Comité de evaluación y
promoción, Consejo Académico, Consejo Directivo, Director de Núcleo Educativo y Secretaría
de Educación.