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Ministerio de Educación
Viceministerio de Gestión Institucional
Oficina de Coordinación y Supervisión Regional



                     MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA

  1. ANTECEDENTES

  La Municipalización de la gestión educativa, entendida como el ejercicio de la dirección y
  conducción de los servicios educacionales que se brinda en el ámbito jurisdiccional de un
  distrito, a cargo del órgano de gobierno local más inmediato, la Municipalidad distrital,
  constituye una experiencia nueva en las actuales condiciones de nuestra vida política.
  Desarrollar formas de organización y operación adecuadas a las diferentes características y
  condiciones y aspiraciones de la población, requerirá de una labor paciente y compartida de
  búsqueda, creación y adecuación de instrumentos, herramientas y procedimientos eficientes.

  El trabajo inicial demandará experimentar, investigar y revalorar experiencias para construir
  propuestas diferentes que mantengan la unidad del país, respetando su múltiple diversidad,
  recién entonces será posible y aconsejable convertir la experiencia desarrollada, en norma u
  orientación replicable en otros ámbitos que presenten características y condiciones semejantes.

  La elaboración de normas, reglas o leyes anteriores a la experiencia corren el riesgo de ser
  prematuras y carecer del soporte que les confiere la experiencia y participación de la población
  en su aplicación a nuestra realidad multicultural.

  Se propone un plan piloto para la municipalización de la gestión educativa que se está
  elaborando en atención a los lineamientos de política vigentes y busca generar modelos de
  gestión educativa que estimulen y orienten el accionar de las municipalidades distritales y las
  instituciones educativas. A partir de ellas y de su actuación cohesionada, se responderá a las
  necesidades y dificultades de la educación.

  2. MARCO LEGAL

  •   El primer párrafo del Artículo 16º de la Constitución Política del Perú señala que tanto el
      sistema como el régimen educativo son descentralizados. El sistema educativo, considerando
      los principios y normas que regulan la educación, debe, por lo tanto, ser descentralizado. Lo
      mismo ocurre con el régimen educativo. Tratándose de una nación multiétnica, pluricultural
      y donde existen circunscripciones territoriales claramente definidas, es menester adecuarlo a
      las condiciones de cada quien y en cada lugar para evitar la inequidad educativa.

  •   El Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la educación es una
      competencia compartida entre los niveles de gobierno: nacional, regional y local. Asimismo,
      presenta 20 competencias y funciones específicas y compartidas que tienen las
      municipalidades en materia de educación, cultura, deporte y recreación sujetos a
      transferencia por el Gobierno Nacional, hecho que todavía no se ha realizado.

  •   El Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, indica que las municipalidades tienen
      autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, uno de
      los cuales es la prestación de servicios públicos, dentro de los que está incluida la educación.

  •   El Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales
      promueven el desarrollo de la economía local y la prestación de los servicios públicos de su
      responsabilidad, en armonía con las políticas y los planes nacionales y regionales de
      desarrollo.

  •   El segundo párrafo del artículo 16º de la Constitución Política del Perú indica que el Estado
      coordina la política educativa, formula los lineamientos generales de los planes de estudio,
      así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su
cumplimiento y la calidad de la Educación. El Estado, a través de sus instancias
    administrativas correspondientes, debe coordinar la política educativa, la forma cómo se
    conduce el sistema, el régimen y los objetivos perseguidos.

•   En materia de educación, el Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Educación y las
    Unidades de Gestión Educativa Local, deben coordinar sus acciones con las Municipalidades
    de acuerdo a lo señalado en su Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General de
    Educación.

3. CARACTERÍSTICAS DE LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA

•   La Municipalización de la Gestión educativa establece una nueva dinámica de desarrollo de la
    educación. Como referencia, la unidad mínima de planificación de desarrollo es el distrito y
    su Gobierno Local Distrital.




                                                                  Distrito
                                                 Periodo
                                               2011 - 2015


•   Introduce cambios notables en la gestión del sistema educativo: Descentraliza la toma de
    decisiones en materia de educación, restituye el ejercicio del poder a una instancia de
    gobierno más próxima a la población beneficiaria más conocedora de ella, más identificada
    con su destino y, por tanto, más comprometida con el logro de sus objetivos de desarrollo.
    Asimismo, otorgará nuevo y mayor dinamismo al proceso de descentralización y contribuirá a
    la real transferencia de funciones, recursos, capacidades y decisiones del Gobierno Regional,
    de las DREs y de las UGELs a los distritos.

•   El Gobierno Local será quien participe directamente en la gestión de las instituciones
    educativas tomando las principales decisiones en el ámbito pedagógico, institucional y
    administrativo para mejorar la calidad del servicio educativo.

•   La sociedad participará directamente en la gestión por medio de los Consejos Educativos
    Institucionales, tomando igualmente las principales decisiones en el ámbito pedagógico,
    institucional y administrativo para mejorar la calidad del servicio educativo.

•   El Estado participa, a través de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas (II.EE,
    UGEL, DRE y MED), transfiriendo capacidades, facultades y recursos, manteniendo una
    relación técnico normativa con el CEM.

•   Esquematizándose lo expuesto, se obtiene el diagrama siguiente:



                                               FORMAS DE
                  ÓRGANOS                                                    ACTORES
                                              PARTICIPACIÓN

              GOBIERNO LOCAL                                                  CEM
                                            Ejecución Directa
         (Municipalidades Distritales)
                SOCIEDAD                                                      CEM
                                            Ejecución Directa
           (Comunidad Educativa)
                                             Relación técnico
                                                                     Instancias de Gestión
                   ESTADO                       normativa
                                                                  Educativa Descentralizadas.
•   La municipalización se iniciará con la aplicación de un Plan Piloto en el año 2007, que
    involucre solamente los niveles de inicial y primaria.

•   Las municipalidades que inician el plan piloto estarán ubicadas en departamentos de la
    costa, sierra y selva, norte, centro y sur del país.

4. EXIGENCIAS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL PROCESO DE MUNICIPALIZACIÓN DE LA
   GESTIÓN EDUCATIVA.

•   Adecuar las políticas nacionales y regionales y formular las propias en relación con el servicio
    educativo.
•   Conocer y aplicar la normatividad vigente sobre la educación.
•   Elaborar el Proyecto Educativo Local (PEL) sobre la base de las propuestas de las
    Instituciones Educativas.
•   Decidir, en acuerdo con las Instituciones, los modelos de organización y funcionamiento del
    servicio.
•   Proponer metas y superar los indicadores de eficiencia educativa en su jurisdicción
    (cobertura, inclusión, retención y calidad)
•   Proporcionar los lineamientos para la adecuación del currículo de acuerdo a la realidad local.
•   Liderar la erradicación del analfabetismo en su jurisdicción.
•   Impulsar el conocimiento y práctica de los que significa comunidad educadora.
•   Impulsar la cultura de evaluación de resultados de la educación.
•   Normar y orientar los procesos de selección y contratación de personal docente,
    administrativo y directivo de las Instituciones Educativas.
•   Promover y apoyar la conformación del centro de investigación pedagógica y actualización en
    Docencia que será conducido por los docentes de la jurisdicción apoyados por el MED y con
    soporte de Centros Académicos y de educación superior nacionales y Extranjeros.
•   Promover la creciente participación de padres de familia y comunidad en general, en la
    educación de sus hijos y en el mantenimiento y mejoramiento de los servicios educativos.
•   Fomentar la política de transparencia en la gestión de las instituciones educativas.
•   Conformar la red de bibliotecas escolares de barrios, clubes, centros poblados; coordinadas
    por la biblioteca municipal y apoyada por la Biblioteca Nacional.
•   Dotar, mantener y actualizar permanentemente el mobiliario y equipos.
•   Construir, mantener y reparar los locales escolares.
•   Supervisar y monitorear el servicio.
•   Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, nacionales y
    extranjeras, para la capacitación de docentes, administrativos y directivos para la aplicación
    de propuestas innovadoras de la educación.
•   Ampliar las fuentes de financiamiento de la educación.
•   Establecer alianzas estratégicas       con instituciones públicas y privadas, nacionales y
    extranjeras, para mejorar la infraestructura, el mobiliario, el equipo, así como para la
    capacitación de docentes, administrativos y directivos.
•   Considerar a los egresados del sistema educativo dentro de los Planes de Desarrollo socio-
    económico.

5. CORRESPONDE A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:

                                                      Tomar las decisiones y acciones en materia
                                                  -
                                                      pedagógica, institucional y administrativa
                                                      de la educación.
                                                      Organizar la Institución Educativa.
                                                  -
                                                      Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI
                                                  -
                                                      y el Plan de trabajo.
                                                      Diversificar el currículo básico.
                                                  -
                                                      Organizar los equipos pedagógicos.
                                                  -
                                                      Definir los métodos de enseñanza -
                                                  -
                                                      aprendizaje.
                                                      Definir los recursos educativos (Materiales
                                                  -
                                                      textos y otros).
Evaluar su presupuesto.
    -
        Evaluar, conjuntamente con el CONEI, al Personal docente y administrativo para su
    -
        ingreso, ascenso y permanencia en el servicio.
        Rendir cuentas y presentar informes de su gestión a la comunidad distrital.
    -


6. CORRESPONDE A LAS MUNICIPALIDADES

                                                     Contratar al personal docente.
                                                  -
                                                     Diseñar y ejecutar el Proyecto Educativo
                                                  -
                                                     Local.
                                                 - Promover la diversificación curricular
                                                     incorporando contenidos de su realidad.
                                                 - Construir,      equipar    y    mantener      la
                                                     infraestructura de los locales escolares de
                                                     su jurisdicción.
                                                 - Apoyar la creación de redes educativas.
                                                 - Promover y ejecutar los programas de
     alfabetización en coordinación con el Gobierno Regional.
    - Sostener centros culturales (bibliotecas y talleres de arte), deportivos y recreacionales.
    - Implementar sistemas de capacitación docente.
    - Impulsar la implementación del Centro de Capacitación Docente.


7. El MODELO

•   El órgano directivo del proceso de municipalización de la gestión educativa es el Consejo
    Educativo Municipal – CEM.

•   El Consejo Educativo Municipal - CEM es presidido por el Alcalde de la municipalidad distrital
    e integrado por los representantes de todos los Consejos Educativos Institucionales (CONEI)
    de la jurisdicción municipal.

•   El Consejo Educativo Municipal CEM, contará con una Secretaria Técnica que será la
    encargada de implementar los acuerdos emanados de la asamblea del CEM.

•   El Consejo de Educación Municipal (CEM), cuenta con las funciones siguientes:

                                                          Implementar las acciones de gestión
                                                      -
                                                          educativa (pedagógica, institucional y
                                                          administrativa) en la jurisdicción
                                                          Municipal.
                                                          Dirigir la formulación, ejecución y
                                                      -
                                                          evaluación de los planes de corto y
                                                          mediano       plazo;     asimismo,     del
                                                          presupuesto de la gestión educativa
                                                          descentralizada.
                                                          Velar por el cumplimiento de los
                                                      -
                                                          objetivos     y    metas    del   servicio
                                                          educativo, estableciendo indicadores de
                                                          medición que permitan evaluar y
                                                          verificar el nivel de mejora de la calidad
                                                          educativa.

        Promover acciones de capacitación a los docentes y directivos de las II.EE.
    -
        Autorizar el manejo presupuestal.
    -
        Establecer mecanismos de transparencia vigilante y rendición de cuentas de los
    -
        resultados de la gestión educativa descentralizada.
Monitorear y evaluar el cumplimiento de las horas efectivas de clases en las Instituciones
   -
        Educativas.
        Coordinar con el MED, DRE y la UGEL el apoyo y asesoramiento para mejorar la calidad
   -
        educativa y el fortalecimiento y autonomía de las II.EE.
        Promover el cumplimiento de las funciones señaladas en el articulo 82º de la Ley
   -
        Orgánica de Municipalidades, en materia de educación.

8. PLAN PILOTO

El Objetivo central de este Plan Piloto es ubicar a las Municipalidades Distritales como agentes
principales, actores y responsables en la gestión de los servicios educativos que se desarrollan en
el ámbito de su jurisdicción. Esto, lógicamente, se comienza por el nivel inicial y primaria .

El plan piloto para la municipalización de la gestión educativa ha sido elaborado teniendo en
consideración los lineamientos de política vigentes y busca generar modelos de gestión educativa
que estimulen y orienten el accionar de las municipalidades distritales y las instituciones
educativas. A partir de ellas y de su actuación cohesionada se responderá a las necesidades y
dificultades de la educación.

El Plan Piloto se realizará de manera ordenada, progresiva y gradual en tres etapas: Etapa de
Iniciación (plan piloto 2007-2008); Etapa de Expansión (Aumento del número de distritos y
provincias en la gestión educativa 2009–2010); Etapa de Generalización (Crecimiento significativo
de distritos y provincias, en la totalidad con gestión educativa, período 2011-2015.



                                               Período
                  I Etapa:                                                    II Etapa:
                                              2007-2008
                 Iniciación                                                  Expansión




                                         III Etapa:                                Período
                                       Generalización                             2009-2010
                Período
              2011 - 2015




Los niveles de educación participantes en el plan piloto son educación Inicial y Primaria.

El Plan Piloto será iniciado en 55 municipalidades distritales, considerándose este el universo de
atención del Plan Piloto. De ellas, dos distritos por cada región.

Los criterios de selección establecidos para la selección de las municipalidades distritales del
Plan Piloto han sido los siguientes:


       Voluntad favorable de la municipalidad para participar en el plan piloto

       Municipalidad cuenta con aprobación de la población

       El Distrito cuenta con condiciones básicas de Infraestructura, Equipamiento, Logística, etc.

       Servicio de comunicaciones y acceso vial al ámbito distrital.

       Municipalidades ubicadas en área urbanas, rurales, costa, sierra, selva, norte, centro, sur y
       frontera.
En aspectos de gestión presupuestal constituye un objetivo de necesidad estratégica el logro de
recursos provenientes de diversas fuentes (empresa privada y cooperación internacional) que se
sumen a los recursos provistos por el Estado, a través del sector educación y otros sectores, a los
aportes provenientes de la propia población, así como a los recursos captados a través de
diversas actividades.

Las labores de monitoreo, supervisión, seguimiento y evaluación demandarán previamente el
esclarecimiento de su real sentido, significado y alcances, con el propósito de definir – de éstas
funciones - cuál o cuáles desempeñará la Sede Central, qué y cómo debe hacerse para ello y
prever las acciones necesarias para apoyar a otras instancias en el desempeño de las funciones
que se les atribuya.

Labor inevitable será elaborar los instrumentos y herramientas necesarias para hacerlo y prever
la capacitación que se requiere para asumir en forma compartida estas tareas.

La dirección y conducción del Plan Piloto exige decidir la(s) modalidad(es) de operación que
tendrá en el plano nacional y en los diferentes espacios regionales, cuya elección debe
garantizar la unidad y cohesión del plan y del proceso que genere y, al mismo tiempo, respetar
las diferencias de características, necesidades y estilos propios de cada realidad y promover la
participación protagónica de los principales agentes de este proyecto, desde su inicio y desde las
bases reales del mismo.

En el MED se conformará un equipo técnico que funcionará en la Oficina de Coordinación y
Supervisión Regional, encargada de las tareas organizativas y operativas del Proceso de
Municipalización.

La Oficina de Coordinación y Supervisión Regional mantendrá permanente coordinación con el
Consejo Nacional de Educación (CNE) y el Consejo Nacional de Descentralización (CND), a través
del organismo pertinente, haciéndoles conocer los avances en la ejecución del plan y solicitando
su opinión o intervención si fuera necesario.

9. FONDO DE COMPENSACIÓN PARA LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA –
   FONCOMUGE-

Como parte de la estrategia para llevar a cabo con éxito el Plan Piloto de Municipalización de la
Gestión Educativa en Inicial y Primaria, se ha implementado el Fondo de Compensación que,
como su nombre lo indica, servirá para superar las inequidades que existen por las diferencias
de recursos de los distritos.

9.1. FINALIDAD

     El Fondo de Compensación para la Municipalización de la Gestión Educativa-FONCOMUGE,
     es un fondo orientado a superar la inequidad del servicio educativo que permita mejorar
     la gestión y calidad de la educación en el ámbito local.

9.2. OBJETIVO

     El FONCOMUGE está destinado a        financiar proyectos de inversión educativa, mobiliario y
     equipamiento, mantenimiento de       locales escolares, materiales educativos, programas de
     capacitación y asistencia técnica,   apoyo a la ejecución del Proyecto Educativo Institucional
     e incentivos por el mejoramiento     de la gestión educativa.

     El FONCOMUGE        no   está   destinado   al   financiamiento   de   gastos   corrientes   de
     remuneraciones.

9.3. BENEFICIARIOS

     Los beneficiarios del FONCOMUGE son las Instituciones Educativas, docentes y estudiantes
     de educación inicial y primaria participantes en la municipalización de la gestión
     educativa, ubicados en los distritos de menores recursos.
9.4. LÍNEAS DE ATENCIÓN DEL FONCOMUGE

    Los recursos del FONCOMUGE        se utilizarán principalmente   para   la atención de las
    siguientes líneas de acción:

    a.   Construcción y mantenimiento de infraestructura educativa.
    b.   Adquisición de mobiliario, equipamiento y laboratorios.
    c.   Infraestructura deportiva.
    d.   Programas de capacitación docente, a directivos, especialitas e integrantes del
         Consejo Educativo Municipal.
    e.   Especialización y post grado docente.
    f.   Programas de asistencia técnica.
    g.   Becas a estudiantes destacados.
    h.   Actividades del Proyecto Educativo Institucional.
    i.   Materiales educativos.
    j.   Implementación de bibliotecas escolares.
    k.   Incentivos a la mejora de la gestión y calidad educativa.
    l.   Bonos de reconocimiento a docentes y directivos por incremento de productividad.
    m.   Apoyo a convenios de gestión educativa.
    n.   Fomento y apoyo a la investigación educativa.
    o.   Financiamiento de proyectos de innovación.
    p.   Mejoramiento de la organización educativa.
    q.   Racionalización de la gestión educativa.
    r.   Fomento de la práctica recreativa y deportiva de la población.
    s.   Apoyo a la implementación de acciones orientadas al establecimiento de una ciudad
         saludable y educadora.
    t.   Participación ciudadana y rendición de cuentas.
    u.   Otras líneas de acción involucradas en la mejora de la gestión educativa.

9.5. FUENTES DE FINANCIAMIENTO

    Los fondos del FONCOMUGE provienen del presupuesto nacional y de la cooperación privada
    nacional e internacional.

9.6. MECANISMOS DE ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS

         El Ministerio de Educación emitirá las directivas para la asignación y financiamiento
    -
         de las líneas de acción del FONCOMUGE.

         El Consejo Educativo Municipal-CEM presentará su solicitud ante el Ministerio de
    -
         Educación, acompañada del informe técnico correspondiente, y fundamentando la
         provisión de recursos para el financiamiento de la línea de acción solicitada.

         El Ministerio de Educación evaluará la solicitud presentada por el CEM y emitirá el
    -
         informe técnico sobre la viabilidad del financiamiento requerido.

         Con el informe técnico de viabilidad favorable, la fuente de cooperación autorizará la
    -
         ejecución y uso de los recursos en la implementación de la línea de acción
         solicitada.

         El CEM de acuerdo a un cronograma establecido deberá presentar al Ministerio de
    -
         Educación informes de avance y de resultado de la ejecución de la línea de acción y
         de su presupuesto.

         El Ministerio de Educación presentará a la fuente cooperante el informe de
    -
         resultados del uso de montos utilizados en el financiamiento de las líneas de acción
         del FONCOMUGE.
MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA

Alternativa

RELACIÓN DE MUNICIPALIDADES PARTICIPANTES EN EL PLAN PILOTO
                             2007

  Nº     DEPARTAMENTO            PROVINCIA           DISTRITO
   1   AMAZONAS             Chachapoyas      La Jalca
   2                                         Asunción
   3   ANCASH               Huaraz           Huaraz
   4                                         Independencia
   5   APURIMAC             Andahuaylas      Pacucha
   6                                         Talavera
   7   AREQUIPA             Arequipa         Cerro Colorado
   8                                         Paucarpata
   9   AYACUCHO             Huanta           Huamanguilla
  10                                         Lauricocha
  11   CAJAMARCA            Cajamarca        Encañada
  12                                         Baños del Inca
  13   CALLAO                                Ventanilla
  14                                         Bellavista
  15   CUSCO                La Convención    Echarate
  16                                         Quimbiri
  17   HUANCAVELICA         Tayacaja         Pampas
  18                                         Colcabamba
  19   HUÁNUCO              Huánuco          Amarilis
  20                                         Chinchao
  21   ICA                  Chincha          Chincha Alta
  22                                         Chincha Baja
  23   JUNIN                Concepción       Santa Rosa de Ocopa
  24                                         Comas
  25                                         La Esperanza
  26   LA LIBERTAD          Trujillo         Florencia de Mora
  27                                         El Porvenir
  28   LAMBAYEQUE           Lambayeque       Olmos
  29                                         Motupe
  30   LIMA METROPOLITANA   Lima             Miraflores
  31                                         Surco
  32                                         La Molina
  33                                         Surquillo
  34                                         Los Olivos
  35   LIMA                 Cañete           Pacarán
  36   PROVINCIAS                            Imperial
  37   LORETO               Maynas           Belén
  38                                         San Juan Bautista
  39   MADRE DE DIOS        Tambopata        Iñambari
  40                                         Las Piedras
  41   MOQUEGUA             Mariscal Nieto   Torata
  42                                         Carumas
  43   PASCO                Pasco            Paucartambo
  44                                         Simón Bolívar
  45   PIURA                Morropón         Santo Domingo
  46                                         Chulucanas
  47   PUNO                 Puno             Huata
48                                   Ácora
49   SAN MARTIN   San Martín         Morales
50                                   Juan Guerra
51   TACNA        Tacna              Ciudad Nueva
52                                   Alto de la Alianza
53   TUMBES       Tumbes             San Jacinto
54                                   Corrales
55   UCAYALI      Coronel Portillo   Yarinacocha
56                                   Nueva Requena
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Municipalización educativa

  • 1. Ministerio de Educación Viceministerio de Gestión Institucional Oficina de Coordinación y Supervisión Regional MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA 1. ANTECEDENTES La Municipalización de la gestión educativa, entendida como el ejercicio de la dirección y conducción de los servicios educacionales que se brinda en el ámbito jurisdiccional de un distrito, a cargo del órgano de gobierno local más inmediato, la Municipalidad distrital, constituye una experiencia nueva en las actuales condiciones de nuestra vida política. Desarrollar formas de organización y operación adecuadas a las diferentes características y condiciones y aspiraciones de la población, requerirá de una labor paciente y compartida de búsqueda, creación y adecuación de instrumentos, herramientas y procedimientos eficientes. El trabajo inicial demandará experimentar, investigar y revalorar experiencias para construir propuestas diferentes que mantengan la unidad del país, respetando su múltiple diversidad, recién entonces será posible y aconsejable convertir la experiencia desarrollada, en norma u orientación replicable en otros ámbitos que presenten características y condiciones semejantes. La elaboración de normas, reglas o leyes anteriores a la experiencia corren el riesgo de ser prematuras y carecer del soporte que les confiere la experiencia y participación de la población en su aplicación a nuestra realidad multicultural. Se propone un plan piloto para la municipalización de la gestión educativa que se está elaborando en atención a los lineamientos de política vigentes y busca generar modelos de gestión educativa que estimulen y orienten el accionar de las municipalidades distritales y las instituciones educativas. A partir de ellas y de su actuación cohesionada, se responderá a las necesidades y dificultades de la educación. 2. MARCO LEGAL • El primer párrafo del Artículo 16º de la Constitución Política del Perú señala que tanto el sistema como el régimen educativo son descentralizados. El sistema educativo, considerando los principios y normas que regulan la educación, debe, por lo tanto, ser descentralizado. Lo mismo ocurre con el régimen educativo. Tratándose de una nación multiétnica, pluricultural y donde existen circunscripciones territoriales claramente definidas, es menester adecuarlo a las condiciones de cada quien y en cada lugar para evitar la inequidad educativa. • El Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la educación es una competencia compartida entre los niveles de gobierno: nacional, regional y local. Asimismo, presenta 20 competencias y funciones específicas y compartidas que tienen las municipalidades en materia de educación, cultura, deporte y recreación sujetos a transferencia por el Gobierno Nacional, hecho que todavía no se ha realizado. • El Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, indica que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, uno de los cuales es la prestación de servicios públicos, dentro de los que está incluida la educación. • El Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y los planes nacionales y regionales de desarrollo. • El segundo párrafo del artículo 16º de la Constitución Política del Perú indica que el Estado coordina la política educativa, formula los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su
  • 2. cumplimiento y la calidad de la Educación. El Estado, a través de sus instancias administrativas correspondientes, debe coordinar la política educativa, la forma cómo se conduce el sistema, el régimen y los objetivos perseguidos. • En materia de educación, el Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, deben coordinar sus acciones con las Municipalidades de acuerdo a lo señalado en su Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General de Educación. 3. CARACTERÍSTICAS DE LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA • La Municipalización de la Gestión educativa establece una nueva dinámica de desarrollo de la educación. Como referencia, la unidad mínima de planificación de desarrollo es el distrito y su Gobierno Local Distrital. Distrito Periodo 2011 - 2015 • Introduce cambios notables en la gestión del sistema educativo: Descentraliza la toma de decisiones en materia de educación, restituye el ejercicio del poder a una instancia de gobierno más próxima a la población beneficiaria más conocedora de ella, más identificada con su destino y, por tanto, más comprometida con el logro de sus objetivos de desarrollo. Asimismo, otorgará nuevo y mayor dinamismo al proceso de descentralización y contribuirá a la real transferencia de funciones, recursos, capacidades y decisiones del Gobierno Regional, de las DREs y de las UGELs a los distritos. • El Gobierno Local será quien participe directamente en la gestión de las instituciones educativas tomando las principales decisiones en el ámbito pedagógico, institucional y administrativo para mejorar la calidad del servicio educativo. • La sociedad participará directamente en la gestión por medio de los Consejos Educativos Institucionales, tomando igualmente las principales decisiones en el ámbito pedagógico, institucional y administrativo para mejorar la calidad del servicio educativo. • El Estado participa, a través de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas (II.EE, UGEL, DRE y MED), transfiriendo capacidades, facultades y recursos, manteniendo una relación técnico normativa con el CEM. • Esquematizándose lo expuesto, se obtiene el diagrama siguiente: FORMAS DE ÓRGANOS ACTORES PARTICIPACIÓN GOBIERNO LOCAL CEM Ejecución Directa (Municipalidades Distritales) SOCIEDAD CEM Ejecución Directa (Comunidad Educativa) Relación técnico Instancias de Gestión ESTADO normativa Educativa Descentralizadas.
  • 3. La municipalización se iniciará con la aplicación de un Plan Piloto en el año 2007, que involucre solamente los niveles de inicial y primaria. • Las municipalidades que inician el plan piloto estarán ubicadas en departamentos de la costa, sierra y selva, norte, centro y sur del país. 4. EXIGENCIAS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL PROCESO DE MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA. • Adecuar las políticas nacionales y regionales y formular las propias en relación con el servicio educativo. • Conocer y aplicar la normatividad vigente sobre la educación. • Elaborar el Proyecto Educativo Local (PEL) sobre la base de las propuestas de las Instituciones Educativas. • Decidir, en acuerdo con las Instituciones, los modelos de organización y funcionamiento del servicio. • Proponer metas y superar los indicadores de eficiencia educativa en su jurisdicción (cobertura, inclusión, retención y calidad) • Proporcionar los lineamientos para la adecuación del currículo de acuerdo a la realidad local. • Liderar la erradicación del analfabetismo en su jurisdicción. • Impulsar el conocimiento y práctica de los que significa comunidad educadora. • Impulsar la cultura de evaluación de resultados de la educación. • Normar y orientar los procesos de selección y contratación de personal docente, administrativo y directivo de las Instituciones Educativas. • Promover y apoyar la conformación del centro de investigación pedagógica y actualización en Docencia que será conducido por los docentes de la jurisdicción apoyados por el MED y con soporte de Centros Académicos y de educación superior nacionales y Extranjeros. • Promover la creciente participación de padres de familia y comunidad en general, en la educación de sus hijos y en el mantenimiento y mejoramiento de los servicios educativos. • Fomentar la política de transparencia en la gestión de las instituciones educativas. • Conformar la red de bibliotecas escolares de barrios, clubes, centros poblados; coordinadas por la biblioteca municipal y apoyada por la Biblioteca Nacional. • Dotar, mantener y actualizar permanentemente el mobiliario y equipos. • Construir, mantener y reparar los locales escolares. • Supervisar y monitorear el servicio. • Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para la capacitación de docentes, administrativos y directivos para la aplicación de propuestas innovadoras de la educación. • Ampliar las fuentes de financiamiento de la educación. • Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para mejorar la infraestructura, el mobiliario, el equipo, así como para la capacitación de docentes, administrativos y directivos. • Considerar a los egresados del sistema educativo dentro de los Planes de Desarrollo socio- económico. 5. CORRESPONDE A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Tomar las decisiones y acciones en materia - pedagógica, institucional y administrativa de la educación. Organizar la Institución Educativa. - Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI - y el Plan de trabajo. Diversificar el currículo básico. - Organizar los equipos pedagógicos. - Definir los métodos de enseñanza - - aprendizaje. Definir los recursos educativos (Materiales - textos y otros).
  • 4. Evaluar su presupuesto. - Evaluar, conjuntamente con el CONEI, al Personal docente y administrativo para su - ingreso, ascenso y permanencia en el servicio. Rendir cuentas y presentar informes de su gestión a la comunidad distrital. - 6. CORRESPONDE A LAS MUNICIPALIDADES Contratar al personal docente. - Diseñar y ejecutar el Proyecto Educativo - Local. - Promover la diversificación curricular incorporando contenidos de su realidad. - Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales escolares de su jurisdicción. - Apoyar la creación de redes educativas. - Promover y ejecutar los programas de alfabetización en coordinación con el Gobierno Regional. - Sostener centros culturales (bibliotecas y talleres de arte), deportivos y recreacionales. - Implementar sistemas de capacitación docente. - Impulsar la implementación del Centro de Capacitación Docente. 7. El MODELO • El órgano directivo del proceso de municipalización de la gestión educativa es el Consejo Educativo Municipal – CEM. • El Consejo Educativo Municipal - CEM es presidido por el Alcalde de la municipalidad distrital e integrado por los representantes de todos los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) de la jurisdicción municipal. • El Consejo Educativo Municipal CEM, contará con una Secretaria Técnica que será la encargada de implementar los acuerdos emanados de la asamblea del CEM. • El Consejo de Educación Municipal (CEM), cuenta con las funciones siguientes: Implementar las acciones de gestión - educativa (pedagógica, institucional y administrativa) en la jurisdicción Municipal. Dirigir la formulación, ejecución y - evaluación de los planes de corto y mediano plazo; asimismo, del presupuesto de la gestión educativa descentralizada. Velar por el cumplimiento de los - objetivos y metas del servicio educativo, estableciendo indicadores de medición que permitan evaluar y verificar el nivel de mejora de la calidad educativa. Promover acciones de capacitación a los docentes y directivos de las II.EE. - Autorizar el manejo presupuestal. - Establecer mecanismos de transparencia vigilante y rendición de cuentas de los - resultados de la gestión educativa descentralizada.
  • 5. Monitorear y evaluar el cumplimiento de las horas efectivas de clases en las Instituciones - Educativas. Coordinar con el MED, DRE y la UGEL el apoyo y asesoramiento para mejorar la calidad - educativa y el fortalecimiento y autonomía de las II.EE. Promover el cumplimiento de las funciones señaladas en el articulo 82º de la Ley - Orgánica de Municipalidades, en materia de educación. 8. PLAN PILOTO El Objetivo central de este Plan Piloto es ubicar a las Municipalidades Distritales como agentes principales, actores y responsables en la gestión de los servicios educativos que se desarrollan en el ámbito de su jurisdicción. Esto, lógicamente, se comienza por el nivel inicial y primaria . El plan piloto para la municipalización de la gestión educativa ha sido elaborado teniendo en consideración los lineamientos de política vigentes y busca generar modelos de gestión educativa que estimulen y orienten el accionar de las municipalidades distritales y las instituciones educativas. A partir de ellas y de su actuación cohesionada se responderá a las necesidades y dificultades de la educación. El Plan Piloto se realizará de manera ordenada, progresiva y gradual en tres etapas: Etapa de Iniciación (plan piloto 2007-2008); Etapa de Expansión (Aumento del número de distritos y provincias en la gestión educativa 2009–2010); Etapa de Generalización (Crecimiento significativo de distritos y provincias, en la totalidad con gestión educativa, período 2011-2015. Período I Etapa: II Etapa: 2007-2008 Iniciación Expansión III Etapa: Período Generalización 2009-2010 Período 2011 - 2015 Los niveles de educación participantes en el plan piloto son educación Inicial y Primaria. El Plan Piloto será iniciado en 55 municipalidades distritales, considerándose este el universo de atención del Plan Piloto. De ellas, dos distritos por cada región. Los criterios de selección establecidos para la selección de las municipalidades distritales del Plan Piloto han sido los siguientes: Voluntad favorable de la municipalidad para participar en el plan piloto Municipalidad cuenta con aprobación de la población El Distrito cuenta con condiciones básicas de Infraestructura, Equipamiento, Logística, etc. Servicio de comunicaciones y acceso vial al ámbito distrital. Municipalidades ubicadas en área urbanas, rurales, costa, sierra, selva, norte, centro, sur y frontera.
  • 6. En aspectos de gestión presupuestal constituye un objetivo de necesidad estratégica el logro de recursos provenientes de diversas fuentes (empresa privada y cooperación internacional) que se sumen a los recursos provistos por el Estado, a través del sector educación y otros sectores, a los aportes provenientes de la propia población, así como a los recursos captados a través de diversas actividades. Las labores de monitoreo, supervisión, seguimiento y evaluación demandarán previamente el esclarecimiento de su real sentido, significado y alcances, con el propósito de definir – de éstas funciones - cuál o cuáles desempeñará la Sede Central, qué y cómo debe hacerse para ello y prever las acciones necesarias para apoyar a otras instancias en el desempeño de las funciones que se les atribuya. Labor inevitable será elaborar los instrumentos y herramientas necesarias para hacerlo y prever la capacitación que se requiere para asumir en forma compartida estas tareas. La dirección y conducción del Plan Piloto exige decidir la(s) modalidad(es) de operación que tendrá en el plano nacional y en los diferentes espacios regionales, cuya elección debe garantizar la unidad y cohesión del plan y del proceso que genere y, al mismo tiempo, respetar las diferencias de características, necesidades y estilos propios de cada realidad y promover la participación protagónica de los principales agentes de este proyecto, desde su inicio y desde las bases reales del mismo. En el MED se conformará un equipo técnico que funcionará en la Oficina de Coordinación y Supervisión Regional, encargada de las tareas organizativas y operativas del Proceso de Municipalización. La Oficina de Coordinación y Supervisión Regional mantendrá permanente coordinación con el Consejo Nacional de Educación (CNE) y el Consejo Nacional de Descentralización (CND), a través del organismo pertinente, haciéndoles conocer los avances en la ejecución del plan y solicitando su opinión o intervención si fuera necesario. 9. FONDO DE COMPENSACIÓN PARA LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA – FONCOMUGE- Como parte de la estrategia para llevar a cabo con éxito el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa en Inicial y Primaria, se ha implementado el Fondo de Compensación que, como su nombre lo indica, servirá para superar las inequidades que existen por las diferencias de recursos de los distritos. 9.1. FINALIDAD El Fondo de Compensación para la Municipalización de la Gestión Educativa-FONCOMUGE, es un fondo orientado a superar la inequidad del servicio educativo que permita mejorar la gestión y calidad de la educación en el ámbito local. 9.2. OBJETIVO El FONCOMUGE está destinado a financiar proyectos de inversión educativa, mobiliario y equipamiento, mantenimiento de locales escolares, materiales educativos, programas de capacitación y asistencia técnica, apoyo a la ejecución del Proyecto Educativo Institucional e incentivos por el mejoramiento de la gestión educativa. El FONCOMUGE no está destinado al financiamiento de gastos corrientes de remuneraciones. 9.3. BENEFICIARIOS Los beneficiarios del FONCOMUGE son las Instituciones Educativas, docentes y estudiantes de educación inicial y primaria participantes en la municipalización de la gestión educativa, ubicados en los distritos de menores recursos.
  • 7. 9.4. LÍNEAS DE ATENCIÓN DEL FONCOMUGE Los recursos del FONCOMUGE se utilizarán principalmente para la atención de las siguientes líneas de acción: a. Construcción y mantenimiento de infraestructura educativa. b. Adquisición de mobiliario, equipamiento y laboratorios. c. Infraestructura deportiva. d. Programas de capacitación docente, a directivos, especialitas e integrantes del Consejo Educativo Municipal. e. Especialización y post grado docente. f. Programas de asistencia técnica. g. Becas a estudiantes destacados. h. Actividades del Proyecto Educativo Institucional. i. Materiales educativos. j. Implementación de bibliotecas escolares. k. Incentivos a la mejora de la gestión y calidad educativa. l. Bonos de reconocimiento a docentes y directivos por incremento de productividad. m. Apoyo a convenios de gestión educativa. n. Fomento y apoyo a la investigación educativa. o. Financiamiento de proyectos de innovación. p. Mejoramiento de la organización educativa. q. Racionalización de la gestión educativa. r. Fomento de la práctica recreativa y deportiva de la población. s. Apoyo a la implementación de acciones orientadas al establecimiento de una ciudad saludable y educadora. t. Participación ciudadana y rendición de cuentas. u. Otras líneas de acción involucradas en la mejora de la gestión educativa. 9.5. FUENTES DE FINANCIAMIENTO Los fondos del FONCOMUGE provienen del presupuesto nacional y de la cooperación privada nacional e internacional. 9.6. MECANISMOS DE ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS El Ministerio de Educación emitirá las directivas para la asignación y financiamiento - de las líneas de acción del FONCOMUGE. El Consejo Educativo Municipal-CEM presentará su solicitud ante el Ministerio de - Educación, acompañada del informe técnico correspondiente, y fundamentando la provisión de recursos para el financiamiento de la línea de acción solicitada. El Ministerio de Educación evaluará la solicitud presentada por el CEM y emitirá el - informe técnico sobre la viabilidad del financiamiento requerido. Con el informe técnico de viabilidad favorable, la fuente de cooperación autorizará la - ejecución y uso de los recursos en la implementación de la línea de acción solicitada. El CEM de acuerdo a un cronograma establecido deberá presentar al Ministerio de - Educación informes de avance y de resultado de la ejecución de la línea de acción y de su presupuesto. El Ministerio de Educación presentará a la fuente cooperante el informe de - resultados del uso de montos utilizados en el financiamiento de las líneas de acción del FONCOMUGE.
  • 8. MUNICIPALIZACIÓN DE LA GESTIÓN EDUCATIVA Alternativa RELACIÓN DE MUNICIPALIDADES PARTICIPANTES EN EL PLAN PILOTO 2007 Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 AMAZONAS Chachapoyas La Jalca 2 Asunción 3 ANCASH Huaraz Huaraz 4 Independencia 5 APURIMAC Andahuaylas Pacucha 6 Talavera 7 AREQUIPA Arequipa Cerro Colorado 8 Paucarpata 9 AYACUCHO Huanta Huamanguilla 10 Lauricocha 11 CAJAMARCA Cajamarca Encañada 12 Baños del Inca 13 CALLAO Ventanilla 14 Bellavista 15 CUSCO La Convención Echarate 16 Quimbiri 17 HUANCAVELICA Tayacaja Pampas 18 Colcabamba 19 HUÁNUCO Huánuco Amarilis 20 Chinchao 21 ICA Chincha Chincha Alta 22 Chincha Baja 23 JUNIN Concepción Santa Rosa de Ocopa 24 Comas 25 La Esperanza 26 LA LIBERTAD Trujillo Florencia de Mora 27 El Porvenir 28 LAMBAYEQUE Lambayeque Olmos 29 Motupe 30 LIMA METROPOLITANA Lima Miraflores 31 Surco 32 La Molina 33 Surquillo 34 Los Olivos 35 LIMA Cañete Pacarán 36 PROVINCIAS Imperial 37 LORETO Maynas Belén 38 San Juan Bautista 39 MADRE DE DIOS Tambopata Iñambari 40 Las Piedras 41 MOQUEGUA Mariscal Nieto Torata 42 Carumas 43 PASCO Pasco Paucartambo 44 Simón Bolívar 45 PIURA Morropón Santo Domingo 46 Chulucanas 47 PUNO Puno Huata
  • 9. 48 Ácora 49 SAN MARTIN San Martín Morales 50 Juan Guerra 51 TACNA Tacna Ciudad Nueva 52 Alto de la Alianza 53 TUMBES Tumbes San Jacinto 54 Corrales 55 UCAYALI Coronel Portillo Yarinacocha 56 Nueva Requena