Este documento presenta el proyecto de pliegos de condiciones para la selección abreviada de menor cuantía SAMEC No. 02 de 2012 del municipio de Betulia. El objetivo del proyecto es mejorar las condiciones ambientales de tres veredas mediante la construcción de 45 sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas. Se describe el cronograma del proceso de selección, el presupuesto de $60 millones de pesos, y los requisitos para la presentación de propuestas.
Construcción sistemas tratamiento aguas residuales
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PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
SAMEC Nº 01 DE 2012
MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMEC
Nº 01 DE 2012
CONFORME A LA LEY 80 de 1993, 1150 DE 2007, Y DECRETO 4828 DE 2012 Y 0734 DE 2012.
OBJETO: Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población
asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia
mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas
residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las
fuentes hídricas que se encuentran en el territorio."
BETULIA, NOVIEMBRE DE 2012
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Antes de preparar la propuesta, lea cuidadosamente los Pliegos de Condiciones. Esto evitará errores u
omisiones que impidan tener en cuenta su propuesta para el proceso de evaluación, verificación y
calificación.
Los proponentes deben estudiar minuciosamente toda la información contenida en el Pliego de
Condiciones y analizar las circunstancias que inciden en el cumplimiento de obligaciones, los costos y
el plazo de ejecución del proyecto.
De manera general, se recomienda al proponente tener en cuenta toda la información suministrada y
las condiciones de ejecución para la elaboración de la propuesta; observar todos los requerimientos
legales, jurídicos, técnicos y económicos señalados en este documento.
Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise si están debidamente firmados, actualizados, etc. Preséntelos siguiendo el orden señalado en
los Pliegos de Condiciones.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta. La vigencia y el valor asegurado no pueden ser
inferiores a los establecidos en el Pliego de Condiciones. Debe ser expedida a favor del MUNICIPIO
DE BETULIA. Revise que el objeto de la póliza coincida con el de la oferta que presenta.
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La oferta debe presentarla quien tenga la representación legal de la persona jurídica. Su nombre será
verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la Cámara de Comercio. Sí
usa una sigla ésta debe estar autorizada en el certificado de la Cámara de Comercio.
En desarrollo de la carga de sagacidad que corresponde al proponente, tiene la obligación de enterarse
en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes
que le suscite este Pliego de Condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena
fe deberá advertir a la Administración de los errores o inconsistencias que advierta en este documento.
CORRESPONDENCIA
Cualquier comunicación que envíen los proponentes al MUNICIPIO, deberá dirigirse de la siguiente
forma:
Señores
MUNICIPIO DE BETULIA
UMATA
Dirección: Carrera 20 No. 20-14
BETULIA – ANTIOQUIA
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL
1.1 OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
EL MUNICIPIO DE BETULIA está interesado en recibir propuestas para la CONVOCATORIA PUBLICA.
SAMEC No. 02 DE 2012 que se llevará a cabo bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE
MENOR CUANTÍA, en los términos previstos en la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, decreto 0734 de
2012 y demás normas reglamentarias, con el fin de seleccionar la propuesta más favorable para la
administración, que permita ejecutar el proyecto cuyo objeto es: "Contribuir con el mejoramiento de
las condiciones ambientales de la población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y
La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el
manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento
y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en el territorio"
1.2 RESOLUCIÓN DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección es ordenado por el Alcalde del MUNICIPIO DE BETULIA, mediante Resolución
de Apertura la cual será publicada conjuntamente con el Pliego de Condiciones Definitivo.
1.3 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución del contrato que se derive del presente proceso de Convocatoria,
será de Seis (06) Meses, contados a partir de la firma del acta de Inicio y de la
aprobación de las pólizas.
1.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
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El MUNICIPIO DE BETULIA cancelará el valor del contrato que se derive de esta Selección
0000000889 del 25 de Noviembre de 2012, por un valor de SESENTA MILLONES DE PESOS M/L ($
60´000.000.oo) Este valor incluye el precio básico de las obras y el A.U.
1.5 PRESUPUESTO OFICIAL
El MUNICIPIO DE BETULIA tiene previsto que el valor de las actividades objeto de la presente
SELECCIÓN ABREVIADA asciende a SESENTA MILLONES DE PESOS M/L ($ 60´000.000.oo) Valor
que incluye: el precio básico de las actividades y los costos de Administración y Utilidad (A.U). El valor
total corregido de la oferta NO podrá exceder dicho presupuesto oficial. Valor que estará a cargo del
CDP 0000000165 fechada el día 27/02/2012, bajo los rubros Nro.230306 Denominado Mejoramiento
sanitario Vivienda por un valor de $40´000.000 y el Nro.230313 Denominado RB Tanques Sépticos por
un valor de $20´000.000
1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El régimen jurídico aplicable a la presente CONVOCATORIA PUBLICA y al contrato que llegare a
celebrarse, será el previsto en el Pliego de Condiciones, en las disposiciones pertinentes de la Ley 80
de 1993, ley 1150 de 2007 y en sus decretos reglamentarios, en particular el decreto 0734 de 2012. Lo
que no se encuentra particularmente regulado, se aplicarán las normas comerciales y civiles vigentes.
De conformidad con lo establecido en el decreto 0734 de 2012, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá
expedir adendas prorrogando la fecha de cierre, antes de su vencimiento en caso que lo estime
conveniente o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan manifestado su
interés por participar. A partir de esta fecha, el comité de evaluación en base a las propuestas
presentadas elaborará el respectivo informe de evaluación, donde los proponentes podrán consultar y
realizar cualquier observación a las mismas, las cuales deberán presentarse dentro del término de su
publicación y solo se resolverá en la actividad que para tal fin se ha programado según el cronograma
de la presente convocatoria
Esta fecha será informada a través del Portal de Internet www.contratos.gov.co en caso de expedirse
comunicado que modifique la cronología inicial.
En cualquier momento el MUNICIPIO DE BETULIA puede hacer uso de la suspensión del procedimiento
o podrá reducir el plazo de las actividades del presente numeral cuando técnica o jurídicamente se
recomiende.
La carta de interés por participar y la inscripción por parte de los proponentes es requisito habilitante
para la entrega de propuestas, la cual especificará la fecha, el nombre o la razón social del Proponente,
su dirección para correspondencia, teléfonos y fax. El nombre, dirección, teléfonos y fax serán los que
se utilizarán por LA ENTIDAD, para todos los efectos relacionados con el trámite del Proceso de
selección.
Todas las observaciones que se quieran formular al proyecto de pliego, al pliego definitivo o al informe
de evaluación, deberán ser realizadas dentro del tiempo indicado para cada una de ellas, como se
indica en el cuadro anterior. No se aceptará ninguna otra observación en horas y fechas no
programadas.
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1.7 CRONOLOGÍA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
ACTIVIDAD FECHA LUGAR
PUBLICACIÓN DEL PROYECTO Del 29 de Noviembre de 2012, Portal Único de Contratación
DE PLIEGO DE CONDICIONES al 04 de Diciembre de 2012 Estatal www.contratos.gov.co
OBSERVACIONES AL PROYECTO Del 04 de Diciembre de 2012, al Comunicación escrita dirigida a la
DE PLIEGO DE CONDICIONES 07 de Diciembre de 2012 oficina de UMATA
RESPUESTA A LAS Del 10 al 11 de Diciembre de Portal Único de Contratación
OBSERVACIONES AL PROYECTO 2012 Estatal www.contratos.gov.co
DE PLIEGO.
RESOLUCION DE APERTURA 12 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación
Estatal www.contratos.gov.co
PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE 13 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación
CONDICIONES DEFINITIVO. Estatal www.contratos.gov.co
AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LA 14 de Noviembre de 2012 UMATA
ASIGNACIÓN DE RIESGOS
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE Del 15 al 17 de Diciembre de
CONDICIONES DEFINITIVO POR 2012 Comunicación escrita dirigida a la
PARTE DE LOS POSIBLES oficina de UMATA
OFERENTES.
RESPUESTA A LAS Diciembre 18 de 2012 Portal Único de Contratación
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE Estatal
CONDICIONES DEFINITIVO. www.contratos.gov.co
INSCRIPCIÓN DEL PROPONENTE Diciembre 19 de 2012 UMATA
PARA PARTICIPAR EN EL
PROCESO
VISITA AL SITIO DE LA OBRA Y Parque Principal
MANIFESTACION DE INTERES
APERTURA DEL PROCESO: 20 de Diciembre de 2012 UMATA
FECHA DESDE LA CUAL SE www.contratos.gov.co
PUEDEN PRESENTAR
PROPUESTAS
FIN DEL PLAZO PARA ENTREGA 26 de Diciembre de 2012 a las Archivo Municipal dirigido a la
DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL 5:00 p.m. Oficina de la UMATA
PROCESO
EVALUACIÓN DE LAS el 27 de Diciembre de 2012 Oficina de la UMATA
PROPUESTAS
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE 28 de Diciembre de 2012 Portal Único de Contratación
EVALUACIÓN. Estatal www.contratos.gov.co
OBSERVACIONES A LA 29 de Diciembre de 2012 UMATA
EVALUACIÓN
AUDIENCIA PUBLICA PARA LA 31 de Diciembre de 2012 a las UMATA
ADJUDICACIÓN DEL PROCESO 9:00 a.m
SUSCRIPCION DEL CONTRATO DENTRO DE LOS TRES DIAS
SIGUIENTES A LA
ADJUDICACION.
1.8 INFORMACIÓN DEL PROYECTO
A continuación se relaciona la información general del proyecto:
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INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL PROYECTO:
"Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población asentada en
las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia mediante la
construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas residuales de su
comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se
encuentran en el territorio"
El contratista deberá suministrar e instalar:
1. Suministro y transporte de tubería de 2". ml 685
2. Suministro y transporte de accesorios un 45 pozos
3. Suministro y transporte tubería 2" para descarga de efluente ml 342,9
5 .Dirección, Interventoría y gestor social (Mano de obra calificada) Un 1
Para el saneamiento de la Microcuenca San Mateo del Municipio de Betulia específicamente
en el área de influencia de las veredas La La Vargas, LA Urraeña y La Quiebra, se tiene
proyectada la construcción de 45 sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas,
cuya distribución según las capacidades es la siguiente: 44 de 1500 a 1800 litros y 1 de 2300
a 2500 litros. Con la construcción de estos sistemas se logra el beneficio de 45 familias cuya
población total es de 203 habitantes.
Los sistemas a instalar constan de una solución integrada por un tanque séptico y un FAFA
(filtro anaerobio de flujo ascendente), fabricado en Poliéster reforzado con fibra de vidrio
(P.R.F.V.).
El tanque cuenta con dos o tres compartimentos horizontales o verticales con flujo hidráulico
horizontal, en los cuales se efectúan los siguientes procesos: en el tanque séptico se realiza
la sedimentación y retención de sólidos en suspensión y como subproducto se generan unas
natas que se acumulan en la superficie y lodos que se depositan en el fondo, y en el FAFA se
efectúa el tratamiento anaeróbico de la fase líquida, mediante el paso a través de un lecho
filtrante (materiales sintéticos) el cual cumple el proceso biológico de digestión anaeróbica de
la materia orgánica no sedimentada en el tanque séptico. El sistema deberá incluir trampa de
grasas y sistema para drenaje de lodos.
Una vez ubicado el sitio donde será instalado el sistema séptico y FAFA se debe definir una
de las siguientes opciones para la disposición final del efluente:
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- Descarga a una fuente superficial de agua.
- Conexión a pozo de absorción (depende del resultado del ensayo de percolación).
Los tanques deberán suministrarse con los accesorios necesarios para los empalmes de
entrada y salida de las aguas, los dispositivos para recolección de gases, el drenaje de lodos
para los compartimentos y estos deben tener acceso mediante tapas superiores de fácil
remoción para realizar las operaciones de limpieza y mantenimiento al interior del mismo.
El proponente que resulte favorecido deberá entregar a la interventoría, para revisión y
aprobación, la ficha técnica con la descripción del sistema séptico a ser instalado en la cual se
incluya la norma de fabricación que cumple, la cual debe estar acorde con las especificaciones
técnicas suministradas por CORANTIOQUIA.
1.8.1 Localización
veredas La La Vargas, LA Urraeña y La Quiebra, se tiene proyectada la construcción de 45
sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas, cuya distribución según las
capacidades es la siguiente: 44 de 1500 a 1800 litros y 1 de 2300 a 2500 litros. Con la
construcción de estos sistemas se logra el beneficio de 45 familias cuya población total es de
203 habitantes.
1.8.2 Atención administrativa del MUNICIPIO DE BETULIA
Para efectos de la presente Convocatoria pública, el MUNICIPIO DE BETULIA tiene previsto adelantar
la atención administrativa en el siguiente sitio: ALCALDÍA MUNICIPAL DE BETULIA ANTIOQUIA,
UMATA - MUNICIPAL.
Para efectos de la radicación de cualquier documento o comunicación dirigida al MUNICIPIO DE
BETULIA en desarrollo del presente proceso, el proponente deberá tener en cuenta que para que
dichos documentos sean considerados por el MUNICIPIO DE BETULIA es necesario que éstos
cuenten con la respectiva radicación de correspondencia del MUNICIPIO.
NOTA: Todos los documentos a radicar en el archivo Municipal deberán venir debidamente foliados,
incluir el radicado de las solicitudes enviadas a las que hacen referencia en su respuesta, citar proceso
de selección al que se dirige y asunto o referencia de manera clara y amplia.
1.9 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES
La consulta del Pliego de Condiciones podrá hacerse durante el plazo de la Convocatoria Pública en el
MUNICIPIO DE BETULIA en la UMATA y en el Portal Único de Contratación Estatal.
1.10 REQUISITOS PARA PARTICIPAR
1.10.1. Inhabilidades e incompatibilidades
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Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad para contratar a que se refiere la Constitución Política, el artículo 8º de la Ley 80 de
1993 y normas concordantes. El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la propuesta que
no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades.
Personas jurídicas nacionales y extranjeras y personas naturales extranjeras. Las personas jurídicas
(nacionales y extranjeras) deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo de ejecución del
contrato y por lo menos un (1) año más. En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales,
cada uno de sus integrantes (personas jurídicas) deberá cumplir individualmente con esta regla.
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas
privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado
domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del
contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo
22.4 de la Ley 80 de 1993. Los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este
numeral, deberán presentarse legalizados, tal como lo establece el inciso 2 del numeral 22.4 del
artículo 2 de la Ley 80/93, en concordancia particularmente con los Artículos 259 y 260 del Código de
Procedimiento Civil y el Art. 480 del Código de Comercio.
1.10.2. Una propuesta por proponente
Cada proponente deberá presentar solamente una propuesta, ya sea por sí solo, o como integrante de
un consorcio o unión temporal, de lo contrario ninguna de las propuestas presentadas a su nombre será
tenida en cuenta para evaluación y calificación.
1.10.3 Inscripción en el registro único de proponentes en la cámara de comercio
En el presente proceso podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
en forma individual, o en Consorcio o en Unión Temporal, inscritas en el Registro Único de
Proponentes de la Cámara de Comercio.
De conformidad con el Artículo 4 del Decreto 856/94, cada uno de los miembros o partícipes de
Consorcios o Uniones Temporales deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes.
Inscripción de Personas Extranjeras: Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las
personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán
aportar el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde
tienen su domicilio principal, o en su defecto en el RUP de la Cámara de Comercio de Colombia, de
acuerdo con las reglas establecidas en el inciso final del artículo 3 del Decreto 856 de 1994, de
acuerdo con lo exigido al efecto en el capítulo II (DOCUMENTOS Y PRESENTACIÓN DE LA
PROPUESTA), de este Pliego de Condiciones.
1.10.4. Consorcios, Uniones Temporales o Promesa de Sociedad
Cuando la participación se haga por alguna de estas modalidades definidas en el artículo 7º de la Ley
80 de 1993, los proponentes indicarán si es a título de Consorcio, Unión Temporal o Promesa de
Sociedad, y para el segundo caso, señalarán los términos y extensión de la participación en la
propuesta, y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento
del Municipio de BETULIA.
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8. Código: CON-FR-02
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Los miembros del Consorcio, de la Unión Temporal, o de Promesa de Sociedad, deberán designar la
persona que, para todos los efectos lo(a) representará y señalarán las reglas básicas que regulen las
relaciones entre ellos y su responsabilidad.
La propuesta debe estar firmada por el representante legal del Consorcio, Unión Temporal o Promesa
de Sociedad.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en el
código de Comercio, con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato
estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la Ley 80 de 1993
para los Consorcios
1.11 PLAZO Y CIERRE DEL PROCESO
El proponente podrá presentar su propuesta únicamente durante el plazo indicado en la cronología del
proceso de selección y en el sitio previsto para ello.
Una vez cerrado el plazo para la presentación de las propuestas, estas serán dirigidas al comité de
evaluación en sobres sellados con el fin de realizar el respectivo informe de evaluación, el cual será
publicado dentro de las fechas establecidas de conformidad con el decreto 0734 del 2012.
Lo anterior significa que las propuestas se recibirán en el archivo Municipal donde se radicaran,
dejando constancia de la fecha y hora exacta de su entrega y luego serán trasladas a la UMATA. En
esta diligencia no se llevará a cabo audiencia alguna. No obstante a lo anterior, cualquier interesado
podrá dejar constancias escritas de lo que estime pertinente.
Agotado este procedimiento se advierte a los proponentes y a todas las personas interesadas que las
ofertas son públicas y que tienen derecho a consultarlas a su consta.
Mediante carta dirigida en forma física al Director (a) de la UMATA Municipal, los oferentes podrán
solicitar copias de las propuestas presentadas.
1.12 INTERPRETACIÓN DEL DOCUMENTO REGLA
La información contenida en este documento regla, sustituye totalmente cualquier información que por
medio de avisos, cartas o cualquier otro sistema pudiese haber suministrado LA ENTIDAD, o sus
representantes con anterioridad a la fecha de apertura del presente proceso de selección. Por
consiguiente, todas las informaciones preliminares que en cualquier forma haya recibido el proponente
o cualquiera otra persona, o entidad interesada quedan sin ningún valor.
Los proponentes deberán examinar cuidadosamente todos los documentos e informarse cabalmente de
todas las circunstancias que puedan afectar el trabajo, su costo y su tiempo de ejecución.
Es entendido que los documentos, se complementan mutuamente de tal manera que lo indicado en uno
de ellos se tomará como indicado en todos.
Si el proponente encuentra discrepancias u omisiones en cualquiera de los documentos incluidos, los
términos y las especificaciones o tiene alguna duda acerca de su significado, deberá solicitar aclaración
por escrito por lo menos un (1) día hábil antes del cierre del proceso de selección, y LA ENTIDAD de
igual manera hará las aclaraciones que considere pertinentes, y la respuesta se dará mediante
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comunicación escrita a todos los proponentes que hayan retirado el presente documento. La falta de
respuesta por parte de LA ENTIDAD no podrá interpretarse como aceptación tácita de las
observaciones y por consiguiente los términos de los documentos conservan plena validez, mientras no
sean modificados expresamente por LA ENTIDAD. Las interpretaciones, o deducciones que el
proponente haga de las estipulaciones de los documentos exigidos serán de su exclusiva
responsabilidad.
La presentación de la propuesta será evidencia de que el proponente estudió, conoce y acoge
completamente la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios en especial el
decreto 0734 de 2012 y normas auxiliares.
1.13 AUDIENCIA PARA ACLARACIONES
Se celebrará una audiencia el día y hora señalada en la cronología del proceso de selección, de
conformidad con el decreto 0734 de 2012. El objeto de la audiencia es precisar el contenido y alcance
de los documentos del proceso de contratación y de oír a los interesados. De esta audiencia se
levantará un acta suscrita por los que en ella intervinieron. Como resultado de lo debatido en la
audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la entidad expedirá las
modificaciones pertinentes al documento regla y prorrogará, si fuere necesario, el plazo del proceso de
selección. La audiencia se llevara a cabo siempre y cuando se presenten observaciones al Pliego de
Condiciones en las fechas estipuladas en el cronograma.
1.14 RIESGOS PREVISIBLES
Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar
es factible su ocurrencia, así:
a) Variación de cantidades de obra
b) Calidad de los materiales
c) Falta de idoneidad de la mano de obra
d) Equipo utilizado
e) Proceso constructivo
f) Programa de trabajo
g) Daños a bienes ajenos y a terceros
h) Accidentes de trabajo
i) Condiciones climáticas adversas
j) Manejo socio-ambiental de las obras
k) Daños causados por terceros, o deterioro, en obras ejecutadas y aún no recibidas
l) Inadecuado manejo e incorrecta inversión del anticipo
m) Incumplimiento de obligaciones laborales
n) Financiero
o) Cambios normativos o de legislación tributaria
p) Hurto y vandalismo
Con el fin de revisar la asignación de los riesgos previsibles, los proponentes podrán presentar
observaciones con respecto al presente numeral y enviarlas por escrito dirigida a la UMATA, en este
caso se celebrará una audiencia con todos los interesados en la fecha estipulada en el cronograma de
la convocatoria pública, en la cual se levantará un acta de conformidad con el decreto 0734 de 2012.
En caso que no se presenten observaciones, la presentación de la oferta por parte de los proponentes
implicará la aceptación de la distribución de los riesgos previsibles.
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1.15 MODIFICACIÓN AL DOCUMENTO REGLA
Cualquier aclaración o modificación a los documentos del proceso de selección o el aplazamiento de la
fecha de cierre del mismo que LA ENTIDAD considere oportuno hacer, será notificada por medio de
adendas publicadas en la página Web www.contratos.gov.co Estas aclaraciones y modificaciones
quedarán formando parte del documento regla.
1.16 PERMISOS Y PATENTES
El Contratista será responsable por toda reclamación que pueda presentarse por la violación de
patentes utilizadas durante la ejecución del contrato y serán por su cuenta todos los gastos que puedan
ocasionarse por tal concepto.
1.17 RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
Ningún proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre de presentación de
oferta. LA ENTIDAD puede pedir aclaraciones, o informaciones adicionales a cualquiera de los
proponentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para los mismos el
derecho a modificarlas, o adicionarlas.
1.18 APERTURA DEL PROCESO
La apertura del proceso de CONVOCATORIA PUBLICA se llevará a cabo en la Oficina de la UMATA
DE BETULIA, en la hora y fecha señaladas en la cronología del proceso.
1.19 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe
reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números
telefónicos: (1) 5601095, (1) 5657649, (1) 5624128; vía fax al número telefónico: (1) 5658671; la línea
transparente del programa, a los números telefónicos: 018000913040 o (1) 5607556; en el correo
electrónico: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de
Internet: www.anticorrupción.gov.co, correspondencia o personalmente, en la dirección Carrera 8 No 7–
27, Bogotá, D.C.
1.20 VEEDURÍAS CIUDADANAS.
El Municipio de BETULIA convoca a las veedurías ciudadanas para que intervengan y desarrollen su
actividad durante las etapas pre-contractual, contractual y post-contractual en el presente proceso de
selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del decreto 2170 de 2002 y el artículo 66
de la Ley 80 de 1993, para ello pueden consultar los documentos que hagan parte del proceso en la
página en la página Web del Portal Único de Contratación - SECOP: www.contratos.gov.co
CAPITULO II
DOCUMENTOS Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
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La propuesta debe ser presentada en original y Una copia, y tanto la parte técnica como la económica
deben ser presentadas en un solo documento.
El original de la oferta será mecanografiado o escrito en tinta indeleble, foliada y firmada por el
Representante Legal de la firma proponente o por una o más personas debidamente autorizadas para
presentar propuesta de conformidad con la documentación presentada sobre existencia y
representación legal. Si el Representante Legal no es Ingeniero Civil, Ambiental o Sanitario, la
propuesta deberá ser abonada por un profesional con experiencia mayor a 12 años demostrado con la
tarjeta profesional, quien firmará la carta de presentación de la propuesta junto con el representante
legal, debidamente matriculado y con tarjeta profesional, en cualquiera de las profesiones
mencionadas. Debe presentar la vigencia de la matrícula profesional quien ostentara el cargo de
director de obra.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras, ni tachaduras, salvo cuando fuere
necesario para corregir errores del proponente, en cuyo caso las correcciones deberán llevar las
iníciales de la(s) persona(s) que firma(n) la oferta. En caso contrario las correcciones se entenderán
como no efectuadas.
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su
propuesta, y el MUNICIPIO DE BETULIA, en ningún caso, será responsable de los mismos.
2.1 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana,
acerca de los temas objeto de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego
de Condiciones.
Las propuestas deben ser presentadas en original y dos copias, en idioma español, escritas por
cualquier medio mecánico; se deben numerar todas las hojas que contiene la oferta en la parte inferior,
cada una de ellas conformará un folio. En caso de discrepancia entre el contenido de la propuesta
original y las copias, primará para efectos de verificación los documentos contenidos en la propuesta
original.
La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo
de la presente Convocatoria Pública, en la fecha señalada en la cronología, numeral 1.7 del presente
pre-pliego en la siguiente dirección: Carrera 20 No. 20-14 Municipio de BETULIA Antioquia, dentro del
plazo fijado para la Convocatoria, en original.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax ni correo electrónico.
La propuesta debe contener un índice en el que se identifique en forma clara la documentación de la
oferta y el folio o folios a que corresponde.
En el momento en que exista una incongruencia en la propuesta, es decir, que una parte de la misma
establezca algo que se contradiga en otra parte, el MUNICIPIO DE BETULIA podrá solicitar las
aclaraciones pertinentes. Toda tachadura y/o enmendadura en la oferta debe estar convalidada con la
firma del oferente al pie de la misma, para ser tenida en cuenta por el MUNICIPIO DE BETULIA.
NOTA: El MUNICIPIO DE BETULIA para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta
lo estipulado en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994 el cual consagra: "De las personas inhabilitadas
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por razón de la presentación de otras ofertas - para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil
en virtud de los literales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con
anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos
ordinales, para lo cual, las Entidades Estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de
la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del
proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto
de presentación”.
Solo se recibirán las propuestas que sean entregados en la fecha establecida en el cronograma del
proceso o en la fecha establecida mediante adenda que modifique la cronología.
En cada sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se dirigirá en la
siguiente forma:
MUNICIPIO DE BETULIA
Dirección: Carrera 20 No. 20 - 14
Municipio de BETULIA-ANTIOQUÍA
CONVOCATORIA PÚBLICA BAJO LA MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA DE
MENOR CUANTÍA SAMEC Nº 02 DE 2012
Objeto: " Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la
población asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del
Municipio de Betulia mediante la construcción de sistemas individuales para el
manejo y tratamiento de aguas residuales de su comunidad, a su vez contribuir
al saneamiento y manejo integral de las fuentes hídricas que se encuentran en
el territorio"
Propuesta Original/Copia
Nombre del Proponente
Identificación del Proponente
2.2 PROPUESTAS PARCIALES
Para esta Convocatoria pública, NO se aceptarán propuestas incompletas, es decir que solo coticen
algunas de las actividades solicitadas.
2.3 PROPUESTAS ALTERNATIVAS
Se aceptaran propuestas alternativas que no condicionen la suscripción del contrato.
2.4 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse
acompañados de una traducción oficial a dicho idioma.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma
prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de
Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de
1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
2.4.1 Consularización
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De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados
en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma
de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación
amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al
autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la
sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 No. 98-55
Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
2.4.2 Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo
previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este
numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de
octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros,
aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el
certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona
firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Si la apostille está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una
traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas
vigentes.
2.5 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en
el término señalado para sub sanabilidad de documentos, la convalidación y homologación de estos
títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación
los trámites requeridos.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que
pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia.
2.6 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA
De conformidad con lo dispuesto por la Ley 842 de 2003, el proponente que ofrezca personal
profesional titulado y domiciliado en el exterior, deberá acreditar en el término señalado para la sub -
sanabilidad de documentos, la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería
y sus Profesiones Auxiliares para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En su defecto,
deberá acreditar la solicitud de permiso radicada ante el mismo organismo con el lleno de los requisitos
exigidos. Para estos efectos, el proponente deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites
correspondientes.
2.7 INFORMACIÓN RESERVADA
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Si dentro del Sobre de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el
carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y
precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición
legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las
propuestas, el MUNICIPIO DE BETULIA se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada
información a sus funcionarios, empleados, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, el MUNICIPIO DE BETULIA, sus funcionarios, empleados, agentes y asesores están
obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que
haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no
citarse las normas que amparan ese derecho, el MUNICIPIO DE BETULIA no tendrá la obligación de
guardar reserva respecto de la misma.
2.8 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Los proponentes se deben presentar bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando
cumplan las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones:
Individualmente, como:
(a) Personas naturales nacionales o extranjeras
(b) Personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas,
previamente a la fecha de apertura de la Convocatoria.
Conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de
1993.
Todos los Proponentes deben:
a) Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta
b) Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato
c) Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la oferta y para todo el
tiempo de ejecución del contrato y un año más
d) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las
leyes de Colombia, en especial las previstas en la Ley 80 de 1993
e) No estar incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación
f) No estar en un proceso de liquidación obligatoria o forzosa
g) No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la
Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38
de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. Dicha
afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la carta de presentación de la
Propuesta, sin perjuicio de anexar los documentos solicitados.
Ninguna persona podrá formar parte de más de un Consorcio o Unión Temporal que presenten
Propuesta para la presente Convocatoria. De la misma manera tampoco podrá una persona presentar
más de una oferta en la Convocatoria o hacer una combinación de estas dos posibilidades –individual o
conjuntamente-. En caso que se incurra en esta prohibición, por sí o por interpuesta persona, el
MUNICIPIO DE BETULIA rechazará las ofertas.
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Apoderado
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin
domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente
facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes
instancias de la Convocatoria, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el
Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el
presente Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que
participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la
presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal
con los requisitos señalados en el presente pliego relacionados con la autenticación, Consularización y
traducción; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se
refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Las personas naturales y jurídicas nacionales deben actuar: Persona natural a nombre propio, Persona
jurídica a nombre de su representante legal y los consorcios o uniones temporales a nombre del
representante que ellos designen. No podrán hacerlo a través de un apoderado para obrar en su
nombre y representación y para comprometerlo en la presentación de la propuesta y la celebración,
ejecución y liquidación del contrato que se desprenda de este proceso de contratación.
La propuesta se presentará como se estipula a continuación:
2.8.1 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
El proponente deberá incluir los documentos que se relacionan a continuación, y la omisión de aquellos
necesarios para la comparación de las propuestas o la escogencia de los contratistas, impedirá tenerla
en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación, concordante con el decreto 0734 de 2012.
2.8.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Se elaborará a partir del modelo suministrado en el Formulario No. 1 del presente Pliego de
Condiciones, suscrita por el proponente o representante legal y adjuntando copia de la matrícula
profesional como Ingeniero Civil, Sanitario o Ingeniero Ambiental y original de la certificación de
vigencia de la misma expedida con antelación no de más de seis meses, contados a partir de la fecha
de apertura de la presente Convocatoria. Si el proponente o representante legal no posee título
académico en estas profesiones, la propuesta deberá ser abonada por Ingeniero civil o Ingeniero
Ambiental con experiencia mayor a 12 años demostrado con la tarjeta profesional, quien firmará la
carta de presentación de la propuesta junto con el representante legal, respaldada con copia de su
respectiva matrícula profesional, quien además debe ostentar el cargo de Director de Obra. En virtud
de lo previsto en la Ley 842 de 2003, quien deberá cumplir con los requisitos antes enunciados.
En caso de Unión Temporal ó Consorcio se aplicará la exigencia anterior para el representante legal de
la sociedad de hecho.
La presentación del original del Certificado de Vigencia de la Matrícula Profesional en un proceso, será
válida para los demás procesos que tengan fecha de cierre dentro de los seis (6) meses siguientes al
primero, aportando para el efecto fotocopia de la certificación e informando el número del proceso en el
cual se aportó el original, esto siempre y cuando la misma se encuentre vigente.
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En el formato de carta de presentación de la propuesta, es indispensable incluir el número de Fax,
correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los
requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
El formato deberá expresar el reconocimiento y asunción, por parte del proponente, de los riesgos
previsibles que puedan surgir en la ejecución del contrato, incluidos los riesgos ambientales.
2.8.1.2. CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Se diligenciará de acuerdo con el modelo suministrado en el presente pliego de condiciones, teniendo
en cuenta lo siguiente:
a) En caso que el proponente sea un consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de cada
uno de sus integrantes, dichos porcentajes no podrán ser modificados durante la etapa de
selección (precontractual).
b) En caso que el proponente sea una unión temporal indicará el porcentaje de participación y
señalará los términos y la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del
contrato de cada uno de sus integrantes, dichos porcentajes no podrán ser modificados durante
la etapa de selección (precontractual), en la etapa contractual no podrán ser modificados sin el
consentimiento previo del MUNICIPIO DE BETULIA. La extensión de la participación se indicará
en función del porcentaje de participación en la ejecución en el proyecto. Lo anterior de
conformidad con el numeral 2 del artículo 7 de la ley 80 de 1993, toda vez que las sanciones por
el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de
acuerdo con la participación en la ejecución del contrato, de cada uno de los integrantes de la
unión temporal.
c) Los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal responderán solidariamente por todas y
cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato; deberán designar a un
representante del Consorcio o de la Unión Temporal.
2.8.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá
comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de
Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en
Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de
su país de origen.
El certificado deberá contener la siguiente información:
Fecha de expedición no Mayor a Treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo de la
presente Convocatoria pública.
El objeto social de la sociedad deberá incluir las actividades principales objeto de la presente
Convocatoria pública.
La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de cierre del plazo de la presente Convocatoria
pública, no será inferior al plazo establecido para la ejecución del contrato y cinco (5) año más.
Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la
misma, deberá adjuntarse a la propuesta el documento de autorización expresa del órgano
competente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá
comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio,
el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.
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Las personas jurídicas extranjeras acreditarán lo pertinente mediante un certificado expedido por la
autoridad competente en el país de su domicilio, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los
Cuarenta y Cinco (45) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta, en el
que conste su existencia, y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o
personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. Si el
representante legal tuviere limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar
cualquier otro acto requerido para la contratación, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta
en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera,
que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los
demás actos requeridos para la contratación.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado, o
si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país
de origen, sede del oferente, la información deberá presentarse en documento independiente emitido
por el representante del máximo órgano directivo de la empresa proponente.
Si la Propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se
encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad
legal de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de
existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República
de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser
dentro de los Treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta. Cuando el
representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el
Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación, se deberá presentar en la
Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente
de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y
la realización de los demás actos requeridos para la contratación.
Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de
copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de
copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente. El poder debidamente
otorgado al apoderado del Proponente, si es del caso.
2.8.1.4. Contribuir con el mejoramiento de las condiciones ambientales de la población
asentada en las veredas La Vargas, La Urraeña y La Quiebra del Municipio de Betulia
mediante la construcción de sistemas individuales para el manejo y tratamiento de aguas
residuales de su comunidad, a su vez contribuir al saneamiento y manejo integral de las
fuentes hídricas que se encuentran en el territorio
El proponente, sea persona natural o jurídica que desee participar en la presente Selección
Abreviada, deberá estar inscrito en la Cámara de Comercio en la Actividad - CONSTRUCTOR Y
PROVEEDOR y con clasificaciones 2521, 4530 y 7122, además deben estar relacionados con el
objeto de la presente convocatoria. Según el decreto 734 del 13 de abril de 2012.
De lo contrario se considera NO ADMISIBLE
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberán
poseer, la actividad y clasificación exigidos en este pliego de condiciones.
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Si el proponente es extranjero deberá acreditar este requisito con el registro correspondiente en el
país donde tengan su domicilio principal, dicho documento debe ser presentado de acuerdo con lo
previsto en las leyes colombianas. En caso de no presentar este documento, o no tener definida su
capacidad de contratación en él, deberá presentar la certificación de inscripción en el registro de
proponentes de la Cámara de Comercio de Colombia, en la actividad y clasificación exigidos. Este
certificado deberá tener una fecha de expedición no inferior a Treinta (30) días anteriores a la fecha
de cierre del plazo de la presente Convocatoria pública.
2.8.1.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
A fin de poder participar en esta Convocatoria, los oferentes podrán otorgar, como mecanismos de
cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías:
a) Póliza de seguros
b) Fiducia mercantil en garantía
c) Garantía bancaria a primer requerimiento
d) Endoso en garantía de títulos valores
e) Depósito de dinero en garantía.
Todas las anteriores garantías deberán ser por valor equivalente, como mínimo, al 10% (aproximado al
peso por exceso o por defecto) del valor total del PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO para la
Convocatoria, válidas como mínimo por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de
cierre de la Convocatoria. En caso de prorrogarse el plazo de la Convocatoria, el proponente deberá
mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de las
garantías por el término adicional que señale el MUNICIPIO. La garantía bancaria o póliza de seguros
deberá ser expedida por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia.
Cuando se trate de una póliza, deberá estar acompañada del RECIBO O CONSTANCIA DEL PAGO DE
LA PRIMA O CONSTANCIA DE QUE LA PÓLIZA NO EXPIRARÁ POR FALTA DE SU PAGO O POR
REVOCACIÓN UNILATERAL (Artículo 7º Ley 1150/07 ). Cuando la propuesta la presente un Consorcio
o Unión Temporal, la Garantía deben ser tomada a nombre de CADA UNO DE LOS INTEGRANTES
DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, y no a nombre del Representante de la forma asociativa o
del Consorcio o de la Unión Temporal.
Las garantías deberán cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los
siguientes eventos:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término
previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término
previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no
excedan un término de tres meses
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de
cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del
contrato
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las
propuestas
La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos
como requisitos de legalización del contrato
Lo anterior teniendo en cuenta el decreto 4828 del 2012, en sus artículos 3 y 4.
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2.8.1.6. FOTOCOPIA DE LAS ADENDAS RECIBIDAS. (En caso de su existencia)
2.8.1.7. CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
a) Cuando el proponente sea una persona jurídica , deberá presentar una certificación en original,
expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por
el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, del
pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y
aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio
Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha y hora de cierre del presente
proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos
seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de
efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida,
deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad
con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea
persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido.
Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo
contrato la certificación donde se acredite el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones,
riesgos profesionales y los aportes parafiscales correspondiente a la fecha de suscripción del mismo.
b) Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar bajo la gravedad de juramento una
declaración donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos
profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha y
hora de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes
a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya
causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad
con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea
persona natural, deberá aportar la declaración aquí exigida.
Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo
contrato la declaración donde se acredite el pago correspondiente a la fecha de suscripción del mismo.
PARÁGRAFO: En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por
ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo
la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
NOTA: El MUNICIPIO DE BETULIA dará prevalencia al principio de Buena Fe contenido en el artículo
83 de la Constitución Política Nacional. En consecuencia, todas aquellas observaciones que aleguen el
presunto incumplimiento en lo descrito en el presente numeral, deberán acompañarse de documentos
con los cuales se desvirtué la presunción de Buena Fe de la que gozan los proponentes.
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En caso de no allegar con la observación dichos soportes no se dará trámite a la misma. En el evento
en que la observación esté debidamente sustentada y soportada, la Entidad dará traslado al
proponente observado y El MUNICIPIO DE BETULIA verificará únicamente la acreditación del
respectivo pago desde la fecha y hora del cierre del presente proceso de selección, sin perjuicio de los
efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas
en las normas vigentes, oficiando a las entidades recaudadoras para que se pronuncien sobre el
contenido de la observación.
2.8.1.8. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Deberá diligenciarse el Formulario No. 4 en el cual se consignará la información requerida sobre
Experiencia Específica del Proponente, suministrando toda la información allí solicitada. Los valores
deben expresarse de acuerdo con el año de facturación según lo solicitado en el Formulario No. 4.
Para la verificación de cumplimiento de este factor, Deben aportarse los certificados, expedidos por la
entidad contratante, y deberá contener la información que permita deducir la idoneidad del mismo en
actividades de ejecución del mismo objeto contractual.
LA ENTIDAD comprobará la exactitud de la información consignada en la propuesta y podrá solicitar
las aclaraciones, o acreditaciones que considere pertinentes, dichas solicitudes que para efecto de la
evaluación realice LA ENTIDAD deberá atenderlas el proponente por escrito dentro del término que la
determine la entidad, este escrito lo dirigirá a la Secretaría de Planeación Municipal; de lo contrario,
dicha solicitud se entenderá como no atendida.
LA ENTIDAD durante la etapa de evaluación podrá solicitar la documentación que acredite la
información consignada en el Formulario No. 4, en especial cuando se encuentren datos
inconsistentes entre el citado Formulario y las certificaciones adjuntas; la evaluación se efectuará
teniendo en cuenta los documentos soportes.
Si la totalidad de la experiencia específica es presentada por uno solo de los integrantes del consorcio
o unión temporal, este deberá tener una participación no inferior al 40% en el consorcio o unión
temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución.
Si la experiencia específica es presentada por más de uno de los integrantes del consorcio o unión
temporal, aquel que aporte el soporte de experiencia en el valor en contratos celebrados con terceros
u obras propias, respecto de los otros integrantes, valorados en SMMLV de acuerdo con la primera
viñeta del presente numeral, deberá tener una participación no inferior al 30% en el consorcio o unión
temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución.
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus miembros deberá aportar
su experiencia específica conjuntamente en un mismo Formulario o por separado según lo convenga el
proponente, siempre y cuando se de claridad de la información que corresponda a cada uno de ellos, y
en el evento de que alguno de los integrantes no posea la experiencia requerida, deberá manifestarlo
expresamente.
2.8.1.9. IDONEIDAD FINANCIERA-DOCUMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal Colombiana.
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Para el cumplimiento de este factor se considerará la capacidad financiera del proponente, en atención
a los renglones que reporta el sujeto pasivo tributario, para el caso del balance fiscal (Declaración de
Renta) correspondiendo a: Total Patrimonio Bruto = Activo Total; Total Patrimonio Líquido positivo =
Patrimonio; y Total Pasivo = Pasivo Total; y para el evento de Balances Comerciales de apertura, se
tendrá conforme la descripción de costumbre.
Se deberá aportar copia de la declaración de renta correspondiente al gravable del año 2011 y los
estados financieros básicos a diciembre 31 del mismo año, certificados y dictaminados por el Revisor
Fiscal si están obligados a tenerlo, acompañados con las notas y revelaciones a los Estados
Financieros conforme lo estipula el C. de Cio, la ley 222 de 1995 y el decreto 2649 de 1993 y de la
tarjeta profesional del Contador y/o Revisor Fiscal que suscriba el balance, así como del Certificado de
antecedentes disciplinarios del Contador y/o Revisor Fiscal. Para el caso de consorcio y unión temporal
deberán aportarse estos documentos por cada uno de sus integrantes.
2.8.1.10. IDONEIDAD MORAL
La información se tomará de la que aparezca reportada en el registro de proponentes, o en el cuadro
de Idoneidad, relacionadas con las multas y / o sanciones que le hubieren sido impuestas dentro de los
dos últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre del presente proceso.
2.8.1.11. RELACIÓN CERTIFICADA DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN
El proponente deberá relacionar, en Formulario No. 3, todos los contratos -por cualquier valor- que
tenga en ejecución y en el evento de no poseer contratos vigentes o adjudicados a la fecha de cierre de
la presente CONVOCATORIA PUBLICA deberá manifestarlo expresamente.
Para los efectos, se entiende por contrato en ejecución, todos aquellos a los cuales les ha sido
aprobada la garantía única, y aún no han sido recibidos, y liquidados por la persona, o entidad
contratante. Igualmente se considera que el contrato está en ejecución cuando el proponente haya
recibido notificación de adjudicación de contrato con la ENTIDAD.
Cuando se trate de Consorcios, o Uniones Temporales, al menos uno de sus miembros integrantes,
deberá aportar el Formulario No. 3 aquí exigido, y en el evento de no poseer contratos vigentes o
adjudicados a la fecha de cierre de la presente CONVOCATORIA PUBLICA deberá manifestarlo
expresamente.
2.8.1.12. CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN LA CAMARA DE COMERCIO
Teniendo en cuenta lo establecido en la normatividad vigente, el proponente deberá estar registrado en
la cámara de comercio y su objeto social deberá coincidir con el objeto a contratar.
2.8.1.13. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA
NACIÓN de la persona natural, la persona jurídica proponente, y su Representante Legal, y cada uno
de los miembros del Consorcio, o Unión Temporal y su representante.
2.8.1.14. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS para las personas naturales, el
Representante Legal de la persona jurídica, y si se trata de Consorcio, o Unión Temporal cada uno de
los miembros debe aportar dicho Certificado.
2.8.1.15. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES del proponente persona natural, el
Representante Legal del proponente persona jurídica, de los miembros del Consorcio, o Unión
Temporal, y de su Representante Legal.
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2.8.1.16. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA del proponente persona natural, el
Representante Legal de proponente persona jurídica de los miembros del Consorcio o Unión Temporal,
y de su Representante Legal.
2.8.1.17. CERTIFICACIÓN DE VISITA el proponente que asista a la visita al sitio de la obra deberá
anexar a la propuesta el certificado de asistencia expedido por el municipio
2.8.1.18. DECLARACIÓN ORIGEN DE LOS RECURSOS
El representante legal de la persona jurídica proponente, o el proponente como persona natural, o el
representante de la Unión Temporal, deberá aportar declaración bajo la gravedad del juramento,
entendida con la presentación del documento con la propuesta, acerca del origen lícito de los recursos
destinados al proyecto propuesto y de la no participación del proponente en actividades delictivas, así
como la declaración de no haber recibido recursos o facilitado actividades contrarias a la ley.
2.8.1.19. PROPUESTA ECONÓMICA
Formulario No. 2 Cuadro de Cantidades en pesos colombianos, el valor total de la propuesta, el cual
debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo del contrato. Deberá
expresarse en letras y números y en caso de existir discrepancia entre lo expresado en letras, y
números prevalecerá lo expresado en letras.
El proponente deberá diligenciar el Formulario No. 2 adjunto que corresponde a la propuesta
económica. LA ENTIDAD corregirá los errores aritméticos contenidos en los productos, y en la
sumatoria, según lo indicado al efecto en este Pliego de Condiciones.
El proponente debe indicar en el Formulario No. 2, en pesos colombianos (Números y Letras), el valor
total de la propuesta, el cual debe cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir durante el desarrollo
del contrato. Deberá expresarse en letras y números y en caso de existir discrepancia entre lo
expresado en letras y números prevalecerá lo escrito en letras.
2.8.1.20 PAZ Y SALVO MUNICIPAL
Expedido por el Municipio de BETULIA, en el cual conste que no es deudor con el Municipio.
CAPÍTULO III
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
3.1. RETIRO DE PROPUESTAS
Los Proponentes podrán solicitar al MUNICIPIO DE BETULIA, el retiro de sus propuestas, mediante
escrito presentado y radicado en la Oficina de Archivo Municipal antes de la fecha y hora previstas para
el cierre del PROCESO. La propuesta será devuelta sin abrir, al momento del cierre del PROCESO al
proponente o la persona autorizada al efecto por el proponente mediante escrito dirigido a la Secretaría
de Planeación Municipal.
3.2. CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO
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La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las
recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los Proponentes ni a otra
persona que no participe en dicho proceso, hasta tanto no culmine el proceso evaluativo.
3.3 CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad no evaluará las propuestas y por consiguiente se entenderán eliminadas en los siguientes
casos:
1. Cuando la propuesta supere el valor del presupuesto oficial estimado por el Municipio de
BETULIA.
2. Las propuestas cuyo valor corregido difiera en más del uno por ciento (1.0%) del
3. valor presentado
1. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes, entendida ésta como el acto de
ponerse de acuerdo dos o más proponentes para perjudicar a terceros.
2. Cuando el proponente haya tratado de influenciar o informarse indebidamente sobre el análisis
de las ofertas.
3. Cuando se compruebe que el proponente se encuentra incurso en alguna de las causales de
inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado.
4. Se eliminarán la totalidad de las propuestas de cualquier proponente que presente más de una
propuesta, independiente.
5. En caso de que uno o más socios, participen en dos o más sociedades (personas o anónimas
no abiertas).
6. Si no se presenta a la Inscripción del proponente para participar en el proceso la persona
natural o el represéntate legal de la empresa con una copia del certificado de existencia y
representación legal o matricula mercantil según sea el caso expedido por le entidad
competente
7. Cuando el proponente no presente propuesta económica.
8. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual
condición en otras u otras personas jurídicas diferentes, que también estén participando en el
presente proceso de selección.
9. Cuando una vez verificada la información suministrada por el proponente, se compruebe que no
se ajusta a la realidad.
10. Cuando se solicite al proponente subsanar información incompleta o no suministrada en su
propuesta y este no allegue los soportes en el tiempo previsto.
11. En caso de no anexarse la carta de presentación de la propuesta o esta no se encuentre
suscrita por el proponente o representante legal, o si la propuesta no se encuentra suscrita por
quien abona la misma.
12. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en
nombre de la misma y no adjunte a la propuesta el documento de autorización expresa del
órgano competente.
13. Cuando el objeto social de la sociedad de la persona jurídica nacional o extranjera no incluye
dentro de sus actividades el objeto de la presente Convocatoria Pública y su duración no sea
igual o superior a la exigida.
14. Si se llegase a comprobar de manera definitiva que la declaración juramentada suscrita por el
revisor fiscal o el representante legal del proponente o alguno de sus miembros, presenta
inconsistencia entre la información suministrada por el oferente y la efectivamente obtenida o
suministrada a la entidad por otras fuente se considerará una falta a la verdad y se
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compulsarán copias a la Junta Central de Contadores de ser el caso y / o a la Fiscalía General
de la Nación.
15. Cuando el proponente Si es persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal no
acredite la experiencia en suministro y/o construcción de sistemas de saneamiento básico, cuya
fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega de
propuestas y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios
SMMLV del año en que se terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con
entidades del sector oficial o privado.
16. En caso de que el proponente o alguno de sus miembros no estén inscritos en la actividad,
especialidad y grupo exigidos en el presente pliego a la fecha de cierre de la presente
Convocatoria pública.
17. Cuando no se asista a la visita obligatoria
18. Cuando no se presente manifestación de interés.
19. Cuando no se presente el paz y salvo Municipal
3.4. ESTUDIO Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Para el estudio, verificación y calificación de las Propuestas, el Alcalde del MUNICIPIO designará un
comité de evaluación que se encargará de calificar las Propuestas conforme a los términos y
condiciones previstas en el presente Pliego de condiciones, y en las Adendas que lo modifiquen o
adicionen, de lo cual se elaborará un informe que se pondrá a disposición de los Proponentes.
Una vez finalizado el cierre de la CONVOCATORIA PUBLICA, se procede a realizar la revisión jurídica
y financiera de las propuestas, en esta misma etapa y si procede una corrección de acuerdo a la
aplicación de la ley, el oferente deberá subsanarlo en el término indicado por la ENTIDAD.
Posteriormente, se procederá a la evaluación de las propuestas admisibles, de acuerdo a los factores
señalados en el Documento Regla.
Las propuestas que cumplan con los requisitos anteriores y se ajusten a las condiciones establecidas en
los documentos del PROCESO DE SELECCIÓN serán evaluadas de acuerdo con los Factores, y
Criterios de Evaluación y Adjudicación indicados en el numeral 3.6
3.4.1 REQUISITOS LEGALES
El cumplimiento de todos los requisitos jurídicos señalados en el presente Pre-Pliego de Condiciones,
se considera como un factor de calificación que únicamente dará lugar a la Admisibilidad del
Proponente y su Propuesta, cuando se cumplan todos y cada uno de los requisitos jurídicos; o No
Admisibilidad del Proponente, y su Propuesta, cuando la omisión de la documentación exigida impida la
comparación objetiva de las Propuestas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 0734 de 2012, los proponentes que de
acuerdo al informe de verificación no se consideren habilitados, se les concederá un plazo para que
subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, de acuerdo con lo estipulado
en la CRONOLOGÍA DE LA CONVOCATORIA PUBLICA.
3.4.2. CAPACIDAD CONTRATACIÓN
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Todas las personas naturales o jurídicas que deseen participar en la presente Selección Abreviada,
deberán estar inscritos, calificados y clasificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la
Cámara de Comercio de su jurisdicción, así Actividad 1- CONSTRUCTOR y PROVEEDOR
CLASIFICACIONES 2521, 4530,7122 Según la información contenida en el decreto 734 de abril 13 de
2012
Además, deberán tener a la fecha de cierre de la licitación una Capacidad Residual de Contratación
como “Constructor y Proveedor” (CR ) igual o superior a 1.000 SMMLV. Según la información contenida
en el Artículo 6.1.1.2 del decreto 734 de abril 13 de 2012
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, los integrantes deberán reunir entre todos,
la actividad, especialidad y grupos exigidos en este pliegos de condiciones. En este caso, CR del
Consorcio o la Unión Temporal se obtendrán de la suma de los correspondientes a cada uno de sus
integrantes. No obstante, uno de los integrantes deberá poseer por lo menos el (80%) del CR.
Para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal se deberá aportar el certificado de
inscripción en el RUP y el Formulario No. 1 debidamente diligenciado.
Para el cálculo del CR se tendrá en cuenta la información suministrada en el Formulario No. 3. El
comité de Evaluación verificará aritméticamente el valor de los contratos expresado en SMMLV. Se
corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido
en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (CR).
La Capacidad Residual de Contratación (CR) para cada Proponente se determinará de la siguiente
manera:
CR = CT - Va
Donde:
CR = Capacidad Residual de Contratación.
CT= Capital de Trabajo.
Va = Valor de los saldos de los contratos de OBRAS en ejecución y/o adjudicados por iniciar.
3.4.3 CAPACIDAD FINANCIERA
FACTOR CAPACIDAD O IDONEIDAD FINANCIERA (Admisible/ No Admisible)
Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal Colombiana.
Para el cumplimiento de este factor se considerará la capacidad financiera del proponente, toda la
información contenida en el registro único de proponentes según el Artículo 6.1.3.1 del decreto 734 de
abril 13 de 2012 correspondiendo a toda la información financiera a corte 31 de diciembre de 2011:
La información será extraída del balance general a 31 de diciembre de 2011 la cual aparece en la
cámara de comercio y deberá ser coincidente con la declaración de renta del mismo año.
3.4.3.1 Capital de Trabajo: Deberá ser Mayor o igual a 1100 SMMLV
Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente.
El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de
proponentes según decreto 734 de 2012
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3.4.3.2 Patrimonio Líquido: Deberá ser Mayor o igual a 1600 SMMLV
PL = Activo Total - Pasivo Total
El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de
proponentes según decreto 734 de 2012
3.4.3.3 Liquidez: Deberá ser Mayor o igual a 2.2
L= Activo Corriente / Pasivo Corriente
Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el
cumplimiento se hará, al menos uno de los integrantes debe cumplir con este requisito.
3.4.3.4 Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor o igual a 35%
Pasivo Total / Activo Total
El capital de trabajo deberá estar demostrado mediante la información contenida en el registro único de
proponentes según decreto 734 de 2012
Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el
cumplimiento se hará, al menos uno de los integrantes debe cumplir con este requisito.
Será necesario que en la verificación de la capacidad financiera, las propuestas hayan sido
consideradas ADMISIBLE para poder continuar en el proceso de evaluación.
En caso que la propuesta NO cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, ésta
será considerada como NO ADMISIBLE.
3.4.4 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (Admisible/No admisible)
3.4.4.1. Experiencia por Antigüedad
Para las personas naturales este requisito se verifica de acuerdo con la Experiencia Probable. Es la
experiencia del proponente derivada del tiempo en que ha podido ejercer la actividad y con la
antigüedad en el ejercicio de la profesión como Ingeniero Civil, determinando el tiempo transcurrido
desde la fecha de expedición de la tarjeta o matricula profesional hasta la fecha de cierre de la
presente convocatoria. Se debe Anexar copia de la Matricula Profesional y Certificado de Vigencia.
Para las personas jurídicas Experiencia Probable. Es la experiencia del proponente derivada del tiempo
en que ha podido ejercer la actividad, la cual se certifica de conformidad con el decreto 734 del 13 de
abril de 2012. se toma a partir de la fecha del registro de la constitución de la sociedad en la cámara de
comercio respectiva.
La experiencia general mínima exigida es de seis (06) años.
Para el caso de consorcios o uniones temporales el requisito de Experiencia Probable deberá ser
acreditado por cada uno de los integrantes.
3.4.4.2. Experiencia Genérica
Se evaluará a partir de la información que se relacionará en el Formulario Nº 4 previsto para ello, se
deberá adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante.
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La Experiencia genérica. Se relaciona directamente con el objeto contractual. Los proponentes
anexarán sea persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal certificación que acredite la
experiencia en suministro y/o construcción de plantas de tratamiento y/o sistemas de saneamiento
básico, cuya fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega
de propuestas y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios SMMLV del
año en que se terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con entidades del sector
oficial o privado
La sumatoria del valor de los contratos expresados en SMMLV tomando el año de legalización del
contrato.
En caso de que el proponente sea consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes
deberá cumplir con lo anterior.
Si el proponente cumple con lo anterior la propuesta se considera ADMISIBLE, de lo contrario se
considera NO ADMISIBLE
Si algunas de las certificaciones presentadas fuesen bajo la modalidad de asociación, solo se tendrá en
cuenta el porcentaje correspondiente al integrante.
3.4.4.3. Experiencia Específica
Se evaluará a partir de la información que se relacionará en el Formulario Nº5 previsto para ello, se
deberá adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante.
Los proponentes anexarán sea persona natural o jurídica y/o consorcios y unión temporal certificación
que acredite la experiencia en suministro y/o construcción de sistemas de saneamiento básico, cuya
fecha de recibo sea de máximo cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre de entrega de propuestas
y deberá certificar no más de un (01) contrato que tenga un valor en salarios SMMLV del año en que se
terminó su ejecución, que sea igual o superior a 870 SMMLV con entidades del sector oficial o privado
La suma del valor de los contratos expresados en SMMLV tomando el año de legalización del contrato.
Si el proponente cumple con lo anterior la propuesta se considera ADMISIBLE, de lo contrario se
considera NO ADMISIBLE.
Para el caso de certificaciones con entidades privadas se deben presentar los contratos suscritos para
soportar estas certificaciones, de lo contrario no serán tenidas en cuenta y la propuesta será
considerada NO ADMISIBLE.
Para efectos de calificación de las modalidades de asociación permitidas por la ley, para determinar la
experiencia del proponente, se sumará la experiencia presentada por cada uno de los participantes o
asociados. Si algunas de las certificaciones presentadas fuesen bajo la modalidad de asociación, solo
se tendrá en cuenta el porcentaje correspondiente al asociado para el cálculo de los SMMLV y para la
cantidad de obra se tomará la totalidad ejecutada.
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