SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  50
Télécharger pour lire hors ligne
COLEGIO MAYOR DE BARRANQUILLA
               Y DEL CARIBE




     MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR




 El Consejo Directivo del Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe
presenta su Manual de Convivencia a la comunidad educativa, como
   instrumento dentro del proceso de formación, el cual debe ser
    conocido, asumido y respetado, para que la convivencia esté
  enmarcada en los principios de respeto, tolerancia y solidaridad.




                            Barranquilla
                               2011
Contenido
  Resolución Rectoral ...................................................................5
Misión ............................................................................................6
Visión .............................................................................................6
Valores ...........................................................................................7
Objetivos Generales del Manual de Convivencia ..........................9
TÍTULO I: LA INSTITUCIÓN ...........................................................10
TÍTULO II: PROCESO DE ADMISIONES Y MATRICULAS .................11
TÍTULO III: DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA. ...........................................................12
   CAPITULO I: Perfil Estudiante ..................................................12
   CAPITULO II: Derechos de los Estudiante ................................13
   CAPITULO III: Deberes de los Estudiantes ...............................14
   CAPITULO IV: Estímulos para los Estudiantes Destacados ......17
   CAPITULO V: Perfil del Docente ...............................................19
   CAPITULO VI Derechos ............................................................20
   CAPITULO VII: Deberes ............................................................21
   CAPITULO VIII: Estímulos para Docentes .................................22
   CAPITULO IX: Funciones de la Rectora ....................................24
   CAPITULOX: Funciones del Coordinador .................................25
   CAPITULO XI: Funciones de los Profesionales de Apoyo ........26
   CAPITULOXII: Funciones del Técnico Operativo ......................28
   CAPITULO XIII: Funciones del Auxiliar Administrativo .............28
   CAPITULOXIV: Funciones del Personal de Servicios Generales
   .................................................................................................29
   CAPITULO XV: Estímulos para Personal Administrativo y
   Servicios Generales..................................................................30


                                                                                    2
CAPITULO XVI: Derechos y Deberes de los Padres o
   Acudientes ...............................................................................30
   CAPITULO XVI Otros Servicios..................................................32
TÍTULO V: EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN
INSTITUCIONAL ............................................................................32
   CAPITULO I: Comunidad Educativa ..........................................32
   CAPITULO II: Órganos del Gobierno Escolar ............................33
   CAPITULO III: Integración del Consejo Directivo .....................33
   CAPITULO IV Funciones del Consejo Directivo. .......................34
   CAPITULO V Consejo Académico y Sus Funciones ...................36
   CAPITULO V: Comité de Excelencia .........................................36
   CAPITULO VI: Asociación de Egresados ...................................36
   CAPITULO VI: Personero de los Estudiantes y Funciones ........37
   CAPITULO VI: Consejo de Estudiantes Y Funciones .................38
   CAPITULO VI: Consejo de Convivencia ....................................39
   CAPITULO VII: Auxiliar de Convivencia ....................................39
   CAPITULO VIII: Monitor de Área ..............................................40
TÍTULO IV: FALTAS, DEBIDO PROCESO Y SANCIONES ..................41
   CAPITULO I: Clasificación de Faltas de los Estudiantes ...........41
   CAPITULO III: Debido Proceso .................................................43
   CAPITULO IV: Estrategias Formativas y Sanciones ..................45
TÍTULO VI: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, CAPITULO I: Escala de
Valoración ....................................................................................46
   Promoción ...............................................................................47
   Promoción Anticipada. ............................................................48
       1.     Caso Excepcional .........................................................48
       2.     Estudiantes no Promovidos .........................................48


                                                                                3
Reprobación.............................................................................49
Graduación ..............................................................................49




                                                                          4
Resolución Rectoral




                      5
Misión

Formar ciudadanos y ciudadanas autónomos, responsables y líderes;
con un proyecto de vida fundamentado en valores éticos, políticos,
culturales y ecológicos que sustenten su desarrollo humano y los
cualifique, garantizándoles un buen desempeño en todos los ámbitos
de la vida social y laboral, en armonía con los principios de
autoconocimiento, participación democrática y el dominio de las
herramientas tecnológicas, para el manejo de la información, la
comunicación y el conocimiento.




        Visión
En el año 2014 seremos una Institución Innovadora, Emprendedora y
Productiva, comprometida con una formación integral y fundamentada
en valores, a través del trabajo en equipo, la interdisciplinariedad, la
investigación y la participación de la comunidad educativa; en el marco
de una educación de calidad, respondiendo al reto propuesto por el
entorno, empleando las herramientas tecnológicas como base de su ser,
hacer y proyección social.




                                                           6
Valores
El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe ofrece a su comunidad
una formación basada en los siguientes valores:

AUTOCONOCIMIENTO: La adquisición de la noción del yo, las
cualidades, características, forma de pensar, sentir y actuar para
encontrar estrategias de auto regulación.

AUTONOMÍA: La capacidad para organizar la propia vida de acuerdo a
valores, normas y a un proyecto personal que se manifieste de modo
consciente y deliberado, sobre la base de las competencias humanas
generales que le den control sobre ella misma.

HONESTIDAD: El actuar con transparencia.

LEALTAD: El hacer aquello con lo que uno se ha comprometido aún en
circunstancias cambiantes o adversas. El compromiso a defender lo que
se cree y a quien se cree.

RESPETO: La comprensión y aceptación de la condición inherente a las
personas como seres humanos con derechos y deberes, en un
constante proceso de mejora espiritual y material.

RESPONSABILIDAD: La capacidad de reflexionar, administrar, orientar y
valorar las consecuencias de los actos realizados en libertad.

SOLIDARIDAD: La disposición para ayudar a los compañeros cuando
necesiten de apoyo.

JUSTICIA: El dar a cada quien lo que le corresponde, de conformidad
con sus méritos y los derechos que le asisten.

SENTIDO DE PERTENENCIA: Sentir arraigo a los grupos, organizaciones
o instituciones a las que se pertenece.



                                                         7
TOLERANCIA: La valoración de los demás por lo que son y la aceptación
y el respeto por las diferencias.

POLÍTICO: El compromiso como ser social, de participar activamente en
la organización y administración del Estado en beneficio de la sociedad.

CULTURAL: El conocimiento y comprensión de las manifestaciones
culturales, locales y regionales para generar la defensa de nuestro
patrimonio, como una expresión específica y característica, de la
cultura nacional y universal.

ECOLÓGICOS: El reconocimiento de cada individuo y de toda la
sociedad como parte del ecosistema para un desarrollo sostenible. El
aprender a utilizar y racionalizar los recursos naturales para satisfacer
las necesidades de la actual generación, sin sacrificar el derecho de las
próximas generaciones a satisfacer las suyas.




                                                            8
Objetivos Generales del Manual de Convivencia

1.   Lograr que los estudiantes interioricen los principios que regulan su
     vida en comunidad y formen buenos hábitos que desarrollen su
     personalidad.
2.   Brindar formas internas de organización que desarrollen la
     tolerancia, participación, solidaridad, autonomía, respeto y valores
     ciudadanos.
3.   Concientizar a padres y acudientes de la responsabilidad que tienen
     como agentes educativos, por derecho, en el proceso formativo de
     sus hijos o acudidos.
4.   Señalar las funciones, derechos, deberes y límites de autoridad que
     correspondan a los diferentes estamentos de la comunidad
     educativa.
5.   Diseñar mecanismos para la supervisión, el control y la evaluación
     de todas las actividades curriculares, con el fin de asegurar la
     calidad educativa, el buen desempeño profesional de los docentes y
     administrativos, la participación de los estudiantes en el gobierno
     escolar y el desarrollo de los procesos educativos.




                                                            9
TÍTULO I: LA INSTITUCIÓN

El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe es una Institución
educativa de carácter oficial, distrital, autorizado para impartir
educación formal en los niveles de Educación Preescolar, Básica
Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, en dos jornadas.

 1. Preescolar:
    Matinal:    7:00 a.m. - 11:00 a.m.
    Vespertina: 1:00 p.m. – 5:00 p.m.
 2. Primaria:
    Matinal:    7:00 a.m. - 12:00 a.m.
    Vespertina: 12:30 p.m. – 5:30 p.m.
 3. Básica Secundaria y Media
    Matinal:    6:15 a.m. – 12:15 p.m.
    Vespertina: 12:20 p.m. – 6:20 p.m.

Ubicación

El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe está ubicado en el barrio
el Rosario, en la calle 47 No 44 - 97, Sede 1 (Básica Secundaria y Media
Vocacional) y en la calle 41 No 45–86, Sede 2 (Preescolar y Básica
Primaria).
Correo electrónico colmayor@hotmail.es
Teléfono: 341 10 51
NIT 890 107266-2

Convenios

El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe es una Institución
Innovadora, Emprendedora y Productiva que busca la formación para
el trabajo y el desarrollo humano, estableciendo convenios con el
SENA y el ITSA




                                                           10
TÍTULO II: PROCESO DE ADMISIONES Y MATRICULAS

Artículo 1. Como requisitos de inscripción se establecen los siguientes:
 1. Diligenciar formulario de inscripción.
 2. Presentar registro Civil y/o tarjeta de identidad.
 3. Presentar certificado de estudios del grado anterior.
 4. Acudir a una entrevista para estudiantes de grados décimo y
     undécimo.
Artículo 2. La matrícula es un contrato civil donde las partes se
comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales
vigentes, su duración es de un año y puede ser interrumpida en forma
unilateral o de común acuerdo, siempre y cuando se cumpla el debido
proceso.
Artículo 3. Los estudiantes que se matriculen por primera vez deben
entregar los siguientes documentos:
 1. Recibo de cancelación de matrícula.
 2. Orden de traslado si se requiere
 3. Registro Civil
 4. Certificado de vacunas (estudiantes de transición)
 5. Certificado médico
 6. Certificado del SISBEN estratos 1 y 2
 7. Copia del carnet de la EPS
 8. Certificados originales de los grados anteriormente aprobados.
Artículo 4. Para matricular a los estudiantes que hayan cursado el año
anterior en la Institución, se exige:
 1. Recibo de cancelación de matrícula.
 2. Certificado del SISBEN estratos 1 y 2
 3. Copia del carnet de la EPS
 4. Orden de matrícula.
Artículo 5. El proceso de matrícula comprende la firma de la hoja
respectiva por el padre o el acudiente y el estudiante, previa entrega
de los documentos exigidos.
Artículo 6. Se pierde el carácter de estudiante del Colegio Mayor de
Barranquilla y del Caribe por:
 1. Cancelación voluntaria de la matrícula.
 2. No diligenciar el proceso de matrícula en el tiempo señalado sin la
     debida justificación.
 3. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de
     la matrícula o al resolver otra situación de la vida escolar.


                                                           11
4. Desescolarización del estudiante por el Consejo Directivo,
    apoyada en el debido proceso.


     TÍTULO III: DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LA
                  COMUNIDAD EDUCATIVA.

                  CAPITULO I: Perfil Estudiante
Artículo 7. La labor educativa del colegio se centra en la persona
como ser único e irrepetible, protagonista de una sociedad justa,
comprometida con su educación y su formación integral. Además,
fundamenta su formación en los cuatro pilares de la educación
establecidos por la UNESCO.

         Ser
  Autonomía                                    Aprender a
  Responsable                                   Conocer
  Líder                                        Indagador
  Trascendente                                 Investigador
  Veraz                                        Crítico
  Solidario                                    Sistemático
  Ético                                        Analítico
  Estético
  Competente
                          ESTUDIANTE
                           CODEBISTA              Convivir
                                               Conciliador
       Hacer                                   Tolerante
   Creativo                                   Democrático
   Comprometido                               Participativo
   Cuidadoso                                  Asertivo
   Proactivo                                  Solidario
   Competente                                 Trabajo en
   Con conciencia                              equipo
    ambiental y                                Con conciencia
    salubrista                                  histórica y
                                                cívica.



                                                       12
CAPITULO II: Derechos de los Estudiante

Artículo 8. Los estudiantes matriculados en la Institución tienen
derecho a:
 1. Recibir una formación integral de acuerdo con lo establecido en el
     Proyecto Educativo Institucional.
 2. Ser tratados por parte del personal docente, administrativo y de
     servicios generales, con la consideración, el respeto, el aprecio y la
     justicia que todo ser humano merece de sus semejantes.
 3. Participar activamente en el proceso enseñanza- aprendizaje y en
     las demás programaciones culturales, sociales, religiosas y
     deportivas del plantel.
 4. Conocer con anterioridad los contenidos programáticos de cada
     área de estudio y los criterios de evaluación.
 5. Conocer el informe de desempeño antes de ser registrado en la
     planilla de evaluación.
 6. Ser escuchados antes de ser sancionados.
 7. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares, los cuales
     deben hacerse a través de los conductos regulares, enmarcados
     en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas
     vinculadas a ésta.
 8. Conocer el seguimiento individual sobre su comportamiento, que
     hagan las asesoras escolares, directores de grupo, profesores y/o
     coordinadores de colectivos o áreas y hacer las observaciones o
     los descargos respectivos ante quien corresponda.
 9. Utilizar y recibir oportunamente, y dentro de los horarios
     establecidos, los servicios de Bienestar Estudiantil de que dispone
     la Institución: Orientación y Consejería, Biblioteca, Tienda Escolar
     y otras atenciones que se prestan a nivel institucional.
 10. Ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal
     administrativo en lo que se refiere a la solicitud de Certificados de
     Estudios, Paz y Salvo, Constancias, y otros. Estas solicitudes deben
     hacerse durante los horarios establecidos.
 11. Obtener el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados
     como fundamentales para toda persona, en la Constitución
     Política Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, Leyes
     Civiles, Penales, Ley General de Educación y otras normas
     vigentes.
 12. Recibir un buen servicio y calidad en la educación.


                                                              13
13. Solicitar la aprobación del Consejo Directivo y autoridades
     escolares para la organización y operación de medios de
     comunicación masiva, que le permitan expresar sus opiniones.
 14. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y
     superación estudiantil e institucional.
 15. Recibir su carnet estudiantil, documento que lo identifique como
     miembro de la Institución.
 16. Participar activamente en el Gobierno Escolar, de acuerdo con los
     requerimientos institucionales.
 17. Participar activamente en grupos culturales, recreativos,
     deportivos, proyectos educativos y de investigación.
 18. Justificar su ausencia oportunamente ante la coordinación, para
     que se le permita presentar trabajos, evaluaciones, exposiciones,
     etc., de forma extemporánea.
 19. Ejercitarse responsablemente en la libertad para estudiar, tener
     acceso a las fuentes de información científica, e investigar los
     fenómenos de la naturaleza y de la sociedad.
 20. Debatir doctrinas e ideologías.
 21. Elegir y ser elegidos.
 22. Realizar sus actividades escolares en un ambiente saludable,
     seguro y adecuado.
 23. Recibir el Manual de Convivencia al matricularse por primera vez
     y las modificaciones que se le vayan haciendo.
 24. Recibir oportunamente el informe evaluativo después de
     terminar cada período escolar.

          CAPITULO III: Deberes de los Estudiantes
Artículo 9. Los estudiantes matriculados en la Institución deben:
 1. Conocer y vivenciar sus deberes
 2. Cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares
     programadas por la institución que le garantizan su formación
     integral.
 3. Conocer y vivenciar el manual de convivencia.
 4. Conocer y hacer respetar sus derechos y no abusar de ellos.
 5. Asistir puntualmente a todas las clases y participar en todos los
     actos de la comunidad.
 6. Asistir al Colegio con el uniforme de diario o educación física
     según el horario.




                                                          14
7. Permanecer dentro de las aulas o en las aulas especializadas en las
    horas de clase.
8. En caso de inasistencia o retraso, debe presentar ante la
    Coordinadora, una vez se reintegre, la justificación escrita por el
    padre o acudiente, anexando fotocopia de la cedula y la
    certificación médica cuando sea necesaria.
9. Portar permanentemente el seguro médico obligatorio (carnet de
    la EPS, SISBEN o Seguro Estudiantil) y conocer la clínica o centro
    de emergencia que le presta los primeros auxilios.
10. Llevar y entregar oportunamente a los padres o acudiente toda la
    información que envié el colegio y regresar el desprendible
    debidamente firmado en el plazo estipulado.
11. Adquirir los libros y útiles necesarios para alcanzar un buen
    desempeño académico.
12. Asistir puntualmente y realizar en las fechas programadas, los
    planes de mejoramiento.
13. Respetar y cumplir las normas de convivencia al utilizar los
    servicios de la sala de computación, biblioteca, laboratorio,
    comedor, talleres, sala de bilingüismo y sala de audiovisuales.
14. Contribuir con el aseo, conservación y embellecimiento del medio.
15. Cuidar los bienes materiales de la institución.
16. Pagar los daños ocasionados en la planta física, muebles, material
    didáctico y equipos de la institución
17. Comportarse correctamente en los sitios públicos y medios de
    transporte.
18. Proteger su integridad física, evitando comportamientos que
    pongan en peligro su vida y la de sus compañeras(os).
19. Dirigirse a todos los miembros de la comunidad educativa con
    respeto, cortesía y buena educación.
20. Hacer buen uso de las redes sociales de internet.
21. Respetar a todo ser humano sin importar su condiciónes físicas,
    culturales o económicas.
22. Evitar comportamientos y exageraciones en las relaciones
    interpersonales que desdigan de su buen nombre y sean motivo
    de mal ejemplo y escándalo.
23. Entregar al Director de grupo o a la coordinadora, todo objeto
    que se encuentre y no le pertenezca.
24. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de
    valor, ya que el colegio no se responsabiliza de la pérdida de ellos.


                                                            15
25. Responder con su actuar a los principios de educación y lema que
    nos identifica: “De la exigencia a la excelencia”.
26. Participar activamente en las diferentes formas de organización
    estudiantil, gobierno escolar, proyectos de aula, equipos de
    investigación, clubes deportivos, Taller Libre de Creación Literaria,
    grupos artísticos y culturales.
27. Utilizar dentro y fuera de las aulas, un lenguaje decente y
    respetuoso que excluya toda palabra vulgar u ofensiva.
28. Denunciar toda falta que atente contra el bien común, si no quiere
    ser cómplice y responsable de la misma.
29. Respetar y acatar las normas establecidas para la buena
    convivencia.
30. Seguir el conducto regular para la resolución de conflictos o
    reclamaciones.
31. Escuchar, comprender y respetar el punto de vista del otro.
32. Respetar y valorar el tiempo y los ritmos de aprendizaje de sus
    compañeros.
33. Mantener la pulcritud e higiene en la presentación personal,
    portando con respeto y dignidad el Uniforme del Colegio y
    teniendo en cuenta las normas establecidas:
    a. El uniforme de diario es el siguiente: Una falda con pliegues de
    3cm. y largo que llega debajo de la rodilla. En la faja, lleva presillas
    donde debe colocarse una correa de cuerina turquí de 3 cm de
    ancho y hebilla sencilla. La blusa es con cuello sport, manga arriba
    del codo, bolsillo del lado izquierdo, sobre el cual debe ir el
    escudo del colegio, cosido a máquina. Ambas piezas están
    confeccionadas en tela blanca y tejido tupido. Debajo de la falda
    debe usarse pantaloneta o licra blanca. Este Uniforme se utilizará
    en todas las actividades del Colegio.
    b. El uniforme de Educación Física: Una sudadera azul con 2
    bieses de color salmón. La camiseta es blanca con dos franjas
    azules y bieses salmón, cuello sport y en lado izquierdo lleva
    bordado el nombre del colegio.
    c. Para ambos uniformes, debe usar zapatos tenis de color
    blanco y medias colegiales blancas (no tobilleras)
Parágrafo 1: Los estudiantes que pertenecen a los programas de
formación profesional, deben cumplir con las políticas y reglamentos
de las instituciones con las cuales, el Colegio está articulado.




                                                              16
Parágrafo 2: No se pueden utilizar joyas, accesorios llamativos de
 colores disonantes, piercing, brazaletes, tatuajes.

CAPITULO IV: Estímulos para los Estudiantes Destacados
Artículo 10. Al finalizar el año escolar, los estudiantes recibirán los
siguientes estímulos y distinciones:
 1. BANDA DE EXCELENCIA ACADEMICA Y MATRICULA DE HONOR: Al
     estudiante de cada nivel que obtenga la EXCELENCIA a juicio del
     Colectivo de grado.
 2. BANDA DE EXCELENCIA EN FORMACION Y CONVIVENCIA: Al
     estudiante de cada nivel que obtenga la EXCELENCIA a juicio de
     los directores de grupo y docentes de formación.
 3. BECA: Estarán exentos del pago de matrícula y pensión de
     estudios, el primer estudiante de cada curso que obtenga la
     EXCELENCIA a juicio de los directores de grupo y los colectivos de
     grado.
 4. MENCION DE HONOR: Los estudiantes serán merecedores de esta
     distinción por los siguientes aspectos:
         COLABORACION: Un estudiante de cada curso, que demuestre
         espíritu de colaboración en las actividades administrativas,
         culturales, sociales, deportivas, recreativas y de proyección a la
         comunidad, según criterio de los directores de grupo y
         docentes de formación.
         AL MEJOR DEPORTISTA: Un estudiante con alto desempeño en
         las diferentes modalidades deportivas desarrolladas en la
         Institución, seleccionado por los Docentes de Educación Física.
         PRUEBAS SABER: Reconocimiento al estudiante de cada
         jornada que en las pruebas SABER obtengan los más altos
         puntajes.
         GOBIERNO ESCOLAR: Reconocimiento en el acto de graduación
         a los estudiantes que formaron parte del gobierno escolar
         (personero y representante en el consejo directivo).
Artículo 11. Al finalizar cada período, los estudiantes que sobresalgan
por su buen desempeño académico, su liderazgo, su participación en
los proyectos de aula, actividades intramurales como festivales, foros,
concursos y campeonatos deportivos, recibirán estímulos como:
 1. Distinción en el cuadro de honor.
 2. Postulación como consejero, monitor, auxiliar de disciplina del
     curso, o suplente según el caso.


                                                              17
3. Selección para izar el Pabellón Nacional o de la Institución cuando
   haya celebración especial.
4. Designación como deportista del período.
5. Postulación      como integrante de delegaciones deportivas,
   culturales, artísticas, equipos de investigación y para participar en
   actividades intra y extamurales.
6. Promoción anticipada al grado siguiente después de obtener el
   visto bueno del Comité de Evaluación y Promoción y del Consejo
   Directivo.
7. Exaltación en los actos cívicos y culturales.




                                                           18
CAPITULO V: Perfil del Docente

      Ser                           Hacer
 Líder                          Dinámico
 Trascendente                   Investigador
 Honesto                        Indagador
 Reflexivo                      Creativo
 Responsable                    Innovador
 Pulcro                         Facilitador
 Respetuoso                     Crítico
 Tolerante                      Analítico
 Humilde                        Trabajar en
 Comprensivo                     equipo
 Justo y veraz                  Instructor
                                 Asesor


                   DOCENTE
                  CODEBISTA


   Conocer                        Convivir
 Renovado                     Educa con el
 Con metas                     ejemplo
  claras      y                Comprometido
  específicas                  Orientador
 Proactivo                    Instructor
 Eficiente                    Asesor
                               Conciliador
                               Tolerante
                               Democrático
                               Participativo
                               Asertivo
                               Solidario
                               Con conciencia
                                histórica y
                                cívica.
                              




                                             19
CAPITULO VI Derechos
Artículo 12. Son Derechos de los Docentes y Docentes-Directivos:
 1. Recibir trato respetuoso de todos los miembros de la Comunidad
     Educativa (Decreto 1860 Artículo 18).
 2. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones como
     representante de los docentes en el Consejo Directivo de la
     Institución en Asamblea (decreto 1860 Artículo 21).
 3. Elegir y ser elegido en el Comité de Evaluación y Promoción
     (Decreto 1860).
 4. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico en representación
     de su área.
 5. Ser elegido, coordinador de área y de colectivo de grado.
 6. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización,
     cualificación, y profesionalización que realice la Institución.
 7. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que contribuyan al
     mejoramiento educativo de la Institución.
 8. Ser evaluado de manera justa según las disposiciones legales.
 9. Recibir una corrección fraterna, en forma directa, privada y
     oportuna, en los momentos de dificultad y/o deficiencia.
 10. Rendir descargos y ser escuchado por las faltas cometidas.
 11. Conformar grupos de estudio, investigación, pedagógicos,
     literarios, artísticos, culturales que posibiliten el crecimiento
     personal y profesional
 12. Trabajar en un ambiente sano y seguro.
 13. Obtener los permisos justos y necesarios cuando por motivos de
     salud, calamidad doméstica o asuntos personales tenga que
     ausentarse de la institución.
 14. Representar al Colegio en diversas actividades.
 15. Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que
     ofrece la institución.
 16. Conocer oportunamente la programación del colegio, asignación
     académica, horario, cargos y demás responsabilidades que le
     asigne la institución.
 17. Participar en desarrollo y actualización del Proyecto Educativo
     Institucional, planes de mejoramiento, procesos de certificación
     en calidad.
 18. Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello.




                                                          20
CAPITULO VII: Deberes
Artículo 13. Son deberes de los Docentes:
 1. Asistir puntualmente a su horario de trabajo y permanecer en la
     Institución durante la jornada completa.
 2. Mantener una presentación personal acorde a su rol y a la
     institución.
 3. Cuidar su desempeño, su buen nombre, fama y competencia
     profesional.
 4. Asumir con responsabilidad y compromiso, los procesos de
     modernización que se vivencian en la Comunidad Educativa.
 5. Hacer del enfoque pedagógico institucional, una vivencia
     manifiesta en el proceso de enseñanza aprendizaje en el aula.
 6. Presentar oportunamente al coordinador, la planeación,
     programación general del área y planes de mejoramiento.
 7. Presentar oportunamente a los estudiantes, la programación,
     metodología y criterios de evaluación del área.
 8. Presentar, oportunamente, la solicitud de permiso, justificación de
     inasistencia o retardo en sus labores.
 9. Asistir puntualmente a las jornadas de cualificación y actualización
     docente.
 10. Participar en los diferentes actos de comunidad (cívicos,
     culturales, sociales y deportivos).
 11. Educar con el ejemplo.
 12. Conocer y cumplir los acuerdos consignados en el Manual de
     Convivencia.
 13. Tratar justa, objetiva, equitativa e imparcialmente a los
     estudiantes evitando subjetivismo, preferencias o compromisos
     particulares.
 14. El Director de grupo debe hacer seguimiento de los alumnos a su
     cargo en relación con asistencia, comportamiento y rendimiento
     académico.
 15. Fomentar instancias de diálogo y reflexión sobre el desarrollo de
     la asignatura a su cargo, para identificar fortalezas y debilidades y
     negociar alternativas de solución.
 16. Mantener una comunicación sana, abierta, oportuna y
     espontanea que facilite los vínculos de unión y fraternidad con los
     padres, utilizando los horario programados por la Institución.
 17. Participar activamente en los Colectivos de Grado, para propiciar
     la interdisciplinariedad del conocimiento y la unidad de criterios


                                                             21
en la formación de valores y niveles de desempeño, de los
     estudiantes a su cargo.
 18. Propiciar un adecuado ambiente de aprendizaje, respetando los
     ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes.
 19. Utilizar y velar por el cuidado de los materiales y recursos
     didácticos para el desarrollo de los procesos.
 20. Exigir y controlar la asistencia, puntualidad, orden, aseo,
     comportamiento individual             y grupal, las relaciones
     interpersonales y el desempeño académico de grupo y particular.
 21. Atender a los alumnos en los aspectos formativos de convivencia
     escolar.
 22. Llevar un seguimiento consciente y eficaz del proceso de
     formación y aprendizaje de cada uno de los estudiantes a su
     cargo.
 23. Programar, preparar, realizar, corregir y devolver oportunamente
     los resultados de las evaluaciones a los estudiantes y dar
     oportunidad a sus requerimientos.
 24. Fomentar el espíritu ecológico para la conservación de los
     recursos naturales.
 25. Programar el trabajo de los alumnos en casos de ausencias
     justificadas.
 26. Involucrar a los padres o acudientes para que participen en el
     proceso de formación de los estudiantes.
 27. Responder por el uso adecuado de los materiales confiados a su
     manejo.
 28. Los demás consagrados en la Ley General de la Educación y el
     Estatuto Docente.

          CAPITULO VIII: Estímulos para Docentes
Artículo 14. Los estímulos que la institución ofrece a los docentes en
pro de la superación personal y profesional son:
 1. Banda de excelencia a la vida y obra del maestro,
 Al maestro que:
          Deja huella con su ejemplo
          Es innovador
          Investigador
          Responsable
          Honesto
          Comprometido con su formación personal y profesional


                                                          22
     Fomenta los valores y principios Institucionales
             Goza del respeto y reconocimiento de quienes han sido
              sus discípulos.
2.   Medalla Juana Acosta de Roncallo,
     Al maestro con:
          Alto sentido de pertenencia
               Dispuesto siempre a compartir su saber y creatividad
                   para beneficio del compañero, de la Institución y de
                   toda la comunidad educativa.
               Colaborador incondicional de la Institución
               Cuidadoso de los recursos y materiales del Colegio y
                   de su planta física en general.
3.   Excelencia en el Aula,
     Al maestro que:
          Aplica metodologías creativas que facilita a sus
              estudiantes la adquisición de los diferentes saberes.
          Demuestra buen manejo de los saberes relacionados con
              su especialidad.
          Manifiesta su empatía y maneja excelentes relaciones con
              sus estudiantes
          Su eficiencia se denota en el comportamiento de sus
              estudiantes.
          Está presto al llamado de sus alumnas cuando ellas
              requieres orientación.
          Responsable
          Innovador
          Propicia ambientes de aprendizaje enmarcados en la
              disciplina y el respeto
          Muestra gusto por la actividad que realiza.
4.   Mérito al Honor Codebista,
     Al maestro que:
          Por su liderazgo, contribuye con la proyección social de la
              Institución.
5.   Placa de agradecimiento, por más de 25 años de servicios
     prestados a la Institución al finalizar su labor en ella.
6.   Escudo del Colegio, por diez, quince, veinte, veinticinco, treinta,
     treinta y cinco años de servicio a la institución.




                                                           23
CAPITULO IX: Funciones de la Rectora
Artículo 15. Le corresponde a la Rectora de la Institución:
 1. Representar legalmente a la Institución.
 2. Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo, Consejo
     Académico y Comité de Excelencia.
 3. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar
     las decisiones del gobierno escolar.
 4. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
     aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
 5. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la
     educación en el establecimiento.
 6. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas,
     con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la
     comunidad local, para el continuo progreso académico de la
     institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
 7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes
     estamentos de la comunidad educativa.
 8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo
     Académico.
 9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los
     reglamentos y el Manual de Convivencia.
 10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para
     canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo
     Institucional.
 11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al
     establecimiento con la comunidad local.
 12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado,
     relativas a la prestación del servicio público educativo.
 13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores
     que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
 14. Administrar el personal vinculado a la Institución en lo relacionado
     a novedades y permisos.
 15. Distribuir las asignaciones académicas a los docentes, directivos
     docentes y administrativos a su cargo, de Conformidad con las
     normas establecidas.
 16. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes,
     directivos docentes y administrativos a su cargo, de acuerdo con
     las disposiciones legales vigentes.



                                                            24
17. Seleccionar por perfiles y méritos, a los docentes que recibirán
     capacitación.
 18. Administrar los Fondos de Servicios Docentes y los recursos que
     por incentivos se le asignen, en los términos de la ley.
 19. Elaborar resoluciones rectorales, cuando la situación lo amerite.
 20. Suministrar información veraz y oportuna al Distrito, de acuerdo
     con sus requerimientos
 21. Rendir informe al Consejo Directivo de la institución por lo menos
     cada seis meses.

           CAPITULOX: Funciones del Coordinador
Artículo 16. Le corresponde al Coordinador de la Institución:
 1. Coordinar la acción académica y administrativa de alumnos y
     profesores.
 2. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
 3. Participar en la organización e implementación del currículo.
 4. Orientar y evaluar la ejecución de las actividades académicas y
     convivenciales.
 5. Elaborar el horario general de clases del plantel.
 6. Fomentar la cultura investigativa, tecnológica e informática para
     el logro de los propósitos educativos.
 7. Rendir periódicamente informe a la Dirección del plantel sobre el
     resultado de las actividades académicas.
 8. Presentar a la Rectoría las necesidades de material didáctico de
     los departamentos.
 9. Atender a las alumnas en los aspectos académicos, de evaluación
     y de promoción
 10. Orientar y supervisar al docente en su quehacer pedagógico.
 11. Propiciar la interacción y participación de la comunidad educativa
     para conseguir el bienestar colectivo de la misma.
 12. Atender a las alumnas en los aspectos formativos de convivencia
     escolar.
 13. Participar en el desarrollo y evaluación institucional.
 14. Planificar con los Directores de Grupo, Coordinadores de Área y
     Colectivos de Grado, las acciones tendientes a cumplir con los
     requerimientos del Proyecto Educativo Institucional.
 15. Ser miembro activo del Consejo académico y Comisión de
     Evaluación y Promoción y del Comité de Excelencia.




                                                          25
16. Supervisar el cumplimiento de las normas establecidas en el
     Manual de Convivencia de todo el Personal.
 17. Sustituir al Rector en la Presidencia de los Consejos en caso
     necesario.
 18. Proponer acciones que favorezcan la sana convivencia entre todos
     los estamentos de la Comunidad Educativa.
 19. Responder por el uso adecuado de los materiales confiados a su
     manejo.

 CAPITULO XI: Funciones de los Profesionales de Apoyo
Artículo 17. Tiene el claro objetivo de contribuir a la tarea institucional,
brindando apoyo y asesoría a docentes, directivos, padres o
acudientes y estudiantes, para lograr los fines del Proyecto Educativo
Institucional.
Artículo 18. Las funciones del orientador son:
 1. Contribuir con la institución, para crear un adecuado clima
     organizacional que favorezca la formación de los estudiantes y al
     desempeño docente y administrativo
 2. Contribuir con la institución en la revisión y actualización del Plan
     de Mejoramiento Institucional, el Plan Operativo Anual.
 3. Desarrollar estrategias e instrumentos a promover y evaluar la
     convivencia institucional.
 4. Participar en la revisión, actualización, redacción, socialización e
     implementación del Manual de Convivencia.
 5. Orientar a la comunidad educativa que demande atención
     específica en el área que así lo requiera, sin dejar de lado la
     influencia del ambiente, características y necesidades que inciden
     en su aprendizaje, crecimiento y desarrollo.
 6. Fomentar prácticas docentes que tiendan a la reflexión, al análisis
     y la investigación.
 7. Detectar situaciones de alto riesgo socioeducativo, intervenir y/o
     derivar según las problemáticas concretas.
 8. Diseñar e implementar estrategias de orientación profesional de
     los estudiantes.
 9. Diseñar y poner en marcha el proyecto transversal de Escuela para
     Padres y Madres.
 10. Establecer relaciones con diferentes entidades e instituciones en
     el área de influencia de la institución, con el fin de intercambiar
     experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar.


                                                               26
11. Participar activamente en el comité de evaluación y promoción
     (Colectivo de Grado).
Artículo 19. Las funciones del docente de apoyo (Decreto 366 de 2009)
 1. Establecer procesos y procedimientos de comunicación
     permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados de
     educación formal que atiendan estudiantes con discapacidad o
     con capacidades o con talentos excepcionales para garantizar la
     prestación del servicio educativo adecuado y pertinente.
 2. Participar en la revisión, ajuste, seguimiento y evaluación del
     Proyecto Educativo Institucional (PEI) en lo que respecta a la
     inclusión de la población con discapacidad o con capacidades o
     talentos excepcionales.
 3. Participar en el diseño de propuestas de metodologías y didácticas
     de enseñanza y aprendizaje, flexibilización curricular e
     implementación de adecuaciones pertinentes, evaluación de
     logros y promoción, que sean avaladas por el consejo académico
     como guía para los docentes de grado y de área.
 4. Participar en el desarrollo de actividades que se lleven a cabo en
     el establecimiento educativo, relacionadas con caracterización de
     los estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos
     excepcionales, la sensibilización de la comunidad escolar y la
     formación de docentes.
 5. Gestionar la conformación de redes de apoyo socio familiares y
     culturales para promover las condiciones necesarias para el
     desarrollo de los procesos formativos y pedagógicos adelantados
     en los establecimientos educativos.
 6. Articular, intercambiar y compartir: experiencias, estrategias y
     experticias con otros establecimientos de educación formal, de
     educación superior y de educación para el trabajo y el desarrollo
     humano de la entidad territorial.
 7. Elaborar con los docentes de grado y de área, los protocolos para
     ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades que
     desarrollan con los estudiantes que presentan discapacidad o
     capacidades o talentos excepcionales y apoyar a estos docentes
     en la atención diferenciada cuando los estudiantes lo requieran.
 8. Presentar al rector o director rural, un informe semestral de las
     actividades realizadas con docentes y con estudiantes con
     discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales y los
     resultados logrados con estos estudiantes, para determinar las


                                                          27
propuestas de formación de los docentes, los ajustes
    organizacionales y el tipo de apoyos requeridos por los
    estudiantes que deben gestionarse con otros sectores o entidades
    especializadas.
 9. Participar en el consejo académico y en las comisiones de
    evaluación y promoción, cuando se traten temas que involucren a
    estas poblaciones.

      CAPITULOXII: Funciones del Técnico Operativo
Artículo 20. Son funciones del técnico operativo:
 1. Responsabilizarse de la agenda de trabajo de la dirección general.
 2. Contribuir con la dirección general a potenciar su capacidad y
     rendimiento.
 3. Redactar correspondencia y documentos con indicaciones de su
     contenido, preparándolos para su firma y salida.
 4. Llevar el archivo de hojas de vida de estudiantes, libros de actas
     reglamentarias e informes finales.
 5. Tratar de manera altamente cordial a toda persona que requiera
     su servicio.
 6. Recepcionar llamadas y ofrecer la información precisa ante cada
     solicitud.
 7. Elaborar constancias, actas y certificaciones de estudio.
 8. Fomentar la cooperación y la calidad de las relaciones
     interpersonales en su entorno.
 9. Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas por la Institución
     en el Manual de Convivencia.
 10. Cumplir con los procesos de admisión y matrículas.
 11. Cumplir con las funciones correspondientes al cargo, asignadas
     por el jefe inmediato.


  CAPITULO XIII: Funciones del Auxiliar Administrativo
Artículo 21. Son funciones del Auxiliar Administrativo:
 1. Velar porque los registros y documentos institucionales estén
    claramente fundamentados en los principios de nitidez, claridad y
    legalidad.
 2. Responder por el liderazgo de los procesos de inscripción.
 3. Entregar a tiempo y en forma adecuada, la información requerida
    por las diferentes instancias.


                                                          28
4. Mantener y responsabilizarse del archivo de Rectoría, Planta de
    Personal y matrícula de estudiantes.
 5. Tratar de manera altamente cordial a toda persona que requiera
    su servicio.
 6. Efectuar cobros periódicos de cartera.
 7. Conocer el manejo de los equipos de oficina y tecnología de
    punta.
 8. Elaborar certificados laborales.

    CAPITULOXIV: Funciones del Personal de Servicios
                      Generales
Artículo 22. El personal de Servicio Generales está conformado por los
trabajadores que laboran en las secciones de mantenimiento, aseo y
portería.
Artículo 23. Son funciones del PORTERO:
 1. Ejercer vigilancia en la puerta de la Institución.
 2. Llevar el libro de visitas y de control de anomalías.
 3. Informar y hacer cumplir los horarios de atención al público.
 4. Hacer respetar y mantener limpio el espacio designado para el
     desempeño de sus funciones.
 5. Sin excepción, abstenerse de recibir meriendas, dineros, trabajos
     y materiales didácticos de estudiantes.
 6. Controlar la entrada y salida de los estudiantes en horas distintas
     a las establecidas.
 7. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del
     plantel.
 8. Informar al Rector de cualquier anomalía que se presente durante
     el desempeño de su labor.
 9. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
 10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de
     acuerdo a la naturaleza de su cargo.
Artículo 24. Son funciones del personal de aseo:
 1. Responder por el aseo permanente de las zonas o áreas que le
     sean asignadas.
 2. Cuidar y responder por los elementos utilizados para le ejecución
     de las tareas.
 3. Informar cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos
     bajo su cuidado.
 4. Mantener limpios y regados los jardines de la institución.


                                                          29
5. Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e
    irregularidades que se presentan.
 6. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
 7. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de
    acuerdo con la naturaleza del cargo.

CAPITULO XV: Estímulos para Personal Administrativo y
                 Servicios Generales
Artículo 25. Los estímulos que la institución reconoce al personal
administrativo y de servicios generales, en pro de la superación
personal y profesional son:
 1. Reconocimiento en celebración del Día Mundial del Trabajo y el
     Día del Secretario.
 2. Felicitaciones en su cumpleaños.

    CAPITULO XVI: Derechos y Deberes de los Padres o
                      Acudientes
Artículo 26. Al matricular un estudiante en el Colegio Mayor de
Barranquilla y Del Caribe, los padres o acudientes tienen derecho a:
 1. Artículo 14 del Decreto 1290 de 2009
          Conocer el sistema institucional de evaluación de los
              estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de
              evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
          Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
          Recibir los informes periódicos de evaluación.
          Recibir respuestas oportunas a las inquietudes y
              solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de
              sus hijos.
 2. Estar enterado del seguimiento que se hace a su acudido y opinar
     frente al mismo.
 3. Ser atendido, por la persona requerida, según horario establecido.
 4. Ser tratado con respeto por parte de miembros de la Comunidad
     Educativa.
 5. Participar en la Asociación de Padres de Familia.
 6. Ser elegido representante de los padres de familia a Delegatario,
     Junta de Padres, Consejo Directivo.
 7. Asistir a talleres, conferencias o reuniones de la Escuela de Padres.




                                                            30
8. Presentar sus quejas, reclamos, sugerencias y/o felicitaciones a
     través de los sistemas de comunicación.
Artículo 27. Al matricular un estudiante en el Colegio Mayor de
Barranquilla y Del Caribe, los padres o acudientes deben:
 1. Matricular a su hija en la fecha señalada por la Institución.
 2. Educar a su hija y proporcionarle en el hogar, el ambiente
     adecuado para su desarrollo integral.
 3. Velar por la excelente presentación personal del estudiante.
 4. Dirigirse con respeto, cordialidad y serenidad, a todas las personas
     y estamentos de la institución, siguiendo siempre los conductos
     regulares.
 5. Velar por el cumplimiento de obligaciones escolares de su
     acudido, dentro y fuera de la Institución.
 6. Participar en las Asociaciones de Padres de Familia, siempre y
     cuando haya cancelado la afiliación y Gobierno Escolar.
 7. Artículo 15 del Decreto 1290 de 2009
          Participar, a través de las instancias del gobierno escolar,
              en la definición de criterios y procedimientos de la
              evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción
              escolar.
          Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de
              sus hijos.
          Analizar los informes periódicos de evaluación.
 8. Informarse sobre el desempeño académico y el comportamiento
     del estudiante, y participar en las acciones de mejoramiento.
 9. Contribuir solidariamente con la Institución educativa para la
     formación del estudiante y proveerlo de los útiles escolares.
 10. Asistir puntualmente a todas las citaciones del Colegio para
     respaldar el seguimiento de su acudido.
 11. Justificar oportunamente por escrito, la ausencia del estudiante a
     clases, citaciones, reuniones y demás actividades programadas
     por la institución, anexando fotocopia de cédula.
 12. Conocer y apoyar la filosofía del Colegio y su propuesta educativa.
 13. Enviar oportunamente comunicaciones, desprendibles u otro tipo
     de requerimiento debidamente firmados, cuando les sea
     solicitado.
 14. Evitar comentarios negativos, que vayan en detrimento de la
     institución.




                                                           31
CAPITULO XVI Otros Servicios
Artículo 28. La Tienda Escolar debe:
 1. Abrir las ventas a los estudiantes, 15 minutos antes del recreo y
    cerrar al término de éste.
 2. Mantener en sitio visible la lista de productos y precios aprobados
    por la institución.
 3. Vender productos con precios asequibles para los estudiantes.
 4. Cocinar los alimentos, teniendo en cuenta las medidas de
    salubridad.
 5. Almacenar los alimentos perecederos en los refrigeradores.
 6. Prestar atención a la fecha de vencimiento de los alimentos
    perecederos.
 7. Organizar la basura para contribuir con la preservación del medio
    ambiente.
Artículo 29. El Comedor: Los administradores del comedor
deben:
 1. Mantener aseados y ordenadas las instalaciones de la cocina y el
    comedor.
 2. Mantener refrigerados, los alimentos perecederos.
 3. Almacenar los alimentos en forma apropiada.
 4. Cocinar los alimentos teniendo en cuenta las medidas de
    salubridad.
 5. Prestar atención a la fecha de vencimiento de los alimentos
    perecederos.
 6. Organizar la basura para contribuir con la preservación del medio
    ambiente.
 7. El servicio de comedor se prestará entre las 11:30 a.m. y la 1:00
    p.m.


 TÍTULO V: EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN
                   INSTITUCIONAL

              CAPITULO I: Comunidad Educativa
Artículo 30. Según lo dispuesto en el artículo 6º de la ley 115 de 1994,
la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen
responsabilidades directas en la organización, desarrollo, y evaluación
del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en un determinado



                                                           32
establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes
estamentos:
    1. Los estudiantes que se hayan matriculado.
    2. Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los
        responsables de la educación de los alumnos matriculados.
    3. Los docentes vinculados que laboren en la institución.
    4. Los directivos docentes y administradores escolares que
        cumplen funciones directas en la prestación del servicio
        educativo.
    5. Los egresados organizados para participar.

         CAPITULO II: Órganos del Gobierno Escolar
Artículo 31. El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos
estatales, estará constituido por los siguientes órganos:
     1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación
         de la comunidad educativa y de orientación académica y
         administrativa del establecimiento.
     2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar
         en la orientación pedagógica del establecimiento.
     3. El Rector, como representante del establecimiento ante las
         autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del
         gobierno escolar.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para
períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta
cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su
reemplazo para el resto del período.

CAPITULO III: Integración del Consejo Directivo
Artículo 32. El Consejo Directivo de los establecimientos educativos
estatales estará integrado por:
     1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una
         vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere
         conveniente.
     2. La Coordinadora de la sede número uno
     3. Dos representantes del personal docente, elegidos por
         mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.




                                                           33
4.   Dos representantes de los padres de familia elegidos por la
         Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
    5.   Dos representantes de los estudiantes que se encuentren
         cursando el último grado de educación ofrecido por la
         institución, elegido por el consejo de estudiantes.
    6.   Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo
         Directivo, de ternas presentadas a las organizaciones que
         aglutinen la mayoría de ellos.
    7.   Un representante de los sectores productivos organizados en
         un ámbito local o subsidiariamente, de las entidades que
         auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento
         educativo. El Consejo Directivo escogerá al representante,
         entre candidatos propuestos por las respectivas
         organizaciones.

Parágrafo: Dentro de los primeros sesenta días calendario, siguientes al
de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar
integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones.
Con tal fin, el rector convocará con la debida anticipación, a los
diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

CAPITULO IV Funciones del Consejo Directivo.
Artículo 33. Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos
educativos serán las siguientes:
     1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la
         institución, excepto las que sean competencia de otra
         autoridad, tales como las reservadas a la dirección
         administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
     2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se
         presenten entre docentes y administrativos con los alumnos
         del establecimiento educativo y después de haber agotado los
         procedimientos previstos en el reglamento o manual de
         convivencia.
     3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la
         institución.
     4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para
         la admisión de nuevos alumnos.




                                                           34
5.    Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la
      comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se
      sienta lesionado.
6.    Aprobar el plan anual de actualización académica del personal
      docente presentado por el rector.
7.    Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo
      Institucional, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos
      a la consideración de la secretaría de educación respectiva o
      del organismo que haga sus veces, para que verifique el
      cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los
      reglamentos.
8.    Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución
      educativa.
9.    Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño
      académico y social del alumno que se incorporarán al
      reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso, pueden
      ser contrarios a la dignidad del estudiante.
10.   Participar en la evaluación de los docentes, directivos
      docentes y personal administrativo de la institución.
11.   Recomendar criterios de participación de la institución en
      actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
12.   Establecer el procedimiento para permitir el uso de las
      instalaciones en la realización de actividades educativas,
      culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
      comunidad educativa.
13.   Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y
      cultural con otras instituciones educativas y la conformación
      de organizaciones juveniles.
14.   Fomentar la conformación de asociaciones de padres de
      familia y de estudiantes.
15.   Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente
      Decreto.
16.   Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos
      propios y los convenientes pagos legalmente autorizados,
      efectuados por los padres y responsables de la educación de
      los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros
      de texto y similares.
17.   Darse su propio reglamento.




                                                         35
CAPITULO V Consejo Académico y Sus Funciones
Artículo 34. El Consejo Académico está integrado por el rector quien lo
preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en
el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones:
     1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión
         de la propuesta del proyecto educativo institucional.
     2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento,
         introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el
         procedimiento previsto en el presente decreto.
     3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
     4. Participar en la evaluación institucional anual.
     5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica
         del rendimiento de los educandos y para la promoción,
         asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de
         evaluación.
     6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la
         evaluación educativa.
     7. Ejercer las demás funciones afines o complementarias con las
         anteriores, que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

              CAPITULO V: Comité de Excelencia
Artículo 35. El Comité de Excelencia se establece como órgano
requerido por la implementación del modelo EFQM, cuyos integrantes
forman parte del equipo líder, quien tendrá las siguientes funciones:
     1. Establecer metas coherentes con el horizonte institucional.
     2. Velar que los compromisos adquiridos por los distintos
         equipos de área de mejora, se cumplan dentro de los tiempos
         establecidos.
     3. Mediar ante la entidad certificadora el manejo de los tiempos
         y actividades plasmadas en cada una de los planes de acción.
     4. Apoyar a los diferentes equipos de área de mejora.
     5. Aprobar las acciones planteadas por los diferentes grupos de
         área de mejora.

            CAPITULO VI: Asociación de Egresados
Artículo 36. Son egresados, las personas que hayan cursado sus
estudios y a quienes se le ha otorgado Diferentes Títulos de Bachiller
Académico en el Colegio Mayor de Barranquilla y el Caribe.



                                                            36
Artículo 37. Hacen parte de la comunidad educativa, los egresados
organizados y asociados, con los estatutos legalmente reglamentados
por ley y reconocidos por el Concejo Directivo de la Institución.
Artículo 38. El representante de los Egresados al Consejo Directivo
será elegido por la Rectora, de una terna presentada por la Junta
Directiva de la Asociación de exalumnos.

 CAPITULO VI: Personero de los Estudiantes y Funciones
Artículo 39. En todos los establecimientos educativos, el personero de
 los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca
 la institución. Será el encargado, de promover el ejercicio de los
 deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución
 Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. El
 personero tendrá las siguientes funciones:
     1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
          estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de
          comunicación interna del establecimiento, pedir la
          colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u
          otras formas de deliberación.
     2. Liderar campañas o proyectos, que generen beneficios para la
          comunidad estudiantil, de acuerdo a las reglas y normas del
          Manual de Convivencia.
     3. Liderar campañas que promuevan principios de paz, justicia,
          cuidado y protección del medio ambiente y aprendizajes
          democráticos.
     4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los
          educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule
          cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento
          de las obligaciones de los alumnos.
     5. Presentar ante el rector, las solicitudes de oficio o a petición
          de parte, que considere necesarias para proteger los derechos
          de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
     6. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo
          Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del
          rector respecto a las peticiones presentadas por su
          intermedio.
El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días
calendario siguiente al de iniciación de clases de un período lectivo
anual. Para tal efecto, el rector convocará a todos los estudiantes


                                                            37
matriculados, con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y
mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes, es incompatible
con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Artículo 40. Perfil de la personera: Estudiante del último grado, con dos
 o más años de permanencia en la institución, destacada por su
 liderazgo y alto desempeño académico, su capacidad para organizar,
 trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro.

     CAPITULO VI: Consejo de Estudiantes Y Funciones
Artículo 41. En todos los establecimientos educativos, el Consejo de
Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el
continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos.
Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos
por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo
Consejo Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las
cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas
integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que
elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para
el año lectivo en curso.
Los alumnos de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo
de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un
vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
Corresponde al Consejo de Estudiantes:
     1. Darse su propia organización interna.
     2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo
         Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento
         de su representación.
     3. Invitar a sus deliberaciones, a aquellos estudiantes que
         presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
     4. Y las demás actividades afines o complementarias con las
         anteriores, que le atribuya el Manual de Convivencia.
Artículo 42. Perfil del concejero de grupo: Estudiante destacado por su
liderazgo, autonomía, sentido de pertenencia, buen desempeño su
capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al
otro.
Artículo 43. Perfil de la Representante al Directivo: Estudiante del
último grado, con dos o más años de permanencia en la institución,


                                                             38
destacada por su liderazgo y alto desempeño académico, su capacidad
para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro.

            CAPITULO VI: Consejo de Convivencia
Artículo 44. Definición: El Consejo de Convivencia, es un organismo de
 apoyo donde se evalúan las faltas graves de los estudiantes con el fin
 de establecer el debido proceso y la sanción pertinente.
Artículo 45. El Consejo de Convivencia está conformado por: El Rector,
 el coordinador, director de Grupo del estudiante, Psicorientadora,
 padre de familia o acudiente y Personero estudiantil.
Artículo 46. FUNCIONES DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA.
     1. Tipificar la falta.
     2. Analizar lo actuado.
     3. Oír en descargo al estudiante.
     4. Recomendar estrategias formativas.
     5. Determinar la sanción a que haya lugar.
Parágrafo: Los miembros de esta comisión no están autorizados a
revelar los temas o casos tratados, a personas ajenas a la comisión.

            CAPITULO VII: Auxiliar de Convivencia
Artículo 47. Perfil del auxiliar de convivencia: Estudiante destacado por
su liderazgo, autonomía, sentido de pertenencia, buen desempeño su
capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al
otro.
Artículo 48. La primera elección del auxiliar de disciplina y su suplente
la harán los estudiantes del curso de una terna que propongan en una
reunión precedida por el Director de Grupo en la tercera (3) semana
del primer mes de clase. Las posteriores elecciones o rotaciones las
harán los alumnos del curso de la terna que presente el consejo
formativo del grupo.
Artículo 49. Los estudiantes auxiliares de disciplina simultáneamente
no pueden ser personeros, representantes, consejeros ni monitores.
Artículo 50. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE DISCIPLINA.
     1. Velar por una convivencia en armonía dentro del salón de
         clases.
     2. Observar atentamente los comportamientos de sus
         compañeros y cuando se presente alguna situación anómala
         que no esté de acuerdo con los valores culturales y/o Manual
         de Convivencia Escolar, comunicárselo al Director de Grupo.


                                                            39
3. Hacerle a sus compañeros, observaciones respetuosas, cuando
       la situación así lo amerite.
    4. Implementar campañas o proyectos para mejorar el ambiente
       en el salón de clases.
    5. Colaborar en los actos de comunidad para que sus
       compañeros guarden el comportamiento adecuado.
    6. Y cualquier función que le asigne el Coordinador de la
       institución o el Director de Grupo.

                CAPITULO VIII: Monitor de Área
Artículo 51. Perfil del monitor de área: Estudiante destacado por su
liderazgo y buen desempeño académico, su capacidad para organizar,
motivar al otro y trabajar en equipo.
Artículo 52. El monitor del área será elegido por el profesor teniendo
en cuenta los siguientes aspectos:
     1. Un estudiante puede ser monitor, en dos áreas como máximo.
     2. El monitor de área no puede ser simultáneamente, auxiliar de
         convivencia, consejero, personero o representante y viceversa.
     3. El monitor se elige no para sustituir al profesor sino para
         ayudar a coordinar algunas actividades.
     4. La elección del monitor se efectúa en la cuarta
         (4) semana de clases del año escolar.
     ARTICULO 50. FUNCIONES DEL MONITOR DE ÁREA. Las funciones
     del monitor de área son:
     1. Coordinar las actividades de la clase cuando el profesor tenga
         que ausentarse.
     2. Acompañar el proceso de aprendizaje de los estudiantes que
         presentan dificultades.
     3. Orientar el desarrollo de tareas a los estudiantes que soliciten
         su ayuda.
     4. Y cualquier función de orden académico que le asigne el
         docente del área.




                                                           40
TÍTULO IV: FALTAS, DEBIDO PROCESO Y SANCIONES

  CAPITULO I: Clasificación de Faltas de los Estudiantes
Artículo 53. Faltas leves de los estudiantes:
  1. Incumplir el horario de entrada a la Institución, por tres veces
      durante un periodo académico.
  2. Interrupción y perturbación de la clase u otras actividades
      curriculares.
  3. Presentación personal no acorde a lo establecido en este Manual
      de Convivencia.
  4. Negarse a participar en las actividades de la institución sin justa
      causa.
  5. Vocabulario inapropiado o vulgar.
  6. No devolver a tiempo los desprendibles de las citaciones y
      documentación exigida por el Colegio.
  7. Poco compromiso en las actividades escolares.
  8. Rifas y comercialización de productos sin autorización de la
      institución.
  9. No justificar oportunamente las ausencias.
  10. No devolver los libros de la biblioteca en las fechas estipuladas.
  11. Usar el celular, el iPod, reproductor de sonido y juegos de video
      en las clases y otras actividades curriculares.
  12. Irrespetar a cualquier miembro de la comunidad con gestos,
      sobrenombres, apodos y comentarios de mal gusto que afecten la
      autoestima. La reincidencia da lugar a una falta grave.
  13. Consumir alimentos o goma de mascar en el salón de clases.
  14. Adelantar o prolongar las vacaciones oficiales.
  15. Ausentarse del salón de clases sin permiso.
  16. Comprar artículos y alimentos a los vendedores ambulantes en la
      puerta de la institución.
  17. Fomentar rencillas con sus compañeras de estudio, dentro o fuera
      del plantel.
Parágrafo: El cuidado del celular, ipod, reproductor de sonido o juego
de video será competencia del dueño, el colegio no se responsabiliza de
su pérdida o daño.
Artículo 54. Son faltas graves de los estudiantes:
  1. Atentar contra el prestigio y el buen nombre del colegio,
      protagonizando desordenes o escándalos en buses o lugares
      públicos, cuando use el uniforme.


                                                           41
2. Atentar contra la seguridad y el medio ambiente tirando basuras,
    botella, platos, vasos, cubiertos, etc. en el piso.
3. Ser miembro de pandillas, grupos delictivos o sectas satánicas.
4. Salir para el colegio y no llegar a él.
5. Salir de la institución antes de terminar la jornada escolar, sin
    autorización.
6. Tener dentro de las instalaciones del Colegio, manifestaciones de
    afecto sexual entre parejas del mismo u otro sexo.
7. Dañar parcial o totalmente los recursos didácticos, equipos,
    silletería, etc. y la planta física de la Institución.
8. Calumniar, irrespetar, extorsionar, amenazar o injuriar a cualquier
    miembro de la Comunidad Educativa, en forma verbal, escrita o
    virtual.
9. Faltar habitualmente al Colegio sin justificaciones.
10. Acoso físico, verbal o sexual a un miembro de la Comunidad
    Educativa.
11. Uso de celular para plagios y fraudes.
12. Envío de mensajes escritos o virtuales con contenido injurioso,
    ofensivo, intimidatorio o pornográfico a un miembro de la
    Comunidad Educativa.
13. Insubordinación o mal comportamiento habitual, una vez
    agotadas las recomendaciones y estrategias que el caso amerite.
14. Utilizar fotos y videos relacionados con estudiantes, docentes o
    administrativos para hacer burla, calumnias o injurias.
15. Adulterar documentos o firmas.
16. Hacer uso de los documentos de identificación de otra persona.
17. Fumar dentro del colegio, ingerir o introducir bebidas alcohólicas.
18. Guardar, traficar, y/o usar drogas e inducir al consumo de dichas
    drogas.
19. Realizar o intentar cualquier tipo de fraude, engaño o
    suplantación.
20. Abandonar el plantel, sin el permiso de Coordinación, en períodos
    de actividades ordinarias.
21. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto
    contra las personas, objetos o elementos de la institución.
22. Portar o hacer uso de cualquier clase de arma para solucionar
    conflictos o intimidar.
23. Introducir al colegio: libros, folletos, revistas y otros medios de
    divulgación pornográfica o que atenten contra la moral pública.


                                                          42
24. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o
     pornográficas en cualquier sitio del colegio.
 25. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad.
 26. Utilizar lenguaje oral, vulgar, ofensivo contra la dignidad y el
     respeto que se le debe a las personas.
 27. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que
     envía el colegio a los acudientes o padres de familia o viceversa.
 28. Atentar contra la moral, las sanas costumbres, el buen nombre y
     la honra de sus compañeras y de otros miembros de la comunidad
     educativa (prostitución, drogadicción, estafas). Esta falta se
     extiende aún fuera del plantel y es gravísima si se comete
     portando el uniforme del colegio.
 29. Inducir y/o promover la prostitución y/o drogadicción.
 30. Incurrir en acciones que ocasionen la intervención judicial o
     perdida de la libertad por reclusión.
 31. Cometer cualquier infracción o delito, punibles por las leyes
     penales colombianas.
 32. Asistir a lugares a bares, moteles, discotecas; vestidas con el
     uniforme del Colegio.
 33. Interrumpir y perturbar el buen desarrollo de cualquier actividad
     de orden académico, cultural o deportivo que se realice en el
     colegio.
 34. Apropiarse de los bienes ajenas.
 35. Dañar los útiles escolares y material de apoyo de sus compañeros.
 36. Utilizar el nombre del Colegio, para respaldar actividades que no
     hayan sido debidamente autorizadas.
Artículo 55. Derecho a la Defensa: El estudiante que sea objeto de
una acusación, tendrá derecho a que se le escuche, a pedir que se le
practiquen pruebas, a solicitar la presencia del acudiente al
procedimiento y a interponer los recursos establecidos en el Manual.

                  CAPITULO III: Debido Proceso
El Comité de Convivencia, en su naturaleza y finalidad, procura abordar
y asumir el diálogo, como la estrategia mediadora en la solución de
conflictos que se pudieran presentar entre los miembros de la
Comunidad Educativa. El conflicto es parte de la cotidianidad y
debemos entenderlo como una situación en la que coexisten
elementos positivos y negativos. Por tanto, su solución debe ser




                                                          43
creativa, dialogada, democrática, lúcida y nunca violenta, atendiendo a
los principios orientadores de nuestra Institución.
Artículo 56. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes y
 reglamentos institucionales, preexistentes al acto que se le imputa y
 con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
Artículo 57. La falta leve será tratada por el docente que la detecte
 quien luego informará al Director de Grupo, en caso de reincidencia, el
 estudiante será remitido a Coordinación.
Artículo 58. El uso indebido del celular, IPod, reproductor de sonido
 y/o juego de video en las clases traerá como consecuencia el decomiso
 de los mismos y solo se le hará la devolución al padre o acudiente,
 previa firma de un acta de compromiso.
Artículo 59. Quien se presuma haya cometido una falta grave, tiene
 derecho a la defensa ante el Comité de Convivencia y al
 acompañamiento de sus padres o acudiente que legalmente lo
 representa.
Artículo 60. Cuando se presuma un estudiante cometió una falta grave
 contra el Manual de Convivencia tendrá derecho a:
  1. Escuchar el relato de los hechos de los cuales se le hace
      responsable
  2. Presentar su versión de los hechos o descargos.
  3. Exigir pruebas de los mismos.
  4. Presentar recurso de reposición cuando los cargos o la sanción los
      considere injustos.
Artículo 61. Una vez agotado el debido proceso, el Rector tendrá la
 potestad de emitir un juicio acerca de la forma y el estilo de dar
 cumplimiento a las normas señaladas en el presente Manual de
 Convivencia.
      Parágrafo 1. La falta leve será tratada por el docente que la
      detecte, quien luego informará al Director de Grupo; en caso de
      reincidencia, el estudiante será remitido a Coordinación.
      Parágrafo 2. El uso indebido del celular, ipod, reproductor de
      sonido y/o juego de video en las clases traerá como consecuencia
      el decomiso de los mismos y sólo se le hará la devolución al padre
      o acudiente, previa firma de un acta de compromiso.
      Parágrafo 3. El cuidado del celular, ipod, reproductor de sonido o
      juego de video será competencia del dueño, el colegio no se
      responsabiliza de su pérdida o daño.




                                                           44
Artículo 62. Parágrafo 4. Los permisos y justificaciones deben
presentarse por escrito a la Coordinadora, anexando el soporte
correspondiente

         CAPITULO IV: Estrategias Formativas y Sanciones
Artículo 63. Definición de términos:
Normas: Son orientaciones que facilitan el desarrollo de las actividades
y las relaciones entre personas. Indica la línea de autoridad, los canales
de comunicación, las funciones que cada persona tiene en la
Institución.
Estrategias Formativas: Mecanismo que se utiliza para redireccionar un
comportamiento.
Sanción: Consecuencia de un acto que infringe la norma.
Recurso de reposición: Derecho a solicitar en los tres (3) días hábiles
siguientes, ante la persona u organismo, la reconsideración del
correctivo, y estos contarán con cinco (5) días hábiles para responder al
recurso de reposición
Artículo 64. Comprometidos con la renovación del ser, ante un
 comportamiento de los estudiantes que sea violatorio del Manual de
 Convivencia, la Institución aplica las siguientes Estrategias Formativas:
  1. Diálogo con padres o acudientes
  2. Recomendaciones del psicorientador y/o profesional de apoyo a
      los padres
  3. Remisión a asistencia profesional especializada.
  4. Talleres de autorreflexión dirigidos por el psicorientador.
Artículo 65. Ante las faltas leves contra el Manual de Convivencia, los
 Profesores y/o Directivos del Colegio, según su competencia podrán
 aplicar los siguientes correctivos:
  1. Hacer un llamado de atención verbal.
  2. Amonestación escrita.
  3. Citación a los padres o acudientes a quienes se les expondrá la
      situación y se propondrán estrategias para el mejoramiento del
      comportamiento del estudiante.
  4. Suspensión temporal de las actividades académicas normales
      hasta por tres días, para realizar dentro del Colegio con el apoyo
      del psicorientador y/o docente de apoyo un plan de mejoramiento
      destinado a buscar cambios en el comportamiento del estudiante.




                                                             45
5. Cuando el estudiante haya acumulado 3 retardos, se citará a su
      acudiente para firmar un acta de compromiso con el fin de
      modificar la conducta presentada.
  Parágrafo 1. La suspensión temporal de actividades académicas se
  refiere a que el estudiante asistirá en su horario normal a realizar
  talleres de autorreflexión orientados a mejorar su comportamiento.
Artículo 66. Ante las faltas graves contra el Manual de Convivencia, los
estudiantes recibirán las siguientes sanciones:
 1. Amonestación escrita con copia a la hoja de seguimiento.
 2. Acta de compromiso de responsabilidad avalada por el padre de
      familia o acudiente.
 3. Suspensión hasta por cinco días según la gravedad de la falta.
 4. No renovación de la matrícula: Se aplicará para el año siguiente.
 5. Cancelación de la matrícula una vez realizado el debido proceso.
 6. Reposición o pago de los daños causados al material didáctico,
      mobiliario, equipos y planta física.


TÍTULO VI: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, CAPITULO I: Escala de
                       Valoración

Artículo 67. El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe acoge la
escala establecida por el Ministerio de Educación Nacional, propuesta
en el Decreto 1290 y establece una descripción de cada nivel de
desempeño.

Desem         Descripción                                  Escala
peño                                                       numérica
              Se considera de desempeño superior, al
              estudiante que alcanza meritoriamente, los
              estándares básicos de competencia
   Superior




              propuesta y los propósitos de formación
                                                            5.0- 4.6
              planteados por la institución, en el marco
              de la autonomía y liderazgo, frente a los
              diversos grupos sociales.




                                                             46
Desem       Descripción                                    Escala
peño                                                       numérica
            Se considera de desempeño alto, al
            estudiante que alcanza los logros
            propuestos en las áreas y los propósitos de
   Alto




            formación planteados por la institución en
            su PEI, manteniendo una actitud constante       4.5- 4.0
            de superación.
            Se considera de desempeño básico, al
            estudiante que alcanza los logros necesarios
            en relación con las áreas obligatorias y
            fundamentales, teniendo como referente
   Básico




            los estándares básicos, las orientaciones y
                                                            3.9- 3.0
            lineamientos expedidos por el Ministerio de
            Educación Nacional y los propósitos de
            formación planeados por la institución en su
            PEI.
            Se    considera de desempeño bajo, al
            estudiante que no alcanza los logros
            necesarios en relación con las áreas
            obligatorias y fundamentales, teniendo
   Bajo




            como referente los estándares básicos, las      2.9- 1.0
            orientaciones y lineamientos expedidos por
            el MEN y los propósitos de formación
            planteados por la institución en su PEI.

Promoción

Artículo 68. Será promovido al siguiente grado:
     1. El estudiante que al finalizar el año escolar haya aprobado
         todas las áreas obligatorias y fundamentales y las optativas
         establecidas en el Plan de Estudio de la institución con una
         valoración de desempeño básico, alto o superior.
     2. El estudiante que al finalizar el año escolar, presente
         insuficiencia en una o dos áreas fundamentales u optativas,



                                                             47
establecidas en el Plan de Estudio, y las supere en las
         actividades finales de superación
    3.   El estudiante que al finalizar las actividades finales de
         superación, presente insuficiencia en una de las áreas
         fundamentales u optativas.
         Parágrafo1: Para el caso anterior, la institución programará
         estrategias de apoyo para resolver las situaciones
         pedagógicas pendientes que deberán realizarse durante el
         mes de febrero del siguiente año. Si cumplida esta etapa
         persiste la insuficiencia, esta situación quedará anotada en
         su historial académico.
         Parágrafo 2: Entiéndase como estrategias de apoyo para
         superar las situaciones pedagógicas pendientes, todas
         aquellas actividades programadas en común acuerdo entre
         docentes, estudiantes y padres de familia o acudientes.

Promoción Anticipada.

Artículo 69. Para la promoción anticipada se considerarán los
siguientes casos:

    1. Caso Excepcional
    La institución podrá promover de manera anticipada, durante el
    primer período, a aquellas estudiantes que presenten un nivel de
    desempeño excepcional, en los procesos cognitivos, actitudinales,
    procedimentales y axiológicos.
La promoción se llevará a cabo mediante el siguiente proceso:
    1. Propuesta y estudio de la solicitud de promoción anticipada
         por el Colectivo de Docentes
    2. Solicitud de acuerdo del Padre de familia.
    3. Solicitud del Colectivo de docentes del grado ante el Consejo
         Académico,
    4. Aval del Consejo Directivo

    2. Estudiantes no Promovidos
    La institución ofrecerá a los estudiantes no promovidos por la
    pérdida de DOS ÁREAS., la oportunidad de promoción anticipada si
    durante el primer período escolar del año siguiente demuestran un
    desempeño excepcional en todas las áreas del dominio



                                                         48
cognoscitivo, social, procedimental y presentan igualmente un
    cambio actitudinal y un compromiso formal.
    La promoción se llevará a cabo mediante el siguiente proceso:
    1. Propuesta y estudio de la solicitud de promoción anticipada
        por el Colectivo de docentes. .
    2. Consentimiento del alumno y el Padre de familia.
    3. Solicitud del Colectivo de docentes del grado ante el Consejo
        Académico, para su aprobación.
    4. Aval del Consejo Directivo.

Reprobación
Artículo 70. Se considera para la reprobación de un grado de la
 educación básica o media en la institución, cualquiera de los siguientes
 casos:
     1. El estudiante que al finalizar el año escolar y después de
          cumplidas todas y cada una de las actividades de superación,
          presente una valoración de desempeño bajo en tres o más
          áreas fundamentales u optativas del plan de estudios de la
          institución.
     2. El estudiante que persista en la insuficiencia con dos áreas,
          después de haber realizado las actividades finales de
          superación.
     3. Si el estudiante presenta un porcentaje de 25% de inasistencia
          con o sin justificación a las actividades académicas realizadas.
     El estudiante que presente la justificación de inasistencia por casos
     excepcionales, debe someterse a un estudio y decisión por parte del
     Comité de Evaluación y Promoción del grado.
Se diseñará un programa específico para los educandos no promovidos
al grado siguiente. En todos los casos, la institución hará un
seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el
primer período, en la medida en que éste demuestre la superación de
las insuficiencias académicas que no permitieron su promoción.
La institución garantizará la promoción y retención de la población
estudiantil mínimo en un 94%.

Graduación
Artículo 71. Al finalizar el año lectivo, el estudiante de último grado
obtendrá su título y asistirá a la graduación cuando haya aprobado
todas las áreas del plan de estudio de Undécimo grado.



                                                             49
Parágrafo: No podrá ser proclamado bachiller, el estudiante que: tenga
desempeño bajo en un área, después de haber realizado todas las
actividades finales de superación. En este caso, deberá realizar un Plan
de Mejoramiento individual, durante el período vacacional, para
superar las dificultades. Este plan de mejoramiento individual será
evaluado en el primer período del año siguiente. Se le otorgará el título
de bachiller una vez cumpla con las actividades y apruebe el área
pendiente.




                                                            50

Contenu connexe

Similaire à Manual convivencia codebase

Manual municipios escolares
Manual municipios escolaresManual municipios escolares
Manual municipios escolareselangel5
 
Manual municipio escolar
Manual municipio escolarManual municipio escolar
Manual municipio escolarvalzav
 
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdf
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdfFUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdf
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdfAbdielRodriguez36
 
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...ALMADELIAGARZARAMIRE
 
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016Elena Proaño Castro
 
diapositivas Pei 2025
diapositivas Pei 2025 diapositivas Pei 2025
diapositivas Pei 2025 criscastroro
 
Presentacion institucional juan manuel
Presentacion institucional juan manuelPresentacion institucional juan manuel
Presentacion institucional juan manuelsena-ipiales
 
Centro educativo rural villadiana
Centro educativo rural villadianaCentro educativo rural villadiana
Centro educativo rural villadianaYonatan Letter
 
Padres yrepresentantes
Padres yrepresentantesPadres yrepresentantes
Padres yrepresentantesMariantonio
 

Similaire à Manual convivencia codebase (20)

Manual municipios escolares
Manual municipios escolaresManual municipios escolares
Manual municipios escolares
 
Manual municipios escolares
Manual municipios escolaresManual municipios escolares
Manual municipios escolares
 
Manual municipio escolar
Manual municipio escolarManual municipio escolar
Manual municipio escolar
 
Manual municipios escolares
Manual municipios escolaresManual municipios escolares
Manual municipios escolares
 
Manual municipios escolares
Manual municipios escolaresManual municipios escolares
Manual municipios escolares
 
Orientaciones al docente
Orientaciones al docenteOrientaciones al docente
Orientaciones al docente
 
Orientaciones al docente
Orientaciones al docenteOrientaciones al docente
Orientaciones al docente
 
Manual hora guia
Manual hora guiaManual hora guia
Manual hora guia
 
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdf
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdfFUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdf
FUNDAMENTOS PARA LA FUNCIÓN DIRECTIVA.pdf
 
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...
cuadernillo_fundamentos_funcion_directiva_desde_perspectiva_nueva_escuela_mex...
 
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016
Lineamientos emprendimiento gestion 2 bgu 2016
 
diapositivas Pei 2025
diapositivas Pei 2025 diapositivas Pei 2025
diapositivas Pei 2025
 
2 e4300e2d01
2 e4300e2d012 e4300e2d01
2 e4300e2d01
 
Presentacion institucional juan manuel
Presentacion institucional juan manuelPresentacion institucional juan manuel
Presentacion institucional juan manuel
 
Reglamento Estudiantil
Reglamento EstudiantilReglamento Estudiantil
Reglamento Estudiantil
 
Centro educativo rural villadiana
Centro educativo rural villadianaCentro educativo rural villadiana
Centro educativo rural villadiana
 
Bairon
Bairon Bairon
Bairon
 
Estatutos adodis-2010
Estatutos adodis-2010Estatutos adodis-2010
Estatutos adodis-2010
 
Padres yrepresentantes
Padres yrepresentantesPadres yrepresentantes
Padres yrepresentantes
 
Colegio cooperativo
Colegio cooperativoColegio cooperativo
Colegio cooperativo
 

Manual convivencia codebase

  • 1. COLEGIO MAYOR DE BARRANQUILLA Y DEL CARIBE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Consejo Directivo del Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe presenta su Manual de Convivencia a la comunidad educativa, como instrumento dentro del proceso de formación, el cual debe ser conocido, asumido y respetado, para que la convivencia esté enmarcada en los principios de respeto, tolerancia y solidaridad. Barranquilla 2011
  • 2. Contenido Resolución Rectoral ...................................................................5 Misión ............................................................................................6 Visión .............................................................................................6 Valores ...........................................................................................7 Objetivos Generales del Manual de Convivencia ..........................9 TÍTULO I: LA INSTITUCIÓN ...........................................................10 TÍTULO II: PROCESO DE ADMISIONES Y MATRICULAS .................11 TÍTULO III: DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ...........................................................12 CAPITULO I: Perfil Estudiante ..................................................12 CAPITULO II: Derechos de los Estudiante ................................13 CAPITULO III: Deberes de los Estudiantes ...............................14 CAPITULO IV: Estímulos para los Estudiantes Destacados ......17 CAPITULO V: Perfil del Docente ...............................................19 CAPITULO VI Derechos ............................................................20 CAPITULO VII: Deberes ............................................................21 CAPITULO VIII: Estímulos para Docentes .................................22 CAPITULO IX: Funciones de la Rectora ....................................24 CAPITULOX: Funciones del Coordinador .................................25 CAPITULO XI: Funciones de los Profesionales de Apoyo ........26 CAPITULOXII: Funciones del Técnico Operativo ......................28 CAPITULO XIII: Funciones del Auxiliar Administrativo .............28 CAPITULOXIV: Funciones del Personal de Servicios Generales .................................................................................................29 CAPITULO XV: Estímulos para Personal Administrativo y Servicios Generales..................................................................30 2
  • 3. CAPITULO XVI: Derechos y Deberes de los Padres o Acudientes ...............................................................................30 CAPITULO XVI Otros Servicios..................................................32 TÍTULO V: EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL ............................................................................32 CAPITULO I: Comunidad Educativa ..........................................32 CAPITULO II: Órganos del Gobierno Escolar ............................33 CAPITULO III: Integración del Consejo Directivo .....................33 CAPITULO IV Funciones del Consejo Directivo. .......................34 CAPITULO V Consejo Académico y Sus Funciones ...................36 CAPITULO V: Comité de Excelencia .........................................36 CAPITULO VI: Asociación de Egresados ...................................36 CAPITULO VI: Personero de los Estudiantes y Funciones ........37 CAPITULO VI: Consejo de Estudiantes Y Funciones .................38 CAPITULO VI: Consejo de Convivencia ....................................39 CAPITULO VII: Auxiliar de Convivencia ....................................39 CAPITULO VIII: Monitor de Área ..............................................40 TÍTULO IV: FALTAS, DEBIDO PROCESO Y SANCIONES ..................41 CAPITULO I: Clasificación de Faltas de los Estudiantes ...........41 CAPITULO III: Debido Proceso .................................................43 CAPITULO IV: Estrategias Formativas y Sanciones ..................45 TÍTULO VI: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, CAPITULO I: Escala de Valoración ....................................................................................46 Promoción ...............................................................................47 Promoción Anticipada. ............................................................48 1. Caso Excepcional .........................................................48 2. Estudiantes no Promovidos .........................................48 3
  • 6. Misión Formar ciudadanos y ciudadanas autónomos, responsables y líderes; con un proyecto de vida fundamentado en valores éticos, políticos, culturales y ecológicos que sustenten su desarrollo humano y los cualifique, garantizándoles un buen desempeño en todos los ámbitos de la vida social y laboral, en armonía con los principios de autoconocimiento, participación democrática y el dominio de las herramientas tecnológicas, para el manejo de la información, la comunicación y el conocimiento. Visión En el año 2014 seremos una Institución Innovadora, Emprendedora y Productiva, comprometida con una formación integral y fundamentada en valores, a través del trabajo en equipo, la interdisciplinariedad, la investigación y la participación de la comunidad educativa; en el marco de una educación de calidad, respondiendo al reto propuesto por el entorno, empleando las herramientas tecnológicas como base de su ser, hacer y proyección social. 6
  • 7. Valores El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe ofrece a su comunidad una formación basada en los siguientes valores: AUTOCONOCIMIENTO: La adquisición de la noción del yo, las cualidades, características, forma de pensar, sentir y actuar para encontrar estrategias de auto regulación. AUTONOMÍA: La capacidad para organizar la propia vida de acuerdo a valores, normas y a un proyecto personal que se manifieste de modo consciente y deliberado, sobre la base de las competencias humanas generales que le den control sobre ella misma. HONESTIDAD: El actuar con transparencia. LEALTAD: El hacer aquello con lo que uno se ha comprometido aún en circunstancias cambiantes o adversas. El compromiso a defender lo que se cree y a quien se cree. RESPETO: La comprensión y aceptación de la condición inherente a las personas como seres humanos con derechos y deberes, en un constante proceso de mejora espiritual y material. RESPONSABILIDAD: La capacidad de reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de los actos realizados en libertad. SOLIDARIDAD: La disposición para ayudar a los compañeros cuando necesiten de apoyo. JUSTICIA: El dar a cada quien lo que le corresponde, de conformidad con sus méritos y los derechos que le asisten. SENTIDO DE PERTENENCIA: Sentir arraigo a los grupos, organizaciones o instituciones a las que se pertenece. 7
  • 8. TOLERANCIA: La valoración de los demás por lo que son y la aceptación y el respeto por las diferencias. POLÍTICO: El compromiso como ser social, de participar activamente en la organización y administración del Estado en beneficio de la sociedad. CULTURAL: El conocimiento y comprensión de las manifestaciones culturales, locales y regionales para generar la defensa de nuestro patrimonio, como una expresión específica y característica, de la cultura nacional y universal. ECOLÓGICOS: El reconocimiento de cada individuo y de toda la sociedad como parte del ecosistema para un desarrollo sostenible. El aprender a utilizar y racionalizar los recursos naturales para satisfacer las necesidades de la actual generación, sin sacrificar el derecho de las próximas generaciones a satisfacer las suyas. 8
  • 9. Objetivos Generales del Manual de Convivencia 1. Lograr que los estudiantes interioricen los principios que regulan su vida en comunidad y formen buenos hábitos que desarrollen su personalidad. 2. Brindar formas internas de organización que desarrollen la tolerancia, participación, solidaridad, autonomía, respeto y valores ciudadanos. 3. Concientizar a padres y acudientes de la responsabilidad que tienen como agentes educativos, por derecho, en el proceso formativo de sus hijos o acudidos. 4. Señalar las funciones, derechos, deberes y límites de autoridad que correspondan a los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 5. Diseñar mecanismos para la supervisión, el control y la evaluación de todas las actividades curriculares, con el fin de asegurar la calidad educativa, el buen desempeño profesional de los docentes y administrativos, la participación de los estudiantes en el gobierno escolar y el desarrollo de los procesos educativos. 9
  • 10. TÍTULO I: LA INSTITUCIÓN El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe es una Institución educativa de carácter oficial, distrital, autorizado para impartir educación formal en los niveles de Educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, en dos jornadas. 1. Preescolar: Matinal: 7:00 a.m. - 11:00 a.m. Vespertina: 1:00 p.m. – 5:00 p.m. 2. Primaria: Matinal: 7:00 a.m. - 12:00 a.m. Vespertina: 12:30 p.m. – 5:30 p.m. 3. Básica Secundaria y Media Matinal: 6:15 a.m. – 12:15 p.m. Vespertina: 12:20 p.m. – 6:20 p.m. Ubicación El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe está ubicado en el barrio el Rosario, en la calle 47 No 44 - 97, Sede 1 (Básica Secundaria y Media Vocacional) y en la calle 41 No 45–86, Sede 2 (Preescolar y Básica Primaria). Correo electrónico colmayor@hotmail.es Teléfono: 341 10 51 NIT 890 107266-2 Convenios El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe es una Institución Innovadora, Emprendedora y Productiva que busca la formación para el trabajo y el desarrollo humano, estableciendo convenios con el SENA y el ITSA 10
  • 11. TÍTULO II: PROCESO DE ADMISIONES Y MATRICULAS Artículo 1. Como requisitos de inscripción se establecen los siguientes: 1. Diligenciar formulario de inscripción. 2. Presentar registro Civil y/o tarjeta de identidad. 3. Presentar certificado de estudios del grado anterior. 4. Acudir a una entrevista para estudiantes de grados décimo y undécimo. Artículo 2. La matrícula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes, su duración es de un año y puede ser interrumpida en forma unilateral o de común acuerdo, siempre y cuando se cumpla el debido proceso. Artículo 3. Los estudiantes que se matriculen por primera vez deben entregar los siguientes documentos: 1. Recibo de cancelación de matrícula. 2. Orden de traslado si se requiere 3. Registro Civil 4. Certificado de vacunas (estudiantes de transición) 5. Certificado médico 6. Certificado del SISBEN estratos 1 y 2 7. Copia del carnet de la EPS 8. Certificados originales de los grados anteriormente aprobados. Artículo 4. Para matricular a los estudiantes que hayan cursado el año anterior en la Institución, se exige: 1. Recibo de cancelación de matrícula. 2. Certificado del SISBEN estratos 1 y 2 3. Copia del carnet de la EPS 4. Orden de matrícula. Artículo 5. El proceso de matrícula comprende la firma de la hoja respectiva por el padre o el acudiente y el estudiante, previa entrega de los documentos exigidos. Artículo 6. Se pierde el carácter de estudiante del Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe por: 1. Cancelación voluntaria de la matrícula. 2. No diligenciar el proceso de matrícula en el tiempo señalado sin la debida justificación. 3. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula o al resolver otra situación de la vida escolar. 11
  • 12. 4. Desescolarización del estudiante por el Consejo Directivo, apoyada en el debido proceso. TÍTULO III: DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. CAPITULO I: Perfil Estudiante Artículo 7. La labor educativa del colegio se centra en la persona como ser único e irrepetible, protagonista de una sociedad justa, comprometida con su educación y su formación integral. Además, fundamenta su formación en los cuatro pilares de la educación establecidos por la UNESCO. Ser  Autonomía Aprender a  Responsable Conocer  Líder  Indagador  Trascendente  Investigador  Veraz  Crítico  Solidario  Sistemático  Ético  Analítico  Estético  Competente ESTUDIANTE CODEBISTA Convivir  Conciliador Hacer  Tolerante  Creativo  Democrático  Comprometido  Participativo  Cuidadoso  Asertivo  Proactivo  Solidario  Competente  Trabajo en  Con conciencia equipo ambiental y  Con conciencia salubrista histórica y cívica. 12
  • 13. CAPITULO II: Derechos de los Estudiante Artículo 8. Los estudiantes matriculados en la Institución tienen derecho a: 1. Recibir una formación integral de acuerdo con lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. 2. Ser tratados por parte del personal docente, administrativo y de servicios generales, con la consideración, el respeto, el aprecio y la justicia que todo ser humano merece de sus semejantes. 3. Participar activamente en el proceso enseñanza- aprendizaje y en las demás programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas del plantel. 4. Conocer con anterioridad los contenidos programáticos de cada área de estudio y los criterios de evaluación. 5. Conocer el informe de desempeño antes de ser registrado en la planilla de evaluación. 6. Ser escuchados antes de ser sancionados. 7. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares, los cuales deben hacerse a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas vinculadas a ésta. 8. Conocer el seguimiento individual sobre su comportamiento, que hagan las asesoras escolares, directores de grupo, profesores y/o coordinadores de colectivos o áreas y hacer las observaciones o los descargos respectivos ante quien corresponda. 9. Utilizar y recibir oportunamente, y dentro de los horarios establecidos, los servicios de Bienestar Estudiantil de que dispone la Institución: Orientación y Consejería, Biblioteca, Tienda Escolar y otras atenciones que se prestan a nivel institucional. 10. Ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal administrativo en lo que se refiere a la solicitud de Certificados de Estudios, Paz y Salvo, Constancias, y otros. Estas solicitudes deben hacerse durante los horarios establecidos. 11. Obtener el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados como fundamentales para toda persona, en la Constitución Política Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, Leyes Civiles, Penales, Ley General de Educación y otras normas vigentes. 12. Recibir un buen servicio y calidad en la educación. 13
  • 14. 13. Solicitar la aprobación del Consejo Directivo y autoridades escolares para la organización y operación de medios de comunicación masiva, que le permitan expresar sus opiniones. 14. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional. 15. Recibir su carnet estudiantil, documento que lo identifique como miembro de la Institución. 16. Participar activamente en el Gobierno Escolar, de acuerdo con los requerimientos institucionales. 17. Participar activamente en grupos culturales, recreativos, deportivos, proyectos educativos y de investigación. 18. Justificar su ausencia oportunamente ante la coordinación, para que se le permita presentar trabajos, evaluaciones, exposiciones, etc., de forma extemporánea. 19. Ejercitarse responsablemente en la libertad para estudiar, tener acceso a las fuentes de información científica, e investigar los fenómenos de la naturaleza y de la sociedad. 20. Debatir doctrinas e ideologías. 21. Elegir y ser elegidos. 22. Realizar sus actividades escolares en un ambiente saludable, seguro y adecuado. 23. Recibir el Manual de Convivencia al matricularse por primera vez y las modificaciones que se le vayan haciendo. 24. Recibir oportunamente el informe evaluativo después de terminar cada período escolar. CAPITULO III: Deberes de los Estudiantes Artículo 9. Los estudiantes matriculados en la Institución deben: 1. Conocer y vivenciar sus deberes 2. Cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas por la institución que le garantizan su formación integral. 3. Conocer y vivenciar el manual de convivencia. 4. Conocer y hacer respetar sus derechos y no abusar de ellos. 5. Asistir puntualmente a todas las clases y participar en todos los actos de la comunidad. 6. Asistir al Colegio con el uniforme de diario o educación física según el horario. 14
  • 15. 7. Permanecer dentro de las aulas o en las aulas especializadas en las horas de clase. 8. En caso de inasistencia o retraso, debe presentar ante la Coordinadora, una vez se reintegre, la justificación escrita por el padre o acudiente, anexando fotocopia de la cedula y la certificación médica cuando sea necesaria. 9. Portar permanentemente el seguro médico obligatorio (carnet de la EPS, SISBEN o Seguro Estudiantil) y conocer la clínica o centro de emergencia que le presta los primeros auxilios. 10. Llevar y entregar oportunamente a los padres o acudiente toda la información que envié el colegio y regresar el desprendible debidamente firmado en el plazo estipulado. 11. Adquirir los libros y útiles necesarios para alcanzar un buen desempeño académico. 12. Asistir puntualmente y realizar en las fechas programadas, los planes de mejoramiento. 13. Respetar y cumplir las normas de convivencia al utilizar los servicios de la sala de computación, biblioteca, laboratorio, comedor, talleres, sala de bilingüismo y sala de audiovisuales. 14. Contribuir con el aseo, conservación y embellecimiento del medio. 15. Cuidar los bienes materiales de la institución. 16. Pagar los daños ocasionados en la planta física, muebles, material didáctico y equipos de la institución 17. Comportarse correctamente en los sitios públicos y medios de transporte. 18. Proteger su integridad física, evitando comportamientos que pongan en peligro su vida y la de sus compañeras(os). 19. Dirigirse a todos los miembros de la comunidad educativa con respeto, cortesía y buena educación. 20. Hacer buen uso de las redes sociales de internet. 21. Respetar a todo ser humano sin importar su condiciónes físicas, culturales o económicas. 22. Evitar comportamientos y exageraciones en las relaciones interpersonales que desdigan de su buen nombre y sean motivo de mal ejemplo y escándalo. 23. Entregar al Director de grupo o a la coordinadora, todo objeto que se encuentre y no le pertenezca. 24. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de valor, ya que el colegio no se responsabiliza de la pérdida de ellos. 15
  • 16. 25. Responder con su actuar a los principios de educación y lema que nos identifica: “De la exigencia a la excelencia”. 26. Participar activamente en las diferentes formas de organización estudiantil, gobierno escolar, proyectos de aula, equipos de investigación, clubes deportivos, Taller Libre de Creación Literaria, grupos artísticos y culturales. 27. Utilizar dentro y fuera de las aulas, un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar u ofensiva. 28. Denunciar toda falta que atente contra el bien común, si no quiere ser cómplice y responsable de la misma. 29. Respetar y acatar las normas establecidas para la buena convivencia. 30. Seguir el conducto regular para la resolución de conflictos o reclamaciones. 31. Escuchar, comprender y respetar el punto de vista del otro. 32. Respetar y valorar el tiempo y los ritmos de aprendizaje de sus compañeros. 33. Mantener la pulcritud e higiene en la presentación personal, portando con respeto y dignidad el Uniforme del Colegio y teniendo en cuenta las normas establecidas: a. El uniforme de diario es el siguiente: Una falda con pliegues de 3cm. y largo que llega debajo de la rodilla. En la faja, lleva presillas donde debe colocarse una correa de cuerina turquí de 3 cm de ancho y hebilla sencilla. La blusa es con cuello sport, manga arriba del codo, bolsillo del lado izquierdo, sobre el cual debe ir el escudo del colegio, cosido a máquina. Ambas piezas están confeccionadas en tela blanca y tejido tupido. Debajo de la falda debe usarse pantaloneta o licra blanca. Este Uniforme se utilizará en todas las actividades del Colegio. b. El uniforme de Educación Física: Una sudadera azul con 2 bieses de color salmón. La camiseta es blanca con dos franjas azules y bieses salmón, cuello sport y en lado izquierdo lleva bordado el nombre del colegio. c. Para ambos uniformes, debe usar zapatos tenis de color blanco y medias colegiales blancas (no tobilleras) Parágrafo 1: Los estudiantes que pertenecen a los programas de formación profesional, deben cumplir con las políticas y reglamentos de las instituciones con las cuales, el Colegio está articulado. 16
  • 17. Parágrafo 2: No se pueden utilizar joyas, accesorios llamativos de colores disonantes, piercing, brazaletes, tatuajes. CAPITULO IV: Estímulos para los Estudiantes Destacados Artículo 10. Al finalizar el año escolar, los estudiantes recibirán los siguientes estímulos y distinciones: 1. BANDA DE EXCELENCIA ACADEMICA Y MATRICULA DE HONOR: Al estudiante de cada nivel que obtenga la EXCELENCIA a juicio del Colectivo de grado. 2. BANDA DE EXCELENCIA EN FORMACION Y CONVIVENCIA: Al estudiante de cada nivel que obtenga la EXCELENCIA a juicio de los directores de grupo y docentes de formación. 3. BECA: Estarán exentos del pago de matrícula y pensión de estudios, el primer estudiante de cada curso que obtenga la EXCELENCIA a juicio de los directores de grupo y los colectivos de grado. 4. MENCION DE HONOR: Los estudiantes serán merecedores de esta distinción por los siguientes aspectos: COLABORACION: Un estudiante de cada curso, que demuestre espíritu de colaboración en las actividades administrativas, culturales, sociales, deportivas, recreativas y de proyección a la comunidad, según criterio de los directores de grupo y docentes de formación. AL MEJOR DEPORTISTA: Un estudiante con alto desempeño en las diferentes modalidades deportivas desarrolladas en la Institución, seleccionado por los Docentes de Educación Física. PRUEBAS SABER: Reconocimiento al estudiante de cada jornada que en las pruebas SABER obtengan los más altos puntajes. GOBIERNO ESCOLAR: Reconocimiento en el acto de graduación a los estudiantes que formaron parte del gobierno escolar (personero y representante en el consejo directivo). Artículo 11. Al finalizar cada período, los estudiantes que sobresalgan por su buen desempeño académico, su liderazgo, su participación en los proyectos de aula, actividades intramurales como festivales, foros, concursos y campeonatos deportivos, recibirán estímulos como: 1. Distinción en el cuadro de honor. 2. Postulación como consejero, monitor, auxiliar de disciplina del curso, o suplente según el caso. 17
  • 18. 3. Selección para izar el Pabellón Nacional o de la Institución cuando haya celebración especial. 4. Designación como deportista del período. 5. Postulación como integrante de delegaciones deportivas, culturales, artísticas, equipos de investigación y para participar en actividades intra y extamurales. 6. Promoción anticipada al grado siguiente después de obtener el visto bueno del Comité de Evaluación y Promoción y del Consejo Directivo. 7. Exaltación en los actos cívicos y culturales. 18
  • 19. CAPITULO V: Perfil del Docente Ser Hacer  Líder  Dinámico  Trascendente  Investigador  Honesto  Indagador  Reflexivo  Creativo  Responsable  Innovador  Pulcro  Facilitador  Respetuoso  Crítico  Tolerante  Analítico  Humilde  Trabajar en  Comprensivo equipo  Justo y veraz  Instructor  Asesor DOCENTE CODEBISTA Conocer Convivir  Renovado  Educa con el  Con metas ejemplo claras y  Comprometido específicas  Orientador  Proactivo  Instructor  Eficiente  Asesor  Conciliador  Tolerante  Democrático  Participativo  Asertivo  Solidario  Con conciencia histórica y cívica.  19
  • 20. CAPITULO VI Derechos Artículo 12. Son Derechos de los Docentes y Docentes-Directivos: 1. Recibir trato respetuoso de todos los miembros de la Comunidad Educativa (Decreto 1860 Artículo 18). 2. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones como representante de los docentes en el Consejo Directivo de la Institución en Asamblea (decreto 1860 Artículo 21). 3. Elegir y ser elegido en el Comité de Evaluación y Promoción (Decreto 1860). 4. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico en representación de su área. 5. Ser elegido, coordinador de área y de colectivo de grado. 6. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización, cualificación, y profesionalización que realice la Institución. 7. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que contribuyan al mejoramiento educativo de la Institución. 8. Ser evaluado de manera justa según las disposiciones legales. 9. Recibir una corrección fraterna, en forma directa, privada y oportuna, en los momentos de dificultad y/o deficiencia. 10. Rendir descargos y ser escuchado por las faltas cometidas. 11. Conformar grupos de estudio, investigación, pedagógicos, literarios, artísticos, culturales que posibiliten el crecimiento personal y profesional 12. Trabajar en un ambiente sano y seguro. 13. Obtener los permisos justos y necesarios cuando por motivos de salud, calamidad doméstica o asuntos personales tenga que ausentarse de la institución. 14. Representar al Colegio en diversas actividades. 15. Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece la institución. 16. Conocer oportunamente la programación del colegio, asignación académica, horario, cargos y demás responsabilidades que le asigne la institución. 17. Participar en desarrollo y actualización del Proyecto Educativo Institucional, planes de mejoramiento, procesos de certificación en calidad. 18. Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello. 20
  • 21. CAPITULO VII: Deberes Artículo 13. Son deberes de los Docentes: 1. Asistir puntualmente a su horario de trabajo y permanecer en la Institución durante la jornada completa. 2. Mantener una presentación personal acorde a su rol y a la institución. 3. Cuidar su desempeño, su buen nombre, fama y competencia profesional. 4. Asumir con responsabilidad y compromiso, los procesos de modernización que se vivencian en la Comunidad Educativa. 5. Hacer del enfoque pedagógico institucional, una vivencia manifiesta en el proceso de enseñanza aprendizaje en el aula. 6. Presentar oportunamente al coordinador, la planeación, programación general del área y planes de mejoramiento. 7. Presentar oportunamente a los estudiantes, la programación, metodología y criterios de evaluación del área. 8. Presentar, oportunamente, la solicitud de permiso, justificación de inasistencia o retardo en sus labores. 9. Asistir puntualmente a las jornadas de cualificación y actualización docente. 10. Participar en los diferentes actos de comunidad (cívicos, culturales, sociales y deportivos). 11. Educar con el ejemplo. 12. Conocer y cumplir los acuerdos consignados en el Manual de Convivencia. 13. Tratar justa, objetiva, equitativa e imparcialmente a los estudiantes evitando subjetivismo, preferencias o compromisos particulares. 14. El Director de grupo debe hacer seguimiento de los alumnos a su cargo en relación con asistencia, comportamiento y rendimiento académico. 15. Fomentar instancias de diálogo y reflexión sobre el desarrollo de la asignatura a su cargo, para identificar fortalezas y debilidades y negociar alternativas de solución. 16. Mantener una comunicación sana, abierta, oportuna y espontanea que facilite los vínculos de unión y fraternidad con los padres, utilizando los horario programados por la Institución. 17. Participar activamente en los Colectivos de Grado, para propiciar la interdisciplinariedad del conocimiento y la unidad de criterios 21
  • 22. en la formación de valores y niveles de desempeño, de los estudiantes a su cargo. 18. Propiciar un adecuado ambiente de aprendizaje, respetando los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. 19. Utilizar y velar por el cuidado de los materiales y recursos didácticos para el desarrollo de los procesos. 20. Exigir y controlar la asistencia, puntualidad, orden, aseo, comportamiento individual y grupal, las relaciones interpersonales y el desempeño académico de grupo y particular. 21. Atender a los alumnos en los aspectos formativos de convivencia escolar. 22. Llevar un seguimiento consciente y eficaz del proceso de formación y aprendizaje de cada uno de los estudiantes a su cargo. 23. Programar, preparar, realizar, corregir y devolver oportunamente los resultados de las evaluaciones a los estudiantes y dar oportunidad a sus requerimientos. 24. Fomentar el espíritu ecológico para la conservación de los recursos naturales. 25. Programar el trabajo de los alumnos en casos de ausencias justificadas. 26. Involucrar a los padres o acudientes para que participen en el proceso de formación de los estudiantes. 27. Responder por el uso adecuado de los materiales confiados a su manejo. 28. Los demás consagrados en la Ley General de la Educación y el Estatuto Docente. CAPITULO VIII: Estímulos para Docentes Artículo 14. Los estímulos que la institución ofrece a los docentes en pro de la superación personal y profesional son: 1. Banda de excelencia a la vida y obra del maestro, Al maestro que:  Deja huella con su ejemplo  Es innovador  Investigador  Responsable  Honesto  Comprometido con su formación personal y profesional 22
  • 23. Fomenta los valores y principios Institucionales  Goza del respeto y reconocimiento de quienes han sido sus discípulos. 2. Medalla Juana Acosta de Roncallo, Al maestro con:  Alto sentido de pertenencia  Dispuesto siempre a compartir su saber y creatividad para beneficio del compañero, de la Institución y de toda la comunidad educativa.  Colaborador incondicional de la Institución  Cuidadoso de los recursos y materiales del Colegio y de su planta física en general. 3. Excelencia en el Aula, Al maestro que:  Aplica metodologías creativas que facilita a sus estudiantes la adquisición de los diferentes saberes.  Demuestra buen manejo de los saberes relacionados con su especialidad.  Manifiesta su empatía y maneja excelentes relaciones con sus estudiantes  Su eficiencia se denota en el comportamiento de sus estudiantes.  Está presto al llamado de sus alumnas cuando ellas requieres orientación.  Responsable  Innovador  Propicia ambientes de aprendizaje enmarcados en la disciplina y el respeto  Muestra gusto por la actividad que realiza. 4. Mérito al Honor Codebista, Al maestro que:  Por su liderazgo, contribuye con la proyección social de la Institución. 5. Placa de agradecimiento, por más de 25 años de servicios prestados a la Institución al finalizar su labor en ella. 6. Escudo del Colegio, por diez, quince, veinte, veinticinco, treinta, treinta y cinco años de servicio a la institución. 23
  • 24. CAPITULO IX: Funciones de la Rectora Artículo 15. Le corresponde a la Rectora de la Institución: 1. Representar legalmente a la Institución. 2. Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo, Consejo Académico y Comité de Excelencia. 3. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 4. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 5. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. 6. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia. 10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, relativas a la prestación del servicio público educativo. 13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. 14. Administrar el personal vinculado a la Institución en lo relacionado a novedades y permisos. 15. Distribuir las asignaciones académicas a los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de Conformidad con las normas establecidas. 16. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 24
  • 25. 17. Seleccionar por perfiles y méritos, a los docentes que recibirán capacitación. 18. Administrar los Fondos de Servicios Docentes y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la ley. 19. Elaborar resoluciones rectorales, cuando la situación lo amerite. 20. Suministrar información veraz y oportuna al Distrito, de acuerdo con sus requerimientos 21. Rendir informe al Consejo Directivo de la institución por lo menos cada seis meses. CAPITULOX: Funciones del Coordinador Artículo 16. Le corresponde al Coordinador de la Institución: 1. Coordinar la acción académica y administrativa de alumnos y profesores. 2. Establecer canales y mecanismos de comunicación. 3. Participar en la organización e implementación del currículo. 4. Orientar y evaluar la ejecución de las actividades académicas y convivenciales. 5. Elaborar el horario general de clases del plantel. 6. Fomentar la cultura investigativa, tecnológica e informática para el logro de los propósitos educativos. 7. Rendir periódicamente informe a la Dirección del plantel sobre el resultado de las actividades académicas. 8. Presentar a la Rectoría las necesidades de material didáctico de los departamentos. 9. Atender a las alumnas en los aspectos académicos, de evaluación y de promoción 10. Orientar y supervisar al docente en su quehacer pedagógico. 11. Propiciar la interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de la misma. 12. Atender a las alumnas en los aspectos formativos de convivencia escolar. 13. Participar en el desarrollo y evaluación institucional. 14. Planificar con los Directores de Grupo, Coordinadores de Área y Colectivos de Grado, las acciones tendientes a cumplir con los requerimientos del Proyecto Educativo Institucional. 15. Ser miembro activo del Consejo académico y Comisión de Evaluación y Promoción y del Comité de Excelencia. 25
  • 26. 16. Supervisar el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia de todo el Personal. 17. Sustituir al Rector en la Presidencia de los Consejos en caso necesario. 18. Proponer acciones que favorezcan la sana convivencia entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa. 19. Responder por el uso adecuado de los materiales confiados a su manejo. CAPITULO XI: Funciones de los Profesionales de Apoyo Artículo 17. Tiene el claro objetivo de contribuir a la tarea institucional, brindando apoyo y asesoría a docentes, directivos, padres o acudientes y estudiantes, para lograr los fines del Proyecto Educativo Institucional. Artículo 18. Las funciones del orientador son: 1. Contribuir con la institución, para crear un adecuado clima organizacional que favorezca la formación de los estudiantes y al desempeño docente y administrativo 2. Contribuir con la institución en la revisión y actualización del Plan de Mejoramiento Institucional, el Plan Operativo Anual. 3. Desarrollar estrategias e instrumentos a promover y evaluar la convivencia institucional. 4. Participar en la revisión, actualización, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia. 5. Orientar a la comunidad educativa que demande atención específica en el área que así lo requiera, sin dejar de lado la influencia del ambiente, características y necesidades que inciden en su aprendizaje, crecimiento y desarrollo. 6. Fomentar prácticas docentes que tiendan a la reflexión, al análisis y la investigación. 7. Detectar situaciones de alto riesgo socioeducativo, intervenir y/o derivar según las problemáticas concretas. 8. Diseñar e implementar estrategias de orientación profesional de los estudiantes. 9. Diseñar y poner en marcha el proyecto transversal de Escuela para Padres y Madres. 10. Establecer relaciones con diferentes entidades e instituciones en el área de influencia de la institución, con el fin de intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar. 26
  • 27. 11. Participar activamente en el comité de evaluación y promoción (Colectivo de Grado). Artículo 19. Las funciones del docente de apoyo (Decreto 366 de 2009) 1. Establecer procesos y procedimientos de comunicación permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados de educación formal que atiendan estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales para garantizar la prestación del servicio educativo adecuado y pertinente. 2. Participar en la revisión, ajuste, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en lo que respecta a la inclusión de la población con discapacidad o con capacidades o talentos excepcionales. 3. Participar en el diseño de propuestas de metodologías y didácticas de enseñanza y aprendizaje, flexibilización curricular e implementación de adecuaciones pertinentes, evaluación de logros y promoción, que sean avaladas por el consejo académico como guía para los docentes de grado y de área. 4. Participar en el desarrollo de actividades que se lleven a cabo en el establecimiento educativo, relacionadas con caracterización de los estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales, la sensibilización de la comunidad escolar y la formación de docentes. 5. Gestionar la conformación de redes de apoyo socio familiares y culturales para promover las condiciones necesarias para el desarrollo de los procesos formativos y pedagógicos adelantados en los establecimientos educativos. 6. Articular, intercambiar y compartir: experiencias, estrategias y experticias con otros establecimientos de educación formal, de educación superior y de educación para el trabajo y el desarrollo humano de la entidad territorial. 7. Elaborar con los docentes de grado y de área, los protocolos para ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades que desarrollan con los estudiantes que presentan discapacidad o capacidades o talentos excepcionales y apoyar a estos docentes en la atención diferenciada cuando los estudiantes lo requieran. 8. Presentar al rector o director rural, un informe semestral de las actividades realizadas con docentes y con estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales y los resultados logrados con estos estudiantes, para determinar las 27
  • 28. propuestas de formación de los docentes, los ajustes organizacionales y el tipo de apoyos requeridos por los estudiantes que deben gestionarse con otros sectores o entidades especializadas. 9. Participar en el consejo académico y en las comisiones de evaluación y promoción, cuando se traten temas que involucren a estas poblaciones. CAPITULOXII: Funciones del Técnico Operativo Artículo 20. Son funciones del técnico operativo: 1. Responsabilizarse de la agenda de trabajo de la dirección general. 2. Contribuir con la dirección general a potenciar su capacidad y rendimiento. 3. Redactar correspondencia y documentos con indicaciones de su contenido, preparándolos para su firma y salida. 4. Llevar el archivo de hojas de vida de estudiantes, libros de actas reglamentarias e informes finales. 5. Tratar de manera altamente cordial a toda persona que requiera su servicio. 6. Recepcionar llamadas y ofrecer la información precisa ante cada solicitud. 7. Elaborar constancias, actas y certificaciones de estudio. 8. Fomentar la cooperación y la calidad de las relaciones interpersonales en su entorno. 9. Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas por la Institución en el Manual de Convivencia. 10. Cumplir con los procesos de admisión y matrículas. 11. Cumplir con las funciones correspondientes al cargo, asignadas por el jefe inmediato. CAPITULO XIII: Funciones del Auxiliar Administrativo Artículo 21. Son funciones del Auxiliar Administrativo: 1. Velar porque los registros y documentos institucionales estén claramente fundamentados en los principios de nitidez, claridad y legalidad. 2. Responder por el liderazgo de los procesos de inscripción. 3. Entregar a tiempo y en forma adecuada, la información requerida por las diferentes instancias. 28
  • 29. 4. Mantener y responsabilizarse del archivo de Rectoría, Planta de Personal y matrícula de estudiantes. 5. Tratar de manera altamente cordial a toda persona que requiera su servicio. 6. Efectuar cobros periódicos de cartera. 7. Conocer el manejo de los equipos de oficina y tecnología de punta. 8. Elaborar certificados laborales. CAPITULOXIV: Funciones del Personal de Servicios Generales Artículo 22. El personal de Servicio Generales está conformado por los trabajadores que laboran en las secciones de mantenimiento, aseo y portería. Artículo 23. Son funciones del PORTERO: 1. Ejercer vigilancia en la puerta de la Institución. 2. Llevar el libro de visitas y de control de anomalías. 3. Informar y hacer cumplir los horarios de atención al público. 4. Hacer respetar y mantener limpio el espacio designado para el desempeño de sus funciones. 5. Sin excepción, abstenerse de recibir meriendas, dineros, trabajos y materiales didácticos de estudiantes. 6. Controlar la entrada y salida de los estudiantes en horas distintas a las establecidas. 7. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del plantel. 8. Informar al Rector de cualquier anomalía que se presente durante el desempeño de su labor. 9. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida. 10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo a la naturaleza de su cargo. Artículo 24. Son funciones del personal de aseo: 1. Responder por el aseo permanente de las zonas o áreas que le sean asignadas. 2. Cuidar y responder por los elementos utilizados para le ejecución de las tareas. 3. Informar cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado. 4. Mantener limpios y regados los jardines de la institución. 29
  • 30. 5. Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presentan. 6. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 7. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza del cargo. CAPITULO XV: Estímulos para Personal Administrativo y Servicios Generales Artículo 25. Los estímulos que la institución reconoce al personal administrativo y de servicios generales, en pro de la superación personal y profesional son: 1. Reconocimiento en celebración del Día Mundial del Trabajo y el Día del Secretario. 2. Felicitaciones en su cumpleaños. CAPITULO XVI: Derechos y Deberes de los Padres o Acudientes Artículo 26. Al matricular un estudiante en el Colegio Mayor de Barranquilla y Del Caribe, los padres o acudientes tienen derecho a: 1. Artículo 14 del Decreto 1290 de 2009  Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.  Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.  Recibir los informes periódicos de evaluación.  Recibir respuestas oportunas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. 2. Estar enterado del seguimiento que se hace a su acudido y opinar frente al mismo. 3. Ser atendido, por la persona requerida, según horario establecido. 4. Ser tratado con respeto por parte de miembros de la Comunidad Educativa. 5. Participar en la Asociación de Padres de Familia. 6. Ser elegido representante de los padres de familia a Delegatario, Junta de Padres, Consejo Directivo. 7. Asistir a talleres, conferencias o reuniones de la Escuela de Padres. 30
  • 31. 8. Presentar sus quejas, reclamos, sugerencias y/o felicitaciones a través de los sistemas de comunicación. Artículo 27. Al matricular un estudiante en el Colegio Mayor de Barranquilla y Del Caribe, los padres o acudientes deben: 1. Matricular a su hija en la fecha señalada por la Institución. 2. Educar a su hija y proporcionarle en el hogar, el ambiente adecuado para su desarrollo integral. 3. Velar por la excelente presentación personal del estudiante. 4. Dirigirse con respeto, cordialidad y serenidad, a todas las personas y estamentos de la institución, siguiendo siempre los conductos regulares. 5. Velar por el cumplimiento de obligaciones escolares de su acudido, dentro y fuera de la Institución. 6. Participar en las Asociaciones de Padres de Familia, siempre y cuando haya cancelado la afiliación y Gobierno Escolar. 7. Artículo 15 del Decreto 1290 de 2009  Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.  Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.  Analizar los informes periódicos de evaluación. 8. Informarse sobre el desempeño académico y el comportamiento del estudiante, y participar en las acciones de mejoramiento. 9. Contribuir solidariamente con la Institución educativa para la formación del estudiante y proveerlo de los útiles escolares. 10. Asistir puntualmente a todas las citaciones del Colegio para respaldar el seguimiento de su acudido. 11. Justificar oportunamente por escrito, la ausencia del estudiante a clases, citaciones, reuniones y demás actividades programadas por la institución, anexando fotocopia de cédula. 12. Conocer y apoyar la filosofía del Colegio y su propuesta educativa. 13. Enviar oportunamente comunicaciones, desprendibles u otro tipo de requerimiento debidamente firmados, cuando les sea solicitado. 14. Evitar comentarios negativos, que vayan en detrimento de la institución. 31
  • 32. CAPITULO XVI Otros Servicios Artículo 28. La Tienda Escolar debe: 1. Abrir las ventas a los estudiantes, 15 minutos antes del recreo y cerrar al término de éste. 2. Mantener en sitio visible la lista de productos y precios aprobados por la institución. 3. Vender productos con precios asequibles para los estudiantes. 4. Cocinar los alimentos, teniendo en cuenta las medidas de salubridad. 5. Almacenar los alimentos perecederos en los refrigeradores. 6. Prestar atención a la fecha de vencimiento de los alimentos perecederos. 7. Organizar la basura para contribuir con la preservación del medio ambiente. Artículo 29. El Comedor: Los administradores del comedor deben: 1. Mantener aseados y ordenadas las instalaciones de la cocina y el comedor. 2. Mantener refrigerados, los alimentos perecederos. 3. Almacenar los alimentos en forma apropiada. 4. Cocinar los alimentos teniendo en cuenta las medidas de salubridad. 5. Prestar atención a la fecha de vencimiento de los alimentos perecederos. 6. Organizar la basura para contribuir con la preservación del medio ambiente. 7. El servicio de comedor se prestará entre las 11:30 a.m. y la 1:00 p.m. TÍTULO V: EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL CAPITULO I: Comunidad Educativa Artículo 30. Según lo dispuesto en el artículo 6º de la ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo, y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en un determinado 32
  • 33. establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos: 1. Los estudiantes que se hayan matriculado. 2. Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboren en la institución. 4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Los egresados organizados para participar. CAPITULO II: Órganos del Gobierno Escolar Artículo 31. El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales, estará constituido por los siguientes órganos: 1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período. CAPITULO III: Integración del Consejo Directivo Artículo 32. El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por: 1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. La Coordinadora de la sede número uno 3. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 33
  • 34. 4. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 5. Dos representantes de los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución, elegido por el consejo de estudiantes. 6. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas a las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos. 7. Un representante de los sectores productivos organizados en un ámbito local o subsidiariamente, de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El Consejo Directivo escogerá al representante, entre candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. Parágrafo: Dentro de los primeros sesenta días calendario, siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin, el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. CAPITULO IV Funciones del Consejo Directivo. Artículo 33. Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia. 3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos. 34
  • 35. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos. 8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que se incorporarán al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso, pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. 10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto. 16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. 17. Darse su propio reglamento. 35
  • 36. CAPITULO V Consejo Académico y Sus Funciones Artículo 34. El Consejo Académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación institucional anual. 5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa. 7. Ejercer las demás funciones afines o complementarias con las anteriores, que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. CAPITULO V: Comité de Excelencia Artículo 35. El Comité de Excelencia se establece como órgano requerido por la implementación del modelo EFQM, cuyos integrantes forman parte del equipo líder, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Establecer metas coherentes con el horizonte institucional. 2. Velar que los compromisos adquiridos por los distintos equipos de área de mejora, se cumplan dentro de los tiempos establecidos. 3. Mediar ante la entidad certificadora el manejo de los tiempos y actividades plasmadas en cada una de los planes de acción. 4. Apoyar a los diferentes equipos de área de mejora. 5. Aprobar las acciones planteadas por los diferentes grupos de área de mejora. CAPITULO VI: Asociación de Egresados Artículo 36. Son egresados, las personas que hayan cursado sus estudios y a quienes se le ha otorgado Diferentes Títulos de Bachiller Académico en el Colegio Mayor de Barranquilla y el Caribe. 36
  • 37. Artículo 37. Hacen parte de la comunidad educativa, los egresados organizados y asociados, con los estatutos legalmente reglamentados por ley y reconocidos por el Concejo Directivo de la Institución. Artículo 38. El representante de los Egresados al Consejo Directivo será elegido por la Rectora, de una terna presentada por la Junta Directiva de la Asociación de exalumnos. CAPITULO VI: Personero de los Estudiantes y Funciones Artículo 39. En todos los establecimientos educativos, el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución. Será el encargado, de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. El personero tendrá las siguientes funciones: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 2. Liderar campañas o proyectos, que generen beneficios para la comunidad estudiantil, de acuerdo a las reglas y normas del Manual de Convivencia. 3. Liderar campañas que promuevan principios de paz, justicia, cuidado y protección del medio ambiente y aprendizajes democráticos. 4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 5. Presentar ante el rector, las solicitudes de oficio o a petición de parte, que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 6. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a todos los estudiantes 37
  • 38. matriculados, con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes, es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Artículo 40. Perfil de la personera: Estudiante del último grado, con dos o más años de permanencia en la institución, destacada por su liderazgo y alto desempeño académico, su capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro. CAPITULO VI: Consejo de Estudiantes Y Funciones Artículo 41. En todos los establecimientos educativos, el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Corresponde al Consejo de Estudiantes: 1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones, a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Y las demás actividades afines o complementarias con las anteriores, que le atribuya el Manual de Convivencia. Artículo 42. Perfil del concejero de grupo: Estudiante destacado por su liderazgo, autonomía, sentido de pertenencia, buen desempeño su capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro. Artículo 43. Perfil de la Representante al Directivo: Estudiante del último grado, con dos o más años de permanencia en la institución, 38
  • 39. destacada por su liderazgo y alto desempeño académico, su capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro. CAPITULO VI: Consejo de Convivencia Artículo 44. Definición: El Consejo de Convivencia, es un organismo de apoyo donde se evalúan las faltas graves de los estudiantes con el fin de establecer el debido proceso y la sanción pertinente. Artículo 45. El Consejo de Convivencia está conformado por: El Rector, el coordinador, director de Grupo del estudiante, Psicorientadora, padre de familia o acudiente y Personero estudiantil. Artículo 46. FUNCIONES DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA. 1. Tipificar la falta. 2. Analizar lo actuado. 3. Oír en descargo al estudiante. 4. Recomendar estrategias formativas. 5. Determinar la sanción a que haya lugar. Parágrafo: Los miembros de esta comisión no están autorizados a revelar los temas o casos tratados, a personas ajenas a la comisión. CAPITULO VII: Auxiliar de Convivencia Artículo 47. Perfil del auxiliar de convivencia: Estudiante destacado por su liderazgo, autonomía, sentido de pertenencia, buen desempeño su capacidad para organizar, trabajar en equipo, conciliar y motivar al otro. Artículo 48. La primera elección del auxiliar de disciplina y su suplente la harán los estudiantes del curso de una terna que propongan en una reunión precedida por el Director de Grupo en la tercera (3) semana del primer mes de clase. Las posteriores elecciones o rotaciones las harán los alumnos del curso de la terna que presente el consejo formativo del grupo. Artículo 49. Los estudiantes auxiliares de disciplina simultáneamente no pueden ser personeros, representantes, consejeros ni monitores. Artículo 50. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE DISCIPLINA. 1. Velar por una convivencia en armonía dentro del salón de clases. 2. Observar atentamente los comportamientos de sus compañeros y cuando se presente alguna situación anómala que no esté de acuerdo con los valores culturales y/o Manual de Convivencia Escolar, comunicárselo al Director de Grupo. 39
  • 40. 3. Hacerle a sus compañeros, observaciones respetuosas, cuando la situación así lo amerite. 4. Implementar campañas o proyectos para mejorar el ambiente en el salón de clases. 5. Colaborar en los actos de comunidad para que sus compañeros guarden el comportamiento adecuado. 6. Y cualquier función que le asigne el Coordinador de la institución o el Director de Grupo. CAPITULO VIII: Monitor de Área Artículo 51. Perfil del monitor de área: Estudiante destacado por su liderazgo y buen desempeño académico, su capacidad para organizar, motivar al otro y trabajar en equipo. Artículo 52. El monitor del área será elegido por el profesor teniendo en cuenta los siguientes aspectos: 1. Un estudiante puede ser monitor, en dos áreas como máximo. 2. El monitor de área no puede ser simultáneamente, auxiliar de convivencia, consejero, personero o representante y viceversa. 3. El monitor se elige no para sustituir al profesor sino para ayudar a coordinar algunas actividades. 4. La elección del monitor se efectúa en la cuarta (4) semana de clases del año escolar. ARTICULO 50. FUNCIONES DEL MONITOR DE ÁREA. Las funciones del monitor de área son: 1. Coordinar las actividades de la clase cuando el profesor tenga que ausentarse. 2. Acompañar el proceso de aprendizaje de los estudiantes que presentan dificultades. 3. Orientar el desarrollo de tareas a los estudiantes que soliciten su ayuda. 4. Y cualquier función de orden académico que le asigne el docente del área. 40
  • 41. TÍTULO IV: FALTAS, DEBIDO PROCESO Y SANCIONES CAPITULO I: Clasificación de Faltas de los Estudiantes Artículo 53. Faltas leves de los estudiantes: 1. Incumplir el horario de entrada a la Institución, por tres veces durante un periodo académico. 2. Interrupción y perturbación de la clase u otras actividades curriculares. 3. Presentación personal no acorde a lo establecido en este Manual de Convivencia. 4. Negarse a participar en las actividades de la institución sin justa causa. 5. Vocabulario inapropiado o vulgar. 6. No devolver a tiempo los desprendibles de las citaciones y documentación exigida por el Colegio. 7. Poco compromiso en las actividades escolares. 8. Rifas y comercialización de productos sin autorización de la institución. 9. No justificar oportunamente las ausencias. 10. No devolver los libros de la biblioteca en las fechas estipuladas. 11. Usar el celular, el iPod, reproductor de sonido y juegos de video en las clases y otras actividades curriculares. 12. Irrespetar a cualquier miembro de la comunidad con gestos, sobrenombres, apodos y comentarios de mal gusto que afecten la autoestima. La reincidencia da lugar a una falta grave. 13. Consumir alimentos o goma de mascar en el salón de clases. 14. Adelantar o prolongar las vacaciones oficiales. 15. Ausentarse del salón de clases sin permiso. 16. Comprar artículos y alimentos a los vendedores ambulantes en la puerta de la institución. 17. Fomentar rencillas con sus compañeras de estudio, dentro o fuera del plantel. Parágrafo: El cuidado del celular, ipod, reproductor de sonido o juego de video será competencia del dueño, el colegio no se responsabiliza de su pérdida o daño. Artículo 54. Son faltas graves de los estudiantes: 1. Atentar contra el prestigio y el buen nombre del colegio, protagonizando desordenes o escándalos en buses o lugares públicos, cuando use el uniforme. 41
  • 42. 2. Atentar contra la seguridad y el medio ambiente tirando basuras, botella, platos, vasos, cubiertos, etc. en el piso. 3. Ser miembro de pandillas, grupos delictivos o sectas satánicas. 4. Salir para el colegio y no llegar a él. 5. Salir de la institución antes de terminar la jornada escolar, sin autorización. 6. Tener dentro de las instalaciones del Colegio, manifestaciones de afecto sexual entre parejas del mismo u otro sexo. 7. Dañar parcial o totalmente los recursos didácticos, equipos, silletería, etc. y la planta física de la Institución. 8. Calumniar, irrespetar, extorsionar, amenazar o injuriar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, en forma verbal, escrita o virtual. 9. Faltar habitualmente al Colegio sin justificaciones. 10. Acoso físico, verbal o sexual a un miembro de la Comunidad Educativa. 11. Uso de celular para plagios y fraudes. 12. Envío de mensajes escritos o virtuales con contenido injurioso, ofensivo, intimidatorio o pornográfico a un miembro de la Comunidad Educativa. 13. Insubordinación o mal comportamiento habitual, una vez agotadas las recomendaciones y estrategias que el caso amerite. 14. Utilizar fotos y videos relacionados con estudiantes, docentes o administrativos para hacer burla, calumnias o injurias. 15. Adulterar documentos o firmas. 16. Hacer uso de los documentos de identificación de otra persona. 17. Fumar dentro del colegio, ingerir o introducir bebidas alcohólicas. 18. Guardar, traficar, y/o usar drogas e inducir al consumo de dichas drogas. 19. Realizar o intentar cualquier tipo de fraude, engaño o suplantación. 20. Abandonar el plantel, sin el permiso de Coordinación, en períodos de actividades ordinarias. 21. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas, objetos o elementos de la institución. 22. Portar o hacer uso de cualquier clase de arma para solucionar conflictos o intimidar. 23. Introducir al colegio: libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación pornográfica o que atenten contra la moral pública. 42
  • 43. 24. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas en cualquier sitio del colegio. 25. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad. 26. Utilizar lenguaje oral, vulgar, ofensivo contra la dignidad y el respeto que se le debe a las personas. 27. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que envía el colegio a los acudientes o padres de familia o viceversa. 28. Atentar contra la moral, las sanas costumbres, el buen nombre y la honra de sus compañeras y de otros miembros de la comunidad educativa (prostitución, drogadicción, estafas). Esta falta se extiende aún fuera del plantel y es gravísima si se comete portando el uniforme del colegio. 29. Inducir y/o promover la prostitución y/o drogadicción. 30. Incurrir en acciones que ocasionen la intervención judicial o perdida de la libertad por reclusión. 31. Cometer cualquier infracción o delito, punibles por las leyes penales colombianas. 32. Asistir a lugares a bares, moteles, discotecas; vestidas con el uniforme del Colegio. 33. Interrumpir y perturbar el buen desarrollo de cualquier actividad de orden académico, cultural o deportivo que se realice en el colegio. 34. Apropiarse de los bienes ajenas. 35. Dañar los útiles escolares y material de apoyo de sus compañeros. 36. Utilizar el nombre del Colegio, para respaldar actividades que no hayan sido debidamente autorizadas. Artículo 55. Derecho a la Defensa: El estudiante que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a que se le escuche, a pedir que se le practiquen pruebas, a solicitar la presencia del acudiente al procedimiento y a interponer los recursos establecidos en el Manual. CAPITULO III: Debido Proceso El Comité de Convivencia, en su naturaleza y finalidad, procura abordar y asumir el diálogo, como la estrategia mediadora en la solución de conflictos que se pudieran presentar entre los miembros de la Comunidad Educativa. El conflicto es parte de la cotidianidad y debemos entenderlo como una situación en la que coexisten elementos positivos y negativos. Por tanto, su solución debe ser 43
  • 44. creativa, dialogada, democrática, lúcida y nunca violenta, atendiendo a los principios orientadores de nuestra Institución. Artículo 56. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes y reglamentos institucionales, preexistentes al acto que se le imputa y con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. Artículo 57. La falta leve será tratada por el docente que la detecte quien luego informará al Director de Grupo, en caso de reincidencia, el estudiante será remitido a Coordinación. Artículo 58. El uso indebido del celular, IPod, reproductor de sonido y/o juego de video en las clases traerá como consecuencia el decomiso de los mismos y solo se le hará la devolución al padre o acudiente, previa firma de un acta de compromiso. Artículo 59. Quien se presuma haya cometido una falta grave, tiene derecho a la defensa ante el Comité de Convivencia y al acompañamiento de sus padres o acudiente que legalmente lo representa. Artículo 60. Cuando se presuma un estudiante cometió una falta grave contra el Manual de Convivencia tendrá derecho a: 1. Escuchar el relato de los hechos de los cuales se le hace responsable 2. Presentar su versión de los hechos o descargos. 3. Exigir pruebas de los mismos. 4. Presentar recurso de reposición cuando los cargos o la sanción los considere injustos. Artículo 61. Una vez agotado el debido proceso, el Rector tendrá la potestad de emitir un juicio acerca de la forma y el estilo de dar cumplimiento a las normas señaladas en el presente Manual de Convivencia. Parágrafo 1. La falta leve será tratada por el docente que la detecte, quien luego informará al Director de Grupo; en caso de reincidencia, el estudiante será remitido a Coordinación. Parágrafo 2. El uso indebido del celular, ipod, reproductor de sonido y/o juego de video en las clases traerá como consecuencia el decomiso de los mismos y sólo se le hará la devolución al padre o acudiente, previa firma de un acta de compromiso. Parágrafo 3. El cuidado del celular, ipod, reproductor de sonido o juego de video será competencia del dueño, el colegio no se responsabiliza de su pérdida o daño. 44
  • 45. Artículo 62. Parágrafo 4. Los permisos y justificaciones deben presentarse por escrito a la Coordinadora, anexando el soporte correspondiente CAPITULO IV: Estrategias Formativas y Sanciones Artículo 63. Definición de términos: Normas: Son orientaciones que facilitan el desarrollo de las actividades y las relaciones entre personas. Indica la línea de autoridad, los canales de comunicación, las funciones que cada persona tiene en la Institución. Estrategias Formativas: Mecanismo que se utiliza para redireccionar un comportamiento. Sanción: Consecuencia de un acto que infringe la norma. Recurso de reposición: Derecho a solicitar en los tres (3) días hábiles siguientes, ante la persona u organismo, la reconsideración del correctivo, y estos contarán con cinco (5) días hábiles para responder al recurso de reposición Artículo 64. Comprometidos con la renovación del ser, ante un comportamiento de los estudiantes que sea violatorio del Manual de Convivencia, la Institución aplica las siguientes Estrategias Formativas: 1. Diálogo con padres o acudientes 2. Recomendaciones del psicorientador y/o profesional de apoyo a los padres 3. Remisión a asistencia profesional especializada. 4. Talleres de autorreflexión dirigidos por el psicorientador. Artículo 65. Ante las faltas leves contra el Manual de Convivencia, los Profesores y/o Directivos del Colegio, según su competencia podrán aplicar los siguientes correctivos: 1. Hacer un llamado de atención verbal. 2. Amonestación escrita. 3. Citación a los padres o acudientes a quienes se les expondrá la situación y se propondrán estrategias para el mejoramiento del comportamiento del estudiante. 4. Suspensión temporal de las actividades académicas normales hasta por tres días, para realizar dentro del Colegio con el apoyo del psicorientador y/o docente de apoyo un plan de mejoramiento destinado a buscar cambios en el comportamiento del estudiante. 45
  • 46. 5. Cuando el estudiante haya acumulado 3 retardos, se citará a su acudiente para firmar un acta de compromiso con el fin de modificar la conducta presentada. Parágrafo 1. La suspensión temporal de actividades académicas se refiere a que el estudiante asistirá en su horario normal a realizar talleres de autorreflexión orientados a mejorar su comportamiento. Artículo 66. Ante las faltas graves contra el Manual de Convivencia, los estudiantes recibirán las siguientes sanciones: 1. Amonestación escrita con copia a la hoja de seguimiento. 2. Acta de compromiso de responsabilidad avalada por el padre de familia o acudiente. 3. Suspensión hasta por cinco días según la gravedad de la falta. 4. No renovación de la matrícula: Se aplicará para el año siguiente. 5. Cancelación de la matrícula una vez realizado el debido proceso. 6. Reposición o pago de los daños causados al material didáctico, mobiliario, equipos y planta física. TÍTULO VI: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, CAPITULO I: Escala de Valoración Artículo 67. El Colegio Mayor de Barranquilla y del Caribe acoge la escala establecida por el Ministerio de Educación Nacional, propuesta en el Decreto 1290 y establece una descripción de cada nivel de desempeño. Desem Descripción Escala peño numérica Se considera de desempeño superior, al estudiante que alcanza meritoriamente, los estándares básicos de competencia Superior propuesta y los propósitos de formación 5.0- 4.6 planteados por la institución, en el marco de la autonomía y liderazgo, frente a los diversos grupos sociales. 46
  • 47. Desem Descripción Escala peño numérica Se considera de desempeño alto, al estudiante que alcanza los logros propuestos en las áreas y los propósitos de Alto formación planteados por la institución en su PEI, manteniendo una actitud constante 4.5- 4.0 de superación. Se considera de desempeño básico, al estudiante que alcanza los logros necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente Básico los estándares básicos, las orientaciones y 3.9- 3.0 lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y los propósitos de formación planeados por la institución en su PEI. Se considera de desempeño bajo, al estudiante que no alcanza los logros necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo Bajo como referente los estándares básicos, las 2.9- 1.0 orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN y los propósitos de formación planteados por la institución en su PEI. Promoción Artículo 68. Será promovido al siguiente grado: 1. El estudiante que al finalizar el año escolar haya aprobado todas las áreas obligatorias y fundamentales y las optativas establecidas en el Plan de Estudio de la institución con una valoración de desempeño básico, alto o superior. 2. El estudiante que al finalizar el año escolar, presente insuficiencia en una o dos áreas fundamentales u optativas, 47
  • 48. establecidas en el Plan de Estudio, y las supere en las actividades finales de superación 3. El estudiante que al finalizar las actividades finales de superación, presente insuficiencia en una de las áreas fundamentales u optativas. Parágrafo1: Para el caso anterior, la institución programará estrategias de apoyo para resolver las situaciones pedagógicas pendientes que deberán realizarse durante el mes de febrero del siguiente año. Si cumplida esta etapa persiste la insuficiencia, esta situación quedará anotada en su historial académico. Parágrafo 2: Entiéndase como estrategias de apoyo para superar las situaciones pedagógicas pendientes, todas aquellas actividades programadas en común acuerdo entre docentes, estudiantes y padres de familia o acudientes. Promoción Anticipada. Artículo 69. Para la promoción anticipada se considerarán los siguientes casos: 1. Caso Excepcional La institución podrá promover de manera anticipada, durante el primer período, a aquellas estudiantes que presenten un nivel de desempeño excepcional, en los procesos cognitivos, actitudinales, procedimentales y axiológicos. La promoción se llevará a cabo mediante el siguiente proceso: 1. Propuesta y estudio de la solicitud de promoción anticipada por el Colectivo de Docentes 2. Solicitud de acuerdo del Padre de familia. 3. Solicitud del Colectivo de docentes del grado ante el Consejo Académico, 4. Aval del Consejo Directivo 2. Estudiantes no Promovidos La institución ofrecerá a los estudiantes no promovidos por la pérdida de DOS ÁREAS., la oportunidad de promoción anticipada si durante el primer período escolar del año siguiente demuestran un desempeño excepcional en todas las áreas del dominio 48
  • 49. cognoscitivo, social, procedimental y presentan igualmente un cambio actitudinal y un compromiso formal. La promoción se llevará a cabo mediante el siguiente proceso: 1. Propuesta y estudio de la solicitud de promoción anticipada por el Colectivo de docentes. . 2. Consentimiento del alumno y el Padre de familia. 3. Solicitud del Colectivo de docentes del grado ante el Consejo Académico, para su aprobación. 4. Aval del Consejo Directivo. Reprobación Artículo 70. Se considera para la reprobación de un grado de la educación básica o media en la institución, cualquiera de los siguientes casos: 1. El estudiante que al finalizar el año escolar y después de cumplidas todas y cada una de las actividades de superación, presente una valoración de desempeño bajo en tres o más áreas fundamentales u optativas del plan de estudios de la institución. 2. El estudiante que persista en la insuficiencia con dos áreas, después de haber realizado las actividades finales de superación. 3. Si el estudiante presenta un porcentaje de 25% de inasistencia con o sin justificación a las actividades académicas realizadas. El estudiante que presente la justificación de inasistencia por casos excepcionales, debe someterse a un estudio y decisión por parte del Comité de Evaluación y Promoción del grado. Se diseñará un programa específico para los educandos no promovidos al grado siguiente. En todos los casos, la institución hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el primer período, en la medida en que éste demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no permitieron su promoción. La institución garantizará la promoción y retención de la población estudiantil mínimo en un 94%. Graduación Artículo 71. Al finalizar el año lectivo, el estudiante de último grado obtendrá su título y asistirá a la graduación cuando haya aprobado todas las áreas del plan de estudio de Undécimo grado. 49
  • 50. Parágrafo: No podrá ser proclamado bachiller, el estudiante que: tenga desempeño bajo en un área, después de haber realizado todas las actividades finales de superación. En este caso, deberá realizar un Plan de Mejoramiento individual, durante el período vacacional, para superar las dificultades. Este plan de mejoramiento individual será evaluado en el primer período del año siguiente. Se le otorgará el título de bachiller una vez cumpla con las actividades y apruebe el área pendiente. 50