Este documento establece las regulaciones para el cargo de Fiscalizador Estudiantil en la Universidad Mayor de San Andrés en Bolivia. Designa que el Fiscalizador será nombrado por la Federación Universitaria Local y tendrá acceso a toda la información administrativa, financiera y presupuestaria de la universidad. También describe los requisitos para el cargo y las funciones principales, que incluyen la fiscalización de fondos estudiantiles y el manejo económico de la universidad.
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Reglamento fiscalizador estudiantil UMSA
1. UNIVERSIDAD BOLIVIANA
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES II CONGRESO INTERNO - 2005
SECRETARIA GENERAL ….¡Es hora del cambio!
La Paz – Bolivia
REGLAMENTO DE FUNCIONES DEL FISCALIZADOR
ESTUDIANTIL
(Resolución C.E. del H.C.U. No. 84/89 de 5 de julio de 1989)
1. En aplicación de Resolución de la XXI Conferencia de Universidades, se crea el ítem de
FISCALIZADOR ESTUDIANTIL de la Universidad Mayor de San Andrés en el Nivel 16 de
la actual estructura administrativa de la UMSA.
2. La designación del FISCALIZADOR ESTUDIANTIL será realizada por la FEDERACION
UNIVERSITARIA LOCAL. Se comunicará al Comité Ejecutivo de la UMSA, a fin de que se
instruya la elaboración del correspondiente Memorándum de nombramiento.
3. El FISCALIZADOR ESTUDIANTIL se constituye en un REPRESENTANTE
ESTUDIANTIL en actividades específicas de fiscalización en lo Administrativo,
Presupuestario y Financiero de la Universidad.
4. Dependerá directamente en lo Orgánico y Administrativo de la Federación Universitaria
Local. Desempeñará sus Funciones en los ambientes designados para tal efecto en las oficinas
de la Dirección Administrativa y Financiera. Por intermedio de las autoridades de la UMSA
podrá solicitar los servicios administrativos necesarios.
5. Por la importancia de sus funciones, y además constituirse en una expresión de la
participación estudiantil en el Co-gobierno Universitario tendrá acceso a toda la información
Administrativa, Financiera y Presupuestaria de la Universidad.
6. Los requisitos para ocupar el cargo de FISCALIZADOPR ESTUDIANTIL son:
a) Ser estudiante regular de la UMSA.
b) Tener materias vencidas del 4to. Año o equivalente semestral de su Carrera.
c) Tener conocimiento en el campo Administrativo, Contable, Presupuestario y Financiero.
d) Haber desempeñado funciones de dirigente estudiantil en cualquiera de las diferentes
instancias orgánicas.
e) No pertenecer a los Estamentos Docente ni Administrativo.
f) No tener proceso ejecutoriado o deudas pendientes con Directores Estudiantiles o la
Universidad.
g) Deberá firmar un Compromiso de Responsabilidad en el desempeño de sus funciones con
la FUL, el mismo que contendrá las correspondientes sanciones en caso de
incumplimiento.
7. Las funciones de FISCALIZADOR ESTUDIANTIL son:
a) Fiscalización de los Fondos Estudiantiles.
b) Fiscalización del manejo económico, administrativo y financiero de la Universidad.
c) Participación en eventos y reuniones donde se discutan aspectos Presupuestarios,
Financieros y Administrativos.
d) A solicitud de la FUL participarán en las instancias de Gobierno Universitario, a fin de
presentar los informes, aclaraciones y propuestas estudiantiles en los aspectos
administrativos, presupuestario y financiero.
e) Elaborar y Proponer a las FUL Políticas, Proyectos y Propuestas en los campos
Administrativo, Financiero y Presupuestario.
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8. Las obligaciones del FISCALIZADOR ESTUDIANTIL serán:
a) Rendir informe mensual a la FUL de las actividades realizadas para su correspondiente
evaluación.
b) Elaborar a solicitud de la FUL los informes que se requiera en los aspectos
Administrativo, Contable, Financiero y Presupuestario.