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UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE
MANABÍ
FACULTAD DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
EDUCACIÓN AMBIENTAL
TEMA:
CONFERENCIA DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO HUMANO
ESTOCOLMO-SUECIA 1972
INTEGRANTES:
 CEDEÑOCEDEÑOCLARIBEL
 CONSTANTE CALDERÓN CARMEN
 MALDONADOESCANDÓN ANDREA
 MOREIRA CHÁVEZ DANIA
 MONTOYA ESPINELPRISCILA
 PICOZAMBRANOLISSETTE
PROFESOR: ING. CARLOS DELGADO. MG
CURSO: 2DO
“B”
MANTA-MANABÍ-ECUADOR
14/04/2014
CONFERENCIA DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO HUMANO
ESTOCOLMO-SUECIA 1972
La Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano (también conocida como
Conferencia de Estocolmo) fue una conferencia internacional convocada por la
Organización de Naciones Unidas celebrada en Estocolmo, Suecia entre el 5 y el 16 de
junio de 1972. Fue la primera gran conferencia de la ONU sobre cuestiones ambientales
internacionales, y marcó un punto de inflexión en el desarrollo de la política internacional
del medio ambiente.
Cuando la Asamblea General decidió convocar la Conferencia de Estocolmo, a iniciativa
del Gobierno de Suecia, el Secretario General U Thant invitó a Maurice Strong para llevar
las funciones de Secretario General de la Conferencia.
La conferencia fue abierta y dirigida por el primer ministro sueco, Olof Palme y secretario
general Kurt Waldheim para discutir el estado del medio ambiente mundial. Con la
asistencia de los representantes de 113 países, 19 organismos intergubernamentales, y
más de 400 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, siendo
ampliamente reconocida como el comienzo de la conciencia moderna política y pública de
los problemas ambientales globales.
En la reunión se acordó una Declaración que contiene 26 principios sobre el medio
ambiente y el desarrollo, un plan de acción con 109 recomendaciones, con una
proclamación inicial de lo que podría llamarse una visión ecológica del mundo, sintetizada
en siete grandes principios.
1. El hombre es a la vez obra e inventor del medio que lo rodea, el cual le da el
sustento material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral,
social y espiritualmente.
2. La Protección y mejoramiento del medio ambiente humano en una cuestión
fundamental que afecta al bienestar de los pueblos y al desarrollo económico del
mundo entero.
3. El hombre debe hacer constante revisión de cómo está actuando; a nuestro
alrededor vemos multiplicarse las pruebas del daño causado por el hombre en
muchas regiones de la Tierra: niveles peligrosos de contaminación del agua, el
aire, la tierra y los seres vivos; grandes trastornos del equilibrio ecológico del
ambiente; destrucción, agotamiento de recursos insustituibles y graves deficiencias
nocivas para la salud física, mental y social del hombre, en el medio creado, en el
cual se vive y trabaja.
4. En los países en desarrollo, la mayoría de los problemas ambientales están
motivados por el subdesarrollo. Millones de personas siguen viviendo muy por
debajo de los niveles mínimos necesarios para una existencia humana digna,
privadas de alimentación, vestido, de vivienda y educación, de sanidad e higiene
adecuadas. Por ello, los países en crecimiento deben dirigir sus esfuerzos hacia el
desarrollo, teniendo presente sus prioridades, la necesidad de salvaguardar y
mejorar el medio. En los países industrializados, los problemas ambientales están
generalmente relacionados con la industrialización y el desarrollo tecnológico.
5. El crecimiento natural de la población plantea continuamente problemas relativos a
la conservación del medio, y se deben adoptar normas y medidas apropiadas,
según proceda, para hacer frente a esos problemas. Con el progreso social y los
adelantos de la producción, la ciencia y la tecnología, la capacidad del hombre para
mejorar el medio se acrecienta cada día que pasa.
6. Hemos llegado a un momento de la historia en que debemos orientar nuestros
actos en todo el mundo atendiendo con mayor solicitud a las consecuencias que
puedan tener para el medio. Las perspectivas de elevar la calidad del medio, de
crear una vida satisfactoria son grandes. Lo que se necesita es entusiasmo, pero
más que todo un compromiso.
7. Para llegar a esa meta será necesario que ciudadanos y comunidades, empresas e
instituciones, en todos los planos, acepten las responsabilidades que les incumben
y que todos ellos participen equitativamente en la labor común.
Los debates de la Conferencia de Estocolmo fueron precedidos por la publicación de un
informe oficioso elaborado por más de un centenar de científicos de todo el mundo, y de
cuya redacción final se responsabilizaron René Dubos y Bárbara Ward. Denominado
“Una sola Tierra: El cuidado y conservación de un pequeño planeta”, se publicó en
diez lenguas y fue puesto a disposición de todos los delegados, por iniciativa de la
secretaría general de la Conferencia.
LAS DELIBERACIONES DE LA CONFERENCIA SE DESARROLLARON EN TRES
COMITÉS:
1) sobre las necesidades sociales y culturales de planificar la protección ambiental;
2) sobre los recursos naturales;
3) sobre los medios a emplear internacionalmente para luchar contra la contaminación.
Algunos sostienen que esta conferencia, y en especial las conferencias científicas que le
preceden, tuvieron un impacto real en las políticas medioambientales de la Comunidad
Europea (que más tarde se convertiría en la Unión Europea). Por ejemplo, en 1973, la UE
creó la primera Directriz sobre Protección del Medio Ambiente y los Consumidores, y
compuso el primer Programa de Acción Ambiental. Este interés y la colaboración
investigativa sin duda allanaron el camino para profundizar el conocimiento sobre el
calentamiento global, que ha dado lugar a acuerdos como el Protocolo de Kyoto.
RECOMENDACIONES ECOLÓGICAS ACORDADAS EN LA CONFERENCIA.
Entre las recomendaciones acordadas, de carácter estrictamente ecológico, cabe
destacar las siguientes: preservación de muestras representativas de los ecosistemas
naturales en los denominados "bancos genéticos"; protección de especies en peligro,
especialmente los grandes cetáceos oceánicos; mantenimiento y mejora de la capacidad
de la Tierra para producir recursos vitales renovables; planificación de los asentamientos
humanos, aplicando principios urbanísticos que respeten el entorno; evitar la
contaminación a todos los niveles, estableciendo las listas de los contaminantes más
peligrosos, así como la de aquellos cuya influencia puede ser más irreversible a largo
plazo; creación de un Programa mundial sobre el Medio Ambiente, patrocinado por las
Naciones Unidas y destinado a asegurar, al nivel internacional, la protección del entorno.
LA "DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO " PERMANECE COMO REFERENCIA
OBLIGADA EN EL ESTUDIO DE LA PROBLEMÁTICA DE LA ECOLOGÍA HUMANA.
A pesar de todas sus limitaciones, la Declaración de Estocolmo, como fue conocido
periodísticamente el texto elaborado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Humano, constituye un importante documento de referencia obligada por todos
aquellos que se interesan acerca de la problemática de la ecología humana. Partiendo de
un criterio puramente ecológico, es posible que los textos preparatorios tuvieran mayor
rigor científico y que la Declaración final incluyera cierto número de contrasentidos, al
preconizar simultáneamente medidas de reducción de la contaminación ambiental y el
desarrollo acelerado del proceso industrial en los países del Tercer Mundo, a pesar de ser
la civilización industrial, precisamente, el gran causante de la contaminación y del
agotamiento de los recursos naturales. La constatación de estos contrasentidos no
invalida, sin embargo, la tesis defendida por los representantes de los países
económicamente más pobres, de que la peor de las contaminaciones es la pobreza y que
la protección ambiental exige hacer partícipes a todos los miembros de la familia humana
del que se empezaba a denominar "principio de la calidad de vida".
LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO EXPRESA LA CONVICCIÓN COMÚNDE QUE:
PRINCIPIO 1
El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y condiciones adecuadas
de vida, en un ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de
bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las
generaciones presentes y futuras. En este sentido, las políticas que promueven o
perpetúan el apartheid, la segregación racial, la discriminación, colonial y otras formas de
opresión y dominación extranjera están condenados y deben ser eliminadas.
PRINCIPIO 2
Los recursos naturales de la tierra, incluyendo el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y
especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse
en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa
planificación u ordenación, según convenga.
PRINCIPIO 3
La capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables debe mantenerse y,
siempre que sea posible, restaurar o mejorar.
PRINCIPIO 4
El hombre tiene la responsabilidad especial de proteger y gestionar sabiamente la
herencia de la vida silvestre y su hábitat, que están actualmente en grave peligro por una
combinación de factores adversos. Conservación de la naturaleza, incluyendo la fauna
silvestre, por lo tanto deben recibir importancia en la planificación para el desarrollo
económico.
PRINCIPIO 5
Los recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de tal manera que se evite el
peligro de su futuro agotamiento y para asegurar que los beneficios de tal empleo son
compartidos por toda la humanidad.
PRINCIPIO 6
La descarga de sustancias tóxicas o de otras sustancias y la liberación de calor, en
cantidades o concentraciones tales que exceden la capacidad del medio para hacerlos
inofensivos, debe detenerse con el fin de garantizar que el daño grave o irreversible no es
causado a los ecosistemas
PRINCIPIO 7
Estados adoptarán todas las medidas posibles para evitar la contaminación de los mares
por sustancias que puedan ocasionar riesgos para la salud humana, dañar los recursos
vivos y la vida marina, menoscabar los alicientes recreativos o entorpecer otros usos
legítimos del mar.
PRINCIPIO 8
Desarrollo económico y social es esencial para garantizar la vida y el ambiente de trabajo
favorable para el hombre y para la creación de condiciones en la tierra que son
necesarios para la mejora de la calidad de vida.
PRINCIPIO 9
Las deficiencias ambientales generadas por las condiciones del subdesarrollo y los
desastres naturales plantean graves problemas y lo mejor puede ser subsanado por el
desarrollo acelerado mediante la transferencia de cantidades considerables de asistencia
financiera y tecnológica como un suplemento a los esfuerzos nacionales de los países en
desarrollo y la asistencia oportuna, tales que sean necesarios.
PRINCIPIO 10
Para los países en desarrollo, la estabilidad de precios y salarios adecuados para los
productos primarios y materias primas esenciales para la gestión ambiental, ya que los
factores económicos, así como los procesos ecológicos se deben tener en cuenta.
PRINCIPIO 11
Las políticas ambientales de todos los Estados deben promover y no afectar
negativamente al potencial de desarrollo actual o futuro de los países en desarrollo, ni
deben obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos, y las medidas
apropiadas deben ser adoptadas por los Estados y las organizaciones internacionales con
miras a llegar a un acuerdo en el cumplimiento de las posibles consecuencias económicas
nacionales e internacionales resultantes de la aplicación de las medidas ambientales.
PRINCIPIO 12
Los recursos deben ser puestos a disposición de preservar y mejorar el medio ambiente,
teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades particulares de los países en
desarrollo y los posibles costes que puede obedecer-de sus incorporar salvaguardas
ambientales en la planificación del desarrollo y la necesidad de poner a su disposición, a
su soliciten, más asistencia técnica y financiera internacional para este fin.
PRINCIPIO 13
Con el fin de lograr una gestión más racional de los recursos y así mejorar el medio
ambiente, los Estados deberían adoptar un enfoque integrado y coordinado de la
planificación del desarrollo a fin de garantizar que el desarrollo es compatible con la
necesidad de proteger y mejorar el medio ambiente en beneficio de sus de la población.
PRINCIPIO 14
La planificación racional constituye un instrumento indispensable para conciliar cualquier
conflicto entre las necesidades de desarrollo y la necesidad de proteger y mejorar el
medio ambiente.
PRINCIPIO 15
Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y urbanización con el fin de
evitar efectos adversos sobre el medio ambiente ya obtener los máximos beneficios
sociales, económicos y ambientales para todos. A este respecto, que los proyectos de
arco diseñado para la dominación colonialista y racista debe ser abandonado.
PRINCIPIO 16
Políticas demográficas que están sin perjuicio de los derechos humanos básicos y que se
consideren apropiadas por los gobiernos en cuestión deben ser aplicadas en aquellas
regiones donde la tasa de crecimiento de la población o la excesiva concentración de la
población puedan tener efectos adversos sobre el medio ambiente del entorno humano e
impiden el desarrollo.
PRINCIPIO 17
Instituciones nacionales competentes deben encargarse de la tarea de planificar,
administrar o controlar los 9 recursos ambientales de los Estados con miras a mejorar la
calidad ambiental.
PRINCIPIO 18
La ciencia y la tecnología, como parte de su contribución al desarrollo económico y social,
debe ser aplicado a la identificación, prevención y control de riesgos ambientales y la
solución de los problemas ambientales y para el bien común de la humanidad.
PRINCIPIO 19
La educación en materia de medio ambiente, para las generaciones más jóvenes así
como adultos, prestando la debida atención a los desfavorecidos, es esencial a fin de
ampliar la base de una opinión pública bien informada y una conducta de los individuos,
las empresas y las comunidades en la protección y mejora del medio ambiente en su
dimensión humana. También es esencial que los medios masivos de comunicación no
contribuir al deterioro del medio ambiente, sino, por el contrario, difunde información de
carácter educativo sobre la necesidad de proyectar y mejorar el medio ambiente a fin de
permitir el desarrollo normal en todos los aspectos.
PRINCIPIO 20
La investigación científica y el desarrollo en el contexto de los problemas ambientales,
tanto nacionales como multinacionales, se debe promover en todos los países,
especialmente los países en desarrollo. A este respecto, el libre flujo de información
científica actualizada y la transferencia de la experiencia deben ser apoyados y asistidos,
para facilitar la solución de los problemas del medio ambiente, las tecnologías
ambientales deben ponerse a disposición de los países en desarrollo en condiciones que
favorezcan su amplia difusión sin constituir una carga económica para los países en
desarrollo.
PRINCIPIO 21
Los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del
derecho internacional, el derecho soberano de explotar sus propios recursos según sus
propias políticas ambientales y la responsabilidad de asegurar que las actividades bajo su
jurisdicción o control no causen daños para el medio ambiente de otros Estados o de
zonas situadas fuera de los límites de la jurisdicción nacional.
PRINCIPIO 22
Los Estados deberán cooperar para seguir desarrollando el derecho internacional sobre
responsabilidad e indemnización para las víctimas de la contaminación y otros daños
ambientales causados por actividades dentro de la jurisdicción o control de tales Estados
a las zonas fuera de su jurisdicción.
PRINCIPIO 23
Sin perjuicio de los criterios que sean acordadas por la comunidad internacional, las
normas que deberán determinarse a nivel nacional, será esencial en todos los casos a
considerar los sistemas de valores que prevalecen en cada país, y la extensión de la
aplicabilidad de las normas que son válidas para los países más avanzados, pero que
pueden ser inadecuadas y representar un costo social excesivo en los países en
desarrollo.
PRINCIPIO 24
Internacional de las cuestiones relativas a la protección y mejora del medio ambiente
deben ser manejados con un espíritu de cooperación de todos los países, grandes y
pequeños, en pie de igualdad.
Cooperación a través de los medios adecuados acuerdos multilaterales o bilaterales o de
otro tipo es esencial para controlar, prevenir, reducir y eliminar los efectos ambientales
adversos de las actividades realizadas en todos los ámbitos, de tal manera que se tengan
debidamente en cuenta la soberanía y los intereses de todos los Estados.
PRINCIPIO 25
Los Estados se asegurarán de que las organizaciones internacionales juegan de forma
coordinada, papel eficaz y dinámico para la protección y mejora del medio ambiente.
PRINCIPIO 26
El hombre y su medio ambiente deben ser evitados los efectos de las armas nucleares y
todos los demás medios de destrucción masiva. Los Estados deben esforzarse por llegar
a un acuerdo pronto, en los órganos internacionales pertinentes, sobre la eliminación y la
destrucción completa de tales armas.
BIBLIOGRAFÍA
INTERNET:
MENÉNDEZ, Francisco. CONFERENCIA DE ESTOCOLMO
http://www.diputoledo.es/global/ver_pdf.php?id=8011 . 11 de enero del
2010, México.
INTERNET:
SMIDERS, Robert J. PROTOCOLO DE KYOTO Y CONFERENCIA DE ESTOCOLMO
http://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_de_la_Tierra_de_Estocolmo .7 de Febrero del 2014,
a las 11:44.
INTERNET:
ALAVA, Alejandra Valeria .RECOMENDACIONES PRINCIPALES DE LA
CONFERENCIA DE ESTOCOLMO http://www.ecologiahoy.com/conferencia-de-
estocolmo . 3 de Septiembre de 2004
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Conferencia de estocolmo

  • 1. UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE MANABÍ FACULTAD DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA EDUCACIÓN AMBIENTAL TEMA: CONFERENCIA DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO HUMANO ESTOCOLMO-SUECIA 1972 INTEGRANTES:  CEDEÑOCEDEÑOCLARIBEL  CONSTANTE CALDERÓN CARMEN  MALDONADOESCANDÓN ANDREA  MOREIRA CHÁVEZ DANIA  MONTOYA ESPINELPRISCILA  PICOZAMBRANOLISSETTE PROFESOR: ING. CARLOS DELGADO. MG CURSO: 2DO “B” MANTA-MANABÍ-ECUADOR 14/04/2014
  • 2. CONFERENCIA DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO HUMANO ESTOCOLMO-SUECIA 1972 La Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano (también conocida como Conferencia de Estocolmo) fue una conferencia internacional convocada por la Organización de Naciones Unidas celebrada en Estocolmo, Suecia entre el 5 y el 16 de junio de 1972. Fue la primera gran conferencia de la ONU sobre cuestiones ambientales internacionales, y marcó un punto de inflexión en el desarrollo de la política internacional del medio ambiente. Cuando la Asamblea General decidió convocar la Conferencia de Estocolmo, a iniciativa del Gobierno de Suecia, el Secretario General U Thant invitó a Maurice Strong para llevar las funciones de Secretario General de la Conferencia. La conferencia fue abierta y dirigida por el primer ministro sueco, Olof Palme y secretario general Kurt Waldheim para discutir el estado del medio ambiente mundial. Con la asistencia de los representantes de 113 países, 19 organismos intergubernamentales, y más de 400 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, siendo ampliamente reconocida como el comienzo de la conciencia moderna política y pública de los problemas ambientales globales. En la reunión se acordó una Declaración que contiene 26 principios sobre el medio ambiente y el desarrollo, un plan de acción con 109 recomendaciones, con una proclamación inicial de lo que podría llamarse una visión ecológica del mundo, sintetizada en siete grandes principios. 1. El hombre es a la vez obra e inventor del medio que lo rodea, el cual le da el sustento material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente.
  • 3. 2. La Protección y mejoramiento del medio ambiente humano en una cuestión fundamental que afecta al bienestar de los pueblos y al desarrollo económico del mundo entero. 3. El hombre debe hacer constante revisión de cómo está actuando; a nuestro alrededor vemos multiplicarse las pruebas del daño causado por el hombre en muchas regiones de la Tierra: niveles peligrosos de contaminación del agua, el aire, la tierra y los seres vivos; grandes trastornos del equilibrio ecológico del ambiente; destrucción, agotamiento de recursos insustituibles y graves deficiencias nocivas para la salud física, mental y social del hombre, en el medio creado, en el cual se vive y trabaja. 4. En los países en desarrollo, la mayoría de los problemas ambientales están motivados por el subdesarrollo. Millones de personas siguen viviendo muy por debajo de los niveles mínimos necesarios para una existencia humana digna, privadas de alimentación, vestido, de vivienda y educación, de sanidad e higiene adecuadas. Por ello, los países en crecimiento deben dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo, teniendo presente sus prioridades, la necesidad de salvaguardar y mejorar el medio. En los países industrializados, los problemas ambientales están generalmente relacionados con la industrialización y el desarrollo tecnológico. 5. El crecimiento natural de la población plantea continuamente problemas relativos a la conservación del medio, y se deben adoptar normas y medidas apropiadas, según proceda, para hacer frente a esos problemas. Con el progreso social y los adelantos de la producción, la ciencia y la tecnología, la capacidad del hombre para mejorar el medio se acrecienta cada día que pasa. 6. Hemos llegado a un momento de la historia en que debemos orientar nuestros actos en todo el mundo atendiendo con mayor solicitud a las consecuencias que puedan tener para el medio. Las perspectivas de elevar la calidad del medio, de crear una vida satisfactoria son grandes. Lo que se necesita es entusiasmo, pero más que todo un compromiso.
  • 4. 7. Para llegar a esa meta será necesario que ciudadanos y comunidades, empresas e instituciones, en todos los planos, acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos participen equitativamente en la labor común. Los debates de la Conferencia de Estocolmo fueron precedidos por la publicación de un informe oficioso elaborado por más de un centenar de científicos de todo el mundo, y de cuya redacción final se responsabilizaron René Dubos y Bárbara Ward. Denominado “Una sola Tierra: El cuidado y conservación de un pequeño planeta”, se publicó en diez lenguas y fue puesto a disposición de todos los delegados, por iniciativa de la secretaría general de la Conferencia.
  • 5. LAS DELIBERACIONES DE LA CONFERENCIA SE DESARROLLARON EN TRES COMITÉS: 1) sobre las necesidades sociales y culturales de planificar la protección ambiental; 2) sobre los recursos naturales; 3) sobre los medios a emplear internacionalmente para luchar contra la contaminación. Algunos sostienen que esta conferencia, y en especial las conferencias científicas que le preceden, tuvieron un impacto real en las políticas medioambientales de la Comunidad Europea (que más tarde se convertiría en la Unión Europea). Por ejemplo, en 1973, la UE creó la primera Directriz sobre Protección del Medio Ambiente y los Consumidores, y compuso el primer Programa de Acción Ambiental. Este interés y la colaboración investigativa sin duda allanaron el camino para profundizar el conocimiento sobre el calentamiento global, que ha dado lugar a acuerdos como el Protocolo de Kyoto. RECOMENDACIONES ECOLÓGICAS ACORDADAS EN LA CONFERENCIA. Entre las recomendaciones acordadas, de carácter estrictamente ecológico, cabe destacar las siguientes: preservación de muestras representativas de los ecosistemas naturales en los denominados "bancos genéticos"; protección de especies en peligro, especialmente los grandes cetáceos oceánicos; mantenimiento y mejora de la capacidad de la Tierra para producir recursos vitales renovables; planificación de los asentamientos humanos, aplicando principios urbanísticos que respeten el entorno; evitar la
  • 6. contaminación a todos los niveles, estableciendo las listas de los contaminantes más peligrosos, así como la de aquellos cuya influencia puede ser más irreversible a largo plazo; creación de un Programa mundial sobre el Medio Ambiente, patrocinado por las Naciones Unidas y destinado a asegurar, al nivel internacional, la protección del entorno. LA "DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO " PERMANECE COMO REFERENCIA OBLIGADA EN EL ESTUDIO DE LA PROBLEMÁTICA DE LA ECOLOGÍA HUMANA. A pesar de todas sus limitaciones, la Declaración de Estocolmo, como fue conocido periodísticamente el texto elaborado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, constituye un importante documento de referencia obligada por todos aquellos que se interesan acerca de la problemática de la ecología humana. Partiendo de un criterio puramente ecológico, es posible que los textos preparatorios tuvieran mayor rigor científico y que la Declaración final incluyera cierto número de contrasentidos, al preconizar simultáneamente medidas de reducción de la contaminación ambiental y el desarrollo acelerado del proceso industrial en los países del Tercer Mundo, a pesar de ser la civilización industrial, precisamente, el gran causante de la contaminación y del
  • 7. agotamiento de los recursos naturales. La constatación de estos contrasentidos no invalida, sin embargo, la tesis defendida por los representantes de los países económicamente más pobres, de que la peor de las contaminaciones es la pobreza y que la protección ambiental exige hacer partícipes a todos los miembros de la familia humana del que se empezaba a denominar "principio de la calidad de vida". LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO EXPRESA LA CONVICCIÓN COMÚNDE QUE: PRINCIPIO 1 El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y condiciones adecuadas de vida, en un ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. En este sentido, las políticas que promueven o perpetúan el apartheid, la segregación racial, la discriminación, colonial y otras formas de opresión y dominación extranjera están condenados y deben ser eliminadas. PRINCIPIO 2 Los recursos naturales de la tierra, incluyendo el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificación u ordenación, según convenga. PRINCIPIO 3 La capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurar o mejorar. PRINCIPIO 4 El hombre tiene la responsabilidad especial de proteger y gestionar sabiamente la herencia de la vida silvestre y su hábitat, que están actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. Conservación de la naturaleza, incluyendo la fauna silvestre, por lo tanto deben recibir importancia en la planificación para el desarrollo económico.
  • 8. PRINCIPIO 5 Los recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de tal manera que se evite el peligro de su futuro agotamiento y para asegurar que los beneficios de tal empleo son compartidos por toda la humanidad. PRINCIPIO 6 La descarga de sustancias tóxicas o de otras sustancias y la liberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que exceden la capacidad del medio para hacerlos inofensivos, debe detenerse con el fin de garantizar que el daño grave o irreversible no es causado a los ecosistemas PRINCIPIO 7 Estados adoptarán todas las medidas posibles para evitar la contaminación de los mares por sustancias que puedan ocasionar riesgos para la salud humana, dañar los recursos vivos y la vida marina, menoscabar los alicientes recreativos o entorpecer otros usos legítimos del mar. PRINCIPIO 8 Desarrollo económico y social es esencial para garantizar la vida y el ambiente de trabajo favorable para el hombre y para la creación de condiciones en la tierra que son necesarios para la mejora de la calidad de vida. PRINCIPIO 9 Las deficiencias ambientales generadas por las condiciones del subdesarrollo y los desastres naturales plantean graves problemas y lo mejor puede ser subsanado por el
  • 9. desarrollo acelerado mediante la transferencia de cantidades considerables de asistencia financiera y tecnológica como un suplemento a los esfuerzos nacionales de los países en desarrollo y la asistencia oportuna, tales que sean necesarios. PRINCIPIO 10 Para los países en desarrollo, la estabilidad de precios y salarios adecuados para los productos primarios y materias primas esenciales para la gestión ambiental, ya que los factores económicos, así como los procesos ecológicos se deben tener en cuenta. PRINCIPIO 11 Las políticas ambientales de todos los Estados deben promover y no afectar negativamente al potencial de desarrollo actual o futuro de los países en desarrollo, ni deben obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos, y las medidas apropiadas deben ser adoptadas por los Estados y las organizaciones internacionales con miras a llegar a un acuerdo en el cumplimiento de las posibles consecuencias económicas nacionales e internacionales resultantes de la aplicación de las medidas ambientales. PRINCIPIO 12 Los recursos deben ser puestos a disposición de preservar y mejorar el medio ambiente, teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades particulares de los países en desarrollo y los posibles costes que puede obedecer-de sus incorporar salvaguardas ambientales en la planificación del desarrollo y la necesidad de poner a su disposición, a su soliciten, más asistencia técnica y financiera internacional para este fin. PRINCIPIO 13 Con el fin de lograr una gestión más racional de los recursos y así mejorar el medio
  • 10. ambiente, los Estados deberían adoptar un enfoque integrado y coordinado de la planificación del desarrollo a fin de garantizar que el desarrollo es compatible con la necesidad de proteger y mejorar el medio ambiente en beneficio de sus de la población. PRINCIPIO 14 La planificación racional constituye un instrumento indispensable para conciliar cualquier conflicto entre las necesidades de desarrollo y la necesidad de proteger y mejorar el medio ambiente. PRINCIPIO 15 Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y urbanización con el fin de evitar efectos adversos sobre el medio ambiente ya obtener los máximos beneficios sociales, económicos y ambientales para todos. A este respecto, que los proyectos de arco diseñado para la dominación colonialista y racista debe ser abandonado. PRINCIPIO 16 Políticas demográficas que están sin perjuicio de los derechos humanos básicos y que se consideren apropiadas por los gobiernos en cuestión deben ser aplicadas en aquellas regiones donde la tasa de crecimiento de la población o la excesiva concentración de la población puedan tener efectos adversos sobre el medio ambiente del entorno humano e impiden el desarrollo. PRINCIPIO 17 Instituciones nacionales competentes deben encargarse de la tarea de planificar, administrar o controlar los 9 recursos ambientales de los Estados con miras a mejorar la calidad ambiental. PRINCIPIO 18 La ciencia y la tecnología, como parte de su contribución al desarrollo económico y social, debe ser aplicado a la identificación, prevención y control de riesgos ambientales y la solución de los problemas ambientales y para el bien común de la humanidad.
  • 11. PRINCIPIO 19 La educación en materia de medio ambiente, para las generaciones más jóvenes así como adultos, prestando la debida atención a los desfavorecidos, es esencial a fin de ampliar la base de una opinión pública bien informada y una conducta de los individuos, las empresas y las comunidades en la protección y mejora del medio ambiente en su dimensión humana. También es esencial que los medios masivos de comunicación no contribuir al deterioro del medio ambiente, sino, por el contrario, difunde información de carácter educativo sobre la necesidad de proyectar y mejorar el medio ambiente a fin de permitir el desarrollo normal en todos los aspectos. PRINCIPIO 20 La investigación científica y el desarrollo en el contexto de los problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales, se debe promover en todos los países, especialmente los países en desarrollo. A este respecto, el libre flujo de información científica actualizada y la transferencia de la experiencia deben ser apoyados y asistidos, para facilitar la solución de los problemas del medio ambiente, las tecnologías ambientales deben ponerse a disposición de los países en desarrollo en condiciones que favorezcan su amplia difusión sin constituir una carga económica para los países en desarrollo. PRINCIPIO 21 Los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, el derecho soberano de explotar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y la responsabilidad de asegurar que las actividades bajo su jurisdicción o control no causen daños para el medio ambiente de otros Estados o de zonas situadas fuera de los límites de la jurisdicción nacional. PRINCIPIO 22 Los Estados deberán cooperar para seguir desarrollando el derecho internacional sobre responsabilidad e indemnización para las víctimas de la contaminación y otros daños
  • 12. ambientales causados por actividades dentro de la jurisdicción o control de tales Estados a las zonas fuera de su jurisdicción. PRINCIPIO 23 Sin perjuicio de los criterios que sean acordadas por la comunidad internacional, las normas que deberán determinarse a nivel nacional, será esencial en todos los casos a considerar los sistemas de valores que prevalecen en cada país, y la extensión de la aplicabilidad de las normas que son válidas para los países más avanzados, pero que pueden ser inadecuadas y representar un costo social excesivo en los países en desarrollo. PRINCIPIO 24 Internacional de las cuestiones relativas a la protección y mejora del medio ambiente deben ser manejados con un espíritu de cooperación de todos los países, grandes y pequeños, en pie de igualdad. Cooperación a través de los medios adecuados acuerdos multilaterales o bilaterales o de otro tipo es esencial para controlar, prevenir, reducir y eliminar los efectos ambientales adversos de las actividades realizadas en todos los ámbitos, de tal manera que se tengan debidamente en cuenta la soberanía y los intereses de todos los Estados. PRINCIPIO 25 Los Estados se asegurarán de que las organizaciones internacionales juegan de forma coordinada, papel eficaz y dinámico para la protección y mejora del medio ambiente. PRINCIPIO 26 El hombre y su medio ambiente deben ser evitados los efectos de las armas nucleares y todos los demás medios de destrucción masiva. Los Estados deben esforzarse por llegar a un acuerdo pronto, en los órganos internacionales pertinentes, sobre la eliminación y la destrucción completa de tales armas.
  • 13. BIBLIOGRAFÍA INTERNET: MENÉNDEZ, Francisco. CONFERENCIA DE ESTOCOLMO http://www.diputoledo.es/global/ver_pdf.php?id=8011 . 11 de enero del 2010, México. INTERNET: SMIDERS, Robert J. PROTOCOLO DE KYOTO Y CONFERENCIA DE ESTOCOLMO http://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_de_la_Tierra_de_Estocolmo .7 de Febrero del 2014, a las 11:44. INTERNET: ALAVA, Alejandra Valeria .RECOMENDACIONES PRINCIPALES DE LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO http://www.ecologiahoy.com/conferencia-de- estocolmo . 3 de Septiembre de 2004