1. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Licenciatura en Derecho
Desarrollo de Habilidades en el uso de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación
(DHTIC)
Yazmín Rivera Álvarez
Juicios orales en materia penal en México
Melchor Reyes Alí Yisel
3. El juicio oral consiste en el predominio
de la expresión verbal sobre la escrita,
donde el inculpado será juzgado en
audiencia pública por un Juez, en juicio
predominantemente oral, donde las
partes, testigos, peritos, el Juez y su
secretario expresarán sus argumentos
de forma oral, mismos que son
conservados en audio o video
grabación.
¿Qué son los juicios
orales?
4. La aprobación de las reformas que sustentan los
juicios orales en materia penal tiene como
finalidad el mejorar el funcionamiento de las
diferentes instituciones que integran el sistema
de justicia penal en México, lo que implica una
modificación de los diferentes componentes que
lo integran.
Finalidad de los juicios
orales en materia penal en
México
5. La implementación de los juicios orales en
México, en materia penal, implica principalmente
una tarea de planeación estratégica de políticas
públicas, que comprende básicamente los
siguientes tres rubros:
a) Adecuación de la legislación secundaria.
b) Capacitación de los actores jurídicos.
c) Dotación de recursos materiales.
Planeación
estratégica
6. Tal y como lo señala Enrique Ochoa Reza, el proceso
acusatorio comprende 4 etapas distintas:
1. La investigación conducida por el Ministerio Público y la
policía judicial.
2. La acusación ministerial, que es el ejercicio de la acción
penal.
3. La actuación de un juez de garantías (llamado juez de
control en el nuevo texto constitucional), quien vigila el
respeto de los derechos constitucionales durante la etapa
investigativa.
4. El juicio, donde el juez de un tribunal oral determinará de
manera objetiva e imparcialmente la culpabilidad o la
inocencia de un indiciado.
Procedimiento de los
juicios orales en materia
penal en México
7. Regido por los principios procesales de
publicidad, contradicción, concentración,
continuidad e inmediación, previsto en los
artículos 16, párrafo segundo y décimo tercero,
17, párrafos tercero, cuarto y sexto, 19, 20 y 21,
párrafo séptimo de la carta magna.
Marco jurídico de los
juicios orales en materia
penal en México
8. Diferencias entre los
juicios escritos y orales
Sistema acusatorio (Nuevo) Sistema inquisitivo escrito (Viejo)
Presunción de inocencia como norma: Se
investiga para detener.
Violaciones sistemáticas a la presunción de
inocencia; se detiene para investigar.
Se rige por un sistema de audiencias en
presencia del juez, donde, con equidad entre
las partes, ambas posturas se presentan
verbalmente, excluyendo la prueba obtenida
por los medios ilícitos.
Se rige por escritos que van integrándose en un
expediente y donde tiene mayor valor probatorio
los realizados por el ministerio público.
El imputado es un sujeto de derechos a quien
se le escucha para ser juzgado por un sistema
humanista.
El imputado es un objeto dentro del sistema a
quien se le juzga a través de documentos.
Los procesos generan credibilidad y confianza,
pues la información que en ellos se obtiene es
valorada directamente por el juez.
Los escritos generan incertidumbre y desconfianza,
al ser personas no profesionales (escribientes) las
que valoran la información que se genera, o
delegarse ésta función a secretarios.
9. Los procesos garantizan la
participación activa del acusado y
la víctima.
En los escritos se limita el
derecho a la defensa y la
participación directa de la
víctima.
La confesión del imputado no
tiene valor probatorio a menos
que la rinda frente al juez.
La confesión ante agentes
investigadores tiene valor probatorio
y se utiliza de manera generalizada.
Se racionaliza el uso de la prisión
preventiva, aplicándose
excepcionalmente.
Los escritos aplican de manera
automática la prisión preventiva.
Los procesos incluyen el uso de
salidas alternas a juicio, con el fin
de mejorar y agilizar el sistema de
justicia.
Los escritos sacrifican la conciliación
entre las partes y no prevén salidas
alternas, lo que impide brindar una
justicia eficiente.
10. El Juez de Control o Garantías se encarga de
las etapas previas al juicio, en tanto que el
Juez o Jueces de Juicio Oral presiden la
audiencia del juicio sin tener conocimiento
previo del asunto, para evitar el
prejuzgamiento.
Un mismo Juez lleva todo el proceso, por lo
cual es muy factible que prejuzgue.
Los juicios se rigen por los principios de
oralidad, publicidad (abiertos al público y
transparentes), inmediación, contradicción,
concentración y continuidad.
Los escritos son cerrados y generan corrupción.
Los juicios orales dan orden y unidad, y son
expeditos en su desahogo, en un tiempo
relativamente breve (como referencia, el
primer juicio oral en Nuevo León duró 2
meses y 20 días).
Los escritos son muy lentos e informales. El
promedio de duración de un juicio oscila entre 1 y
3 años.
Genera incentivos y reglas para la actuación
científica y profesional de las partes.
No existen dichos incentivos.
11. Conclusión
Para lograr una adecuada instrumentación de los juicios
orales, se requiere la profesionalización de los diversos
actores con conocimiento pleno de las funciones
eminentemente preventivas que les toca desempeñar,
capaces de garantizar la eficiencia en la procuración de
justicia.
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Fuentes de
consulta