2. La idéa
El avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación;
y, fundamentalmente, Internet han revolucionado la forma en
que se accede a la información y, por tanto, a la cultura.
Había que desarrollar una herramienta jurídico-informática
que permitiera a los creadores de contenidos difundir sus obras
con la flexibilidad que precisa la nueva realidad con la seguridad
jurídica que necesitan los autores y los consumidores de la
cultura.
3. Las dos tendencias
A pesar de que los derechos de autor constituyen una las
disciplinas jurídicas con mayor grado de armonización
internacional, coexisten todavía dos tendencias bien
diferenciadas; el modelo anglosajón, que pone el acento
en los aspectos patrimoniales de los derechos de autor, y
el modelo latino que trata de equilibrar los derechos de
los autores y demás derechohabientes con el derecho
al libre acceso a la información y la cultura, e
incorpora los derechos morales, diferenciándolos de los
derechos de explotación.
4. Acuerdos de Licencia (contratos) y colores
La respuesta ha venido de la mano de una de las instituciones
jurídicas con más arraigo y antigüedad a nivel internacional: EL
CONTRATO, como manifestación universalmente reconocida de
obligación “inter partes”.
Objeto cierto
Causa justa
Consentimiento
Los COLORES son un estándar internacional; facilmente
reconocible por los creadores de contenidos y por los
consumidores de la cultura.
5. Autogestión y Registro de Contenidos
COLORIURIS es una solución desarrollada para definir
la política de derechos de autor de los contenidos en
línea a partir del derecho de tradición latina, con
respeto al Convenio de Berna y la normativa de U.E.,
y de aplicación en todos los Estados.
6. con efectos legales a nivel mundial, presente en 25 países:
Y EXPORTABLE a todas las jurisdicciones
7. COLORIURIS está destinado a los creadores de contenidos:
. para quienes utilizan Internet para su difusión, publicación y/o puesta
a disposición que quieran ceder los derechos patrimoniales de sus
creaciones dentro y fuera de la red,
. para quienes unicamente decidan servirse de Internet para facilitar la
cesión de derechos sobre obras publicadas fuera de la red.
El titular de los derechos puede decidir:
la duración de las cesiones
el ámbito territorial de la cesión
8.
9. ...y todos los contratos a medida que precisen los
titulares de derechos de autor.
10. La realidad jurídica
Para que el sistema contara con la imprescindible seguridad
jurídica a la luz de la normativa vigente era preciso respetar:
La legislación de los diferentes Estados.
La normativa sobre protección de datos y privacidad.
Los derechos de los consumidores y usuarios.
La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.
Los Tratados Internacionales .
11. Acuerdos de licencia depositados en servidor seguro SSL 256
Y con sellado de tiempo de la FNMT
12. Valores añadidos
Depósito de los contenidos digitales.....................REPOSITORIO
a) público o privado.
b) gratuito o bajo demanda.
c) en atención a la clase de contenidos (sitios web, fonogramas, textos, audiovisual...)
d) en atención al tipo de contrato (verde, rojo, a medida...)
13. Valores añadidos
Certificado de la celebración del contrato...................REGISTRO
. A petición del cedente (titular de los derechos)
. A petición del cesionario (usuario de los contenidos)
. Acreditación ante los Tribunales.
14. Filosofía
COLORIURIS pretende –modestamente– contribuir a
la pervivencia de la concepción humanista de los
derechos de autor, también en Internet, a partir del
equilibrio entre los derechos de los autores y los de
los usuarios de la cultura.
15. Por una Cultura Libre sin expolios y sin abusos.
Por la reconciliación y por la comunicación
entre autores y consumidores.
16. Invitación
La difusión a gran escala del sistema mixto de autogestión y
cesión de derechos COLORIURIS contribuirá a la pervivencia
del Derecho Romano-Germánico en la red de redes, pero
también a la cesión de derechos bajo el Derecho Común; con
los beneficios inherentes para los ciudadanos y organizaciones de
la sociedad civil y del sector privado; así como para los Estados
sujetos al derecho romano-germánico, y la extensión del modelo
a otras formas de contratación en línea. ColorIURIS, A.I.E., sin
renunciar a las legítimas expectativas de negocio para sus
miembros, invita a la sociedad civil, al ámbito académico, al
sector privado y a las administraciones públicas y corporaciones
de derecho público a apoyar esta iniciativa.
17. Quienes somos
Bajo la forma jurídica de una Agrupación de Interés
Económico (con C.I.F. G-99091696; sujeta a la ley
12/1991, de 29 de abril, sin ánimo de lucro para sí misma
conforme a lo establecido en el artículo 2 de la citada
norma. domiclio: c/ Alfonso I, nº 23 - entlo. ctro. (50003 -
Zaragoza)- correo-e: webmaster@coloriuris.net.) un equipo
de profesionales hemos elaborado los contratos estándar a partir
de la legislación de los diferentes paises.
18. El presente dossier, documentado en 18 folios, está sujeto
a la política de derechos de autor definida en la url:
https://www.coloriuris.net/autores/pjcanut/presentacion_coloriuris_v12
vd. puede aceptar el contrato de cesión de derechos que se
le ofrece. En su defecto el texto queda sujeto a la
normativa de derechos de autor de la vigente L.P.I.
española