Artículo 65. Pérdida por inasistencia. La inasistencia
mayor o igual al 15% de las
clases teóricas o, sin justa razón, es causal de pérdida
de la asignatura.
si 17 clases 100%
3 clases 15%
Igualmente se pierde cuando se ha dejado de asistir
al 25%, aún por
causa justificada y aceptada.
si 17 clases 100%
5 clases 25%