2. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS REGIMEN
ORDINARIO
Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios Régimen Ordinario
• El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo tributo y
comprende el impuesto de renta, ganancias ocasionales. Aplica a las
personas jurídicas, naturales y las asimiladas a unas y otras. Grava todos
los ingresos realizados en el año, que puedan producir un incremento
(neto) en el patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan
sido expresamente exceptuados.
• El patrimonio es la suma de todos los bienes y derechos apreciables en
dinero poseídos a 31 de diciembre del respectivo año y que tienen la
posibilidad de producir una renta.
• Están obligados a presentar declaración de impuestos sobre la renta y
complementarios todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto
con excepción de aquellos que señala la ley en forma expresa.
3. No obligados a presentar declaración del impuesto sobre la
renta y complementarios por el año gravable 2010
Decreto 4583 de Dic 27 de 2006, Art. 8):
• a) Contribuyentes de menores
ingresos. Los contribuyentes • Que los consumos mediante tarjeta
de crédito no excedan la suma de
personas naturales y sucesiones sesenta y ocho millones setecientos
ilíquidas, que no sean cincuenta y cuatro mil pesos ($
responsables del impuesto a las 68.754.000)
ventas que respecto al año
gravable 2010 cumplan además • Que el valor total de compras y
los siguientes requisitos: consumos no superen la suma de
sesenta y ocho millones setecientos
• Que los ingresos brutos sean cincuenta y cuatro mil pesos ($
inferiores a treinta y cuatro 68.754.000)
millones trescientos setenta y
siete mil pesos ($ 34.377.000) • Que el valor total acumulado de
consignaciones bancarias, depósitos
• Que el patrimonio bruto en el o inversiones financieras, no excedan
último día del mismo año o de ciento diez millones cuatrocientos
período gravable no exceda de noventa y ocho mil pesos ($
ciento diez millones 110.498.000)
cuatrocientos noventa y ocho mil
pesos ($ 110.498.000)
4. No obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta
y complementarios por el año gravable 2010
Decreto 4583 de Dic 27 de 2006, Art. 8):
• b) Asalariados. Los asalariados cuyos ingresos • Que los consumos mediante tarjeta de
brutos provengan por lo menos en un ochenta crédito no excedan la suma de sesenta y
por ciento (80%) de pagos originados en una ocho millones setecientos cuarenta mil pesos
relación laboral o legal y reglamentaria, que no ($ 68.754.000).
sean responsables del impuesto sobre las
ventas, siempre y cuando en relación con el año
• Que el valor total de compras y consumos no
gravable 2010 se cumplan los siguientes superen la suma de sesenta y ocho millones
requisitos adicionales: setecientos cincuenta y cuatro mil pesos ($
• Que el patrimonio bruto en el último día del año
68.754.000).
gravable 2010 no exceda de ciento diez • Que el valor total acumulado de
millones cuatrocientos noventa y ocho mil pesos consignaciones bancarias, depósitos o
($ 110.498.000). inversiones financieras, no excedan de ciento
• Que el asalariado no haya obtenido durante el diez millones cuatrocientos noventa y ocho
año gravable 2010 ingresos totales superiores a mil pesos ($ 110.498.000).
cien millones trece mil pesos
($100.013.000). Dentro de los ingresos que
sirven de base para efectuar el cómputo, no
deben incluirse los correspondientes a la
enajenación de activos fijos, ni los provenientes
de loterías, rifas, apuestas o similares.