1. LA TRATA DE PERSONAS
CURSO: Comunicación
Docente: Sharon Haydee Abanto Correa
Alumno: Anderson Frank Ruiz Paredes
Grado: 3° Sección: “B"
COLEGIO: COAR “LA LIBERTAD”
2015
2. LA TRATA DE PERSONAS
A inicios de la historia hubo un fenómeno
llamado migración el cual le permitió al primer
hombre trasladarse de un lugar a otro con la
finalidad de encontrar un lugar donde su calidad
de vida mejore, con el paso del tiempo la
migración a aumentado y esto ha provocado la
aparición de un problema llamado TRATA DE
PERSONAS lo cual ha perjudicado mucho al mundo entero. Las víctimas de trata
suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas
engañosas que no aclaran las condiciones en las que se va a realizar el trabajo
ofrecido) y trasladadas hasta el lugar donde son explotadas.
Dicha actividad ilícita era conocida como trata de blancas, sin embargo, en la
actualidad esta denominación se considera errónea o simplemente anacrónica, debido a
que la práctica se origina en un periodo de esclavitud donde la “trata de negros(as)”
era una situación aceptada por la población y por el Estado; en cambio para esa era, la
esclavitud de mujeres de raza blanca, era un delito. En la actualidad el término
correcto es Trata de Personas, el cual sirve para denominar cualquier tipo de trata de
personas sin importar la edad, sexo o raza.
Las principales víctimas de la trata de personas son mujeres y menores de edad,
quienes son obligadas a prostituirse bajo amenazas de muerte y maltratos, o son
sometidas a trabajos forzosos en fábricas, en el campo o en minas. También son
reclutadas para mendigar en las calles, trasladen droga o para comercializar sus
órganos, entre otras formas de explotación.
Adoptado por la Organización de las Naciones Unidades en Palermo, Italia, en el
2000, el Protocolo contra la Trata de Personas representa un marco fundamental en los
esfuerzos internacionales para luchar contra la Trata de seres humanos establecido por
la Convención de Palermo. El Protocolo es el primer instrumento mundial legalmente
vinculado con una definición acordada sobre la Trata de Personas. La intención detrás
de esta definición es facilitar la convergencia en los enfoques nacionales en relación
con el establecimiento de infracciones penales nacionales que apoyan la cooperación
internacional eficaz en la investigación y el enjuiciamiento de casos de Trata de
Personas. Otro objetivo del Protocolo es proteger y asistir a las víctimas de la Trata
con pleno respeto de sus derechos.
El 17 de Enero del 2007 entró en vigencia la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de
Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, que permitirá y facilitará la detención de
mafias de tratantes de personas, además de establecer medidas a favor de las víctimas
en relación a la protección y asistencia. Esta ley dispone que la venta de niños,
mendicidad, explotación sexual y laboral, y extracción o tráfico de órganos, serán
tipificados como delito de tratas de personas el cual puede ser sancionado con pena
privativa de libertad de hasta 35 años. Cabe resaltar que esta Ley se tramitó a
3. propuesta de todas las instituciones públicas, organismo internacional y organizaciones
no gubernamentales que integran el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente
contra la trata de personas. A esta disposición legal se suma la institucionalización del
Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y Afines (RETA).
Cada Estado firmante del Protocolo considerará la posibilidad de aplicar medidas
destinadas a prever la recuperación física, psicológica y social de las víctimas. La
clave para erradicar este mal es la unión y la cooperación mundial porque aún con la
existencia de leyes e identidades que ayudan a las victimas las secuelas que deja no se
borran con el tiempo. Las experiencias traumáticas a las que son sometidos niños y
mujeres inocentes trascienden el tiempo y atentan contra su salud pero más que nada
contra su dignidad como seres humanos.
De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas para el control de las Drogas y la
Prevención del Delito (ONUDD), y el Reporte de Trata de Personas del Departamento
de Estados Unidos de América, México está catalogado como entidad de origen,
tránsito, y destino para la Trata de Personas, para los propósitos de la explotación
sexual comercial y del trabajo forzado. Los grupos considerados más vulnerables para
la Trata de Personas en México incluyen a mujeres y niños, las personas indígenas, y
los migrantes indocumentados.
La Trata de Personas es un fenómeno de carácter global ya que más de 130 países han
reportado casos. Es una de las actividades ilegales más lucrativas, después del tráfico
de drogas y de armas. E acuerdo con estimaciones de las Naciones Unidas, más de 2,4
millones personas están siendo explotadas actualmente como víctimas de las trata de
personas, ya sea para explotación sexual o laboral. Hasta un 80% de las víctimas de la
Trata de Personas son mujeres y niñas.
Nos encontramos entonces ante un
fenómeno complejo que toca múltiples
ángulos: la violencia contra la mujer y la
niñez y la violación extrema de sus
derechos, la explotación sexual y laboral
que tiende a desestabilizar los mercados
internos, la migración frecuentemente de
forma irregular, las redes criminales
nacionales y trasnacionales que son una
afrenta para la procuración de justicia, la
seguridad pública y la investigación
policial, la educación en especial de los adolescentes y más en general la salud física y
mental de las sociedades.