analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
Sesion n°1
1. PAC | PROGRAMA DE ACREDITACIÓN EN COMPUTACIÓN
COMPUTACIÓN III
DOCENTE
Ing. Jorge Mas Ganoza
jmasg@ucvvirtual.edu.pe
2. SESIÓN DE
CLASE El Presupuesto de Obra
CAPACIDAD
• Reconoce el entorno de trabajo del S10 así como la
definición de términos básicos en la elaboración de
presupuestos.
3. ¿Qué entiendes por Costos y
Presupuestos?
“Cálculo y negociación anticipada de los ingresos y gastos de
una actividad económica”.
4. ¿Qué entiendes por Presupuesto de
Obra?
“Costo total más aproximado de todo lo que conlleva la
construcción”.
5. ¿Qué entiendes por Proyecto?
“Conjunto de actividades
para la proyección de solución a un problema”.
6. S10 Página 1
Presupuesto
CONSTRUCCION DE LOSA DEPORTIVA CON ILUMINACION EN EL AA.HH. EL PALMAR
0201022
Presupuesto
LOSA DEPORTIVA
001
Subpresupuesto
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO 31/01/2014
Costo al
Cliente
Lugar LA LIBERTAD - TRUJILLO - TRUJILLO
Precio S/. Parcial S/.
Item Descripción Und. Metrado
OBRAS PROVISIONALES Y PRELIMINARES
01 4,641.60
1,720.20
30.00
CONSTRUCCION DE ALMACEN, OFICINAS, ALOJAMIENTO Y GUARDIANIA M2
01.01 57.34
1,679.40
540.00
LIMPIEZA MANUAL DE TERRENO M2
01.02 3.11
1,242.00
540.00
TRAZADO Y REPLANTEO C/EQUIPO M2
01.03 2.30
MOVIMIENTO DE TIERRAS
02 12,325.23
3,359.64
105.45
EXCAVACION P/BASE DE LOSA EN TERRENO NORMAL M3
02.01 31.86
2,322.00
540.00
REFINE, NIVEL. Y COMPACT./ TERRENO NORMAL/CON COMPACTADORA M2
02.02 4.30
865.59
9.15
ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTE INC. ESPONJAMIENTO M3
02.03 94.60
5,778.00
540.00
AFIRMADO E=3" M2
02.04 10.70
OBRAS DE CONCRETO
03 28,000.97
24,699.60
540.00
LOSA DE CONCRETO F'C=140 KG/CM2 E=0.10 M M2
03.01 45.74
2,397.12
96.00
SARDINEL DE CONCRETO SIMPLE F'C=140 KG/CM2 DE 15X30 CM. M
03.02 24.97
868.61
28.80
ENCOFRADO Y DESENCOFRADO NORMAL PARA SOBRECIMIENTOS M2
03.03 30.16
33.41
0.15
DADO DE CONCRETO 0.30X0.30X0.80M. P/PARANTE DE NET M3
03.04 222.76
2.23
0.01
DADO DE CONCRETO 0.15X0.15X0.15M. P/ANCLAJE DE TENSORES M3
03.05 222.76
ESTRUCTURAS METALICAS
04 8,204.52
7,108.44
1.00
ARCOS DE FULBITO CON TABLERO DE BASKET INCL. ACCESORIOS PAR
04.01 7,108.44
1,096.08
1.00
PARANTES DE NET DE VOLEY INC. INSTALACION Y REGISTROS JGO
04.02 1,096.08
PINTURA
05 432.80
432.80
1.00
PINTURA PARA DEMARCACION DE LOSA DEPORTIVA UND
05.01 432.80
VARIOS
06 938.40
938.40
408.00
JUNTAS DE DILATACION EN PISO C/BREA M
06.01 2.30
COSTO DIRECTO 54,543.52
GASTOS GENERALES (10%) 5,454.35
UTILIDAD (5%) 2,727.18
------------------
SUB TOTAL 62,725.05
IMPUESTO IGV (18%) 11,290.51
============
PRESUPUESTO TOTAL 74,015.56
SON : SETENTICUATRO MIL QUINCE Y 56/100 NUEVOS SOLES
CABECERA
CUERPO
PIE DE
PRESUPUESTO
7. 1.1 NOMBRE DEL PRESUPUESTO: Nombre del Proyecto ó Nombre del PIP.
1.2 NOMBRE DEL SUB PRESUPUESTO: También denominado Nombre del
Ppto, C/Sub Ppto = Fórmula Polinómica.
PARTES DE LA HOJA DEL PRESUPUESTO
1. CABECERA:
1.1 Nombre del Presupuesto
1.2 Nombre del Sub Presupuesto
1.3 Cliente
1.4 Ubicación Geográfica
1.5 Fecha
Datos Generales
a) Por Especialidades
b) Por Mayor Grado de Especificación
8. El nombre del proyecto debe definir claramente tres características fundamentales:
• Naturaleza de Intervención: ¿Qué hacer? Proceso de Creación, Ampliación,
Mejoramiento y Recuperación.
• Objetivo de la Intervención: Servicio a intervenir ¿Sobre que? (Agua y Alcantarillado).
• Localización Geográfica: Ubicación especifica del Proyecto - ¿Dónde? Localización.
Ejemplo:
“Ampliación del Servicio de Agua de Potable y Alcantarillado en el CPM Monchacap….”
Que se va a hacer Objeto Localización
9.
10. D.S. 184-2008-EF: ANEXO DE DEFINICIONES (N°33)
OBRA
Construcción
Reconstrucción
Remodelación
Demolición
Renovación
Habilitación
Rehabilitación
Mejoramiento
Ampliación
Redimensionamiento
Adecuación
Revalidación
Saldo De Obra
Falta
mencionar
De Bienes Inmuebles tales como Edificaciones, Carreteras, Puentes, etc.
NOTA: Definiciones de acuerdo al Estado financiero de la Entidad.
11. 1.3 CLIENTE: Es para quien será dirigido.
a) Persona Natural: Apellidos y Nombres
b) Persona Jurídica: Razón Social
1.4 UBICACIÓN GEOGRAFICA: Lugar del Proyecto.
Expresado en: Departamento – Provincia – Distrito
1.5 FECHA: Fecha del Proyecto en la cual se considero los precios de los
recursos. Si es contrata la fecha se colocará como fin de mes.
13. 2.1 ITEM: Es la numeración de la jerarquía entre las actividades.
2.2 DESCRIPCION: Es la denominación de la actividad, ya sea general o especifica.
2.3 UNIDAD: Es la unidad por la cual se cuantificará la partida.
2.4 METRADO: Es la cuantificación de la actividad.
2.5 PRECIO: Es el precio por unidad de cada partida.
2.6 PARCIAL: Es el costo que tendrá la partida en su totalidad.
Parcial = Metrado x Precio.
14. T
P
MODALIDAD “A”
ITEM DESCRIPCION UNIDAD METRADO PRECIO PARCIAL
01.00 OBRAS PROVISIONALES 1,500.00
01.01 CARTEL DE OBRA DE 3.60X2.40M UND 1.00 1,500.00 1,500.00
T
ST
P
MODALIDAD “B”
ITEM DESCRIPCION UNIDAD METRADO PRECIO PARCIAL
01.00 OBRAS DE CONCRETO ARMADO 17,019.52
01.01 COLUMNAS 17,019.52
01.01.01 CONCRETO F'C= 210 KG/CM2 M3 9.67 450.99 4,361.07
01.01.02 ENCOFRADO Y DESENCOFRADO NORMAL M2 157.50 54.01 8,506.58
01.01.03 ACERO ESTRUCTURAL FY= 4200 KG/CM2 KG 1,000.50 4.15 4,152.08
15. 3. PIE DE PRESUPUESTO: De libre diseño.
CD + CI
ST + IGV
PT
CD + CI
PT
MODALIDAD
“CONTRATA”
MODALIDAD
“ADMINISTRACIÓN
DIRECTA”
DONDE:
CD: Costo Directo = Costo real de la Obra = Es el Bien
CI : Costo Indirecto = Servicios Del Bien = (Los CI son % del CD)
Ejm: Gastos Generales, Utilidad, Expediente Técnico, Supervisión, Etc
ST: Sub Total = CD + CI
IGV: Impuesto General a las Ventas = 18% a partir del 01/03/2011
IGV = ST X 0.18
PT: Presupuesto Total = ST + IGV = Valor Referencial
16. DIFERENCIA ENTRE VALOR REFERENCIAL Y COSTO
DE INVERSION DE OBRA
VALOR
REFERENCIAL
COSTO DE
INVERSIÓN DE
OBRA
CD CD
GG GG
U U
NO VA SUP
NO VA EXP
• VALOR REFERENCIAL: Considera solo los Costos
Indirectos de Gastos Generales y Utilidad.
• COSTO DE INVERSION DE OBRA: Considera todos los
Costos Indirectos posibles a considerar dentro de una obra.
Ejm: Gastos Generales, Utilidad, Supervisión,
Expediente Técnico, Capacitación, Impacto
Ambiental, Estudios de Inexistencia de Restos
Arqueológicos, Etc.
17. ESQUEMA GENERAL DE UN PRESUPUESTO POR
CONTRATA
PRESUPUESTO TOTAL
METRADO COSTO
UNITARIO
UTILIDAD
GASTOS GENERALES IMPUESTOS
Materiales Mano de
Obra
Equipo Variables
relacionado
con el
tiempo de
ejecución
Fijos No
relacionado
con el
tiempo de
ejecución
IGV
Aporte
Unitario
Precio
Puesto en
Obra
Costo h-h
Rendimientos
Costo h-m Rendimientos Herramientas
18. ESQUEMA GENERAL DE UN PRESUPUESTO POR
ADMINISTRACIÓN DIRECTA
PRESUPUESTO TOTAL
METRADO COSTO
UNITARIO
GASTOS GENERALES
Materiales Mano de
Obra
Equipo
Variables
relacionado
con el
tiempo de
ejecución
Fijos No
relacionado
con el
tiempo de
ejecución
Aporte
Unitario
Precio
Puesto en
Obra
Costo h-h
Rendimientos
Costo h-m Rendimientos Herramientas
19. PRESUPUESTO DE OBRA POR CONTRATA
REPRESENTACIONES:
PPTO = C.D. + G.G. + U + IGV.
PPTO = C.D. + G.G.F. + G.G.V. + U + IGV.
PPTO = C.D. + G.G.U. + IGV. RECOMENDADO
20. PRESUPUESTO DE OBRA POR
ADMINISTRACION DIRECTA
REPRESENTACION:
PPTO = C.D. + G.G.F. + G.G.V.
21. RESOLUCION Nº 195-88-CG
(OBRAS POR ADMINISTRACION DIRECTA)
PPTO OBRA ADM. DIRECTA < PPTO OBRA CONTRATA
M.O. Costo h-h zona < M.O. Costo h-h Constr. Civil
MAT. Con IGV > MAT. Sin IGV
EQ. Costo Operación < EQ. C.Oper. + C. Posesión
GGF < GGF’
GGV < GGV’
Ø < U
Ø < IGV
10% ≤
P.U.
C.I.
22.
23.
24. LAS 7 FORMAS DE CONTRATACIÓN PREVISTAS EN LA NUEVA LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO
1. Licitación pública y concurso público
La licitación pública se utiliza para la contratación de bienes y obras; mientras que el
concurso público para la contratación de servicios. La norma prevé que ambas modalidades
se deberán aplicar a las contrataciones cuyo valor estimado o valor referencial, según
corresponda, se encuentre dentro de los márgenes que señale la Ley de Presupuesto del
Sector Público.
Se precisa que el reglamento establecerá las modalidades de licitación pública y concurso
público. Asimismo, que los actos públicos deben contar con la presencia de notario público o
juez de paz.
2. Adjudicación simplificada
Esta es una nueva modalidad de contratación, y se utilizará para la contratación de bienes y
servicios, con excepción de los servicios a ser prestados por consultores individuales, así
como para la ejecución de obras, cuyo valor estimado o valor referencial, según
corresponda, se encuentre dentro de los márgenes fijados por la Ley de Presupuesto del
Sector Público.
25. 3. Selección de consultores individuales
Otra nueva modalidad de contratación, la cual se destinará para la contratación de servicios
de consultoría en los que no se necesita equipos de personal ni apoyo profesional adicional,
y en los que la experiencia y las calificaciones de la persona natural que preste el servicio
constituyan los requisitos primordiales de la contratación. Igualmente existe la limitación que
su valor estimado o referencial, según corresponda, se encuentre dentro de los márgenes
que precise la Ley de Presupuesto del Sector Público.
4. Comparación de precios
Esta nueva modalidad se utilizará para la contratación de bienes y servicios de disponibilidad
inmediata, distintos a los de consultoría, que no sean fabricados o prestados siguiendo las
especificaciones o indicaciones del contratante, siempre que sean fáciles de obtener o que
tengan un estándar establecido en el mercado.
Un detalle importante es que el valor estimado de dichas contrataciones debe ser inferior a la
décima parte del límite mínimo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público
para la licitación pública y el concurso público.
5. Subasta inversa electrónica
La subasta inversa electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes
que cuenten con ficha técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios
Comunes.
26. 6. Contrataciones directas
La anterior Ley de Contrataciones establecía 6 supuestos en los cuales la entidad podría
contratar directamente, esto es, sin necesidad de llevar adelante un proceso de selección (se
incluía, por ejemplo, los casos de desabastecimiento, emergencias por catástrofes, compras
militares secretas, servicios personalísimos, etc.).
Además de estas, la nueva Ley contempla 7 nuevas situaciones en las que procederá esta
contratación directa. Destacan los servicios de publicidad en medios de comunicación; bienes
y servicios con fines de investigación, experimentación o desarrollo científico o tecnológico;
arrendamiento de bienes inmuebles y la adquisición de bienes inmuebles existentes; servicios
especializados de asesoría legal para la defensa de miembros de las Fuerzas Armadas y
Policiales; etc.
7. Métodos especiales de contratación
La norma también dispone que las entidades podrán contratar, sin realizar procedimiento de
selección, los bienes y servicios que se incorporen en los Catálogos Electrónicos de
Acuerdo Marco como producto de la formalización de Acuerdos Marco. Se establece que el
reglamento fijará los procedimientos para implementar o mantener Catálogos Electrónicos
de Acuerdos Marco.
27. La UIT sirve como índice de referencia en
las normas tributarias con el fin de
mantener en valores constantes las
bases imponibles, deducciones, límites
de afectación y demás aspectos de los
tributos que considere el legislador.
La UIT también sirve para fijar sanciones.
Asimismo, la UIT también es utilizada
para aplicar sanciones, determinar las
obligaciones contables, inscribirse en el
registro de contribuyentes, entre otras"
28. UIT 2017
El nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) fue aprobada por el Gobierno y asciende a
S/4,050, el cual regirá desde el 1 de enero del 2017
según Decreto Supremo N°353-2016-EF, publicado
hoy en las Normas Legales del diario El Peruano.
29. MODALIDAD DE EJECUCIÓN RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN
RESPONSABLE DE LA
SUPERVISIÓN
ADMINISTRACION DIRECTA
Ingeniero Residente
o
Ingeniero Inspector(*) (<170 UIT)
Supervisor de obras
CONTRATA
Residente de Obra
(Ingeniero o Arquitecto)
Supervisor de obra
Inspector de Obra
RESPONSABLES DE EJECUCIÓN
Las Obras por Contrata se rigen por la Ley N°1017.
La ejecución de Obras por Administración Directa no está acondicionada a cumplir con lo
señalado por la Ley N° 1017; salvo las contrataciones de bienes y servicios que se requieran
para ello (Ley de Contrataciones del Estado N° 1017 Art. 3)
(*) RC Nº 195-88-CG Artículo 1º numeral 7 (Costo previsto en la Ley anual de Presupuesto
para la contratación de Concurso Público de Precios)