1. ESTATUTOS CIDEA
MUNICIPIO DE VENADILLO
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACION
AMBIENTAL
CONSIDERANDO:
Que es indispensable tener un reglamento interno, para el agradable funcionamiento y
correcta ejecución del Comité de Educación Ambiental del Municipio de Venadillo.
RESUELVE:
Adoptar los siguientes estatutos reglamentarios para el funcionamiento del Comité de
Educación Ambiental del Municipio de Venadillo en todas las mesas de trabajo
dispuestas.
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN
ARTÍCULO 1. Denominación: el sujeto conformado será denominado “CIDEA
Venadillo Tolima” y se regirá por el siguiente reglamento interno.
ARTÍCULO 2. LOGOTIPO:
ARTÍCULO 3. ESLOGAN: “Creando conciencia para el manejo responsable del medio
ambiente”
ARTÍCULO 4. MISIÓN:
“Apoyar el proceso de implementación de la política de educación ambiental con el
municipio de Venadillo, mediante la articulación e inclusión en los planes, programas y
proyectos que desarrollan las diferentes instituciones que hacen presencia en el
municipio”
Of. Área de Desarrollo Agropecuario
Alcaldía Municipal
cideavenadillo@gmail.com
2. CAPÍTULO II
FINES DEL CIDEA
ARTÍCULO 5. FINES: El CIDEA puede hacer o está en capacidad de hacer:
1. El comité deberá trabajar inter-institucionalmente de una manera concertada para
incorporar la educación ambiental en el desarrollo regional relacionado con los
diferentes planes de desarrollo de las entidades públicas y privadas.
2. Desarrollar una gestión sistémica, es decir interacción de actores y conocimientos.
3. El CIDEA deber ser motivador de los proyectos ambientales escolares PRAE,
proyectos Ambientales Universitarios PRAU, y de los proyectos Ciudadanos de
Educación Ambiental PROCEDA, en el departamento o municipio que se
establezca. Así mismo, se espera que los planes educativos que diseñe el CIDEA
sean incorporados al plan de desarrollo del municipio, y que estos obtengan
recursos financieros que garanticen su sostenibilidad, en el contexto de la
descentralización y autonomía local.
4. Diagnosticar en forma participativa el estado de la problemática de la educación
ambiental en el Municipio y actualizar constantemente su diagnostico.
5. Liderar el diseño y ejecución del Plan Municipal de Educación ambiental y su
incorporación en el plan de desarrollo de las entidades públicas y privadas.
6. Evaluar el Plan de educación ambiental en el municipio con el fin de redireccionar
políticas y estrategias del mismo.
7. Incorporar en el trabajo interinstitucional e intersectorial de las distintas iniciativas
directa o indirectamente la educación ambiental.
8. Gestionar recursos físicos, institucionales financieros y talento humano necesarios
para la implementación y desarrollo de la educación ambiental en el Municipio.
9. Crear estrategias que conduzcan a la apropiación de la política Nacional de
Educación Ambiental.
10. Presentar informes semestrales de las acciones planeadas y ejecutadas al mismo
CIDEA.
11. Establecer mecanismos de comunicación agiles que permitan el intercambio de
experiencias significativas en educación ambiental al interior del Municipio. Y con
otros municipios.
12. Fomentar el desarrollo de foros, seminarios, conservatorios y actividades
relacionadas con la educación ambiental.
13. Sistematizar las experiencias que en materia de educación ambiental se
desarrollen en el municipio.
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3. 14. Proponer estímulos a las instituciones educativas del Municipio con experiencia
significativas en sus PRAES.
15. Generar estímulos a las entidades, comunidades y organizaciones que desarrollen
una labor significativa en su gestión de educación ambiental.
16. Promover la investigación y formulación de proyectos en educación ambiental.
17. Coordinar con las entidades gubernamentales y no gubernamentales capacitación
respecto de la gestión de riesgo y su incorporación en los PRAES, PRAU y
PROCEDAS.
18. Darse su propio reglamento operativo.
ARTÍCULO 6. ACTIVIDADES: El CIDEA Venadillo podrá delegar en sus integrantes, el
ejercicio de funciones de coordinación y vigilancia.
CAPÍTULO III
MIEMBROS DEL CIDEA
ARTÍCULO 7. CLASE DE MIEMBROS: El CIDEA estará integrado por miembros activos y
honorarios:
ARTÍCULO 8. MIEMBROS ACTIVOS: Son quienes han constituido el CIDEA con carácter
de fundadores y los que ingresen previo el lleno de los requisitos establecidos en los
presentes Estatutos:
ARTÍCULO 9: MIEMBROS HONORARIOS: Son aquellas personas a quien el CIDEA ha
invitado a trabajar de manera voluntaria sin ser parte directa de la Institución.
ARTÍCULO 10: CONDICIONES DE ADMISIÓN: Son condiciones para ser admitido
como miembro activo:
1. Pedir la solicitud para ingresar al CIDEA.
2. Mostrar su idoneidad ante la Asamblea.
3. Presentar hoja de vida con una foto tamaño 3 X 4.
ARTÍCULO 11: PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DE CIDEA: El carácter
de mimbro se pierde por:
Renuncia voluntaria aceptada por el comité directivo
Retiro de la Institución
Mal ejemplo; afectar el buen nombre del CIDEA
Por inasistencia injustificada a tres reuniones
PARÁGRAFO PRIMERO: HOJA DE VIDA: El CIDEA llevará la hoja de vida de cada
socio activo y honorario y en ella registrará los aportes económicos, y los proyectos en
que se vincule y registrará la asistencia a eventos y reuniones.
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4. ARTÍCULO 12: DERECHOS DE LOS MIEMBROS ACTIVOS DEL CIDEA:
1. Elegir y poder ser elegido para desempeñar cargos en la dirección del CIDEA
2. poder representar el CIDEA, en eventos y actividades ambientales
3. participar con derecho a voz y voto en las deliberaciones y toma de decisiones y
las reuniones, los miembros honorarios podrán participar con derecho a voz
pero no a voto.
ARTÍCULO 13: OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CIDEA:
1. Cumplir fielmente con los estatutos
2. Participar de acuerdo su disponibilidad en el planteamiento, ejecución y/o
evaluación de los programas o proyectos del CIDEA
3. Brindar su solidaridad moral cuando le sea requerida por el CIDEA o sus
miembros.
4. Cooperar en actividades del CIDEA, en la promoción de eventos, publicaciones
y actividades.
5. Dar ejemplo y corregir a quien no lo de.
Articulo14: RETIRO DE LOS MIEMBROS: los miembros podrán retirarse libremente del
CIDEA. El retiro debe solicitarse por escrito, dirigido a el comité directivo y se debe
registrar el retiro en el libro de actas y miembros.
CAPITULO IV
ORGANOS DE DIRECCION DEL GRUPO ECOLOGICO
ARTICULO 15. DIRECCION: El CIDEA tendrá los siguientes órganos de directiva así:
1. Asamblea del CIDEA
2. Comité directivo CIDEA
ARTICULO 16. CONVOCATORIA A REUNIONES Y ACTIVIDADES:
El comité directivo convocara en conjunto a las reuniones y actividades con antelación,
mediante comunicación escrita y verbal (carteleras donde se evidencia el cronograma
de actividades y reuniones) se debe indicar el asunto tratar, el lugar, fecha y hora en
que se realizara el evento.
Constituye quórum valido para toma de decisiones la mitad mas uno de los miembros
activos.
PARAGRAFO: si se requiere una reunión fuera de los días programados para las
reuniones en el cronograma de actividades, se pueda hacer la solicitud al comité
directivo o pedirle al fiscal que la convoque.
ARTICULO 17. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DEL CIDEA
1. Elegir el comité directivo y el comité conciliador para un periodo o un año
designar en propiedad a los miembros para llenar las bacantes que se
presenten en el comité directivo. Así mismo, podrá si lo conveniente, revocar el
mandato parcial o total al comité directivo y elegir a quienes los deban
reemplazar.
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5. 2. Aprobar las reformas de los estatutos con el voto afirmativo de las tres cuartas
partes (3/4) de los miembros.
3. Aprobar las políticas, actividades y proyectos del CIDEA para el cumplimiento
de la misión.
4. Elaborar el cronograma del Plan de Acción Preliminar.
5. Asistencia permanente a reuniones convocadas y extracurriculares.
ARTÍCULO 18: COMITÉ DIRECTIVO: El CIDEA contará con un comité directivo,
elegido por la Asamblea de miembros para un periodo de (1) año, integrado por (8)
miembros hábiles, con los siguientes cargos específicos: Presidente, Vicepresidente,
Secretario General, Tesorero, Conciliador, Fiscal, Vocal 1, Vocal 2 y Vocal 3. El comité
elegido se instalará una vez se efectúe su reconocimiento por parte de la Asamblea y el
Asesor Técnico de CORTOLIMA.
ARTÍCULO 19: FUNCIONES DEL COMITÉ DIRECTIVO: Corresponde al Comité
Directivo trazar las orientaciones de política que desarrollan las decisiones de la
Asamblea de miembros, aprobar los programas y proyectos.
1. Elaborar el cronograma de actividades.
2. Analizar y aprobar los manuales de política general, procesos y expedir los
reglamentos internos del CIDEA.
3. Estudiar los proyectos, y/o convenios para desarrollo de los planes y proyectos
del CIDEA.
4. Elaborar y presentar el informe de gestión a la Asamblea que se realiza en el
primer trimestre de cada año.
5. Convocar a las reuniones y actividades de acuerdo a los siguientes estatutos.
6. Reglamentar el funcionamiento de los grupos de trabajo y asignamiento de
funciones.
CAPÍTULO V
DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DIRECTIVO
ARTÍCULO 20: PRESIDENTE: El comité directivo elegirá el Presidente del comité
directivo quien tendrá las siguientes obligaciones y funciones:
1. Orientar la ejecución de la Asamblea de miembros y del Comité Directivo,
velando por el cumplimiento de estatutos, reglamentos internos y mandatos de la
asamblea.
2. Orientar la elaboración de las políticas generales, manuales de procesos y
procedimientos y los reglamentos necesarios para la marcha del CIDEA.
3. Convocar conjuntamente con el secretario general, previa decisión del comité
directivo, y el grupo docente dinamizador del PRAE.
4. Rendir los informes generales de actividades de procesos en marcha del CIDEA.
5. Representar y/o delegar la representación del CIDEA con eventos y actividades
ambientales.
ARTÍCULO 21: VICEPRESIDENTE:
1. Ejercer las mismas atribuciones y obligaciones ante ausencias temporales o
definitivas del Presidente.
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6. 2. Apoyar la implementación del sistema de seguimiento y evaluación de los
programas y proyectos del CIDEA.
3. Apoyar la elaboración de políticas y la planeación de estrategias del desarrollo
institucional y organizacional del CIDEA.
4. Velar por el desarrollo de programas de formación y bienestar que contribuyen a
la consolidación del Equipo del CIDEA.
ARTÍCULO 22: SECRETARIO:
1. Ejecutar en coordinación con el Presidente los mandatos de la Asamblea y el
Comité Directivo.
2. Llevar debidamente organizado el registro de los miembros activos.
3. Contestar la correspondencia dirigida al Comité Directivo, previa consulta con el
Presidente del Comité.
4. Suscribir las actas de la Asamblea de miembros y del Comité Directivo
conjuntamente con el Presidente de la Asamblea General y/o el Presidente del
Comité Directivo, según sea el caso.
5. Hacer formato de hojas de vida.
ARTÍCULO 23: TESORERO:
1. Cotizar el costo total de actividades donde se hallan requerido fondos.
2. Llevar las cuentas correctas y exactas de los ingresos y egresos del CIDEA con
la razón del gasto.
3. Manejar dineros para campañas y elementos necesarios del CIDEA.
4. Rendir cuentas de todo el capital tanto ganado, invertido y donado como el que
se debe pedir a los posibles financiadores de este.
ARTÍCULO 24: CONCILIADOR: Este miembro del CIDEA, que tenga las condiciones
idóneas de responsabilidad y respeto para hacer parte en la ayuda de soluciones en caso
de ocurrir enfrentamientos o malos entendidos entre los miembros del CIDEA.
1. Velar por la perfecta convivencia de cada uno de los integrantes del CIDEA.
2. Manejar temas acerca de las campañas formativas del CIDEA.
3. Junto con el dinamizador docente proponer actividades lúdicas para la Asamblea
en general.
ARTÍCULO 25: FISCAL: El fiscal del CIDEA será elegido en Asamblea General por
un periodo igual al Comité Directivo: La elección se hará en previa presentación de
candidatos con sus hojas de vida ante el Comité Directivo, el cual presentará su informa a
la Asamblea.
1. Representar y ejercer el ministerio público en convocatorias ambientales.
2. Averiguar y delatar malos ejemplos y campañas donde se quiera sacar provecho
de dineros.
3. Velar por el bienestar del CIDEA.
4. Promover inventario de reglas y normas para el CIDEA.
5. Citar a reunión cuando a su juicio exista mérito para ello.
ARTÍCULO 26: VOCALES:
1. Ejecutar en coordinación con el Presidente los mandatos de la Asamblea y el
Comité Directivo.
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7. 2. Mantener estrecha relación con los responsables de programas, informarse de
las acciones de cada uno y contribuir en la planeación, ejecución y evaluación de
los mismos, presentando los informes ante el Comité Directivo.
3. Desempeñar las funciones y comisiones que les asigne el Comité Directivo.
4. Asistir a las reuniones del Comité Directivo.
5. Participar activamente en las decisiones que deben ser tomadas por el Comité
Directivo.
6. Diseñar y proponer al Comité Directivo, planes de fortalecimiento del CIDEA.
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CIDEA
ARTÍCULO 27: RECURSOS ECONÓMICOS:(Hasta el momento no se tienen)
CAPITULO VII
DISPOSICION FINAL
Artículo 27. Vigencia: El presente reglamento rige a partir de la fecha de su aprobación
por el Comité Interinstitucional de Educación Ambiental del Municipio de Venadillo “CIDEA
Venadillo Tolima”
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Venadillo – Tolima, a los ____ días del mes de ________ de 2012.
____________________________ _________________________
JORGE IVAN CASTILLO ROJAS CARLOS ANDRES CACERES
Presidente Secretario General
Of. Área de Desarrollo Agropecuario
Alcaldía Municipal
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