El documento habla sobre la filosofía del software libre. Explica que el software libre es aquel cuyo código fuente puede ser estudiado, modificado y redistribuido libremente. También describe a Richard Stallman como fundador del movimiento de software libre y las cuatro libertades que propone este movimiento. Por último, resume brevemente cómo Venezuela ha adoptado el uso de software libre en la administración pública para garantizar la soberanía tecnológica.
3. SOFTWARE LIBRE
El software libre es todo programa informático cuyo código fuente puede ser
estudiado, modificado, y utilizado libremente con cualquier fin y redistribuido
con o sin cambios o mejoras.
Su definición está asociada al nacimiento del movimiento de software libre,
encabezado por Richard Stallman y la consecuente fundación en 1985 de
la Free Software Foundation, que coloca la libertad del usuario informático
como propósito ético fundamental. Proviene del término en inglé sfree
software, que presenta ambigüedad entre los significados «libre» y «gratis»
asociados a la palabra free. Por esto que suele ser considerado
como software gratuito y no en su acepción más precisa como software que
puede ser modificado sin restricciones de licencia.
4. CREADOR DEL SOFTWARE LIBRE
Richard Matthew
Stallman (nacido
en Manhattan, Nueva York, 16 de
marzo de 1953), con frecuencia
abreviado como «rms», es
un programador estadounidense
y fundador del movimiento por el
software libre en el mundo.
5. LIBERTADES
0. La libertad de usar el
programa, con cualquier
propósito.
1. La libertad de estudiar cómo
funciona el programa y
modificarlo, adaptándolo a tus
necesidades.
2. La libertad de distribuir copias
del programa, con lo cual puedes
ayudar a tu prójimo.
3. La libertad de mejorar el
programa y hacer públicas esas
mejoras a los demás, de modo que
toda la comunidad se beneficie.
En las comunidades de software
libre, se desarrollan aplicaciones
con gran rapidez, además de que
como todos cooperan pueden
corregir problemas que se
presenten en el programa y no
tienes que esperar mucho tiempo
a que una empresa tome cartas en
el asunto.
6.
7. DECRETO PRESIDENCIAL Nº 3390
La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente
Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus
sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines,
todos los órganos y entes de la Administración Pública
Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y
progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con
Estándares Abiertos.
8. LEY DE INFOGOBIERNO
Esta Ley tiene por objeto establecer los principios, bases y
lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de
información en el Poder Público y el Poder Popular, para
mejorar la gestión pública y los servicios que se prestan a las
personas; impulsando la transparencia del sector público; la
participación y el ejercicio pleno del derecho de soberanía;
así como, promover el desarrollo de las tecnologías de
información libres en el Estado; garantizar la independencia
tecnológica; la apropiación social del conocimiento; así como
la seguridad y defensa de la Nación.
9.
10. SOFTWARE LIBRE EN VENEZUELA
El marco referencial anteriormente abordado, es parte de la
argumentación y justificación por las cuales el Estado Venezolano ha
asumido la aplicación y uso del Software Libre en la
Administración Pública, fundamentalmente identificando para ello las
ventajas comparativas del Software Libre respecto al Software Propietario
y que se traducen en garantía para la Soberanía Tecnológica y la
Seguridad Nacional, ya que entre muchas otras el Software Libre permite
minimizar los riesgos que están asociados a:
Filtración de los Datos Confidenciales
Imposibilidad de Acceso a los Datos
Manipulación en la modificación de los Datos.
11. SOFTWARE LIBRE EN VENEZUELA
Riesgos que si no se tienen
controlados por parte del Estado,
representan una amenaza y el
desencadenamiento
de acciones que pueden poner
en riesgo la Seguridad de la
Información tanto del Estado
como de los Ciudadanos.
Desde la propia Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela en
su artículo 110, se reconoce como de
interés público la ciencia, la
tecnología, el conocimiento,
la innovación y sus aplicaciones y los
servicios de información, a los fines de
lograr el desarrollo económico, social y
político del país, y que el Ejecutivo
Nacional a través del Ministerio del
Poder Popular para la Ciencia,
Tecnología e Industrias Intermedias
debe velar por el cumplimiento del
mencionado precepto constitucional
12. ALFABETIZACION TECNOLOGICA EN
SOFTWARE LIBRE
El Plan de Alfabetización Tecnológica y Software Libre de Extremadura
(PAT) es una iniciativa que promueve la Junta de Extremadura desde el
año 1.999 y que puso en manos de la Asociación de Universidades
Populares de Extremadura (AUPEX) para su gestión. Partía de dos
principios irrenunciables: conseguir la conectividad de todos los
municipios extremeños, y garantizar la alfabetización tecnológica de todos
los ciudadanos, con independencia del lugar donde vivieran.
En la ruta a la alfabetización digital un país debe observar como se
desarrollan actividades en otras partes del mundo de esta forma se
aprende y se comparte información. El Web del Plan de Alfabetización en
muy completo recomiendo que lo visiten.
13.
14. PLAN NACIONAL DE ALFABETIZACION
TECNOLOGICA
A mediados del 2006 nació una misión cuyo propósito principal era difundir en
el Pueblo venezolano todo el saber científico necesario para fomentar el
desarrollo social, con fines de eliminar, en el futuro, la dependencia extranjera
tecnológica del país: La Misión Ciencia.
EL Plan Nacional de Alfabetización Tecnológica forma parte de esta misión
del Gobierno Bolivariano, y su propósito es formar en el uso de las
Tecnologías de Información Libres a comunidades organizadas y sectores
populares, con una mayor atención en las localidades más recónditas del
país. Los resultados obtenidos para el año 2010, cuando más de 1 millón 96
mil venezolanas y venezolanos habían participado en esta iniciativa, la
hicieron merecedora del reconocimiento por parte de la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Tecnología (Unesco).