ELABORACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

Centro de Capacitación y Desarrollo Global
Centro de Capacitación y Desarrollo GlobalCentro de Capacitación y Desarrollo Global
C.P.C. MARTÍN ROJAS CALDERÓN
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Información Financiera, Presupuestaria y
Complementaria con Periodicidad Mensual,
Trimestral y Semestral por las Entidades
Gubernamentales del Estado
Expositor CPC. Martin Rojas Calderón
Presupuesto
Tesorería
Contabilidad
OCI, SOC.AUD., CGR SUNAT, CONGRESO, AFP
Situación actual en muchas
entidades públicas…
Rendición de Cuentas
Constitución Política del Perú
Artículo 81º La Cuenta General de la
República
La Cuenta General de la República,
acompañada del informe de auditoría de
la Contraloría General de la República,
es remitida por el Presidente de la
República al Congreso de la República
en un plazo que vence el quince de
agosto del año siguiente a la ejecución
del presupuesto.
Artículo 199º Responsabilidad
Los gobiernos regionales y locales son
fiscalizados por sus propios órganos de
fiscalización y por los organismos que
tengan tal atribución por mandato
constitucional o legal, y están sujetos al
control y supervisión de la Contraloría
General de la República, la que organiza
un sistema de control descentralizado y
permanente. Los mencionados gobiernos
formulan sus presupuestos con la
participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución, anualmente,
bajo responsabilidad, conforme a ley.
OCI, SOC.AUD., CGR
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Ley marco de la
Administración
Financiera del
Sector Público
LEY Nº 28112
Artículo 42.- La Dirección
Nacional de Contabilidad
Pública – DNCP
42.1 La Dirección Nacional de
Contabilidad Pública, es el órgano
rector del Sistema Nacional de
Contabilidad, dicta las normas y
establece los procedimientos
relacionados con su ámbito, en el
marco de lo establecido por la
presente Ley, disposiciones
complementarias y las Directivas e
instructivos de Contabilidad
OCI, SOC.AUD., CGR
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad
LEY Nº 28708
Artículo 4.- Objetivos
El Sistema Nacional de Contabilidad,
tiene entre otros, el siguiente objetivo:
d) Proporcionar información contable
oportuna para la toma de decisiones en
las entidades del sector público y del
sector privado.
Artículo 7.- Atribuciones de la Dirección
Nacional de Contabilidad Pública
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública,
tiene entre otras, las atribuciones siguientes:
a) Emitir resoluciones dictando y aprobando las
normas y procedimientos de contabilidad que
deben regir en el sector público;
b) Elaborar la Cuenta General de la República
procesando las rendiciones de cuentas
remitidas por las entidades del sector público;
OCI, SOC.AUD., CGR
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Artículo I.- Uniformidad
Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento
homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información
contable.
Artículo II.- Integridad
Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y
económicos.
Artículo III.- Oportunidad
Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el
momento y circunstancias debidas.
Artículo IV.- Transparencia
Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre
la contabilidad del Estado.
Artículo V.- Legalidad
Primacía de la legislación respecto a las normas contables.
Principios
Regulatorios
(Titulo
Preliminar)
Ley Nº 28708
OCI, SOC.AUD., CGR
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
La formulación y presentación de los Estados
Financieros por las entidades del sector público que
aplican la contabilidad gubernamental, se efectuará
de conformidad con los Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados y las Normas
Internacionales de Contabilidad para el Sector
Público NICSP, oficializadas y normada su
aplicación mediante Directivas emitidas por la
Dirección General de Contabilidad Pública
Párrafo modificado por la Resolución Directoral Nº 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el
reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo
de las entidades gubernamentales”
Literal a) Numeral
14 de la DIRECTIVA
N° 004-2015-
EF/51.01
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Directiva Nº
005-2016-
EF/51.01
Metodología,
Reconocimi
ento,
Medición y
Registro de
PPE
• Pronunciamientos de la Oficina de Control
Patrimonial
• Estimaciones de los técnicos pertinentes de la
entidad o en su caso fuentes externas a ella.
• Las entidades revisarán obligatoriamente la vida
útil de los elementos de PPE en la oportunidad
en que la DGCP lo disponga.
Estimación
de la Vida
Útil
Costos
Iniciales
• Cuando se reciba un elemento de PPE de otra
entidad pública (vía transferencia, afectación
en uso o bajo otra modalidad equivalente),
éste se reconocerá por el valor en libros de la
entidad que transfiere, registrando el valor del
elemento y la depreciación acumulada
recibida; la diferencia se registrará en la
cuenta de ingresos que corresponda.
• Mayor a 1/4 de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) vigente2, en el reconocimiento inicial de
un elemento de PPE.
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Directiva Nº
005-2016-
EF/51.01
Metodología,
Reconocimi
ento,
Medición y
Registro de
PPE
MARCO NORMATIVO
DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01
Directiva Nº
005-2016-
EF/51.01
Metodología,
Reconocimi
ento,
Medición y
Registro de
PPE
Las entidades públicas deberán utilizar el Método
de Línea Recta. Para los casos en que se requiera
utilizar otro método de depreciación, la entidad
deberá coordinar previamente con la DGCP.
Método de
Depreciación
Inicio y Cese
de la
depreciación
• La depreciación se iniciará a partir del mes
siguiente en que el elemento esté disponible
para ser usado. La PECOSA puede
proporcionar una referencia para el inicio de la
depreciación.
• La depreciación no cesará cuando el elemento
esté sin utilizar, o se haya retirado del uso
activo, por ejemplo por mantenimiento o
reparación, CESARÁ cuando el elemento de
PPE sea dado de baja o cuando esté
completamente depreciado.
OCI, SOC.AUD., CGR
El 04 de Mayo 2016 se ha publicado la Resolución Directoral Nº 009-2016-
EF/51.01 que aprueba la Directiva Nº 003-2016-EF/51.01 “Información
Financiera, Presupuestaria Complementaria con Periodicidad Mensual,
Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado” y sus
formatos y establecen su vigencia a partir del periodo contable 2016, dentro
de los plazos y disposiciones específicas que establece la indicada
Directiva.
INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA
COMPLEMENTARIA
MENSUALES, TRIMESTRALES Y SEMESTRALES.
Así mismo con la RD-2016-EF/51.01 se deroga la Directiva N° 005-2014-
EF/51.01 “Preparación y Presentación de Ia Información Financiera y
Presupuestaria Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales
del Estado”, aprobada con Resolución Directoral N° 010-2014-EF/51.01,
modificada con Resolución Directoral N° 006-2015-EF/51.01 y Resolución
Directoral N° 0132015-EF/51.01.
Se encuentran comprendidas las entidades siguientes: Ministerios, Poderes
y Otras Entidades del Estado, Entidades Captadoras de Recursos
Financieros, Instituciones Públicas Descentralizadas, Universidades
Públicas, Organismos Descentralizados Autónomos, Fondo Consolidado de
Reservas Previsionales – FCR, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP,
Sociedades de Beneficencia Pública, Gobiernos Regionales,
Mancomunidades Regionales, Gobiernos Locales, Institutos Viales
Provinciales, Centros Poblados y Mancomunidades Municipales así como
Otras Entidades Públicas señaladas por dispositivo legal expreso, usuarias
del Sistema Contable Gubernamental, con excepción de las Empresas del
Estado.
ALCANCE
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN MENSUAL
Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán
vía WEB la información siguiente:
Información Financiera
▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (No Comparativo)
▪ EF-2 Estado de Gestión (No Comparativo)
Información Presupuestaria
▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos
▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos
✓ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas)
▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos
✓ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso
INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE
Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán
vía WEB y presentarán la carpeta con la información siguiente:
Información Financiera
▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (Comparativo)
▪ EF-2 Estado de Gestión (Comparativo)
▪ EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (Comparativo)
▪ EF-4 Estado de Flujos de Efectivo (Comparativo)
▪ Notas a los Estados Financieros
▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Situación Financiera
▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Flujos de Efectivo
▪ Balance de Comprobación
EF-3 y EF-4: En el primer trimestre 2016 se presentará sin la información comparativa por ser
el primer año que se presenta en forma comparativa y no contar con saldos del primer
trimestre 2015.
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE
Anexos a los Estados Financieros respecto a los Fondos que Administra la
DGETP
▪ AF-9 Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público
▪ AF-9A Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público (Gastos)
▪ AF-9B Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público (Ingresos)
▪ AF-9C Otras Operaciones con Tesoro Público
Información Presupuestaria
▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos
▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos
▪ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas)
▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos
▪ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE
Información sobre Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas
▪ TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Pliego)
▪ Anexo 1 TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel
Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras
Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel
Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras
Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ Actas de Conciliación por las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas
entre Entidades del Estado.
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE
Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán
vía WEB y presentarán la carpeta con la información siguiente:
Información Financiera
▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (Comparativo)
▪ EF-2 Estado de Gestión (Comparativo)
▪ EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (Comparativo)
▪ EF-4 Estado de Flujos de Efectivo (Comparativo)
▪ Notas a los Estados Financieros
▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Situación Financiera
▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Flujos de Efectivo
▪ Balance de Comprobación
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE
Anexos a los Estados Financieros respecto a los Fondos que Administra la
DGETP
▪ AF-7 Hacienda Nacional Adicional
▪ AF-8 Fideicomiso, Comisiones de Confianza y Otras Modalidades
▪ AF-8A Asociaciones Público Privadas, Usufructo y Otros
▪ AF-9 Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público
▪ AF-9A Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público (Gastos)
▪ AF-9B Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público (Ingresos)
▪ AF-9C Otras Operaciones con Tesoro Público
▪ AF-10 Declaración Jurada
▪ AF-12 Donaciones y Transferencias Recibidas
▪ AF-13 Donaciones y Transferencias Otorgadas
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE
Otros Anexos por Operaciones Recíprocas y registro de Contadores
▪ OA-3B Reporte de Cuentas de Gestión por Operaciones Recíprocas entre
Entidades del Sector Público.
▪ Anexo OA-3B Reporte de Cuentas de Gestión por Operaciones Recíprocas
entre Entidades del Sector Público (Sólo para Unidades Ejecutoras).
▪ Acta de Conciliación de Saldos de Cuentas de Gestión por Operaciones
Recíprocas entre Entidades del Sector Público – Estado de Gestión.
▪ OA-7 Registro de Contadores del Sector Público.
Información Presupuestaria
▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos
▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos
▪ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas)
▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos
▪ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso
▪ Notas a los estados presupuestarios
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE
Información sobre el Presupuesto de Inversión Pública
▪ PI-1 Marco Legal y Ejecución del Presupuesto de Inversión Pública – Proyectos
Análisis y comentarios de los principales proyectos de inversión incluyendo el avance de las
metas físicas al primer semestre
Información sobre el Presupuesto de Gasto Social
▪ GS-1 Marco Legal y Ejecución del Presupuesto de Gasto Social
Análisis y comentarios del Gasto Social en los principales proyectos y productos (actividades)
de los Programas Presupuestarios.
Información sobre el Presupuesto de Gastos por Resultados
▪ PPR-G1 Programación y Ejecución de los Programas Presupuestales con
Enfoque de Resultados
▪ PPR-G2 Programación y Ejecución de los Programas Presupuestales con
Enfoque de Resultados por Fuente de Financiamiento
▪ PPR-G3 Clasificación Funcional de la Ejecución de los Programas Presupuestales
con Enfoque de Resultados
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE
Información sobre Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas
▪ TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Pliego)
▪ Anexo 1 TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel
Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras
Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel
Pliego)
▪ Anexo 1 TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras
Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora)
▪ Actas de Conciliación por las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas
entre Entidades del Estado.
LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE
INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
CONCILIACIÓN DEL MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO
En cuanto a la CONCILIACION DE MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO,
el responsable de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces,
efectuará las conciliaciones con las áreas respectivas: contabilidad,
logística, tesorería y personal, previamente a la fecha de conciliación con la
Dirección General de Contabilidad Pública. Se efectúa dentro de los treinta
días calendario de finalizado el primer semestre para todas las entidades
gubernamentales del Estado, a través del aplicativo Web “SIAF – Módulo
Contable – Información Financiera y Presupuestaria”, mediante el formato
“Conciliación del Marco Legal del Presupuesto de Gastos”.
Las entidades captadoras de recursos
financieros, la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP, las Sociedades de Beneficencia
Pública, los Institutos Viales Provinciales y los
Centros Poblados.
“Módulo de Información Financiera Presupuestal”
http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index.jsp
Las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales, Gobiernos Locales, las
Mancomunidades Regionales y Municipales, las
entidades captadoras de recursos financieros, la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el
Fondo Consolidado de Reservas Previsionales
– FCR, las Sociedades de Beneficencia Pública,
los Institutos Viales Provinciales y los Centros
Poblados
“Módulo Contable – Información Financiera y
Presupuestaria
https://apps4.mineco.gob.pe/siafwebcontapp/
Las Unidades Ejecutoras que registran su información a través del SIAF-SP, previamente al cierre mensual
deberán efectuar los diversos procesos que contiene el “Módulo de Conciliación de Operaciones SIAF” que se
encuentra en el SIAF-SP, con la finalidad de conocer y subsanar las posibles diferencias determinadas entre la
información presupuestaria registrada en el SIAF-SP y la Base de Datos Central del MEF
MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONTABLE
Medios para la presentación de la información contable (Aplicativos WEB)
Las entidades captadoras de recursos financieros, la
SBS, las Sociedades Beneficencia Pública, los Institutos
Viales Provinciales y los Centros Poblados registrarán su
información requerida, previo al cierre contable, utilizando
el link http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index.jsp
Las Entidades del Sector Público efectuarán el cierre
de las Transferencias Financieras a través del link
http://apps3.mineco.gob.pe/appCont/index.jsp
Módulo de
Información
Financiera
Presupuestal
SIAF - Módulo
Contable -
Transferencias
Financieras
Las entidades del GN, GR, GL efectuarán el cierre
contable para la elaboración de la Cuenta General de la
República a través del” utilizando el link
https://apps4.mineco.gob.pe/siafwebcontapp/
Módulo Contable –
Información
Financiera y
Presupuestaria
MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONTABLE
Medios para la presentación de la información contable (Aplicativos WEB)
Sistema de
Conciliación de
Transferencias
Financieras -
SISTRAN
Las Entidades del Sector Público realizarán la conciliación
de las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas,
ingresando al link
http://apps2.mef.gob.pe/apptransferencias/index.jsp
Módulo de
Revaluación de
Edificios y Terrenos
El registro y envío de la información de la “Modificación
de Vida Útil de Edificios y la Revaluación de Edificios y
Terrenos, se efectuará ingresando al link
https://apps4.mineco.gob.pe/revaluacion-inmueble/
Sistema de
Conciliación de
Operaciones
Reciprocas
Las Entidades del Sector Público realizarán la
conciliación y generación del Acta de Conciliación por
operaciones recíprocas ingresando al link
http://apps2.mef.gob.pe/appconciliacion/index.jsp
MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONTABLE
Aplicativo para Cierre Anual
Demandas
Judiciales y
Arbitrales en contra
del Estado
Registro de las Demandas Judiciales y Arbitrales en
Contra del Estado en cualquier etapa del proceso que
se encuentre, se efectuará ingresando al link
http://apps3.mineco.gob.pe/sentencias-judiciales/
MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONTABLE
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONTABLE
• Meses de enero y febrero se enviará vía WEB, en la
misma fecha de presentación de la información
financiera y presupuestaria correspondiente al Primer
Trimestre
• Meses de abril, mayo, julio, agosto, octubre y
noviembre se enviará vía WEB dentro de los treinta
(30) días calendarios siguientes a la finalización del
mes que corresponda.
Información
Mensual
• Será dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes
a la finalización del período que se informa
• Se presentará la carpeta a la Dirección General de
Contabilidad Pública, en la sede institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas, sito en Jr. Lampa
N° 277 Lima o en los diferentes Centros de Servicios
de Atención al Usuario- CONECTAMEF a nivel
nacional.
Información
Trimestral y
Semestral
OCI, SOC.AUD., CGR
PRECISIONES ADICIONALES
A LA INFORMACIÓN FINANCIERA
(Novedades)
a) La formulación y presentación de los estados financieros por las entidades del
sector público que aplican la contabilidad gubernamental, se efectuará de
conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y las
Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NICSP,
oficializadas y normada su aplicación mediante Directivas emitidas por la
Dirección General de Contabilidad Pública.
d) Para una adecuada presentación del Estado de Situación Financiera, las
entidades gubernamentales efectuarán las reclasificaciones, según las pautas
dispuestas por el Plan Contable Gubernamental:
✓ Para efecto de formulación del Estado de Situación Financiera EF-1 mensual,
trimestral y semestral los saldos de la cuenta 1601 Traspasos y Remesas se
reclasifican de manera automática a través del sistema, para su presentación
en el rubro Hacienda Nacional Adicional.
✓ El dinero en caja o en cuenta corriente bancaria que no sea de libre
disponibilidad por mandato judicial o disposición de autoridad competente, se
reclasifica a la cuenta 1101.05 Fondos Sujetos a Restricción.
OCI, SOC.AUD., CGR
PRECISIONES ADICIONALES
A LA INFORMACIÓN FINANCIERA
(Novedades)
d) Para una adecuada presentación del Estado de Situación Financiera, las entidades
gubernamentales efectuarán las reclasificaciones, según las pautas dispuestas por el Plan
Contable Gubernamental:
✓ El saldo de la sub cuenta 2102.03 Compensación por Tiempo de Servicios por Pagar,
deberá presentarse en el rubro Remuneraciones y Beneficios Sociales (Corriente) y/o
Beneficios Sociales (No Corriente) del Estado de Situación Financiera y se mostrará
deducido del saldo de la sub cuenta 1202.0803 Adelanto por Tiempo de Servicios
(dentro del régimen laboral que les permitió dichos adelantos).
✓ El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto correspondiente al Primer Trimestre,
Tercer Trimestre y Primer Semestre de cada período, mostrará como saldos iniciales en
cada rubro los obtenidos al 01 de enero del año que corresponda.
✓ El Estado de Flujos de Efectivo correspondiente al Primer Trimestre, Tercer Trimestre y
Primer Semestre de cada ejercicio, se mostrará comparado con el saldo presentado del
01 de enero al 31 de marzo del año anterior, del 01 de enero al 30 de setiembre del año
anterior y del 01 de enero al 30 de junio del año anterior, respectivamente.
OCI, SOC.AUD., CGR
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
El titular de la entidad o la máxima autoridad individual o colegiada y los Directores
Generales de Administración, los Directores de Contabilidad y de Presupuesto o
quienes hagan sus veces, tienen responsabilidad administrativa y la obligación de
enviar vía WEB la información contable mensual de acuerdo a lo establecido en el
numeral 7.1 de la presente Directiva, asimismo, deben cumplir con la presentación y
envío de la información contable trimestral y semestral a la Dirección General de
Contabilidad Pública, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2 de la presente
Directiva.
El incumplimiento del envió de información contable mensual así como del envío y
presentación de información contable trimestral y semestral dará lugar a la notificación
de la falta al titular de la entidad o máxima autoridad individual o colegiada, mediante
su publicación en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas:
http://www.mef.gob.pe a fin de que se adopten las medidas correctivas oportunas.
El incumplimiento de la presentación de la información establecida, no exime al Titular
de la entidad de disponer su inmediata transmisión o remisión, según corresponda.
OCI, SOC.AUD., CGR
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Las entidades del Sector Público referidas en el inciso 6.1, numeral 6, de la
Directiva, tales como: la Superintendencia de Banca Seguros y AFP,
Entidades Captadoras, Fondo Consolidado de Reservas Previsionales,
Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales y Centros
Poblados; por excepción y única vez, el plazo de presentación y envío de la
información financiera y presupuestaria de los meses de enero, febrero y
Primer Trimestre de año en curso, será hasta el 31 de mayo de 2016.
Otras Oficinas Responsables de la Elaboración de la Información
Contable en las Entidades
Oficina de
Contabilidad
Oficina de
Abastecimiento
(Servicios
Auxiliares)
Oficina de
Procuraduría
Pública
Otras Áreas
Competentes
(Informática,
Tesorería, Legal,
Proyectos, etc)
Oficina de
Proyecto de
Inversión
Pública
Oficinas de
Personal
“No se puede medir, ni conocer, ni controlar lo que no se registra,
por ello modernizamos los registros y buscamos la Cuenta
General de la República Digital, oportuna y de calidad, al alcance
de todos”.
Dr. Oscar Pajuelo Ramírez.
ELABORACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
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ELABORACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

  • 2. DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado Expositor CPC. Martin Rojas Calderón
  • 3. Presupuesto Tesorería Contabilidad OCI, SOC.AUD., CGR SUNAT, CONGRESO, AFP Situación actual en muchas entidades públicas…
  • 4. Rendición de Cuentas Constitución Política del Perú Artículo 81º La Cuenta General de la República La Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General de la República, es remitida por el Presidente de la República al Congreso de la República en un plazo que vence el quince de agosto del año siguiente a la ejecución del presupuesto. Artículo 199º Responsabilidad Los gobiernos regionales y locales son fiscalizados por sus propios órganos de fiscalización y por los organismos que tengan tal atribución por mandato constitucional o legal, y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley.
  • 5. OCI, SOC.AUD., CGR MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Ley marco de la Administración Financiera del Sector Público LEY Nº 28112 Artículo 42.- La Dirección Nacional de Contabilidad Pública – DNCP 42.1 La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, es el órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito, en el marco de lo establecido por la presente Ley, disposiciones complementarias y las Directivas e instructivos de Contabilidad
  • 6. OCI, SOC.AUD., CGR MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad LEY Nº 28708 Artículo 4.- Objetivos El Sistema Nacional de Contabilidad, tiene entre otros, el siguiente objetivo: d) Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado. Artículo 7.- Atribuciones de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, tiene entre otras, las atribuciones siguientes: a) Emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; b) Elaborar la Cuenta General de la República procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector público;
  • 7. OCI, SOC.AUD., CGR MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Artículo I.- Uniformidad Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable. Artículo II.- Integridad Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos. Artículo III.- Oportunidad Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas. Artículo IV.- Transparencia Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. Artículo V.- Legalidad Primacía de la legislación respecto a las normas contables. Principios Regulatorios (Titulo Preliminar) Ley Nº 28708
  • 8. OCI, SOC.AUD., CGR MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 La formulación y presentación de los Estados Financieros por las entidades del sector público que aplican la contabilidad gubernamental, se efectuará de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NICSP, oficializadas y normada su aplicación mediante Directivas emitidas por la Dirección General de Contabilidad Pública Párrafo modificado por la Resolución Directoral Nº 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales” Literal a) Numeral 14 de la DIRECTIVA N° 004-2015- EF/51.01
  • 9. MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Directiva Nº 005-2016- EF/51.01 Metodología, Reconocimi ento, Medición y Registro de PPE • Pronunciamientos de la Oficina de Control Patrimonial • Estimaciones de los técnicos pertinentes de la entidad o en su caso fuentes externas a ella. • Las entidades revisarán obligatoriamente la vida útil de los elementos de PPE en la oportunidad en que la DGCP lo disponga. Estimación de la Vida Útil Costos Iniciales • Cuando se reciba un elemento de PPE de otra entidad pública (vía transferencia, afectación en uso o bajo otra modalidad equivalente), éste se reconocerá por el valor en libros de la entidad que transfiere, registrando el valor del elemento y la depreciación acumulada recibida; la diferencia se registrará en la cuenta de ingresos que corresponda. • Mayor a 1/4 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente2, en el reconocimiento inicial de un elemento de PPE.
  • 10. MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Directiva Nº 005-2016- EF/51.01 Metodología, Reconocimi ento, Medición y Registro de PPE
  • 11. MARCO NORMATIVO DIRECTIVA Nº 003-2016-EF/51.01 Directiva Nº 005-2016- EF/51.01 Metodología, Reconocimi ento, Medición y Registro de PPE Las entidades públicas deberán utilizar el Método de Línea Recta. Para los casos en que se requiera utilizar otro método de depreciación, la entidad deberá coordinar previamente con la DGCP. Método de Depreciación Inicio y Cese de la depreciación • La depreciación se iniciará a partir del mes siguiente en que el elemento esté disponible para ser usado. La PECOSA puede proporcionar una referencia para el inicio de la depreciación. • La depreciación no cesará cuando el elemento esté sin utilizar, o se haya retirado del uso activo, por ejemplo por mantenimiento o reparación, CESARÁ cuando el elemento de PPE sea dado de baja o cuando esté completamente depreciado.
  • 12. OCI, SOC.AUD., CGR El 04 de Mayo 2016 se ha publicado la Resolución Directoral Nº 009-2016- EF/51.01 que aprueba la Directiva Nº 003-2016-EF/51.01 “Información Financiera, Presupuestaria Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado” y sus formatos y establecen su vigencia a partir del periodo contable 2016, dentro de los plazos y disposiciones específicas que establece la indicada Directiva. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA COMPLEMENTARIA MENSUALES, TRIMESTRALES Y SEMESTRALES. Así mismo con la RD-2016-EF/51.01 se deroga la Directiva N° 005-2014- EF/51.01 “Preparación y Presentación de Ia Información Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado”, aprobada con Resolución Directoral N° 010-2014-EF/51.01, modificada con Resolución Directoral N° 006-2015-EF/51.01 y Resolución Directoral N° 0132015-EF/51.01.
  • 13. Se encuentran comprendidas las entidades siguientes: Ministerios, Poderes y Otras Entidades del Estado, Entidades Captadoras de Recursos Financieros, Instituciones Públicas Descentralizadas, Universidades Públicas, Organismos Descentralizados Autónomos, Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – FCR, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Sociedades de Beneficencia Pública, Gobiernos Regionales, Mancomunidades Regionales, Gobiernos Locales, Institutos Viales Provinciales, Centros Poblados y Mancomunidades Municipales así como Otras Entidades Públicas señaladas por dispositivo legal expreso, usuarias del Sistema Contable Gubernamental, con excepción de las Empresas del Estado. ALCANCE
  • 14. LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA INFORMACIÓN MENSUAL Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán vía WEB la información siguiente: Información Financiera ▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (No Comparativo) ▪ EF-2 Estado de Gestión (No Comparativo) Información Presupuestaria ▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos ▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos ✓ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas) ▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos ✓ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso
  • 15. INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán vía WEB y presentarán la carpeta con la información siguiente: Información Financiera ▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (Comparativo) ▪ EF-2 Estado de Gestión (Comparativo) ▪ EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (Comparativo) ▪ EF-4 Estado de Flujos de Efectivo (Comparativo) ▪ Notas a los Estados Financieros ▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Situación Financiera ▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Flujos de Efectivo ▪ Balance de Comprobación EF-3 y EF-4: En el primer trimestre 2016 se presentará sin la información comparativa por ser el primer año que se presenta en forma comparativa y no contar con saldos del primer trimestre 2015. LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 16. INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE Anexos a los Estados Financieros respecto a los Fondos que Administra la DGETP ▪ AF-9 Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ▪ AF-9A Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (Gastos) ▪ AF-9B Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (Ingresos) ▪ AF-9C Otras Operaciones con Tesoro Público Información Presupuestaria ▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos ▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos ▪ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas) ▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos ▪ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 17. INFORMACIÓN AL PRIMER Y TERCER TRIMESTRE Información sobre Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas ▪ TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ Actas de Conciliación por las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas entre Entidades del Estado. LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 18. INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, enviarán vía WEB y presentarán la carpeta con la información siguiente: Información Financiera ▪ EF-1 Estado de Situación Financiera (Comparativo) ▪ EF-2 Estado de Gestión (Comparativo) ▪ EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (Comparativo) ▪ EF-4 Estado de Flujos de Efectivo (Comparativo) ▪ Notas a los Estados Financieros ▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Situación Financiera ▪ Hoja de Trabajo para la formulación del Estado de Flujos de Efectivo ▪ Balance de Comprobación LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 19. INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE Anexos a los Estados Financieros respecto a los Fondos que Administra la DGETP ▪ AF-7 Hacienda Nacional Adicional ▪ AF-8 Fideicomiso, Comisiones de Confianza y Otras Modalidades ▪ AF-8A Asociaciones Público Privadas, Usufructo y Otros ▪ AF-9 Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ▪ AF-9A Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (Gastos) ▪ AF-9B Movimiento de Fondos que administra la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (Ingresos) ▪ AF-9C Otras Operaciones con Tesoro Público ▪ AF-10 Declaración Jurada ▪ AF-12 Donaciones y Transferencias Recibidas ▪ AF-13 Donaciones y Transferencias Otorgadas LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 20. INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE Otros Anexos por Operaciones Recíprocas y registro de Contadores ▪ OA-3B Reporte de Cuentas de Gestión por Operaciones Recíprocas entre Entidades del Sector Público. ▪ Anexo OA-3B Reporte de Cuentas de Gestión por Operaciones Recíprocas entre Entidades del Sector Público (Sólo para Unidades Ejecutoras). ▪ Acta de Conciliación de Saldos de Cuentas de Gestión por Operaciones Recíprocas entre Entidades del Sector Público – Estado de Gestión. ▪ OA-7 Registro de Contadores del Sector Público. Información Presupuestaria ▪ PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos ▪ PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos ▪ Anexos al PP-1 y PP-2 (Por específicas) ▪ EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos ▪ Anexo al EP-1 por Tipo de Financiamiento y Tipo de Recurso ▪ Notas a los estados presupuestarios LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 21. INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE Información sobre el Presupuesto de Inversión Pública ▪ PI-1 Marco Legal y Ejecución del Presupuesto de Inversión Pública – Proyectos Análisis y comentarios de los principales proyectos de inversión incluyendo el avance de las metas físicas al primer semestre Información sobre el Presupuesto de Gasto Social ▪ GS-1 Marco Legal y Ejecución del Presupuesto de Gasto Social Análisis y comentarios del Gasto Social en los principales proyectos y productos (actividades) de los Programas Presupuestarios. Información sobre el Presupuesto de Gastos por Resultados ▪ PPR-G1 Programación y Ejecución de los Programas Presupuestales con Enfoque de Resultados ▪ PPR-G2 Programación y Ejecución de los Programas Presupuestales con Enfoque de Resultados por Fuente de Financiamiento ▪ PPR-G3 Clasificación Funcional de la Ejecución de los Programas Presupuestales con Enfoque de Resultados LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 22. INFORMACIÓN AL PRIMER SEMESTRE Información sobre Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas ▪ TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFR Transferencias Financieras Recibidas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-1 Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-2 Clasificación Funcional de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Pliego) ▪ Anexo 1 TFO-3 Distribución Geográfica de las Transferencias Financieras Otorgadas (A nivel Unidad Ejecutora) ▪ Actas de Conciliación por las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas entre Entidades del Estado. LINEAMIENTOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
  • 23. CONCILIACIÓN DEL MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO En cuanto a la CONCILIACION DE MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO, el responsable de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces, efectuará las conciliaciones con las áreas respectivas: contabilidad, logística, tesorería y personal, previamente a la fecha de conciliación con la Dirección General de Contabilidad Pública. Se efectúa dentro de los treinta días calendario de finalizado el primer semestre para todas las entidades gubernamentales del Estado, a través del aplicativo Web “SIAF – Módulo Contable – Información Financiera y Presupuestaria”, mediante el formato “Conciliación del Marco Legal del Presupuesto de Gastos”.
  • 24. Las entidades captadoras de recursos financieros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, las Sociedades de Beneficencia Pública, los Institutos Viales Provinciales y los Centros Poblados. “Módulo de Información Financiera Presupuestal” http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index.jsp Las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, las Mancomunidades Regionales y Municipales, las entidades captadoras de recursos financieros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – FCR, las Sociedades de Beneficencia Pública, los Institutos Viales Provinciales y los Centros Poblados “Módulo Contable – Información Financiera y Presupuestaria https://apps4.mineco.gob.pe/siafwebcontapp/ Las Unidades Ejecutoras que registran su información a través del SIAF-SP, previamente al cierre mensual deberán efectuar los diversos procesos que contiene el “Módulo de Conciliación de Operaciones SIAF” que se encuentra en el SIAF-SP, con la finalidad de conocer y subsanar las posibles diferencias determinadas entre la información presupuestaria registrada en el SIAF-SP y la Base de Datos Central del MEF MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
  • 25. Medios para la presentación de la información contable (Aplicativos WEB) Las entidades captadoras de recursos financieros, la SBS, las Sociedades Beneficencia Pública, los Institutos Viales Provinciales y los Centros Poblados registrarán su información requerida, previo al cierre contable, utilizando el link http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index.jsp Las Entidades del Sector Público efectuarán el cierre de las Transferencias Financieras a través del link http://apps3.mineco.gob.pe/appCont/index.jsp Módulo de Información Financiera Presupuestal SIAF - Módulo Contable - Transferencias Financieras Las entidades del GN, GR, GL efectuarán el cierre contable para la elaboración de la Cuenta General de la República a través del” utilizando el link https://apps4.mineco.gob.pe/siafwebcontapp/ Módulo Contable – Información Financiera y Presupuestaria MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
  • 26. Medios para la presentación de la información contable (Aplicativos WEB) Sistema de Conciliación de Transferencias Financieras - SISTRAN Las Entidades del Sector Público realizarán la conciliación de las Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas, ingresando al link http://apps2.mef.gob.pe/apptransferencias/index.jsp Módulo de Revaluación de Edificios y Terrenos El registro y envío de la información de la “Modificación de Vida Útil de Edificios y la Revaluación de Edificios y Terrenos, se efectuará ingresando al link https://apps4.mineco.gob.pe/revaluacion-inmueble/ Sistema de Conciliación de Operaciones Reciprocas Las Entidades del Sector Público realizarán la conciliación y generación del Acta de Conciliación por operaciones recíprocas ingresando al link http://apps2.mef.gob.pe/appconciliacion/index.jsp MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
  • 27. Aplicativo para Cierre Anual Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado Registro de las Demandas Judiciales y Arbitrales en Contra del Estado en cualquier etapa del proceso que se encuentre, se efectuará ingresando al link http://apps3.mineco.gob.pe/sentencias-judiciales/ MEDIOS PARA EL ENVÍO Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
  • 28. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE • Meses de enero y febrero se enviará vía WEB, en la misma fecha de presentación de la información financiera y presupuestaria correspondiente al Primer Trimestre • Meses de abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre se enviará vía WEB dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la finalización del mes que corresponda. Información Mensual • Será dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la finalización del período que se informa • Se presentará la carpeta a la Dirección General de Contabilidad Pública, en la sede institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, sito en Jr. Lampa N° 277 Lima o en los diferentes Centros de Servicios de Atención al Usuario- CONECTAMEF a nivel nacional. Información Trimestral y Semestral
  • 29. OCI, SOC.AUD., CGR PRECISIONES ADICIONALES A LA INFORMACIÓN FINANCIERA (Novedades) a) La formulación y presentación de los estados financieros por las entidades del sector público que aplican la contabilidad gubernamental, se efectuará de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NICSP, oficializadas y normada su aplicación mediante Directivas emitidas por la Dirección General de Contabilidad Pública. d) Para una adecuada presentación del Estado de Situación Financiera, las entidades gubernamentales efectuarán las reclasificaciones, según las pautas dispuestas por el Plan Contable Gubernamental: ✓ Para efecto de formulación del Estado de Situación Financiera EF-1 mensual, trimestral y semestral los saldos de la cuenta 1601 Traspasos y Remesas se reclasifican de manera automática a través del sistema, para su presentación en el rubro Hacienda Nacional Adicional. ✓ El dinero en caja o en cuenta corriente bancaria que no sea de libre disponibilidad por mandato judicial o disposición de autoridad competente, se reclasifica a la cuenta 1101.05 Fondos Sujetos a Restricción.
  • 30. OCI, SOC.AUD., CGR PRECISIONES ADICIONALES A LA INFORMACIÓN FINANCIERA (Novedades) d) Para una adecuada presentación del Estado de Situación Financiera, las entidades gubernamentales efectuarán las reclasificaciones, según las pautas dispuestas por el Plan Contable Gubernamental: ✓ El saldo de la sub cuenta 2102.03 Compensación por Tiempo de Servicios por Pagar, deberá presentarse en el rubro Remuneraciones y Beneficios Sociales (Corriente) y/o Beneficios Sociales (No Corriente) del Estado de Situación Financiera y se mostrará deducido del saldo de la sub cuenta 1202.0803 Adelanto por Tiempo de Servicios (dentro del régimen laboral que les permitió dichos adelantos). ✓ El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto correspondiente al Primer Trimestre, Tercer Trimestre y Primer Semestre de cada período, mostrará como saldos iniciales en cada rubro los obtenidos al 01 de enero del año que corresponda. ✓ El Estado de Flujos de Efectivo correspondiente al Primer Trimestre, Tercer Trimestre y Primer Semestre de cada ejercicio, se mostrará comparado con el saldo presentado del 01 de enero al 31 de marzo del año anterior, del 01 de enero al 30 de setiembre del año anterior y del 01 de enero al 30 de junio del año anterior, respectivamente.
  • 31. OCI, SOC.AUD., CGR OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES El titular de la entidad o la máxima autoridad individual o colegiada y los Directores Generales de Administración, los Directores de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, tienen responsabilidad administrativa y la obligación de enviar vía WEB la información contable mensual de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.1 de la presente Directiva, asimismo, deben cumplir con la presentación y envío de la información contable trimestral y semestral a la Dirección General de Contabilidad Pública, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2 de la presente Directiva. El incumplimiento del envió de información contable mensual así como del envío y presentación de información contable trimestral y semestral dará lugar a la notificación de la falta al titular de la entidad o máxima autoridad individual o colegiada, mediante su publicación en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe a fin de que se adopten las medidas correctivas oportunas. El incumplimiento de la presentación de la información establecida, no exime al Titular de la entidad de disponer su inmediata transmisión o remisión, según corresponda.
  • 32. OCI, SOC.AUD., CGR DISPOSICIONES TRANSITORIAS Las entidades del Sector Público referidas en el inciso 6.1, numeral 6, de la Directiva, tales como: la Superintendencia de Banca Seguros y AFP, Entidades Captadoras, Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales y Centros Poblados; por excepción y única vez, el plazo de presentación y envío de la información financiera y presupuestaria de los meses de enero, febrero y Primer Trimestre de año en curso, será hasta el 31 de mayo de 2016.
  • 33. Otras Oficinas Responsables de la Elaboración de la Información Contable en las Entidades Oficina de Contabilidad Oficina de Abastecimiento (Servicios Auxiliares) Oficina de Procuraduría Pública Otras Áreas Competentes (Informática, Tesorería, Legal, Proyectos, etc) Oficina de Proyecto de Inversión Pública Oficinas de Personal
  • 34. “No se puede medir, ni conocer, ni controlar lo que no se registra, por ello modernizamos los registros y buscamos la Cuenta General de la República Digital, oportuna y de calidad, al alcance de todos”. Dr. Oscar Pajuelo Ramírez.