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  1. Línea de Tiempo de la Doctrina No-relativa. Origen Principios del siglo XXI los rusos fundaron colonias en territorio americano, una en las Islas Sandwich y otra cerca de San Francisco; los rusos declararon además su propósito de reservar para sus ciudadanos el comercio pesquero en la zona comprendida entre el Estrecho de Bering y el grado 51 de latitud norte. Doctrina Monroe Debido a los peligros ya explicados el presidente estadounidense James Monroe dirigió al Congreso un Mensaje el 2 de diciembre de 1823, y en el mismo expuso los principios siguientes: a) el Principio de No-Colonización: los pueblos de América no están sujetos a colonización por parte de ninguna potencia europea; b) Principio de Aislamiento c) Principio de No-Intervención Algunos lo han resumido así: "América para los americanos", que ha dado lugar a comentarios y reflexiones maliciosas politicamente. Doctrina Drago En el año 1902 Alemania, una nota diplomática en la cual expone que el cobro militar supone la ocupación territorial y ésta significa la supresión o subordinación de los gobiernos locales, lo cual es una violación flagrante y clara de la doctrina 11 Monroe sostenida por los Estados Unidos, además que el Estado acreedor al actuar así está actuando irreflexivamente porque al contraer la deuda sabía muy bien el riesgo; riesgo que en suma no debe sobreestimarse porque el Estado es un ente permanente que tarde o temprano estará en posición de pagar. En resumen el uso de la fuerza por deudas es inadmisible.
  2. Doctrina Calvo El doctor Carlos Calvo, también de origen argentino, estructuró más este punto; según él, en Derecho Internacional estricto cobro de créditos y la demanda de reclamaciones privadas, no justifican de plano la intervención armada de los gobiernos, y como los Estados europeos siguen invariablemente esta regla en sus relaciones recíprocas, no hay motivo para que ellos no la impongan también en sus relaciones con las naciones del nuevo mundo Desarrollos Posteriores Posteriormente esta doctrina de Drago y Calvo se intentó modificar pretendiendo que la intervención armada sólo es permitida después de haber agotado todos los medios jurídicos: arbitraje y juicio. En la actualidad la doctrina de la No- Intervención aplicable es una conjugación de la Doctrina Monroe, Drago, Calvo y convenciones internacionales. La No-Intervención ha devenido en un principio convencional del Derecho Internacional Público.
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