MANUAL DE CONIVENCIA _COLEGIO GUILLERMO QUINTERO CALDEON -CONVENCION_N.S
1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
COLEGIO GUILLERMO QUINTERO CALDERÓN
MUNICIPIO DE CONVENCIÓN
NORTE DE SANTANDER
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MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO GUILLERMO QUINTERO CALDERÓN
Acuerdo de Rectoría No. Fecha
Por la cual se adopta el Manual de Convivencia para la Institución Educativa Colegio
Guillermo Quintero Calderón jornadas mañana y nocturna, sedes Gabriela Mistral, Carlos
Emilio Picón, Juan Esteban Camacho, Kennedy, José Maria Estévez Cote y Nuestra
Señora del Rosario.
El Rector de la Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón considerando
que:
1. El artículo 87 de la Ley 115 de 1994 establece el reglamento o Manual de
Convivencia para todos los centros educativos.
2. Que el artículo 144 literal C de la Ley 115 de 1994, señala como función del
Consejo Directivo adoptar el reglamento de la Institución, de conformidad con las
normas vigentes y que esto se encuentra reglamentado en el Artículo 23 del
Decreto 1860 de 1994.
3. Que el Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 (reglamento o manual de
convivencia) reglamentario de la Ley 115 de 1.994, establece algunos aspectos
que debe contener el Manual de Convivencia.
4. La ley 115 de 1994 en su artículo 77 otorga autonomía a las instituciones
educativas para definir sus procesos.
Resuelve
Artículo Primero: Adoptar el reglamento o Manual de Convivencia para la Institución
Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón, luego de su revisión y estudio por parte
de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
Artículo Segundo: Dicha adopción se hace después de la revisión y aprobación dada al
Manual de convivencia por el Consejo Directivo de la Institución en su reunión de fecha
en conformidad con las normas y disposiciones legales vigentes.
Artículo Tercero: Este Manual de convivencia rige a partir de la fecha de la presente
Resolución.
Dada en el municipio de Convención, Norte de Santander, a los días del mes de de
2011.
Publíquese y cúmplase.
Said Navarro Álvarez
Rector
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CONTENIDO
Pág.
PRESENTACIÓN
CAPITULO I HORIZONTE INSTITUCIONAL
SIMBOLOS DEL COLEGIO
HIMNO AL COLEGIO
Misión
Visión
Principios fundamentales de Convivencia
1. La Persona.
2. De los Bienes Institucionales.
3. De la Propiedad Privada.
4. Del Ambiente.
5. Quehacer.
Fundamentos legales
Referentes para la convivencia institucional
Criterios
Estímulos para los estudiantes
Conducto regular
CAPITULO II DEL ESTUDIANTE
ARTICULO 1: Condiciones para ser estudiante
Estudiantes nuevos
Estudiantes antiguos
Estudiantes de reintegro
Edad requerida
ARTICULO 2: Compromisos de los estudiantes al matricularse
Perfil del Estudiante
ARTÍCULO 4. Exclusión
ARTÍCULO 5: Impedimentos para ser acudiente o tutor
ARTÍCULO 6: De los Uniformes
HORARIO DE CLASE
CAPITULO III DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 7: Derechos
ARTÍCULO 8: Según la ley de la infancia y de la adolescencia
ARTICULO 9: Deberes y obligaciones
CAPITULO IV. ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS LÍDERES ESTUDIANTILES
ARTÍCULO 10: Aspectos relacionados con el representante ante el consejo
directivo.
ARTÍCULO 11: El personero estudiantil
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CAPITULO V: NORMAS DE CONVIVENCIA
CRITERIOS PARA EVALUAR EL COMPORTAMIENTO
a. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
b. CIRCUNSTANCIAS ALTERNATIVAS
c. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
ESCALA DE VALORACION DE COMPORTAMIENTO
CAPITULO VI.DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES
PERFIL DEL DOCENTE
PERFIL DEL DOCENTE DIRECTIVO
ARTICULO 13. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES.
ARTICULO 14.DEBERES DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES.
FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA.
EL COORDINADOR.
LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
ARTÍCULO 15 PROHIBICIONES DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES
CAPITULO VII DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTICULO 16 DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 17 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTICULO 18 PROHIBICIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
CAPITULO VIII DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 19 FUNCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES Y/O
TUTORES.
ARTÍCULO 20: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 21 DEL CONSEJO DIRECTIVO
FUNCIONES DEL CONCEJO DIRECTIVO
ARTÍCULO 22: CONSEJO ACADÉMICO
ARTICULO 23. REGLAMENTO INTERNO DE BIBLIOTECA GUILLERMO
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PRESENTACIÓN
Es necesario establecer parámetros que orienten la convivencia y propicien la interacción
de los individuos para el logro de los objetivos que buscan el beneficio colectivo. Las
instituciones educativas se ven comprometidas con esta necesidad, razón por la cual
surge el presente Manual de convivencia, elaborado con la participación de los diferentes
estamentos que integran la comunidad educativa.
Para la Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón es imperativo
establecer normas y pautas de convivencia que respondan a las necesidades de toda la
comunidad educativa, sustentados en los principios de dignidad, respeto y valores
humanos. De igual manera es imperativo para nuestra institución conocer y garantizar
los derechos que tienen todos y cada uno de los integrantes de nuestra comunidad
educativa, como también establecer patrones de convivencia y cumplimiento de los
deberes y derechos que buscan mejorar la convivencia y dilucidar situaciones que
beneficien a la dinámica interna educativo y formativa.
La Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón ofrece el presente Manual
de Convivencia a toda la comunidad educativa, resultado de un trabajo que recoge el
aporte y la revisión minuciosa de las directivas, administrativos, representantes del sector
productivo, profesores, alumnos, egresados y padres de familia de las sedes, quienes a
través de diferentes reuniones y encuentros lo han venido revisando y consolidando.
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CAPITULO I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
SIMBOLOS DEL COLEGIO
ESCUDO BANDERA
Color blanco.
PUREZA, DIGNIDAD Y
HONESTIDAD
Color verde.
ESPERANZA e
INTEGRACIÓN CON LA
NATURALEZA
HIMNO AL COLEGIO
I III
Un templo de cultura, gloria de convención Somos jóvenes ansiosos de
es nuestro gran colegio Quintero Calderón labrar nuestro destino
En él nos preparamos con amor y alegría Y encontrar pronto el camino
para servirle un día con todo el corazón. con firmeza y dignidad
Llevando por estandarte
en el alma los legados
De nuestros antepasados,
Dios y patria y libertad.
II IV
Seguir adelante, el deber nos llama Por seguir sus huellas nuestro gran
Labremos brillante nuestro porvenir, colegio
llevando orgullosos este bello lema, Nos da el privilegio de saber luchar,
y a Dios por emblema vamos a surgir. Porque en este templo de la luz leales
Nuestro ideales vamos a encontrar.
MISIÓN
El Colegio Guillermo Quintero Calderón es una institución educativa de carácter oficial
que ofrece los niveles de educación en preescolar, básica y media académica que
busca orientar y formar en el desarrollo de las dimensiones humanas y la investigación;
para la cual requiere de acciones planeadas, sistemáticas e intencionadas dentro de la
autonomía institucional.
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Visión
El Colegio Guillermo Quintero Calderón se consolidará como la mejor institución
educativa de la región y promoverá estudiantes cuya calidad académica y de liderazgo
será demostrada en todos los campos de su acontecer diario.
Principios fundamentales de Convivencia
1. La Persona. El ser humano es centro del proceso educativo, sujeto de deberes y
derechos, a la luz de principios de convivencia que enaltezcan la dignidad humana.
2. De los Bienes Institucionales. Los recursos de que dispone la institución son de bien
común, siendo objeto de buen uso, cuidado, conservación, mantenimiento y
responsabilidad de quien los tiene a su cargo, debiendo responder el bien en caso de
pérdida o daño.
3. De la Propiedad Privada. Estamos en la obligación de cuidar nuestras pertenencias y
no atentar contra los bienes de los demás
4. Del Ambiente. Entendemos que nosotros somos parte de la naturaleza y que sólo
cuidándola garantizamos nuestra supervivencia.
5. Quehacer. Nuestro quehacer está fundamentado en el respeto, la responsabilidad, el
compromiso y el crecimiento personal.
Fundamentos legales
-Los derechos humanos consagrados por la ONU y aprobados por la república de
Colombia. -La constitución política de Colombia. -Todas las sentencias de la Honorable
Corte Constitucional. Merecen resaltarse:
La número 492 de 1992 la cual afirma con respecto a la educación que “ Es un derecho-
deber en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que implica
exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho
pues quien no se somete a sus condiciones para su ejercicio, como sucede con el
Estudiante que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen
disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias
de tales conductas.
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La número 519 de 1992 plantea que si bien la educación es un derecho fundamental y el
estudiante debe tener la posibilidad de permanecer en el plantel hasta la culminación de
los estudios, de allí no debe entenderse que el centro docente está obligado a mantener
indefinidamente entre sus estudiantes a quien de manera constante y reiterada
desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento
educativo, ya que semejantes conductas (…) representan un abuso del derecho, en
cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide a la institución alcanzar los
fines que le son propios.
Además el fallo de Octubre de 2002 advierte que los centros Educativos, públicos o
privados, no están obligados a seguir dando educación a aquellos Estudiante s que
hayan perdido consecutivamente dos años.
Todas las resoluciones reglamentarias respecto del niño y del adolescente, dentro de las
cuales resaltamos: Ley de la primera infancia y la adolescencia, La Ley 30 de 1986, la
ley 181 - Ley del Deporte y su resolución No. 4210 sobre el Servicio Social, la Ley 18 de
1991 en sus artículos 23 y 25 donde se prohíbe en actividades deportivas el uso de
estupefacientes y de sustancias sicoactivas.
El Plan Decenal, la Ley 115 de Educación, el decreto 1860 de 1964, respecto de
gobierno escolar y el manual de convivencia, la Ley 715 del 2001, Ley 734 del 2002, Ley
de la primera infancia y la adolescencia, Código de Policía, el decreto 1290 referente a
Evaluación y Promoción de estudiantes.
Referentes para la convivencia institucional
Criterios
La convivencia de la Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón se
fundamenta en los siguientes criterios:
• Respeto a la dignidad humana
• Responsabilidad individual en la vida personal y frente a su comunidad.
• Respeto por la naturaleza y cuidado del medio ambiente
• Democratización de la institución a través de medios publicitarios como el
periódico escolar, emisora, foros, encuentros y otros medios de comunicación
cordiales y afectivos
• Formación integral de los estudiantes
Estímulos para los estudiantes
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• La participación, el buen comportamiento, el compañerismo, el interés y la
colaboración del alumno se tomarán en cuenta para la evaluación de cada período
académico
• Para las izadas de bandera se seleccionarán uno o varios alumnos según los
siguientes criterios: puntualidad, presentación personal, habilidades artísticas,
espíritu de colaboración, desempeño y espíritu deportivo, rendimiento académico
y comportamiento ejemplar. De ello se dejará constancia en el observador del
alumno.
• Seleccionar alumnos que representan al plantel en eventos de carácter social,
cultural, cívico, deportivo, bajo los siguientes criterios: desempeño y espirito
deportivo, habilidades artísticas, rendimiento académico y comportamiento
ejemplar.
• Premiar con trofeos, medallas y diplomas a los alumnos que se distingan en
pruebas deportivas u otros recursos siempre y cuando se cuenten con los medios
económicos.
• Al finalizar el año, la institución otorgará los siguientes premios:
o Mención de rendimiento académico
o Mención al mejor resultado en el examen de Estado ICFES
o Mención al mejor resultado en las Pruebas SABER
• Reconocimientos por los diferentes estamentos de la comunidad, compañeros y
acudientes, figurando en las izadas de bandera y en los cuadros de honor.
• Mención de excelencia y esfuerzo personal a los mejores estudiantes de cada
curso.
• Los estudiantes sobresalientes en las diferentes actividades del colegio tendrán
derecho a salidas culturales, recreativas y de conocimiento de la naturaleza y
desarrollo del espíritu ecológico.
• El curso que ocupe el primer lugar en lo referente a lo académico y disciplinario en
cada período tendrá derecho a una jornada pedagógica y recreativa orientada por
el respectivo director de curso.
• Participar en las convivencias programadas por la institución.
• Representar el colegio en eventos especiales si reúne las mejores condiciones de
comportamiento académico y disciplinario para dicho evento.
Conducto regular
Para todos los efectos, tanto disciplinarios como académicos, se debe tener en cuenta el
siguiente orden de conducto regular:
• Estudiante - estudiante
• Profesor de la materia - estudiante
• Director de curso – profesor - estudiante
• Coordinación académica – director de grupo
• Coordinación académica y padre de familia.
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• Comisión de evaluación
• Consejo Académico
• Rector
• Consejo Directivo
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CAPITULO II
DEL ESTUDIANTE
MANUAL DE CONVIVENCIA EN ÉL SE DEFINEN LOS DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES. LOS PADRES O TUTORES Y LOS
EDUCANDOS AL FIRMAR LA MATRÍCULA CORRESPONDIENTE, ESTARÁN
ACEPTANDO EL MISMO.
1: Disposiciones Generales
ARTICULO 1: Condiciones para ser estudiante
El estudiante de la Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero Calderón es:
Una persona adquiere la calidad de estudiante de la Institución Educativa Colegio
Guillermo Quintero Calderón, cuando ha realizado el proceso de ingreso establecido por
la institución, a partir de la firma del contrato de matrícula, previo el cumplimiento de los
requisitos exigidos.
Estudiantes nuevos
Quienes ingresan por primera vez a la Institución y que cumplan los siguientes requisitos:
1. Admisión: Conforme a los criterios que señale la Secretaría de Educación y el
Consejo Directivo de la institución.
2. Tener la edad requerida.
3. Presentar certificados académicos debidamente legalizados en el momento de la
matrícula.
4. Presentar el registro civil de nacimiento original; carné del Sisben o de afiliación al
seguro médico; carné de vacunación actualizado; fotos; fotocopia de la tarjeta de
identidad (si la tiene); para grado once presentar fotocopia de la cédula de
ciudadanía si es mayor de edad.
5. Presentarse con sus padres o el acudiente el día y hora señalados para firmar la
matrícula (contrato de compromiso de las partes para el cumplimiento de las
normas institucionales, establecidas en el Manual de convivencia, el cual se
puede dar por terminado por incumplimiento de algunas de las partes).
Estudiantes antiguos
Se entiende como estudiante antiguo aquel que lleva continuidad en la institución, quien
debe haber cumplido satisfactoriamente con lo establecido en el plan de estudios, no
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presentar sanción alguna del cupo por parte del Consejo directivo, tener la
documentación completa y actualizada, estar a paz y salvo
Estudiantes de reintegro
Quienes por una u otra razón justificada interrumpieron su pertenencia a la institución
hasta por un año y hayan informado oportunamente su retiro debido al conducto regular
reglamentado por la institución, pueden ser reintegrados si demuestran no tener
antecedentes disciplinarios o académicos, tener la documentación al día y presentar el
paz y salvo. Debiendo presentarse con el padre o acudiente el día y hora indicada para
legalizar la matrícula. Lo anterior siempre y cuando exista la posibilidad de cupo.
a.Cumplir con los requisitos exigidos por el MEN y la institución educativa para el
proceso de matricula así:
Edad requerida:
EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR: 5 años (Transición).
EDUCACIÓN PRIMARIA: 6 años en adelante.
EDUCACIÓN BÁSICA: Haber aprobado el Quinto grado de primaria.
EDUCACIÓN MEDIA: Haber terminado y aprobado de sexto a noveno grado.
Los alumnos de Aceleración de aprendizaje deben presentar Extra-edad para poder
ingresar a este programa.
PARÁGRAFO: Para ingresar a los ciclos de la Sección nocturna, según el decreto 1230
los estudiantes deben cumplir la edad mínima de 15 años para el ciclo 2que equivale a
los grados cuarto y quinto ;para el ciclo 3 una edad de 16 años que equivale sexto y
séptimo; para el ciclo 4 una edad de 17 años que equivale a los grados octavo y noveno.
La educación media(ciclos 1 y 2 de media ):una edad de 18 años que hayan terminado
la educación básica y equivale a los grados décimo y undécimo. Además deben
presentar una constancia de trabajo.
b.Llenar los siguientes requisitos:
• Registro civil original y copia de la tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía.
•Fotocopia del carné de salud.
• Certificado de los últimos grados cursados y aprobados.
•Tres fotografías tamaño 2x3
•Una carpeta marrón
•Presentar Paz y Salvo
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c.Presentar Certificado de buena conducta al momento de la matricula.
d.Estar respaldado por un acudiente o tutor, mayores de edad para asistir en las
situaciones que lo requieran o cuando la institución lo solicite.
e.Asistir regularmente a la institución.
f.Presentar documentos auténticos requeridos, legales y no cometer fraudes para
diligenciar o resolver una situación escolar.
g.Los alumnos de grado once deben actualizar todos los documentos para poderse
graduar.
ARTICULO 2: Compromisos de los estudiantes al matricularse
1.A SER, una persona activa en su propia educación, capaz de interactuar con los
demás asumiendo sus potencialidades físicas, espirituales, intelectuales y sociales, para
la búsqueda de un mejor nivel de vida que se refleje en sí mismo y en su entorno.
2.Presentar los documentos exigidos por la institución en el momento del proceso de
matrícula.
3.Estar representado por un acudiente o tutor que pueda cumplir con los compromisos
que le corresponden como tal, quien firmará la matrícula para expresar la aceptación de
esta responsabilidad.
4.Cumplir con la asistencia y la puntualidad para el buen desempeño de cualquier
actividad.
5.Cumplir a cabalidad con todas las actividades que programe la institución ya sea de
tipo académico, cultural, recreativo, religioso y social.
PÁRRAFO: La Institución garantiza libertad de cultos. Contemplado en el artículo 19 de
la Constitución Colombiana 1991.
6.Conocer y cumplir con el manual de convivencia.
7.Portar debidamente y con respeto los uniformes del Colegio (Gala, Diario, Educación
Física).
8.Presentar un excelente rendimiento académico en las diferentes áreas del
conocimiento.
9.Observar un buen comportamiento dentro y fuera del establecimiento.
10.Las partes, alumno, tutor e Institución educativa, se comprometen a cumplir con las
disposiciones del MEN, con el Manual de Convivencia, Ley de la primera infancia y la
adolescencia, Ley General de Educación, Constitución Nacional y demás disposiciones
legales vigentes relacionadas con la educación.
11.El Manual de Convivencia Escolar tiene carácter de norma o disposición legal que
regula el contrato de matricula.
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PÁRRAFO: La matrícula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir
con las normas legales e Institucionales vigentes y que cualquiera de las partes puede
dar por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total.
Perfil del Estudiante
"El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente
en su propia formación integral. El Proyecto Educativo Institucional reconocerá este
carácter"
La institución propenderá por la formación de un ser humano:
• Solidario, tolerante, afectivo y respetuoso de los pluralismos políticos y religiosos
• Reflexivo, crítico, observador, creativo, investigativo
• Orientado en un sano sentido de la sexualidad, que comprenda los beneficios de
la estabilidad emocional y el ejercicio responsable del amor
• Cumplidor de las normas de la Constitución Nacional y las leyes del país
• Que conozca, defienda y respete los derechos humanos
• Que proteja, rescate y aproveche en forma racional los recursos naturales
• Que haga uso adecuado del tiempo libre
• Que practique normas de higiene personal y de salud pública
• Que trabaje por el bienestar de la comunidad educativa
• Que rescate y respete las normas elementales de civismo y urbanidad
• Que viva informado de la situación socioeconómica, política, tecnológica y
científica del país y del mundo
• Que se esfuerce por continuar con sus estudios humanísticos, académicos y
especializados
ARTÍCULO 4. Exclusión
Se pierde la calidad de estudiante de la Institución Educativa Colegio Guillermo Quintero
Calderón por razones académicas o de convivencia en las siguientes circunstancias:
Causales para la pérdida del carácter de Estudiantes.
1.Haber sido expulsado de la institución una vez agotado el proceso disciplinario (Literal
H).
2.Consumo y expendio de drogas o alucinógenos dentro y fuera del establecimiento.
3.Pertenecer a grupos armados al margen de la ley.
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4.Presentarse en estado embriaguez al establecimiento, porte y tráfico de material
pornográfico.
5.Bajo rendimiento académico y disciplinario.
6.Inasistencia permanente a clases, sin causa justificada.
7.Irrespeto y agresión a compañeros, profesores y administrativos.
8.Porte ilegal de armas (Fuego-Corto-Punsantes).
9.Cancelación voluntaria de la matrícula.
10.Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula o para
resolver otra situación de la vida escolar.
ARTÍCULO 5: Impedimentos para ser acudiente o tutor
1. Ser menor de edad.
2. Tener dificultad de orden moral o penal.
3. No tener la custodia legal sobre el acudido.
4. desconocer las normas generales del funcionamiento interno del plantel.
5. Incumplir con los deberes contemplados en el Manual de Convivencia.
6. No proporcionar al alumno un ambiente de compresión y respeto dentro del hogar
y no recargar de trabajos que les impidan el cumplimiento de sus deberes
escolares.
ARTÍCULO 6: De los Uniformes
Los uniformes de la Institución son los impuestos por la ASAMBLEA
DEPARTAMENTAL, según ordenanza Nº 0044 del 27 de diciembre del año 2002.
•Los alumnos deberán usar los siguientes uniformes:
Jornada Diurna y nocturna
Uniforme de Diario:
NIÑOS: Pantalón de lino azul marino, un camibuso de color blanco, de cuello sport
extendido tipo chemisse con vivos rojos y azul en cuello y mangas, medias de color
azul, correa negra, zapatos negros colegiales.
NIÑAS: Una falda de lino azul media noche con limite de 6 centímetros sobe la
rodilla, camibuso de color blanco, de cuello sport extendido tipo chemisse con vivos
rojos y azul en cuello y mangas, medias de color azul, zapatos negros colegiales.
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Uniforme de Educación Física:
NIÑOS Y NIÑAS: Una sudadera de color rojo y negro; compuesta por un buzo de
color rojo, con cuello redondo y resorte en la cintura y en las mangas y pantalón largo
de color negro con resorte en la pretina con rayas a los lados blanca y roja.
Camiseta blanca, tipo esqueleto, pantaloneta negra unicolor, media de color blanco,
zapatos tenis blanco.
Uniforme de Gala:
NIÑOS: Camisa manga larga, totalmente blanca, corbata negra de tela, medias normal,
no tobilleras, zapatos negros estilo colegial.
NIÑAS: Camisa blanca manga larga, corbata negra de tela, falda de Lino azul oscuro
con pliegues profundos; medias totalmente blancas y largas, zapatos negros estilo
colegial.
PARÁGRAFO 1: Los uniformes para uso diario, para Educación Física y de Gala
portarán un escudo sobre puesto, distintivo del establecimiento.
PARÁGRAFO 2: Se prohíbe absolutamente las arandelas que no estén incluidas en el
presente artículo y por lo tanto serán decomisadas. Para los alumnos de la jornada
diurna es obligatorio el uso del uniforme de gala a partir del cuarto grado de primaria.
Se exige pulcritud en el vestido. Orden y aseo corporal, se prohíbe el uso de camisa
sobre el uniforme.
El camibuso debe usarse dentro del pantalón y falda. No desvestirse en la calle. A quien
incumpla el presente artículo se la hará la respectiva anotación en el proceso
disciplinario exigiéndole la presencia de su acudiente al día siguiente para poder entrar a
clase.
HORARIO DE CLASE
A) Preescolar: de 7:30 a.m. a 11:30 a.m.
B) Básica Primaria: de 6:45 a.m. a 12:00 m.
C) Básica Secundaria: de 6:45 a.m. a 12:45 p.m.
D) Sección Nocturna: de 6:15 p.m. a 10:15 p.m.
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CAPITULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Se sustentó con la base legal, que son la ley de la infancia y la adolescencia y la
Constitución Nacional.
ARTÍCULO 7: Derechos
1.A recibir trato amable.
2.A expresar su opinión libremente y a ser oídos.
3.Al ejercicio de la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Artículo 10.
Constitución Artículo 42, Decreto 94-92, 13-17. ojo
4.A la igualdad de oportunidades para participar en los diferentes eventos o
programas del Colegio sin discriminación de sexo, clase social, credo o jornada.
5.A elegir y ser elegidos en las organizaciones educativas.
6.A representar y ser representado en las diferentes organizaciones según las
exigencias del Decreto 1860 y adoptadas por el Proyecto Educativo Institucional.
7.Disfrutar de un ambiente propicio, ordenado y limpio para la ejecución diaria de las
actividades.
8.A conocer el reglamento interno de las dependencias y servicios que presta la
Institución para una adecuada y racional utilización.
9.Participar en la búsqueda de soluciones a los conflictos y en la elaboración,
ejecución y evaluación de los planes curriculares y velar porque se cumplan las
clases y actividades programadas en forma puntual y completa.
10.Al servicio de Biblioteca de acuerdo a horario y reglamento establecidos.
11.A la expedición por parte de las oficinas respectivas de los certificados,
constancias y demás documentos.
12.A crear y organizar comités de estudio y grupos culturales y deportivos de
conduzcan al logro de los objetivos educacionales.
13.Recibir formación integral orientada a desarrollar la personalidad con el fin de
prepararlo para una vida adulta activa, inculcándole el respeto por los derechos,
humanos, los valores culturales propios y el medio ambiente natural. Con espíritu de
paz, tolerancia y solidaridad.
ARTÍCULO 8: Según la ley de la infancia y de la adolescencia
1. Recibir el boletín informativo de su rendimiento académico y disciplinario previa
presentación de paz y salvo de pagaduría y otras dependencias.
2. Recibir el carné estudiantil.
3. Recibir asesorías de los docentes para la realización de sus trabajos y otras
actividades programadas por la Institución.
4. A ser protegidos contra el uso de sustancias que produzcan dependencias.
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5. A disfrutar de los estímulos que ofrece la Institución de acuerdo a los parámetros
establecidos.
6. A ser protegida su integridad personal. En consecuencia no podrá ser sometido a
tratos crueles o denigrantes.
7. A ser informados del proceso disciplinario y a ser oídos y tenidos en cuenta sus
argumentos de defensa.
8. A encontrar espacios adecuados para el descanso, esparcimiento y recreación.
Artículo 13 de la Constitución Nacional.
9. A ser recibido en todas las clases y participar del proceso enseñanza aprendizaje
de acuerdo a la jornada laboral, si no ha sido suspendido de los derechos
académicos.
10. A ser evaluado de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de
Educación Nacional y adoptadas por el P.E.I., y en término de diez días hábiles,
cuando medie justa causa, por su inasistencia.
11. A ser rectificadas sus calificaciones si existen inconsistencias por parte del
profesor.
12. A conocer oportunamente y por medio escrito la apreciación evaluativo de cada
profesor.
13. A que se diferencia d la evaluación académica de la psicosocial y sicomotora.
14. Derecho del alumno expulsado de la Institución solo podrá ser impuesta con
fundamento en una causa previamente establecida en su reglamento y con
autorización de la asociación de Padres de Familia del Plantel.
15. Al servicio de enfermería, tienda escolar, psicorientación y restaurante escolar.
16. A ausentarse de la Institución siempre y cuando exista causa justificada; para los
alumnos de la jornada diurna que el padre o acudiente solicite personalmente el
permiso.
17. A utilizar convenientemente todos los materiales educativos, ayudas y otros
recursos existentes en el plantel, que contribuyen a su formación académica.
ARTICULO 9: Deberes y obligaciones
1. Tratar con respeto a todas las personas, los símbolos patrios, los bienes ajenos,
las creencias religiosas, opiniones ajenas e ideologías políticas.
2. Presentar quejas y/o reclamos en forma respetuosa y cordial.
3. Presentar proyectos que conduzcan a mejorar los aspectos académicos,
disciplinarios y sociales de la institución.
4. Ayudar con diligencia al mantenimiento y conservación de la planta física y el
medio ambiente. No dañar las plantas ni dejar deshechos o papeles en el piso o
fuera de la Institución.
5. Mantenerse a paz y salvo con la institución.
6. Observa las normas de higiene elementales para la convivencia.
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7. Observar una conducta digna y honesta dentro y fuera del plantel como personas
o miembro de una comunidad que debe enaltecer y respetar.
8. Hacer buen uso del vocabulario que acredite la condición de persona.
9. Presentarse a la Institución pulcramente vestidos, manteniendo orden y limpieza
como medio para conservar la salud, y crear un ambiente sano, agradable e
higiénico, lo mismo que todos los lugares que estén a su servicio, evitando rayar
las paredes y los pupitres.
10.Actuar con rectitud, veracidad y honradez, evitando el engaño, el chisme y la
agresividad en palabras y actitudes.
11.Aceptar los llamados de atención, reconocer y corregir los propios errores
ejercitándose en la autocrítica como medio de progreso y mejoramiento personal.
12.Elegir con seriedad y responsabilidad sus representantes.
13.Proponer sugerencias que permitan el mejoramiento del Proyecto Educativo
Institucional.
14.Pagar oportunamente los daños causados a los bienes muebles o inmuebles de la
Institución, material didáctico y demás elementos que se confíen.
15.Ejercitar el autocontrol, los valores éticos y morales.
16.Participar activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I. y
actuar coherentemente con él.
17.Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas.
18.Conservar, dentro de la Biblioteca, un ambiente de silencio que favorezca,
estimule y facilite el espíritu de investigación.
19.Cumplir la constitución y las leyes.
20.Utilizar correctamente y responder por utensilios, elementos y materiales que le
sean suministrados; por los teléfonos, los baños y lavamanos.
21.Llevar a la celaduría objetos que se encuentren extraviados y olvidados.
22.Acatar los toques reglamentarios de campana.
23.Fomentar un ambiente de escucha, respeto, interés, orden, participación y
creatividad que favorezcan el aprendizaje y permitan la integración grupal, la
ayuda mutua, la valoración y el conocimiento mutuos durante el desarrollo de las
clases y las actividades complementarias.
24.Guardar silencio en izadas de bandera y actos comunitarios dentro y fuera del
colegio.
25.Cumplir las siguientes normas disciplinarias para el uso de la Biblioteca: utilizar
apropiadamente los textos solicitados y entregarlos como los recibió en las fechas
estipuladas. Pagar la multa correspondiente por el retardo en la devolución del
libro. Dar el uso adecuado al mobiliario.
26.Cuidar los materiales que están a su servicio en la Biblioteca, laboratorios y aulas
especializadas dejándolos en perfecto estado.
27.Asistir y permanecer en clase de acuerdo al horario establecido, con el uniforme
correspondiente y los útiles necesarios para el desarrollo de ellas.
28.Atender con interés a las clases y conferencias que se realicen tomando parte
activa en ellas sin perturbar el normal desarrollo.
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29.Presentar a su debido tiempo los trabajos en forma clara y ordenada.
30.Tener el mínimo de asistencia a las clases reglamentarias para tener derecho a la
respectiva promoción.
31.Tomar el estudio como una necesidad vital para llegar a ser útil en la sociedad y
contribuir a su progreso, imponiéndose metas de trabajo, de excelencia académica
que constituyan un cambio a la rutina por el pensamiento crítico y creativo que
permitan superarse exitosamente.
32. Desarrollar y cultivar al máximo las aptitudes, habilidades de tipo científico,
cultural, deportivo y de proyección a la comunidad participando activamente en
eventos y talleres que tengan esta finalidad, con orientación de los profesores. Ley
de la primera infancia y adolescencia.
33.Asumir la tarea de comprometerse a ser el principal responsable de su
conocimiento como persona y miembro de una comunidad que debe enaltecer y
respetar, con una conducta digna y honesta dentro y fuera del Plantel.
34.Traer oportunamente los libros, útiles y demás materiales de trabajo
indispensables para el desarrollo normal del proceso educativo en cada actividad
escolar. Asumir con responsabilidad las consecuencias que produzcan los olvidos
puesto que no se permite la salida del estudiante por este motivo.
35. Portar con dignidad el carné estudiantil y el uniforme. Vestirlo completo, sin
aditamentos extraños, en perfecto orden, sin adornos, sin maquillaje (para el
personal femenino), sin joyas. El uniforme sólo debe ser usado para los actos del
Colegio, jamás fuera de las actividades escolares.
36.Usar racionalmente el tiempo. Ser exactos para llegar a la hora indicada, respetar
los cambios de clase, cumplir con el horario establecido y asistir a las actividades
programadas por la Institución con el uniforme asignado. Justificar plenamente los
retardos de acuerdo a la jornada.
37.Utilizar los servicios de bienestar estudiantil (enfermería, odontología, médico,
cafetería, restaurante escolar) en el horario determinado cumpliendo con las
normas de disciplina, organización y aseo.
38. Dejar ordenados y aseados los salones al terminar cada clase y los sitios de
descanso (botellas en su canasta y papeles en la cesta de la basura).
39.Responsabilizarse de la nivelación académica cuando por algún motivo ha faltado
a clases.
40.Presentar las recuperaciones, previa autorización de coordinación académica, en
el plazo y condiciones que se señalen.
41.Presentar por escrito permiso del profesor cuando se encuentre fuera del aula de
clase.
42.Presentar el carné estudiantil cuando se le solicite.
43.Abstenerse de masticar chicle en el colegio o en actividades comunitarias.
44.Corte normal o clásico del cabello para los caballeros.
45.No destrozar ni quemar cuadernos y demás elementos en ningún momento pero
especialmente cuando se acerca el periodo de vacaciones finales.
46.Respetar los útiles escolares de los compañeros y profesores.
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47.Participar con debido orden, veneración y respeto de los actos cívicos, religiosos y
culturales.
48.Presentar el carné estudiantil o documento de identidad para solicitar préstamos
de libros, elementos de laboratorio, deportivos y vestuarios.
Usar el uniforme de gala, el de educación física y el de diario según la
circunstancias.
Presentarse con el padre de familia o acudiente cuando le sea solicitado por
directivos o docentes de la institución.
Presentarse a la coordinación académica, con el padre de familia o acudiente para
justificar su ausencia, el día de regreso al colegio, o para solicitar permiso de retiro
cuando medie justa causa o si llega cuando ha sido cerrado el portón. Artículo 3-13,
3-14. Código del Menor.
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CAPITULO IV.
ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS LÍDERES ESTUDIANTILES
ARTÍCULO 10: Aspectos relacionados con el representante ante el consejo
directivo.
El representante ente el consejo: El representante de los estudiantes es un alumno de
último grado que ofrece la institución
CONDICIONES
Estar debidamente matriculado
Observar buen rendimiento y comportamiento escolar
No tener proceso disciplinario
Tener capacidad de liderazgo
No pertenecer a otro cuerpo colegiado del plantel.
FORMA DE ELECCIÓN
El representante de los estudiantes será elegido por el consejo de estudiantes en una
reunión convocada y orientada por el rector. La duración del representante será de un
año académico.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE
Presentar iniciativas para beneficios de los compañeros y de la Institución.
Apoyar eventos sociales, deportivos, culturales, artísticos y comunitarios.
Fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar la
participación responsable, justa y democrática de los compañeros en la vida y el
gobierno escolar.
Aprobar el presupuesto de la Institución.
Promover aspectos pedagógicos para mejorar la calidad del servicio educativo.
Artículo 11: El personero estudiantil
Es un alumno de último grado que ofrezca la Institución con la función de promover el
ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes.
CONDICIONES
Estar debidamente matriculado.
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Haber permanecido en el colegio como estudiante por lo menos dos (2) años anteriores
para que conozca la problemática del colegio.
Debe haberse destacado como buen estudiante en rendimiento y comportamiento
escolar.
No tener proceso disciplinario por conducta no deseable.
Tener capacidad de liderazgo
Presentar un proyecto o plan de trabajo ente el consejo electoral.
El personero debe inscribirse con un suplente.
FORMA DE ELECCIÓN
El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta (30) días siguientes a
la iniciación de clases. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes
matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto
secreto.
Párrafo: El representante ante el consejo directivo o el personero no cumplen sus
funciones o cometen alguna falta grave serán relevados del cargo por resolución
motivada del Consejo Directivo y El Consejo de estudiantes, nombrará nuevo
representante y el suplente asumirá el cargo de Personero.
En caso de que el suplente no este en condiciones de asumir el cargo se convocará
nuevamente a elecciones.
FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles.
Gestionar ante el rector y/o los diferentes Consejos administrativos de la Institución, la
toma de decisiones para:
Proteger los derechos estudiantiles.
La prestación de un servicio educativo de calidad que prepare a los alumnos para la
vinculación y competencia en el campo productivo; el ingreso a estudios superiores; la
consecuencia social responsable, justa, pacífica y democrática.
Actuar como fiscal en el consejo estudiantil.
Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes cobre lesiones a
sus derechos.
Apelar ante el concejo directivo, las decisiones del rector respecto a las peticiones
presentadas por su intermedio.
Divulgar las funciones de los líderes estudiantiles, de los deberes y derechos de los
alumnos.
PARÁGRAFO: Después de (2) semanas de su elección debe presentar a la rectoría un
plan de actividades a desarrollar para acordar aspectos y ubicarlos dentro del calendario
de actividades institucionales.
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CAPITULO V:
NORMAS DE CONVIVENCIA
Faltas y procedimientos correctivos
Se considera falta todo comportamiento que vaya en contra de los principios educativos,
que atente contra la dignidad, la integridad física o la estabilidad emocional y que
constituya abuso de los derechos o incumplimiento de los deberes estipulados en este
Manual de convivencia.
Para efectos de aplicación del presente manual de convivencia las faltas se dividen en
leves, graves y muy graves.
Faltas leves
Se consideran faltas leves: los hechos y comportamientos cuya incidencia o
consecuencia no implique la restitución de un bien personal, institucional y no atente
contra la dignidad humana y el buen nombre del colegio.
Se consideran faltas leves cuando se cometen por primera vez
1. Perturbar levemente el orden de las clases.
2. Masticar goma de mascar o consumir alimentos en clase o en actos cívicos.
3. Llegar tarde al colegio o a clases ocasionalmente.
4. Emplear vocabulario soez.
5. Realizar actividades diferentes a las de la clase o en actos que se estén desarrollando.
6. Incumplir con actividades académicas
7. Asistir con el uniforme que no corresponde al horario, incompleto, sucio, en mal estado
o sin él.
8. Usar inadecuadamente los diferentes espacios y elementos del colegio.
9. Portar maquillaje, accesorios como collares, joyas, celulares.
10. No entregar citaciones o circulares informativas a los padres o acudientes.
Parágrafo: los estudiantes que se presenten al plantel sin el uniforme acordado, serán
devueltos a la casa y pueden regresar al colegio con el uniforme establecido.
Procedimiento para la superación de faltas leves:
1. Llamada de atención verbal, registrada en observador del alumno, buscando la
reflexión y la toma de conciencia para evitar reincidencia.
2. Registro y firma del compromiso por parte del estudiante.
Faltas graves
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Se considera falta grave los hechos y comportamientos cuya incidencia y consecuencia
implique la restitución de un bien personal y/o institucional y que atente contra la
dignidad humana y el buen nombre del colegio.
Se consideran faltas graves:
1. Reincidir en las faltas leves.
2. Llegar tarde al colegio o a clase sin causa justificada por tres veces durante un mes.
3. La reincidencia en el incumplimiento de actividades académicas
4. Retirarse del salón de clase sin permiso del profesor.
5. Dañar intencionalmente cualquier elemento de! colegio o de cualquier miembro de la
comunidad.
6. No asumir la responsabilidad por los daños causados.
7. Interferir negativa y permanentemente en e! desarrollo de las actividades escolares.
8. Comportarse inadecuadamente en los actos programados por el colegio, dentro o
fuera del mismo.
9. Realizar o promover dentro del colegio cualquier género de negocios tales como
ventas, rifas o contribuciones sin autorización de las directivas.
10. Hacer ridiculizaciones o bromas que afecten la dignidad de las personas o atenten
contra su integridad personal.
11. Evadir las clases o las actividades escolares estando dentro del colegio
12. Faltar al colegio sin permiso de los padres o salir del colegio sin autorización
13. Incumplir con los compromisos de enmienda o recuperación pactados.
14. No presentar oportunamente la justificación de la ausencia.
15. Mostrar actitudes de irrespeto con los diferentes miembros de la Comunidad
Educativa.
16. Cometer fraude en los trabajos o evaluaciones
Procedimiento para faltas graves
1. Citación al padre de familia o acudiente y firma de compromiso por parte de los dos en
el observador del estudiante
2. Aplicación de una medida correctiva, que puede ser:
a. Resarcir el daño causado.
b. Suspensión, por parte del coordinador o el Consejo Directivo, del ingreso a las clases
hasta por tres días, con la respectiva falla y pérdida de las evaluaciones realizadas.
3. Remisión del caso al Rector o Consejo Directivo
Faltas muy graves
Constituye faltas muy graves aquellas que, además de reunir las condiciones anteriores
afecta de manera extrema a si mismo o a cualquier miembro de la comunidad en el
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orden físico o moral o a la institución en cualquiera de sus principios, de manera que se
hace necesaria la participación inmediata de las instancias superiores y ocasiona
sanciones mayores.
Se consideran faltas muy graves
1. Reincidir en las faltas graves.
2. Aprovecharse de la desigualdad de condición de otro para cometer abuso o engaño.
3. Sustraer cosas ajenas, cometer hurto o ser cómplice de ello.
4. Falsificar notas, firmas o documentos.
5. Portar, ofrecer o vender bebidas alcohólicas o llegar al colegio en estado de
embriaguez.
6. Ingerir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas dentro o fuera del colegio
portando el uniforme durante las salidas programadas por la institución.
7. Traer, portar, traficar o utilizar armas, o usar cualquier elemento que pueda causar una
lesión física.
8. Agredir verbalmente o emplear la violencia física contra cualquier miembro de la
comunidad.
9. Promover o realizar escándalos en sitios públicos comprometiendo el nombre de la
institución.
10. Repartir, comercializar o portar material pornográfico.
11. Asumir acciones que atenten contra el cuerpo la dignidad y la moral de cualquier
miembro de la comunidad.
12. Portar y/o distribuir sustancias psicoactivas u otras sustancias que alteren la
integridad física o emocional de las personas. (Código del menor, Título VIII, Artículo
235).
13. Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
14. Emplear vocabulario soez en sus relaciones interpersonales.
15. Fumar dentro del colegio.
16. Faltar al respeto a cualquier miembro de la comunidad.
18. Proferir amenazas verbales o escritas.
19. Ser cómplice o encubrir cualquier falta
20. Asumir dentro del colegio actitudes exageradas o atrevidas en sus relaciones
afectivas.
21. Extorsionar dentro o fuera del colegio.
22. Amenazar o amedrentar a un miembro de la comunidad para obtener beneficio o
para encubrir una falta.
23. Incumplir los compromisos de enmienda o recuperación pactados en la institución o
con otras entidades.
24. Salir del colegio durante la jornada sin autorización de coordinación.
25. Ingresar y salir del colegio, pasando por encima de muros o mallas.
Procedimiento para faltas muy graves
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1) Citación al padre de familia o acudiente y elaboración del acta de compromiso que se
anexa al observador, e ingreso al Proceso Disciplinario que implica.
a) Remisión del caso al Consejo Directivo, debidamente soportado por los documentos
producidos hasta la fecha, para determinar su tratamiento o resolver sobre su
permanencia en la institución.
b) Si la falta tiene el carácter de delito por la incidencia en la integridad física del afectado
o sus bienes materiales, se remitirá a la autoridad competente.
Procedimiento disciplinario
Es el recurso empleado por la institución para proceder de manera justa, secuencial y
coherente en el análisis, seguimiento y aplicación de correctivos cuando un miembro de
la comunidad incurre en una falta o acción contraria a las normas de este manual, para
tal efecto se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
1. Conducto regular y competencia:
Las instancias que deben atender el caso serán:
a. Docente directamente relacionado con el caso, para las faltas leves.
b. Director de curso en las faltas graves o gravísimas, quien remitirá informe a
Coordinación. c. Coordinador (académico o disciplinario).
d. Orientación Escolar, quien analiza el caso y presenta un informe a las instancias
respectivas.
e. Rector
e. Consejo Directivo.
2. Criterios para determinar la gravedad de la falta:
a. Ser reincidente en la comisión de faltas.
b. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.
c. El efecto perturbador que la falta produzca en la comunidad educativa.
d. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él o ella.
e. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas ya sea
por condición física o psíquica.
f. Emplear en !a ejecución del hecho un medio cuyo uso pueda resultar de peligro
común.
g. El haber cometido la falta premeditadamente o con complicidad de otras personas.
3. Debido proceso
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a. Cualquier miembro o instancia del colegio que tenga conocimiento de la falta deberá
notificar a quien corresponda su manejo, atendiendo al conducto regular.
b. Conocer los descargos de los implicados, preferiblemente por escrito, respetando el
derecho a la defensa.
c. Establecer la veracidad de las versiones, agotando pruebas, y confrontando testigos.
d. Registro de la falta en el observador del estudiante.
PROCESO DISCIPLINARIO
El proceso disciplinario tendrá un recorrido de 8 literales, de los cuales 7 se consideran
como oportunidades que se dan al estudiante pan que corrija su comportamiento y el
último, la H, será para la cancelación de la matrícula. Según la gravedad de la falta al
alumno se le aplicará un literal, como se explica a continuación.
En la jornada diurna el acudiente deberá firmar todos los literales junto al alumno.
En la jornada nocturna sólo firmará el alumno.
Durante los días de suspensión de derechos académicos al alumno le está prohibido
ingresar al Colegio.
Cuando el alumno y/o el acudiente se nieguen a firmar se solicitará a cualquier persona
que firme como testigo.
El proceso disciplinario debe ser llevado por el coordinador académico y disciplinario y
continúa desde sexto hasta cuando se gradúe como bachiller, a no ser que el cuerpo de
profesores le levante las sanciones.
Literal A. Sanción: Llamado de atención, Se le iniciará el proceso en este literal al
alumno por:
• Faltas leves de disciplina
• Faltas leves de comportamiento
Literal B. Sanción: Llamado de atención: Se le iniciará el proceso en este literal al
alumno por
• Faltas Graves
También se ubicará en este literal al alumno que estando en el literal A, cometió falta
según la cual se inicia el proceso en el literal A contemplada en el inciso 1 del
presente Artículo.
Literal C. Sanción: Suspensión de derechos académicos por un día: Se le iniciará el
proceso en este literal al alumno por
• Reincidencia faltas Graves.
También se ubicará en este literal al alumno que
• Estando en el literal A. comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal B,
contemplada en el inciso 2 del presente Artículo.
• Estando en el literal B, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal A,
contemplada en el inciso 1 del presente Artículo.
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Literal D. Sanción: Suspensión de derechos académicos por dos días y acta de
compromiso por parte de él; Se le iniciará el proceso en este literal al alumno por:
• Presentarse a la Institución y/o actos de comunidad en estado de embriaguez o
drogadicción.
• Por ingerir alcohol o algún tipo de estupefaciente en el Colegio.
• Por ausentarse deja Institución sin causa justificada.
También se ubicará en este literal al alumno que
• Estando en el literal A, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal C,
contemplada en el inciso 3 del presente Articulo
• Estando en el literal B, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal B,
contemplada en el inciso 2 del presente Articulo
• Estando en el literal C, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal A,
contemplada en el inciso 1 del presente Artículo.
Literal E. Sanción: Suspensión de derechos académicos por tres días. Se ubicará en
este literal al alumno que estando en el literal A, comete falta según la cual se inicia el
proceso en el literal D, contemplada en el inciso 4 del presente Artículo.
Estando en el literal B comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal C,
contemplada en el inciso 3 del presente Articulo.
Estando en el literal C, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal B,
contemplada en el inciso 2 del presente Artículo.
Estando en el literal D, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal A,
contemplada en el inciso 1 del presente Artículo.
Literal F. Sanciones: Suspensión de derechos académicos por cuatro días, matrícula en
observación mediante resolución motivada, con copia para la Coordinación Académica y
Disciplinaria, acudiente o alumno según la jornada, Secretaría del Plantel y Director de
núcleo. Se ubicará en este literal al alumno por Calumnia o difamación Irrespeto de
palabra o de hecho sin inducción a directivos, docentes, administrativos o compañeros.
Adulteración o falsificación de documentos.
También se ubicará en este literal el alumno que
Estando en el literal A, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal E,
contemplada en el inciso 5 del presente Artículo.
Estando en el literal B, comete falta según la cual se inicia el proceso el literal D,
contemplada en el inciso 4 del presente Artículo.
Estando en el literal C, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal C.
contemplada en el inciso 3 del presente Artículo.
Estando en el literal D, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal B.
contemplada en el inciso 2 del presente Artículo.
Estando en el literal E, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal A,
contemplada en el inciso 1 del presente Articulo.
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NOTA: A partir del presente Literal las Directivas pueden acogerse al “Veto”, según el
cual al estudiante se le prohíbe matricularse en este Plantel en los años siguientes; al no
cancelarle la matrícula se le facilita el ingreso a otra institución en cuyo caso no son
necesarias las respectivas resoluciones.
Literal G. Sanciones: Suspensión de derechos académicos por cinco días, matrícula
condicionada mediante resolución motivada, con copia para el Coordinador Académico y
Disciplinario, acudiente o alumno según la jornada, Secretaría del Plantel y Director de
Núcleo. Se ubicará en este literal al alumno que Estando en el literal A, comete falta
según la cual se inicia el proceso en el literal F, contemplada en el literal 6 del presente
Artículo.
Estando en el literal B, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal E,
contemplada en el inciso 5 del presente Articulo.
Estando en el literal C, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal D,
contemplada en el inciso 4 del presente Artículo.
Estando en el literal D, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal C,
contemplada en el inciso 3 del presente Artículo.
Estando en el literal E, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal B,
contemplada en el inciso 2 del presente Artículo.
Estando en el literal F, comete falta según la cual se inicia el proceso en el literal A,
contemplada en el inciso 1 del presente Articulo.
Literal H. Sanción: Cancelación de la matrícula mediante resolución motivada con el
visto bueno del Consejo Directivo, con copia para el Coordinador Académico y
Disciplinario, alumno o acudiente según la jornada, Secretaria del Plantel y Director de
Núcleo.
CRITERIOS PARA EVALUAR EL COMPORTAMIENTO
Mal comportamiento y las reiteradas faltas disciplinarias de un estudiante. (Sentencia,
corte constitucional).
Bajo rendimiento académico, que impidan al alumno aprender por causas originadas en
su comportamiento. (Sentencia Corte Constitucional T 316 del 12 de Julio de 1994).
Aplicación del debido proceso: El derecho de la educación no se vulnera cuando la
escuela aplica sanciones disciplinarias, previo cumplimiento del libre proceso. (Sentencia
constitucional T 569 Diciembre 7 – 1994)
Para la aplicación del debido proceso y lograr un cambio del comportamiento del
estudiante se deben tener en cuenta los siguientes conceptos valorativos:
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ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
• Gravedad
• Frecuencia con la cual se comete
• Circunstancia en que ocurre el hecho
• Motivos y razones que influyeron
• Perjuicio o daño causado.
• Influencia del comportamiento en el grupo y la institución.
CIRCUNSTANCIAS ALTERNATIVAS
1. El buen comportamiento, cumplimiento y responsabilidad anterior.
2. El haber actuado para defender derechos personales o comunitarios.
3. La confesión personal y voluntaria de la falta.
4. El respeto y la cultura, al recibir la observación.
5. El deseo de cambio.
C. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
a. La mentira.
b. El haber premeditado.
c. El influir sobre otros a cometer la falta.
d. El cometer la falta, habiendo sido advertido de las consecuencias.
e. El haber sido sancionado con anterioridad por infringir normas disciplinarias.
f. El haber actuado en complicidad con otros.
ESCALA DE VALORACION DE COMPORTAMIENTO
EXCELENTE: Cuando un estudiante no se encuentra con proceso disciplinario.
SOBRESALIENTE: Cuando un estudiante ha iniciado un proceso disciplinario con
llamados de atención verbal y/o su rendimiento académico presenta deficiencias.
BUENO: Cuando un estudiante se encuentra en proceso disciplinario.
REGULAR: Cuando un estudiante se encuentra en proceso disciplinario avanzado.
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CAPITULO VI.
DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES
PERFIL DEL DOCENTE: El perfil del docente guarda intima relación con el perfil del
estudiante con un grado de mayor exigencia y responsabilidad. Las características,
cualidades y calidades en la preparación ética-moral y cognoscitiva del docente tienen
que ser superiores a la que se esperan que los alumnos desarrollen, pero esperando a
que los estudiantes los superen.
Las prohibiciones para los alumnos, son también para los docentes, administrativos y
demás funcionarios, pues son comportamientos que deben evitarse porque uno de los
métodos más efectivos en el proceso enseñanza es el que se da a través del ejemplo. El
docente debe dar, practicar y vivir lo que espera de los estudiantes por que él.
PERFIL DEL DOCENTE DIRECTIVO: El docente directivo debe ser ante todo líder
personal profesional y gestor que logre la integración de la comunidad educativa y vaya
siempre en la vanguardia de los procesos que a cada uno le corresponde.
Los educadores que ejerzan funciones de dirección, de coordinación, de supervisión e
inspección. De programas y de asesoráis, son directivos docentes.
Autoridades denominadoras: los rectores, coordinadores, supervisores, directores de
núcleo y demás directivos docentes de las instituciones educativas establecidas a las
que se refiere el estatuto Docente y la ley 715/2000, serán nombrados por los
gobernadores los alcaldes de distrito y municipios certificados, previo concurso
convocado por el departamento o distrito.
Articulo 12. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES.
1. Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y
grado en el escalafón.
2. Ascender dentro la carrera docente.
3. Participar de los programas de la capacitación y bienestar social y gozar de los
estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.
4. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de la ley; y otros
contempladas en la ley ll5/94 y 7I5/2001-0l-30.
5. Formar Asociaciones sindicales con capacidad legal pasa representar a sus
afiliados en la solución de reclamos y solicitudes ante la autoridad es del orden
nacional y seccional.
6. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las
disposiciones legales pertinentes.
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7. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo
con las normas y procedimiento que se establecen en el presente decreto;
8. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas, sexo o religiosas ni por
distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
9. Los demás establecidos que se establezcan en el futuro.
ARTICULO 13.DEBERES DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES.
Son deberes de los directivos docentes vinculados al servicio oficial, asignados por
concurso, además de las funciones señaladas en otras normas, tendrán las siguientes
funciones.
El rector:
1. Cumplir la constitución y las leyes de Colombia.
2. Dirigir la preparación del proyecto educativo Institucional con la participación de
los distintos actores de la comunidad educativa.
3. Presidir el concejo directivo y el concejo académico de la institución y coordinar
los distintos órganos del Gobierno Escolar.
4. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad
escolar.
5. Formular planes anuales de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
6. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
7. Realizar el control sobre los cumplimientos de las funciones correspondientes al
personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del
personal a la secretaria de educación, municipal, departamental o quien haga sus
veces.
8. Administrar el personal asignado a la institución relacionada a las novedades y
permisos.
9. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal Docente, y en
su selección definitiva.
10. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos
docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la
materia.
11. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes
y administrativos a su cargo.
12. Imponer las sanciones disciplinarias propias de sistema de control interno.
13. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
14. Suministrar información oportuna al departamento, o municipio, de acuerdo con
sus requerimientos.
15. Responder por la calidad de la presentación del servicio en su institución.
16. Rendir un informe al concejo directivo de la institución cada seis meses.
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17. Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos por incentivos se le
asignen.
18. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los
padres de familia, los docentes a su cargo de cada asignatura, los horarios a la
carga docente de cada uno de ellos.
19. Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta presentación del
servicio educativo.
20. Conceder a los docentes hasta (3) tres días cuando la causa sea justificada
solicitando por escrito y con un plan de trabajo de recuperación.
21. Permanecer en la institución y distribuir el tiempo de acuerdo con las jornadas del
Colegio.
22. Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes de la institución velar por
la conservación y mantenimiento.
23. Gestionar ante las autoridades competentes provisión de recursos materiales,
humanos, técnicos, didácticos y financieros para el normal funcionamiento de la
institución.
24. Es responsabilidad la rotación o traslados del personal docente, por necesidad de
servicio Decreto 1706 del 10 de agosto de 1.989 de docentes vinculados a la
institución acorde a las normas vigentes.
FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE DISCIPLINA.
EL COORDINADOR Académico de disciplina depende del rector del plantel. Le
corresponde la administración académica y/o la disciplina de la institución con las
escuelas anexas al Colegio y los profesores.
LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO SON
a.Participar en el Comité Curricular con los Jefes de Departamento de Área.
b.Colaborar con el Rector en la plantación y evaluación institucional.
c.Dirigir la planeación y programación académica de acuerdo con los objetivos y
criterios curriculares.
d.Organizar a los profesores por departamento de acuerdo con las normas vigentes
coordinar y sus acciones para el logro de los objetivos en común acuerdo con el
rector.
e.Coordinar la acción académica con la de administración de alumnos y profesores.
f.Establecer canales y mecanismos de comunicación.
g.Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar
la retención escolar.
h.Dirigir, supervisar la ejecución y la evaluación de las actividades académicas.
i.Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
j.Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.
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k.Rendir periódicamente informes al director del plantel sobre el resultado de las
actividades académicas.
l.Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de las áreas en conjunto
con los jefes de departamento por medio de proyectos para su estudio y aprobación
en el Concejo Directivo.
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
a.Participar de la elaboración en la elaboración del planeamiento y programación de
actividades del área respectiva.
b.Programar y realizar las actividades de enseñanza y aprendizaje de las asignaturas
a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la ley 115/94 y sus decretos
reglamentarios.
c.Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su
personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
d.Participar en la realización de las actividades complementarias.
e.Asistir cumplidamente en la jornada laboral para evitar actos de indisciplina por
parte de los alumnos.
f.Colaborar con las orientaciones pertinentes y la organización de los alumnos dentro
y fuera del aula escolar para facilitar un eficiente trabajo al coordinador de disciplina y
los profesores que tienen a su cargo la jornada de disciplina.
g.Solicitar con anterioridad el respectivo permiso por escrito para ausentarse de la
institución.
h.La dirección no responde por permisos no justificados o a través de llamadas
telefónicas, verbalmente o con terceras personas.
i.Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza
aprendizaje.
j.Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de departamento o coordinador
Académico o concejo académico; las estrategias mitológicas a que de lugar el
análisis de resultados de la evaluación.
k.Presentar al concejo Académico informes del rendimiento de los alumnos a su
cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las
calificaciones con su firma.
ARTÍCULO 14 PROHIBICIONES DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES
Para contribuir al bienestar personal y social y de la buena imagen de la institución
convenimos: no INCURRIR EN los siguientes aspectos;
1. A los docentes les está prohibido abandonar o suspender sus labores
injustificadamente o sin autorización.
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2. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la
toxicomanía.
3. La homosexualidad o la práctica de aberraciones sexuales.
4. La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativos;
5. El trafico con calificaciones, certificados de estudio, de trabajos o documentos
públicos.
6. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos;
7. El incumplimiento sistemático, de los deberes o violación reintegrada de las
prohibiciones;
8. El ser condenados por delito o delitos dolosos.
9. El uso de documentos o información falsas para inscripción o ascenso en el
escalafón, o para obtener nombramiento, traslados, licencias o comisiones.
10. Solicitar o recibir dinero, u otras clases de lucro, proveniente del personal docente
que tengan interés en el resultado de su gestión.
11. Poner a su servicio personal ajenas a la institución sin previa autorización.
12. Ejecutar actos de violencia, mal trato, injurias o calumnias contra supervisores,
subalternos o compañeros de trabajo.
13. Ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral o las buenas
costumbres.
14. Hacer proselitismo político religioso en contra de la filosofía de la institución.
15. Realizar, promover o participar dentro del plantel en cualquier género de ventas,
rifas o negocios sin la autorización del Concejo Directivo.
16. Incumplir cualquier decisión disciplinaria.
17. Fumar dentro de los periodos de la institución.
18. Causar daños o hurtar bienes o elementos de la institución o del personal que
labora en él.
19. Hacer mal uso de la planta física.
20. Amenazar o utilizar vocabularios bruscos con estudiantes, compañeros o
directivos.
21. Asistir a las reuniones de padres o madres de familia sea o no sea titular.
22. Avisar un día antes cuando esté provisto un paro sindical.
23. Se considera mala conducta e ineficiencia profesional, todo acto no deseado
contemplado en el articulo 44 del estatuto docente 22777/7.
24. Las sanciones por infracción de deberes y prohibiciones, se estipulan en el
articulo 48 del Decreto 2277 de 1979 y son aplicadas por entidades
denominadores.
25. Los demás establecidos que aparezcan en el futuro.
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CAPITULO VII
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTICULO 15 DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
1. Recibir trato amable y respetuoso de todas las personas.
2. A expresar opinión libremente y a ser oído.
3. Al ejercicio de libertad de pensamiento de conciencia y de religión.
4. A igualdad de oportunidades para participar de los diferentes eventos programas
de colegio sin discriminación de sexo, credo o jornada.
5. A elegir y ser elegidos en las organizaciones administrativas.
6. A representar y a ser representados en las diferentes organizaciones educativas
según las exigencias del decreto 1860 y adoptadas por el proyecto educativo
institucional.
7. Disfrutar de un ambiente propicio, ordenado y limpio para la ejecución diaria de
las actividades.
8. A conocer el reglamento interno de las dependencias servicio y funciones que
preste la institución para un adecuado desempeño y racional utilización.
9. Participar en la búsqueda de conflictos.
10. Al servicio de biblioteca de acuerdo al horario y reglamente establecido.
11. A la expedición por parte de las oficinas respectivas de los certificados,
constancias y demás documentos.
12. A crear y organizar comités de estudio, grupos culturales y deportivos que
conduzca hacia el mejoramiento administrativo.
13. A que se les conceda permiso para ausentarse del plantel siempre y cuando sea
justificada.
14. A utilizar convenientemente todos los materiales y otros recursos existentes en
el plantel.
15. A disfrutar de los estímulos estipulados por la ley.
16. Participar en la elaboración de su respectivo reglamento.
ARTÍCULO 16 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
1. Tratar con respeto y amabilidad a todas las personas, los símbolos, bienes
ajenos, creencias religiosas, opiniones ajenas e ideologías políticas.
2. Presentar quejas y/o reclamos en forma respetuosa y cordial.
3. El compromiso de resolver pacíficamente las diferencias.
4. Presentar proyectos administrativos, disciplinarios y sociales que mejoren la
institución.
5. Ayudar con diligencia al mantenimiento y conservación de la planta física y el
medio ambiente.
6. Mantenerse a paz y salvo con la institución.
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7. Conservar las normas de higiene elementales para la convivencia.
8. Observar una conducta digna y honesta dentro y fuera del plantel como persona
y miembro de una comunidad que debe enaltecer y respetar.
9. Hacer buen uso del vocabulario que acredite la condición de persona.
10. Mantener orden y limpieza en la presentación personal como medio para
conservar la salud y crear un ambiente sano, agradable e higiénico lo mismo
que todos los lugares que estén a su servicio.
11. Actuar con rectitud, veracidad y honradez evitando el engaño, el chisme y la
agresividad en palabras y actitudes.
12. Aceptar los llamados de atención, reconocer y corregir los propios errores
ejercitándose en la autocrítica y autoestima como medio de progreso y
mejoramiento personal.
13. Elegir con seriedad y responsabilidad su representante.
14. Proponer sugerencias respetuosas que permitan el mejoramiento de la
institución.
15. Pagar oportunamente los daños causados a los bienes, muebles e inmuebles
de la institución y demás elementos.
16. Ejercitar el autocontrol los valores éticos y morales.
17. Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas.
18. Cumplir la constitución y las leyes.
19. Utilizar correctamente y responder por los utensilios y materiales que le sean
suministrados baños y lavamanos.
20. Llevar a celaduría objetos que se encuentren olvidados y extraviados.
21. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo con espíritu de
solidaridad y unidad de propósito.
22. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las
funciones de su cargo.
23. Abstenerse de solicitar a los educandos servicios personales.
24. Con su ejemplo enseñar a los demás un trato amable y respetuoso.
25. Participar con su presencia en todos los actos cívicos, culturales, sociales,
religiosos y deportivos que la institución programe.
ARTICULO 17 PROHIBICIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
1. Fumar dentro del plantel.
2. Ingerir alcohol o cualquier estupefaciente dentro de la institución o presentarse
en ella en estado de embriagues o drogadicción.
3. Portar cualquier tipo de arma dentro del plantel.
4. Portar, exhibir y comercializar material pornográfico.
5. Trafico de alcohol o estupefacientes.
6. Porte, distribución de moneda falsa dentro del plantel.
7. Practica de la homosexualidad o aberraciones sexuales.
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8. La malversación de fondos y bienes escolares.
9. Acoso sexual.
10. Trafico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos
públicos.
11. Desorden y desaseo.
12. Llegar tarde al sitio de trabajo.
13. Incumplimiento de los deberes y obligaciones.
14. Solicitar los servicios sin la debida cortesía.
15. Vocabulario inapropiado.
16. Distorsionar la información de los resultados académicos.
17. Perjudicar o destruir la planta física.
18. Negarse a participar sin justa causa en actividades programadas.
19. Utilizar inadecuadamente los servicios sanitarios y lavamanos.
20. Irrespeto en forma verbal o escrita a cualquier persona.
21. Agresión física dentro y fuera del plantel.
22. Organizar, utilizando el nombre del plantel sin la autorización correspondiente
dentro y fuera de la institución, rifas, bailes, paseos y otras actividades de lucro
personal.
23. Calumnia y difamación.
24. Hurto.
25. Chantaje y amenaza.
26. Aborto conforme a la ley.
27. Ausentarse de la institución sin causa justificada.
28. Ser condenado por delitos dolorosos.
29. Utilización incorrecta e irresponsable de recursos, sillas, pupitres, maquinas de
escribir, computadores, material de laboratorio, implementos deportivos,
biblioteca, restaurante, instrumentos de música y otros.
30. Uso de documentos falsos e informaciones para obtener nombramiento,
traslado, licencias o comisiones.
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CAPITULO VIII
DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia, acudientes y/o tutores son aquellos quienes tendrán la calidad de
miembros activos y los cuales conforman la asamblea General con y voto como máxima
autoridad en dicha conglomeración.
Sus derechos son:
1. Participar activamente y pertenecer a asociación de Padres de Familia.
2. Participar activamente en las actividades programadas por la institución para la
integración comunitaria.
3. Solicitar el cambio del uniforme cuando considere conveniente.
4. Mantener comunicación permanente con la institución para conocer
oportunamente los logros y dificultades de sus hijos.
5. Solicitar personalmente al profesor de disciplina los permisos para que los
alumnos se ausenten o falten a la institución.
6. Participar en la organización del Concejo de padres y demás entes del Gobierno
Escolar.
7. Formar parte de la Asamblea General de padres de familia y participar con voz y
voto con las decisiones que allí se determinen.
8. Recibir información oportuna sobre el rendimiento Académico y orientación sobe
la conducta de sus hijos.
9. Solicitar y recibir información sobre las normas Generales y el funcionamiento
interno del plantel.
10. Exigir el cumplimento de las responsabilidades de cada miembro de la comunidad
educativa que participa en la formación de sus hijos.
11. Ser atendido con respeto y cordialidad por el personal docente y administrativo.
12. Conocer periódicamente y tener acceso a los procesos de tipo Académico y/o
disciplinario de sus hijos para ser escuchados y buscar las alternativas de solución
de acuerdo a las normas vigentes.
13. Formar parte activa de la Escuela de padres de familia.
14. Exigir el cumplimiento de la jornada completa de estudios de acuerdo a lo
estipulado en la ley 115/94(40 semanas laborables).
15. Que se tengan en cuenta para que participe en los cargos administrativos y de
servicio de bienestar estudiantil tales como: aseo celadora, Restaurante escolar.
tienda escolar de servicios generales.
PARÁGRAFO: Los padres de familia que formen parte de un cargo directivo o de
cualquier otra índole relacionada con la organización de la Escuela no podrá participar de
los aspectos contemplados en el numeral 15 del artículo 18 hasta segundo grado de
consanguinidad.
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ARTICULO 18 FUNCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES Y/O
TUTORES.
1. Diligenciar personalmente las matriculas en las fechas estipuladas por la
institución.
2. Pagar los costos educativos fijados por la Asamblea General de padres de familia
y Acudientes, como constitutiva para tal fin, y el concejo Directivo y la
colaboración asignada por la Junta Directiva de padres de familia y otros servicios
complementarios según lo establecido en las normas vigentes para la prestación
del Servicio Educativo.
3. Responder por todos los daños materiales a los compañeros e instalaciones de la
Escuela causados por fijos dentro y fuera de clases.
4. Dirigirse siempre a los miembros de la comunidad educativa de forma respetuosa
creando lazos de armonía entre otros.
5. Proveer los utensilios necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y
proporcionar en casa un ambiente de estudio sano.
6. Colaborar con el personal docente en la formación integral de sus hijos.
7. Seguir el conducto regular en el estudio, análisis y solución en los aspectos
académicos y disciplinarios de su hijo después de que haya tratado de solucionar
sus problemas siguiendo el mismo proceso.
8. Mantener comunicación con la institución para conocer los logros y las dificultades
en el proceso de enseñanza.
9. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con
los lineamientos establecidos por la Constitución Política; Articulo 17 de la ley
115/94; Ley de la primera infancia y la adolescencia y por el manual de
convivencia Social.
10. Atender oportunamente a las citaciones que le hagan los Directivos y los
docentes.
11. Enviar puntualmente a sus hijos a la Escuela a la hora indicada.
12. Justificar la ausencia de sus hijos a la Escuela o las actividades indicadas en el
día de su ingreso mediante una excusa por escrito.
13. Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia y a las actividades
programadas por la Escuela.
14. Velar permanentemente por el desarrollo académico y disciplinario de sus hijos.
15. Ser auténtico representantes y/o tutores de los estudiantes y responder por los
mismos.
16. Participar activamente en los comités de los proyectos de aula con
responsabilidad y honestidad.
17. Participar activamente y contribuir en el desarrollo del PEI.
18. Promover la constitución del Concejo de padres como apoyo a la función
pedagógica.
19. Concienciar a los miembros delegados y demás miembros delegados y demás
padres de familia en la participación de cuentas, proyectos e integración.
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20. Proporcionar a sus hijos los útiles necesarios para su trabajo Escolar.
21. Conocer la filosofía, misión, reglamento interno actividades que realiza la
institución.
22. Promover la reconstrucción cultural de la Comunidad Educativa del Colegio
Educativo Guillermo Quintero Calderón.
ARTÍCULO 19: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
La asociación de padres de familia es un organismo que ayuda a fortalecer y a
suministrar recursos que contribuyen al buen funcionamiento de la Institución, para el
sostenimiento y apoyo de iniciativas existentes.
CONFORMACIÓN. Lo integran un representante de cada grado y un representante de
cada Sede. Internamente se reúnen y se distribuyen los cargos.
FORMA DE ELECCIÓN. En asamblea general de padres de familia voluntariamente se
ofrecen para conformar dicha asociación.
FUNCIONES. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su
continua evaluación.
Promover programas de formación de los Padres para cumplir adecuadamente la tarea
que le corresponde.
Promover el proceso de consejo de Padres de Familia como apoyo a la función
pedagógica que le compete.
ARTICULO 20 DEL CONSEJO DIRECTIVO
Es el organismo de máxima autoridad de la institución donde son consideradas las
iniciativas de los estudiantes, educadores, administradores y padres de familia en
aspectos como en adopción y verificación del reglamento escolar, organización de
actividades sociales deportivas, artísticas, culturales y comunitarias, que redunden en la
práctica y participación democrática de la vida escolar.
El concejo directivo está integrado por:
1. El rector quien lo convocara y lo presidirá.
2. Dos representantes de los docentes de la institución. Los representantes serán
elegidos por votación, en asamblea de maestros, uno será de la básica primaria y
otro de la básica secundaria.
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