3. La división de poderes es en la política una de las teorías más importantes
y adoptadas a nivel mundial en los últimos tiempos. La misma podría
describirse como una forma de organizar el Estado, agrupando y
dividiendo sus funciones en tres esferas diferenciadas que cumplen un rol
diferente y cuya existencia tiene por objetivo el control mutuo así como
también la limitación de la concentración personal del poder. En nuestro
paìs se divide en:
Poderes
Ejecutivo Legislativo Judicial
4. Aquel poder que se encarga de administrar de manera directa el estado
a través de funcionarios como el presidente y sus secretarios y
ministros.
5. Poderejecutivo
Función Política
Función Administrativa
Función Reglamentarista
Tiene por objeto dirigir al conjunto de la sociedad
por el camino que permita satisfacer en mejor
forma sus fines específicos, tomando decisiones
ante situaciones nuevas que no están reguladas
por la ley.
Por esta función se desarrollan los fines
específicos del Estado, sujetos a la ley (las
actividades que realizan los ministerios,
gobernaciones, intendencias, empresas del
estado, etc.)
Por vía de decretos y resoluciones. Para
poder realizar su trabajo el Ejecutivo dispone
de potestad reglamentaria, en virtud de la
cual puede dictar reglamentos, decretos de
instrucciones que deben ser cumplidos por
los ciudadanos.
6. Responsable del debate y de la redacción, formulación y aprobación de
leyes, conformado por el parlamento o congreso, que sesiona a través de
sus dos cámaras en este sentido.
7. PODER LEGISLATIVO
Càmara de Diputados Càmara de Senadores
CONGRESO DE LA UNIÒN
SE DIVIDE EN:
Se encuentra conformada por 500
representantes de la nación, de los
cuales 300 son diputados electos,
según el principio de votación por
mayoría relativa, dividida en distritos
electorales uninominales, y por hasta
200 diputados, que son elegidos
según el principio de representación
proporcional o plurinominal, por
medio del sistema de listas
regionales, votadas en
circunscripciones plurinominales.
Se conforma por representantes de cada
entidad federativa y de la Ciudad de México,
respectivamente dos serán elegidos según el
principio de votación mayoritaria relativa y uno
será asignado a la primera minoría. Para esto,
los partidos políticos reconocidos deberán
registrar una lista con dos fórmulas de
candidatos. Por tanto, la senaduría de primera
minoría le será asignada a la fórmula de
candidatos que encabece la lista del partido
político que, por sí mismo, haya ocupado el
segundo lugar en número de votos en la
entidad de que se trate.
8. El que tiene a su cargo el ejercicio de la justicia en todos los niveles del
Estado, siendo impartido por el tribunal mayor de justicia o corte suprema y
los tribunales inferiores.
9. Los Juzgados de
Circuito
EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÒN
ESTA INTEGRADO POR:
La Suprema Corte de
Justicia de la Nación
El Tribunal
Electoral
Los Tribunales
Colegiados de
Circuito
Los Tribunales
Unitarios de
Circuito