Este documento establece las directrices para la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Escolar en las escuelas públicas y privadas del Estado de México. Describe que cada comité debe estar integrado por el director, maestros, representantes de padres de familia y alumnos. Sus funciones son promover una sana convivencia escolar, prevenir la violencia, y dar seguimiento al plan de convivencia de cada escuela.
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Comités de convivencia escolar una escuela de paz y armonía
1. “2014. Año de los Tratados de Teoloyucan”
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
LERDO PTE. No. 101, COL. CENTRO, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 50000. TELS/FAX: (01722) 214 17 96/21468 60
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COMITÉS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Capítulo I
Objeto
1.1 El Comité de Convivencia Escolar de las escuelas públicas y privadas del Subsistema Educativo Estatal de Educación Básica tiene por objeto promover y difundir la Convivencia Escolar Armónica y los principios que deriven de la convivencia sana y pacífica en toda la comunidad educativa.
1.2 Todas las escuelas públicas y privadas del Subsistema Educativo Estatal, deberán conformar el Comité de Convivencia Escolar en la primer quincena del segundo mes de inicio de ciclo escolar y será el encargado de apoyar la labor de promoción, prevención y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, así como el desarrollo y aplicación del plan de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.
1.3 Una vez conformado el Comité, el Presidente del mismo incorporará a la Plataforma electrónica de Participación Social la información correspondiente a más tardar el último día del segundo mes de inicio de ciclo escolar.
Capítulo II
Integración y Sesiones
2.1 Cada Comité de Convivencia Escolar, estará integrado por:
a) El Director Escolar quien lo presidirá.
b) Un Docente que lideré las actividades o estrategias de convivencia escolar quien será el Secretario Técnico, a propuesta del Presidente.
c) Un Docente
d) El Presidente del Consejo Escolar de Participación Social.
e) Un integrante de la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
f) Dos padres de familia
En las escuelas secundarias, un docente será Orientador Técnico y el otro el de Formación Cívica y Ética, en Educación Especial (CAM), uno de los docentes será un integrante del equipo de apoyo.
Para el caso de los centros educativos donde no se cuente con los integrantes para conformar el Comité de Convivencia Escolar, este será integrado como mínimo por el Director Escolar, el Presidente del Consejo Escolar de Participación Social y un representante de la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia, entre ellos se determinará quien fungirá como Secretario Técnico.
2.2 Los cargos que desempeñen serán honoríficos y tendrán una duración de un año.
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2.3 El Comité de Convivencia Escolar sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses, preferentemente previo a las Sesiones de Consejo Técnico Escolar. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente del Comité cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud por escrito de dos de los integrantes del mismo.
2.4. El Comité sesionará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y las decisiones serán de obligatorio cumplimiento para todos sus integrantes, ponderando la normalidad mínima. El Comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente
2.5 El Secretario Técnico notificará a los integrantes del Comité para que asistan a las sesiones ordinarias con una antelación no inferior a diez días a la fecha de celebración de las mismas, acompañada de la información, orden del día y/o documentación necesaria, que será tratada en la respectiva sesión.
2.6 Cuando el Presidente del Comité de Convivencia Escolar convoque a sesiones extraordinarias, el Secretario Técnico citara de inmediato y por el medio más expedito a los integrantes del Comité a quienes les hará llegar la información, orden del día y/o documentación necesaria, que será tratada en la respectiva sesión.
2.7 De todas las sesiones del Comité el Secretario Técnico elaborará un acta, misma que se registrará en la plataforma electrónica de los Consejos Escolares de Participación Social y deberá contener como mínimo lo siguiente:
a) Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas, recomendaciones, acuerdos adoptados.
b) Firma del Presidente del Comité y del Secretario Técnico.
Capítulo III
Funciones Específicas y Genéricas
3.1 Son atribuciones del Presidente del Comité de Convivencia Escolar
a) Presidir, representar y dirigir al Comité de Convivencia Escolar
b) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de actividades de promoción, prevención y seguimiento para fomentar la convivencia escolar armónica y una cultura de paz.
c) Liderear la revisión y ajuste del plan de convivencia escolar, incluyendo los acuerdos escolares de convivencia en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco de la ruta de mejora.
d) Reportar aquellos casos violencia escolar y/o de acoso, vulneración de derechos humanos y de equidad de género de los niños, niñas y adolescentes de la Institución, en su calidad de Presidente del Comité de Convivencia Escolar, acorde con la normatividad vigente.
e) Convocar a las sesiones del Comité de Convivencia Escolar.
f) Someter a consideración de los integrantes del Comité de Convivencia Escolar el Plan de Trabajo y el calendario de sesiones.
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g) Dar a conocer al Consejo Escolar de Participación Social las resoluciones, recomendaciones y consideraciones aprobadas e incorporarlas en la Ruta de Mejora de la Institución.
h) Registrar en la Plataforma electrónica de Participación Social la conformación del comité y su plan de actividades, así como las actas de las sesiones.
3.2 Son atribuciones del Secretario Técnico del Comité de Convivencia Escolar
a) Coordinar la elaboración del Plan Anual de Trabajo y del calendario de las sesiones con la participación de los miembros del comité.
b) Llevar el registro de los integrantes del Comité.
c) Proponer al Presidente del Comité la convocatoria de las sesiones correspondientes, así como el orden del día.
d) Elaborar y remitir a los integrantes del Comité la convocatoria y orden del día de la sesión a celebrar, así como la información y/o documentación correspondiente.
e) Verificar el quorum antes del inicio de cada sesión.
f) Presentar a los integrantes del Comité en cada sesión ordinaria los avances y resultados del Plan de Trabajo y su impacto en la Ruta de Mejora de la Institución.
g) Elaborar las actas de las sesiones del Comité y recabar la firma de los asistentes, así como subirlas a la plataforma electrónica de los Consejos Escolares de Participación Social.
h) Brindar el apoyo logístico que resulte necesario para llevar a cabo las actividades del Comité.
3.3 Son atribuciones de los Docentes que forman parte del Comité de Convivencia Escolar:
a) Fomentar entre el colectivo docente la identificación, reporte y seguimiento a los casos de violencia y/o acoso escolar, vulneración de derechos humanos y de equidad de género que afecten a algún miembro de la comunidad educativa.
b) Colaborar en la implementación, atención y seguimiento del Plan de Convivencia Escolar.
c) Participar en los procesos de la Ruta de Mejora incorporando estrategias que fomenten la convivencia escolar sana, pacífica, democrática e inclusiva.
d) Fomentar que el colectivo docente transforme y vincule las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, la integridad física y moral de los estudiantes encaminados a una convivencia escolar sana, pacífica, democrática, inclusiva y formativa.
e) Participar de los procesos de actualización, formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
3.4 Son atribuciones de los padres de familia del Comité de Convivencia Escolar:
a. Recomendar actividades para que los padres de familia provean a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí mismos y de su entorno físico, social y ambiental.
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b. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, el respeto a los derechos humanos, la inclusión y el fomento de estilos de vida saludable.
c. Promover que con las actividades se acompañe de forma permanente y activa a los alumnos en el proceso pedagógico que lleve a cabo la Escuela y fortaleciendo la convivencia escolar sana, pacífica, democrática, inclusiva y formativa.
d. Participar en la revisión y ajuste de los acuerdos de convivencia escolar a través de los organismos de apoyo escolar y fomentar la corresponsabilidad de los padres de familia en la Institución en el cumplimiento de estos acuerdos.
e. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de los alumnos para el desarrollo de competencias encaminadas a fomentar la convivencia escolar.
f. Fomentar que los padres de familia informen al docente responsable y en su caso, al Director Escolar sobre algún cambio en la conducta de su hijo, para juntos implementarlas estrategias de atención necesarias.
g. Involucrar a las familias, en las actividades que fomenten la convivencia escolar.
3.5 Funciones Genérica del Comité de Convivencia Escolar:
a) Llevar a cabo acciones de sensibilización a la comunidad, mediante la divulgación de material que prevenga la comisión de delitos en agravio de las y los educandos. Así como también los elementos que procuren la defensa de los derechos de las víctimas y los agresores de tales conductas.
b) Fomentar la colaboración de maestros y padres de familia en los programas relativos a salvaguardar la integridad y educación plena de las y los educandos.
c) Generar actividades que propicien estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela por generar ambientes de convivencia escolar armónica.
d) Promover y apoyar actividades extraescolares que complementen y respalden la formación de los educandos y el fomento de una convivencia sana, pacífica, democrática, inclusiva y formativa.
e) Llevar a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para atender alguna emergencia escolar.
f) Implementar en las Instituciones educativas acciones que fomenten la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, la prevención y disminución de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa y la construcción de espacios de paz.
g) Dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en los acuerdos de convivencia.
h) Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan flexibilización de la Ruta de Mejora para fomentar la convivencia escolar armónica.
i) Gestionar apoyos con el sector público y privado para la implementación de las acciones encaminadas al fomento de la convivencia escolar.
j) Analizar periódicamente las condiciones físicas de la Institución e identificar factores de riesgo que incidan en la convivencia escolar.
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k) Emprenderá acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados al acoso y violencia escolar y la vulneración de los derechos humanos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo para fomentar una cultura de paz en las escuelas.
l) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
m) Apoyar en las acciones que se implementen de las diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y el respeto de los derechos humanos.
Capítulo IV
Transparencia y rendición de cuentas
4.1 Las actividades que lleve a cabo el Comité deberá estar contempladas en la ruta de mejora y fomentar la convivencia escolar sana, pacífica, democrática e inclusiva, e implementarse con total transparencia apegado a la normatividad en la materia.
4.2 Estas actividades se conocerán en Consejo Técnico Escolar para su planeación, implementación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.