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Los inicios del turismo en Venezuela se pueden señalar a partir de
1936 durante el gobierno de Eleazar López Contreras, con la
aparición de una Ley para la regulación del Tráfico de viajeros.
Sin embargo a partir de 1932 comenzaron los vuelos comerciales
con líneas Panamerican y Continental. Entre 1935 y 1936 se
inician las actividades organizadas de los primeros agentes de
viajes (Boulton Club de Venezuela).
El 20 de agosto de 1938 se formalizó la Ley de Turismo.
Entre 1952 y 1955 el Estado aporta en créditos y acciones
22.000.000Bs para la construcción de infraestructura hotelera a
nivel nacional.
Entre 1958 y 1962 se estanca el turismo en el país debido a la
caída de la dictadura y el establecimiento de la democracia. En
1961 se crea la Venezolana Internacional de Aviación.
En 1962 se produce la declaración presidencial sobre la actividad
turística afirmando así la importancia del turismo en Venezuela en
el desarrollo del país.
En 1969 surge otra empresa de transporte de lujo terrestre. El 22
de junio de 1963 se decreta la Ley de Turismo. En diciembre de
1963 se declara de utilidad publica las instalaciones del Hotel
Ávila, creando conciencia sobre la importancia del patrimonio
artístico y la conservación ambiental del país.
En marco de 1964 se declara de utilidad publica y de interés
turístico en diferentes zonas y edificación del país con el objeto
de lograr una utilización nacional de los mismos.
Solo después de treinta y cinco años se lleva a cabo una
revisión de esta Ley de turismo. Es así como el 22 de Junio de
1973, durante la Presidencia del Dr. Rafael Caldera y bajo la
Vigencia de la Constitución Nacional de 1961, se promulga la
segunda Ley de turismo.
En abril de 1974 se decreta la prohibición de cobro por concepto
de entrada a las playas. En 1984 se instala por iniciática de la
empresa privada la Federación de Organización Turística de
Venezuela.
En 1992, después de largas discusiones y consultas, se aprueba
y promulga la nueva Ley de Turismo, derogándose la de 1973.
En 1998, es nuevamente modificada la Ley de Turismo, siendo
publicada en la Gaceta oficial N° 36.546, de fecha 24 de
septiembre de ese mismo año.
En el año 2001, se vuelve a legislar en materia turística, esta vez
mediante el decreto 1534, con fuerza de Ley Orgánica de
Turismo, fechado el 8 de septiembre de 2001. Al respecto,
expone: "Por primera vez en la historia Constitucional
venezolana se le otorga al turismo el carácter de actividad
económica de interés nacional, prioritaria para el país en su
estrategia de planificación y desarrollo sustentable".
Desde los inicios el hoy Ministerio del Poder Popular para el
Turismo, ha pasado por diversos nombres, ejerciendo mas o menos
el cumplimiento eficiente de los objetivos expuestos durante tantas
reformas que ha sufrido el Turismo entre las Leyes. Sin embargo el
nombre mas reciente antes de la última modificación fue Ministerio
del Turismo.
MinistraVENTEL
SOGATUR
VENETUR
INATUR
Flor de
Venezuela
CORPOTULIPAN
Dirección
General de
Despacho
Despacho
Obras
Turísticas
Despacho
de Turismo
Nacional
Despacho de
Turismo
Internacional
El Turismo es una de las actividades económicas con mas
ventajas, ya que es fuente generador de empleos directos
e indirectos, además de su aporte en la economía
generando divisas por turistas extranjeros. El Turismo
como actividad de interés para un desarrollo económico y
social, sin lugar a dudas es de interés general o público.
Es importante resaltar que tomando las medidas
adecuadas y cumpliendo con el reglamento y normas
establecidas en la Ley Orgánica del Turismo, se puede
llegar a un turismo sustentable, sano y beneficioso para
todos.
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
 Elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo en
atención a los planes de desarrollo aprobados conforme a la planificación
centralizada, previa consulta con los demás integrantes del Sistema Turístico
Nacional.
 Dictar las resoluciones y demás actos administrativos de efectos o generales a
que haya lugar en materia turística.
 Fijar conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular con competencia en la
materia de control de precios, las tarifas de los servicios turísticos cuando las
circunstancias sociales y económicas así lo requieran, a fin de evitar
distorsiones en la economía.
 Efectuar las inspecciones correspondientes al Sistema Turístico Nacional,
pudiendo delegar o encomendar esa función en otros órganos o entes.
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
 Dictar las normas para la evaluación de proyectos de inversión turística que
se propongan realizar y desarrollar en el territorio nacional, prestando
atención especial a los proyectos turísticos presentados por las comunidades
organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de
participación.
 Elaborar y mantener actualizado, conjuntamente con las autoridades del
Distrito Capital, los Estados, los Municipios, los territorios insulares, las
Dependencias Federales y con el resto de los integrantes del Sistema
Turístico Nacional, el Catálogo Turístico Nacional y cualquier otro instrumento
de difusión conformado por atractivos naturales, culturales, prestadores de
servicios turísticos y los servicios complementados a la actividad turística.
INATUR
 Ejecutar las políticas relacionadas con el Plan de Promoción Nacional e
Internacional de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico en
concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el
Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.
 Desarrollar los planes diseñados en materia de capacitación y sensibilización
turística dirigidos a las comunidades y a los integrantes del sistema turístico
nacional, con especial atención a aquellas dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de
las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de
participación.
 Ejecutar los Programas y Proyectos elaborados por el Ministerio del Poder Popular
con competencia en turismo, en materia de mejoramiento y recuperación de la
infraestructura turística pública.
INATUR
 Suscribir los convenios, contratos o cualquier otro tipo de acuerdo con
integrantes del Sistema Turístico Nacional o con entes públicos e
instituciones privadas; nacionales e internacionales, previa autorización del
órgano rector, en concordancia con las políticas fijadas en el Plan Estratégico
Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con
competencia en turismo.
 Determinar las obligaciones tributarias y sus accesorios, y adelantar las
gestiones de cobro, pudiendo solicitar a los Tribunales de la jurisdicción
contenciosa tributaria el decreto de las medidas cautelares; demandar
judicialmente siguiendo el procedimiento previsto en el Código Orgánico
Tributario, todo ello a fin de garantizar los créditos a favor del Instituto
Nacional de Turismo (INATUR).
INATUR
 Elaborar el reglamento interno para su funcionamiento.
 Imponer las sanciones previstas en el Código Orgánico Tributario a los
contribuyentes que incumplan con los deberes materiales o formales de carácter
tributario previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Turismo.
 Conocer, sustanciar y decidir solicitudes, reclamaciones y recursos interpuestos por
los interesados de acuerdo con las previsiones del ordenamiento jurídico aplicable;
así como evacuar las consultas que sean sometidas a su consideración sobre las
obligaciones tributarias de las cuales es sujeto activo el Instituto Nacional de
Turismo (INATUR).
 Ejercer las demás atribuciones que le sean conferidas en el presente Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo y sus Reglamentos.
VENTEL
 Diseñar y ejecutar el plan estratégico de tecnología de la información y la
comunicación.
 Generar mecanismos que permitan medir el impacto de la institución en los ámbitos
sociales, económicos, políticos y territoriales.
 Elaborar e implementar el Plan Estratégico de centralización de la administración
por VENTEL C.A. de los dos Sistemas Teleféricos.
 Iniciar en lo inmediato las asambleas y consejos de trabajadoras y trabajadoras
para validar la propuesta de cambio.
 Diseñar y poner en ejecución todas las modificaciones estatutarias pertinentes a la
propuesta de cambio.
VENETUR
 Desarrollar todas aquellas actividades relacionadas con la comercialización y
mercadeo de los productos turísticos.
 Facilitar mecanismos para reimpulsar una nueva cultura turística.
 Satisfacer y beneficiar a toda la población a escala nacional e internacional,
garantizando servicios de recreación, esparcimiento y negocio.
SOGATUR
 Otorgar Fianzas Técnicas y Financieras al sector turismo.
 Contribuir en el desarrollo socio productivo de una actividad económica prioritaria
para el interés nacional.
INATUR se constituye en un instituto autónomo, adscrito al Ministerio de Turismo, que
conforma junto a los Fondos Mixtos de Promoción y Capacitación Turística el sector
mixto del Sistema Turístico Nacional.
MISIÓN
Contribuir al posicionamiento de Venezuela como producto turístico altamente
competitivo, a través de eficientes mecanismos promocionales, oportuna formación del
talento humano vinculado a la actividad, apoyados en una óptima gestión de
recaudación de manera integrada y coordinada con todos los actores afines al sector.
VISIÓN
Liderar los cambios que permitirán alcanzar una penetración efectiva y consecuente del
producto Venezuela en los mercados emisores y meta, consolidándonos como uno de
los principales destinos turísticos a nivel mundial, apoyados en un talento humano con
excelentes niveles de calidad en la prestación del servicio turístico, que en su conjunto
generen bienestar y riqueza a la población.
Las zonas que sean declaradas de interés turístico, se establecerán de
conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Ordenación del
Territorio, aquellas áreas que por las características naturales, demográficas,
urbanísticas, culturales y de valor histórico, sean capaces de generar corrientes
turísticas nacionales e internacionales y cuya dinámica económica se basa
principalmente en el desarrollo de la actividad turística. Fomentando su
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  • 1.
  • 2. Los inicios del turismo en Venezuela se pueden señalar a partir de 1936 durante el gobierno de Eleazar López Contreras, con la aparición de una Ley para la regulación del Tráfico de viajeros. Sin embargo a partir de 1932 comenzaron los vuelos comerciales con líneas Panamerican y Continental. Entre 1935 y 1936 se inician las actividades organizadas de los primeros agentes de viajes (Boulton Club de Venezuela). El 20 de agosto de 1938 se formalizó la Ley de Turismo. Entre 1952 y 1955 el Estado aporta en créditos y acciones 22.000.000Bs para la construcción de infraestructura hotelera a nivel nacional.
  • 3. Entre 1958 y 1962 se estanca el turismo en el país debido a la caída de la dictadura y el establecimiento de la democracia. En 1961 se crea la Venezolana Internacional de Aviación. En 1962 se produce la declaración presidencial sobre la actividad turística afirmando así la importancia del turismo en Venezuela en el desarrollo del país. En 1969 surge otra empresa de transporte de lujo terrestre. El 22 de junio de 1963 se decreta la Ley de Turismo. En diciembre de 1963 se declara de utilidad publica las instalaciones del Hotel Ávila, creando conciencia sobre la importancia del patrimonio artístico y la conservación ambiental del país.
  • 4. En marco de 1964 se declara de utilidad publica y de interés turístico en diferentes zonas y edificación del país con el objeto de lograr una utilización nacional de los mismos. Solo después de treinta y cinco años se lleva a cabo una revisión de esta Ley de turismo. Es así como el 22 de Junio de 1973, durante la Presidencia del Dr. Rafael Caldera y bajo la Vigencia de la Constitución Nacional de 1961, se promulga la segunda Ley de turismo. En abril de 1974 se decreta la prohibición de cobro por concepto de entrada a las playas. En 1984 se instala por iniciática de la empresa privada la Federación de Organización Turística de Venezuela.
  • 5. En 1992, después de largas discusiones y consultas, se aprueba y promulga la nueva Ley de Turismo, derogándose la de 1973. En 1998, es nuevamente modificada la Ley de Turismo, siendo publicada en la Gaceta oficial N° 36.546, de fecha 24 de septiembre de ese mismo año. En el año 2001, se vuelve a legislar en materia turística, esta vez mediante el decreto 1534, con fuerza de Ley Orgánica de Turismo, fechado el 8 de septiembre de 2001. Al respecto, expone: "Por primera vez en la historia Constitucional venezolana se le otorga al turismo el carácter de actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia de planificación y desarrollo sustentable".
  • 6. Desde los inicios el hoy Ministerio del Poder Popular para el Turismo, ha pasado por diversos nombres, ejerciendo mas o menos el cumplimiento eficiente de los objetivos expuestos durante tantas reformas que ha sufrido el Turismo entre las Leyes. Sin embargo el nombre mas reciente antes de la última modificación fue Ministerio del Turismo. MinistraVENTEL SOGATUR VENETUR INATUR Flor de Venezuela CORPOTULIPAN Dirección General de Despacho Despacho Obras Turísticas Despacho de Turismo Nacional Despacho de Turismo Internacional
  • 7. El Turismo es una de las actividades económicas con mas ventajas, ya que es fuente generador de empleos directos e indirectos, además de su aporte en la economía generando divisas por turistas extranjeros. El Turismo como actividad de interés para un desarrollo económico y social, sin lugar a dudas es de interés general o público. Es importante resaltar que tomando las medidas adecuadas y cumpliendo con el reglamento y normas establecidas en la Ley Orgánica del Turismo, se puede llegar a un turismo sustentable, sano y beneficioso para todos.
  • 8. Ministerio del Poder Popular para el Turismo  Elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo en atención a los planes de desarrollo aprobados conforme a la planificación centralizada, previa consulta con los demás integrantes del Sistema Turístico Nacional.  Dictar las resoluciones y demás actos administrativos de efectos o generales a que haya lugar en materia turística.  Fijar conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular con competencia en la materia de control de precios, las tarifas de los servicios turísticos cuando las circunstancias sociales y económicas así lo requieran, a fin de evitar distorsiones en la economía.  Efectuar las inspecciones correspondientes al Sistema Turístico Nacional, pudiendo delegar o encomendar esa función en otros órganos o entes.
  • 9. Ministerio del Poder Popular para el Turismo  Dictar las normas para la evaluación de proyectos de inversión turística que se propongan realizar y desarrollar en el territorio nacional, prestando atención especial a los proyectos turísticos presentados por las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.  Elaborar y mantener actualizado, conjuntamente con las autoridades del Distrito Capital, los Estados, los Municipios, los territorios insulares, las Dependencias Federales y con el resto de los integrantes del Sistema Turístico Nacional, el Catálogo Turístico Nacional y cualquier otro instrumento de difusión conformado por atractivos naturales, culturales, prestadores de servicios turísticos y los servicios complementados a la actividad turística.
  • 10. INATUR  Ejecutar las políticas relacionadas con el Plan de Promoción Nacional e Internacional de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico en concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.  Desarrollar los planes diseñados en materia de capacitación y sensibilización turística dirigidos a las comunidades y a los integrantes del sistema turístico nacional, con especial atención a aquellas dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.  Ejecutar los Programas y Proyectos elaborados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo, en materia de mejoramiento y recuperación de la infraestructura turística pública.
  • 11. INATUR  Suscribir los convenios, contratos o cualquier otro tipo de acuerdo con integrantes del Sistema Turístico Nacional o con entes públicos e instituciones privadas; nacionales e internacionales, previa autorización del órgano rector, en concordancia con las políticas fijadas en el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.  Determinar las obligaciones tributarias y sus accesorios, y adelantar las gestiones de cobro, pudiendo solicitar a los Tribunales de la jurisdicción contenciosa tributaria el decreto de las medidas cautelares; demandar judicialmente siguiendo el procedimiento previsto en el Código Orgánico Tributario, todo ello a fin de garantizar los créditos a favor del Instituto Nacional de Turismo (INATUR).
  • 12. INATUR  Elaborar el reglamento interno para su funcionamiento.  Imponer las sanciones previstas en el Código Orgánico Tributario a los contribuyentes que incumplan con los deberes materiales o formales de carácter tributario previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo.  Conocer, sustanciar y decidir solicitudes, reclamaciones y recursos interpuestos por los interesados de acuerdo con las previsiones del ordenamiento jurídico aplicable; así como evacuar las consultas que sean sometidas a su consideración sobre las obligaciones tributarias de las cuales es sujeto activo el Instituto Nacional de Turismo (INATUR).  Ejercer las demás atribuciones que le sean conferidas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo y sus Reglamentos.
  • 13. VENTEL  Diseñar y ejecutar el plan estratégico de tecnología de la información y la comunicación.  Generar mecanismos que permitan medir el impacto de la institución en los ámbitos sociales, económicos, políticos y territoriales.  Elaborar e implementar el Plan Estratégico de centralización de la administración por VENTEL C.A. de los dos Sistemas Teleféricos.  Iniciar en lo inmediato las asambleas y consejos de trabajadoras y trabajadoras para validar la propuesta de cambio.  Diseñar y poner en ejecución todas las modificaciones estatutarias pertinentes a la propuesta de cambio.
  • 14. VENETUR  Desarrollar todas aquellas actividades relacionadas con la comercialización y mercadeo de los productos turísticos.  Facilitar mecanismos para reimpulsar una nueva cultura turística.  Satisfacer y beneficiar a toda la población a escala nacional e internacional, garantizando servicios de recreación, esparcimiento y negocio. SOGATUR  Otorgar Fianzas Técnicas y Financieras al sector turismo.  Contribuir en el desarrollo socio productivo de una actividad económica prioritaria para el interés nacional.
  • 15. INATUR se constituye en un instituto autónomo, adscrito al Ministerio de Turismo, que conforma junto a los Fondos Mixtos de Promoción y Capacitación Turística el sector mixto del Sistema Turístico Nacional. MISIÓN Contribuir al posicionamiento de Venezuela como producto turístico altamente competitivo, a través de eficientes mecanismos promocionales, oportuna formación del talento humano vinculado a la actividad, apoyados en una óptima gestión de recaudación de manera integrada y coordinada con todos los actores afines al sector. VISIÓN Liderar los cambios que permitirán alcanzar una penetración efectiva y consecuente del producto Venezuela en los mercados emisores y meta, consolidándonos como uno de los principales destinos turísticos a nivel mundial, apoyados en un talento humano con excelentes niveles de calidad en la prestación del servicio turístico, que en su conjunto generen bienestar y riqueza a la población.
  • 16. Las zonas que sean declaradas de interés turístico, se establecerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, aquellas áreas que por las características naturales, demográficas, urbanísticas, culturales y de valor histórico, sean capaces de generar corrientes turísticas nacionales e internacionales y cuya dinámica económica se basa principalmente en el desarrollo de la actividad turística. Fomentando su desarrollo, priorizando la sustentabilidad como medio para la conservación de nuestro ambiente natural. Balneario Chururú Táchira Isla La Tortuga (Dependencias Federales) Sector El Yaque Nueva Esparta