Presentación de Carlos Pérez Sanz, Asociado Senior de Landwell-PricewaterhouseCoopers, para la sesión "Ley contra el spam telefónico", celebrada el pasado 9 de Febrero de 2010 en Barcelona.
2. Nueva Ley de Prácticas Desleales
• Implementación Directiva 2005/29
• Modificación de
• Ley de Competencia Desleal
• Ley General de Publicidad
• Ley General Defensa Consumidores y Usuarios
• Introducción de las prácticas desleales agresivas (acoso)
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3. Regulación Spam Telefónico
• Propuestas no deseadas + reiteradas
• Vías
• Teléfono - identificable
• Fax
• Coreo electrónico
• Otros medios de comunicación a distancia
• Dejar constancia de la oposición
• Otras obligaciones: LOPD, LSSI, LGT, LOCM, LSFD
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4. Identificabilidad del remitente
• Obligatorio sea cual sea el canal
• Telefónico: prohibición de teléfonos ocultos
• Información necesaria en la oferta comercial
• Nombre, razón social y domicilio completo
• Características del bien o servicio
• Precio final completo
• Pagos, plazos de entrega y reclamaciones
• Existencia de derecho de desistimiento
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5. Constancia de la oposición
• Teléfono:
• Grabación
• Remisión a petición por escrito (correo, fax o e-mail)
• Confirmación posterior
• Fax: Remisión a petición por escrito (correo, fax o e-mail)
• E-mail:
• Link
• Dirección de e-mail
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6. Efectos del incumplimiento
• Infracción LGDCU
• Leve: en todo caso
- Multa hasta 3.000 Euros
• Grave: previa oposición del destinatario
- Multa de 3.000 a 15.000 Euros / quíntuplo valor bienes
• Muy grave (reincidencia / facturación > 600.000 Euros)
- Multa de 15.000 a 600.000 Euros / quíntuplo valor bienes
• Posible acumulación con otros regímenes sancionadores
(LOPD, LSSI LGT)
• Otras acciones
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7. Acciones específicas competencia desleal (I)
• Acciones
• Declarativa
• Cesación + prohibición de reiteración futura
• Remoción
• Rectificación de información
• Resarcimiento daños y perjuicios dolo o culpa
• Legitimación
• Cualquier individuo (publicidad ilícita afectado o interés legítimo)
• Asociaciones si se afecta a los intereses de sus miembros
• Intereses generales o difusos
- Autoridades de Consumo
- Asociaciones de Consumidores (nacionales o europeas)
- Ministero Fiscal
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8. Acciones específicas competencia desleal (y II)
• Prescripción
• 1 año desde que el legitimado tuvo conocimiento
• Plazo máximo de 3 años desde fin conducta
• Posibilidad de diligencias preliminares
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