Este documento define los monumentos naturales como formaciones físicas o biológicas que tienen un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico. También incluye las formaciones geológicas o fisiológicas que constituyen el hábitat de especies amenazadas, así como sitios y zonas naturales que tienen un valor científico o de conservación. Finalmente, establece que los animales, plantas, territorios y conjuntos que representan valores universales para la protección de especies en peligro de extinción