1. EL MALTRATO A MENORES Y LA
RESPUESTA EDUCATIVA
Tipos de Maltrato
INMACULADA ESTÉVEZ IGLESIAS.
EL DESARROLLO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA
2. ÍNDICE
0.- INTRODUCCIÓN
1.- ¿QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL?
2.- TIPOS DE MALTRATO INFANTIL
3.- INDICADORES DEL MALTRATO INFANTIL
3.1.- EN EL NIÑO
3.2.- EN LOS PADRES Y/O CUIDADORES
4.- CLASIFICACIÓN DEL MALTRATO EN CUANTO A SU GRAVEDAD
4.1. SITUACIÓN DE RIESGO
4.2. SITUACIÓN DE DESAMPARO
5.- RESPUESTA EDUCATIVA.
6.- PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EDUCATIVA.
3. 0.- INTRODUCCIÓN
En la actualidad se acepta que el maltrato es un fenómeno complejo, que
surge como resultado de la interacción entre muchos y muy variados
factores, procedentes de los distintos contextos en los que se desenvuelve
el menor.
FACTORES O CONDICIONES DE RIESGO
A) Características de los padres: algunas de las características que se
encuentran con mayor frecuencia en padres maltratadores son:
• Baja tolerancia a la frustración.
• Aislamiento social.
• Falta de habilidades parentales.
• Sentimientos de incapacidad o incompetencia como padres.
• Expectativas no realistas con los hijos
B) Características del niño: educar y cuidar a menores con
determinadas enfermedades, bajo peso y/o prematuridad, bajo o excesivo
nivel de actividad o problemas de comportamiento puede hacer aumentar
el estrés familiar y dificultar las respuestas adecuadas.
4. C) Aspectos sociales y económicos: las condiciones de trabajo y
económicas (desempleo, falta de dinero, insatisfacción y tensión laboral),
falta de apoyo social o de relación con otros contextos.
Por si solas, las condiciones económicas no parecen tener un impacto
significativo en el desarrollo de los niños, pero el estrés y la escasa calidad
de vida producidos por situaciones de pobreza y marginación social suponen
unas condiciones de interacción familiar poco beneficiosas para su desarrollo.
D) Contexto social y cultural de la familia: los aspectos que pueden
afectar a la protección de la infancia son los valores y creencias de la
sociedad en cuanto a la violencia, la infancia, la familia, la mujer y hacia el
castigo físico en la educación.
Es importante tener en cuenta que ninguno de los factores de riesgo provoca
necesaria ni automáticamente el maltrato infantil.
Las relaciones entre dichos factores y el deterioro de la atención que se
proporciona a los niños son de probabilidad y no de certeza absoluta.
5. 1.- ¿QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL?
Algunas de las definiciones de maltrato infantil más utilizadas y que
generan mayor consenso son:
“Toda violencia, perjuicio o abuso físico o
mental, descuido o trato negligente,
malos tratos o explotación, mientras que
el niño se encuentre bajo la custodia de
sus padres, de un tutor o de cualquiera
otra persona que le tenga a su cargo.”
Convención de los Derechos de los Niños de
Naciones Unidas (Ratificada por España el 30
de Noviembre de 1990). Art. 19
6. “El Maltrato Infantil es cualquier
acto por acción u omisión, realizado
por individuos, por instituciones o
por la sociedad en su conjunto y
todos los estados derivados de
estos actos o de su ausencia que
priven a los niños de su libertad o
de sus derechos correspondientes
y/o dificulten su óptimo desarrollo”.
(Centro Internacional de la Infancia de
París)
Desde una teoría basada en la consideración de las necesidades de la
infancia son muchos los autores que definen el maltrato infantil “como la
no satisfacción de las diferentes necesidades infantiles” (ADIMA,
1993)
7. 2.- TIPOS DE MALTRATO.
• MALTRATO FÍSICO: Acción no accidental de
algún adulto que provoca daño físico o enfermedad
en el niño, o que le coloca en grave riesgo de
padecerlo.
• ABANDONO FÍSICO: Situación en la que las
necesidades físicas básicas del menor (alimentación,
higiene, seguridad, atención médica, vestido,
vigilancia …), no son atendidas adecuadamente,
temporal o permanentemente, por ningún adulto del
grupo que convive con él.
• ABUSO SEXUAL: Cualquier clase de placer sexual
con un niño, por parte de un adulto, desde una
posición de poder o autoridad. Puede ser que exista
un contacto físico (en forma de penetración o
tocamientos) o puede utilizarse al niño como objeto
de estimulación sexual.
8. • MALTRATO EMOCIONAL: conductas de los padres o cuidadores, tales
como insultos, rechazos, amenazas, humillaciones, desprecios, burlas,
aislamiento, atemorización, etc, que causen o puedan causar deterioro en
el desarrollo emocional, social o intelectual del niño.
• ABANDONO EMOCIONAL: situación en la que el niño no recibe el
afecto, ni la estimulación, el apoyo y protección necesarios en cada estadio
de su evolución, lo que inhibe su desarrollo óptimo. Existe una falta de
respuesta por parte de los padres o cuidadores a las expresiones
emocionales del niño (llanto, sonrisa…) o a sus intentos de aproximación o
interacción.
• SÍNDROME DE MÜNCHHAUSEN POR PODERES: los padres o
cuidadores someten al niño a continuas exploraciones médicas, suministro
de medicamentos o ingresos hospitalarios, alegando síntomas ficticios o
generados de manera activa por el adulto (por ejemplo mediante la
administración de sustancias al niño).
9. • MALTRATO INSTITUCIONAL: cualquier legislación, procedimiento,
actuación u omisión procedente de los poderes públicos, o bien derivada
de la actuación individual del profesional, que comporte abuso,
negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el
bienestar físico, la correcta maduración, o que viole los derechos básicos
del niño y/o la infancia.
• EXPLOTACIÓN LABORAL: cualquier forma de utilización de niños para
obtener beneficio, que implique explotación económica y el desempeño
de cualquier actividad que dificulte su educación
En la realidad los distintos tipos de maltrato se suelen dar de forma
solapada.
Las conductas extremas de maltrato no aparecen de repente, vienen
precedidas de otras que se van incrementando paulativamente.
10. El niño no sabe defenderse ante las
agresiones de los adultos, no pide ayuda,
esto lo sitúa ante una posición vulnerable
ante un adulto agresivo y/o negligente.
Los niños que sufren maltrato tienen
múltiples problemas en su desarrollo
evolutivo, déficits emocionales,
conductuales y socio-cognitivos que le
imposibilitan un desarrollo adecuado de su
personalidad. De ahí la importancia de
detectar cuanto antes el maltrato y buscar
una respuesta adecuada que ayude al niño
en su desarrollo evolutivo.
3.- INDICADORES DEL MALTRATO INFANTIL
Exponemos una serie de indicadores que nos pueden ayudar en la
observación, sin embargo hay que tener en cuenta que por sí solos no son
suficientes para demostrar la existencia de maltrato sino que además
debemos considerar la frecuencia de las manifestaciones, cómo, dónde y
con quién se producen.
Algunos de los indicadores que se pueden dar son:
11. En el niño
Señales físicas repetidas
Falta de higiene, ropa inadecuada, etc.
Cansancio o apatía permanente.
Cambio significativo en la conducta escolar
sin motivo aparente.
Conductas agresivas y/o rabietas severas y
persistentes.
Relaciones hostiles y distantes.
Actitud hipervigilante (en estado de alerta,
receloso ..)
Conducta sexual explícita, conocimientos
inapropiados para su edad.
Niño que evita ir a casa o que después del fin
de semana vuelve peor.
Presentas dolores frecuentes sin causa
aparente.
Falta a clase de forma reiterada sin
justificación.
Retrasos en el desarrollo físico, emocional e
intelectual.
Presenta conductas antisociales.
Falta de cuidados médicos básicos
En los padres y/o cuidadores
Despreocupación y pasividad por el niño.
No acuden nunca a las citas y reuniones
del centro educativo.
Desprecian y desvalorizan al niño en
público.
Sienten a su hijo como una “propiedad”.
Recogen y llevan al niño al colegio sin
permitirle contactos sociales.
Expresan dificultades en su matrimonio.
Abusan de substancias tóxicas (alcohol
y/o drogas).
Trato desigual entre los hermanos.
No justifican las ausencias a clase de sus
hijos.
Justifican la disciplina rígida y autoritaria.
Ofrecen explicaciones ilógicas,
contradictorias no convincentes o bien no
tiene explicación.
Son celosos y protegen
desmesuradamente al niño.
Habitualmente utilizan una disciplina
inapropiada para la edad del niño.
12. 4.- CLASIFICACIÓN DEL MALTRATO EN CUANTO A SU
GRAVEDAD
A) SITUACIÓN DE RIESGO: aquella en la que, a causa de circunstancias,
carencias o conflictos familiares, sociales o educativos, el menor se vea
perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su
bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad
o persistencia que fundamentaría su declaración de situación de desamparo y
la asunción de tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la
administración pública competente, para eliminar, reducir o compensar las
dificultades o inadaptación que le afectan y evitar su desamparo y exclusión
social, sin tener que ser separado de su entorno familiar.
B) SITUACIÓN DE DESAMPARO: aquella que se produce a causa del
incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de
protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando
estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material. Estos
casos se caracterizan porque la gravedad de los hechos aconseja la
separación del menor de la familia
13. 5.- RESPUESTA EDUCATIVA.
Los centros educativos son un contexto idóneo para la detección de
situaciones de riesgo y/o sospecha de malos tratos, así como para ofertar a
los padres modelos educativos, pautas de crianza, información sobre
características evolutivas. Además son un valioso elemento de compensación
de desigualdades y en suma como instrumento de prevención de la
desprotección infantil.
El profesorado se encuentra en una posición privilegiada para detectar
situaciones de riesgo, por la cantidad de horas que comparte con sus
alumnos. Además, conoce el entorno familiar, tanto a través de los propios
niños como de las relaciones que establecen con las familias.
Los centros docentes juegan un papel relevante en la detección,
notificación y colaboración en los programas de intervención ante posible
riesgo y/o sospecha de maltrato infantil en el entorno familiar. Además de
una actuación clave como es la prevención.
14. 6.- PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EDUCATIVA ANTE
POSIBLE RIESGO Y/O SOSPECHA DE MALTRATO
INFANTIL EN EL ENTORNO FAMILIAR.
La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León ha establecido
en su protocolo de intervención las siguientes fases:
1.- DETECCIÓN Y VALORACIÓN
A) Sospecha de riego o malos tratos.
B) Valoración y toma de decisiones del Equipo Directivo
2.- NOTIFICACIÓN E INTERVENCIÓN
A) Notificación
B) Intervención educativa desde el Centro
3.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN
15. 1.- DETECCIÓN Y VALORACIÓN
A) Sospecha de riego o malos tratos: puede partir del tutor, de otro
profesor, o de otro miembro de la comunidad educativa. Se puede
conocer o tener sospecha de las situaciones de riesgo y/o maltrato por
distintas vías:
• Signos o lesiones físicas observadas.
• Porque el alumno lo cuenta directamente a algún profesional del
centro o a otro compañero.
• Por los comportamientos desajustados del alumno o por los
cambios observados en él.
• Por la presencia de otros indicadores y/o interacciones
observadas a lo largo del tiempo.
La comunicación, por escrito, pone en conocimiento del equipo directivo
de las sospechas que existan sobre riesgo y/o malos tratos a un alumno
con el objetivo de que desde éste y junto con el Departamento de
Orientación se coordine la notificación de la situación detectada. Esto no
supone una denuncia al “posible o posibles maltratadores”
16. 1.- DETECCIÓN Y VALORACIÓN
B) Valoración y toma de decisiones del equipo directivo.
Para la valoración de la posible situación de maltrato, se tendrá en
cuenta toda la información de la que dispone el tutor, las aportaciones de
otros docentes y otros aspectos de interés que puedan ser
proporcionados por el equipo directivo, el departamento de orientación u
otros profesionales. Con toda la información se determinará el tipo de
actuaciones a seguir que serán recogidas en un “Acta de toma de
decisiones”
17. 2.- NOTIFICACIÓN E INTERVENCIÓN
A) Notificación: En este proceso pueden darse dos posibilidades:
1. Actuación inmediata: cuando existan indicadores de maltrato o
explotación que ponen en peligro la integridad y bienestar del
alumno. En estos casos se comunicará de forma telefónica a las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Sección de Protección a la
Infancia y Fiscalía y si fuera necesario al Servicio de Emergencia
(112)
2. Actuación ordinaria: cuando no sean necesarias actuaciones
inmediatas se comunicará al Centro de Acción Social (CEAS) u Equipo
de Apoyo a la Familias (EAF) que corresponda y se iniciará un
Programa de Intervención Familiar.
Si no existen suficientes indicios se iniciará un proceso de recogida
de información realizado preferente por el Equipo Directivo y
Departamento de Orientación.
En ambos tipos de actuación se informará a la Inspección Educativa
18. B) Intervención educativa desde el Centro
1. Actuaciones preventivas: ofreciendo mecanismos de formación
que ayuden a desarrollar contenidos, habilidades y competencias
para fomentar el “buen trato”.
2. Coordinación con otros servicios (CEAS, Sanidad,
Asociaciones…): se establecerán cauces de colaboración para
intercambiar información relevante sobre el ambiente socio-familiar,
los programas iniciados, etc., que permitan sentar las bases de una
intervención colaborativa basada en el interés del alumno.
3. Recogida de información/observación: cuando no hay evidencias
claras de maltrato pero si hay sospecha de padecer posibles
situaciones de riesgo, el Departamento de Orientación en
colaboración con el equipo docente profundizará en la recogida de
información sobre la situación del alumno. Esta información será de
gran utilidad para la elaboración de un Plan de Intervención en el
centro.
4. Recursos de apoyo para la intervención con el alumnado: para
poner en práctica con el alumnado en general cara a la sensibilización
sobre el “buen trato”.
El equipo directivo junto con el equipo docente que imparta clase al alumno y el
Orientador analizarán las conclusiones, la situación actual del caso, medidas de
intervención desde el centro educativo y si fuera necesario notificación del caso.
Las conclusiones serán comunicadas al servicio de Inspección de la Dirección
Provincial de Educación.
19. Dentro de los cauces de colaboración los
distintos servicios y/o instituciones
devolverán al centro educativo aquella
información relevante.
El centro colaborará en el Plan de
Intervención Familiar (PIF) diseñado por los
servicios sociales. Para ello habrá un
intercambio de información, y si fuera
necesario se trasladará al equipo docente,
con las cautelas necesarias, las medidas
educativas que en él se hayan contemplado
con la finalidad de conseguir algunos
objetivos educativos
3.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN