2. • Art 195.- Para rebasar o adelantar a otros
vehículos se lo hará siempre por la izquierda, y
por la derecha solo en los siguientes casos:
1. En vías de dos o más carriles de circulación en
el mismo sentido; y,
2. Para evitar un accidente inminente.
3. • Art. 196.- Para rebasar o adelantar el
conductor debe fijarse en lo siguiente:
• 1.Asegurarse de que exista espacio suficiente.
• 2.Cerciorarse de que las señales no lo
prohíban
• 3.Verificar que no existan vehículos en el
campo visual anterior y posterior que
dificulten la maniobra.
• 4.Hacerlo por la izquierda
4. • 5.- Señalizar con luces direccionales, o
manuales
• 6. Una vez realizado el adelantamiento, debe
incorporarse al carril de la derecha tan pronto
sea posible.
5. • Art 197.- El conductor de un vehículo al que se
intente rebasar o adelantar deberá conservar
su derecha y no aumentar la velocidad de su
vehículo
6. • Art 198.- Los conductores deben abstenerse
de adelantar a vehículos que se hubieren
detenido en zonas de paso peatonales o que
circulen en curvas , intersecciones, túneles o
para adelantar a otro vehículos que circulen a
la velocidad máxima permitida.
7. • Art 199.-Los conductores deben abstenerse de
adelantar cuando encuentren transportes
escolares que estén realizando el ascenso o
descenso de pasajeros
9. • Art. 200.- Se define como derecho de vía o
preferencia de paso, la que tiene un vehículo
respecto a otros vehículos y peatones; y
viceversa.
10. • Art 201.- En las intersecciones donde no
existan semáforos señales de pare o ceda el
paso los conductores observarán lo siguiente:
• 1.-Cuando el conductor llegare a una
intersección, deberá ceder el derecho de vía al
vehículo que se encuentre cruzando la
intersección
11. 2.- Cuando los vehículos llegaren
simultáneamente a una intersección, tiene el
derecho de vía el que se aproxime por la
derecha
12. • 3.- Los peatones tienen derecho de vía una
vez que han iniciado el cruce de la calzada por
los sitios establecidos.
13. • Art.- 202.- En las intersecciones en T donde no
existen señales de pare o ceda el paso, el
conductor que se aproxima por la vía que se
termina, debe ceder el paso a los vehículos
que se aproximen por la derecha o por la
izquierda.
14. • Art 203.- Todo conductor que se aproxime
a las intersecciones con señales de tránsito de
pare o ceda el paso, debe dar preferencia a los
vehículos que se acerquen por la izquierda o
derecha.
15. • Art 204.- Todo conductor debe ceder el paso a
los vehículos que se encuentren circulando
dentro de los redondeles
16. • Art.- 205.- En vías de un solo carril cuando dos
o más vehículos circulen en direcciones
opuestas y estuvieren próximos a cruzarse, los
que circulen de bajada, se detendrán hasta
que circulen los de subida.
17. • Art. 206.- Los conductores que circulan por
una vía principal, tienen preferencia respecto
de los que circulan por vías secundarias.
18. • Art 207.- El conductor que se aproxime a un
puente o calzada angosta en donde la
circulación permita el paso de un solo
vehículo, tendrá preferencia de vía el vehículo
que ingresa primero al puente o paso, los
otros esperarán a su costado derecho hasta
que el vehículo termine de cruzar
19. • Art 208.- Cuando una vía sea más amplia o
tenga mayor circulación vehicular, tendrán
preferencia de paso los vehículos que
transiten por estas vías, además las calles
asfaltadas tendrán preferencia sobre las que
no lo estén
20. • Art. 209.- Los conductores de vehículos de
cuatro o más ruedas deben respetar las
preferencias que tienen los motociclistas y
ciclistas.
21. • Art. 210.- Los conductores que realicen virajes
pierden automáticamente la preferencia de
paso, y efectuarán la maniobra después de
que circulen los otros vehículos.
22. • Art. 211.- En las intersecciones donde no
existan semáforos o zonas peatonales, los
conductores deben dar preferencia al paso de
los peatones.
23. • Art. 212.- Cuando el conductor tenga que
cruzar la acera para entrar o salir de un
estacionamiento, deberá respetar la
preferencia de paso a los peatones, ciclistas.
24. • Art. 213.- En vías reguladas por semáforos que
indiquen luz roja, el conductor podrá virar
hacia la derecha tomando las debidas
precauciones necesarias.