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PROGRAMAS EUROPEOS DE JUVENTUD
15-18 de marzo de 2016
CREFES Valladolid
Marco europeo de las política de juventud.
• Antecedentes Unión Europea
• Juventud en los Tratados
• Juventud: de los intercambios
a la cooperación política
• Estrategia 2020: Juventud en Movimiento
• Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud 2010-2018
• II Guerra Mundial
• Proyecto Político
• Proyecto por fases
«No coaligamos Estados, unimos hombres». Jean Monnet
«Europa no se hará de golpe, ni en una obra de conjunto, se hará por medio
de realizaciones concretas, que creen, en primer lugar, una solidaridad de
hecho». Declaración Schuman. 9 de Mayo de 1950.
• 1951, Comunidad Europea del Carbón y el Acero, la CECA
• 1957, Tratados de Roma por los que se creaba la Comunidad Económica
Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica
(EURATOM).
Antecedentes UE
Juventud en los Tratados
• Tratados de Roma no mencionaban casi
la educación (1957) (FP).
• Tratados de Maastricht (1993). (artículos 149
y 150).
• El Tratado de Ámsterdam (1997codecisión).
• Tratado de Lisboa (2007)
Principio de subsidiariedad
Artículo 149 (actual 165 TFUE )
“La Comunidad contribuirá al desarrollo de
una educación de calidad fomentando la
cooperación entre los Estados miembros y, si
fuere necesario, apoyando y completando la
acción de éstos en el pleno respeto de sus
responsabilidades en cuanto a los contenidos
de la enseñanza y a la organización del
sistema educativo, así como de su diversidad
cultural y lingüística.”
Juventud en los Tratados
Artículo 149.2 La acción de la Comunidad se encaminará a:
favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de
animadores socioeducativos;
Lisboa. Artículo 165.2. La acción de la
Comunidad se encaminará a:
favorecer el incremento de los intercambios de
jóvenes y de animadores socioeducativos, y
fomentar la participación de los jóvenes en la
vida democrática de Europa,
Juventud en los Tratados
Años 90. Inicio de los
programas actuales:
• Socrates (1995 inicio)
• Leonardo (1995 inicio)
• Primeras acciones de
Juventud
(JcE1988/SVE1996)
2000-2006 Consolidación de los
programas
• Socrates (Educación
académica).
• Leonardo (Educación
profesional)
• Juventud (educación no formal)
2007-2013 Integración de los programas y presupuestos.
LLL: Programa de aprendizaje permanente
Juventud en Acción
Juventud: de los intercambios
a la cooperación política
2014-2020 Erasmus +
Juventud: de los intercambios
a la cooperación política
Libro Blanco, 21 de noviembre de 2001
“un nuevo impulso para la juventud europea”
• ¿Qué es un Libro Blanco?
– Documento de la Comisión europea
– Define una política específica
– Propone acciones concretas
– Puede volverse en un programa de acción si está
aprobado por el Consejo
• El Libro Blanco sobre la juventud:
– Establece un balance de la situación de la
población joven europea
– Propone un nuevo marco de cooperación
europea
Juventud: de los intercambios
a la cooperación política
Adopción CM Junio de 2002
Objetivos MAC 2002-2009
• la participación,
• la información,
• el voluntariado de los jóvenes,
• el mejor conocimiento del ámbito de la
juventud
Juventud: de los intercambios
a la cooperación política
Método abierto de coordinación (MAC). Junio de 2002
– Publicación y adopción de 14 objetivos comunes en 2003 y
2004
– - Desarrollo y evaluación hasta 2009
La mejor consideración de la juventud en las otras
políticas
Pacto Europeo para la Juventud en marzo de 2005 por el CE
3 líneas de actuación:
– El empleo, la integración y la promoción social
– La educación, la formación y la movilidad
– La conciliación entre actividad profesional y familiar
Artículo 149 TCE
Autoriza la UE a fomentar la cooperación entre los Estados en el ámbito de la juventud

Libro Blanco “Un nuevo impulso para la juventud europea” (2001)
Propone un nuevo marco de cooperación
 
Aplicación del método abierto de
coordinación (2002)
Adopción de 14 objetivos comunes
relativos a 4 prioridades: participación,
información, voluntariado de los jóvenes y
mejor conocimiento del ámbito de la
juventud.
Transversalidad en las otras políticas
Adopción del Pacto Europeo para la
Juventud (2005) . La dimensión juvenil
está incluida en la estrategia de Lisboa y
se vuelve en una prioridad para la UE.
Marco renovado para la cooperación 2010-2018
CRISIS 2008
2009-2013
• Entrada en vigor del Tratado de Lisboa
• Crisis del euro
• Desarrollo de la globalización
• Aceleración tecnológica
• Cambios sustanciales en el mercado de
trabajo
• Necesidad de una mayor integración
• Jóvenes menores de 25 años el grupo de población
activa mas castigado por la crisis
•1 de cada 5 jóvenes europeos están parados
• 45% de los jóvenes están empleados con contratos
temporales
• En 2020 la mitad de los empleos de la UE dependerán
de cualificaciones de grado medio
• Grandes disparidades entre EEMM
Un poco de estadística
Las respuestas
• Estrategia Europa 2020
• Marco estratégico para la cooperación
europea en el ámbito de la educación y la
formación (ET 2020),
• Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud (2010-2018)
Programas como Erasmus + son herramientas
para el desarrollo de éstas estrategias
Articulo 4. Objetivo general del Programa
• a) los objetivos de la Estrategia Europa 2020, incluido el
objetivo principal sobre educación;
• b) los objetivos del Marco estratégico para la
cooperación europea en el ámbito de la educación y
la formación (ET 2020), con los correspondientes indicadores
de referencia;
• c) el desarrollo sostenible de países asociados en el campo de
la educación superior;
• d) los objetivos globales del Marco renovado para la
cooperación europea en el ámbito de la juventud
(2010-2018)
• e) el objetivo del desarrollo de la dimensión europea en el deporte,
en particular el deporte de base, en consonancia con el Plan de
Trabajo de la Unión para el Deporte; así como
• f) la promoción de los valores europeos, de conformidad con el
artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa
«Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión
“El Programa está concebido para tener unos efectos
positivos y sostenibles sobre las políticas y prácticas en
materia de educación, formación, juventud y deporte.
Estos efectos sistémicos deben lograrse a través de diversas
acciones y actividades previstas en el Programa, cuyo
objetivo es promover cambios en el ámbito institucional que
conduzcan, en su caso, a una innovación del sistema.
No se requiere a los proyectos individuales que solicitan
apoyo financiero al Programa que tengan unos efectos
sistémicos por sí solos. Es el resultado acumulativo de estos
proyectos el que debe contribuir a la consecución de los
efectos sistémicos.”
REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO
de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de
educación, formación, juventud y deporte de la Unión
Artículo 11. Objetivos específicos
a) Mejorar el nivel de competencias y de capacidades
fundamentales de los jóvenes reforzando los vínculos entre el
ámbito de la juventud y el mercado de trabajo.
b) Promover mejoras en la calidad del trabajo en el ámbito de la
juventud, en particular mediante una mayor cooperación entre
las organizaciones del ámbito de la juventud y otras partes
interesadas.
c) Complementar las reformas de las políticas en las esferas local,
regional y nacional, y apoyar el desarrollo de una política de la
juventud basada en el conocimiento y la experiencia, así como el
reconocimiento del aprendizaje no formal e informal
d) Potenciar la dimensión internacional de las actividades juveniles
en complementariedad con la acción exterior de la Unión
REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa
«Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión
Tasa de empleo del 75% para población de 20 a 64
años
Inversión del 3% del PIB de la UE en I+D
“20/20/20” objetivos climáticos (emisiones: -20%, renovables:
20%, ahorro energético de 20%)
Abandono escolar inferior al 10 % y al menos el
40 % de la generación más joven con estudios
superiores completos
Reducir en 20 millones las personas que viven
por debajo del umbral de pobreza nacional
Objetivos estrategia 2020
Juventud en movimiento
• Una de las siete iniciativas insignias de la UE 2020.
• Iniciativa de políticas en primer lugar, con el apoyo
de programas.
• El objetivo es mejorar el rendimiento de los sistemas
educativos y facilitar la incorporación de los jóvenes
al mercado laboral.
• Participación de los jóvenes y las actividades no
formales de aprendizaje son herramientas clave,
junto con la movilidad.
Objetivos estrategia 2020
Juventud en movimiento
10 acciones principales
• 1.- sitio web dedicado a Juventud en Movimiento que
proporcionaba un punto de acceso único a información sobre
las oportunidades de estudiar o adquirir experiencia laboral en
otros países, con asesoramiento sobre becas de la UE y
derechos individuales.
2.- «Tu primer trabajo EURES», proporciona asesoramiento, ayuda
a buscar empleo y da ayuda financiera a los jóvenes que busquen
empleo y deseen trabajar en otro país, así como a las empresas,
en particular a las pequeñas y medianas.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
3.- Un marcador de
movilidad efectuará una
evaluación comparativa y
medirá los avances hacia
la eliminación de los
obstáculos jurídicos y
técnicos para la
movilidad en la
formación.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
4.- Un instrumento europeo de préstamo a
estudiantes en cooperación con Banco Europeo de
Inversiones para ayudar a los que deseen estudiar o
formarse en el extranjero (Erasmus +)
5.- un sistema pluridimensional de clasificación de
universidades a escala mundial que facilite una
imagen de los resultados de la enseñanza superior
más completa y realista que la que ofrecen las
clasificaciones existentes.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
6.- Una tarjeta de Juventud en Movimiento, que ofrece
ventajas y descuentos a los jóvenes.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
7.- Un nuevo Monitor Europeo de Ofertas de Empleo
proporciona a quienes buscan trabajo y a los asesores
en materia de empleo un sistema de información sobre
la demanda del mercado laboral en toda Europa.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
8.- Instrumento Europeo de Microfinanciación
Progress proporcionará ayuda financiera para que los
jóvenes empresarios establezcan o desarrollen su
negocio.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
9.- Animará a los
Estados miembros a
introducir una Garantía
Juvenil para asegurarse
de que todos los jóvenes
estén trabajando,
formándose o
adquiriendo experiencia
laboral en un plazo de
seis meses después de
salir de la escuela.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
La Comisión propone un
Pasaporte Europeo de
Capacidades basado en el
Europass (currículum vítae
europeo en línea) que
permita registrar las
capacidades de forma
transparente y comparable.
Juventud en movimiento
10 acciones principales
Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud 2010-2018)
Objetivos generales:
i)crear más oportunidades, y en condiciones de
igualdad, para todos los jóvenes en la educación y
en el mercado de trabajo, y
ii) promover la ciudadanía activa, la inclusión social
y la solidaridad de todos los jóvenes.
Resolución del Consejo de 27 de noviembre de 2009
Principales ámbitos de acción en los que
deben adoptarse iniciativas :
• Educación y formación
• Empleo y espíritu empresarial
• Salud y bienestar
• Participación
• Actividades de voluntariado
• Inclusión social
• La juventud y el mundo
• Creatividad y cultura.
Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud 2010-2018)
• Iniciativas especificas (aprendizaje no
formal, participación, voluntariado,
movilidad, información y trabajo con
jóvenes)
• Iniciativas de integración (planteamiento
intersectorial en el marco de la estrategia
2020 y agenda social renovada)
Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud 2010-2018)
Ciclos de trabajo: series de ciclos trienales,
Prioridades. Varias prioridades para cada uno
de los ciclos adoptadas por el Consejo
basándose en el informe Consejo-Comisión
Instrumentos de aplicación (políticas basadas
en datos, P2P, Informes de progreso,
DEOR, supervisión e indicadores, consulta
y dialogo estructurado, movilización de los
programas y fondos UE y Estados
Marco renovado para la cooperación europea
en el ámbito de la juventud 2010-2018)
Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los
Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa a un Plan de
Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018
Prioridades:
• A. una mayor inclusión social de todos los jóvenes, teniendo en
cuenta los valores subyacentes de Europa;
• B. una mayor participación de todos los jóvenes en la vida
democrática y cívica de Europa;
• C. una transición más fácil para los jóvenes de la juventud a la
vida adulta, en particular en lo que respecta a la integración en el
mercado de trabajo.
• D. apoyo a la salud y el bienestar de los jóvenes, incluida la salud
mental;
• E. contribución para abordar los desafíos y las oportunidades de
la era digital para los jóvenes, la política de juventud y el trabajo
en el ámbito de la juventud.
• F. contribución para dar respuesta a las oportunidades y los
desafíos que plantea el creciente número de migrantes y
refugiados jóvenes en la Unión Europea.
Youth - milestones•
Nuevas
Comunicaciones
2007-2008 Pacto Europeo
Juventud
2005
Libro Blanco
2001
Juventud
(2000-2006)
SVE
1996
Juventud por
Europa
1988
Juventud en Acción
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Tratado de Maastricht
1993
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2009-2010
Nuevo Marco
Renovado
2010-2018
•Invertir y
•Potenciar (2009)
Juventud en
Movimiento
2010
Marco abierto
de coordinación
2002
ERASMUS +
Garantía Juvenil
Erasmus para jóvenes emprendedores
El objetivo del programa es promover cambios en
el ámbito institucional que conduzcan, en su caso,
a una innovación del sistema, que permita
hacer frente a los retos planteados.
No se requiere a los proyectos individuales que
solicitan apoyo financiero al Programa que tengan
unos efectos sistémicos por sí solos. Es el
resultado acumulativo de estos proyectos el que
debe contribuir a la consecución de los efectos
sistémicos.”
CONCLUSIÓN
PRIORIDADES
Para recibir subvención, los proyectos deberán trabajar una o
más de las prioridades del Programa, que son las siguientes :
➢ Promover la inclusión social de los jóvenes y su bienestar, en
especial luchando contra el desempleo juvenil.
➢ Promover estilos de vida saludables entre los jóvenes.
➢ Aumentar la conciencia de ciudadanía europea.
➢ Desarrollar competencias básicas y transversales como el
emprendedurismo, el manejo de nuevas tecnologías de la
información y el multilingüismo.
➢ Reforzar el uso de las TIC en el trabajo juvenil y en la educación
no-formal.
➢ Promover las herramientas de la Unión para el reconocimiento
de las cualificaciones y la transparencia.
La innovación puede ser definida como “cualquier
cambio basado en el conocimiento que genere valor”.
Cuando hablamos de INNOVACIÓN SOCIAL estamos
buscando que esos cambios contribuyan a construir
una SOCIEDAD MÁS VALIOSA para todos.
CONCLUSIÓN
José Luis Gutierrez
gutperjo@jcyl.es
Referencias documentales
• Informe conjunto de 2012 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del
marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-
2018)
• Conclusiones del Consejo sobre la inclusión social de los jóvenes que no trabajan
ni siguen estudios ni formación
• Reglamento (UE) n ° 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
diciembre de 2013 , por el que se crea el programa «Erasmus+» , de educación,
formación, juventud y deporte de la Unión
• Iniciativa de Oportunidades para la Juventud Resolución del Parlamento Europeo,
de 24 de mayo de 2012 , sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud
• Conclusiones del Consejo sobre la maximización del potencial de la política de la
juventud a la hora de perseguir los objetivos de la Estrategia Europa 2020
• Conclusiones del Consejo sobre la contribución de un trabajo de calidad en el
ámbito de la juventud al desarrollo, bienestar e inclusión social de los jóvenes
• Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013 , sobre el establecimiento de
la Garantía Juvenil
• Conclusiones del Consejo, de 11 de mayo de 2012 , «Impulsar el potencial creativo
e innovador de los jóvenes»
• Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre el acceso
de los jóvenes a la cultura
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los
Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al fomento de
formas de participación nuevas y efectivas de todos los jóvenes en la vida
democrática de Europa
• Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los
Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al diálogo
estructurado con los jóvenes en torno al empleo de los jóvenes
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los
Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al panorama
del diálogo estructurado con los jóvenes en torno a la participación de los
jóvenes en la vida democrática en Europa
• Juventud en Movimiento - Un marco para la mejora de los sistemas de
educación y formación en Europa Resolución del Parlamento Europeo, de
12 de mayo de 2011 , sobre Juventud en Movimiento – Un marco para la
mejora de los sistemas de educación y formación en Europa
Referencias documentales
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros,
reunidos en el seno del Consejo, de 20 de noviembre de 2008 , relativa a la salud y al bienestar de
los jóvenes
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros,
reunidos en el seno del Consejo, de 16 de mayo de 2007 , sobre el cumplimiento de los objetivos
comunes para las actividades de voluntariado juvenil
• Libro Verde - Fomentar la movilidad en la formación de los jóvenes
• Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social
Europeo y al Comité de las Regiones - Una estrategia de la UE para la juventud : inversión y
capacitación - Un método abierto de coordinación renovado para abordar los desafíos y las
oportunidades de los jóvenes
• COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ
ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Juventud en Movimiento Una
iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente,
sostenible e integrador en la Unión Europea
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros,
reunidos en el seno del Consejo, sobre trabajo en el ámbito de la juventud
• Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre la iniciativa Juventud en movimiento
— un enfoque integrado como respuesta a los desafíos con los que se enfrentan los jóvenes
Referencias documentales
• Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en
el seno del Consejo, sobre la aplicación del Pacto Europeo para la Juventud
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el
seno del Consejo, «Responder a las expectativas de los jóvenes en Europa — Aplicación del Pacto europeo
para la juventud y promoción de la ciudadanía activa»
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el
seno del Consejo, sobre la aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los
jóvenes a fin de promover su ciudadanía europea activa
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el
seno del Consejo, de 22 de mayo de 2008 , sobre la participación de los jóvenes con menos oportunidades
• Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en
el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 , sobre las futuras perspectivas de la cooperación europea en
el ámbito de la política de juventud
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el
seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 — Crear la igualdad de oportunidades para la plena
participación de todos los jóvenes en la sociedad
• Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en
el seno del Consejo, de 16 de noviembre de 2007 , relativas a un enfoque transversal de la política de
juventud que permita a los jóvenes desarrollar su potencial y participar activamente en la sociedad
• Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en
el seno del Consejo, el 21 de noviembre de 2008 , sobre la movilidad de los jóvenes
• Recomendación del Consejo, de 20 de noviembre de 2008 , sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios
en la Unión Europea
Referencias documentales
• Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la
juventud europea». Propuesta de objetivos comunes para un mayor entendimiento y conocimiento
de la juventud, en respuesta a la Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de
cooperación europea en el ámbito de la juventud
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos
en Consejo, de 24 de mayo de 2005, relativa a la aplicación de los objetivos comunes en materia de
información de los jóvenes
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos
en el seno del Consejo, de 24 de mayo de 2005, relativa a la aplicación del objetivo común
«Aumentar la participación de los jóvenes en el sistema de la democracia representativa»
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos
en Consejo, sobre el balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea
en el ámbito de la juventud
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros,
reunidos en el seno del Consejo, sobre el reconocimiento del valor de la educación no formal e
informal en el ámbito de la juventud europea
• Comunicación de la Comisión al Consejo sobre políticas europeas relativas a la participación y la
información de los jóvenes - Seguimiento del Libro blanco «Un nuevo impulso para la juventud
europea»: Aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes a fin
de promover su ciudadanía europea activa
Referencias documentales
• Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del
Consejo de 14 de febrero de 2002 sobre el valor añadido del voluntariado juvenil en el marco del desarrollo de la
acción comunitaria en materia de juventud
• Documento de trabajo de los servicios de la Comisión - Informe analítico de las respuestas de los Estados
miembros a los cuestionarios de la Comisión sobre la participación y la información de los jóvenes
• Resolución del Consejo de 25 de noviembre de 2003 en materia de objetivos comunes relativos a la participación
y la información de los jóvenes
• Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Un nuevo impulso para la juventud
europea» - Objetivos comunes propuestos en materia de participación e información de los jóvenes a raíz de la
Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la
juventud
• Conclusiones del Consejo de 6 de mayo de 2003 sobre el futuro de las actividades para jóvenes en el contexto de
la nueva generación de programas
• Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud
europea»: balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea en el ámbito de la
juventud
• Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud
europea» - Propuesta de objetivos comunes para las actividades de voluntariado de los jóvenes, en respuesta a la
Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la
juventud
• Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la
cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018)
• Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno
del Consejo, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018
Referencias documentales
Garantía Juvenil
Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven
Plan de implantación de la Garantía Juvenil
Programa Operativo de Jóvenes del Fondo Social Europeo 2014-2020

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  • 1. PROGRAMAS EUROPEOS DE JUVENTUD 15-18 de marzo de 2016 CREFES Valladolid Marco europeo de las política de juventud.
  • 2. • Antecedentes Unión Europea • Juventud en los Tratados • Juventud: de los intercambios a la cooperación política • Estrategia 2020: Juventud en Movimiento • Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018
  • 3. • II Guerra Mundial • Proyecto Político • Proyecto por fases «No coaligamos Estados, unimos hombres». Jean Monnet «Europa no se hará de golpe, ni en una obra de conjunto, se hará por medio de realizaciones concretas, que creen, en primer lugar, una solidaridad de hecho». Declaración Schuman. 9 de Mayo de 1950. • 1951, Comunidad Europea del Carbón y el Acero, la CECA • 1957, Tratados de Roma por los que se creaba la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Antecedentes UE
  • 4. Juventud en los Tratados • Tratados de Roma no mencionaban casi la educación (1957) (FP). • Tratados de Maastricht (1993). (artículos 149 y 150). • El Tratado de Ámsterdam (1997codecisión). • Tratado de Lisboa (2007) Principio de subsidiariedad
  • 5. Artículo 149 (actual 165 TFUE ) “La Comunidad contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros y, si fuere necesario, apoyando y completando la acción de éstos en el pleno respeto de sus responsabilidades en cuanto a los contenidos de la enseñanza y a la organización del sistema educativo, así como de su diversidad cultural y lingüística.” Juventud en los Tratados
  • 6. Artículo 149.2 La acción de la Comunidad se encaminará a: favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de animadores socioeducativos; Lisboa. Artículo 165.2. La acción de la Comunidad se encaminará a: favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de animadores socioeducativos, y fomentar la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa, Juventud en los Tratados
  • 7. Años 90. Inicio de los programas actuales: • Socrates (1995 inicio) • Leonardo (1995 inicio) • Primeras acciones de Juventud (JcE1988/SVE1996) 2000-2006 Consolidación de los programas • Socrates (Educación académica). • Leonardo (Educación profesional) • Juventud (educación no formal) 2007-2013 Integración de los programas y presupuestos. LLL: Programa de aprendizaje permanente Juventud en Acción Juventud: de los intercambios a la cooperación política 2014-2020 Erasmus +
  • 8. Juventud: de los intercambios a la cooperación política Libro Blanco, 21 de noviembre de 2001 “un nuevo impulso para la juventud europea” • ¿Qué es un Libro Blanco? – Documento de la Comisión europea – Define una política específica – Propone acciones concretas – Puede volverse en un programa de acción si está aprobado por el Consejo • El Libro Blanco sobre la juventud: – Establece un balance de la situación de la población joven europea – Propone un nuevo marco de cooperación europea
  • 9. Juventud: de los intercambios a la cooperación política Adopción CM Junio de 2002 Objetivos MAC 2002-2009 • la participación, • la información, • el voluntariado de los jóvenes, • el mejor conocimiento del ámbito de la juventud
  • 10. Juventud: de los intercambios a la cooperación política Método abierto de coordinación (MAC). Junio de 2002 – Publicación y adopción de 14 objetivos comunes en 2003 y 2004 – - Desarrollo y evaluación hasta 2009 La mejor consideración de la juventud en las otras políticas Pacto Europeo para la Juventud en marzo de 2005 por el CE 3 líneas de actuación: – El empleo, la integración y la promoción social – La educación, la formación y la movilidad – La conciliación entre actividad profesional y familiar
  • 11. Artículo 149 TCE Autoriza la UE a fomentar la cooperación entre los Estados en el ámbito de la juventud  Libro Blanco “Un nuevo impulso para la juventud europea” (2001) Propone un nuevo marco de cooperación   Aplicación del método abierto de coordinación (2002) Adopción de 14 objetivos comunes relativos a 4 prioridades: participación, información, voluntariado de los jóvenes y mejor conocimiento del ámbito de la juventud. Transversalidad en las otras políticas Adopción del Pacto Europeo para la Juventud (2005) . La dimensión juvenil está incluida en la estrategia de Lisboa y se vuelve en una prioridad para la UE. Marco renovado para la cooperación 2010-2018 CRISIS 2008
  • 12. 2009-2013 • Entrada en vigor del Tratado de Lisboa • Crisis del euro • Desarrollo de la globalización • Aceleración tecnológica • Cambios sustanciales en el mercado de trabajo • Necesidad de una mayor integración
  • 13.
  • 14. • Jóvenes menores de 25 años el grupo de población activa mas castigado por la crisis •1 de cada 5 jóvenes europeos están parados • 45% de los jóvenes están empleados con contratos temporales • En 2020 la mitad de los empleos de la UE dependerán de cualificaciones de grado medio • Grandes disparidades entre EEMM Un poco de estadística
  • 15. Las respuestas • Estrategia Europa 2020 • Marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020), • Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) Programas como Erasmus + son herramientas para el desarrollo de éstas estrategias
  • 16. Articulo 4. Objetivo general del Programa • a) los objetivos de la Estrategia Europa 2020, incluido el objetivo principal sobre educación; • b) los objetivos del Marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020), con los correspondientes indicadores de referencia; • c) el desarrollo sostenible de países asociados en el campo de la educación superior; • d) los objetivos globales del Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) • e) el objetivo del desarrollo de la dimensión europea en el deporte, en particular el deporte de base, en consonancia con el Plan de Trabajo de la Unión para el Deporte; así como • f) la promoción de los valores europeos, de conformidad con el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión
  • 17. “El Programa está concebido para tener unos efectos positivos y sostenibles sobre las políticas y prácticas en materia de educación, formación, juventud y deporte. Estos efectos sistémicos deben lograrse a través de diversas acciones y actividades previstas en el Programa, cuyo objetivo es promover cambios en el ámbito institucional que conduzcan, en su caso, a una innovación del sistema. No se requiere a los proyectos individuales que solicitan apoyo financiero al Programa que tengan unos efectos sistémicos por sí solos. Es el resultado acumulativo de estos proyectos el que debe contribuir a la consecución de los efectos sistémicos.” REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión
  • 18. Artículo 11. Objetivos específicos a) Mejorar el nivel de competencias y de capacidades fundamentales de los jóvenes reforzando los vínculos entre el ámbito de la juventud y el mercado de trabajo. b) Promover mejoras en la calidad del trabajo en el ámbito de la juventud, en particular mediante una mayor cooperación entre las organizaciones del ámbito de la juventud y otras partes interesadas. c) Complementar las reformas de las políticas en las esferas local, regional y nacional, y apoyar el desarrollo de una política de la juventud basada en el conocimiento y la experiencia, así como el reconocimiento del aprendizaje no formal e informal d) Potenciar la dimensión internacional de las actividades juveniles en complementariedad con la acción exterior de la Unión REGLAMENTO (UE) N o 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión
  • 19. Tasa de empleo del 75% para población de 20 a 64 años Inversión del 3% del PIB de la UE en I+D “20/20/20” objetivos climáticos (emisiones: -20%, renovables: 20%, ahorro energético de 20%) Abandono escolar inferior al 10 % y al menos el 40 % de la generación más joven con estudios superiores completos Reducir en 20 millones las personas que viven por debajo del umbral de pobreza nacional Objetivos estrategia 2020
  • 20. Juventud en movimiento • Una de las siete iniciativas insignias de la UE 2020. • Iniciativa de políticas en primer lugar, con el apoyo de programas. • El objetivo es mejorar el rendimiento de los sistemas educativos y facilitar la incorporación de los jóvenes al mercado laboral. • Participación de los jóvenes y las actividades no formales de aprendizaje son herramientas clave, junto con la movilidad. Objetivos estrategia 2020
  • 21. Juventud en movimiento 10 acciones principales • 1.- sitio web dedicado a Juventud en Movimiento que proporcionaba un punto de acceso único a información sobre las oportunidades de estudiar o adquirir experiencia laboral en otros países, con asesoramiento sobre becas de la UE y derechos individuales.
  • 22. 2.- «Tu primer trabajo EURES», proporciona asesoramiento, ayuda a buscar empleo y da ayuda financiera a los jóvenes que busquen empleo y deseen trabajar en otro país, así como a las empresas, en particular a las pequeñas y medianas. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 23. 3.- Un marcador de movilidad efectuará una evaluación comparativa y medirá los avances hacia la eliminación de los obstáculos jurídicos y técnicos para la movilidad en la formación. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 24. 4.- Un instrumento europeo de préstamo a estudiantes en cooperación con Banco Europeo de Inversiones para ayudar a los que deseen estudiar o formarse en el extranjero (Erasmus +) 5.- un sistema pluridimensional de clasificación de universidades a escala mundial que facilite una imagen de los resultados de la enseñanza superior más completa y realista que la que ofrecen las clasificaciones existentes. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 25. 6.- Una tarjeta de Juventud en Movimiento, que ofrece ventajas y descuentos a los jóvenes. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 26. 7.- Un nuevo Monitor Europeo de Ofertas de Empleo proporciona a quienes buscan trabajo y a los asesores en materia de empleo un sistema de información sobre la demanda del mercado laboral en toda Europa. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 27. 8.- Instrumento Europeo de Microfinanciación Progress proporcionará ayuda financiera para que los jóvenes empresarios establezcan o desarrollen su negocio. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 28. 9.- Animará a los Estados miembros a introducir una Garantía Juvenil para asegurarse de que todos los jóvenes estén trabajando, formándose o adquiriendo experiencia laboral en un plazo de seis meses después de salir de la escuela. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 29. La Comisión propone un Pasaporte Europeo de Capacidades basado en el Europass (currículum vítae europeo en línea) que permita registrar las capacidades de forma transparente y comparable. Juventud en movimiento 10 acciones principales
  • 30. Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018) Objetivos generales: i)crear más oportunidades, y en condiciones de igualdad, para todos los jóvenes en la educación y en el mercado de trabajo, y ii) promover la ciudadanía activa, la inclusión social y la solidaridad de todos los jóvenes. Resolución del Consejo de 27 de noviembre de 2009
  • 31. Principales ámbitos de acción en los que deben adoptarse iniciativas : • Educación y formación • Empleo y espíritu empresarial • Salud y bienestar • Participación • Actividades de voluntariado • Inclusión social • La juventud y el mundo • Creatividad y cultura. Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018)
  • 32. • Iniciativas especificas (aprendizaje no formal, participación, voluntariado, movilidad, información y trabajo con jóvenes) • Iniciativas de integración (planteamiento intersectorial en el marco de la estrategia 2020 y agenda social renovada) Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018)
  • 33. Ciclos de trabajo: series de ciclos trienales, Prioridades. Varias prioridades para cada uno de los ciclos adoptadas por el Consejo basándose en el informe Consejo-Comisión Instrumentos de aplicación (políticas basadas en datos, P2P, Informes de progreso, DEOR, supervisión e indicadores, consulta y dialogo estructurado, movilización de los programas y fondos UE y Estados Marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud 2010-2018)
  • 34. Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018 Prioridades: • A. una mayor inclusión social de todos los jóvenes, teniendo en cuenta los valores subyacentes de Europa; • B. una mayor participación de todos los jóvenes en la vida democrática y cívica de Europa; • C. una transición más fácil para los jóvenes de la juventud a la vida adulta, en particular en lo que respecta a la integración en el mercado de trabajo. • D. apoyo a la salud y el bienestar de los jóvenes, incluida la salud mental; • E. contribución para abordar los desafíos y las oportunidades de la era digital para los jóvenes, la política de juventud y el trabajo en el ámbito de la juventud. • F. contribución para dar respuesta a las oportunidades y los desafíos que plantea el creciente número de migrantes y refugiados jóvenes en la Unión Europea.
  • 35. Youth - milestones• Nuevas Comunicaciones 2007-2008 Pacto Europeo Juventud 2005 Libro Blanco 2001 Juventud (2000-2006) SVE 1996 Juventud por Europa 1988 Juventud en Acción (2007-2013) Tratado de Maastricht 1993 Evaluación y Nuevo MAC 2009-2010 Nuevo Marco Renovado 2010-2018 •Invertir y •Potenciar (2009) Juventud en Movimiento 2010 Marco abierto de coordinación 2002 ERASMUS + Garantía Juvenil Erasmus para jóvenes emprendedores
  • 36. El objetivo del programa es promover cambios en el ámbito institucional que conduzcan, en su caso, a una innovación del sistema, que permita hacer frente a los retos planteados. No se requiere a los proyectos individuales que solicitan apoyo financiero al Programa que tengan unos efectos sistémicos por sí solos. Es el resultado acumulativo de estos proyectos el que debe contribuir a la consecución de los efectos sistémicos.” CONCLUSIÓN
  • 37. PRIORIDADES Para recibir subvención, los proyectos deberán trabajar una o más de las prioridades del Programa, que son las siguientes : ➢ Promover la inclusión social de los jóvenes y su bienestar, en especial luchando contra el desempleo juvenil. ➢ Promover estilos de vida saludables entre los jóvenes. ➢ Aumentar la conciencia de ciudadanía europea. ➢ Desarrollar competencias básicas y transversales como el emprendedurismo, el manejo de nuevas tecnologías de la información y el multilingüismo. ➢ Reforzar el uso de las TIC en el trabajo juvenil y en la educación no-formal. ➢ Promover las herramientas de la Unión para el reconocimiento de las cualificaciones y la transparencia.
  • 38. La innovación puede ser definida como “cualquier cambio basado en el conocimiento que genere valor”. Cuando hablamos de INNOVACIÓN SOCIAL estamos buscando que esos cambios contribuyan a construir una SOCIEDAD MÁS VALIOSA para todos. CONCLUSIÓN
  • 40. Referencias documentales • Informe conjunto de 2012 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010- 2018) • Conclusiones del Consejo sobre la inclusión social de los jóvenes que no trabajan ni siguen estudios ni formación • Reglamento (UE) n ° 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013 , por el que se crea el programa «Erasmus+» , de educación, formación, juventud y deporte de la Unión • Iniciativa de Oportunidades para la Juventud Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de mayo de 2012 , sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud • Conclusiones del Consejo sobre la maximización del potencial de la política de la juventud a la hora de perseguir los objetivos de la Estrategia Europa 2020 • Conclusiones del Consejo sobre la contribución de un trabajo de calidad en el ámbito de la juventud al desarrollo, bienestar e inclusión social de los jóvenes • Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013 , sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil • Conclusiones del Consejo, de 11 de mayo de 2012 , «Impulsar el potencial creativo e innovador de los jóvenes»
  • 41. • Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre el acceso de los jóvenes a la cultura • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al fomento de formas de participación nuevas y efectivas de todos los jóvenes en la vida democrática de Europa • Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al diálogo estructurado con los jóvenes en torno al empleo de los jóvenes • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al panorama del diálogo estructurado con los jóvenes en torno a la participación de los jóvenes en la vida democrática en Europa • Juventud en Movimiento - Un marco para la mejora de los sistemas de educación y formación en Europa Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de mayo de 2011 , sobre Juventud en Movimiento – Un marco para la mejora de los sistemas de educación y formación en Europa Referencias documentales
  • 42. • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 20 de noviembre de 2008 , relativa a la salud y al bienestar de los jóvenes • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 16 de mayo de 2007 , sobre el cumplimiento de los objetivos comunes para las actividades de voluntariado juvenil • Libro Verde - Fomentar la movilidad en la formación de los jóvenes • Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Una estrategia de la UE para la juventud : inversión y capacitación - Un método abierto de coordinación renovado para abordar los desafíos y las oportunidades de los jóvenes • COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Juventud en Movimiento Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre trabajo en el ámbito de la juventud • Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre la iniciativa Juventud en movimiento — un enfoque integrado como respuesta a los desafíos con los que se enfrentan los jóvenes Referencias documentales
  • 43. • Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la aplicación del Pacto Europeo para la Juventud • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, «Responder a las expectativas de los jóvenes en Europa — Aplicación del Pacto europeo para la juventud y promoción de la ciudadanía activa» • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes a fin de promover su ciudadanía europea activa • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 22 de mayo de 2008 , sobre la participación de los jóvenes con menos oportunidades • Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 , sobre las futuras perspectivas de la cooperación europea en el ámbito de la política de juventud • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 — Crear la igualdad de oportunidades para la plena participación de todos los jóvenes en la sociedad • Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 16 de noviembre de 2007 , relativas a un enfoque transversal de la política de juventud que permita a los jóvenes desarrollar su potencial y participar activamente en la sociedad • Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, el 21 de noviembre de 2008 , sobre la movilidad de los jóvenes • Recomendación del Consejo, de 20 de noviembre de 2008 , sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea Referencias documentales
  • 44. • Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud europea». Propuesta de objetivos comunes para un mayor entendimiento y conocimiento de la juventud, en respuesta a la Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en Consejo, de 24 de mayo de 2005, relativa a la aplicación de los objetivos comunes en materia de información de los jóvenes • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 24 de mayo de 2005, relativa a la aplicación del objetivo común «Aumentar la participación de los jóvenes en el sistema de la democracia representativa» • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en Consejo, sobre el balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea en el ámbito de la juventud • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el reconocimiento del valor de la educación no formal e informal en el ámbito de la juventud europea • Comunicación de la Comisión al Consejo sobre políticas europeas relativas a la participación y la información de los jóvenes - Seguimiento del Libro blanco «Un nuevo impulso para la juventud europea»: Aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes a fin de promover su ciudadanía europea activa Referencias documentales
  • 45. • Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo de 14 de febrero de 2002 sobre el valor añadido del voluntariado juvenil en el marco del desarrollo de la acción comunitaria en materia de juventud • Documento de trabajo de los servicios de la Comisión - Informe analítico de las respuestas de los Estados miembros a los cuestionarios de la Comisión sobre la participación y la información de los jóvenes • Resolución del Consejo de 25 de noviembre de 2003 en materia de objetivos comunes relativos a la participación y la información de los jóvenes • Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Un nuevo impulso para la juventud europea» - Objetivos comunes propuestos en materia de participación e información de los jóvenes a raíz de la Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud • Conclusiones del Consejo de 6 de mayo de 2003 sobre el futuro de las actividades para jóvenes en el contexto de la nueva generación de programas • Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud europea»: balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea en el ámbito de la juventud • Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud europea» - Propuesta de objetivos comunes para las actividades de voluntariado de los jóvenes, en respuesta a la Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud • Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) • Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018 Referencias documentales
  • 46. Garantía Juvenil Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven Plan de implantación de la Garantía Juvenil Programa Operativo de Jóvenes del Fondo Social Europeo 2014-2020

Notas del editor

  1. Del fin de la guerra a la Declaración Schuman (1945-1950) Europa tuvo que esperar a una segunda catástrofe, la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), para que se apreciase en toda su extensión el absurdo suicida al que había llevado al continente la rivalidad nacionalista. La necesidad de algún tipo de integración europea que marcara una nueva manera de reordenar el mapa político europeo se hizo evidente. Tres realidades mostraron la necesidad de esta nueva orientación hacia la integración europea: En primer lugar, la conciencia de los europeos de su propia debilidad. La Segunda Guerra Mundial había puesto fin definitivo a la tradicional hegemonía europea en el mundo. Las dos nuevas superpotencias, los Estados Unidos y la Unión Soviética, tenían un poder económico, político y militar muy superior al del heterogéneo conjunto de estados europeos.  En segundo lugar, la convicción de que había que evitar por todos los medios la vuelta a un enfrentamiento entre los estados europeos. Las dos guerras mundiales se habían iniciado como "guerras civiles" europeas, y nuestro continente había sido el principal campo de batalla en ambas. Se trataba, esencialmente, de buscar un acomodo entre Francia y Alemania, que contara con el visto bueno de EE.UU. La unidad era el camino para garantizar la paz. En tercer lugar, el deseo extendido entre muchos europeos de crear un continente más libre, justo y próspero en el que las relaciones internacionales se desarrollaran en un marco de concordia. En 1946, el ex-primer ministro británico Winston Churchill pronunció un célebre discurso en la Universidad de Zúrich (Suiza), considerado por muchos como el primer paso hacia la integración durante la posguerra. Los Estados Unidos, a diferencia de lo que hicieron tras la Primera Guerra Mundial, no optaron por el aislamiento y asumieron su responsabilidad como primera potencia mundial adoptando una política de resuelta intervención en los asuntos europeos.  El gobierno estadounidense estaba convencido de que las trabas al libre comercio que se habían extendido tras la depresión de 1929, y habían llegado a su máxima expresión en la autarquía nazi y fascista, habían sido responsables en gran medida de la tensión internacional que llevó a la Segunda Guerra Mundial. La adopción de una política de libre comercio se convirtió en una condición básica para que cualquier país recibiera la tan ansiada ayuda económica norteamericana. En esos momentos, además, se estaba iniciando la "guerra fría". Los Estados Unidos, aplicando la denominada "Doctrina Truman" cuya finalidad era frenar la expansión del comunismo y de la Unión Soviética, lanzaron el denominado "Plan Marshall" de ayuda económica a los países europeos. Se trataba de fomentar el desarrollo económico de la destrozada Europa con el objetivo político de impedir la extensión del comunismo. Los norteamericanos promovieron la creación de una organización europea centralizada que administrase y organizase el reparto de la masiva ayuda económica del Plan Marshall. Con este objetivo se creó, en 1948, la Organización para la Cooperación Económica Europea (OECE). Este fue uno de los primeros organismos que agruparon a gran parte de los países de la Europa occidental. La OECE ayudó a liberalizar el comercio entre los estados miembros; introdujo ideas tendentes a acuerdos monetarios; y a desarrolló, en general, la cooperación económica en aspectos concretos. En 1949, siguiendo de nuevo la iniciativa norteamericana, la mayoría de los estados democráticos de Europa Occidental fundaron, junto a EE.UU. y Canadá, la OTAN, la gran alianza militar occidental enfrentada a la URSS. Un año antes, en 1948, había iniciado su andadura el Benelux (Unión Aduanera de Bélgica, los Países Bajos y Luxemburgo) con la aplicación de un arancel exterior común. Este organismo había sido creado en 1944, antes del final de la Segunda Guerra Mundial. Otro paso importante lo constituyó la creación del Consejo de Europa en 1949. Este organismo, aún hoy existente, trata de fomentar la cooperación política entre los países europeos. Sus estatutos, sin embargo, no recogen como objetivo la unión, ni la federación de los estados, y en ellos no se prevé ningún tipo de cesión de soberanía por parte de los estados miembros. Su principal función ha sido reforzar el sistema democrático y los derechos humanos en los estados miembros. De la Declaración Schuman al Tratado de Roma (1950-1957) El primer paso en la creación de la Comunidad Europea lo va a dar el Ministro de Asuntos Exteriores francés, Robert Schuman. El 9 de Mayo de 1950, va a proponer un plan, diseñado por Jean Monnet, para integrar y gestionar en común la producción franco-alemana de carbón y acero. Esta medida de integración económica buscaba desarrollar el acercamiento entre Francia y Alemania, alejando definitivamente el espectro de la guerra en Europa. Ese mismo año, el gobierno francés propuso la creación de una Comunidad Europea de Defensa (CED). Este proyecto naufragó finalmente en 1954, cuando la propia Asamblea Legislativa francesa vetó su aplicación. La CED, que implicaba una fuerte integración militar y política, fue sustituida ese mismo año de 1954 por la Unión Europea Occidental (UEO), una organización que en la práctica ha estado prácticamente anulada por la OTAN. Pese a este tropiezo, el camino de la integración económica siguió adelante. Así, por el Tratado de Paris firmado el 18 de abril de 1951, nació la Comunidad Europea del Carbón y el Acero, la CECA, que convirtió en realidad el Plan Schuman de 1950. La Alta Autoridad común de la CECA pasó a estar presidida por Jean Monnet. A esta primera comunidad europea se unieron seis países: Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo ("Los Seis"). Era evidente que la integración económica era el único camino claro hacia una unidad que debería llegar tras un largo período. El fracaso de la CED había demostrado que la unidad política y militar era aún una utopía. Los ministros de Asuntos Exteriores de los Seis, bajo la presidencia del belga Paul Henri Spaak, se reunieron en 1955 en la Conferencia de Messina. Fruto de los acuerdos allí alcanzados fue el paso definitivo en la construcción europea: el 25 de marzo de 1957, "los Seis" firmaban los Tratados de Roma por los que se creaba la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo
  2. Tratado de Lisboa (165) Incrementa la competencia: “alentar la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa” Tratados de la UE La Unión Europea se basa en el Estado de Derecho. Esto significa que todas las acciones que emprende se basan en los tratados, que han sido aprobados voluntaria y democráticamente por todos sus países miembros. Así por ejemplo, si los tratados no citan un determinado ámbito de actuación, la Comisión no puede proponer legislación sobre él. Un tratado es un acuerdo vinculante entre los países miembros de la UE. Establece los objetivos de la UE, las normas aplicables a sus instituciones, la manera en que se toman las decisiones y la relación existente entre esta y sus países miembros. Los tratados se modifican para aumentar la eficacia y la transparencia de la UE, para preparar la llegada de nuevos países miembros y para introducir nuevos ámbitos de cooperación, como la moneda única. Según los tratados, las instituciones de la UE pueden adoptar legislación, que los países miembros aplican a continuación. Pueden consultarse los textos completos de los tratados, la legislación, la jurisprudencia y las propuestas legislativas utilizando la base de datos Eur-Lex del Derecho de la UE. A continuación figuran los principales tratados. Tratado de Lisboa Firma: 13 de diciembre de 2007 Entrada en vigor: 1 de diciembre de 2009 Finalidad: hacer la UE más democrática, más eficiente y mejor capacitada para abordar, con una sola voz, los problemas mundiales, como el cambio climático. Principales cambios: aumento de competencias del Parlamento Europeo, cambio de los procedimientos de voto en el Consejo, iniciativa ciudadana, carácter permanente del puesto de Presidente del Consejo Europeo, nuevo puesto de Alto Representante para Asuntos Exteriores y nuevo servicio diplomático de la UE. El Tratado de Lisboa aclara qué competencias: se atribuyen a la UE se atribuyen a los países miembros de la UE se comparten. Leer más sobre el Tratado de Lisboa El Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (2004), con objetivos similares a los del Tratado de Lisboa, se firmó pero no llegó a ratificarse. Tratado de Niza Firma: 26 de febrero de 2001 Entrada en vigor: 1 de febrero de 2003 Finalidad: reformar las instituciones para que la UE pudiese funcionar eficientemente tras sumar 25 países miembros. Principales cambios: métodos para cambiar la composición de la Comisión y redefinir el sistema de voto en el Consejo. Texto completo del Tratado de Niza Tratado de Amsterdam Firma: 2 de octubre de 1997 Entrada en vigor: 1 de mayo de 1999 Finalidad: Reformar las instituciones de la UE para preparar la llegada de futuros países miembros. Principales cambios: modificación, renumeración y consolidación de los tratados CEE y UE. Mayor transparencia en la toma de decisiones (se recurre más a menudo al voto por el procedimiento de codecisión). Texto completo del Tratado de Amsterdam Tratado sobre la Unión Europea - Tratado de Maastricht Firma: 7 de febrero de 1992 Entrada en vigor: 1 de noviembre de 1993 Finalidad: preparar la Unión Monetaria Europea e introducir elementos de unión política (ciudadanía, políticas comunes de asuntos exteriores y de interior). Principales cambios: establecimiento de la Unión Europea e introducción del procedimiento de codecisión, dando más protagonismo al Parlamento en la toma de decisiones. Nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de la UE, por ejemplo en materia de defensa y de justicia e interior. Texto completo del Tratado de Maastricht Acta Única Europea Firma: 17 de febrero de 1986 (Luxemburgo) / 28 de febrero de 1986 (La Haya) Entrada en vigor: 1 de julio de 1987 Finalidad: reformar las instituciones para preparar la adhesión de España y Portugal, y agilizar la toma de decisiones para preparar la llegada del mercado único. Principales cambios: ampliación de la votación por mayoría cualificada en el Consejo (para hacer más difícil el veto de las propuestas legislativas por un único país) y creación de los procedimientos de cooperación y dictamen conforme, que dan más peso al Parlamento. Texto Completo del Acta Única Europea Tratado de Fusión - Tratado de Bruselas Firma: 8 de abril de 1965 Entrada en vigor: 1 de julio de 1967 Finalidad: racionalizar las instituciones europeas. Principales cambios: creación de una única Comisión y un único Consejo al servicio de las que, por aquel entonces, eran las tres Comunidades Europeas (CEE, EURATOM y CECA). Fue derogado por el Tratado de Amsterdam. Texto completo del Tratado de Fusión Tratados de Roma - Tratados CEE y EURATOM Firma: 25 de marzo de 1957 Entrada en vigor: 1 de enero de 1958 Finalidad: instaurar la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Principales cambios: profundización de la integración europea para incluir la cooperación económica general. Texto completo de los Tratados de Roma
  3. LA CRISIS
  4. ¿Porque hacemos referencia al marco de la política europea de juventud en la presentación de os programas europeos de juventud? Porque los programas responde a unos objetivos y prioridades políticas acordadas a nivel de la UE y cada uno de los proyectos que nosotros presentemos tienen que estar de una u otra manera vinculados a esos objetivos y prioridades
  5. Artículo 11 Objetivos específicos 1. De conformidad con el objetivo general del Programa tal como se especifica en el artículo 4, en particular con los objetivos del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018), el Programa perseguirá los siguientes objetivos específicos: a) Mejorar el nivel de competencias y de capacidades fundamentales de los jóvenes, incluidos los que tienen menos oportunidades, así como promover su participación en la vida democrática de Europa y en el mercado de trabajo, la ciudadanía activa, el diálogo intercultural, la integración social y la solidaridad, en particular incrementando las oportunidades de movilidad con fines de aprendizaje para los jóvenes, para las personas que trabajan en el ámbito de la juventud o en organizaciones juveniles y para los líderes juveniles, y reforzando los vínculos entre el ámbito de la juventud y el mercado de trabajo. b) Promover mejoras en la calidad del trabajo en el ámbito de la juventud, en particular mediante una mayor cooperación entre las organizaciones del ámbito de la juventud y otras partes interesadas. c) Complementar las reformas de las políticas en las esferas local, regional y nacional, y apoyar el desarrollo de una política de la juventud basada en el conocimiento y la experiencia, así como el reconocimiento del aprendizaje no formal e informal, en particular mediante una mayor cooperación en las políticas, una mejor utilización de las herramientas de reconocimiento y transparencia de la Unión, y la difusión de buenas prácticas. d) Potenciar la dimensión internacional de las actividades juveniles y el papel de los trabajadores y las organizaciones en el ámbito de la juventud como estructuras de apoyo para los jóvenes en complementariedad con la acción exterior de la Unión, en particular mediante el fomento de la movilidad y la cooperación entre la Unión y las partes interesadas de los países asociados y las organizaciones internacionales, y mediante la capacitación específica en los países asociados.
  6. Tu primer trabajo EURES se desarrolló en fase piloto entre 2012 y el final de la última oleada de proyectos, en mayo de 2015. La "acción preparatoria" se financió con cargo a los ejercicios presupuestarios de la UE 2011-2013. Se trataba de ayudar a jóvenes de la UE, de entre 18 y 30 años de edad, a encontrar un puesto de trabajo, de aprendizaje o de prácticas en cualquier país de la UE. El Informe de evaluación de Tu primer trabajo EURES resume los resultados de los dos primeros años y los principales retos de cara al futuro. Hasta el tercer trimestre de 2016 se lleva a cabo una evaluación ex post. El objectivo es comprobar y completar las conclusiones de la evaluación provisional estudiar los costes, beneficios y repercusiones de la medida y otras opciones para el futuro. Actualmente hay abierta una consulta pública de la CE hasta el 22 de abril de 2016 para valorar los resultados y poner en marcha una nueva iniciativa de apoyo al empleo juvenil
  7. Principales conclusiones • Información y orientación sobre las oportunidades de movilidad: Bélgica, Alemania, España, Francia e Italia son los países que facilitan un apoyo más amplio. Las estructuras de información y orientación menos desarrolladas están en Bulgaria, Grecia, Chipre y Eslovenia. • Transportabilidad de las ayudas estudiantiles: Permite a los estudiantes optar a becas y préstamos públicos en otro país en las mismas condiciones que si estudiasen en su propio país. Las becas y préstamos son transportables en Bélgica (regiones neerlandófona y germanófona), Chipre, Luxemburgo, Eslovenia, Finlandia y Suecia. En cambio, los sistemas de ayudas económicas para los estudiantes son más restrictivos en la parte francófona de Bélgica y en Bulgaria, Chequia, Grecia, Croacia, Lituania, Rumanía y Eslovaquia. • Conocimiento de lenguas: Suele ser un factor importante a la hora de decidirse a estudiar en el extranjero. La Bélgica germanófona, Chipre y Luxemburgo son las regiones que más importancia conceden a la enseñanza de lenguas en la escuela. Irlanda y, dentro del Reino Unido, Escocia, no incluyen en el programa escolar la enseñanza obligatoria de idiomas. • Reconocimiento de los estudios cursados en otros países (uso del ECTS y suplemento de diploma): Bélgica, Alemania y España hacen un esfuerzo considerable para hacer un seguimiento del uso de los instrumentos europeos que ayudan a obtener el reconocimiento de estudios en el extranjero, como el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS) y el suplemento de diploma, si bien la mayoría de los países prestan comparativamente poca atención a esta cuestión. • Apoyo a los estudiantes de entornos desfavorecidos: La zona neerlandófona de Bélgica, junto con Alemania, Italia y Austria, destaca por su ayuda financiera bien desarrollada a los estudiantes procedentes de entornos desfavorecidos que desean estudiar o formarse en el extranjero y por sus sistemas de seguimiento de la movilidad en relación con el origen social.
  8. Propuestas concretas para combatir el desempleo entre los jóvenes: Iniciativa de Empleo Juvenil 14 de marzo de 2013 | Educación, formación y juventud La Iniciativa de Empleo Juvenil tiene como objetivo integrar en el  mercado laboral a los jóvenes que ni trabajan, ni estudian, ni reciben formación (los ni-ni»). La iniciativa está especialmente dirigida a aquellos países de la UE, entre ellos España, donde la tasa de paro entre los jóvenes es superior al 25 %. Para el periodo 2014-2020 se cuenta con un presupuesto de 6 000 millones de euros.  Los fondos estarían a disposición de los Estados miembro para financiar la aplicación de la Garantía Juvenil por la que, en un máximo de cuatro meses tras acabar los estudios o quedarse en paro, los jóvenes de hasta 25 años deben recibir ofertas de trabajo, formación, aprendizaje o prácticas de calidad. ¿Qué aporta la Garantía Juvenil? Aumentará la calidad de las prácticas en lo que respecta al contenido y la protección social. La Alianza Europea para la Formación de Aprendices difundirá en la UE los sistemas de  aprendizaje que tengan más éxito. Los jóvenes europeos podrán encontrar más fácilmente trabajo o posibilidades de prácticas o aprendizaje en otro país de la UE. Marco financiero Dadas las dificultades presupuestarias que tienen los Estados miembros en la actualidad como consecuencia de la crisis económica, el Fondo Social Europeo requeriría solamente que los Estados aportaran un complemento como financiación propia. Dentro de la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud de 2011, se destinaron 10.000 millones de euros que aún están disponibles para  los ocho países de la UE con las tasas de desempleo juvenil más altas, entre ellos España,  para sufragar subsidios de creación de empleo, formación profesional y prevención del abandono escolar. Como mínimo podrán beneficiar a 658.000 jóvenes y 56.000 pequeñas empresas. Que las prácticas de formación sean realmente prácticas La Comisión Europea está elaborando un marco de calidad de las prácticas para evitar que se utilicen como fuente de mano de obra barata o gratuita, que no proporcionen un aprendizaje adecuado o que puedan llevar a un círculo vicioso de empleo precario. Las organizaciones de empresarios y trabajadores podrían comenzar a negociar dicho marco desde el verano de 2013 y, en cualquier caso, la Comisión propondrá uno propio. La Alianza Europea para la Formación de Aprendices fomentará los sistemas de formación  con mejores resultados y elaborará currículos profesionales comunes y sistemas de reconocimiento de la formación adquirida en el extranjero. Si estas negociaciones no llegan a buen puerto la Comisión Europea propondrá un marco de calidad para las prácticas. Si con la Garantía Juvenil se evitara el desempleo y el deterioro de las aptitudes se obtendrían beneficios a más largo plazo para los jóvenes y para la economía, gracias a una menor tasa de paro durante el ciclo de vida, a unos mayores ingresos fiscales, a unas mayores cotizaciones a la seguridad social y a un menor número de problemas sociales y sanitarios. Recomendaciones específicas de la Comisión Entre ellas, el fomento del espíritu emprendedor, mayor apoyo a la creación de empresas y de microfinanciación, establecimiento de sistemas que permitan que la prestación por desempleo se cobre como subvenciones para la creación de empresas. Para ello se potenciarán y se informará más sobre las siguientes iniciativas: Iniciativa de empleo para los jóvenes >  La Garantía Juvenil en Vídeo> Garantía juvenil en España > Campaña para informar sobre las posibilidades de empleo, formación y emprendimiento en la UE > Tu primer empleo EURES: facilidades para hacer prácticas en otro país de la UE >    España es uno de los países que adoptará la garantía juvenil España, con más del 50 por ciento de la población juvenil desempleada, es uno de los primeros Estados miembros que se acogen a esta propuesta de la Comisión Europea. El gobierno español  desarrollará la "Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016" por la que destinará 3.500 millones de euros. Más del 32 por ciento de ese presupuesto está cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Este plan, que se incluye dentro de la "Garantía Juvenil" aprobada por la Comisión, recoge  cien medidas que servirán para fomentar el trabajo entre los jóvenes  y potenciar la contratación de menores de 26 años. Los jóvenes que creen su propia empresa tendrán una reducción de las tarifas de la Seguridad Social y podrán cobrar el paro mientras ponen en marcha su proyecto empresarial. El 40 por ciento del presupuesto está destinado a estimular la contratación, el 38% son medidas de autoempleo y emprendimiento y el 22% de formación.
  9. Ver documento; Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018 Trabajos de cada una de las presidencias los Estados miembros y a la Comisión a crear grupos de expertos sobre los temas siguientes para el período de vigencia del Plan de Trabajo actual: — Definir la contribución específica que aportan el trabajo en el ámbito de la juventud y el aprendizaje no formal e informal, a a) el fomento de la ciudadanía y la participación activas de los jóvenes en sociedades plurales y tolerantes, así como la prevención de la marginación y la radicalización que pueden resultar en un comportamiento violento. b) la respuesta que cabe dar a las oportunidades y los desafíos que plantea el creciente número de migrantes y refugiados jóvenes en la Unión Europea. — Abordar los riesgos, las oportunidades y las implicaciones de la digitalización para los jóvenes, el trabajo en el ámbito de la juventud y las políticas de juventud.