2. BASE LEGAL
1. Constitución Política del PNP.
2. D.Leg. 1318, su reglamento y modificatoria
3. D.S.006-2017-JUS (TUO de la Ley 27444) y
modificatoria.
4. Aplicación Supletoria: Ley 30714
6. Manual de Régimen de Educación de la Escuelas de
Formación de la PNP.
7. Y otras.
3. ¿CUÁL ES EL
OBJETO?
(Art. 1º)
NORMAR
La formación profesional de la PNP
La Formación se imparte en las
EESTP
• Estudiantes
• Docentes
• Personal PNP
¿A QUIENES
ALCANZA?
(Art. 2º)
4. ESTUDIANTE (Art. 11°)
Son estudiantes de la Escuela Nacional de
Formación Profesional Policial quienes,
cumpliendo todos los requisitos señalados en
las normas que regulan los procesos de
admisión, superan satisfactoriamente sus
etapas de selección y se encuentran
matriculados en alguna de ellas.
5. • a) Respetar las normas y reglamentos de carácter académico,
disciplinario y administrativo de la ENFPP.
• b) Usar, mantener y cuidar el documento de identidad y el armamento
afectado otorgados por la ENFPP.
• c) Respetar la jerarquía y la antigüedad del personal policial.
• d) Comportarse con dignidad en la vida pública y privada, conservando
incólume el prestigio institucional y no mantener vínculo alguno con
personas u organizaciones cuya conducta o actividades se encuentren al
margen de la Ley.
• e) Cuidar el porte policial e imagen personal, dentro y fuera de las
unidades académicas de la ENFPP.
• f) Respetar el uso correcto de los uniformes y distintivos de la PNP,
dentro y fuera de las unidades académicas de la ENFPP.
• g) Respetar las relaciones entre el personal masculino y femenino,
auxiliando y apoyando al compañero cuando lo necesite.
• h) Velar por el buen uso, conservación y limpieza de las instalaciones y
servicios internos de la ENFPP.
• i) Mantener reserva sobre las diversas actividades internas de la escuela
evitando cometer delito de infidencia.
• j) Los demás establecidos en el Manual del Estudiante.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES (Art. 82°)
6. • a) El respeto a su dignidad humana.
• b) La instrucción y superación personal.
• c) La utilización de las instalaciones y servicios de la ENFPP, sujetándose
a las disposiciones vigentes.
• d) El reconocimiento de su grado, antigüedad y honores.
• e) Las recompensas y estímulos.
• f) La libertad de culto.
• g) La privacidad de su correspondencia y comunicaciones de cualquier
tipo, conforme al marco legal.
• h) Las y los estudiantes tienen derecho al respeto de su identidad étnica
y cultural, así como al estricto respeto de su derecho a la igualdad y no
discriminación.
• i) Los demás derechos, beneficios y prerrogativas reconocidos por la
Constitución Política del Perú, las leyes y sus respectivos reglamentos,
aplicables a la PNP y el Manual del Estudiante; en lo que corresponda .
DERECHOS DEL ESTUDIANTE (Art. 83°)
7. EJERCICIO Y NATURALEZA DE LAS ÓRDENES
VERBAL ORDEN ESCRITA
Debe ser
cumplida a
cabalidad
Debe ser licita,
lógica, oportuna,
clara, coherente y
precisa
8. CUMPLIMIENTO DE LAS ÓRDENES
Deben cumplirse en el
tiempo, lugar y modo
indicado por el superior
LAS
ORDENES
Cuando varíe las
circunstancias serán
modificadas o dilatadas,
dando cuenta al
superior
El subordinado debe dar cuenta de su cumplimiento, en
forma verbal o escrita
9. SIGNOS EXTERIORES DE RESPETO
NORMAN LAS
RELACIONES
INTERNAS Y
EXTERNAS ENTRE
LOS MIEMBROS PNP,
DEMAS
AUTORIDADES Y LA
CIUDADANIA
Saludo al superior en todo
lugar y circunstancia
SU CUMPLIMIENTO ES OBLIGATORIO
Dirigirse : “Mi”
En el trato: “Usted”
11. DISCIPLINA POLICIAL
ACATAMIENTO
CONSCIENTE Y
VOLUNTARIO DE
LAS ORDENES
CON ARREGLO A
LEY
QUE:
Permiten asegurar la
unidad de acción y
cumplimiento de la
finalidad fundamental,
misión y funciones
institucionales.
ES LA CONDICION ESENCIAL DE LA PNP
12. - No saludar a un superior
- No pedir permiso para sentarse/ingresar
- Moverse/dormir/reírse/llegar tarde/faltar, a una
formación.
- No presentarse a un superior.
- Hacer objeciones inadecuadas.
- Intentar salir o salir de la EESTP
- Contestar a un superior o profesor
- Negarse a cumplir una orden
- Modificar o alterar las ordenes
- Usar, portar celular en la EESTP
- Expresarse inadecuadamente de un superior
- Agredir, ofender difamar a un superior o compañero
- Participar en delitos/faltas/v. familiar
- Acosar/instigar o realizar actos de tortura
- Desaprobar con menos de 13 en factor conducta
- Poseer drogas prohibidas o estupefacientes, u otros
- Ingerir bebidas alcohólicas/encontrarse embriagado
13. SERVICIO POLICIAL
CONJUNTO DE
ACTIVIDADES QUE
EJECUTA EL
ESTUDIANTE PNP
EN LA EESTP
PARA:
Cumplir la misión y
funciones institucionales,
de acuerdo a lo estipulado
en la constitución, la ley y
reglamentos
ES LA RAZON DE SER DEL POLICIA
14. IMAGEN INSTITUCIONAL
REPRESENTACION
ANTE LA OPINION
PUBLICA DEL
ACCIONAR DEL
ESTUDIANTE PNP
CONSTITUYE:
La base principal de la
relación de confianza y
legitimidad que debe
imperar entre INSTITUCION,
PERSONAL y SOCIEDAD
DEBE ESTAR CONSTRUIDA SOBRE LA BASE DE UNA
SOLIDA DISCIPLINA Y SERVICIO EFICIENTE Y OPORTUNO
15. - Estar incurso en actos de violencia
familiar
- Estar incurso en faltas tipificadas en el
código penal
- Uso de las redes sociales difundiendo
mensajes, imágenes o videos que
afecten los bienes jurídicos.
- Presentarse a la EESTP con signos de
ebriedad de 0,0 a 0.5
- Etc.
16. ETICA POLICIAL
CONJUNTO DE
PRINCIPIOS,
VALORES Y
NORMAS DE
CONDUCTA
QUE:
Regulan el comportamiento
del personal de la PNP
SU OBSERVANCIA GENERA CONFIANZA Y RESPETO EN
LAS PERSONAS, LA SOCIEDAD, LA PATRIA Y LA
INSTITUCIÓN
17. - Faltar a las reglas de urbanidad
- Demostrar falta de compañerismo
- No devolver prensas, equipo
- Mostrarse desnudo o semidesnudo
frente a terceros
- Hacer bromas obscenas
- Mostrar posturas de índole sexual
- Poseer o practicar juegos de azar
- Sentarse en la mesa, ventana, etc.
- Falta de espíritu deportivo
- No asumir su responsabilidad
- Proferir palabras soeces
- Burlarse/mofarse de su compañero
18. LAS INFRACCIONES
Son acciones u omisiones que
atentan contra las obligaciones y
deberes establecidos en el marco
normativo aplicable a los estudiantes
de pregrado de la ENFPP (Art.82° del
Reglamento)
LEVES
GRAVES
MUY
GRAVES
19. DIRECTO
Verificación directa del superior (instructor, monitor
o personal PNP de la UAP)
INDIRECTO Conocimiento de la Infracción a través de docente,
personal PNP que no labora en la UAP, denuncia, o
cualquier persona civil o autoridad.
CONOCIMIENTO DE LA INFRACCIÓN
CONOCIDO EL HECHO, EL SUPERIOR
VERIFICA LA TIPIFICACIÓN
20. LAS SANCIONES
Las sanciones disciplinarias tienen como
finalidad corregir y formar al estudiante
de pregrado, y se imponen luego de
seguir los procedimientos respectivos en
cada unidad académica. Las sanciones
están tipificadas en el anexo del
presente Reglamento.
LEVES:
SANCIÓN
SIMPLE
GRAVES:
SANCIÓN DE
RIGOR
MUY GRAVES:
SEPARACIÓN DE
LA UNIDAD
ACADÉMICA