Evolución del derecho agrario en Venezuela tras el descubrimiento del petróleo
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Participante.
José Gregorio Quintero
Sección: SAIA D
Docente:
Keydis perez
2. LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO AGRARIO EN
VENEZUELA
A Raíz Del Descubrimiento Del Petróleo En Nuestro País,
El Crecimiento Del Derecho Agrario En Venezuela Ha Ido
En Retroceso, En La Época De La Colonia Cuando
Venezuela Dependía Del Campo Con Sus Siembras De
Café, Maíz Y Otros Rubros De Poca Importancia, La
Propiedad De La Tierra Para Ese Entonces Estaba En
Manos De Los Latifundistas Dueños Únicos De Las
Tierras, Con La Aparición Y El Auge Petrolero
Prácticamente Pasa A Segundo Plano Esta Actividad Del
Campo, Siendo Desplazado, Pasamos A Ser Un País.
3. SIGLO XIX.
Esta Es Un Etapa Que En La Venezuela De Antaño Reinaban
Los Terratenientes Los Grandes Dueños De Extensiones De
Tierras En Sus Manos, Para Esa Época El Derecho Agrario
Permaneció Estático En El Tiempo Si Muchos Avances.
LEY DE LA REFORMA AGRARIA 1945
Esta Reforma Trajo Para La Época Los Primeros Adelantos En
Materia Agraria Lo Mas Importantes Tenemos Que Mencionar
La Incorporación Del Campesino En Las Actividades Agrarias Y
La Entrega De Las Tierras En Forma Gratuita.
4. LEY AGRARIA DEL 1948
La Evolución Del Derecho Agrario En Venezuela Fue
Innovadora Para La Fecha, Ya Que Se Incorpora Un
Hecho El Cual Consiste En Prohibir Que Las Tierras
Pudieran Ser Expropiadas Siempre Y Cuando
Estuvieran En Producción.
ESTATUTO AGRARIO DEL 1949
Debido Al Pronunciamiento De La Junta Militar De
1949, Hay Un Paso Atrás En El Proceso Agrario
Donde Se Elimina Lo Promulgado En La Ley Agraria
Del 1948 En Lo Que Se Refiere A La Expropiabilidad.
5. LEY DE LA REFORMA AGRARIA DE 1960
La Dotación Local, La Mejor Tenencia Y La Protección De Los Recursos
Naturales Renovables Fueron Las Bases Fundamentales En La Que Se Inspiró
La Ley De La Reforma Agraria De 1960 Y De Cuyo Objetivo Especifico
Perseguía La Transformación De La Estructura Agraria Del País Para Que La
Riqueza Fuese Distribuida Equitativamente Entre Su Pobladores En Ella Se
Buscó La Participación De Los Campesinos En Las Actividades Del Desarrollo
Económico Del País.
6. DECRETO CON FUERZA DE LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO
AGRARIO DEL 2001
1.- Tiene por objeto establecer las Bases del Desarrollo, Rural, Integral
y Sustentable y la eliminación del Latifundio como sistema contrario al
interés social y a la armonía en el campo.
2.- Procura una justa distribución de la riqueza y una planificación
estratégica, democrática y participativa en cuanto a la tenencia de la
tierra y desarrollo de toda la actividad agraria.
3.- Procura el aseguramiento de la Biodiversidad, la vigencia efectiva
de los derechos de protección ambiental y agroalimentario de las
presentes y futuras generaciones.
4.- Contempla los principios de Seguridad Alimentaria y de Función
Social de las Tierras.
7. 5.- Rige lo referente a la producción agraria, afectación al uso de las tierras,
adjudicación de las tierras.
6.- Establece los Niveles Básicos de Productividad Agraria en: Fincas Ociosas e
Incultas, Fincas Mejorables y Fincas Productivas.
7.- Persigue la incorporación del campesino al proceso productivo del país,
otorgándoles garantías y beneficios.
8.- Se crean 3 Institutos Agrarios en sustitución del Instituto Agrario Nacional:
Instituto Nacional de Tierras, Corporación Venezolana Agraria e Instituto
Nacional de Desarrollo Rural
9.- Regula la jurisdicción agraria tanto en lo referente a la jurisdicción ordinaria
agraria, como a la jurisdicción contenciosa administrativa en materia agraria.
10.- Aparece la figura de las poligonales Rurales como zonas estratégicas para la
aplicación de los planes de desarrollo agrario y sustentable.
8. LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO DEL 18 DE MAYO DE
2005
“Posteriormente El 18 De Mayo De 2005, La Asamblea Nacional,
Promulga La Ley De Tierras Y Desarrollo Agrario, Que Mantiene El
Mismo Objeto Del Decreto De 2001, Pero Suprimiendo El Término De
Poligonales Rurales Por El De Tierras Con Vocación De Uso Agrario.”
LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIERRAS Y
DESARROLLO AGRARIO, E L 29 DE JULIO DE 2010
“El 29 De Julio De 2010, Se Promulga La Ley De Reforma Parcial De La
Ley De Tierras Y Desarrollo Agrario, Incorporando A Su Objeto, Además De
La Eliminación Del Latifundio, La Eliminación De La Tercerización Como
Sistemas Contrarios Al Interés Social Y A La Paz En El Campo, Y Las
Tierras Ya No Son De Uso Agrario Sino Tierras De Uso Agrícola.”