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RENZO RAMOS LAURA INFORME DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES PRIVADAS - PUBLICAS (1).pdf

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  1. 1. Universidad Nacional del Altiplano Facultad de Ciencias Contables y Administrativas Escuela Profesional de Ciencias Contables INFORME DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES REALIZADO EN: SECTOR PRIVADO CORPORATIVO ZABA SAC SECTOR PÚBLICO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO ÁREA DE ALMACÉN PRESENTADO POR: Ramos Laura, Renzo Erick PARA OPTAR EL GRADO ACADEMICO DE: Bachiller en Ciencias Contables PUNO – PERÚ 2023
  2. 2. ii Universidad Nacional del Altiplano Facultad de ciencias contables y administrativas Escuela Profesional de Ciencias Contables INFORME DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES REALIZADO EN: SECTOR PRIVADO : Corporativo ZABA S.A.C SECTOR PÚBLICO : Municipalidad Provincial de Puno – Área De Almacén APROBADO POR: DECANO DE LA FACULTAD : ………..……………………………………………….. DR. EDGAR DARIO CALLOHUANCA AVALOS DIRECTOR DE ESTUDIOS : ………..……………………………………………….. DR. HEBER DAVID POMA CORNEJO COORDINADOR DE PRÁCTICAS : ………..……………………………………………….. M.Sc. LUCAS PONCE QUISPE ASESOR DE PRÁCTICAS PRIVADAS : ………..……………………………………………….. M.Sc. RUBEN VIRGILIO ARESTEGUI CAHUANA ASESOR DE PRÁCTICAS PÚBLICAS : ………..……………………………………………….. M.Sc. RUBEN VIRGILIO ARESTEGUI CAHUANA EGRESADO : ………..……………………………………………….. RAMOS LAURA RENZO ERICK
  3. 3. iii DEDICATORIA En primera instancia este trabajo se lo dedico a mis padres Mario Ramos Callata y Yolanda Laura Torres porque han estado conmigo a cada paso que doy, cuidándome y dándome fortaleza para continuar; quienes con su apoyo incondicional y moral han hecho posible en comprender el tiempo de mis estudios superiores. A mis hermanos Romario y Aldair porque a lo largo de mi vida han velado por mi bienestar y educación siendo mi apoyo en todo momento. Depositando su entera confianza en cada reto que se me presentaba sin dudar ni un solo momento en mi inteligencia y capacidad.
  4. 4. iv AGRADECIMIENTO Agradezco infinitamente a todos los docentes de la Escuela Profesional de Ciencias Contables de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno quienes durante los 5 años me transmitieron valiosos conocimientos; e hicieron que pueda crecer día a día como profesional. Al Corporativo Zaba SAC por permitirme de desarrollar mis prácticas en el sector privado y adquirir nuevos conocimientos que me ayudaron a crecer profesionalmente. Al Área de Almacén de la Municipalidad Provincial de Puno, donde desarrolle mis prácticas en el sector público; quienes me orientaron con sus consejos. A mi compañera Cindhy Luz Ccapa Mamani, por ser mi pilar fundamental y haberme apoyado incondicionalmente, pese a las adversidades e inconvenientes que se presentaron.
  5. 5. v INDICE TEMATICO PRIMERA PARTE PRACTICAS SECTOR PRIVADO REALIZADO EN “CORPORATIVO ZABA SAC” DEDICATORIA...........................................................................................................iii AGRADECIMIENTO...................................................................................................iv INDICE TEMATICO.................................................................................................... v INDICE DE FIGURAS ................................................................................................ix INDICE DE TABLAS .................................................................................................. x INTRODUCCIÓN .......................................................................................................xi RESUMEN ................................................................................................................xii CAPITULO I ............................................................................................................... 1 MARCO TEORICO..................................................................................................... 1 1.1 DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD ................................................................. 1 1.1.1 ANTEDECENTES DE LA ENTIDAD ...................................................... 1 1.1.2 SOBRE LA EMPRESA ........................................................................... 1 1.1.3 MISIÓN................................................................................................... 1 1.1.4 VISIÓN ................................................................................................... 2 1.1.5 QUIENES SOMOS ................................................................................. 2 1.1.6 EQUIPO DIRECTIVO PROFESIONAL................................................... 2 1.1.7 ORGANIZACIÓN.................................................................................... 3 1.1.8 ORGANIGRAMA .................................................................................... 4
  6. 6. vi 1.2 MARCO TEORICO ESPECÍFICO................................................................. 4 1.2.1 LA EMPRESA......................................................................................... 4 1.2.2 CONTABILIDAD................................................................................... 10 1.2.3 COMPROBANTES DE PAGO.............................................................. 20 1.2.4 LIBROS Y REGISTROS CONTABLES ................................................ 30 1.2.5 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO .................................................... 39 1.2.6 INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ................................ 54 1.2.7 SISTEMA CONTASISCORP ................................................................ 57 1.2.8 TIPOS DE DECLARACIONES: ............................................................ 59 1.3 MARCO CONCEPTUAL ............................................................................. 59 CAPITULO II ............................................................................................................ 67 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REALIZADAS .................................................. 67 1.4 PERIODO DE PRÁCTICAS ........................................................................ 67 1.5 HORARIO DE PRÁCTICAS........................................................................ 67 1.6 MATERIALES Y RECURSOS UTILIZADOS............................................... 67 1.7 DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS ....................................................... 68 CAPITULO III ........................................................................................................... 70 DISCUSIÓN ............................................................................................................. 70 CAPITULO IV........................................................................................................... 72 CONCLUSIONES..................................................................................................... 72 CAPITULO V............................................................................................................ 73
  7. 7. vii RECOMENDACIONES ............................................................................................ 73 CAPITULO VI........................................................................................................... 75 BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................ 75 WEBGRAFIA............................................................................................................ 77 ANEXOS .................................................................................................................. 78 SEGUNDA PARTE PRÁCTICAS SECTOR PÚBLICO REALIZADO EN “MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO – ÁREA DE ALMACÉN” CAPITULO I ………………………………………………………………………………13 MARCO TEORICO………………………………………………………………………. 13 1.1 DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD ………………………………………………13 1.1.1. MARCO LEGAL…………………………………………………………… ..13 1.1.2. DATOS GENERALES DE LA MUNICIPALIDAD. .…………………… ..13 1.1.3. DESCRIPCIÓN Y ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ADMINISTRATIVA .18 1.1.4. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN………………………………………22 1.1.5. ÁREA DE ALMACÉN ………………………………………………………..24 1.2. MARCO TEORICO ESPECIFICO ………………………………………………26 1.2.1. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA …………………………………………….26 1.2.2. SISTEMA DE ABASTECIMIENTO……………………………………… 26 1.2.3. ALMACÉN…………………………………………………………………. 28 1.2.4. DOCUMENTOS DE INGRESO…………………………………………. 33 1.2.5. PROCESO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN……………………………. 34 1.2.6. DOCUMENTOS DE SALIDA …………………………………………….38 1.3. MARCO CONCEPTUAL………………………………………………………. 39 CAPITULO II…………………………………………………………………………. 42
  8. 8. viii DESCRIPCION DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS…………………………… 42 2.1. PERIODO DE PRACTICAS……………………………………………………. 42 2.2. HORARIO DE PRACTICAS…………………………………………………… 42 2.3. ACTIVIDADES REALIZADAS…………………………………………………. 42 CAPITULO III …………………………………………………………………………..51 DISCUSION ……………………………………………………………………………51 CAPITULO IV …………………………………………………………………………54 CONCLUSIONES ……………………………………………………………………54 CAPITULO V………………………………………………………………………… 56 RECOMENDACIONES ……………………………………………………………..56 CAPITULO VI ……………………………………………………………………….57 BIBLIOGRAFIA ……………………………………………………………………..57 ANEXOS…………………………………………………………………………… 58
  9. 9. ix INDICE DE ESQUEMAS ESQUEMA 1 ORGANIGRAMA ZABA SAC…………………………………………….4
  10. 10. x INDICE DE CUADROS
  11. 11. xi INTRODUCCIÓN Para que un estudiante tenga un amplia visión y mayor conocimiento sobre diferentes situaciones que ocurren día a día en diferentes empresas y/o entidades como el desempeño laboral de un trabajador, la organización, responsabilidades y el funcionamiento dentro de ella es necesario que se realización de las Prácticas Pre- Profesionales. En ese sentido la Universidad Nacional del Altiplano ha venido forjando grandes profesionales a lo largo de los años, y de la misma forma la Escuela Profesional de Ciencias Contables, por tal motivo se realizó el presente informe a base de conocimientos y experiencias adquiridas durante mi formación profesional, cumpliendo el plan curricular de la Escuela Profesional de Ciencias Contables de la Universidad Nacional del Altiplano – Puno, el cual hace mención la realización de prácticas Pre-profesionales como requisito indispensable para obtener el grado de bachiller. Las prácticas Pre - profesionales del sector Privado las realice en el “CORPORATIVO ZABA SAC” y del sector público en la “MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO – AREA DE ALMACEN” en la cual me he desempeñado de manera satisfactoria, responsable; aprovechando los conocimientos adquiridos en mi formación profesional debido a que las prácticas resultan útiles para relacionar la teoría con la práctica; asimismo, sirve para mejorar las competencias y destrezas, donde el estudiante universitario interactúa verdaderamente con la profesión, ya que es el campo de trabajo práctico donde se plasma y pone a prueba la teoría tantas veces interiorizada en la carpeta universitaria. Se adquiere experiencias por las labores realizadas, conocimientos nuevos y se desecha los conocimientos o las ideas erróneas con las que se contaba en el aula universitaria; además, se contrasta con las normativas vigentes.
  12. 12. xii RESUMEN El presente informe de prácticas pre - profesionales, tuvo por finalidad relacionar el desarrollo académico y teórico con la realidad práctica, e interactuar en las actividades contables de una organización; para tal efecto se utilizó todos los instrumentos teóricos y prácticos desarrollados durante la formación profesional. En estas prácticas se aplicó los conocimientos adquiridos dentro de la universidad y que ha sido base para poder desempeñarme de la mejor manera en las diferentes tareas asignadas tanto en el sector privado y público. LA PRIMERA PARTE: Corresponde a las prácticas pre profesionales en el sector privado, desarrollado en el “Corporativo ZABA SAC” dirigido por el CPC. Ronal Ronal German Quispe Zabalaga, ubicado en el Jirón Arequipa N° 798 en la ciudad de Puno, en ella se detalla aspectos generales de la entidad, marco legal, organización, marco teórico especifico, marco conceptual, discusiones, conclusiones y recomendaciones con relación a las actividades desarrolladas en esta entidad. Las actividades realizadas en la entidad estuvieron enmarcadas en las consultas masivas de RUC, así como también inventario de lotes de registro único contribuyentes, legalización de libros, registro de compras, registro de ventas, y entre otras actividades encargadas por mi jefe inmediato. LA SEGUNDA PARTE: Corresponde a las prácticas pre profesionales en el sector público, desarrollado en la Municipalidad Provincial de Puno en el Área de Almacén dirigido por el CPC. Rubén Darío Mamani ubicado en Jr. Deústua 458, en la ciudad de Puno, en ella se detalla aspectos generales de la entidad como es la descripción, marco legal, organización, marco teórico especifico, marco conceptual, discusiones, conclusiones y recomendaciones con relación a las actividades desarrolladas en esta entidad. Las actividades realizadas en la entidad estuvieron
  13. 13. xiii enmarcadas en la recepción y el internamiento de bienes, emisión de PECOSAS, entrega de pedidos y armado de expedientes en la que mi persona ha tenido que impartir y poner en práctica los conocimientos adquiridos en las aulas universitarias durante los periodos académicos, fortaleciendo y adquiriendo mayores conocimientos Ambas partes del presente informe se subdividen de la siguiente manera: Capítulo I: En donde se realiza la descripción general de “CORPORATIVO ZABA SAC” y ““MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO – AREA DE ALMACEN” objetivo de la entidad, misión, visión y estructura orgánica; en el marco teórico especifico, en donde se conceptúa todo lo relacionado al centro de prácticas, actividad económica principal, base legal; y el marco conceptual, en donde se definen los términos básicos. Capítulo II: Comprende la descripción de las actividades realizadas durante el periodo de prácticas en el sector privado y en el sector público. Capítulo III: Se incluye las discusiones que son producto de contrastar los problemas hallados con la información del marco teórico específico y las actividades realizadas, considerando los resultados que se obtuvieron en el análisis de este. Capítulo IV: Contiene las conclusiones, esto es resultado de la discusión descrita en el anterior capitulo. Capítulo V: Contiene las recomendaciones los cuales son en concordancia a las conclusiones dadas, discusión y labores realizadas en el sector privado y público. Capítulo VI: Contiene la bibliografía que se utilizó para realizar el presente informe.
  14. 14. xiv PRIMERA PARTE PRACTICAS PRE- PROFESIONALES SECTOR PRIVADO REALIZADAS EN: CORPORATIVO ZABA SAC
  15. 15. 77 CAPITULO I MARCO TEORICO 1.1 DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD 1.1.1 ANTEDECENTES DE LA ENTIDAD Corporativo Zaba S.A.C. es un estudio contable dedicado al servicio profesional fue creado en abril de 2018; como propuesta para brindar servicios de calidad en materiatributaria, contable, laboral, financiera y otros en los que el contribuyente necesita asesoría. El estudio contable está coordinado y dirigido por el Contador Público Colegiado Ronald German Quispe Zabalaga, quién toma decisiones encaminadas a la consecución de los fines para los que fue creada el establecimiento se encuentra ubicado en el jirón Arequipa 798. 1.1.2 SOBRE LA EMPRESA a) ¿Qué ofrece?: Nuestra propuesta es Ofrecer servicios con un alto grado de valor para nuestros clientes, que les permitan alcanzar sus objetivos y metas empresariales. b) Sus servicios: Somos Especialistas en Valorización - Constitución de Empresas, Contabilidad, Finanzas, Tributación, Laboral - Planillas, Auditoria, Contrataciones con el Estado, Gestión, Emprendimiento y Legal. c) Consultoría: Nuestros productos de Consultoría, Capacitación y Actualización, nos permite aportar información y servicios que te permitan mejorar tu situación actual. 1.1.3 MISIÓN
  16. 16. 2 Ayudar a nuestros clientes, priorizando la creación de valor con el fin de que obtengan una ventaja competitiva, planificando su tiempo y recurso, además de transmitir y hacer entender sus necesidades y el reto del mercado 1.1.4 VISIÓN Ser un grupo líder en la oferta de servicios profesionales en Contabilidad, contribuyendo al fortalecimiento de la economía del país, a través de nuestro trabajo diario. Brindar servicios de calidad para consolidar los asuntos contables de los clientes. 1.1.5 QUIENES SOMOS Somos una consultora especializada en soluciones y asesoría en Valorización y Constitución de Empresas, Contabilidad, Finanzas, Tributación, Laboral - Planillas, Auditoria, Contrataciones con el Estado, Gestión, Emprendimiento y Legal. 1.1.6 EQUIPO DIRECTIVO PROFESIONAL a) Ronal Zabalaga: Socio Fundador. Contador Público Colegiado titulado en la Universidad Nacional del Altiplano, Puno-Perú, cuenta con especialización en Gestión financiera de impuestos y tributación por la universidad ESAN Lima, y especialización en Auditoria Tributaria por la UNMSM Lima y una Maestría en Auditoria y Tributación por la UNA PUNO. b) Patricia Gallegos: Socio Fundador, Contador Público y Abogada por la Universidad Nacional del Altiplano, Puno-Perú egresada de la Maestría en tributación de la misma casa de estudios. cuenta con experiencia en organismos de fiscalización laboral, en tributación y aduanas.
  17. 17. 3 c) Willy Garcia: Profesional en contabilidad, experiencia en tributos municipales, tramites y procedimientos notariales y registrales y gestión pública. d) Patricia Paola: Profesional en ciencias sociales, Apoyo administrativo para actividades específicas. 1.1.7 ORGANIZACIÓN a) GERENTE – CONTADOR i. Es el representante legal de la sociedad, ejecuta los acuerdos, realiza informe anual, para vigilar el desarrollo general de la entidad, ejecuta la planeación ordinaria de la oficina. b) ASISTENTE EN CONTABILIDAD – CONTADOR i. Registro y elaboración de los estados financieros, cálculo y declaración de impuestos. ii. Entrega de información a cliente de subdepartamento y facturación electrónicas de todos los ingresos de la entidad. c) AUXLIAR CONTABLE i. Efectuar el registro correspondiente de operaciones contables. (Recibe, examina, clasifica y registra). ii. Archivar y mantener actualizado los archivos de registros contables y sus comprobantes complementarios. iii. Efectuar el cierre contable mensual. iv. Realizar las conciliaciones bancarias y contables. v. Elaboración de papeles de trabajo básicos para la elaboración de impuestos. vi. Presentación de declaraciones.
  18. 18. 4 1.1.8 ORGANIGRAMA ESQUEMA 1 ORGANIGRAMA DE ESTUDIO CONTABLE: CORPORATIVO ZABA SAC } FUENTE: Elaboración Propia 1.2MARCO TEORICO ESPECÍFICO 1.2.1 LA EMPRESA Son unidades de producción o comercialización de bienes y/o servicios con el concurso de tres elementos. Capital trabajo y bienes tiene como objeto fundamental: Ofrecer bienes y servicios que el ser humano necesita para la satisfacción de sus necesidades.
  19. 19. 5 Obtención de lucro y beneficios tratándose de empresa inmensas dentro del sistema capitalista buscando cada vez más la maximización del mismo. RUELAS, ESPILLICO, (2010) Empresa, es un agente económico activo expuesto al riesgo, que a partir de las decisiones relativamente autónomas, combina y organiza los factores de producción para obtener los bienes y servicios de valor para maximizar su utilidad. ZEBALLOS. (2011) Son unidades de producción o comercialización de bienes y/o servicios que con el concurso de tres elementos; capital, trabajo y bienes tienen como objetivo fundamental: ofrecer bienes y servicios que el ser humano necesita para la satisfacción de sus necesidades. La obtención de lucro o beneficio, tratándose de empresas inmersas dentro del sistema capitalista, buscando cada vez más la maximización del mismo. Salvo excepciones en que su objetivo es netamente social. Son unidades de producción o comercialización de bienes y/o servicios con el concurso de tres elementos. Capital trabajo y bienes tiene como objeto fundamental: Ofrecer bienes y servicios que el ser humano necesita para la satisfacción de sus necesidades. Obtención de lucro y beneficios tratándose de empresa inmensas dentro del sistema capitalista buscando cada vez más la maximización del mismo. RUELAS, ESPILLICO, (2010) Empresa, es un agente económico activo expuesto al riesgo, que a partir de las decisiones relativamente autónomas,
  20. 20. 6 combina y organiza los factores de producción para obtener los bienes y servicios de valor para maximizar su utilidad. ZEBALLOS. (2011) Son unidades de producción o comercialización de bienes y/o servicios que con el concurso de tres elementos; capital, trabajo y bienes tienen como objetivo fundamental: ofrecer bienes y servicios que el ser humano necesita para la satisfacción de sus necesidades. La obtención de lucro o beneficio, tratándose de empresas inmersas dentro del sistema capitalista, buscando cada vez más la maximización del mismo. Salvo excepciones en que su objetivo es netamente social. 1.2.1.1 EMPRESAS SEGÚN SU ACTIVIDAD ECONOMICA Empresas del sector primario Son aquellas empresas que se encarga de la manufacturación de los obtenidos de la naturaleza (madera, frutas, plantas), obteniendo de ello un beneficio económico, estas se encargan de transformar dichos recursos en productos que pueden ser base para la obtención de productos totalmente nuevo, lo que quiere decir que este tipo de industrias son el principal motor de la economía ya que ellas son las que inician el ciclo de producción de un producto determinado. Empresas del sector secundario Son aquellas empresas encargadas de la transformación de la materia prima obtenida en el sector primario, convirtiéndola en productos terminados, que luego serán distribuidos en los diferentes establecimientos (sector terciario) para ser vendidos al consumidor y así satisfacer sus necesidades. Empresas del sector terciario o de servicios
  21. 21. 7 Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, bancos, comercio, seguros, hotelería, asesorías, educación, restaurantes, etc. 1.2.1.2 EMPRESAS SEGÚN SU TAMAÑO Uno de los criterios que podemos considerar es el tamaño de un negocio, el número de personas que componen su plantilla. A partir de esta primera, surgen cuatro modelos de proyectos diferentes que enumeración a continuación. Grandes Empresas: Se caracterizan por manejar capitales y financiamientos grandes, por lo general tiene instalaciones propias, sus ventas son de varios millones de dólares, tienen miles de empleados de confianza y sindicalizados, cuentan con un sistema de administración y operación muy avanzado y pueden obtener líneas de crédito y prestamos importantes con instituciones financieras nacionales e internacionales. Medianas Empresas: En este tipo de empresas intervienen varios cientos de personas y en algunos casos hasta miles, generalmente tienen sindicado, hay áreas bien definidas con responsabilidades y funciones, tienen sistemas y procedimientos automatizados. Pequeñas Empresas: Este tipo de negocio suele tener una tendencia de crecimiento más destacada que la de la microempresa. Además, en su estructura organizacional también cuenta con una división del trabajo. En muchos casos, las pequeñas empresas son negocios familiares.
  22. 22. 8 Microempresas: Una microempresa es un negocio que tiene un máximo aproximado de diez trabajadores en plantilla. Se trata de un micro negocio que puede ser administrado por un único profesional. Pese a que su nivel de facturación sea menor que el de otro tipo de negocios, conviene puntualizar que este tipo de proyectos tienen una gran influencia en la economía social al ser un medio de vida para los profesionales. Además, se trata de un tipo de negocio que puede tener potencial, es decir, una evolución de menos a más. 1.2.1.3 SEGÚN SU AMBITO DE ACTIVIDAD Estas se clasifican de acuerdo al ámbito geográfico donde actúan la empresa y su entorno político, económico o social Empresas locales: son aquellas cuyas actividades se centran en un entorno cercano, como la localidad donde se encuentran ubicadas, la comarca, una provincia o una región. Por tanto, el término "local" suele utilizarse para hacer referencia a empresas comarcales, provinciales o regionales. La mayor parte de las empresas de nuestro país son de este tipo, de ahí la importancia que tienen en el tejido económico. Empresas nacionales: son aquellas empresas cuyo campo de actuación viene representado por la totalidad del territorio nacional, aunque tengan su sede en una localidad concreta. Con el paso del tiempo suelen convertirse en empresas comunitarias Empresas multinacionales: son aquellas que extienden su campo de operaciones a numerosos países por todo el mundo. Para que una empresa sea considerada multinacional no basta con exportar,
  23. 23. 9 sino que es necesario que la presencia en el exterior sea sólida, con centros de producción y distribución en el país de destino. 1.2.1.4 SEGÚN FORMA JURIDICA La legislación de cada país regula las formas jurídicas que pueden adoptar las empresas para el desarrollo de su actividad. La elección de su forma jurídica condicionará la actividad, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades de la empresa. Se clasifican en términos generales: Sociedad anónima: Es una sociedad mercantil de tipo capitalista en la que el capital social está dividido en acciones (pequeñas partes del capital) que pueden ser transmitidas libremente una vez que la Sociedad esté inscrita en el Registro Mercantil. No hay un número máximo ni mínimo de socios, es decir, que puede hacerse con un único (crear una Sociedad Anónima Unipersonal), sin embargo, esta modalidad conlleva una serie de obligaciones adicionales para el empresario. Los Socios tienen la obligación de aportar al capital lo que cada uno hubiera suscrito. Sociedad colectiva: Está dentro de las sociedades mercantiles y tiene un carácter personalista. Funciona bajo un nombre colectivo o razón social, participando todos los socios en un plano de igualdad. Entre los socios cabe distinguir dos tipos, el que aporta bienes a la sociedad que se denomina "Socio capitalista" y el que aporta industria (trabajos, servicios o actividad en general) "Socio industrial" La ventaja principal es que supone la forma más sencilla de constituirse como sociedad mercantil, tanto en lo que se refiere a la
  24. 24. 10 constitución como a la administración y contabilidad. El inconveniente es el tipo de responsabilidad que asumen los socios: ilimitada, ya que estamos en una sociedad personalista, en la que los socios adquieren ciertos derechos pero también obligaciones. Frente a otro tipo de sociedades, debemos señalar que en las colectivas el carácter de socio es intransmisible. Sociedad de responsabilidad limitada: Una sociedad de responsabilidad limitada es un tipo de sociedad mercantil en la que la responsabilidad de cada uno de sus socios está delimitada por el capital que estos hayan aportado a la misma. Comanditarias: La sociedad comanditaria es un tipo de sociedad mercantil en la que varios socios participan en la gestión de la sociedad y que responden de forma ilimitada de dicha sociedad con su patrimonio y por otros socios que no intervienen en la gestión de la sociedad y que responderán de forma limitada Cooperativas: Toda organización cooperativa debe constituirse sin propósito de lucro, y procurará, mediante el esfuerzo propio y la ayuda mutua de sus miembros, el servicio inmediato de éstos y el mediato de la comunidad. 1.2.2 CONTABILIDAD Según CALIXTO MENDOZA ROCA, (2016) El concepto de contabilidad ha evolucionado a través del tiempo. Tradicionalmente se le ha definido como “el lenguaje de los negocios”, debido a que es una actividad de servicio encargada de identificar, medir y comunicar la información económica que
  25. 25. 11 permite a los usuarios formar juicios y tomar decisiones. También se le ha denominado “historia de los negocios” porque registra, en forma cronológica, lo que económicamente sucede en la empresa. La contabilidad, para algunos, es un arte, para otros es una técnica, mientras hay quienes consideran que es una ciencia. La contabilidad, como ciencia, constituye un sistema informativo que emite datos estructurados y relevantes de los distintos entes que componen la realidad económica, como la sociedad, las empresas y el sector público. Estos datos, tras ser analizados e interpretados, son empleados por los sujetos económicos para controlar los recursos con los que cuentan y desarrollan las acciones pertinentes y oportunas con miras a hacerlos más productivos y, en todo caso, para evitar situaciones que pondría en peligro su supervivencia. ZEBALLOS, (2011) Es la ciencia que a través de un análisis e interpretación de los registros contables permite conocer la verdadera situación económica y financiera de las empresas, teniendo como objetivo una sabia orientación para mejorar la forma de tomar decisiones. Es el proceso que permite identificar, medir y comunicar la información de carácter económico para que los usuarios de dicha información puedan tomar decisiones y formular juicios. La Contabilidad es la parte de las finanzas que estudia las distintas partidas que reflejan los movimientos financieros de una empresa o entidad. Es una herramienta clave para conocer en que situación y condiciones se encuentra la empresa y, con la documentación, poder establecer las estrategias necesarias con el objetivo de mejorar su rendimiento económico. Por ejemplo, si compramos madera para fabricar sillas tendremos que
  26. 26. 12 contabilizar esa compra para saber que cantidad tenemos, cuanto nos ha costado, quien es el vendedor en que fecha la compramos, etc. La contabilidad es un recurso del que se dispone para administrar los gastos e ingresos de una compañía. Cualquier empresa en el desarrollo de su actividad realiza operaciones de compra, venta, financiación como consecuencia de esas actividades su patrimonio varia y obtiene un beneficio o una perdida. 1.2.2.1 OBJETO DE LA CONTABILIDAD El objeto de la contabilidad es de informar a lo que dirigen la empresa sobre el activo, pasivo y capital de la misma, así como la información y análisis pertinentes de las operaciones mercantiles. Tiene la finalidad de registrar todas las operaciones que realiza la empresa, para luego preparar periódicamente todos los estados financieros. 1.2.2.2 FUNCIONES DE LA CONTABILIDAD La contabilidad tiene como finalidad apoyar y optimizar los procesos de administración y de la economía en una organización empresarial, para ello debe cumplir ciertas funciones de los cuales son las siguientes: Registrar las actividades mercantiles de las operaciones que afectan al dinero. Analizar y clasificar mediante un procedimiento ordenado y cronológico Responder a la verdad de los hechos y también a la exactitud de las valorizaciones a los mismos asignados
  27. 27. 13 Resumir las actividades mercantiles de las operaciones que afectan al dinero. 1.2.2.3 CLASIFICACIÓN DE LA CONTABILIAD ZEBALLOS. (2013) La contabilidad como ciencia se relaciona con los diversos campos de las empresas según establece el Sistema Uniforme de Contabilidad. La contabilidad se clasifica de acuerdo a las actividades que realiza. Es decir, que se divide en dos grandes sectores que se denominan Privada y Oficial o Pública. A. Contabilidad Publica O Gubernamental Es la contabilidad pública está encargada de clasificar, analizar, controlar, registrar e interpretar todas las operaciones de las entidades del Estado que se registra en los organismos públicos del estado como: Ministerios, municipalidades, universidades, etc. A la vez permite tomar decisiones en materia fiscal, presupuestaria, administrativa, económica y financiera B. Contabilidad Privada Es aquella que se clasifica, registra y analiza todas las operaciones económicas de empresas, socios o individuos particulares que les permite tomar decisiones ya sea en el campo administrativo, económico o financiero.
  28. 28. 14 1.2.2.4 LA ECUACIÓN CONTABLE La condición financiera o la posición de un negocio o empresa comercial representa por la relación de los activos con los pasivos más el capital representa en la ecuación contable de la siguiente manera: ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO (Capital) 1.2.2.5 PERIODO CONTABLE Por razones económicas y tributarias el periodo contable se refiere a la actividad económica que realiza una empresa entre el 1° de enero al 31 de diciembre de cada año o el periodo comprendido entre el inicio de las actividades mercantiles que puede ser cualquier mes del año hasta el 31 de diciembre. 1.2.2.6 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD – NIC’S Las NIC’S son pronunciamientos profesionales que establecen la forma de preparación y presentación de los estados financieros buscando homogenizar el lenguaje contable universal. NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD – NIC’S VIGENTES EN EL PERÚ Versión 2016 (Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N°063-2016-EF/30) NIC 1 Presentación de Estados Financieros NIC 2 Inventarios NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores NIC 10 Hechos Ocurridos Después del Periodo sobre el que se Informa NIC 12 Impuesto a las Ganancias
  29. 29. 15 NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo NIC 19 Beneficios a los Empleados NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera NIC 23 Costos por Préstamos NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Beneficio por Retiro NIC 27 Estados Financieros Separados NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación NIC 33 Ganancias por Acción NIC 34 Información Financiera Intermedia NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes NIC 38 Activos intangibles NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición NIC 40 Propiedades de Inversión NIC 41 Agricultura
  30. 30. 16 1.2.2.7 NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF Constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable, ya que en ella se establecen los lineamientos para llevar la contabilidad de la forma como es aceptable en el mundo. Las NIIF vigentes en el Perú son a continuación: NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA – NIIF-Versión 2016 (Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N°063-2016-EF/30) NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 2 Pagos Basados en Acciones NIIF 3 Combinaciones de Negocios NIIF 4 Contratos de Seguro NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar NIIF 8 Segmentos de Operación NIIF 9 Instrumentos Financieros NIIF 10 Estados Financieros Consolidados NIIF 11 Acuerdos Conjuntos NIIF 12 Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades NIIF 13 Medición del Valor Razonable
  31. 31. 17 NIIF 14 Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes NIIF16 Arrendamientos (Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad Nº 062-2016-EF/30) NIIF 16 Arrendamientos 1.2.2.8 PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL El Consejo Normativo de Contabilidad es el órgano del Sistema Nacional de Contabilidad que tiene como parte de sus atribuciones, el estudio, análisis y opinión sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad de los sectores público y privado, así como la emisión de las normas de contabilidad para las entidades del sector privado. Dentro de esas atribuciones, es que emite este Plan Contable General Empresarial (PCGE), que contempla los aspectos normativos establecidos por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). El plan contable que se sustituye con este PCGE, corresponde a la versión emitida en el año 1984, vigente a partir del año 1985, por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, y sus posteriores modificatorias o ampliatorias. Dicha versión correspondía a su vez a la revisión del Plan Contable General que entró en vigencia en el año 1974. Para la elaboración de este PCGE se ha conservado, hasta donde ha sido posible y conveniente, la nomenclatura de las cuentas y subcuentas, así como la estructura de códigos contables del plan
  32. 32. 18 emitido por la CONASEV, con la finalidad de facilitar el tránsito hacia la aplicación completa de este nuevo PCGE. Este Plan Contable General Empresarial no tiene como propósito establecer medidas de control ni políticas contables. En el caso de los controles, éstos obedecen a la identificación de riesgos por parte de la empresa, considerando la probabilidad de ocurrencia y el impacto que puedan causar. Las políticas contables, que deben estar alineadas con las NIIF, son seleccionadas y aplicadas por las entidades para el registro de sus operaciones y la preparación de sus estados financieros. Ambos, controles y políticas contables, deben ser seleccionados de acuerdo a las transacciones que realizan las empresas y a las características que le son propias. 1.2.2.8.1 OBJETIVOS El Plan Contable General Empresarial (PCGE) tiene como objetivos: a) Acumular información sobre los hechos económicos que una empresa debe registrar según las actividades que realiza, de acuerdo con una estructura de códigos que cumpla con el modelo contable oficial en el Perú, que es el que corresponde a las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF1. b) Proporcionar a las empresas los códigos contables para el registro de sus transacciones, que les permitan, tener un grado de análisis adecuados y con base en ello, obtener estados financieros que reflejen su situación financiera, resultados de operaciones y flujos de efectivo.
  33. 33. 19 c) Proporcionar a los organismos supervisores y de control, información estandarizada de las transacciones que las empresas efectúan como puede ser la SUNAT. 1.2.2.8.2 ESTRUCTURA DE CUENTAS EN EL PLAN CONTABLE GENERAL PARA EMPRESAS El Plan se encuentra desarrollado hasta un nivel de cinco dígitos, de acuerdo a la información que se pretende identificar como detalle. La codificación de las cuentas, subcuentas y divisionarias previstas, se han estructurado sobre la base de lo siguiente: a. Elemento. Se identifica con el primer dígito y corresponde a los elementos de los estados financieros, excepto para el dígito “8” que corresponde a la acumulación de información para indicadores nacionales, y el dígito “0” para cuentas de orden 1.2.2.8.3 CATÁLOGO DE CUENTAS a. Elemento – Descripción 1. Activo disponible y exigible 2. Activo realizable 3. Activo inmovilizado 4. Pasivo 5. Patrimonio neto 6. Gastos por naturales 7. Ingresos 8. Saldos intermediarios de gestión y determinación del resultado del ejercicio
  34. 34. 20 9. Contabilidad analítica de explotación 0. Cuentas de orden b. Rubro o Cuenta Cada cuenta se debe disponer a nivel de 2 dígitos como mínimo para la presentación de los Estados Financieros c. Subcuenta Se desagrega a nivel de 3 dígitos, acumula las cuentas de activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos. d. Divisionaria Se descompone en 4 dígitos, identifica el tipo o la condición de la subcuenta, u otorga un mayor nivel de especificidad a la información provista por las subcuentas. e. Sub divisionaria Se presenta a nivel de 5 dígitos, indica valuación cuando existe más de un método para medirla u otorga un nivel de especificidad mayor. 1.2.3 COMPROBANTES DE PAGO SEGÚN ZEBALLOS (2013), Es todo documento que acredita la transparencia de bienes de entrega en uso o prestación de servicios. El comprobante de pago es un documento formal que una relación comercial o de transferencia en cuanto a bienes y servicios se refiere. El comprobante de pago, es un documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios y que sirven como documentos fuentes para registrar en los libros contables de una empresa. (Reulas Humpiri & Espillico Chique, 2010)
  35. 35. 21 El comprobante de pago es el documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios y que sirven como documentos fuente para registrar en los libros contables de una empresa. Para ser considerado como tal debe ser emitido y/o impreso conforme a las normas del Reglamento de Comprobantes de Pago (Resolución de Superintendencia N° 007-99-SUNAT). 1.2.3.1 DECRETO LEY N° 25632- LEY MARCO DE COMPROBANTES DE PAGO Artículo 1°.- Están obligados a emitir comprobantes de pago todas las personas que transfieren bienes, en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza. Esta obligación rige aun cuando la trasferencia o prestación no se encuentre afecta a tributos. En las operaciones con los consumidores finales cuyo monto final no excede en Un Nuevo Sol (S/ 1.00), la obligación de emitir comprobantes de pago es facultativa, pero si el consumidor lo exige deberá entregársele el comprobante. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT- podrá reajustar el monto antes señalado y establecer las normas administrativas y de control respecto a esas operaciones. La SUNAT podrá disponer que sea el comprador, usuario o intermediario quien emita el comprobante de pago cuando las modalidades de mercado y razones de fiscalización lo justifiquen. Artículo 2°.- Se considera comprobante de pago, todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de
  36. 36. 22 servicios, calificados como tal por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT. Cuando el comprobante de pago se emita de manera electrónica se considerará como representación impresa, digital u otra de este para todo efecto tributario al resumen en soporte de papel, digital u otro que se otorgue de acuerdo a la regulación que emita la SUNAT y siempre que el referido resumen cumpla con las características y requisitos mínimos que aquella establezca, sin perjuicio que se garantice que los sujetos de la operación puedan acceder por otro medio a la información completa. Artículo 3°.- Para efecto de lo dispuesto en la presente Ley, la SUNAT señalará: a) Las características y los requisitos mínimos de los comprobantes de pago; b) La oportunidad de su entrega; c) Las operaciones o modalidades exceptuadas de la obligación de emitir y entregar comprobantes de pago; d) Las obligaciones relacionadas con comprobantes de pago, a que están sujetos los obligados a emitir los mismos; e) Los comprobantes de pago que permiten sustentar gasto o costo con efecto tributario, ejercer el derecho al crédito fiscal o al crédito deducible, y cualquier otro sustento de naturaleza similar; f) Los mecanismos de control para la emisión o utilización de comprobantes de pago, incluyendo la determinación de los sujetos que deberán o podrán utilizar la emisión electrónica.
  37. 37. 23 Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, los sujetos que generen rentas de tercera categoría están obligados a consignar su nombre comercial, en los comprobantes de pago que emitan. Adicionalmente, la SUNAT regulará la emisión de documentos que estén relacionados directa o indirectamente con los comprobantes de pago; tales como: guías de remisión, notas de débito, notas de crédito, a los que también les será de aplicación lo dispuesto en el presente artículo. Cuando los documentos que estén relacionados directa o indirectamente con los comprobantes de pago se emitan de manera electrónica, se considerará como representación impresa, digital u otra de estos para todo efecto tributario al resumen en soporte de papel, digital u otro que se otorgue de ellos de acuerdo a la regulación que emita la SUNAT y siempre que dicho resumen cumpla con las características y requisitos mínimos que aquella establezca, sin perjuicio que se garantice que los sujetos de la operación puedan acceder por otro medio a la información completa. Artículo 4°.- La impresión o importación de comprobantes de pago u otros documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, cualquiera sea su modalidad, la realizarán únicamente las empresas inscritas en el Registro que para tal efecto determine la SUNAT. Asimismo, la inscripción o exclusión del registro se realizará conforme a las normas que ésta señale. Igualmente establecerá las obligaciones de las empresas que realicen trabajos de impresión o importación de los documentos a que se refiere el párrafo anterior, y los mecanismos de control para la
  38. 38. 24 impresión, emisión y/o utilización de los mismo, incluyendo aquellos que se emitan por medios mecanismos o computarizados. Los mecanismos de control, incluyen la obligación de declarar la impresión, emisión y/o utilización de comprobantes de pago u otros documentos relacionados directa o indirectamente con éstos. Artículo 5.- El incumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente Ley, será sancionado de conformidad con lo establecido en el Código Tributario. Aquellos que realicen trabajos de impresión o importación de comprobantes de pago u otros documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, sin estar inscritos en el Registro que para tal efecto determine la SUNAT, no podrán acceder al mismo. Lo dispuesto en el presente párrafo será sin perjuicio de la sanción señalada en el Código Tributario Artículo 6.- Deróganse los artículos 7° al 4° del Decreto Supremo N.° 119-89-EF y los Decretos Supremos Nos 182-89-EF y 017-90-EF. Artículo 7.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia el 1° de setiembre de 1992, con excepción de las disposiciones transitorias que entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. 1.2.3.2 IMPORTANCIA La importancia de los comprobantes de pago radica en lo siguiente: Ayudar a hacer frente a la evasión tributaria
  39. 39. 25 Es una prueba de la transacción, la misma que se registra en los libros contables, en consecuencia, se declaran ingresos correctos y se pagaran los impuestos respectivos Las personas que no entregan comprobantes de pago, pagan menos impuestos y hacen que crezca la evasión tributaria. 1.2.3.3 DOCUMENTOS CONSIDERADOS COMO COMPROBANTES DE PAGO Solo se consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con todas las características y requisitos mínimos establecidos en el reglamento de comprobantes de pago. A. Facturas Se emitirán en los siguientes casos: Cuando la operación se realice con sujetos del impuesto general a las ventas que tengan derecho al crédito fiscal. Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario. Cuando el sujeto del Régimen Único Simplificado lo solicite a fin de sustentar crédito deducible. En las operaciones de exportación consideradas como tales por las normas del impuesto a las venta. B. Boletas De Venta Se emitirán en los siguientes casos: En las operaciones con consumidores o usuarios finales. En operaciones realizadas por los sujetos de Régimen único Simplificado
  40. 40. 26 C. Tickets O Cintas Emitidas Por Las Máquinas Registradoras Solo podrán ser emitidos en moneda nacional. Se emitirán en los siguientes casos: En operaciones con consumidores finales En operaciones realizadas por los sujetos del Régimen único Simplificado. No permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal crédito deducible, ni sustentarán gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la Ley lo permita. D. Liquidaciones De Compra Podrán ser empleadas para sustentar gasto o costo para efecto tributario Permitirán ejercer el derecho al crédito discal, siempre que se cumpla con lo establecido en el numeral siguiente. El impuesto deberá ser referido o pagado por el comprador, quien queda designado como agente de retención. E. Recibos Por Honorarios Se emitirán en los siguientes casos: Por la prestación de servicios a través del ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Por todo otro servicio que genere rentas de cuarta categoría
  41. 41. 27 1.2.3.4 OTROS TIPOS DE COMPROBANTES De la misma manera, el reglamento de comprobantes de pago vigente, además de señalar expresamente los documentos que califican como tales, regula lo concerniente a otros documentos que por su contenido y sistema de emisión permite un adecuado control tributario y se encuentra expresamente autorizado de manera previa por la SUNAT, que si bien otros no constituyen comprobantes de pago pero se encuentren vinculados a estos en el desarrollo de las operaciones económicas, de los que a continuación se presenta: Guía De Remisión Del Remitente No es considerado como comprobante de pago, pero es un documento que emite el remitente para sustentar el traslado de bienes con motivo de su compra o venta y la prestación de servicios que involucren o no en transformación de bienes. Guía De Remisión Del Transportista Es el documento que emite el transportista para sustentar el traslado de bienes a solicitud de terceros, es decir se realiza el servicio bajo la modalidad de transporte público. 1.2.3.5 OBLIGADOS A EMITIR Están obligados a emitir comprobantes de pago: Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que realicen transferencias de bienes a título gratuito u oneroso:
  42. 42. 28 • Derivadas de actos y/o contratos de compraventa, permuta, donación en pago y en general todas aquellas que supongan la entrega de un bien en propiedad. • Derivadas de actos y/o contratos de cesión en uso arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, asociación en participación, comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el transferente otorgue el derecho a usar un bien Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos se encuentran obligados a emitir liquidación de compra por las adquisiciones que efectueb a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera, artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de numero de RUC. Mediante Resolución de Superintendencia se podrán establecer otros casos en los que se deba emitir liquidación de compra. Los martilleros públicos y todos los que remana o subasten bienes por cuenta de terceros, se encuentran obligados e emitir una póliza de adjudicación con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada. Tratándose de personas naturales,
  43. 43. 29 sociedades conyugales y sucesiones indivisas, la obligación de otorgar comprobantes de pago requiere habitualidad. La SUNAT en caso de duda determinará la habitualidad teniendo en cuenta la actividad, naturales, monto y frecuencia de las operaciones. Las personas naturales sociedades conyugales y sucesiones indivisas, que sin ser habituales requieran otorgar comprobantes de pago, podrán hacer uso de los formatos proporcionados por la SUNAT, los mismo que podrán ser utilizados para sustentar gasto o costo para efecto tributario. 1.2.3.6 OPERACIONES EXCEPTUADAS DE LA OBLIGACION DE EMTIR COMPROBANTES DE PAGO Se exceptúa de la obligación de otorgar comprobantes de pago por: La transferencia de bienes o prestación de servicios a título gratuito efectuados por la Iglesia Católica y por las entidades pertenecientes al Sector Público Nacional, salvo las empresas conformantes de la actividad empresarial del Estado. La transferencia de bienes por causa de muerte y por anticipo de legitima La venta de diarios, revistas y publicaciones periódicas efectuadas por canillitas. El servicio de lustrado de calzado y el servicio ambulatorio de lavado de vehículos Los ingresos que se perciban por funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios,
  44. 44. 30 mandatarios y regidores de municipalidades y actividades similares. La transferencia de bienes por medio de máquinas expendedoras automáticas accionadas por monedas de curso legal, siempre que dichas máquinas tengan un dispositivo lógico contador de unidades vendidas, debidamente identificado (marca, tipo, número de serie) el cual deberá tener las siguientes características: • Estar resguardado cuando abra la máquina para su recarga, debiendo ser visible su numeración, desde el exterior o en el momento de abrirla • Asegurar la imposibilidad de retorno a cero (0), excepto en el caso de alcanzar el topo de la numeración, así como el retroceso del contador, por ningún medio (manual, mecánico, electromagnético, etc.) Los servicios de seguridad originados en convenios con la Policía Nacional del Perú, prestados por sus miembros a entidades públicas o privadas, siempre que la retribución que por dichos servicios perciba cada uno de sus miembros en el transcurso de un mes calendario, no exceda de un cuarto (1/4) de la UIT 1.2.4 LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 1.2.4.1 DEFINICIÓN Son un conjunto de registros especiales donde se registran las operaciones mercantiles y administrativas que realiza la empresa, en forma cronológica y ordenada, con la finalidad de mostrar la situación
  45. 45. 31 en que se encuentra la empresa en periodos económicos diferentes, sujetándose a las disposiciones legales a una técnica contable. Son registros en donde se anotan las transacciones las cuales son todas las operaciones mercantiles que efectúa una empresa con las personas naturales o jurídicas como pueden ser compra o venta de mercaderías, ingreso de dinero en caja, pagos efectuados, etc. La SUNAT ha establecido desde el 1 de enero de 2007 las normas referidas a los libros y registros contables y los vinculados a aspectos tributarios, obligados a llevar en el caso de entidades y empresas que generan rentas empresariales o de tercera categoría. En efecto mediante Resolución de Superintendencia N° 234- 2006/SUNAT se regula esta obligación para las empresas y también para personas naturales afectas a rentas por las que deben llevar un Libro para el registro de sus ingresos por rentas de segunda o cuarta categoría según el caso. 1.2.4.2 CLASIFICACIÓN En una contabilidad completa los libros a llevar y su clasificación para efectos del inciso b) del tercer párrafo el artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta, los libros y registros que integran las contabilidad completa son las siguientes: Libro de efectivo y equivalente de efectivo Libro de inventario y balance Libro diario Libro mayor Registro de compras
  46. 46. 32 Registro de ventas o ingreso Asimismo, los siguientes libros y registros integran la contabilidad completa siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta Libro de retenciones Registro de activos fijos Registro de costos Registro de inventario permanente de unidades físicas Registro de inventario permanente valorizado a) Libro De Efectivo Y Equivalente De Efectivo Es un libro principal en el cual registramos todas las operaciones que realiza la empresa al contado (efectivo o cheque) los registros a efectuarse son diariamente en forma ordenada y cronológica, con los documentos que efectúan las operaciones b) Libro De Inventario Y Balances Es un libro principal y obligatorio de foliación simple, su finalidad es demostrar la situación económica de la empresa, aquí se registran los activos, pasivos y patrimonio de la empresa. Se utiliza dos veces al año, al inicio de las operaciones comerciales y otro al finalizar el periodo económico. c) Libro Diario El libro diario es el registro contable principal de cualquier sistema contable, en el cual se anotan todas las operaciones. Es un documento que registra de forma cronológica las transacciones económicas que una
  47. 47. 33 empresa realiza. Estas transacciones están relacionadas con la actividad principal de la firma. Las operaciones se contabilizan mediante asientos contables, según se vayan produciendo. Esta contabilización se debe ir recogiendo día a día; o en periodos no superiores a un mes en caso de que las actividades se hayan ido recogiendo en otros documentos. d) Libro Mayor El libro mayor contable es el libro de registro en el que se registran cada una de las cuentas contables de una empresa. Es decir, se trata de un documento que incluye los movimientos de cada de las cuentas de una empresa por separado. Tener el libro mayor no es obligatorio, aunque si es recomendable ya que permite ver a simple vista los movimientos que se incluyen en cada una de las cuentas contables de la empresa así como definir cuál es su saldo durante el ejercicio contable, lo cual proporciona información a la empresa. Es decir, la finalidad del libro mayor es conocer el saldo que va quedando en cada cuenta por las operaciones registradas en todo momento, atendiendo a cada cuenta contable de forma específica. Si quieres ir más allá del libro blanco, puedes usar varios indicadores financieros para conocer el estado del negocio. e) Registro De Compras En este libro se anotan en forma cronológica las compras de bienes y servicios que realiza la empresa. Es un libro que puede ser de foliación simple o doble. Desde el punto de vista técnico contable, es auxiliar.
  48. 48. 34 Desde el punto de vista legal, es obligatorio para las empresas que deben llevar contabilidad completa. También es obligatorio para las empresas que, no estando obligadas a llevar contabilidad completa, realizan operaciones gravadas por el Impuesto General a las Ventas. f) Registro De Ventas O Ingresos Es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble, la legalización se realiza en la primera página ya sea libro o reporte por computadora. Es importante porque sirve para registrar las operaciones de ventas de mercaderías, bienes o servicios de una empresa. Su finalidad principal es determinar con exactitud las ventas realizadas y los impuestos retenidos, los descuentos, intereses y también las condiciones de ventas a nuestros clientes. A través de este libro determinamos cuanto de ingresos ha tenido la empresa en meses comparativos y así comprobar las variaciones ocurridas. Cada fin de mes se cierra y se centraliza al libro diario. Los contribuyentes del impuesto están obligados a llevar un registro de ventas de ingresos y de compras en los que anotaran las operaciones que realicen, de acuerdo a las normas que señale el reglamento. g) Libro De Almacen O Kardex Es un libro auxiliar donde se registran las entradas y salidas de existencias del almacén, vale decir aplicable en control de mercaderías, materias primas, materiales auxiliares, de suministros diversos. 1.2.4.3 LLEVADO DE LIBROS – FORMA MANUAL Y SISTEMA COMPUTARIZADO A. Legalización de los libros
  49. 49. 35 Los notarios o jueces, según corresponda, colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos y procederán a sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas. B. Conservación y comunicación de pérdida o destrucción de los libros Es obligatorio almacenar, archivar y conservar mientras el tributo no esté prescrito, lo siguiente: Los libros y registros, llevados de manera manual, mecanizada o electrónica. Los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionadas con ellas. En ese sentido, los contribuyentes tienen la obligación de comunicar a la SUNAT, en un plazo de 15 días hábiles, los casos en que ocurra la pérdida o destrucción por siniestro, asaltos y otros, de los libros y registros. En todos los casos, se deberá adjuntar copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada por el contribuyente, respecto de la ocurrencia de los hechos, debiéndose presentar la citada documentación en la Mesa de Partes de los Centros de Servicios y dependencias de la SUNAT
  50. 50. 36 1.2.4.4 LLEVADO DE LIBROS – FORMAS ELECTRÓNICAS Para un fácil llevado de los libros y registros contables, la SUNAT ha implementado el Sistema de libros en forma electrónica, generando grandes beneficios para tu negocio, tales como: Ahorro en costos de legalización, impresión y almacenaje de los libros y registros contables. Mayor productividad, ya que no se perderá tiempo en las notarías para legalizar los libros y registros contables. Liberación de espacios, ya que no se tendrán que archivar y conservar más libros y registros físicos. Acceso fácil y rápido de los ejemplares de libros y registros electrónicos generados en el sistema, los cuales podrán ser descargados en cualquier momento. Además de un importante efecto ecológico, al reducir el uso de árboles y agua, por no usar papel. Los libros electrónicos son archivos en formato texto que tienen la función de llevar un registro y control de la información contable con incidencia tributaria. 1.2.4.5 SISTEMA DE LIBROS ELECTRÓNICOS PORTAL El Sistema de Llevado de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras Electrónicos en SUNAT Operaciones en Línea (SLE- PORTAL) es un sistema que la SUNAT pone a disposición de los contribuyentes y que podrá ser utilizado por ellos de manera opcional. El SLE-PORTAL permitirá a los sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras: Generar los referidos
  51. 51. 37 registros de manera electrónica en SUNAT Operaciones en Línea y anotar en ellos las operaciones que correspondan a un periodo mensual. El almacenamiento, archivo y conservación por la SUNAT de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras Electrónicos que se generen en el sistema, en sustitución del contribuyente. Con la puesta a disposición del SLE-PORTAL la SUNAT continúa promoviendo el uso de los medios electrónicos para el llevado de determinados registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, además de proporcionar alternativas para reducir los costos que representa la conservación en soporte de papel de dichos documentos. 1.2.4.6 SISTEMA DE LIBROS ELECTRÓNICOS PLE El Programa de Libros Electrónicos es un aplicativo desarrollado por la SUNAT que se instala en la computadora del contribuyente y permite generar el libro electrónico. El Programa de Libros Electrónicos – PLE es un aplicativo multiplataforma desarrollado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT para facilitarle su obligación en el llevado de libros y registros contables y tributarios y generarle ahorros, en tiempo y dinero, al eliminar gastos relacionados con la legalización, impresión, almacenamiento y seguridad que representa cumplir dicha obligación mediante el uso del papel. Llevando sus libros de manera electrónica mejora la competitividad de su empresa y también ayuda a la protección del medio ambiente.
  52. 52. 38 El PLE es un aplicativo le permite efectuar las validaciones necesarias de los Libros y Registros elaborados en formato de texto por los propios sistemas contables del Generador (contribuyente afiliado al Sistema de Libros Electrónicos), a fin que se genere el Resumen del libro electrónico respectivo; y obtener mediante el envío del mismo la Constancia de Recepción de la SUNAT de su libro electrónico. Tiene las siguientes funcionalidades: Validar la información de cada libro generada en formato txt y; Enviar a la SUNAT la declaración informativa denominada "Resumen" Verificar. Esta opción sirva para verificar si los archivos txt, son los remitidos a la SUNAT, y por lo tanto son los Libros y/o Registros generados, por los cuales se le generó la Constancia de Recepción respectiva. Historial, donde se muestra una consulta de los libros generados Visor. A través de esta opción puede ver las Constancias de Recepción generadas. Asimismo, al conectarse a internet, se actualiza automáticamente cualquier nueva versión que estuviera disponible. Este sistema puede ser utilizado por cualquier contribuyente que quiera o deba llevar sus libros de manera electrónica y que cuente con un aplicativo o software contable, por ello, el PLE no es un software contable, es un sistema que valida su información en txt y permite generar su libro de manera electrónica.
  53. 53. 39 1.2.5 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO En primer lugar, el Sistema Tributario peruano es el conjunto ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones procedentes de la aplicación de tributos en el país. Se rige bajo el Decreto Legislativo N° 771 (enero de 1994), denominado como la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional. Según la Constitución de 1993, el Estado es el poder político organizado en tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, y cada uno de ellos agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de bienes y servicios públicos cuyos costos operativos deben ser financiados con tributos. En mérito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Legislativo No. 771 dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos: Incrementar la recaudación. Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad. Distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades. El Código Tributario constituye el eje fundamental del Sistema Tributario Nacional, ya que sus normas se aplican a los distintos tributos. (Decreto Legislativo N| 771 Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, 1994) 1.2.5.1 TRIBUTO Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de
  54. 54. 40 una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines. El Código Tributario establece que el término TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas. Impuesto: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta. Contribución: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO. Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos. 1.2.5.2 OBJETO DEL TRIBUTO Los tributos constituyen la más importante fuente de ingresos del Estado, para conseguir los medios necesarios y poder cumplir con sus objetivos .Por medio del tributo, se va a equilibrar la economía del Estado y brindarle a éste los recursos necesarios para atender el gasto público en el momento que lo necesite, permitiéndole el cumplimiento de sus fines y una mejor redistribución de la riqueza. 1.2.5.3 TRIBUTOS PARA EL GOBIERNO CENTRAL A. IMPUESTO A LA RENTA
  55. 55. 41 Grava las rentas de trabajo que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos, con fuente durable y que genere ingresos periódicos. Las rentas de fuente peruana afectas al impuesto están divididas en cinco categorías, además existe un tratamiento especial para las rentas percibidas de fuente extranjera. 1. Primera Categoría, las rentas reales (en efectivo o en especie) del arrendamiento o sub arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles. 2. Segunda Categoría, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros. 3. Tercera categoría, en general, las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. 4. Cuarta Categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. 5. Quinta Categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de dependencia. B. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS El IGV o Impuesto General a las Ventas es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere. Tasa: Se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV. A esa tasa se añade la tasa de 2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM). (*) De tal modo a cada operación gravada se le aplica un total de 18%: IGV + IPM.
  56. 56. 42 Características: Se le denomina no acumulativo, porque solo grava el valor agregado de cada etapa en el ciclo económico, deduciéndose el impuesto que gravó las fases anteriores. Se encuentra estructurado bajo el método de base financiera de impuesto contra impuesto (débito contra crédito), es decir el valor agregado se determina restando del impuesto que se aplica al valor de las ventas, con el impuesto que gravo las adquisiciones de productos relacionados con el giro del negocio. C. APORTES AL SEGURO SOCIAL DE SALUD (ESSALUD) Aporte a ESSALUD equivale al 9% de la remuneración. Es de cargo obligatorio del empleador que debe declararlo y pagarlo en su totalidad mensualmente al Es Salud sin efectuar retención alguna al trabajador. El pago se realiza mediante el Formulario Virtual 1676 (Con Clave SOL), o mediante Pago Fácil o Formulario 1076 (en bancos autorizados). Si el trabajador o la trabajadora del hogar percibe una remuneración menor o igual a la Remuneración Mínima Vital (RMV) el aporte se calcula aplicando la tasa del 9% sobre la Remuneración Mínima Vital vigente el último día calendario(*) del mes al que corresponde la remuneración. Si el trabajador o la trabajadora del hogar percibe una remuneración mayor a la Remuneración Mínima Vital, el aporte se calcula aplicando la tasa de 9% al total de remuneración. Nota: El valor de la RMV de S/ 930 rige desde el 1 de abril de 2018. D. DERECHOS ARANCELARIOS Los derechos arancelarios generalmente se aplican sobre las importaciones pero también existen casos en que se aplican a las exportaciones. Se trata de
  57. 57. 43 una restricción o barrera al comercio internacional. Su objetivo principal suele ser proteger a los productores nacionales de la competencia impuesta por los productores extranjeros. TIPOS DE DERECHO ARANCELARIOS Existen principalmente tres tipos de derechos arancelarios de acuerdo a su forma de aplicación: ad-valorem, específico y mixto. Ad-valorem: Se calcula como un porcentaje sobre el valor de la mercancía. Así por ejemplo, un 20% arancel sobre un licor francés que vale 80 euros implica un tributo de 16 euros. Específicos: Son aquellos que se aplican como un monto fijo de tributo por unidad o cantidad de la mercancía. Así por ejemplo, 10 euros por kilo de azúcar importada. Mixtos: Son aquellos que combinan una parte ad-valorem y otra específica. 1.2.5.4 TRIBUTOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES A. IMPUESTO PREDIAL Grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Son impuestos cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. Entre sus aspectos fundamentales se determina las tarifas aplicadas a la base imponible que son de naturaleza progresiva acumulativa y se calculan sobre la base del valor de todos los inmuebles que posee una misma persona. B. IMPUESTO DE ALCABALA El Impuesto de Alcabala, es el Impuesto que grava la transferencia de bienes inmuebles a título oneroso (contraprestación) o gratuito (liberalidad),
  58. 58. 44 cualquiera sea su forma o modalidad (tipo de contrato), inclusive las ventas con reserva de dominio. C. IMPUESTO A LOS JUEGOS Grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, como: loterías, bingos y rifas. D. IMPUESTO A LAS APUESTAS Es un impuesto de periodicidad mensual, grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos y similares, en las que se realicen apuestas. E. IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Grava la propiedad de los vehículos fabricados en el país o importados, con una antigüedad no mayor de 03 años y la tasa para dicho impuesto es el 1% sobre al valor original de adquisición del vehículo. F. IMPUESTO A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS Grava el monto que se abona por concepto de ingreso a los espectáculos públicos no deportivos, con excepción de los espectáculos culturales debidamente autorizados por el INC. 1.2.5.5 TRIBUTOS PARA OTROS FINES A. CONTRIBUCIONES – SENATI Creada por Ley 13771, grava el total de las remuneraciones que pagan a sus trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales manufactureras en la Categoría de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU de todas las38 actividades económicas de las Naciones Unidas. B. CONTRIBUCIONES – SENCICO
  59. 59. 45 Creada por Decreto Legislativo N°174, aportan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, las personas naturales y jurídicas que construyen para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la GRAN DIVISION 45 de la CIIU de las Naciones Unidas. 1.2.5.6 REGIMENES TRIBUTARIOS Son aquellas categorías en las cuales toda persona natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales. La SUNAT tiene establecido 4 Regímenes donde todo profesional independiente o negocio deben estar contemplados 1. NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO – RUS Es un régimen tributario creado para los pequeños comerciantes y productores, el cual les permite el pago de una cuota mensual fijada en función a sus compras y/o ingresos, con la que se reemplaza el pago de diversos tributos. Este régimen está dirigido a personas naturales que realizan ventas de mercaderías o servicios a consumidores finales. También pueden acogerse al Nuevo RUS las personas que desarrollan un oficio. A. VENTAJAS No llevas registros contables. Sólo efectúas un pago único mensual. No estás obligado a presentar declaraciones mensuales ni anuales. Para determinar tu pago único mensual deberás tomar en cuenta los ingresos o compras mensuales (el que resulte mayor) y ubicar la categoría que te corresponde, solo revisa la siguiente tabla:
  60. 60. 46 Si excedes el monto mensual de la Categoría 2 o si tus ingresos anuales superan los S/ 96,000 deberás cambiar de régimen. B. IMPEDIDOS A ACOGERSE A NUEVO RUS El NRUS no permite realizar las siguientes actividades: Transporte de carga de mercancías. Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. Organizar espectáculos públicos. Negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. Agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. Realicen venta de inmuebles. Entreguen bienes en consignación. Comisionista. Sean notarios, martilleros, rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana; los intermediarios y/o auxiliares de seguros. Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. C. COMPROBANTES DE PAGO EN EL NUEVO RUS En el Régimen tributario al NRUS, se debe tener en cuenta lo siguiente: No es obligatorio emitir boletas de venta o tickets por ventas menores a S/ 5 salvo que el comprador lo exija. En estos casos, al final del día, se debe emitir una boleta de venta que comprenda el total de sus ventas
  61. 61. 47 menores a S/. 5 (cinco soles) por las que no se hubiera emitido boleta, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT. 1. Al comprar productos se debe exigir: Factura. Tickets. Boleta de Venta. 2. Al realizar ventas se debe entregar: Boletas de venta. Tickets. 2. REGIMEN ESPECIAL DE RENTA – RER En este régimen tributario se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de: Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo y actividades de servicios. A. VENTAJAS QUE TE OFRECE ESTE RÉGIMEN TRIBUTARIO Sólo llevas dos registros contables (Registro de Compras y Registro de Ventas). Sólo presentas declaraciones mensuales. No estás obligado a presentar declaraciones anuales. Si tus ingresos anuales superan los S/ 525,000 deberás cambiar de régimen. B. ACTIVIDADES NO COMPRENDIDAS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL Actividades calificadas como contratos de construcción, según las norma del Impuesto General a las Ventas, aun cuando no se encuentren gravadas con el referido impuesto.
  62. 62. 48 Presten el servicio de transporte de carga de mercancía, siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga, mayor o igual a 2TM (dos toneladas métricas) y/o el servicio de transporte terrestre nacional e internacional de pasajeros. Organicen cualquier espectáculo público. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana; los intermediarios y/o auxiliares de seguros. Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. Realicen venta de inmuebles. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. Realicen las siguientes actividades, según la revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU Revisión 4 aplicable en el Perú según las normas correspondientes. C. COMPROBANTES DE PAGO EN EL NUEVO RER Además pueden emitir otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como:
  63. 63. 49 Notas de crédito Notas de débito Guías de remisión remitente, en los casos que se realice traslado de mercaderías. 1) Al comprar productos se debe exigir: Factura Tickets Boleta de Venta Liquidación de Compra 2) Al realizar ventas se debe entregar: Boletas de venta Tickets Factura 3. REGIMEN MYPE TRIBUTARIO Es un régimen creado especialmente para las Micro y Pequeñas empresas, con el objetivo de promover su crecimiento al brindarles condiciones más simples para cumplir con sus obligaciones tributarias. Uno de los requisitos para estar en este régimen es que tus ingresos netos no superen las S/.1700 UIT en el ejercicio gravable. A. VENTAJAS QUE TE OFRECE ESTE RÉGIMEN TRIBUTARIO Montos a pagar de acuerdo a la ganancia obtenida. Tasas reducidas Posibilidad de suspender los pagos a cuenta. Poder emitir comprobantes de cualquier tipo. B. PERSONAS COMPRENDIDAS
  64. 64. 50 En este régimen comprende a Personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales, las asociaciones de hecho de profesionales y similares que obtengan rentas de tercera categoría, domiciliadas en el país cuyos ingresos netos no superen las 1 700 UIT en el ejercicio gravable. C. PERSONAS NO COMPRENDIDAS i. Quienes tengan vinculación directa o indirecta en función al capital con otras personas naturales o jurídicas y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen 1 700 UIT. ii. Sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas constituidas en el exterior. iii. Quienes en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos netos anuales superiores a 1 700 UIT Tendrán vinculación directa: Una persona natural o jurídica posea más del 30% de capital de otra persona jurídica, directamente o por intermedio de un tercero. Más del 30% del capital de dos o más personas jurídicas pertenezca a una misma persona natural o jurídica, directamente o por intermedio de un tercero. El capital de dos o más personas jurídicas pertenezca en más del 30% a socios comunes a éstas. También se considera que existe vinculación cuando en cualquiera de los casos señalados en los dos primeros literales la proporción del capital indicada en los mismos pertenezca a cónyuges entre sí.
  65. 65. 51 D. LIBROS CONTABLES DEL RMT Registro de compras Registro de ventas Libro diario Libro mayor E. COMPROBANTES DE PAGO EN EL RMT Factura. Tickets. Boleta de Venta. Liquidación de Compra. Notas de crédito. Guía de Remisión 4. REGIMEN GENERAL En este régimen tributario se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que desarrollan actividades que constituyan negocio habitual, tales como las comerciales, industriales y mineras; la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc. También se encuentran los agentes mediadores de comercio, tales como corredores de seguros y comisionistas mercantiles, los Notarios, las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. A. VENTAJAS QUE TE OFRECE ESTE RÉGIMEN TRIBUTARIO Puedes desarrollar cualquier actividad sin límite de ingresos. Puedes emitir todo tipo de comprobantes de pago.
  66. 66. 52 En caso se tengan pérdidas económicas en un año, se pueden descontar de las utilidades de los años posteriores, pudiendo llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta de Regularización. B. COMPROBANTES DE PAGO EN EL RÉGIMEN GENERAL Además pueden emitir otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como: Notas de crédito Notas de débito Guías de remisión remitente, en los casos que se realice traslado de mercaderías. 1. Al comprar productos se debe exigir Factura Tickets Boleta de Venta Liquidación de Compra 2. Al realizar ventas se debe entregar Boletas de venta Tickets Factura 1.2.5.7 RÉGIMEN DE RETENCIONES, PERCEPCIONES Y DETRACCIONES RÉGIMEN DE RETENCIONES Es el régimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención deberán retener parte del Impuesto General a las Ventas (IGV) que les corresponde pagar a sus proveedores, para su posterior entrega al fisco.
  67. 67. 53 El régimen de retenciones se aplica exclusivamente en: Operaciones de venta de bienes. Primera venta de bienes inmuebles. Prestación de servicios y Contratos de construcción gravadas con el IGV RÉGIMEN DE PERCEPCIONES El Régimen de Percepciones del IGV aplicable a las operaciones de venta gravadas con el IGV de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la Ley N.° 29173, es un mecanismo por el cual el agente de percepción cobra por adelantado una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto. El Agente de Percepción entregará a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente está obligado a aceptar la percepción correspondiente. Este régimen no es aplicable a las operaciones de venta de bienes exoneradas o inafectas del IGV. MONTO DE LA PERCEPCIÓN El importe de la percepción del IGV será determinado aplicando sobre el precio de venta, los porcentajes señalados mediante Decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT, los cuales deberán encontrarse en un rango de uno por ciento (1%) a dos por ciento (2%). En tanto se dicte el Decreto Supremo que establezca el porcentaje, el monto de la percepción será el que resulta de aplicar el 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV. Sin embargo, el porcentaje de la percepción ha sido rebajado a 1% respecto a las operaciones de venta de materiales de construcción, comprendidos en los
  68. 68. 54 numerales 13 al 17 del Apéndice I de la Ley N.° 29173, en el supuesto que dichos bienes sean entregados o remitidos a la zona declarada en emergencia como consecuencia del sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007. Adicionalmente cuando en la operación sujeta a percepción se emita una factura o ticket que otorgue derecho a crédito fiscal y el cliente sea también un sujeto designado como agente de percepción, se aplicará un porcentaje del 0.5%. RÉGIMEN DE DETRACCIONES El sistema de detracciones, comúnmente conocido como SPOT, es un mecanismo administrativo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, el cual, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta del Banco de la Nación para efectuar el pago de tributos, multas y pagos a cuenta incluidos sus respectivos intereses y la actualización que se efectúe de dichas deudas tributarias de conformidad con el artículo 33° del Código Tributario, que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT. 1.2.6 INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS 1.2.6.1 Artículo 175°.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS O CONTAR CON INFORMES U OTROS DOCUMENTOS Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros, o contar con informes u otros documentos:
  69. 69. 55 1. Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos. 2. Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. 3. Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos por montos inferiores. 4. Usar comprobantes o documentos falsos, simulados o adulterados, para respaldar las anotaciones en los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT. 5. Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, que se vinculen con la tributación. 6. No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, excepto para los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. 7. No conservar los libros y registros, llevados en sistema manual, mecanizado o electrónico, documentación sustentatoria, informes, análisis y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar
  70. 70. 56 obligaciones tributarias, o que estén relacionadas con éstas, durante el plazo de prescripción de los tributos. 8. No conservar los sistemas o programas electrónicos de contabilidad, los soportes magnéticos, los micros archivos otros medios de almacenamiento de información utilizados en sus aplicaciones que incluyan datos vinculados con la materia imponible en el plazo de prescripción de los tributos. 9. No comunicar el lugar donde se lleven los libros, registros, sistemas, programas, soportes portadores de micro formas gravadas, soportes magnéticos u otros medios de almacenamiento de información y demás antecedentes electrónicos que sustenten la contabilidad. 1.2.6.2 Artículo 176º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES 1. Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones: No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. 2. Presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria en forma incompleta. 3. Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. 4. Presentar más de una declaración rectificatoria relativa al mismo tributo y período tributario.
  71. 71. 57 5. Presentar más de una declaración rectificatoria de otras declaraciones o comunicaciones referidas a un mismo concepto y período. 6. Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta los lugares que establezca la Administración Tributaria. 7. Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria. 1.2.7 SISTEMA CONTASISCORP Brindamos un Sistema de Gestión para pequeñas y medianas empresas que te permite controlar todas las áreas de tu negocio y te genera información en tiempo real de la forma más fácil, más rápida y con el mayor nivel analítico. Constituye un Sistema de Gestión para los procesos de ventas, compras, almacenes, caja y bancos, cuentas por cobrar y cuentas por pagar, contabilidad, recursos humanos, activos fijos, entre otros, sobre la base de mejores prácticas de negocios, manteniendo una interfaz con los requerimientos tributarios, laborales y exigencias normativas contables vigentes para el Perú el 2,019 como los Libros electrónicos ple 5.2, Percepciones 2019 nuevo PCGE con últimas modificaciones entre otros. Somos una familia que alberga profesionales altamente capacitados y encargados de brindarte la mejor experiencia de usuario. Nuestro esfuerzo y dedicación hacen de nuestra labor, una forma de acercarnos más al cliente y de trabajar en equipo, aportando a nuestro país nuevas plataformas digitales que agilizan el trabajo contable. VENTAJAS La tecnología está cambiando vidas, vemos la oportunidad de innovar, tú tienes las tácticas para trabajar mejor.
  72. 72. 58 Información Centralizada Multiempresa: La información de diversas empresas en una sola plataforma. Registra las compras, ventas y gestiona de manera automática la información en relación al cumplimiento tributario. Gestión de Procesos Aplicación al Plan Contable General Empresarial – PCGE: El plan contable General Empresarial actualizado. Generación de Estados Financieros NIIF: Los reportes acorde a la estructura de las Normas Internacionales de Información Financiera. Estados Financieros SUNAT: Generación de los Estados Financieros en base a los pilares de la contabilidad y exigencias SUNAT. Automatización de Procesos Gestión de Cobranzas y Pagos: Administra los cobros y pagos efectuados en la realización de los procesos contables. Mantén el flujo de efectivo en orden. Experto Contable: Los asientos automáticos y predefinidos para realizar los registros de forma automatizada. Actualización de Padrones: Consulta de RUC en línea, extracción de datos actualizados en SUNAT. Decisiones Inteligentes Contabilidad Completa y Simplificada: Con los Libros y Registros contables acorde a las exigencias tributarias, respecto a la Resolución 234. Con la generación de Libros Contables 5.2
  73. 73. 59 Análisis de Cuentas: El análisis de cuenta a detalle utilizando diferentes técnicas, analiza y enjuicia las causas o efectos de la gestión empresarial en la situación actual. 1.2.8 TIPOS DE DECLARACIONES: 1.2.8.1 DECLARACIONES DETERMINATIVAS Son las Declaraciones en las que el Contribuyente o Declarante determina el importe de impuestos a pagar, es decir la deuda tributaria en un periodo determinado. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativos. 1.2.8.2 DECLARACIONES INFORMATIVAS Son las Declaraciones en las que el Contribuyente o Declarante informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los Programas para elaborar las Declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos. 1.3 MARCO CONCEPTUAL ABONAR Un abono es una partida contable que se registra en el haber de la contabilidad de una empresa. También se entiende como nota de abono de una factura. ACCIONISTA Persona natural o jurídica que posee acciones representativas de una parte del capital de una sociedad. Su responsabilidad y derechos se limitan al número de acciones que posea. ACREEDOR
  74. 74. 60 Sujeto activo o titular de la obligación tributaria que tiene derecho a exigir su cumplimiento, incluso forzadamente, como, asimismo, demandar la aplicación de sanciones por el incumplimiento de los deberes jurídicos conexos ACTIVO Un activo es un bien que la empresa posee y que puede convertirse en dinero u otros medios líquidos equivalentes. ACTIVO FIJO Un activo fijo es un bien de una empresa, ya sea tangible o intangible, que no puede convertirse en líquido a corto plazo y que normalmente son necesarios para el funcionamiento de la empresa y no se destinan a la venta. ACTIVO CIRCULANTE El activo circulante son bienes y derechos líquidos de una empresa. Es decir, es el dinero que una empresa tiene para disponer en cualquier momento. BALANCE Estado financiero de una empresa que permite conocer la situación general de los negocios en un momento determinado y que coinciden también con una fecha determinada. Este término es conocido, además, como balance de situación, balance de posición financiera y balance de activo y pasivo BASE IMPONIBLE Corresponde a la cuantificación del hecho gravado, sobre la cual debe aplicarse de forma directa la tasa del tributo, con la finalidad de determinar el monto de la obligación tributaria. BASE PRESUNTA Hechos y circunstancias que, por relación normal con el hecho generador de la obligación tributaria, permitan establecer la existencia y cuantía de la obligación.
  75. 75. 61 BASE TRIBUTARIA Valor decidido de toda la Propiedad que recae dentro de la jurisdicción de la autoridad impositiva. BIENES DE CAPITAL Son aquellos bienes que se utilizan para la producción de otros, y no satisfacen las necesidades del consumidor final. Entre estos bienes se encuentran la maquinaria y equipo. BIENES DE CONSUMO Bienes destinados a satisfacer las necesidades del consumidor final doméstico y que están en condición de usarse o consumirse sin ninguna elaboración comercial adicional. BONOS Activo de Renta Fija pagadero al portador, en el cual va estipulado el valor que debería pagar quien emitió el título, al cumplirse la fecha de su vencimiento. Genera intereses sobre el valor nominal, que se pagan dela forma en que se ha definido en el contrato. CAPITAL En términos económicos, se relaciona con un elemento productor de ingresos que no está destinado a agotarse ni consumirse, sino que, por el contrario, debe mantenerse intacto como parte generadora de nuevas riquezas. En la Ley de la Renta adquiere importancia, pues distingue entre rentas provenientes del capital y las que tienen origen en el trabajo. CAJA Activo de Renta Fija pagadero al portador, en el cual va estipulado el valor que debería pagar quien emitió el título, al cumplirse la fecha de su vencimiento.
  76. 76. 62 Genera intereses sobre el valor nominal, que se pagan dela forma en que se ha definido en el contrato. CAPITAL Es la suma de todos los recursos, bienes y valores movilizados para la constitución y puesta en marcha de una empresa. CHEQUE Orden escrita y girada contra un Banco Comercial para que este pague, a su presentación, el todo o parte de los fondos que el librador pueda disponer en cuenta corriente. El cheque puede ser a la orden, al portador, nominativo y estar girado al nombre del librador o de una tercera persona. COMERCIALIZACION Proceso cuyo objetivo es hacer llegar los bienes desde el productor al consumidor. Involucra actividades como compraventas al por mayor y al por menor, publicidad, pruebas de ventas, información de mercado, transporte, almacenaje y financiamiento. CONTRIBUCION Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación. CONTRIBUYENTE Es el sujeto respecto de quien se realiza el hecho generador de la obligación sustancial. CONTABILIDAD

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