Las obligaciones , atendiendo a la pluralidad de objetos, se dividen en obligaciones de simple objeto múltiple, obligaciones alternativas y obligaciones facultativas
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
Obligaciones alternativas y facultativas
1. Casquete Avecillas, Manuel
definición definición
es aquella en que
el objeto debido
consite en una
sola cosa o en un
solo hecho ,
dentro de esta
obligación se
encuentra la
obligación que
tiene por objeto
una
universalidad
se cumple por el
deudor
entregando la
cosa debida o
efectuando el
hecho o
traspasando la
universalidad
debida
no puede obligar
al acreedor a
recibir una cosa
distinta de la que
le debe ,ni aún a
pretexto de ser
igual o de mayor
valor que la
debida
si la cosa debida
se pierde
la pérdida es
fortuita se
extingue la
obligación
la pérdida es
culpable , el
deudor debe el
precio más la
indemnización
de perjuicios
son aquellas en que
la prestación debida
comprende varias
cosas o hechos,
existen desde
que se genera la
obligación
acreedor puede
demandar
cualquiera de las
cosas debidas
deudor no puede
enajenar la cosa
debida , porque
no sabe que va a
elegir el acreedor
Las obligaciones , atendiendo a la pluralidad de objetos, se dividen en obligaciones de simple objeto múltiple, obligaciones alternativas y obligaciones facultativas
OBLIGACIONES ALTERNATIVAS Y FACULTATIVAS
esta clasificación se realiza en virtud del objeto debido
cumplimiento de la obligación
Obligaciones simples o de unidad de objeto
tres categorías
obligaciones compuestas o de múltiple objeto
2° Alternativas o disyuntivas :
son aquellas en que se deben
varias cosas o hechos , de tal
manera que la ejecución de uno
libera la ejecución de las otras , la
regla general es que la elección es
del deudor . 3.- Obligaciones
Facultativas
1° Conjuntivas o de simple objeto múltiple : son
aquellas en que el deudor debe varias cosas o varios
hechos, de modo que no se libera sino entregando
todas las cosas o ejecutando todos los hechos
debidos, como si se tratara de una sola cosa
Características de las obligaciones alternativas
acción del acreedor será mueble o
inmueble , según la elección en
que se haga
acreedor no puede demandar
cobrando una cosa determinada ,
sino que debe demandar bajo la
alternativa que se debe
si son varios los deudores , la elección
deben hacerla de consuno
determinar quien hace la elección tiene mucha importancia , porque las consecuencias
son diferentes , según a quién corresponda la elección
si la elección es del deudor las consecuencias que se producen son las siguientes acreedor debe demandar bajo alternativa , el deudor puede enajenar o destruir cualquiera de las cosas debidas mientras subsista una
si la elección es del acreedor , las consecuencias que se producen son las siguientes
todas las cosas que se deben
alternativamente , se pierden por
caso fortuito se extinguen la
obligación (carece de objeto)
perdida es total y por culpa del deudor , se distingue de
quien es la elección :a) elección es del deudor paga con lo
que elige, b) elección es del acreedor se debe el precio de
la que elija el acreedor
si hay una perdida parcial y
fortuita se extingue la obligación
de las cosas perdidas y si subiste
una solo se debe una obligación
simple
perdida parcial es culpable hay que distinguir de quien es
la elección .1.- elección del deudor se debe la que subsista
y si subsiste una sola la obligación se transforma en simple
.2.- elección del acreedor puede pedir el precio de
indemnización de perjuicio o exigir la entrega de las
restantes sin indemnización de perjuicios