1. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
PROFESIONALES
Y
SALUD OCUPACIONAL EN EL AMBITO
LABORAL
Integrantes:
María Alejandra Cervera
Katherine Moreno Chamorro
Carlos Mauricio Bolaños
3. Conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores, de los
efectos del accidente de trabajo y enfermedad
profesional.
4. Constitución Política . Art. 48
Ley 100 de 1993 (Libro Tercero, Arts.
249 a 256)
Decreto Ley 1295 de 1994
Ley 776 de 2002
Ley 1562 de 2012
5.
6. Decreto Ley 1295 de 1994 Ley 1562 de 2012
Obligaciones del Empleador,
Artículo 21
El empleador será responsable:
Del pago de la totalidad de la
cotización de los trabajadores, dentro
de los plazos que para el efecto señale
la reglamentación.
Procurar el cuidado integral de la
salud de los trabajadores y de los
ambientes de trabajo.
Programar, ejecutar y controlar el
cumplimiento del programa de salud
ocupacional.
Notificar los accidentes de trabajo y
las enfermedades profesionales.
Se aclara la obligación de
facilitar la capacitación de los
trabajadores, al establecerse que
el empleador debe conceder los
espacios y los tiempos para estas
actividades.
7. Decreto Ley 1295 de 1994 Ley 1562 de 2012
Sanciones
El Decreto 1295 de 1994 solo
contemplaba multas hasta 500
SMLMV
El incumplimiento de los
programas de salud ocupacional,
las normas en salud ocupacional
y aquellas obligaciones propias
del empleador, previstas en el
Sistema General de Riesgos
Laborales, acarreará multa de
hasta 500 SMLMV.
En caso de AT que ocasione la
muerte del trabajador donde se
demuestre el incumplimiento de
las normas de salud ocupacional,
la multa podrá ser entre 20 y
1000 SMLMV..
9. Decreto Ley 1295 de 1994 Ley 1562 de 2012
Obligaciones del
Trabajador
Artículo 22
Procurar el cuidado integral de su
salud y suministrar información
clara, veraz y completa sobre su
estado de salud.
Colaborar y velar por el
cumplimiento de las obligaciones del
empleador.
Cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones de los programas de
salud ocupacional de la empresa.
Se amplía la obligación para
los trabajadores al
establecer que el trabajador
debe asistir periódicamente
a las actividades de los
programas de promoción y
prevención adelantados por
la ARL
11. AFP
Administradora de
fondo de
Pensiones
ARL
Administradora de
Riesgos Laborales
Vejez
Muerte
Maternidad
Enfermedad
General
Accidente de
Trabajo
Enfermedad
Profesional
EPS
Entidad Promotora
de Salud
Empleado y Trabajador Únicamente el
Empleador
13. TRABAJADORES
Procurar el cuidado integral de su
salud
Cumplir los estándares y
reglamentos del P.S.O
Participar en la prevención de los
riesgos profesionales a través de los
COPASO
14. Asesora diseño y ejecución de P.S.O
Fomenta estilos de trabajo y de vida
saludables de acuerdo con los factores de
riesgo de las empresas clientes.
Pago de prestaciones asistenciales :
asistencia médica quirúrgica,
medicamentos, rehabilitación...
Pago de prestaciones económicas:
incapacidades, pensiones de invalidez y
muerte, consecuencia de AT o EP
A. R. L
15. ACCIDENTE DE TRABAJO ENFERMEDAD PROFESIONAL
“ .. todo suceso repentino
que sobrevenga por causa o
con ocasión del trabajo, y
que produzca en el
trabajador una lesión
orgánica, una perturbación
funcional o psiquiátrica,
una invalidez o la muerte.”
Es enfermedad laboral la
contraída como resultado
de la exposición a factores
de riesgo inherentes a la
actividad laboral o del
medio en el que el
trabajador se ha visto
obligado a trabajar.
16. SUCESO SUBITO, INSTANTANEO
REPENTINO
PROCESO, ELABORACION LENTA
LESIONANTE
PUEDEN PRODUCIRLO AGENTES
EXTERNOS
CONSECUENCIA OBLIGADA Y
DIRECTA DEL TRABAJO Y DEL MEDIO
ACCIDENTE DE TRABAJO ENFERMEDAD PROFESIONAL
17. CLASE I: Riesgo mínimo actividades financieras
trabajos de oficina, centros educativos.
CLASE II: Riesgo bajo fabricación de tapetes,
tejidos, confecciones…
CLASE III: Riesgo medio fabricación de agujas,
alcoholes, alimentos, cuero...
CLASE IV: Riesgo alto fabricación de aceites, vidrio,
transporte, galvanizado...
CLASE V: Riesgo máximo areneras, bomberos,
manejo de explosivos, construcción, explotación
petrolera...
27. “ Planeación, organización, ejecución y evaluación de
las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del
Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial,
tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud
individual y colectiva de los trabajadores. . .”
Articulo 2, Resolución 1016/89
28. • Resolución 1401 de Mayo de 2007: Por la cual se reglamenta
la investigación de incidentes y accidentes de trabajo
• Resolución 2646 de Julio de 2008: por la cual se establecen
disposiciones y se definen responsabilidades para la
identificación y monitoreo permanente de la exposición a
factores de riesgo psicosocial en el trabajo
• Ley 9a. De 1979: Preservar, conservar y mejorar la salud de
los individuos en sus ocupaciones.
29. OBJETIVO SOCIAL:
Mejorar la calidad de vida
del trabajador.
OBJETIVO ECONOMICO:
Aumentar utilidades.
31. Diagnóstico de las condiciones de trabajo y de salud y
valoración del grado de peligrosidad de los F.R
Definición de objetivos, metas y recursos
Elaboración del cronograma de actividades
Intervención: seguridad, higiene y medicina
Seguimiento y ajustes
Evaluación de impacto y de proceso
1
2
3
4
5
6
32. DIAGNÓSTICO
Elaborar panorama de F.R. Y priorizar
Calcular estadísticas de accidentalidad
Definir principales causas de ausentismo
Recoger las opiniones de los trabajadores
sobre sus condiciones de trabajo
33. PLANEACIÓN
Definir objetivos generales vinculados con objetivos
de calidad y productividad
Definir objetivos específicos acordes con las
necesidades detectadas
Definir el presupuesto
Elaborar cronograma de actividades (con
responsables y fechas)
34. INTERVENCION
Actividades de higiene Actividades de seguridad
Medición de contaminantes
ambientales
Diseño de sistemas de
ingeniería para reducir o
eliminar los riesgos en la
fuente o el medio
Saneamiento básico ambiental
Selección de elementos de
protección personal
Investigación y control de
incidentes y accidentes
Mantenimiento preventivo -
equipos - instalaciones
Plan de emergencias
35. INTERVENCION
Actividades de medicina Actividades de capacitación
Exámenes - ingreso -
periódicos - retiro
Pruebas de valoración médica
y seguimiento periódico a los
trabajadores expuestos a
factores de riesgo
Atención de primeros auxilios
Plan de inducción y
entrenamiento (Estándares de
seguridad por oficio)
Capacitación según factores
de riesgo
Formación al Comité Paritario
de S. O
37. ¿ COMO AFECTA A UNA EMPRESA UN
ACCIDENTE DE TRABAJO ?
Efectos sobre ingresos del
trabajador
Efectos sobre ingreso de la
empresa
Para el trabajador, un A.T puede
tener las siguientes
consecuencias sobre su salud y
su capacidad de trabajo:
• Incapacidad Temporal
• Incapacidad Permanente
• Invalidez
• Muerte
Entre mas se reduzcan los
gastos ocasionados por los
accidentes de trabajo, mayor
será el ingreso neto. Es decir:
INGRESO NETO = INGRESOS -
COSTOS
38. Las actividades de la SALUD OCUPACIONAL se reflejan en la
productividad y rentabilidad de las empresas así:
Aumento de las horas productivas por la
reducción del ausentismo por accidente.
Aumento de las utilidades por menor costo de los
accidentes y mayor producción anual realizada.
Aumento de los ingresos del personal (salarios) a causa del
mayor número de horas trabajadas al finalizar del año.
39. “El compromiso por la salud de
los trabajadores debe ir más
allá de las leyes, debe estar
enmarcado por una filosofía
como una forma de vida”
ARP SURA