1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA
FACULTAD DE LA EDUCACIÓN , EL ARTE Y LA
COMUNICACIÓN
CARRERA DE PSICOLOGÍA INFANTIL Y
EDUCACIÓN PARVULARIA
Abril – Septiembre 2020
Legislación educativa
Dr. Bernardino Acaro Mg. Sc.
María del Cisne Granda Sarango
Octavo ciclo Paralelo “B”
Loja- Ecuador
2020
2. PRINCIPIOS DE LA LOEI (Ley Orgánica de
Educación Intercultural)
• La acción educativa se
desarrolla atendiendo a los
siguientes principios generales
que son los fundamentos
filosóficos, conceptuales y
constitucionales que sustentan,
definen y rigen las actividades
en el ámbito educativo.
3. 1. UNIVERSALIDAD
La educación es un derecho humano
fundamental y es deber ineludible e
inexcusable del Estado garantizar el
acceso, permanencia y calidad de la
educación para toda la población sin
ningún tipo de discriminación. Está
articulada a los instrumentos
internacionales de derechos humanos.
4. 2. EDUCACIÓN PARA EL CAMBIO
La educación constituye instrumento
de transformación de la sociedad;
contribuye a la construcción del
país, de los proyectos de vida y de la
libertad de sus habitantes, pueblos y
nacionalidades; reconoce a las y los
seres humanos, en particular a las
niñas, niños y adolescentes, como
centro del proceso de aprendizajes y
sujetos de derecho y se organiza
sobre la base de los principios
constitucionales.
5. 3. INTERÉS SUPERIOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES
El interés superior de los niños, niñas y
adolescentes, está orientado a
garantizar el ejercicio efectivo del
conjunto de sus derechos e impone a
todas las instituciones y autoridades,
públicas y privadas, el deber de ajustar
sus decisiones y acciones para su
atención. Nadie podrá invocarlo contra
norma expresa y sin escuchar
previamente la opinión del niño, niña o
adolescente involucrado, que esté en
condiciones de expresarla.
6. 4. EDUCACIÓN EN VALORES
La educación debe basarse en la transmisión y
práctica de valores que promuevan la libertad
personal, la democracia, el respeto a los
derechos, la responsabilidad, la solidaridad, la
tolerancia, el respeto a la diversidad de
género, generacional, étnica, social, por
identidad de género, condición de migración y
creencia religiosa, la equidad, la igualdad y la
justicia y la eliminación de toda forma de
discriminación.
7. 5. EDUCACIÓN PARA LA DEMOCRACIA
Los establecimientos educativos son
espacios democráticos de ejercicio de los
derechos humanos y promotores de la
cultura de paz, transformadores de la
realidad, transmisores y creadores de
conocimiento, promotores de la
interculturalidad, la equidad, la inclusión, la
democracia, la ciudadanía, la convivencia
social, la participación, la integración
social, nacional, andina, latinoamericana y
mundial.
8. 6. CORRESPONSABILIDAD
La educación demanda
corresponsabilidad en la formación e
instrucción de las niñas, niños y
adolescentes y el esfuerzo compartido
de estudiantes, familias, docentes,
centros educativos, comunidad,
instituciones del Estado, medios de
comunicación y el conjunto de la
sociedad, que se orientarán por los
principios de esta ley.
9. CONCLUSIONES DE CADA PRINCIPIO
• Se concluye que la universalidad se refiere a que la educación es derecho humano fundamental y es
un deber inevitable del gobierno el cual debe de garantizar el acceso, permanencia y calidad de la
educación para toda la población sin ningún tipo de discriminación, es decir sin excepción alguna le
corresponde por el solo hecho de ser persona.
• De acuerdo con el principio de educación para el cambio se concluye que es imprescindible para tener
una sociedad libre, justa, educada, democrática, con una visión de cambiar al mundo y de transformar
la sociedad.
• Con respecto al principio de interés superior de los niños y adolescentes se concluye que se debe de
respetar sus derechos y tomar en cuenta su forma de pensar y de expresarse.
10. • Se concluye que el principio de educación en valores que
es aquel que forma al individuo como ser humano, donde
están involucrados los padres de familia, docentes,
estudiantes y la comunidad en general, mediante el cual
se construye un mundo mas justo, inclusivo, equitativo e
intercultural.
• De acuerdo con el principio de educación para democracia
se concluye que es en la escuela un espacio para formar
personas con un pensamiento critico y con una capacidad
para la toma de decisiones y el respeto del punto de vista
de los otros.
• Finalmente respecto al principio de corresponsabilidad se
concluye que en la educación es importante que los
estudiante aprendan a realizar trabajos en equipo de una
manera responsable, sumando todos sus esfuerzos de esta
manera se lograra el éxito escolar, el ser y el saber para la
convivencia con los demás.