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UNIVERSIDAD ANDINA “NESTOR CACERES VELASQUEZ”
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OEFA
PRESENTADO POR:
PUMAQUISPE SAYA MARLON
SEMESTRE:
CUARTO “A”
PUNO – PERÚ
2019
DEDICATORIA
A mis padres por su apoyo incondicional
en todo momento. A mis hermanos que
con sus consejos pude afrontar los retos
que se me presentaron en mi vida.
AGRADECIMIENTO
Mi gratitud y reconocimiento a la Universidad Andina Nestor Caceres Velasquez–
Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas, Casa Superior de Estudios que
albergaré por los próximos seis años. Sé que será mi alma mater de mi
formación profesional y estoy seguro que los profesores de la Escuela
Profesional de Derecho me inculcarán el amor por la profesión dándome con
mucho esmero sus conocimientos y experiencias.
i
ÍNDICE
INTRODUCION................................................................................................................. 1
I. GENERALIDADES ....................................................................................................... 2
II. ¿QUÉ ES EL OEFA?.................................................................................................. 3
III. PRINCIPALES FUNCIONES DEL OEFA.............................................................. 4
A) FUNCIÓN EVALUADORA ¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN
EVALUADORA DEL OEFA?......................................................................................... 4
B) FUNCIÓN SUPERVISORA..................................................................................... 4
IV. FUNCIÓN FISCALIZADORA Y SANCIONATORIA (¿QUÉ ACTIVIDADES
CONLLEVA LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DEL OEFA?) ........................................... 5
V. FUNCIÓN NORMATIVA............................................................................................. 6
VI. SECTORES FISCALIZADOS EN SUPERVISIÓN DIRECTA ¿QUÉ SECTORES
FISCALIZA EL OEFA?...................................................................................................... 6
A. SECTOR MINERÍA.................................................................................................. 6
B. SECTOR ELECTRICIDAD (ENERGÍA) ................................................................... 8
C. SECTOR HIDROCARBUROS........................................................................... 9
D. SECTOR PESQUERÍA .....................................................................................10
E. SECTOR INDUSTRIA .............................................................................................11
F. ¿QUÉ HACER ANTE UNA ALERTA DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL? ......12
VII. VISION Y MISION ...................................................................................................13
VIII. LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ............................................13
IX. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES ................................................14
X. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ...............................................14
XI. VALORES..................................................................................................................14
XII. CONCLUSIONES.....................................................................................................15
XIII. BIBLOGRAFIA..........................................................................................................16
ii
ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OEFA
1
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
INTRODUCION
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA se creó en el
2008 como un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del
Ambiente. Es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (SINEFA) en el Perú.
El OEFA garantiza que las actividades económicas se desarrollen en equilibrio
con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano. Para ello, se
encarga de la evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia
ambiental, así como de la aplicación de incentivos en los sectores de minería,
energía, pesquería e industria. Además, como ente rector del SINEFA, ejerce las
funciones normativas y supervisora, respecto de las entidades de fiscalización
ambiental (EFA) en el Perú.
El preocupante aumento de afectaciones ambientales y la ausencia de reparo
por los responsables de éstas, ha sido aliciente para que en nuestro país se
legisle recientemente en materia ambiental teniendo en cuenta los diversos
grados de consecuencia, los cuales no se restringen únicamente al medio
ambiente, sino que traspasan fronteras poniendo en peligro la salud y normal
desarrollo de la sociedad. En tal sentido, el presente trabajo tiene la finalidad de
informar acerca del OEFA -Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental-
como uno de las principales organismos creados para abolir la contaminación.
Asimismo, es necesario concientizar a la sociedad acerca de la responsabilidad
ambiental que tenemos como ciudadanos, a fin de conservar nuestro medio
ambiente y aportar al desarrollo del Derecho Ambiental.
2
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
I. GENERALIDADES
El Derecho Ambiental es una rama del derecho recientemente instaurada en
nuestro ordenamiento jurídico, es por ello que se encuentra en pleno desarrollo
y descubrimiento de sus instituciones. Es necesario antes de hablar acerca del
OEFA, tema central del presente trabajo, sentar las bases históricas acerca del
cómo se dio inicio a la legislación en materia ambiental en nuestro país.
El Derecho Ambiental no es ajeno al ordenamiento jurídico peruano, pues desde
hace mucho existen en nuestra legislación principios ambientales; sin bien es
cierto, no existía una ley expresa dirigida a cautelar el cuidado del medio
ambiente y que regule las conductas de responsabilidad ambiental, si tenemos
consagrados en nuestra Ley Fundamental, es decir, en la Constitución Política,
en el artículo 2, inciso 22, el derecho a “A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del
tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida”. De lo cual podemos extraer la exigencia hacia
un ambiente equilibrado obligando a todos los ciudadanos al respeto, cuidado y
preservación del mismo, lo cual se fortalece en los artículos 66°,67°,68° y 69°.
En 8 de junio de 2004 entró en vigencia la Ley Marco del Sistema Nacional de
Gestión Ambiental y su reglamento, con la cual se creó el CONAM, en la que se
legisla sobre la responsabilidad ambiental que se debe impartir en las
universidades.
Un año más tarde, al igual que otros 55 países (actualmente ratificado por 166
países) el Perú firmó el Protocolo de KIOTO, acordando así la reducción de 6
gases de efecto invernadero (CO2, CH4, N2O, HFC, PFC, y SF6) con el único
fin de preservar el medio ambiente.
En virtud de ello, el 5 de Octubre del mismo año se publica la Ley N° 28611 - Ley
General del Ambiente, en la cual se hace expresa la naturaleza de derecho
fundamental y deber del cuidado y preservación del medio ambiente.
Al respecto, en el constante desarrollo de la normatividad ambiental, era
necesario la creación de una institución jerárquica a nivel de Ministerio, es así
que tres años más tarde (2008), se publica el decreto legislativo que aprueba la
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente,
3
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
institución que está encargada de la gestión ambiental en nuestro país, a la cual
se adscriben los siguientes organismos SENAMHI, IGP, SERNAP, IIAP, OEFA,
cada uno con imprescindibles funciones en el ejercicio de la gestión ambiental.
Es con esto que sintetizo los principales sucesos legislativos que dieron paso a
la creación del OEFA - Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, si
bien es cierto se han obviado otros, lo escrito líneas arriba tiene como único fin
darnos un marco general dentro del cual se desarrolló la institución.
II. ¿QUÉ ES EL OEFA?
El OEFA es un organismo técnico especializado con personería jurídica de
derecho público interno, creado el año 2008 mediante el Decreto Legislativo N°
1013, adscrito al Ministerio del Ambiente, que ejerce funciones de evaluación,
fiscalización, supervisión y sanción en materia ambiental. Asimismo está dotado
de facultad legislativa dentro del marco del SINEFA y de supervisión a las EFAS.
Si queremos explicar cada una de las funciones que desempeña el OEFA, es
necesario precisar a qué nos referimos cuando hablamos de fiscalización
ambiental, la fiscalización en sentido amplio se considera a todas aquellas
actividades de evaluación, monitoreo, supervisión, fiscalización, sanción y
aplicación de incentivos a cargo de las EFAS con el objetivo de asegurar el
cumplimiento de la normatividad ambiental, pudiendo entender a la fiscalización
como un conjunto de actividades destinadas al cumplimiento de las obligaciones
ambientales.
Ahora bien, la fiscalización en su sentido estricto, se refiere la facultad que tiene
el Estado de imponer penas ante una infracción ambiental, es decir, por el
incumplimiento de la normatividad ambiental, pudiendo así citar el caso de los
delitos ambientales tipificados en nuestro Código Penal vigente.
Para cumplir el mencionado fin, el OEFA elabora el Plan Anual de Evaluación y
Fiscalización Ambiental PLANEFA, que es de carácter público y contiene todas
las actividades de evaluación, supervisión y fiscalización programadas para el
año de su publicación.
4
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Ahora que sabemos a qué nos referimos cuando hablamos de fiscalización
ambiental, nacen las siguientes cuestiones ¿Qué actividades conlleva la función
evaluadora del OEFA? ¿Qué Actividades conlleva la función fiscalizadora del
OEFA? ¿Qué sectores fiscaliza el OEFA? ¿Qué fin tienen las sanciones por el
incumplimiento de la normatividad ambiental? ¿Qué puedo hacer como
ciudadano ante una alerta de contaminación ambiental? Entre otras cuestiones
más que responderemos más adelante.
III. PRINCIPALES FUNCIONES DEL OEFA
A) FUNCIÓN EVALUADORA ¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN
EVALUADORA DEL OEFA?
Es aquel conjunto de acciones destinadas a la vigilancia, monitoreo y control de
la calidad ambiental, que logra medir cuantitativamente el impacto ambiental, sin
búsqueda de un responsable de éstas, sino únicamente enfocada en la calidad
del ambiente, por ejemplo, la calidad del aire, agua, suelo, recursos naturales.
Es una función imprescindible puesto que servirá de base técnica para la
supervisión y hallazgos de responsabilidad ambiental.
Además, es de carácter preventivo ya que colabora con la orientación hacia la
creación de mecanismos que aseguren el cumplimiento de la normatividad y
principios ambientales. Es por ello que al momento de evaluarse la imposición
de sanciones a los responsables de las afectaciones ambientales, se toma como
punto de referencia la actividad de evaluación, pues es con ella que podemos
identificar la intensidad del daño ocasionado. Para cumplir dichos fines el OEFA
ha creado la Dirección de Evaluación, encargada de realizar toda la actividad
descrita líneas arriba y de preservar la calidad ambiental.
B) FUNCIÓN SUPERVISORA
Para el cumplimiento de esta función, ha sido necesario la creación de la
Dirección de Supervisión. El OEFA ha subdividido en dos tipos de supervisión
5
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
acorde al sujeto supervisado, tenemos así la Supervisión Directa y la Supervisión
a Entidades de Fiscalización Ambiental.
 SUPERVISIÓN DIRECTA: Es aquella en la cual el sujeto supervisado
puede ser cualquier persona natural y/o jurídica. Si son programadas se
denominan regulares, y si no lo son se denominan especiales. Ambas
consisten en las visitas del personal idóneo a campo y/o espacio
geográfico donde se alerta sobre una presunta contaminación ambiental,
pudiendo realizarse también a través de análisis documentarios. Los
profesionales encargados de la supervisión (Abogados, Ingenieros
Ambientales, Geólogos, etc.) levantan un ACTA en la que se consignan
todos los hallazgos de la supervisión realizada, la cual tiene un importante
valor y servirá para determinar el grado de responsabilidad del
supervisado y la futura imposición de sanciones.
 SUPERVISIÓN A ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
(EFAS): Es aquella en la cual el OEFA realiza acciones de seguimiento,
control y verificación del ejercicio de supervisión a través de las EFAS,
asegurando que fiscalicen y verifiquen el cumplimiento de las obligaciones
ambientales
IV. FUNCIÓN FISCALIZADORA Y SANCIONATORIA (¿QUÉ ACTIVIDADES
CONLLEVA LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DEL OEFA?)
Son todas aquellas actividades destinadas a la determinación y/o identificación
de una infracción ambiental y la correcta interposición de sanciones. Es así en el
orden de su facultad sancionatoria esta que tiene un fin persuasivo hacia el
cumplimiento de las obligaciones ambientales, podemos clasificar a las
sanciones según su carácter, tenemos por lo tanto a las de carácter monetario y
sanciones de carácter no monetario
Una vez iniciado el procedimiento administrativo sancionador, es necesario
mencionar que acorde a nuestra Carta Magna persiste el derecho a la pluralidad
de instancia, siendo que en primera instancia los administrados pueden
6
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
presentar sus argumentos ante la Dirección de Fiscalización, Sanción y
Aplicación de Incentivos – DFSAI, como también en segunda y última instancia
al Tribunal de Fiscalización Ambiental – TFA, respaldándose en el derecho al
debido proceso.
El TFA tiene facultades para resolver los recursos de apelación presentados ante
DFSAI, como también ante la Dirección de Supervisión hasta por el plazo de 90
días, asimismo las resoluciones que expidan tienen carácter de observancia
obligatoria, esta cualidad que le faculta colaborar al Derecho Ambiental. Al igual
que órganos de última instancia, está conformado un Presidente, la Sala Plena
y Salas Especializadas, estas últimas que a su vez se encuentran conformadas
por tres vocales elegidos por medio de concurso público.
V. FUNCIÓN NORMATIVA
Comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias,
las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del
SINEFA, otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de
las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así
como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de
entidades de fiscalización ambiental, que son de obligatorio cumplimiento para
dichas entidades en los tres niveles de gobierno. Además, OEFA es competente
para tipificar infracciones administrativas, aprobar la escala de sanciones
correspondientes, establecer los criterios de graduación y los alcances de las
medidas preventivas, cautelares y correctivas a ser emitidas por las instancias
competentes.
VI. SECTORES FISCALIZADOS EN SUPERVISIÓN DIRECTA ¿QUÉ
SECTORES FISCALIZA EL OEFA?
A. SECTOR MINERÍA
El Sector Minero es el que genera mayor crecimiento económico en el país,
trayendo a las arcas del Estado ganancias inigualables por otros sectores, sin
embargo es también el sector donde se cometen con mayor frecuencia actos de
contaminación ambiental, debido al irresponsable actuar de las empresas
7
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
mineras quienes priorizan el extraer y generar más ganancias, a costas de la
destrucción de los ecosistemas.
Podríamos decir que la minería es aquel conjunto de actividades destinadas a la
exploración, explotación y comercio de los recursos minerales del subsuelo en
una determinada zona geográfica, actividad que genera enormes ganancias y a
su vez impactos ambientales en su mayoría no favorables.
En este sector el OEFA fiscaliza a la Mediana y gran Minería, verificando que
éstas cumplan con las obligaciones normativas ambientales, abarcando las
siguientes actividades.
 Exploración: Es aquella actividad para la cual se tiene que contar con un
permiso, a fin de poder verificar la presencia de minerales en determinado
territorio.
 Explotación: Se considera la explotación, cuando la empresa minera ya
luego de haber determinado la presencia de minerales, inicia sus
actividades de extracción de minerales.
 Transporte: Es aquel traslado que realiza la empresa minera de los
minerales extraídos hacia sus centros mineros, etc.
 Labor General: Destinado a todas aquellas actividades simultaneas de
servicio como lo son la ventilación, desagüe, etc.
 Beneficio: Considerado también como la actividad de refinería, es decir
cuando se extrae la parte más valiosa del mineral, esto que conlleva la
realización de procesos metalúrgicos/ mecánicos.
 Almacenamiento de Concentrados: Esta presente cuando la empresa
minera almacena los recursos minerales extraídos en establecimientos
que cumplan con todos los requisitos exigidos por ley.
8
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Sin embargo, puede quedar en duda, que es lo que pasa con la actividad minera
en menor escala como lo es la minería artesanal, pues ante la posible
contaminación proveniente de estas actividades, las EFAS son competentes de
accionar, acorde a su campo de acción fiscalizar en Gobierno Regionales y
Locales.
Como vemos, esta Institución cumple con ejercitar la fiscalización ambiental en
un campo muy extenso de actividades, lo cual permite el control de los infractores
y su sanción.
DATO: OSINERMING transfiere sus competencias al OEFA en el año 2010, en
cumplimiento a la Ley 29325, en su segunda disposiciónordena a todas aquellas
entidades sectoriales que se encuentren realizando funciones de evaluación,
supervisión, fiscalización, control y sanción transferirá sus competencias,
quedando solo dentro de sus competencias lo referido a técnico y seguridad de
las Empresas Mineras.
B. SECTOR ELECTRICIDAD (ENERGÍA)
Los sujetos fiscalizados pueden ser las personas (personas naturales) o
empresas (personas jurídicas) que desarrollan las actividades a continuación:
 Generación: Se le denomina así a aquella actividad destinada a la
transformación de la energía en electricidad, realizando para ello un
proceso complejo el cual puede tener como fuente, el agua, combustibles
fósiles, etc.
 Transmisión: Cuando hablamos de transmisión, hacemos alusión al
transporte de la electricidad de alta tensión, y menor a la red de
distribución.
 Distribución: Se entiende a esta como la última etapa del proceso
eléctrico, pues aquí donde dónde la empresa o persona entrega la
electricidad al usuario final a través de líneas de baja tensión.
9
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Al igual que el sector minería, aquí también el OEFA fiscaliza el cumplimiento de
la normatividad ambiental y exige cumplan con sus obligaciones ambientales
entre ellas las siguientes:
 Recuperar y resembrar las áreas alteradas y deforestadas producto de
su actividad
 Construir instalaciones acordes con los regímenes naturales del cauce
de ríos, quebradas o cruces del drenaje natural de las aguas de lluvia
 No construir obras que imposibiliten la migración de la fauna acuática
 Minimizar la afectación a la flora y fauna
 Evitar los impactos negativos en especies en peligro de extinción o en
la capacidad productiva de especies de planta de valor alimenticio o
farmacéutico
C. SECTOR HIDROCARBUROS
Hidrocarburo es aquel compuesto resultante del carbono y el hidrógeno, en este
Sector se llevan acabos determinadas actividades destinadas a la exploración,
explotación y comercio de hidrocarburo, como el petróleo.
Dentro del Sector Hidrocarburos, se encuentran todas las siguientes actividades
realizadas por personas naturales o personas jurídicas y que son fiscalizadas
por el OEFA:
 Exploración: Es aquella actividad para la cual se tiene que contar con
un permiso, a fin de poder verificar la presencia de minerales en
determinado territorio.
10
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
 Explotación: Se considera la explotación, cuando la empresa minera
ya luego de haber determinado la presencia de minerales, inicia sus
actividades de extracción de minerales.
 Transporte: Es aquel traslado que realiza la empresa minera de los
minerales extraídos hacia sus centros mineros, etc.
 Almacenamiento: Destinado a todas aquellas actividades simultaneas
de servicio como lo son la ventilación, desagüe, etc.
 Refinación y Procesamiento: Considerado también como la actividad
de refinería, es decir cuando se extrae la parte más valiosa del mineral,
esto que conlleva la realización de procesos metalúrgicos/ mecánicos.
 Distribución: Esta presente cuando la empresa minera almacena los
recursos minerales extraídos en establecimientos que cumplan con
todos los requisitos exigidos por ley.
 Comercialización: El Control en el momento que se comercializa y llega
al consumidor final, debe también de cumplir con requisitos y
obligaciones para la preservación del medio ambiente.
D. SECTOR PESQUERÍA
La Pesca de una de las actividades más antiguas realizadas en nuestro país,
que han generado en su momento enormes ganancias para el Estado,
actualmente podemos dividir para efectos de fiscalización responsable a este
sector en dos, en primer orden a la Pesca Industrial y asimismo a la Acuicultura
en mayor escala.
11
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
 La Pesca como Actividad Industrial: Podemos encontrar a todas aquellas
actividades técnicas de procesamiento pesquero, realizado por
determinada empresa, mediante el uso de maquinarias y/o equipos.
 La Acuicultura en Mayor Escala: La Acuicultura, es el proceso técnico y
especializado mediante el cual se siguen un ciclo de crianza de especies
acuáticas, sea de forma parcial o completa, para ello se emplean técnicas
y se elaboran medios adecuados (aguas artificiales) destinados al
desarrollo normal de las especies acuáticas.
El OEFA fiscaliza en este sector que se cumplan con sus obligaciones
ambientales, entre ellas a las más importante tenemos:
 Las empresas están prohibidas de verter, descargar, desechar los
efluentes producto de la actividad pesquera industrial que realicen, en
zonas no autorizadas.
 Cuidar y preservar el ecosistema flora/fauna marítimo
 No destruir o dañar manglares
 No alterar la diversidad de vida marítima y su hábitat.
E. SECTOR INDUSTRIA
El sector industria comprende un sin número de actividades realizadas por
empresas (personas jurídicas) o persona naturales, destinadas a la
transformación de la materia prima en diferentes artículos, objetos, utensilios de
uso común. El OEFA fiscaliza que se lleve a cabo estos procesos en
cumplimiento de las obligaciones ambientales. Entre las actividades fiscalizadas
tenemos a la producción de papel, cemento, curtiembre.
Algunas de las obligaciones fiscalizadas en su cumplimiento son:
 Las empresas que ocasiones impactos ambientales están en la obligación
de remediarlos en la brevedad posible.
 Está prohibido el uso de insumos para la transformación de la materia que
sean tóxicos y/o contaminantes
12
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
 Las empresas están obligadas a presentar informes y/o reportes solicitada
por la autoridad administrativa supervisora.
F. ¿QUÉ HACER ANTE UNA ALERTA DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL?
Para responder a esta pregunta primero debemos precisar algunos conceptos
básicos como los siguientes:
I. Hecho Contaminante: Se denomina así, a todo hecho producto de las
actividades realizadas por una persona natural o persona jurídica, que
genera un perjuicio al medio ambiente (Daño Ambiental).
II. Denuncia Ambiental: Es aquella comunicación entre la persona testigo
de la presunta contaminación y la autoridad, mediante la cual la
persona testigo acusa un hecho que pueda causar perjuicio al medio
ambiente.
Todos nosotros como Ciudadanos Responsables con el medio
ambiente, estamos en la obligaciónde denunciar todo hecho que pueda
perjudicarlo, el procedimiento recomendado que hay que seguir es el
siguiente:
1. Tomar registro fotográfico, video u otro medio que permita
visualizar el presunto hecho contaminante.
2. Elaborar una Denuncia, en la cual debemos consignar: Lugar
exacto donde ocurre el presunto hecho contaminante, Fotografías,
Videos u otros medios que permitan visualizar el hecho
contaminante
3. Presentar esta denuncia ante la autoridad pertinente, por ejemplo
el OEFA mediante SINADA (Sistema Nacional de Denuncias
Ambientales) recibe las denuncias y evalúa la posible afectación
ambiental. Las denuncias pueden ser anónimas y también
presentadas por correo electrónico.
13
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
4. La Autoridad Administrativa evaluará y realizará Supervisiones
Especiales, estas que tienen el fin de comprobar que el
cumplimiento de las obligaciones ambientales, resultado de estas
supervisiones se levantarán Actas, en las cuales se consignan
todos los hallazgos.
5. Posteriormente la Autoridad evaluará el inicio de un Procedimiento
Administrativo Sancionador.
VII. VISIÓN Y MISIÓN
 Visión del sector ambiental
“Un país moderno que aproveche sosteniblemente sus recursos naturales
y que se preocupe por conservar el ambiente conciliando el desarrollo
económico con la sostenibilidad ambiental en beneficio de sus
ciudadanos”.
 Misión de OEFA
“Promover el cumplimiento de las obligaciones ambientales en los
agentes económicos y la mejora del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental (SNGA) de manera articulada, efectiva y transparente,
contribuyendo con el desarrollo sostenible del país y el bienestar social”.
VIII. LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL
Asegurar la priorización de acciones basada en evidencia, privilegiando zonas
críticas de alta conflictividad socio ambiental, ecosistemas frágiles y
vulnerabilidad de zona productiva.
 Emplear tecnologías de información para contribuir con el enfoque de
riesgo y permitir la coordinación e intercambio de información.
 Desarrollar de manera integral, estratégica, sostenible y articulada la
Fiscalización Ambiental.
 Incrementar la innovación tecnológica en los procesos de fiscalización
ambiental.
 Asegurar la efectividad en la gestión institucional.
 Retroalimentar el SINEFA, SEIA y SNGA.
14
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
 Impulsar buenas prácticas en Gestión Pública.
IX. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES
 Fortalecer el desempeño del SINEFA
 Incrementar el cumplimiento de las obligaciones ambientales de las
unidades fiscalizables
 Modernizar la gestión institucional
 Reducir la vulnerabilidad ante el riesgo de desastres
X. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL
Contribuir en la mejora de las condiciones de la calidad del ambiente y la salud
de las personas a través de la promoción del cumplimiento de obligaciones
ambientales mediante la acción articulada y efectiva del Sistema Nacional de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y bajo un enfoque de prevención
de riesgos, aplicando la estrategia de promoción o disuasión adecuada, con
criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Asimismo, retroalimentar el marco regulatorio del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental (SNGA) desde la evaluación ex post de la fiscalización ambiental, con
participación ciudadana y coordinación interinstitucional, contando con
profesionales multidisciplinarios capacitados que interactúan en el marco de un
clima laboral favorable y una gestión institucional innovadora, con el uso de
herramientas tecnológicas, basada en evidencia y orientada a resultados que
promuevan el bienestar social.
XI. VALORES
En el OEFA tenemos siempre presente los valores institucionales de nuestro
compromiso en el cuidado del medio ambiente, que es el fin último de nuestro
trabajo y hacia el cual día a día enmarcamos nuestros esfuerzos.
15
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
 Responsabilidad
 Excelencia
 Transparencia
 Orientación a las personas
 Responsabilidad
Los/as servidores/as del OEFA proponen nuevas ideas para hacer su trabajo
cada vez mejor y buscan eficiencia y rapidez en cada una de las actividades que
Realizan.
1. Excelencia
Los/as servidores/as del OEFA cumplen y superan los objetivos cuidando
los recursos; y, aprenden de los errores y logran cosas magníficas.
2. Transparencia
Los/as servidores/as del OEFA actúan con ética, integridad y
transparencia en todo momento; se comunican oportunamente y afrontan
conflictos con respeto; y promueven una comunicación clara y honesta.
3. Orientación a las personas
Los/as servidores/as del OEFA son respetuosos, solidarios, empáticos y
se interesan genuinamente por las personas y su desarrollo; dan
reconocimiento y generan momentos felices para las personas; y,
promueven un mejor nivel de vida desde su rol a través del ejemplo.
XII. CONCLUSIONES
- En conclusión podemos afirmar que contamos con un organismo
moderno, innovador y competente, este que tiene como único fin el
salvaguardar del medio ambiente, es así que está dotado de
determinadas facultades que le permiten luchar contra la
contaminación ambiental.
16
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
- Todo ciudadano tiene el derecho y la obligación de denunciar un hecho
contaminante, pues ahora contamos con mecanismos creados a fin de
colaborar de forma responsable a la preservación del medio ambiente.
- El fin del presente trabajo es únicamente informativo y reflexivo, es así
que espero haber contribuido a mis compañeros, hacia el conocimiento
de una institución como el OEFA, a fin que se consoliden los objetivos
comunes hacia el cuidado del medio ambiente.
XIII. BIBLOGRAFIA
Plan Estratégico Institucional (2019 – 2022) Del OEFA.
HUAMAN Luis A (2015) El Organismo De Evaluación Y Fiscalización Ambiental
- OEFA y su importante rol en la lucha contra la contaminación
ambiental 25 de mayo de 2015.
17
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
MARTIN Richard (2014) La Fiscalización Ambiental en el Perú: reflexiones
sobre las funciones y atribuciones del OEFA.
URI WED GRAFIA
http://repositorio.oefa.gob.pe/handle/123456789/66
https://www.oefa.gob.pe/somos-oefa
http://www.oefa.gob.pe/?wpfb_dl=33954
https://www.oefa.gob.pe/somos-oefa/vision-y-mision
18
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
XII ANEXO
ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OEFA

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ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OEFA

  • 1. UNIVERSIDAD ANDINA “NESTOR CACERES VELASQUEZ” FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OEFA PRESENTADO POR: PUMAQUISPE SAYA MARLON SEMESTRE: CUARTO “A”
  • 2. PUNO – PERÚ 2019 DEDICATORIA A mis padres por su apoyo incondicional en todo momento. A mis hermanos que con sus consejos pude afrontar los retos que se me presentaron en mi vida.
  • 3. AGRADECIMIENTO Mi gratitud y reconocimiento a la Universidad Andina Nestor Caceres Velasquez– Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas, Casa Superior de Estudios que albergaré por los próximos seis años. Sé que será mi alma mater de mi formación profesional y estoy seguro que los profesores de la Escuela Profesional de Derecho me inculcarán el amor por la profesión dándome con mucho esmero sus conocimientos y experiencias. i
  • 4. ÍNDICE INTRODUCION................................................................................................................. 1 I. GENERALIDADES ....................................................................................................... 2 II. ¿QUÉ ES EL OEFA?.................................................................................................. 3 III. PRINCIPALES FUNCIONES DEL OEFA.............................................................. 4 A) FUNCIÓN EVALUADORA ¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN EVALUADORA DEL OEFA?......................................................................................... 4 B) FUNCIÓN SUPERVISORA..................................................................................... 4 IV. FUNCIÓN FISCALIZADORA Y SANCIONATORIA (¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DEL OEFA?) ........................................... 5 V. FUNCIÓN NORMATIVA............................................................................................. 6 VI. SECTORES FISCALIZADOS EN SUPERVISIÓN DIRECTA ¿QUÉ SECTORES FISCALIZA EL OEFA?...................................................................................................... 6 A. SECTOR MINERÍA.................................................................................................. 6 B. SECTOR ELECTRICIDAD (ENERGÍA) ................................................................... 8 C. SECTOR HIDROCARBUROS........................................................................... 9 D. SECTOR PESQUERÍA .....................................................................................10 E. SECTOR INDUSTRIA .............................................................................................11 F. ¿QUÉ HACER ANTE UNA ALERTA DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL? ......12 VII. VISION Y MISION ...................................................................................................13 VIII. LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ............................................13 IX. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES ................................................14 X. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ...............................................14 XI. VALORES..................................................................................................................14 XII. CONCLUSIONES.....................................................................................................15 XIII. BIBLOGRAFIA..........................................................................................................16 ii
  • 6. 1 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE INTRODUCION El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA se creó en el 2008 como un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente. Es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) en el Perú. El OEFA garantiza que las actividades económicas se desarrollen en equilibrio con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano. Para ello, se encarga de la evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental, así como de la aplicación de incentivos en los sectores de minería, energía, pesquería e industria. Además, como ente rector del SINEFA, ejerce las funciones normativas y supervisora, respecto de las entidades de fiscalización ambiental (EFA) en el Perú. El preocupante aumento de afectaciones ambientales y la ausencia de reparo por los responsables de éstas, ha sido aliciente para que en nuestro país se legisle recientemente en materia ambiental teniendo en cuenta los diversos grados de consecuencia, los cuales no se restringen únicamente al medio ambiente, sino que traspasan fronteras poniendo en peligro la salud y normal desarrollo de la sociedad. En tal sentido, el presente trabajo tiene la finalidad de informar acerca del OEFA -Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- como uno de las principales organismos creados para abolir la contaminación. Asimismo, es necesario concientizar a la sociedad acerca de la responsabilidad ambiental que tenemos como ciudadanos, a fin de conservar nuestro medio ambiente y aportar al desarrollo del Derecho Ambiental.
  • 7. 2 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE I. GENERALIDADES El Derecho Ambiental es una rama del derecho recientemente instaurada en nuestro ordenamiento jurídico, es por ello que se encuentra en pleno desarrollo y descubrimiento de sus instituciones. Es necesario antes de hablar acerca del OEFA, tema central del presente trabajo, sentar las bases históricas acerca del cómo se dio inicio a la legislación en materia ambiental en nuestro país. El Derecho Ambiental no es ajeno al ordenamiento jurídico peruano, pues desde hace mucho existen en nuestra legislación principios ambientales; sin bien es cierto, no existía una ley expresa dirigida a cautelar el cuidado del medio ambiente y que regule las conductas de responsabilidad ambiental, si tenemos consagrados en nuestra Ley Fundamental, es decir, en la Constitución Política, en el artículo 2, inciso 22, el derecho a “A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. De lo cual podemos extraer la exigencia hacia un ambiente equilibrado obligando a todos los ciudadanos al respeto, cuidado y preservación del mismo, lo cual se fortalece en los artículos 66°,67°,68° y 69°. En 8 de junio de 2004 entró en vigencia la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su reglamento, con la cual se creó el CONAM, en la que se legisla sobre la responsabilidad ambiental que se debe impartir en las universidades. Un año más tarde, al igual que otros 55 países (actualmente ratificado por 166 países) el Perú firmó el Protocolo de KIOTO, acordando así la reducción de 6 gases de efecto invernadero (CO2, CH4, N2O, HFC, PFC, y SF6) con el único fin de preservar el medio ambiente. En virtud de ello, el 5 de Octubre del mismo año se publica la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, en la cual se hace expresa la naturaleza de derecho fundamental y deber del cuidado y preservación del medio ambiente. Al respecto, en el constante desarrollo de la normatividad ambiental, era necesario la creación de una institución jerárquica a nivel de Ministerio, es así que tres años más tarde (2008), se publica el decreto legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente,
  • 8. 3 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE institución que está encargada de la gestión ambiental en nuestro país, a la cual se adscriben los siguientes organismos SENAMHI, IGP, SERNAP, IIAP, OEFA, cada uno con imprescindibles funciones en el ejercicio de la gestión ambiental. Es con esto que sintetizo los principales sucesos legislativos que dieron paso a la creación del OEFA - Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, si bien es cierto se han obviado otros, lo escrito líneas arriba tiene como único fin darnos un marco general dentro del cual se desarrolló la institución. II. ¿QUÉ ES EL OEFA? El OEFA es un organismo técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, creado el año 2008 mediante el Decreto Legislativo N° 1013, adscrito al Ministerio del Ambiente, que ejerce funciones de evaluación, fiscalización, supervisión y sanción en materia ambiental. Asimismo está dotado de facultad legislativa dentro del marco del SINEFA y de supervisión a las EFAS. Si queremos explicar cada una de las funciones que desempeña el OEFA, es necesario precisar a qué nos referimos cuando hablamos de fiscalización ambiental, la fiscalización en sentido amplio se considera a todas aquellas actividades de evaluación, monitoreo, supervisión, fiscalización, sanción y aplicación de incentivos a cargo de las EFAS con el objetivo de asegurar el cumplimiento de la normatividad ambiental, pudiendo entender a la fiscalización como un conjunto de actividades destinadas al cumplimiento de las obligaciones ambientales. Ahora bien, la fiscalización en su sentido estricto, se refiere la facultad que tiene el Estado de imponer penas ante una infracción ambiental, es decir, por el incumplimiento de la normatividad ambiental, pudiendo así citar el caso de los delitos ambientales tipificados en nuestro Código Penal vigente. Para cumplir el mencionado fin, el OEFA elabora el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA, que es de carácter público y contiene todas las actividades de evaluación, supervisión y fiscalización programadas para el año de su publicación.
  • 9. 4 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Ahora que sabemos a qué nos referimos cuando hablamos de fiscalización ambiental, nacen las siguientes cuestiones ¿Qué actividades conlleva la función evaluadora del OEFA? ¿Qué Actividades conlleva la función fiscalizadora del OEFA? ¿Qué sectores fiscaliza el OEFA? ¿Qué fin tienen las sanciones por el incumplimiento de la normatividad ambiental? ¿Qué puedo hacer como ciudadano ante una alerta de contaminación ambiental? Entre otras cuestiones más que responderemos más adelante. III. PRINCIPALES FUNCIONES DEL OEFA A) FUNCIÓN EVALUADORA ¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN EVALUADORA DEL OEFA? Es aquel conjunto de acciones destinadas a la vigilancia, monitoreo y control de la calidad ambiental, que logra medir cuantitativamente el impacto ambiental, sin búsqueda de un responsable de éstas, sino únicamente enfocada en la calidad del ambiente, por ejemplo, la calidad del aire, agua, suelo, recursos naturales. Es una función imprescindible puesto que servirá de base técnica para la supervisión y hallazgos de responsabilidad ambiental. Además, es de carácter preventivo ya que colabora con la orientación hacia la creación de mecanismos que aseguren el cumplimiento de la normatividad y principios ambientales. Es por ello que al momento de evaluarse la imposición de sanciones a los responsables de las afectaciones ambientales, se toma como punto de referencia la actividad de evaluación, pues es con ella que podemos identificar la intensidad del daño ocasionado. Para cumplir dichos fines el OEFA ha creado la Dirección de Evaluación, encargada de realizar toda la actividad descrita líneas arriba y de preservar la calidad ambiental. B) FUNCIÓN SUPERVISORA Para el cumplimiento de esta función, ha sido necesario la creación de la Dirección de Supervisión. El OEFA ha subdividido en dos tipos de supervisión
  • 10. 5 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE acorde al sujeto supervisado, tenemos así la Supervisión Directa y la Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental.  SUPERVISIÓN DIRECTA: Es aquella en la cual el sujeto supervisado puede ser cualquier persona natural y/o jurídica. Si son programadas se denominan regulares, y si no lo son se denominan especiales. Ambas consisten en las visitas del personal idóneo a campo y/o espacio geográfico donde se alerta sobre una presunta contaminación ambiental, pudiendo realizarse también a través de análisis documentarios. Los profesionales encargados de la supervisión (Abogados, Ingenieros Ambientales, Geólogos, etc.) levantan un ACTA en la que se consignan todos los hallazgos de la supervisión realizada, la cual tiene un importante valor y servirá para determinar el grado de responsabilidad del supervisado y la futura imposición de sanciones.  SUPERVISIÓN A ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (EFAS): Es aquella en la cual el OEFA realiza acciones de seguimiento, control y verificación del ejercicio de supervisión a través de las EFAS, asegurando que fiscalicen y verifiquen el cumplimiento de las obligaciones ambientales IV. FUNCIÓN FISCALIZADORA Y SANCIONATORIA (¿QUÉ ACTIVIDADES CONLLEVA LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DEL OEFA?) Son todas aquellas actividades destinadas a la determinación y/o identificación de una infracción ambiental y la correcta interposición de sanciones. Es así en el orden de su facultad sancionatoria esta que tiene un fin persuasivo hacia el cumplimiento de las obligaciones ambientales, podemos clasificar a las sanciones según su carácter, tenemos por lo tanto a las de carácter monetario y sanciones de carácter no monetario Una vez iniciado el procedimiento administrativo sancionador, es necesario mencionar que acorde a nuestra Carta Magna persiste el derecho a la pluralidad de instancia, siendo que en primera instancia los administrados pueden
  • 11. 6 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE presentar sus argumentos ante la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos – DFSAI, como también en segunda y última instancia al Tribunal de Fiscalización Ambiental – TFA, respaldándose en el derecho al debido proceso. El TFA tiene facultades para resolver los recursos de apelación presentados ante DFSAI, como también ante la Dirección de Supervisión hasta por el plazo de 90 días, asimismo las resoluciones que expidan tienen carácter de observancia obligatoria, esta cualidad que le faculta colaborar al Derecho Ambiental. Al igual que órganos de última instancia, está conformado un Presidente, la Sala Plena y Salas Especializadas, estas últimas que a su vez se encuentran conformadas por tres vocales elegidos por medio de concurso público. V. FUNCIÓN NORMATIVA Comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA, otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental, que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno. Además, OEFA es competente para tipificar infracciones administrativas, aprobar la escala de sanciones correspondientes, establecer los criterios de graduación y los alcances de las medidas preventivas, cautelares y correctivas a ser emitidas por las instancias competentes. VI. SECTORES FISCALIZADOS EN SUPERVISIÓN DIRECTA ¿QUÉ SECTORES FISCALIZA EL OEFA? A. SECTOR MINERÍA El Sector Minero es el que genera mayor crecimiento económico en el país, trayendo a las arcas del Estado ganancias inigualables por otros sectores, sin embargo es también el sector donde se cometen con mayor frecuencia actos de contaminación ambiental, debido al irresponsable actuar de las empresas
  • 12. 7 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE mineras quienes priorizan el extraer y generar más ganancias, a costas de la destrucción de los ecosistemas. Podríamos decir que la minería es aquel conjunto de actividades destinadas a la exploración, explotación y comercio de los recursos minerales del subsuelo en una determinada zona geográfica, actividad que genera enormes ganancias y a su vez impactos ambientales en su mayoría no favorables. En este sector el OEFA fiscaliza a la Mediana y gran Minería, verificando que éstas cumplan con las obligaciones normativas ambientales, abarcando las siguientes actividades.  Exploración: Es aquella actividad para la cual se tiene que contar con un permiso, a fin de poder verificar la presencia de minerales en determinado territorio.  Explotación: Se considera la explotación, cuando la empresa minera ya luego de haber determinado la presencia de minerales, inicia sus actividades de extracción de minerales.  Transporte: Es aquel traslado que realiza la empresa minera de los minerales extraídos hacia sus centros mineros, etc.  Labor General: Destinado a todas aquellas actividades simultaneas de servicio como lo son la ventilación, desagüe, etc.  Beneficio: Considerado también como la actividad de refinería, es decir cuando se extrae la parte más valiosa del mineral, esto que conlleva la realización de procesos metalúrgicos/ mecánicos.  Almacenamiento de Concentrados: Esta presente cuando la empresa minera almacena los recursos minerales extraídos en establecimientos que cumplan con todos los requisitos exigidos por ley.
  • 13. 8 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Sin embargo, puede quedar en duda, que es lo que pasa con la actividad minera en menor escala como lo es la minería artesanal, pues ante la posible contaminación proveniente de estas actividades, las EFAS son competentes de accionar, acorde a su campo de acción fiscalizar en Gobierno Regionales y Locales. Como vemos, esta Institución cumple con ejercitar la fiscalización ambiental en un campo muy extenso de actividades, lo cual permite el control de los infractores y su sanción. DATO: OSINERMING transfiere sus competencias al OEFA en el año 2010, en cumplimiento a la Ley 29325, en su segunda disposiciónordena a todas aquellas entidades sectoriales que se encuentren realizando funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción transferirá sus competencias, quedando solo dentro de sus competencias lo referido a técnico y seguridad de las Empresas Mineras. B. SECTOR ELECTRICIDAD (ENERGÍA) Los sujetos fiscalizados pueden ser las personas (personas naturales) o empresas (personas jurídicas) que desarrollan las actividades a continuación:  Generación: Se le denomina así a aquella actividad destinada a la transformación de la energía en electricidad, realizando para ello un proceso complejo el cual puede tener como fuente, el agua, combustibles fósiles, etc.  Transmisión: Cuando hablamos de transmisión, hacemos alusión al transporte de la electricidad de alta tensión, y menor a la red de distribución.  Distribución: Se entiende a esta como la última etapa del proceso eléctrico, pues aquí donde dónde la empresa o persona entrega la electricidad al usuario final a través de líneas de baja tensión.
  • 14. 9 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Al igual que el sector minería, aquí también el OEFA fiscaliza el cumplimiento de la normatividad ambiental y exige cumplan con sus obligaciones ambientales entre ellas las siguientes:  Recuperar y resembrar las áreas alteradas y deforestadas producto de su actividad  Construir instalaciones acordes con los regímenes naturales del cauce de ríos, quebradas o cruces del drenaje natural de las aguas de lluvia  No construir obras que imposibiliten la migración de la fauna acuática  Minimizar la afectación a la flora y fauna  Evitar los impactos negativos en especies en peligro de extinción o en la capacidad productiva de especies de planta de valor alimenticio o farmacéutico C. SECTOR HIDROCARBUROS Hidrocarburo es aquel compuesto resultante del carbono y el hidrógeno, en este Sector se llevan acabos determinadas actividades destinadas a la exploración, explotación y comercio de hidrocarburo, como el petróleo. Dentro del Sector Hidrocarburos, se encuentran todas las siguientes actividades realizadas por personas naturales o personas jurídicas y que son fiscalizadas por el OEFA:  Exploración: Es aquella actividad para la cual se tiene que contar con un permiso, a fin de poder verificar la presencia de minerales en determinado territorio.
  • 15. 10 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE  Explotación: Se considera la explotación, cuando la empresa minera ya luego de haber determinado la presencia de minerales, inicia sus actividades de extracción de minerales.  Transporte: Es aquel traslado que realiza la empresa minera de los minerales extraídos hacia sus centros mineros, etc.  Almacenamiento: Destinado a todas aquellas actividades simultaneas de servicio como lo son la ventilación, desagüe, etc.  Refinación y Procesamiento: Considerado también como la actividad de refinería, es decir cuando se extrae la parte más valiosa del mineral, esto que conlleva la realización de procesos metalúrgicos/ mecánicos.  Distribución: Esta presente cuando la empresa minera almacena los recursos minerales extraídos en establecimientos que cumplan con todos los requisitos exigidos por ley.  Comercialización: El Control en el momento que se comercializa y llega al consumidor final, debe también de cumplir con requisitos y obligaciones para la preservación del medio ambiente. D. SECTOR PESQUERÍA La Pesca de una de las actividades más antiguas realizadas en nuestro país, que han generado en su momento enormes ganancias para el Estado, actualmente podemos dividir para efectos de fiscalización responsable a este sector en dos, en primer orden a la Pesca Industrial y asimismo a la Acuicultura en mayor escala.
  • 16. 11 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE  La Pesca como Actividad Industrial: Podemos encontrar a todas aquellas actividades técnicas de procesamiento pesquero, realizado por determinada empresa, mediante el uso de maquinarias y/o equipos.  La Acuicultura en Mayor Escala: La Acuicultura, es el proceso técnico y especializado mediante el cual se siguen un ciclo de crianza de especies acuáticas, sea de forma parcial o completa, para ello se emplean técnicas y se elaboran medios adecuados (aguas artificiales) destinados al desarrollo normal de las especies acuáticas. El OEFA fiscaliza en este sector que se cumplan con sus obligaciones ambientales, entre ellas a las más importante tenemos:  Las empresas están prohibidas de verter, descargar, desechar los efluentes producto de la actividad pesquera industrial que realicen, en zonas no autorizadas.  Cuidar y preservar el ecosistema flora/fauna marítimo  No destruir o dañar manglares  No alterar la diversidad de vida marítima y su hábitat. E. SECTOR INDUSTRIA El sector industria comprende un sin número de actividades realizadas por empresas (personas jurídicas) o persona naturales, destinadas a la transformación de la materia prima en diferentes artículos, objetos, utensilios de uso común. El OEFA fiscaliza que se lleve a cabo estos procesos en cumplimiento de las obligaciones ambientales. Entre las actividades fiscalizadas tenemos a la producción de papel, cemento, curtiembre. Algunas de las obligaciones fiscalizadas en su cumplimiento son:  Las empresas que ocasiones impactos ambientales están en la obligación de remediarlos en la brevedad posible.  Está prohibido el uso de insumos para la transformación de la materia que sean tóxicos y/o contaminantes
  • 17. 12 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE  Las empresas están obligadas a presentar informes y/o reportes solicitada por la autoridad administrativa supervisora. F. ¿QUÉ HACER ANTE UNA ALERTA DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL? Para responder a esta pregunta primero debemos precisar algunos conceptos básicos como los siguientes: I. Hecho Contaminante: Se denomina así, a todo hecho producto de las actividades realizadas por una persona natural o persona jurídica, que genera un perjuicio al medio ambiente (Daño Ambiental). II. Denuncia Ambiental: Es aquella comunicación entre la persona testigo de la presunta contaminación y la autoridad, mediante la cual la persona testigo acusa un hecho que pueda causar perjuicio al medio ambiente. Todos nosotros como Ciudadanos Responsables con el medio ambiente, estamos en la obligaciónde denunciar todo hecho que pueda perjudicarlo, el procedimiento recomendado que hay que seguir es el siguiente: 1. Tomar registro fotográfico, video u otro medio que permita visualizar el presunto hecho contaminante. 2. Elaborar una Denuncia, en la cual debemos consignar: Lugar exacto donde ocurre el presunto hecho contaminante, Fotografías, Videos u otros medios que permitan visualizar el hecho contaminante 3. Presentar esta denuncia ante la autoridad pertinente, por ejemplo el OEFA mediante SINADA (Sistema Nacional de Denuncias Ambientales) recibe las denuncias y evalúa la posible afectación ambiental. Las denuncias pueden ser anónimas y también presentadas por correo electrónico.
  • 18. 13 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE 4. La Autoridad Administrativa evaluará y realizará Supervisiones Especiales, estas que tienen el fin de comprobar que el cumplimiento de las obligaciones ambientales, resultado de estas supervisiones se levantarán Actas, en las cuales se consignan todos los hallazgos. 5. Posteriormente la Autoridad evaluará el inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador. VII. VISIÓN Y MISIÓN  Visión del sector ambiental “Un país moderno que aproveche sosteniblemente sus recursos naturales y que se preocupe por conservar el ambiente conciliando el desarrollo económico con la sostenibilidad ambiental en beneficio de sus ciudadanos”.  Misión de OEFA “Promover el cumplimiento de las obligaciones ambientales en los agentes económicos y la mejora del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) de manera articulada, efectiva y transparente, contribuyendo con el desarrollo sostenible del país y el bienestar social”. VIII. LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL Asegurar la priorización de acciones basada en evidencia, privilegiando zonas críticas de alta conflictividad socio ambiental, ecosistemas frágiles y vulnerabilidad de zona productiva.  Emplear tecnologías de información para contribuir con el enfoque de riesgo y permitir la coordinación e intercambio de información.  Desarrollar de manera integral, estratégica, sostenible y articulada la Fiscalización Ambiental.  Incrementar la innovación tecnológica en los procesos de fiscalización ambiental.  Asegurar la efectividad en la gestión institucional.  Retroalimentar el SINEFA, SEIA y SNGA.
  • 19. 14 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE  Impulsar buenas prácticas en Gestión Pública. IX. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES  Fortalecer el desempeño del SINEFA  Incrementar el cumplimiento de las obligaciones ambientales de las unidades fiscalizables  Modernizar la gestión institucional  Reducir la vulnerabilidad ante el riesgo de desastres X. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL Contribuir en la mejora de las condiciones de la calidad del ambiente y la salud de las personas a través de la promoción del cumplimiento de obligaciones ambientales mediante la acción articulada y efectiva del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y bajo un enfoque de prevención de riesgos, aplicando la estrategia de promoción o disuasión adecuada, con criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Asimismo, retroalimentar el marco regulatorio del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) desde la evaluación ex post de la fiscalización ambiental, con participación ciudadana y coordinación interinstitucional, contando con profesionales multidisciplinarios capacitados que interactúan en el marco de un clima laboral favorable y una gestión institucional innovadora, con el uso de herramientas tecnológicas, basada en evidencia y orientada a resultados que promuevan el bienestar social. XI. VALORES En el OEFA tenemos siempre presente los valores institucionales de nuestro compromiso en el cuidado del medio ambiente, que es el fin último de nuestro trabajo y hacia el cual día a día enmarcamos nuestros esfuerzos.
  • 20. 15 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE  Responsabilidad  Excelencia  Transparencia  Orientación a las personas  Responsabilidad Los/as servidores/as del OEFA proponen nuevas ideas para hacer su trabajo cada vez mejor y buscan eficiencia y rapidez en cada una de las actividades que Realizan. 1. Excelencia Los/as servidores/as del OEFA cumplen y superan los objetivos cuidando los recursos; y, aprenden de los errores y logran cosas magníficas. 2. Transparencia Los/as servidores/as del OEFA actúan con ética, integridad y transparencia en todo momento; se comunican oportunamente y afrontan conflictos con respeto; y promueven una comunicación clara y honesta. 3. Orientación a las personas Los/as servidores/as del OEFA son respetuosos, solidarios, empáticos y se interesan genuinamente por las personas y su desarrollo; dan reconocimiento y generan momentos felices para las personas; y, promueven un mejor nivel de vida desde su rol a través del ejemplo. XII. CONCLUSIONES - En conclusión podemos afirmar que contamos con un organismo moderno, innovador y competente, este que tiene como único fin el salvaguardar del medio ambiente, es así que está dotado de determinadas facultades que le permiten luchar contra la contaminación ambiental.
  • 21. 16 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE - Todo ciudadano tiene el derecho y la obligación de denunciar un hecho contaminante, pues ahora contamos con mecanismos creados a fin de colaborar de forma responsable a la preservación del medio ambiente. - El fin del presente trabajo es únicamente informativo y reflexivo, es así que espero haber contribuido a mis compañeros, hacia el conocimiento de una institución como el OEFA, a fin que se consoliden los objetivos comunes hacia el cuidado del medio ambiente. XIII. BIBLOGRAFIA Plan Estratégico Institucional (2019 – 2022) Del OEFA. HUAMAN Luis A (2015) El Organismo De Evaluación Y Fiscalización Ambiental - OEFA y su importante rol en la lucha contra la contaminación ambiental 25 de mayo de 2015.
  • 22. 17 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE MARTIN Richard (2014) La Fiscalización Ambiental en el Perú: reflexiones sobre las funciones y atribuciones del OEFA. URI WED GRAFIA http://repositorio.oefa.gob.pe/handle/123456789/66 https://www.oefa.gob.pe/somos-oefa http://www.oefa.gob.pe/?wpfb_dl=33954 https://www.oefa.gob.pe/somos-oefa/vision-y-mision
  • 23. 18 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE XII ANEXO