SENTENCIA FONDO TRIDENTE SANTANDER-GONZÁLEZ ZAYAS ABOGADOS. Sentencia de gran trascendencia, ya que como fue habitual en muchas ocasiones las entidades bancarias, ligaban el futuro de las empresas familiares al patrimonio de los cónyuges. En este caso el Banco de Santander ofrece un FONDO TRIDENTE por importe de 300.000€ a la esposa del administrador de una empresa familiar de construcción, a su vez concede un préstamo hipotecario constructor a la empresa y en garantía del pago además de la hipoteca, obliga a dejar en prenda el FONDO TRIDENTE, pudiendo el Banco unilateralmente liquidarlo en caso de impago de la hipoteca. En el año 2.011 y como consecuencia de la crisis del sector, el BANCO ejecuta la hipoteca y se adjudica diferentes fincas hipotecadas por importe de 1.254.329€ y además se queda con el FONDO TRIDENTE del que era titular la esposa, y que había dejado en prenda para la actividad de la empresa familiar. Resultado la perdida de todo el patrimonio familiar. La Audiencia considera nula la contratación del FONDO TRIDENTE con claro incumplimiento de la normativa bancaria y deber de transparencia, y además anula el contrato de prenda dada la íntima relación entre ambos, obliga al BANCO DE SANTANDER a devolver los 300.000€ invertidos más sus intereses.