El documento define el procedimiento administrativo como el proceso de toma de decisiones de la administración pública que consiste en una secuencia ordenada de trámites u actuaciones administrativas. Uno de los fundadores del derecho administrativo introdujo el término en 1822 para designar las reglas que conducen a la decisión administrativa. El procedimiento se basa en principios como la unidad, contradicción e imparcialidad y puede ser interno, externo, previo o de ejecución. Tiene fases de iniciación, ordenación, instrucción y finaliz
1. Procedimiento
Administrativo
Uno de los fundadores del derecho administrativo,
José María Regando, en 1822 introdujo el término de
procedimiento administrativo para designar “las
reglas de tramitación de los asuntos propios de la
administración como tarea preparatoria que ha de
conducir a la decisión administrativa”
Un procedimiento administrativo es un proceso de
toma de decisiones de la Administración Pública.
Este proceso consiste en una secuencia ordenada de
trámites o actuaciones (actos administrativos).
2. • El procedimiento administrativo es la suma de
varios actos de la Administración.
• Los procedimientos podrán iniciarse de oficio o a
solicitud de persona interesada
Es uno de los ejes fundamentales del Derecho
Administrativo; gracias a él los ciudadanos de una
determinada comunidad tienen la seguridad de que
los trámites administrativos desarrollados frente a un
organismo público se realizarán de forma rigurosa en
base a las leyes pactadas por dicha comunidad, y no
de forma aleatoria.
3. El procedimiento administrativo se encuentra
apoyado en una serie de principios fundamentales a
los cuales debe responder de forma indeleble, los
mismos influyen y condicionan todo el procedimiento
administrativo.
• Principio de Unidad: Asegura que cada
procedimiento está formado por un comienzo y un
final.
• Principio de Contradicción: Señala que el
procedimiento se resuelve en base a los
acontecimientos y fundamentos del derecho.
4. • Principio de imparcialidad: Explica que no existen
los favoritismos o enemistades, la administración
debe realizarse de forma clara y respetando la ley.
• Principio de oficialidad: Indica que el
procedimiento debe realizarse íntegramente tal
cual lo dicta la ley, gestionándose los trámites
pertinentes con suma responsabilidad, es decir que
debe ser iniciado de oficio en todas sus etapas.
5. Tipos de procedimiento
• - PROCEDIMIENTO INTERNO.- Se refiere a los actos
que se establecen de manera previa al acto
administrativo o que se requieren primero llevar
a cabo éste.
• - PROCEDIMIENTO EXTERNO.- Se refiere a los actos
que se tienen que llevar a cabo de manera
voluntaria y si no, la administración pública, a
través de su poder coactivo, obligará al
administrado al cumplimiento del acto
administrativo.
• - PROCEDIMIENTO PREVIO.- Se refiere a la serie de
actividades o actos que tiene que realizar la
actividad administrativa para llegar a la
culminación del acto administrativo.
6. • - PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN.- Se refiere a la
imposición que establece el estado a través de la
administración pública para el cumplimiento del
acto administrativo.
• - PROCEDIMIENTO DE OFICIO.- Se establece como
aquel procedimiento que llevan a cabo las
autoridades, en cumplimiento de sus obligaciones.
• - PROCEDIMIENTO A PETICIÓN DE PARTE.- Se
requiere el impulso del particular para la
expedición del acto administrativo.
7. Fases del procedimiento
1. Iniciación
El procedimiento lo puede iniciar el ciudadano
mediante una solicitud o bien de oficio por la propia
Administración.
Para que el ciudadano pueda iniciar un
procedimiento, es necesario que cumpla los
siguientes requisitos:
• Ser interesado en el procedimiento
• Tener capacidad de obrar
9. 3. Instrucción: o Pruebas / Informes / Participación
de los interesados
Se pueden presentar alegaciones y documentos:
• En cualquier momento del procedimiento anterior
al trámite de audiencia.
• También se pueden aportar documentos u otros
elementos de juicio.
• Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano
competente al redactar la correspondiente
propuesta de resolución.
10. 4. Finalización: o Resolución / Desistimiento y renuncia
/ Caducidad
• El procedimiento administrativo puede finalizar de
dos maneras.