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LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELLEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJOTRABAJO
LEY Nº 29783LEY Nº 29783
DECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR: REGLAMENTODECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR: REGLAMENTO
DE LA LEY DE SSTDE LA LEY DE SST
OBJETIVO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
“Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el
país”
PRINCIPIOSPRINCIPIOS
AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SSTAMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST
Comprende :
• A toda persona bajo modalidad
formativa y a los trabajadores
autónomos. También se incluye a
todo aquel que, sin prestar
servicios, se encuentre dentro del
lugar de trabajo, en lo que les
resulte aplicable.
Comprende :
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formativa y a los trabajadores
autónomos. También se incluye a
todo aquel que, sin prestar
servicios, se encuentre dentro del
lugar de trabajo, en lo que les
resulte aplicable.
D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTODELEY
SST
TODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOS
POLITICA NACIONAL DE SST
Pone en
PRACTICA
Pone en
PRACTICA
Formula
LA POLITICA
Formula
LA POLITICA REEXAMINAREEXAMINA
Prevenir los accidentes daños a la salud como
consecuencia del trabajo, guarden relación o
sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al
mínimo, en la medida en que sea razonable y
factible, las causas de los riesgos inherentes al
medio ambiente de trabajo.
Objeto:
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
ROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD ENROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJOEL TRABAJO
SISTEMA DESISTEMA DE
GESTIÓN DEGESTIÓN DE
SEGURIDAD YSEGURIDAD Y
SALUD EN ELSALUD EN EL
TRABAJOTRABAJO
Enfoque de
Sistema de
Gestión en
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Instrumentos y directrices
Internacionales
Legislación vigente
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO
DELEYSST
Los empleadores podrán aplicar
estándares internacionales en
seguridad y salud en el trabajo
para atender situaciones no
previstas en la legislación
nacional.
Los empleadores podrán aplicar
estándares internacionales en
seguridad y salud en el trabajo
para atender situaciones no
previstas en la legislación
nacional.
APLICACIÓN DE ESTANDARES
INTERNACIONALES
APLICACIÓN DE NORMAS SECTORIALES
• Los Reglamentos sectoriales que
establezcan obligaciones y
derechos superiores a los
contenidos en la Ley y el
Reglamento, prevalecerán sobre
éstos.
D.S.N.005-2012-TR:
REGLAMENTODELEYSST
POLITICA DEL SISTEMA DE GESTION DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
a) Ser específica
para la
organización y
apropiada a su
tamaño y a la
naturaleza de
sus actividades;
b. Ser concisa, estar
redactada con
claridad, estar
fechada y hacerse
efectiva mediante
la firma o endoso
del empleador o
del representante
de mayor rango
con
responsabilidad en
la organización;
d) Ser actualizada
periódicamente y
ponerse a
disposición de
las partes
interesadas
externas, según
corresponda
c) Ser difundida y
fácilmente
accesible a
todas las
personas en el
lugar de trabajo;
Política SG-SST
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• El empleador define los
requisitos de competencia
necesarios para cada
puesto de trabajo y adopta
disposiciones para que
todo trabajador de la
organización esté
capacitado para asumir
deberes y obligaciones
relativos a la seguridad y
salud.
• El Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en
el Trabajo es
responsabilidad del
empleador, quien asume
el liderazgo y
compromiso de estas
actividades en la
organización
El empleador implementa los registros y
documentación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo
estos ser llevados a través de medios físicos
o electrónicos. Estos registros y documentos
deben estar actualizados y a disposición de
los trabajadores y de la autoridad
competente, respetando el derecho a la
confidencialidad.
ORGANIZACIÓN DEL SG-SST
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El empleador está obligado a:
a) Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una
responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la
organización.
b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento
o área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos
relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
c) Disponer de una supervisión efectiva.
d) Cumplir los principios del SGSST
e) Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
f) Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena
participación de los trabajadores y de sus representantes
g) Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas
responsables puedan cumplir los planes y programas preventivos
establecidos
D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO
DELEYSST
Constitución del Comité de SST
• Sólo las Empresas que
cuente con 20 o más
trabajadores, constituirán
obligatoriamente un Comité
de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
• Los empleadores que
cuenten con sindicatos
mayoritarios incorporan un
miembro del respectivo
sindicato en calidad de
observador.
Requisitos para ser miembro del Comité de SST
REPRESENTANTE DE TRABAJADORES:
a) Ser trabajador del empleador.
b) Tener dieciocho (18) años de edad como
mínimo.
c) De preferencia, tener capacitación en
temas de seguridad y salud en el trabajo
o laborar en puestos que permitan tener
conocimiento o información sobre
riesgos laborales.
REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR:
• El empleador designa a sus
representantes, titulares y suplentes
ante el Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo, entre el personal de
dirección y confianza.
Cómo se elige a los representantes de los
trabajadores ante el Comité
• Se realiza mediante un proceso electoral
que está a cargo de la organización
sindical mayoritaria o la que afilie el
mayor número de trabajadores.
• De no existir sindicato, el empleador
convoca a la elección la cual debe ser
democrática, mediante votación secreta y
directa, entre los candidatos presentados
por los trabajadores.
• La elección se realiza mediante votación
secreta y directa.
• La nominación de los candidatos debe
efectuarse quince (15) días hábiles
antes de la convocatoria a elecciones,
a fin de verificar que éstos cumplan con
los requisitos legales.
Se puede crear Comisiones Técnicas para
casos específicos?
El Comité de SST, cuando la
magnitud de la organización del
empleador lo requiera, puede crear
comisiones técnicas para el
desarrollo de tareas específicas,
tales como, la investigación de
accidentes de trabajo, el diseño del
programa de capacitación, la
elaboración de procedimientos,
entre otras.
La composición de estas comisiones
es determinada por el Comité.
¿Quién nombra al Supervisor de Seguridad y Salud en
el Trabajo?
• En empresas con menos de
20 trabajadores, se
designará un Supervisor de
Seguridad y Salud en el
Trabajo quien será elegido
por los trabajadores de
entre ellos siguiendo la
formalidad de elección de
representantes de
trabajadores ante el
Comité de SST.
¿El Supervisor también lleva un Libro de
Actas?
• El Supervisor de
Seguridad y Salud en el
Trabajo debe llevar un
registro donde consten
los acuerdos adoptados
con la máxima
autoridad de la
empresa o empleador.
Qué facilidades deben tener los miembros del Comite
o supervisor de SST?
Licencia con goce de haber
para la realización de sus
funciones.
Protección contra el despido
incausado.
Facilidades para el
desempeño de sus funciones
en sus respectivas áreas de
trabajo, seis meses antes y
hasta seis meses después del
término de su función.
¿Cuándo queda vacante el cargo de miembro
del Comité o Supervisor de SST?
Queda vacante por:
a) Vencimiento del plazo establecido para el
ejercicio del cargo, en el caso de los representantes
de los trabajadores y del Supervisor de SST.
b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones
consecutivas del Comité de SST o a cuatro (4)
alternadas, en el lapso de su vigencia.
c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el
ejercicio del cargo.
d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo
laboral.
•Los cargos vacantes son suplidos por el
representante alterno, hasta la conclusión del
mandato.
• En caso de vacancia del cargo de Supervisor de SST
debe ser cubierto a través de la elección por parte
de los trabajadores.
Los Servicios de SST
Los servicios de salud en
el trabajo aseguran que
las funciones que
desarrollen sean
adecuadas y apropiadas
para los riesgos de la
empresa para la salud en
el trabajo
Todo empleador organiza un
Servicio de SST propio o
común a varios
empleadores, cuya finalidad
será esencialmente
preventiva.
SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
EN BASE A LOS PARAMETROS SGTES:
-Identificación y evaluación de riesgos que puedan
afectar a la salud en el lugar de trabajo.
-Vigilancia de los factores de ambiente de trabajo y
de las practicas de trabajo que puedan afectar la
salud de los trabajadores.
-Participación en el desarrollo de programas para
el mejoramiento de las practicas de trabajo.
-Asesoramiento en materia de salud, de seguridad
e higiene en el trabajo y de ergonomía.
-Vigilancia de la salud de los trabajadores en
relación con el trabajo.
-Fomento de la adaptación del trabajo a los
trabajadores
PROPIO Y COMUN
ORGANIZAR
FINALIDAD PREVENTIVA
DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el
trabajo.
b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas
de control.
d) El mapa de riesgo.
e) La planificación de la actividad preventiva.
f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
g) Registros (8)
h) Libro de Actas del Comite de SST
i) Libro de Actas de elecciones de representantes de trabajadores
ante el Comite de SST
NOTA: a, c y d debe ser exhibida en lugar visible.
D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTODELEY
SST
REGISTRO Y DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE
GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
REGISTRO TIEMPO DE ALMACENAMIENTO
Registro de investigaciones, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes
físicos, inspecciones internas y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción,
capacitación , entrenamientos, simulacros.
5 años
Registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 10 AÑOS
Registros de enfermedades ocupacionales 20 AÑOS
CONSULTA DE LOS REGISTROS DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• Los trabajadores y los representantes de las
organizaciones sindicales tienen el derecho de
consultar los registros del Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción
de la información relativa a la salud del
trabajador que sólo será accesible con su
autorización escrita.
D.S.N.005-2012-TR:
REGLAMENTODELEYSST
PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
EVALUACION INICIAL DEL SGSST
DIAGNOSTICO
DE ESTADO DE
LA SST
Participación y capacitación en la
Gestión de riesgos
ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL IPER.
a) Actividades, tareas rutinarias y no rutinarias;
b) Las actividades de todas las personas que tengan acceso al lugar
de trabajo;
c) Comportamiento humano, las capacidades y otros factores;
d) Peligros externos
e) Peligros originados en las inmediaciones del lugar de trabajo;
f) Infraestructura, el equipamiento y los materiales;
g) Cambios o propuestas de cambios
h) Obligación legal aplicables (Naciones e internacionales: Directrices
e instrumentos internacionales)
i) Áreas de trabajo, los procesos, las instalaciones, la
maquinaria/equipamiento, la organización del trabajo,
RESULTADO DE LA EVALUACION INICIAL
• El resultado de la evaluación inicial o línea de base debe:
a) Estar documentado.
b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo,
y
c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO
DELEYSST
EVALUACION DEL SG SST
La supervisión permite:
a) Identificar las fallas o deficiencias en el SGSST
b) Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o
controlar los peligros asociados al trabajo.
c) Prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST
d) Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de
prevención y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser
eficaces.
e) Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto
mejorar la identificación de los peligros y el control de los riesgos, y el
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La Realización de auditorias :
Para determinar la aplicación y la
eficacia de las medidas ordinarias de
prevención y control de peligros
implementadas.
Para ello se debe prever el
intercambio de información sobre los
resultados de la seguridad y salud en
el trabajo
En base a los resultados se deben
tomar decisiones para mejorar el
SGSST.
Incorpora como objeto de la supervisión a diferencia de la norma
reglamentaria el prever el intercambio de información sobre los
resultados de la seguridad y salud en el trabajo
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
EMPLEADORES
Garantizar que las elecciones de los representantes de
los trabajadores se realicen a través de las
organizaciones sindicales.
Asignando los recursos necesarios para garantizar el trabajo
del Comité paritario.
Por incumplimientos de deber de prevención genera la
obligación de inmdenizar al trabajador o sus derecho
habientes.
En el enfoque de genero y protección de las
trabajadoras, se considera que al estar en estado de
gestación tienen derecho a ser transferidas a otro
puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin
menoscabo de sus derechos remunerativos y de
categoría;
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
Los resultados de los exámenes no pueden ser
utilizados para ejercer discriminación alguna sobre los
trabajadores es pasible de acciones administrativas y
judiciales.
- Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados
antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los
procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener
repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores.
Informar :
- Las razones de los exámenes de salud ocupacional.
- Los resultados de los informes médicos previos a la
asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la
evaluación de la salud,
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Tiene derecho a comunicarse libremente con los
inspectores de trabajo, esto puede producirse aún sin la
presencia del empleador.
La transferencia de un trabajador motivada por
razones de seguridad y salud en el trabajo, esta
debe producirse sin menoscabo de sus derechos
remunerativos y de categoría
El trabajador debe responder e informar con
veracidad a las instancias públicas que se lo
requieran, caso contrario es considerado falta
grave, sin perjuicio de la denuncia penal
correspondiente.
POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS
MÉDICOS ASISTENCIALES.
El empleador debe Informar al MINTRA:
a) Todo accidente de trabajo mortal.
b) Los incidentes peligrosos que pongan en peligro
la salud e integridad física del trabajador o de la
población, u
c) Cualquier tipo de situación que altere o ponga en
riesgo la vida, integridad física y psicológica del
trabajador suscitado en el ámbito laboral.
- Los centros médicos asistenciales que atiendan
por primera vez sobre accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales registradas o los que
se ajustan a la definición legal de estas están
obligados a informar al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo.
POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS
MÉDICOS ASISTENCIALES
Una completa novedad es el reporte
en caso de accidentes de trabajo,
enfermedades profesionales e
incidentes peligrosos que afecten a
trabajadores independientes, en este
caso la notificación esta a cargo del
propio trabajador o de sus
familiares en el centro asistencial
que brinda la primera atención, el
cual debe proceder a comunicar al
Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo y al Ministerio de Salud;
INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES
OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS
Empleador
Representante de las
Organizaciones Sindicales o
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACION
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL
EMPLEO
MEDIDAS DE PREVENCION ADOPTADAS
FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE
TRABAJO
- Aconsejar y recomendar la
adopción de medidas de SST.
- Solicitar la realización las
modificaciones.
-Iniciar el procedimiento
sancionador por
incumplimiento de las normas
de seguridad y salud en el
trabajo.
- Presunta comisión de delito
vinculado a la inobservancia
de las normas de seguridad y
salud en el trabajo, la
inspección de trabajo remite al
Ministerio Público los hechos
que haya conocido y los
sujetos que podrían resultar
afectados
PERITOS
TECNICOS
REPRESENTANTES O
VISITA DE INSPECCION
Para el adecuado ejercicio de las funciones de
inspección en materia de seguridad y salud en
el trabajo
ORIGEN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y
REQUERIMIENTO EN CASO DE INFRACCIÓN
Las actuaciones inspectivas sobre esta materia
se originan por :
- Orden de las autoridades competentes del
MTPE.
- A solicitud fundamentada de otro órgano del
sector público o de
- Cualquier órgano jurisdiccional en cuyo caso
deben determinarse las actuaciones que le
interesan y su finalidad.
- Por denuncia del trabajador;
De comprobarse la existencia de una infracción
en materia de seguridad y salud en el trabajo,
se sugiere al sujeto responsable de su comisión la
adopción, en un plazo determinado, de las
medidas necesarias para garantizar el
cumplimiento de sus disposiciones vulneradas
y de las modificaciones necesarias en sus
instalaciones, equipos y métodos de trabajo.
PARALIZACIÓN O PROHIBICIÓN DE TRABAJOS POR
RIESGO GRAVE O INMINENTE
En el caso de que los inspectores
comprueben que la inobservancia
de la normatividad sobre
prevención de riegos laborales
implica un grave e inminente riesgo
para la seguridad y salud de los
trabajadores pueden ordenar de
conformidad con la legislación de
inspecciones la inmediata
paralización o la prohibición de los
trabajos o tareas, dichas ordenes
son inmediatamente ejecutadas,
independientemente del pago de las
remuneraciones e indemnizaciones
a favor de los trabajadores
afectados.
PARALIZACION
RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE
GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
ENTIDAD EMPLEADORA PRINCIPAL
Servicios Contratistas
Subcontratistas
Visitantes
Practicantes
Otros
Infracciones por
incumplimiento de garantizar
la SST
MODIFICACIÓN EN LA LEGISLACIÓN SOBRE UTILIDADES
Artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 892
Tiempo ausente en el trabajo por descanso
médico producto de un accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional
ANTES AHORA
No le corresponde
reparto de utilidades.
Si le corresponde
reparto de utilidades
INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE
ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E
HIGIENE INDUSTRIALESCódigo Penal del artículo 168-A
Tipo penal : Atentado contra las condiciones de
seguridad e higiene industriales
DELITO PENA
El que no adopte las
medidas preventivas de SST
poniendo en riesgo su vida
y salud así como de los
trabajadores.
No menos de 2 años
Ni mayor de 5 años
Por inobservancia de las
normas de SST ocurre un
accidente mortal o con
lesiones graves
No menos de 5 años
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  • 1. 1 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELLEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOTRABAJO LEY Nº 29783LEY Nº 29783 DECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR: REGLAMENTODECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LA LEY DE SSTDE LA LEY DE SST
  • 2. OBJETIVO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país”
  • 4. AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SSTAMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST Comprende : • A toda persona bajo modalidad formativa y a los trabajadores autónomos. También se incluye a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable. Comprende : • A toda persona bajo modalidad formativa y a los trabajadores autónomos. También se incluye a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable. D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTODELEY SST TODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOSTODOS LOS SECTORES ECONOMICOS
  • 5. POLITICA NACIONAL DE SST Pone en PRACTICA Pone en PRACTICA Formula LA POLITICA Formula LA POLITICA REEXAMINAREEXAMINA Prevenir los accidentes daños a la salud como consecuencia del trabajo, guarden relación o sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo. Objeto:
  • 6. SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 7. ROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD ENROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOEL TRABAJO
  • 8. SISTEMA DESISTEMA DE GESTIÓN DEGESTIÓN DE SEGURIDAD YSEGURIDAD Y SALUD EN ELSALUD EN EL TRABAJOTRABAJO
  • 9.
  • 10. Enfoque de Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo Instrumentos y directrices Internacionales Legislación vigente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 11. D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO DELEYSST Los empleadores podrán aplicar estándares internacionales en seguridad y salud en el trabajo para atender situaciones no previstas en la legislación nacional. Los empleadores podrán aplicar estándares internacionales en seguridad y salud en el trabajo para atender situaciones no previstas en la legislación nacional. APLICACIÓN DE ESTANDARES INTERNACIONALES
  • 12. APLICACIÓN DE NORMAS SECTORIALES • Los Reglamentos sectoriales que establezcan obligaciones y derechos superiores a los contenidos en la Ley y el Reglamento, prevalecerán sobre éstos. D.S.N.005-2012-TR: REGLAMENTODELEYSST
  • 13. POLITICA DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 14. a) Ser específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades; b. Ser concisa, estar redactada con claridad, estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización; d) Ser actualizada periódicamente y ponerse a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda c) Ser difundida y fácilmente accesible a todas las personas en el lugar de trabajo; Política SG-SST
  • 15. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 16. • El empleador define los requisitos de competencia necesarios para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones para que todo trabajador de la organización esté capacitado para asumir deberes y obligaciones relativos a la seguridad y salud. • El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización El empleador implementa los registros y documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo estos ser llevados a través de medios físicos o electrónicos. Estos registros y documentos deben estar actualizados y a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente, respetando el derecho a la confidencialidad. ORGANIZACIÓN DEL SG-SST
  • 17. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El empleador está obligado a: a) Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización. b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento o área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo. c) Disponer de una supervisión efectiva. d) Cumplir los principios del SGSST e) Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de seguridad y salud en el trabajo. f) Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes g) Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO DELEYSST
  • 18. Constitución del Comité de SST • Sólo las Empresas que cuente con 20 o más trabajadores, constituirán obligatoriamente un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Los empleadores que cuenten con sindicatos mayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato en calidad de observador.
  • 19. Requisitos para ser miembro del Comité de SST REPRESENTANTE DE TRABAJADORES: a) Ser trabajador del empleador. b) Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo. c) De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales. REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR: • El empleador designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de dirección y confianza.
  • 20. Cómo se elige a los representantes de los trabajadores ante el Comité • Se realiza mediante un proceso electoral que está a cargo de la organización sindical mayoritaria o la que afilie el mayor número de trabajadores. • De no existir sindicato, el empleador convoca a la elección la cual debe ser democrática, mediante votación secreta y directa, entre los candidatos presentados por los trabajadores. • La elección se realiza mediante votación secreta y directa. • La nominación de los candidatos debe efectuarse quince (15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin de verificar que éstos cumplan con los requisitos legales.
  • 21. Se puede crear Comisiones Técnicas para casos específicos? El Comité de SST, cuando la magnitud de la organización del empleador lo requiera, puede crear comisiones técnicas para el desarrollo de tareas específicas, tales como, la investigación de accidentes de trabajo, el diseño del programa de capacitación, la elaboración de procedimientos, entre otras. La composición de estas comisiones es determinada por el Comité.
  • 22. ¿Quién nombra al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo? • En empresas con menos de 20 trabajadores, se designará un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo quien será elegido por los trabajadores de entre ellos siguiendo la formalidad de elección de representantes de trabajadores ante el Comité de SST.
  • 23. ¿El Supervisor también lleva un Libro de Actas? • El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo debe llevar un registro donde consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la empresa o empleador.
  • 24. Qué facilidades deben tener los miembros del Comite o supervisor de SST? Licencia con goce de haber para la realización de sus funciones. Protección contra el despido incausado. Facilidades para el desempeño de sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo, seis meses antes y hasta seis meses después del término de su función.
  • 25. ¿Cuándo queda vacante el cargo de miembro del Comité o Supervisor de SST? Queda vacante por: a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de SST. b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de SST o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su vigencia. c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo. d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral. •Los cargos vacantes son suplidos por el representante alterno, hasta la conclusión del mandato. • En caso de vacancia del cargo de Supervisor de SST debe ser cubierto a través de la elección por parte de los trabajadores.
  • 26. Los Servicios de SST Los servicios de salud en el trabajo aseguran que las funciones que desarrollen sean adecuadas y apropiadas para los riesgos de la empresa para la salud en el trabajo Todo empleador organiza un Servicio de SST propio o común a varios empleadores, cuya finalidad será esencialmente preventiva.
  • 27. SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN BASE A LOS PARAMETROS SGTES: -Identificación y evaluación de riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo. -Vigilancia de los factores de ambiente de trabajo y de las practicas de trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores. -Participación en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las practicas de trabajo. -Asesoramiento en materia de salud, de seguridad e higiene en el trabajo y de ergonomía. -Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo. -Fomento de la adaptación del trabajo a los trabajadores PROPIO Y COMUN ORGANIZAR FINALIDAD PREVENTIVA
  • 28. DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. g) Registros (8) h) Libro de Actas del Comite de SST i) Libro de Actas de elecciones de representantes de trabajadores ante el Comite de SST NOTA: a, c y d debe ser exhibida en lugar visible. D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTODELEY SST
  • 29. REGISTRO Y DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGISTRO TIEMPO DE ALMACENAMIENTO Registro de investigaciones, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes físicos, inspecciones internas y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción, capacitación , entrenamientos, simulacros. 5 años Registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 10 AÑOS Registros de enfermedades ocupacionales 20 AÑOS
  • 30. CONSULTA DE LOS REGISTROS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • Los trabajadores y los representantes de las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción de la información relativa a la salud del trabajador que sólo será accesible con su autorización escrita. D.S.N.005-2012-TR: REGLAMENTODELEYSST
  • 31. PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EVALUACION INICIAL DEL SGSST DIAGNOSTICO DE ESTADO DE LA SST Participación y capacitación en la Gestión de riesgos
  • 32. ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL IPER. a) Actividades, tareas rutinarias y no rutinarias; b) Las actividades de todas las personas que tengan acceso al lugar de trabajo; c) Comportamiento humano, las capacidades y otros factores; d) Peligros externos e) Peligros originados en las inmediaciones del lugar de trabajo; f) Infraestructura, el equipamiento y los materiales; g) Cambios o propuestas de cambios h) Obligación legal aplicables (Naciones e internacionales: Directrices e instrumentos internacionales) i) Áreas de trabajo, los procesos, las instalaciones, la maquinaria/equipamiento, la organización del trabajo,
  • 33. RESULTADO DE LA EVALUACION INICIAL • El resultado de la evaluación inicial o línea de base debe: a) Estar documentado. b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. D.S.N.005-2012-TR:REGLAMENTO DELEYSST
  • 34. EVALUACION DEL SG SST La supervisión permite: a) Identificar las fallas o deficiencias en el SGSST b) Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o controlar los peligros asociados al trabajo. c) Prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST d) Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser eficaces. e) Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros y el control de los riesgos, y el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 35. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La Realización de auditorias : Para determinar la aplicación y la eficacia de las medidas ordinarias de prevención y control de peligros implementadas. Para ello se debe prever el intercambio de información sobre los resultados de la seguridad y salud en el trabajo En base a los resultados se deben tomar decisiones para mejorar el SGSST. Incorpora como objeto de la supervisión a diferencia de la norma reglamentaria el prever el intercambio de información sobre los resultados de la seguridad y salud en el trabajo
  • 36. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a través de las organizaciones sindicales. Asignando los recursos necesarios para garantizar el trabajo del Comité paritario. Por incumplimientos de deber de prevención genera la obligación de inmdenizar al trabajador o sus derecho habientes. En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría;
  • 37. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES Los resultados de los exámenes no pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna sobre los trabajadores es pasible de acciones administrativas y judiciales. - Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores. Informar : - Las razones de los exámenes de salud ocupacional. - Los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de la salud,
  • 38. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto puede producirse aún sin la presencia del empleador. La transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría El trabajador debe responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.
  • 39. POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES. El empleador debe Informar al MINTRA: a) Todo accidente de trabajo mortal. b) Los incidentes peligrosos que pongan en peligro la salud e integridad física del trabajador o de la población, u c) Cualquier tipo de situación que altere o ponga en riesgo la vida, integridad física y psicológica del trabajador suscitado en el ámbito laboral. - Los centros médicos asistenciales que atiendan por primera vez sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales registradas o los que se ajustan a la definición legal de estas están obligados a informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
  • 40. POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES Una completa novedad es el reporte en caso de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes peligrosos que afecten a trabajadores independientes, en este caso la notificación esta a cargo del propio trabajador o de sus familiares en el centro asistencial que brinda la primera atención, el cual debe proceder a comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Ministerio de Salud;
  • 41. INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS Empleador Representante de las Organizaciones Sindicales o Representante de los Trabajadores RESULTADOS DE LA INVESTIGACION MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO MEDIDAS DE PREVENCION ADOPTADAS
  • 42. FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO - Aconsejar y recomendar la adopción de medidas de SST. - Solicitar la realización las modificaciones. -Iniciar el procedimiento sancionador por incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo. - Presunta comisión de delito vinculado a la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, la inspección de trabajo remite al Ministerio Público los hechos que haya conocido y los sujetos que podrían resultar afectados PERITOS TECNICOS REPRESENTANTES O VISITA DE INSPECCION Para el adecuado ejercicio de las funciones de inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo
  • 43. ORIGEN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y REQUERIMIENTO EN CASO DE INFRACCIÓN Las actuaciones inspectivas sobre esta materia se originan por : - Orden de las autoridades competentes del MTPE. - A solicitud fundamentada de otro órgano del sector público o de - Cualquier órgano jurisdiccional en cuyo caso deben determinarse las actuaciones que le interesan y su finalidad. - Por denuncia del trabajador; De comprobarse la existencia de una infracción en materia de seguridad y salud en el trabajo, se sugiere al sujeto responsable de su comisión la adopción, en un plazo determinado, de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de sus disposiciones vulneradas y de las modificaciones necesarias en sus instalaciones, equipos y métodos de trabajo.
  • 44. PARALIZACIÓN O PROHIBICIÓN DE TRABAJOS POR RIESGO GRAVE O INMINENTE En el caso de que los inspectores comprueben que la inobservancia de la normatividad sobre prevención de riegos laborales implica un grave e inminente riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores pueden ordenar de conformidad con la legislación de inspecciones la inmediata paralización o la prohibición de los trabajos o tareas, dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas, independientemente del pago de las remuneraciones e indemnizaciones a favor de los trabajadores afectados. PARALIZACION
  • 45. RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES ENTIDAD EMPLEADORA PRINCIPAL Servicios Contratistas Subcontratistas Visitantes Practicantes Otros Infracciones por incumplimiento de garantizar la SST
  • 46. MODIFICACIÓN EN LA LEGISLACIÓN SOBRE UTILIDADES Artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 892 Tiempo ausente en el trabajo por descanso médico producto de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional ANTES AHORA No le corresponde reparto de utilidades. Si le corresponde reparto de utilidades
  • 47. INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALESCódigo Penal del artículo 168-A Tipo penal : Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales DELITO PENA El que no adopte las medidas preventivas de SST poniendo en riesgo su vida y salud así como de los trabajadores. No menos de 2 años Ni mayor de 5 años Por inobservancia de las normas de SST ocurre un accidente mortal o con lesiones graves No menos de 5 años Ni mayor de 10 años