Fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
1. Sistema de seguridad social
integral
Fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de
entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y
la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde
con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con
políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
2. Reglamentación
El sistema de Seguridad Social en Colombia en el país está reglamentado
primordialmente por la Ley 100 de 1993 expedida por el Congreso de Colombia, la
cual se divide en cuatro secciones que se refieren a los componentes principales
del Sistema.
El primer libro: trata sobre el Sistema general de Pensiones.
El segundo libro: trata el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
El tercer libro: trata el Sistema General de Riesgos Laborales. Denominación
modificada por la Ley 1562 de 2012 a "Sistema General de Riesgos Laborales".1
El cuarto libro: trata de los servicios sociales complementarios.
3. Objetivos del sistema
Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación
laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema.
Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos
de la ley proporcionando al ciudadano mayores garantías-
Garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la población acceda al
sistema, mediante mecanismos que en desarrollo del principio constitucional de
solidaridad, permitan que sectores sin la capacidad económica suficiente como
campesinos, indígenas y trabajadores independientes, artistas, deportistas,
madres comunitarias, accedan al sistema y al otorgamiento de las prestaciones en
forma integral.
4. Principios de prestación de servicios del
Sistema de Seguridad Social Integral en
Colombia
Eficiencia
Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos
y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social
sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente.
Universalidad
Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna
discriminación, en todas las etapas de la vida. Para siempre.
Solidaridad
Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores
económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más
débil. Es deber del Estado garantizar la solidaridad en el sistema de seguridad social
mediante su participación, control y dirección del mismo. Los recursos provenientes del
erario público en el sistema de seguridad se aplicarán siempre a los grupos de población
más vulnerables.
5. Integralidad
Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general
las condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y
recibirá lo necesario para atender las contingencias.
Unidad
Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los
fines de la seguridad social.
Participación
Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la
organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
Progresividad
En este principio se manifiesta que las reformas a la seguridad social se harán gradualmente, para
ampliar su cobertura a toda la población y mejorar la calidad de vida de la misma.
6. Sistema general de pensiones
Pensiones tiene como objetivo asegurar a la población el cubrimiento de los
riesgos o contingencias derivados de la vejez, la invalidez y la muerte, por medio
del reconocimiento de pensiones y prestaciones determinadas por la Ley. Este
sistema busca además la ampliación de la cobertura a segmentos de la población
no cubiertos hasta ese momento por el antiguo Sistema. Con la Ley 100 se
autoriza la creación de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones,
encargadas de administrar los recursos destinados a pagar las pensiones de los
afiliados que escojan pensionarse de acuerdo con las condiciones en que estos
fondos operaran de acuerdo con las disposiciones que dicha Ley exige. También
reglamenta y autoriza el manejo del régimen pensional manejado por el Instituto
de Seguros Sociales y por el cual se reconoce un porcentaje fijo de pensión de
acuerdo con el cumplimiento de requisitos de edad y tiempo cotizado.
7. sistema general de seguridad social en
salud
establecido en la Ley 100 de 1993, implicó respecto al sistema anterior que
sustituyó tres reformas fundamentales: la participación del sector privado en la
prestación de servicios de salud a los trabajadores colombianos, adicional al
Instituto de Seguros Sociales I.S.S., la creación del Fondo de Solidaridad y
Garantía para asegurar un nuevo sector subsidiado en Colombia y la posibilidad
para todos los trabajadores de elegir la entidad promotora de salud.
8. Riesgos profesionales.
regula la atención de los eventos derivados de los riesgos ocupacionales de
manera independiente en lo financiero al sistema que cubre los eventos por
enfermedad general. Todo empleador tiene la obligación de afiliar a sus
empleados a una Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) que es la responsable
de cubrir los eventos derivados de riesgos ocupacionales o de trabajo. El valor
total del aporte le corresponde al empleador y con esa afiliación se cubren todos
los gastos de salud que ocasionen los accidentes o enfermedades laborales, así
como el pago de los días de incapacidad. La prestación de servicios de salud
necesaria para la atención de los accidentes o enfermedades es realizada por la
EPS a la que se encuentre afiliado, entidad que recobrará los gastos ocasionados
a la ARL.
9. Entidades del Sistema de Seguridad
Social Integral en Colombia
Entidades Promotoras de Salud E.P.S.
Instituciones Prestadoras de servicios de Salud I.P.S.
Fondos de Cesantías
Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones
Administradoras de Riesgos Laborales, ARL.