2. Ordenar es poner cada cosa en su lugar al interior
de un espacio determinado (lo que supone definir
cuál es este espacio y qué lugar ocupa cada
elemento a su interior).
Hacer que las actividades se realicen en el lugar
adecuado (qué actividades, por qué y para qué?).
Este ejercicio supone la existencia de una
racionalidad que no está, por cierto, libre de
intereses.
Cuál es el rol de los gobiernos locales en todo ello?
Cómo debe operar para hacerlo?
Son algunas de las preguntas en torno a las cuales
reflexionaremos en esta exposición.
3. Constitución Política del Perú
Artículos 67º y 68º El Estado determina la política nacional del medio
ambiente y promueve el uso sustentable de sus recursos naturales; y está
obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las
áreas naturales protegidas.
Artículo 192º: Las Municipalidades tiene competencia para planificar el
desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, y ejecutar los planes y
programas correspondientes.
D.S. N° 027-2003- VIVIENDA ( reemplazó al D.S. Nº 007-85-VC); Dirección
General de Desarrollo urbano sobre el Ordenamiento Territorial:
“Acerca del O.T: Documento Orientador”, DGDU- MTCV, 1997):
“El OT es un instrumento orientador de acciones integradas, dirigidas a
lograr objetivos de desarrollo sostenibles en un espacio territorial
determinado. La sostenibilidad del desarrollo se garantiza por la
consideración del tema ambiental condicionado al conjunto de
proposiciones que hacen el ordenamiento territorial (…) Ordenar el
territorio consiste en el establecimiento de formas de organización del
espacio territorial considerando la correspondencia que debe existir entre
la población, sus distribución y actividades, la disponibilidad de recursos
naturales en el territorio y las condiciones ambientales”.
4. Articulo 2, Inciso 2 de la Ley de Demarcación y Organización
Territorial No. 27795 (24/7/2002):
La organización territorial es el conjunto de lineamientos técnicos
normativos orientados a la adecuación de las circunscripciones
territoriales a la dinámica de los procesos políticos
, económicos, sociales y físico ambientales”.
Lineamiento de Política de OT - MINAM 2010:
El OT) es una política de estado, un proceso político y técnico
administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores
sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación
ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción
de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos
humanos; de las actividades económicas y sociales t el desarrollo
físico espacial sobre la base de identificación de potencialidades y
limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos y socio
culturales, institucionales y geopolíticos. Así mismo, hace posible el
desarrollo integral de la persona como garantía para una
adecuada calidad de vida”.
5. Ley de Bases de
Descentralización Nº 27783
Articulo 4º, inciso c): El proceso de
descentralización debe garantizar, en el
largo plazo, un país espacialmente mejor
organizado, poblacionalmente mejor
distribuido, económicamente y socialmente
más justo y equitativo, ambientalmente
sostenible, .....”
6. Articulo 53º
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir,
controlar y administrar los planes y políticas en
materia ambiental y de ordenamiento
territorial, en concordancia con los planes de
los gobiernos locales.
Planificar y desarrollar acciones de
ordenamiento y delimitación en el ámbito del
territorio regional, organizar, evaluar y tramitar
los expedientes técnicos de demarcación
territorial.
7. Tercer Objetivo del Acuerdo Nacional
19. Desarrollo sostenible y gestión ambiental:
Nos comprometemos a integrar la política
nacional ambiental con las políticas
económicas, sociales, culturales y de
ordenamiento territorial para contribuir a
superar la pobreza y lograr el desarrollo
sostenible del Perú.
8. Organización del territorio: Define la integración y articulación espacial de las
actividades, relaciones y servicios, en función a objetivos y estrategias concertadas
de desarrollo.
Ordenamiento ambiental y seguridad física: identifica, promueve y protege los
recursos naturales, garantizando su sostenimiento, y previene y mitiga los efectos
producidos por los f. naturales.
Eco zonificación productiva: Optimiza y promueve la utilización racional de recursos
naturales, y aprovecha las ventajas comparativas para el desarrollo de economías
competitivas. Orienta espacial y funcionalmente la operación, concertación e
interacción de los agentes del desarrollo.
Acondicionamiento territorial: identifica, prioriza y programa las acciones y
proyectos regionales y locales, que sustenten e implementen las estrategias
formuladas; y hagan viable el ordenamiento del territorio y el desarrollo humano de
la población.
Sistema de centros poblados o asentamientos humanos: Estructura y organiza el
sistema de centros poblados, otorgando roles y funciones específicas que
contribuya a promover la articulación territorial de las actividades.
1) Acerca del Ordenamiento Territorial – Documento Orientador, Dirección General de Desarrollo Urbano;
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Agosto 1997
9. Contexto
Crisis económica internacional Cambio climático
Causas Consecuencias
Crecimiento
Desordenado
Pobreza
Informalidad
Conflictividad social
Limitantes para un
desarrollo económico
eslabonado, sostenible
y sustentable
10. Permite conocer mejor el Coadyuva a la
territorio ocupación racional
Diseñar una propuesta de del territorio y al
desarrollo basada en ordenamiento
actividades vinculadas al sostenible de los usos
medio, eslabonada, suste
ntable y sostenible. del suelo
Llevar a cabo un proceso Permite diseñar
participativo y estrategias de
concertado. Ayuda a desarrollo nacional
mitigar y prevenir y que partan del análisis
mitigar la degradación de las reales
ambiental y la necesidades del país y
vulnerabilidad derivada
de un mal uso del de sus habitantes
territorio
11. Una definición más o menos consensuada entre diversas
disciplinas que nos lleva a discutir los problemas
fundamentales
El territorio como espacio de relaciones entre seres humanos que se organizan para
vivir mejor, en paz y con bienestar.
No existe territorio “vacío” o que no haya sido moldeado directa o indirectamente
por la mano del hombre.
La noción de territorio está entonces muy estrechamente ligada a la de
“desarrollo”.
Y nos plantea entonces las siguientes preguntas. ¿ Es posible el desarrollo? ¿de qué
desarrollo estamos hablando? Con qué estrategias? ¿En qué ámbitos?
La historia del Perú llevó no sólo a la reorganización territorial del país sino también
a una re conceptualización de la noción de tierra como un factor “externo” que el
hombre debía dominar, y no como una ”madre” de la cual salimos, a la que
debemos respeto y cariño.
Al responder las preguntas planteadas más arriba un ejercicio de OT debe empezar
por reconocer , respetar y recoger las diversas vertientes culturales que existen en
cada región y ponerse a tono con las formas hoy predominantes de entender los
territorios en el mundo académico e intelectual. En otras palabras, el OT no es en
primer lugar un procedimiento técnico – económico, sino social y cultural.
12. La comisión Especial de Medio Ambiente de la Amazonía creada en la
tercera reunión de ministros de relaciones exteriores del Tratado de
Cooperación Amazónica ( Quito, Ecuador, 7 de marzo de 1979) puso
en marcha a principios de la década del 90 el programa “Evaluación
de Recursos Naturales Renovables, zonificación económica ecológica y
monitoreo de las alteraciones del uso de la tierra”, con auspicio del
PNUD proyecto RLA/92/G31).
Posteriormente el Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable
“Programa de apoyo a la zonificación de la Amazonía (marzo 1995)
suscrito entre el Tratado de Cooperación Amazónica y el BID, permitió
adoptar a 7 países, entre ellos el Perú, una propuesta de ZEE para la
Amazonía.
Ante la falta de una normativa específica de OT el Estado peruano
pronto extendió este procedimiento de ZEE a todas las regiones del país
mediante la normatividad antes señalada.
13. ZEE: Base legal
Ley 26821 de aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, 25 DE JUNIO 1997 (art. 11:ZEE)
DS 045-2001 PCM : Comisión Nacional para el
Ordenamiento Territorial. -26.4.2011
DS 087-2004-PCM Reglamento ZEE, 23-12-2004.
DS 008-2005-PCM: Reglamento de la ley 28254, Ley
marco del Sistema nacional de Gestión Ambiental.
28.1.2005: La ZEE es aprobada por la PCM a propuesta
de CONAM
Estrategia nacional de ZEE y OT/ DGOT –Minam S/F
3er. Plan Operativo Bianual ZEE 2011-2013, Minam: 2010
14.
15.
16. .
1. La demarcación y organización del territorio y la
Zonificación Ecológica Económica son
componentes fundamentales del proceso de
Ordenamiento Territorial.
2. Toda vez que en el marco de la descentralización
el diseño de estos instrumentos es concebido de
abajo hacia arriba y de manera participativa y
concertada, las Municipalidades provinciales
juegan un papel muy importante en su
formulación, aplicación, seguimiento y
evaluación, y en su rol de bisagra articuladora
entre lo local y lo regional.
17. Pero la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972, en el articulo 79º, numeral
1.1, establece Una responsabilidad adicional a
las Municipalidades Provinciales: En
efecto, una de sus funciones específicas y
exclusivas referidas a la organización del
espacio físico y uso del suelo, el “Aprobar el
Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel
provincial, que identifique las áreas urbanas y
de expansión urbana, así como las áreas de
protección o de seguridad por riesgos
naturales; las áreas agrícolas y las áreas de
conservación ambiental”.
18. a) Una propuesta general de acondicionamiento territorial,
estableciendo participativamente la visión y objetivos
estratégicos a nivel provincial, como dimensión espacial
del Plan de Desarrollo Concertado y considerando como
marco el ordenamiento territorial regional.
b) Estrategias específicas de acondicionamiento territorial,
referidas a: Articulación e integración vial , manejo
ambiental y seguridad física, promoción y desarrollo de la
infraestructura industrial y de transformación.
c) Programa de inversiones para el acondicionamiento
Territorial, donde se defina: Estructura del programa de
inversiones, tipología de proyectos, clasificación y gestión
de proyectos, priorización de proyectos, formulación de
perfiles de proyectos priorizados